CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el ejercicio fiscal 2020, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Querétaro.

DGPLADES-FAM-CECTR-QRO-01/2020
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", ACTUANDO EN ESTE ACTO POR CONDUCTO DE LA DRA. ASA EBBA CHRISTINA LAURELL, SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. ALEJANDRO MANUEL VARGAS GARCÍA, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES) Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE QUERÉTARO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. JULIO CÉSAR RAMÍREZ ARGÜELLO, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO Y COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Con fecha 2 de agosto de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.     De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda, de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el Secretario de Salud del Poder Ejecutivo y Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro y el Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo de "LA ENTIDAD", en tanto que por "LA SECRETARÍA", lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas (actualmente denominada Unidad de Administración y Finanzas); la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos.
III.    El Programa se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:
·      Salud para toda la población.
IV.   Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
V.    El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 tiene como misión ser un Programa que
coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales destinados a la prestación de servicios de Atención Primaria a la Salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 personas.
DECLARACIONES
I.     DE "LA SECRETARÍA":
I.1.   La Dra. Asa Ebba Christina Laurell, en su carácter de Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.2.   La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto en el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular es el Dr. Alejandro Manuel Vargas García, quien se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.3.   El objetivo general del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, es el de contribuir con las Entidades Federativas para brindar de forma efectiva acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud, mediante la transferencia de recursos federales, personal médico y UMM de diferente capacidad resolutiva, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el Ejercicio Fiscal 2020, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 28 de diciembre del 2019.
I.4.   Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.5.   Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II.     DE "LA ENTIDAD":
II.1.  El Dr. Julio César Ramírez Argüello, por disposición del C. Gobernador del Estado Francisco Domínguez Servién, el día 25 de septiembre 2018, fue designado Secretario de Salud, dependencia del Poder Ejecutivo, como consecuencia de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 22 fracción IV de la Constitución Política del Estado de Querétaro, de conformidad con lo establecido en los artículo 19 fracción X, 28 fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, contando con la facultad de celebrar convenios y demás actos jurídicos, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.2.  El Dr. Julio César Ramírez Argüello, con fundamento en la fracción II del artículo 2 del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal denominado Servicios de Salud del Estado de Querétaro (SESEQ), ha quedado a cargo de la titularidad de la Coordinación General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro, asistiendo a la suscripción del presente Convenio Específico, en virtud que su representada es un Organismo de la Administración Pública Estatal de acuerdo al Decreto de Creación publicado en el Periódico Oficial "La Sombra de Arteaga" el 28 de noviembre de 1996, con personalidad jurídica y patrimonio propio, contando con la facultad de celebrar convenios y demás actos jurídicos de conformidad a lo establecido en el artículo
Décimo fracciones X y XI del Decreto de referencia, previo acuerdo de la Junta de Gobierno, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.3.  El Ing. Juan Manuel Alcocer Gamba, por disposición del C. Gobernador del Estado Francisco Domínguez Servién, el día 01 de octubre de 2015, fue designado Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo, participa en la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 19, fracción II, y 22, fracción XXVI, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; 55 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; 1 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas y 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, única y exclusivamente para efectos de transferir los recursos que ministre en los términos del presente instrumento "LA SECRETARÍA" a Servicios de Salud del Estado de Querétaro; cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.4.  Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población de las localidades del área de enfoque del Programa, que se especifica en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.
II.5.  Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en Calle 16 de Septiembre número 51 Oriente, en la colonia Centro Histórico, Querétaro, Querétaro con Código Postal 76000.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 en el ejercicio fiscal 2020 en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en "LA ENTIDAD", otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, para el desarrollo del Programa; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el ejercicio fiscal 2020", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre del 2019, y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARÍA" transferirá a "LA ENTIDAD", en una ministración, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2 del mismo, un importe de hasta $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Planeación y Finanzas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Planeación y Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a Servicios de Salud del Estado de Querétaro (SESEQ), que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora procederá a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del Programa para este Convenio que permita mantener los recursos plenamente identificados para la recepción, ejercicio, comprobación y cierre por parte de y notificará por escrito los datos de identificación de dicha cuenta a la DGPLADES.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
La Secretaría de Planeación y Finanzas, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "LA SECRETARÍA" por conducto de la DGPLADES, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con los anexos 3, 7 y 7 A, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     "LA SECRETARÍA" transferirá los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD", durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para
el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Modelo de Supervisión Federal Operativa y formatos que se establezcan para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en su Anexo 11, a efecto de verificar la correcta operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 9, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
En caso de que, con motivo de las visitas de supervisión, "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD, deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.   "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.    "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio; la documentación soporte deberá adjuntarse en archivos electrónicos en la plataforma informática correspondiente.
En caso de presentarse la falta de comprobación de los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a la "LA ENTIDAD", "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento determinar la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD".
