ACUERDO mediante el cual se aprueba la modificación del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como la modificación a la estructura orgánica, respecto a la Dirección de Derechos Humanos, Igualdad e Integridad.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/10/03/2021.05
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, ASÍ COMO LA MODIFICACIÓN A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, RESPECTO A LA DIRECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD E INTEGRIDAD.
Con fundamento en los artículos 6º, Apartado A, fracciones V y VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3º, fracción XIII, 37, 40 y 42, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 29, fracción I, 31, fracción XII y 35 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6, 8, 12, fracciones I y XXXV, 16, fracción VI y 18, fracciones XIV, XVI y XXVI, del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y conforme a las siguientes:
CONSIDERACIONES
1.     El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, como Organismo Constitucional Autónomo implementó un rediseño institucional para el cumplimiento de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
2.     Como parte de la estructura orgánica del Instituto y a través de los Acuerdos ACT-PUB/20-08-2014.06 y ACT-PUB/24-06- 2015.04; se creó, entre otras, la Dirección General de Planeación Estratégica, Evaluación e Innovación del Desempeño Institucional y, con el segundo, se cambió esta denominación por Dirección General de Planeación y Desempeño Institucional, a la que fueron adscritas las direcciones de Planeación Institucional y Monitoreo, Evaluación y Desempeño Institucional y Derechos Humanos, Igualdad y Género.
3.     La creación de la Dirección de Derechos Humanos, Igualdad y Género obedeció al propósito de cumplir con el objetivo Institucional 4: Impulsar el desempeño organizacional y promover un modelo institucional de servicio público orientado a resultados con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.
4.     Mediante el Acuerdo ACT-PUB/01/11/2016.04, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo sexto transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Pleno del Instituto aprobó el Estatuto Orgánico, en el cual se establecieron las atribuciones de las diversas instancias que lo conforman.
5.     En el artículo 43 del Estatuto Orgánico, se encontraban las funciones de la Dirección General de Planeación y Desempeño Institucional y las atribuciones en materia de derechos humanos igualdad y género corresponden a las fracciones XIV, XV, XVI, XVII y XVIII. Éstas, tienen relación con el diseño y aplicación de las estrategias necesarias para que la política interna y externa del Instituto cuente con una perspectiva de derechos humanos, género, igualdad y no discriminación.
6.     Como parte del Comité de Coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción, y con el propósito de implementar una segunda etapa en materia de Derechos Humanos, Igualdad e Integridad, el INAI, se unió a los esfuerzos que impulsa el referido sistema en la promoción de una cultura de integridad de los servidores públicos del Estado mexicano, lo que permitiría fortalecer el cumplimiento de las obligaciones de los sujetos obligados, de los derechos de acceso a la información y la protección de datos personales.
7.     Para la consecución de este fin, mediante Acuerdo ACT-PUB/15/09/2020.05 el Pleno del Instituto aprobó modificaciones y adiciones al Estatuto Orgánico, con el objetivo de cambiar la denominación de la Dirección de Derechos Humanos Igualdad y Género a "Derechos Humanos, Género e Integridad" y el consecuente cambio de adscripción de toda su estructura, para que quedara bajo la responsabilidad de la Dirección General de Promoción y Vinculación con la Sociedad.
8.     El artículo 43 del Estatuto Orgánico del Instituto, cambió para eliminar las fracciones XIV, XV, XVI, XVII y XVIII, que se relacionan con atribuciones en materia de Derechos Humanos, Igualdad y Género y se adicionan al artículo 46 relativo a las funciones de la Dirección General de Promoción y Vinculación con la Sociedad, las funciones correspondientes a las fracciones XXIII a XXVII, están
orientadas en materia de Derechos Humanos, Género e Integridad.
9.     Derivado de cambios de contexto interno, externo, administrativo y sustantivo, es que se hace necesario que la Dirección de Derechos Humanos, Género e Integridad colabore en materia de gobierno abierto, sensibilización ciudadana, gobierno electrónico y gestión de riesgos; en consecuencia, queda evidenciada la conveniencia de que sus acciones permeen de manera transversal, primeramente, al interior del Instituto, para desde ahí ser impulsadas al exterior por todas las áreas administrativas, además de la Dirección General de Promoción y Vinculación con la Sociedad. Por ello, se propone que la mencionada Dirección de Derechos Humanos, Género e Integridad opere bajo la adscripción de la Dirección General de Planeación y Desempeño Institucional para que se beneficie y pueda ejecutar la mencionada transversalidad.
10.   Para la consecución de lo anterior, se hace necesaria la modificación del Estatuto Orgánico en los correspondientes artículos 43 y 46 relativos a las funciones, tanto de la Dirección General de Planeación y Desempeño Institucional, como de la Dirección General de Promoción y Vinculación con la Sociedad, para que la primera cuente con el soporte normativo para coadyuvar en las estrategias para la incorporación de la perspectiva de derechos humanos, igualdad, género y no discriminación, en la política interna y externa del Instituto, entre otras.
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueban las modificaciones y adiciones al Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en términos del documento que, como anexo, forma parte del presente Acuerdo.
SEGUNDO. Se aprueba la readscripción de la Dirección de Derechos Humanos, Género e Integridad, con su respectiva estructura organizacional, a la Dirección General de Planeación y Desempeño Institucional del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
TERCERO. Se instruye a la Dirección General de Administración para que lleve a cabo las acciones necesarias para reasignar al personal de la Dirección de Derechos Humanos, Género e Integridad a la Dirección General de Planeación y Desempeño Institucional.
CUARTO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, realice las gestiones necesarias a efecto de que, el presente Acuerdo se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.
El presente acuerdo y su anexo podrán ser consultados en las direcciones electrónicas siguientes:
https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-10-03-2021.05.pdf
www.dof.gob.mx/2021/INAI/ACT-PUB-10-03-2021-05.pdf
QUINTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo y su anexo, se publiquen en el portal de Internet del Instituto.
SEXTO. Se Instruye a la Secretaria Técnica del Pleno, en relación con el artículo 45, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expida la certificación del presente Acuerdo, para agilizar su cumplimiento.
SEPTIMO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordaron, por unanimidad las Comisionadas y de los Comisionados que integran el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta del Río Venegas, Oscar Mauricio Guerra Ford, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Josefina Román Vergara y Blanca Lilia Ibarra Cadena, en sesión ordinaria celebrada el diez de marzo de dos mil veintiuno, ante Ana Yadira Alarcón Márquez, Secretaria Técnica del Pleno.
La Comisionada Presidenta: Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Los Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Norma Julieta Del Río Venegas, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Adrián Alcalá Méndez, Oscar Mauricio Guerra Ford, Josefina Román Vergara.- La Secretaria Técnica del Pleno, Ana Yadira Alarcón Márquez.
ANA YADIRA ALARCÓN MÁRQUEZ, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA DEL PLENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE CONFORMIDAD A LO ORDENADO EN EL PUNTO SEXTO DEL ACUERDO ACT-PUB/10/03/2021.05. CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/10/03/2021.05 Y DE SU ANEXO QUE SE INCLUYE EN LAS DIRECCIONES ELECTRÓNICAS DESCRITAS EN EL PUNTO DE ACUERDO CUARTO DEL MISMO, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL DIEZ DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO; MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 5 FOJAS ÚTILES.- MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A DIEZ DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO.- Rúbrica.
 
(R.- 504171)