Kinder Morgan Gas Natural de México, S. de R. L. de C.V.
Gasoducto Mier-Monterrey
PERMISO DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL G/003/TRA/96
De conformidad con lo dispuesto en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-2007, así como en el Oficio número: UH-250/1580/2021 de la Comisión Reguladora de Energía, se publica la lista de tarifas máximas aplicable a los usuarios del Sistema Mier Monterrey, mismas que entrarán en vigor cinco días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
LISTA DE TARIFAS
Servicio de Transporte | Unidades | Tarifa |
Servicio Base Firme | | |
Cargo por capacidad | Pesos/GJ/Día | 0.8318 |
Cargo por uso | Pesos GJ | 0.0845 |
Servicio en Base Interrumpible | | |
Cargo por servicio interrumpible | Pesos/GJ | 0.8407 |
Cantidades Adicionales Autorizadas | | |
Cargo unitario | Pesos/GJ | 0.8407 |
Notas:
1) El Cargo por Capacidad está expresado sobre una base diaria.
2) Para el Servicio de Transporte en Base Firme, el Cargo por Capacidad se determinará mensualmente multiplicando dicho cargo por la capacidad contratada por el usuario. El Cargo por Uso se aplicará a todos los volúmenes transportados en el sistema durante el mes.
3) Las Cantidades Adicionales Autorizadas se aplicarán a cualquier volumen transportado que exceda la cantidad contratada por el Usuario durante el mes correspondiente.
4) El Cargo por Servicio de Transporte en Base Interrumpible se aplicará a todos los volúmenes transportados para el Usuario en base Interrumpible durante el mes correspondiente.
Ciudad de México a 17 de febrero de 2021
Representante Legal
Anaid Arlet López Uribe
Rúbrica.
(R.- 505298)