Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Veracruz
Xalapa de Equez. Ver.
EDICTO
 
En los autos del Juicio de Amparo Indirecto número 872/2019, promovido por Armando Antonio Gómez Betancourt y Daniela Sosa Sosa en su calidad de Presidente y Síndica Única del Ayuntamiento Constitucional de Ozuluama de Mascareñas, Veracruz, se dictó el siguiente acuerdo:-
"Xalapa-Enríquez, Veracruz, veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno.
Agréguese a los autos el escrito signado por el quejoso Armando Antonio Gómez Betancourt, atento a las manifestaciones contenidas en el escrito que aquí se acuerda, así como al diverso que se tuvo por recibido en auto de diecisiete de febrero pasado, realícese la primera notificación por edictos a su costa de los terceros interesados Martín Rafael González Ramírez e Inocencia Rodríguez López.
Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de los terceros interesados Inocencia Rodríguez López y Martín Rafael González Ramírez, por edictos, los cuales se publicarán a costa de la parte quejosa, por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República Mexicana.
En los referidos edictos, deberá hacerse saber a los terceros interesados que el juicio de amparo número 872/2019, fue promovido por Armando Antonio Gómez Betancourt y Daniela Sosa Sosa en su calidad de Presidente y Síndica Única del Ayuntamiento Constitucional de Ozuluama de Mascareñas, Veracruz, respectivamente, contra actos del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado, con residencia en esta ciudad, de quien reclama:
·     El proveído de veintiuno de agosto del año en curso, en el que se desecharon los incidentes de nulidad de actuaciones y sustitución procesal, en contravención al artículo 503 de la Ley Federal del Trabajo, 225 y 227 de la Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz.
Motivo por el cual, los citados terceros interesados deberán presentarse ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado, con sede en la Ciudad de Xalapa, Veracruz, dentro de término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, con el apercibimiento de que, si transcurrido ese término no comparecen mediante escrito, por sí, por conducto de su apoderado o de la persona que legalmente los represente, se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales, haciéndosele las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal por lista de acuerdos.
Por lo anterior, déjese a disposición de los citados terceros interesados copia simple de la demanda de amparo y auto de admisión de diez de octubre de dos mil diecinueve y, fíjese en la tabla de avisos de este Juzgado copia íntegra de este acuerdo, por todo el tiempo que comprenda la publicación del edicto ordenado...".
La Secretaria de Juzgado CERTIFICA: que el auto que antecede fue autorizado electrónicamente por la Titular de este órgano jurisdiccional y el secretario que dio fe, autorizándose a la suscrita para firmar el edicto que del mismo deriva, para su conocimiento y efectos legales procedentes.
 
Atentamente
Xalapa-Enríquez, Ver., 08 de marzo de 2021.
Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Veracruz.
Zolla Flor Juárez San Martín
Rúbrica.
(R.- 504877)