| CLAVE O CÓDIGO | TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA |
| NMX-C-567-1-ONNCCE-2020 | INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN-DISEÑO POR VIENTO DE EDIFICACIONES Y OTRAS CONSTRUCCIONES-PARTE 1: REQUISITOS |
| Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece los requisitos para definir las acciones debidas al viento que pueden obrar sobre las edificaciones y otras construcciones, así como sus posibles efectos sobre ellas y la forma de tomarlos en cuenta para fines de diseño estructural y de diseño de los elementos secundarios y no estructurales, de fachadas y cubiertas. Asimismo, establece las condiciones de seguridad y de servicio que deben revisarse al realizar el diseño estructural por viento de una edificación. Esta Norma Mexicana establece tanto métodos analíticos como métodos de ensayo y computacionales de acuerdo con la complejidad de la estructura, solicitando en algunos casos estudios especiales no detallados en este documento. Esta Norma Mexicana está diseñada para poderse utilizar, en su caso, con regulación y normatividad local, debiendo seguirse los requisitos de éstas cuando sean más estrictas. Esta Norma Mexicana es aplicable al proceso de diseño por viento de edificaciones y otras construcciones, para los cuales no existan Normas Oficiales Mexicanas (NOM) o Normas Mexicanas (NMX) específicas. Nota 1: Actualmente existe la Norma Mexicana NMX-R-079-SCFI-2015, Escuelas Seguridad Estructural de la Infraestructura Física Educativa Requisitos, la cual es aplicable a la infraestructura física educativa al servicio del sistema educativo nacional. Los métodos de cálculo de esta Norma Mexicana no son aplicables a aquellas estructuras con comportamiento estructural no lineal, con modos de vibración que contribuyan de manera importante en su respuesta dinámica, así como las que tengan forma aerodinámica o geométrica inusual o irregular. En estos casos se requieren estudios en túnel de viento. Nota 2: Se consideran estructuras con geometría inusual o irregular a las bóvedas y otros edificios cuya forma (en plano o sección vertical cruzada) difiere significativamente de las formas rectangulares, circulares, domos y techos inclinados; así como edificios con múltiples escalonamientos, fachadas curvas o planos irregulares resultantes de varias muescas o proyecciones, aberturas a través del edificio o edificios multitorres conectados por puentes. También en estructuras especiales tales como: puentes flexibles en los que los efectos aerodinámicos y autoexcitables sean importantes, estructuras marinas, edificaciones con más de 200 m de altura o con claros de techo mayores a 100 m de longitud, y aquellas con forma aerodinámica no convencional que no estén consideradas en esta Norma Mexicana, se deberán realizar estudios en túnel de viento o comprobar mediante modelos numéricos su seguridad estructural y cumplimiento de las condiciones de servicio. |
| Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) a ninguna Norma Internacional. |
| Bibliografía - ASCE/SEI 7-16, Minimum Design Loads and Associated Criteria for Buildings and Other Structures. - ASCE/SEI 49-12, Wind tunnel testing for buildings and other structures. - ISO 4354:2009, Wind actions on structures - COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, Manual de Diseño de Obras Civiles de la CFE, Capítulo Diseño por Viento, 2008. - Norma Técnica Complementaria de Diseño por Viento, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de diciembre de 2017. - NMX-R-068/1-SCFI-2014, Ventanas-Métodos de prueba. Parte 1-Resistencia a la carga de viento, publicada el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2014. - NMX-R-079-SCFI-2015, Escuelas-Seguridad Estructural de la Infraestructura Física Educativa-Requisitos, la cual es aplicable a la infraestructura física educativa al servicio del sistema educativo nacional, publicada el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2016. |