LINEAMIENTOS de austeridad para el ejercicio fiscal 2021 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
MAESTRA MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRA, Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en los artículos 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 15 fracciones II y III de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 18 del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10, penúltimo párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, y
CONSIDERANDO
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo que cuenta con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, en los términos de lo establecido en el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano;
Que el artículo 1 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que los sujetos obligados a su cumplimiento deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género;
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su artículo 5, fracción I, define la autonomía presupuestaria otorgada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
Que la Ley Federal de Austeridad Republicana, en su artículo 1, segundo párrafo establece que los órganos constitucionalmente autónomos tomarán acciones necesarias para regular y normar medidas de austeridad cuando se le asignen recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación.
Que la Cámara de Diputados expidió el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2020, el cual establece en su artículo 10, penúltimo párrafo, que los entes autónomos deberán implantar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales;
Que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos refrenda el compromiso en su actuación para el debido cumplimiento de los Derechos Humanos y el respeto a la dignidad de las y los mexicanos.
Que son propósitos fundamentales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ejercer los recursos de su presupuesto autorizado y optimizar el gasto sin detrimento de las metas programadas, para hacer más eficiente su operación, en concordancia con las disposiciones de austeridad y disciplina presupuestaria señaladas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021 y en la Ley Federal de Austeridad Republicana.
Que la Comisión Nacional tiene la obligación de implantar las medidas necesarias para racionalizar el gasto destinado a actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el referido instrumento, se expiden los siguientes:
LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
LOS DERECHOS HUMANOS
PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los criterios generales en materia de austeridad para el ejercicio fiscal 2021, mismos que deberán observar las y los servidores públicos de los Órganos y Unidades Administrativas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Para el ejercicio fiscal 2021 se establece una meta de ahorro de entre el 10 y 20 por ciento del presupuesto aprobado en gasto de operación. En su caso, este monto se destinará a los programas
prioritarios de la Comisión Nacional, en términos de lo establecido en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Los ahorros serán informados por las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de Tecnologías de Información y Comunicaciones, y de Recursos Materiales y Servicios Generales, a la Dirección General de Finanzas, instancia que reportará en los informes trimestrales correspondientes, el importe de los ahorros obtenidos.
SEGUNDO. SERVICIOS PERSONALES.
No se otorgará incremento salarial al personal de mando superior.
Se reducirá en un 20% la contratación de honorarios del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
Sólo procederá la creación de plazas de conformidad con los recursos previstos en el presupuesto aprobado para la Comisión Nacional, así como aquellas que sean resultado de reformas jurídicas.
Los incrementos que, en su caso, se otorguen al personal de la Comisión Nacional, se sujetarán a los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021 y tendrán como objetivo exclusivamente mantener el poder adquisitivo respecto del año 2020.
TERCERO. INMUEBLES.
La remodelación de oficinas se realizará de acuerdo con el presupuesto aprobado para tal efecto, y se ajustará a aquellas que sean estructurales y no puedan postergarse, las que impliquen una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles y generen ahorros en el mediano plazo, las que se destinen a reparar daños provenientes de casos fortuitos, así como las que tengan por objeto mejorar y hacer más accesible y eficiente la atención al público.
CUARTO. VEHÍCULOS.
Se prohíbe la compra o arrendamiento de vehículos para el transporte y traslado de servidores públicos. Sólo podrán adquirirse los vehículos que resulten indispensables para destinarse en forma exclusiva al uso oficial y aquellos que presten servicios directamente a la población.
La dotación de combustible se otorgará exclusivamente para vehículos oficiales.
QUINTO. TELEFONÍA MÓVIL.
Únicamente se autorizará el uso de teléfonos celulares para uso institucional pagados por la Comisión Nacional, cuando se justifique su necesidad para apoyo al trabajo sustantivo de la Comisión Nacional.
SEXTO. ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES.
A fin de hacer más eficiente el gasto, se promoverán esquemas de contratación por servicios administrados, de consolidación y aquellos que eviten costos adicionales en términos del marco normativo en materia de adquisiciones; privilegiando la observancia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y siempre con el propósito de obtener las condiciones más favorables en cuanto a calidad, oportunidad, servicio y precio.
La Oficialía Mayor, a través de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, promoverá medidas para generar ahorros en el abastecimiento de bienes y servicios generales.
Los Órganos y Unidades Administrativas de la Comisión Nacional deberán implementar acciones tendientes a lograr un consumo racional de energía eléctrica, agua y servicio telefónico, sin que se afecte la operación sustantiva.
SEPTIMO. COMUNICACIÓN SOCIAL
Los gastos de comunicación social tenderán a reducirse atendiendo a la normatividad en la materia y en términos de lo dispuesto en el artículo 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021.
OCTAVO. DISPOSICIONES FINALES.
La Oficialía Mayor será el área responsable para interpretar las presentes disposiciones para efectos administrativos.
 
El Órgano Interno de Control, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, verificará el cumplimiento de los presentes Lineamientos.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Los presentes Lineamientos serán aplicables durante el ejercicio fiscal 2021.
SEGUNDO. Publíquense los presentes Lineamientos en el Diario Oficial de la Federación, en cumplimiento a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021.
Así lo acordó y firma en la Ciudad de México, a los 19 días del mes de febrero de dos mil veintiuno.- La Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, María del Rosario Piedra Ibarra.- Rúbrica.