Estados Unidos Mexicanos
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
EDICTO
 
A María Luisa González Villanueva y a María Luisa Rodríguez González, a quienes les asiste el carácter de terceras interesadas en el juicio de amparo directo D-3/2020, promovido por Manuel Humberto Rodríguez Y Arellano, por su propio derecho, contra la sentencia de veintiuno de octubre de dos mil diecinueve, dictada por la Segunda Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, en el toca 895/2016, relativo al recurso de apelación interpuesto contra el fallo pronunciado en la causa penal 188/2011-6, del índice del Juzgado Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, instruido por los delitos de violencia familiar y lesiones dolosas, cometidos en su agravio, y al desconocerse sus domicilios actuales, se ha dispuesto emplazarlas y notificarles el auto de tres de enero de dos mil veinte, por edictos, acorde con los artículos 27, fracción III, inciso b), segundo párrafo y 181 de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Actuaría de este tribunal copia simple de la demanda de amparo; deberán presentarse ante este órgano colegiado a deducir los derechos que les corresponden dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación; en caso contrario, las subsecuentes notificaciones se les realizarán por lista, como lo dispone el diverso 26, fracción III de la ley de la materia.
 
Atentamente.
San Andrés Cholula, Puebla, a veinte de enero de dos mil veintiuno.
Secretaria de Acuerdos
Lic. Ruth Tlatoa Suárez.
Rúbrica.
(R.- 503140)