VI.   Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores de desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos a "LA ENTIDAD" para contribuir con la prestación de servicios de atención primaria a la salud a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, a cargo de Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 5 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 6 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos de gasto mencionados en los Anexos 3 y 7 para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 en el ejercicio fiscal 2020; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 7 (a excepción de la partida 12101), así como las partidas estipuladas en el Anexo 7A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme a los Anexos 4 y 10.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARÍA" por conducto de la DGPLADES, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 7 del presente Convenio, deberán ser erogados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.        Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto de la Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARÍA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.       Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.      Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV.      Remitir por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detalla en el Anexo 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
         Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizada por parte de la Secretaría de Planeación y Finanzas, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.       Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARÍA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos
fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.      Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, el archivo electrónico con la verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.     Los recursos federales transferidos que después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas de "LA ENTIDAD", no se ministren a la Unidad Ejecutora, dentro de los 15 días posteriores a la transferencia, deberá devolverlos inmediatamente, sin necesidad de requerimiento, y para el caso de que una vez ministrados no sean ejercidos en los términos del Convenio, deberán ser reintegrados a la TESOFE con independencia de que se los requiera o no "LA SECRETARÍA" por conducto de DGPLADES.
VIII.    Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el aseguramiento de las unidades médicas móviles asignadas en comodato o adquiridas con recursos de Nuevas modalidades por "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa. Para el caso de UMM otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
         Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES.
IX.      Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, resguardando la documentación comprobatoria.
X.       Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles.
XI.      Brindar las facilidades para que "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES pueda verificar, el cumplimiento de las rutas aprobadas.
XII.     Informar de manera mensual a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los 10 días hábiles siguientes al mes de que se trata, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 9 del presente Convenio. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte correspondiente).
XIII.    Estampar en la documentación comprobatoria, el sello con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 del Ejercicio Fiscal 2020". En caso de la documentación comprobatoria del Capítulo 1000, dicha
leyenda deberá ser incorporada dentro de la estructura del archivo XML del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
XIV.    Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2020 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XV.     Servicios de Salud del Estado de Querétaro, realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2020, conforme a los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Programa y de conformidad con el Anexo 8 del presente Convenio Específico de Colaboración.
XVI.    Servicios de Salud del Estado de Querétaro, deberá informar a "LA SECRETARÍA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa, mediante el formato descrito en el Anexo 10, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los diez días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XVII.   Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y supervisiones realizadas.
XVIII.  Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
XIX.    Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de internet, por conducto de Servicios de Salud del Estado de Querétaro.
XX.     Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las Reglas de Operación del Programa y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:
a.     Difusión.- Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
b.    Capacitación y asesoría a servidores públicos - Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.     Capacitación a integrantes de Comités "LA ENTIDAD"; y
d.    Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA ENTIDAD".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARÍA" se obliga a:
I.        Transferir a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2.
II.       Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.      Practicar periódicamente a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal
y presupuestaria, visitas de supervisión de acuerdo con el Programa que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en su Anexo 11, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.      Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la DGPLADES, dentro de los quince días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2020 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño Anexo 6 y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
V.       Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en lo reportado en el Anexo 9, así como en el Anexo 4.
VI.      Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "LA SECRETARÍA", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.     En su caso, suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquéllos que se hayan transferido no sean comprobados o reintegrados a la Tesorería de la Federación.
VIII.    Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
IX.      Dar seguimiento, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
X.       Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación y seguimiento de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.
XI.      Verificar a través de la DGPLADES, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las Reglas de Operación.
XII.     Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XIII.    Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el presente instrumento jurídico en el que se señalan los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV.    Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO.- La verificación y seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.
DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse administrativamente, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los dos días del mes de enero de dos mil veinte.- Por la Secretaría: la Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Asa Ebba Christina Laurell.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud del Poder Ejecutivo y Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro, Julio César Ramírez Argüello.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo, Juan Manuel Alcocer Gamba.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
CAPÍTULO DE GASTO
APORTACIÓN
FEDERAL
APORTACIÓN
ESTATAL
TOTAL 2020
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
$11,295,563.62
$ -
$11,295,563.62
TOTAL
$11,295,563.62
$ -
$11,295,563.62
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
PERIODO PARA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
CONCEPTO
PERIODO: 01 ENE-MARZO 31
TOTAL 2020
4000 "Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades
Federativas y Municipios.
$11,295,563.62
$11,295,563.62
TOTAL
$11,295,563.62
$11,295,563.62
 
