ACUERDO por el que se dan a conocer los días inhábiles y la suspensión de labores del año 2021, en el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- CONACYT.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Con fundamento en los artículos 59, fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; y 1 y 9, fracciones I y XVII de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LA SUSPENSIÓN DE LABORES
DEL AÑO 2021, EN EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
PRIMERO.- Se consideran días hábiles todos los días del año, salvo los sábados y domingos, así como aquellos en los que, conforme al calendario se suspendan labores en el Conacyt.
SEGUNDO.- Se suspenden las labores en el Conacyt, los siguientes días:
2021
FEBRERO lunes 1, en conmemoración del día 5 de febrero por la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
MARZO lunes 15, en conmemoración del día 21 de marzo por el Natalicio de Benito Juárez García.
ABRIL jueves 1 y viernes 2, Santos.
MAYO miércoles 5, en conmemoración de la Batalla de Puebla.
SEPTIEMBRE jueves 16, en conmemoración de la Independencia de México.
NOVIEMBRE martes 2, en conmemoración Día de Muertos y el lunes 15 en conmemoración del 20 de noviembre por el inicio de la Revolución Mexicana.
TERCERO.- Los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional 2021, se darán a conocer en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y tomando como base el periodo vacacional que determina la Secretaría de Educación Pública para el ciclo lectivo 2021-2022.
Atentamente
Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2020.- La Directora General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, María Elena Álvarez-Buylla Roces.- Rúbrica.