Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
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Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún
EDICTO
 
TERCERO INTERESADO: NUBIA OLIVA CORONA.
En los autos del Juicio de Amparo 919/2020, promovido por Reintegra Recursos Integrales de Oaxaca sociedad anónima de capital variable, contra actos del Miembros que Integran la Junta Especial Número Tres de Conciliación y Arbitraje de Cancún, Quintana Roo y otra autoridad, en el que señaló como actos reclamados Emplazamiento y toda la actuada en juicio laboral 275/2017 incluidos los actos de ejecución Se ordena emplazar a NUBIA OLIVA CORONA a la que se le hace saber que deberán presentarse en este Juzgado, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por apoderado o por gestor que pueda representarlos, a defender sus derechos; apercibida que de no comparecer dentro del término señalado, se seguirá el juicio haciéndosele las ulteriores notificaciones por medio de lista que se fija en los estrados de este Juzgado Federal, haciendo de su conocimiento que queda a su disposición, en la secretaría de este Tribunal, copia simple de la demanda de garantías, para los efectos legales procedentes, para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, se expide; lo anterior, en cumplimiento a los artículos 27 de la Ley de Amparo, 297 fracción II y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria.
 
Cancún, Quintana Roo, a 11 de mayo de 2021.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Ana Karina Bohórquez Méndez
Rúbrica.
(R.- 507651)