"La Secretaría" podrá suspender la transferencia de los recursos presupuestarios federales, con carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, en caso de presentarse incumplimiento en la comprobación de los recursos transferidos a "La Entidad" mediante el presente instrumento.
La comprobación de los recursos deberá de realizarse dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes al término del mes correspondiente.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 23 UMM
TOTAL 2020
1000      "SERVICIOS PERSONALES"
$11,089,263.62
3700      "SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS" (*)
$206,300.00
TOTAL
$11,295,563.62
 
* Los recursos presupuestarios transferidos en el concepto de gasto 3700, podrán ser ejercidos por la entidad en cualquiera de las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7 de este Convenio y los rendimientos financieros derivados de esta transferencia, podrán ser aplicados a las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7A.
En caso de que personal del FAM en la entidad federativa, realice comisiones oficiales, en las cuales genere gastos por concepto de otros impuestos y derechos, podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
 

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2020
PARA "GASTOS DE OPERACIÓN"
INSTRUCTIVO
Se deberá anotar lo siguiente:
 
1
Entidad Federativa.
 
12
Especificar si es contrato o pedido
2
Monto por concepto de gasto
 
13
Proveedor o Prestador de Servicios
3
Concepto de Gasto de Aplicación
 
14
Importe del CFDI (incluye IVA) y/o ISR.
4
Nombre del Concepto de Gasto
 
15
Observaciones Generales
5
Fecha de elaboración del certificado
 
16
Total del gasto efectuado.
6
Partida Específica de gasto
 
17
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
7
Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
 
18
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
8
Número de la Clave Única de Establecimientos de Salud (CLUES)
 
19
Nombre del Director de Administración de los Servicios de Salud o equivalente.
9
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
 
20
Secretario de Salud o Director de los Servicios de Salud de la entidad (o su equivalente).
10
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
 
21
Mes en que se reporta
11
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
 
 
 
 
NOTA: ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASÍ COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGÚN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASÍ LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIÓN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).
POR OTRA PARTE, DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
QUERÉTARO RUTAS 2020
No. de unidades: 20 UMM-0, 2 UMM-1, 1 UMM-2 y 2 UMM-3.
 
Dirección General de Información en Salud
Anexo 5 de Trabajo 2020
Red de Atención
CLUES
Nombre de la UMM
Tipo de UMM
y año
Municipio
Localidades en ruta
Población
Objetivo
(INEGI)
Personal
Jornada de
la Unidad
Móvil
Centro de Salud ANCLA (para las Tipo 0)
Unidad de 2o. Nivel (Emergencias
Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110027
Dolores
473
Médico
Odontólogo
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110038
Las Lajitas
1,020
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110042
Matanzas
240
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110078
Presa del Carmen
195
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110037
La Laborcilla
887
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110094
Estación de
Chichimequillas
57
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110066
San Rafael
1,914
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110007
Santa María de Los
Baños
1,801
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
011
El Marqués
220110341
Colonia San Gabriel
185
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012264 (*)
Caravana Chichimequillas
UMM-2, 2007
 
1
 
9
6,772
4
0
0
0
1
1
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140081
Presita de San Antonio
43
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140052
El Herrero
59
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140135
La Puerta de Santiaguillo
30
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140041
Charape La Joya
125
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140063
Llano de La Rochera
109
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140042
Charape de Los
Pelones
295
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140055
La Joya
138
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140046
La Estacada
1,972
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140040
Cerro Colorado (El
Colorado)
510
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140071
Ojo de Agua
661
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012276
Caravana San José
Buenavista
UMM-1, 2009
 
1
 
10
3,942
3
0
0
0
1
1
 
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140086
La Purísima
857
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
011
El Marqués
220110249
La Laborcilla
195
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140136
La Purísima
66
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140092
El Salitre
4,408
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
011
El Marqués
220110365
El Pozo
1,220
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140074
El Patol
174
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140115
El Tránsito
212
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140096
San Isidro El Alto
368
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
014
Querétaro
220140195
Ejido Bolaños
346
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012281 (*)
Caravana Pedro Escobedo
UMM-1, 2009
 
