Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito
Ciudad de México
EDICTO:
Ana Cruz Cervantes Mejía y Yara Oligares Arellano.
En razón de ignorar su domicilio, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b) párrafo segundo, y c), de la Ley de Amparo, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación invocada, se les hace saber que en el juicio de amparo directo D.P.26/2020 de este índice, promovido por el quejoso JORGE CLEMENTE AGUILAR, se ordenó emplazarlas (llamarlos a juicio) por este medio, ello para que si así lo estiman pertinente, comparezcan a manifestar lo que a su interés convenga.
Para ello, hago de su conocimiento que cuenta con un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, para que se presenten en el local de este órgano jurisdiccional, ubicado en: Avenida Revolución 1508, Torre "A", Piso 3, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, ciudad de México.
Atentamente.
Ciudad de México, 22 de octubre de 2020.
Por acuerdo de la Presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.
El Secretario de Acuerdos
Hugo Peralta Vargas.
Rúbrica.
(R.- 500545)