ACUERDO por el que se suspenden los plazos y términos legales en el Archivo General de la Nación, relacionado con las medidas preventivas frente al coronavirus COVID-19.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Archivo General de la Nación.- Dirección General.- Dirección de Asuntos Jurídicos y Archivísticos.
MARCO PALAFOX SCHMID, Director de Asuntos Jurídicos y Archivísticos del Archivo General de la Nación, con fundamento en los artículos 104 y 108, fracción V, de la Ley General de Archivos; 8, fracción II, inciso e), 23, fracciones I y XIII, y 40, fracciones I y XXVIII, del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación, tengo a bien emitir el presente aviso, en representación del Director General y bajo las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que el 04 de diciembre de 2020 el Gobierno de la Ciudad de México, dio a conocer las Nuevas Medidas y Acciones para evitar contagios COVID-19, entre las que se encuentran, reducir al mínimo la operación del gobierno de la Ciudad, que implica el cierre de oficinas al público y fortalecer el trabajo desde casa.
Que si bien esta Entidad forma parte del Gobierno de la República, no pasa desapercibido que sus instalaciones se ubican en la Ciudad de México, donde el semáforo epidemiológico se encuentra en naranja, pero con una tendencia hacia el aumento de casos Covid-19.
Que el Director de Asuntos Jurídicos y Archivísticos del Archivo General de la Nación cuenta con la facultad de representar a la Entidad ante toda autoridad administrativa, de conformidad con el artículo 40, fracción I, del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación. De ahí que sea la unidad administrativa competente para realizar el presente trámite por instrucciones del Director General de la Entidad, quien cuenta con facultades amplias de administración en materia de recursos humanos, materiales y financieros que permitan el adecuado funcionamiento de la entidad especializada en materia de archivos, de conformidad con los artículos 112 de la Ley General de Archivos; 17, 22, fracción II y 59, fracción V, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 24, fracción XXIII, del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación.
Que el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo dispone que los términos de los procedimientos administrativos podrán suspenderse por causa de fuerza mayor o caso fortuito, tal como se actualiza en el presente caso por la pandemia del Covid-19, en tanto que esa situación imposibilita a las unidades administrativas el allegarse de los insumos necesarios para ejercer sus facultades, sin generar situaciones de riesgo para su salud y la de los demás.
Que con el objeto de que el Archivo General de la Nación cumpla con las medidas establecidas por las autoridades sanitarias y pueda continuar con los plazos y términos legales establecidos en la normativa que regula el ejercicio de sus atribuciones, se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES EN EL ARCHIVO
GENERAL DE LA NACIÓN, RELACIONADO CON LAS MEDIDAS PREVENTIVAS FRENTE AL
CORONAVIRUS COVID-19
PRIMERO. Se suspenden los plazos y términos legales en todas las actuaciones y diligencias administrativas que se practican en el Archivo General de la Nación, del 07 de diciembre de 2020 hasta el 15 de enero de 2021, por lo que esos días y para los efectos referidos se declaran inhábiles. En ese sentido, los efectos jurídicos de cualquier actuación, requerimiento o solicitud surtirán efectos hasta el 18 de enero de 2021.
SEGUNDO. Se habilitan los días y horas que resulten necesarios durante el periodo referido, para que las unidades administrativas del Archivo General de la Nación puedan realizar las actuaciones y diligencias esenciales que permitan el correcto funcionamiento administrativo de la entidad, en el ámbito de su competencia.
TERCERO. Continúa vigente el esquema de recepción de documentación a través de la cuenta de correo electrónico oficial: correspondencia@agn.gob.mx.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siete de diciembre de dos mil veinte.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, al día 4 de diciembre de dos mil veinte.- El Director de Asuntos Jurídicos y Archivísticos del Archivo General de la Nación, Marco Palafox Schmid.- Rúbrica.
(R.- 502138)