Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Subprocuraduría en Investigación Especializada en Delitos Federales
Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales
EDICTO
 
Propietario de: 26 máquinas tragamonedas, 2 CPU, 1 regulador de corriente, 6 mesas de juego de carta, 2 mesas de juego de ruleta; Numerario por las cantidades de $ 250 Euros, $3,298 dólares y $14, 360.00 (Catorce mil trescientos sesenta pesos 00/100 M.N), así como 4430 fichas de juego con valor de $169,995 dólares y 1600 fichas de juego sin valor.
Localizados en el local comercial ubicado en Carretera Chetumal, Puerto Juárez, Km. 266.3, Playa del Carmen, Solidaridad, Quintana Roo, complejo turístico "Barceló Riviera Maya".
En cumplimiento al acuerdo ministerial dictado dentro de la carpeta de investigación FED/SEIDF/UNAI-QROO/0001043/2018, instruida en la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales dependiente de la Procuraduría General de la República, por hechos que la ley señala como delito y la probable participación de que lo cometió, previsto en el artículo 12 fracción II de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 40 y 41 del Código Penal Federal, 127, 128, 129, 130, 131, 229, 230, 231 todos del Código Nacional de Procedimientos Penales, se le notifica al PROPIETARIO el acta circunstanciada de cateo de diecinueve de septiembre de dos mil dieciocho, que realizó la Fiscalía General de la República, de los bienes de su propiedad o posesión, consistentes en 26 máquinas tragamonedas, 2 CPU, 1 regulador de corriente, 6 mesas de juego de carta, 2 mesas de juego de ruleta; Numerario por las cantidades de $ 250 Euros, $3,298 dólares y $14, 360.00 (Catorce mil trescientos sesenta pesos 00/100 M.N), así como 4430 fichas de juego con valor de $169,995 dólares y 1600 fichas de juego sin valor, lo anterior considerados instrumentos del delito y localizados en fecha diecinueve de septiembre del año dos mil dieciocho, en el domicilio ubicado en el local comercial ubicado en Carretera Chetumal, Puerto Juárez, Km. 266.3, Playa del Carmen, Solidaridad, Quintana Roo, complejo turístico "Barceló Riviera Maya". Lo anterior se hace de su conocimiento para que manifieste lo que a su derecho convenga, en términos de lo dispuesto por el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, apercibido que transcurrido el término de noventa días naturales siguientes a que surta efectos la presente notificación, los bienes asegurados causaran abandono a favor de la Fiscalía General de la Republica. Poniendo a su disposición, las constancias que motivaron el acuerdo ministerial a que se hace referencia, teniendo las oficinas que ocupa esta Agencia de Investigación, ubicada en Avenida Insurgentes número 20, Piso 11, Glorieta de los Insurgentes, Colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06700, Ciudad de México.
 
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a 24 de marzo de 2021
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Agencia Décima Sexta UEIDAPLE
en la Ciudad de México.
Lic. Alejandro Pablo Martínez Rodríguez.
Rúbrica.
(R.- 506724)