ACUERDO por el que se da a conocer el domicilio de las diversas unidades administrativas que conforman la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

ROMÁN GUILLERMO MEYER FALCÓN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 70 fracción XIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 3, 5 y 6 fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada conforme a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y a la misma compete el despacho de los asuntos a que se refiere el artículo 41 de dicha Ley.
Que en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los escritos dirigidos a la Administración Pública Federal deberán presentarse directamente en sus oficinas autorizadas para tales efectos, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos.
Que de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, como sujeto obligado de la misma, tiene la obligación de poner a disposición del público y actualizar, entre otras, la información relativa al domicilio de su Unidad de Enlace.
Que por lo anterior y con el propósito de dar certeza a los interesados sobre el domicilio donde tendrá su sede la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO DE LAS DIVERSAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS QUE CONFORMAN LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,
TERRITORIAL Y URBANO
ARTÍCULO PRIMERO.- A partir del día 12 de octubre de 2020, el domicilio de las oficinas centrales de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, será el inmueble ubicado en Avenida Nuevo León número 210, Colonia Hipódromo Condesa, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06I00, Ciudad de México, para todos los efectos legales a que haya lugar.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Las unidades administrativas de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que se ubicarán en el domicilio señalado en el artículo anterior, son las que a continuación se indican:
a)    Oficinas de la C. Secretaría;
b)    Subsecretaría de Ordenamiento Territorial y Agrario;
c)    Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda;
d)    Unidad de Administración y Finanzas;
e)    Unidad de Planeación y Desarrollo Institucional;
f)     Unidad de Proyectos Estratégicos para el Desarrollo Urbano;
g)    Unidad de Apoyo a Programas de Infraestructura y Espacios Públicos;
h)    Coordinación General de Desarrollo Metropolitano y Movilidad;
i)     Dirección General de Coordinación de Oficinas de Representación;
 
j)     Dirección General de Inventarios y Modernización Registral y Catastral;
k)    Dirección General de Desarrollo Regional;
l)     Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda;
m)   Dirección General de Programación y Presupuesto;
n)    Dirección General Capital Humano y Desarrollo Organizacional;
o)    Dirección General Recursos Materiales y Servicios Generales; y
p)    Dirección General Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
ARTÍCULO TERCERO.- Las unidades administrativas de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que se mantendrán en el domicilio ubicado en Av. Heroica Escuela Naval Militar número 669, Colonia Presidentes Ejidales 2° Sección, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04470, en la Ciudad de México, son las que a continuación se indican:
a)    Unidad de Asuntos Jurídicos;
b)    Dirección General de Amparos y Ejecutorias;
c)    Dirección General de Litigio Estratégico y Cumplimiento Normativo;
d)    Dirección General de Legislación, Consulta y Pago de Predios;
e)    Coordinación General de Gestión Integral de Riesgos de Desastres;
f)     Dirección General de Ordenamiento Territorial; y
g)    Dirección General de Concertación Agraria y Mediación.
ARTÍCULO CUARTO.- La unidad administrativa de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano que se ubicará en el inmueble ubicado en Calle Azafrán No. 219, Col. Granjas México, Alcaldía Iztacalco, es la que a continuación se indica:
a)    Dirección General de Ordenamiento de la Propiedad Rural.
ARTÍCULO QUINTO.- Las notificaciones, acuerdos, citatorios, diligencias, procedimientos administrativos y demás asuntos relacionados con esta Secretaría y sus Unidades Administrativas, que se lleven a cabo con y por parte de los órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, órganos autónomos, demás autoridades, deberán efectuarse por conducto de la Unidad de Asuntos Jurídicos, conforme a lo señalado en el artículo Tercero del presente Acuerdo.
En los demás casos y para el público en general, se realizará en las Unidades Administrativas que de acuerdo a la naturaleza del asunto y por competencia corresponda.
ARTÍCULO SEXTO.- La Unidad de Enlace de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, tendrá su domicilio oficial en el inmueble señalado en el Artículo Tercero del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- El Órgano Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y de sus Áreas de Responsabilidades, de Auditoría Interna, de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública, y de Quejas, tendrá sus oficinas en el inmueble señalado en el Artículo Primero.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 12 días de octubre de 2020.- El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Román Guillermo Meyer Falcón.- Rúbrica.