Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal Sonora
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen:
1.- Carpeta de Investigacion FED/SON/HSO/0002156/2019 iniciada por el delito de Contra la salud, en la modalidad de Transporte de Clorhidrato de Metanfetamina, previsto en el artículo 194. Fracción I, Del Código Penal Federal, en la cual el 07 de mayo de 2019 se decretó el aseguramiento de un tractocamión de la marca Freightliner, tipo quinta rueda, de dos puertas, de la serie Century Class 120, de año modelo 1997, color rojo, placas de circulación UF-19-795 del Estado de Sinaloa y con número de identificación vehicular 1FUYSSEB7VP704920, por ser objeto del delito investigado. 2.- Carpeta de investigacion FED/SON/HSO/0002156/2020 iniciada por el delito Contra la salud, en la modalidad de Transporte de Clorhidrato de Metanfetamina, previsto en el artículo 194. Fracción I, Del Código Penal Federal. en la cual el 07 de mayo de 2019 se decretó el aseguramiento de un semirremolque de la marca Great Dane, tipo caja refrigerada, de 48 pies, dos ejes, de año modelo 2004, color blanco, equipada con equipo de refrigeración Carrier, con placa de circulación 2-RW829-A del Estado de Sinaloa y con número de identificación vehicular 1GRAA96204W701905, por ser Objeto del delito investigado. 3.- Carpeta de Investigacion FED/SON/HSO/0001602/2020 iniciada por el delito de Artículo 83 Fracción III, Artículo 81 , Artículo 83 Quintus Fracción II, Artículo 83 Quat, Fracción II, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 13 de julio de 2020 se decretó el aseguramiento de un una camioneta de la marca Chevrolet, tipo multipropósito de cinco puertas de la serie Suburban, de color blanco, con placa trasera de circulación CNK1091 del Estado de Arizona y con número de serie 3GNFK16317G104909, de año modelo 2007 y una camioneta de la marca Hummer, tipo multipropósito, de cinco puertas, de la serie H2, color verde con café y negro (táctico), sin placas de circulación y con número de serie 5GRGN23UX5H125167, año 2005, por ser Objeto del delito que se investiga, por ser producto del delito que se investiga. 4.- Carpeta de Investigacion FED/SON/HSO/0001151/2020 iniciada por el delito de portación de arma de fuego del uso exclusivo del ejército, armada y Fuerza Aérea, previsto en el Artículo 83 Fracción III y Artículo 83 Quat, Fracción II, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 19 de mayo de 2020 se decretó el aseguramiento de una camioneta de la marca Chevrolet, tipo Multipropósito, de cinco puertas, de la serie Suburban, color blanco, sin placas de circulación y con número de identificación vehicular 1GNWK8EG5DR204701, corresponden a un vehículo de origen extranjero y de año modelo 2013, por ser Objeto del delito que se investiga. 5.- Carpeta de investigacion FED/SON/HSO/0004097/2019 iniciada por el delito de portación de arma de fuego del uso exclusivo del ejército, armada y Fuerza Aérea, previsto en el artículo 83 Fracción III, Artículo 83 Quat Fracción II y Articulo 83 Quin Fracción II, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 14 de diciembre de 2019, se decretó el aseguramiento de vehículo de la marca FORD, tipo pick up, cabina extendida de tres puertas de la serie f-150, color azul, con placa trasera de circulación va-95-132 del estado de sonora y con número de identificación vehicular 2FTDX1721VCA10840, por ser objeto del delito que se investiga. 6.- Carpeta de investigacion FED/SON/GUAY/0001178/2020, iniciada por el delito de portación de arma de fuego y contra la salud, previsto en el artículo 81 párrafo segundo de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y artículo 476 de la Ley General de Salud, en la cual el 04 de diciembre de 2020, se
decretó el aseguramiento de una motocicleta, tipo trabajo, marca Italika, serie Forza, versión FT125, Color azul con negro, serie 3SCPFTDE7J1034779 y una motocicleta, tipo trabajo, marca Italika, serie Forza, versión FT-150, color azul con blanco, serie 3SCPFTEEOK1082656, por ser objeto del delito que se investiga. 7.- Carpeta de investigacion FED/SON/GUAY/0000591/2020, iniciada por el delito de sustracción de hidrocarburo, previsto en el artículo 8 Fracción I de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 19 de enero de 2021, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Chevrolet, modelo 1989, serie 1GCCT19Z7K2197087, color Gris con blanco, placas UM-47685 del estado de Sonora, por ser objeto del delito que se investiga. 8.- Carpeta de investigacion FED/SON/GUAY/0003685/2019, iniciada por el delito de robo, previsto en el artículo 367 Código Penal Federal, en la cual el 18 de marzo de 2020, se decretó el aseguramiento de un vehículo Marca Ford Línea Ranger, modelo 1991, seri 1FTCR11XXMUC71652, placas VC-07-619 de Sonora, por ser objeto del delito que se investiga. 9.- Carpeta de investigacion FED/SON/GUAY/0001111/2020, iniciada por el delito de robo, previsto en el artículo 367 Código Penal Federal, en la cual el 15 de mayo de 2020, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, tipo pick up, serie 1FTCR10A7RTA89076, modelo 1994, color blanco, por ser objeto del delito que se investiga. Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, de la Delegación en el estado Sonora de con domicilio Boulevard García Morales kilómetro 9.5, colonia La Manga, Hermosillo, Sonora, C.P. 83220.
 
Atentamente.
Hermosillo, Sonora a 19 de febrero de 2021.
El Encargado del Despacho de la Delegación Estatal en suplencia
por ausencia del Titular de la Fiscalía General de la República
Lic. Daniel Valdés Vera.
Rúbrica.
(R.- 505181)