2
 
9
7,846
3
0
0
0
1
1
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060032
San Rafael
813
Médico
Odontólogo
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060021
La Poza
324
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060028
El Ranchito
82
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060077
San Miguelito
29
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060011
Charco Blanco
1,752
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060025
Puerta de San Rafael
978
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060027
Purísima de San Rafael
401
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
006
Corregidora
220060008
La Cantera
142
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012532
Caravana El Marqués 1
UMM-3, 2009
 
1
 
8
4,521
4
0
0
0
1
1
QTSSA012544
Caravana El Marqués 2
UMM-2, 2009
014
Querétaro
220140180
El Rincón de Ojo de
Agua
462
Médico
Odontólogo
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012544
Caravana El Marqués 2
UMM-2, 2009
014
Querétaro
220140073
Palo Alto
1,402
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012544
Caravana El Marqués 2
UMM-2, 2009
014
Querétaro
220140080
Presa de Becerra
418
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012544
Caravana El Marqués 2
UMM-2, 2009
014
Querétaro
220140214
La Cantera
197
 
 
QTSSA001740
HE del Niño y La Mujer
QTSSA012544
Caravana El Marqués 2
UMM-2, 2009
 
1
 
4
2,479
4
0
0
0
1
1
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050099
Ailitos
69
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050007
Ejido Patria
944
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050036
Puerta de Enmedio
876
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050004
Nuevo Álamos
224
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050055
Los Trigos
266
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050039
Puerto de San Antonio
186
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050016
El Fuenteño
263
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
005
Colón
220050019
La Joya
112
QTSSA000796
CS Puerto de Coyote
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012310
Caravana Coyote
UMM-0, 2009
 
1
 
8
2,940
3
0
1
1
1
1
 
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160038
Ojo de Agua
1,185
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160028
El Jazmín
1,682
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160017
Dolores Godoy
450
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160069
Tuna Mansa
310
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160050
Sabino Chico
700
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160065
Santa Rita
151
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160188
El Rincón de Santa Rita
80
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012305
Caravana San Juan del Rio
UMM-0, 2009
 
1
 
7
4,558
3
0
1
1
1
1
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160023
La Estancita
111
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160031
Laguna de Vaquerías
1,295
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160262
Ojo de Agua de
Vaquerías
68
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160044
Perales
251
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160051
Salto de Vaquerías
271
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160052
San Antonio Zatlauco
67
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160045
San Pedro Potrerillos
172
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
016
San Juan del Río
220160071
Vaquerías
820
QTSSA002266
CS San Miguel Galindo
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012293
Caravana Vaquerias
UMM-0, 2009
 
1
 
8
3,055
3
0
1
1
1
1
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010045
San Pablo
565
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010060
La Cruz (San Bartolo)
500
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010065
La Piní
231
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010028
Palos Altos
224
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010003
El Apartadero
233
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010126
La Loma del Apartadero
42
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010153
Santa Clara
137
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010119
La Cruz del Apartadero
(La Garita)
350
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010116
Buenos Aires (El
Apartadero)
284
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010072
El Rayo
311
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
001
Amealco de Bonfil
220010156
El Baño
26
QTSSA003451
CESSA Amealco
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012730
Caravana La Cruz
UMM-0, 2011
 
1
 
11
2,903
3
0
1
1
1
1
 
QTSSA012725
Caravana El Rosario
UMM-0, 2011
016
San Juan del Río
220160049
El Rosario
2,117
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012725
Caravana El Rosario
UMM-0, 2011
016
San Juan del Río
220160179
Rancho El Colorado
22
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012725
Caravana El Rosario
UMM-0, 2011
016
San Juan del Río
220160022
Estancia de Santa
Lucía
481
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012725
Caravana El Rosario
UMM-0, 2011
016
San Juan del Río
220160081
La Corregidora
91
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012725
Caravana El Rosario
UMM-0, 2011
016
San Juan del Río
220160004
Barranca de Cocheros
384
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012725
Caravana El Rosario
UMM-0, 2011
016
San Juan del Río
220160029
La Laborcilla
269
QTSSA002283
CS Santa Lucia
QTSSA012935
HG de San Juan del Rio
QTSSA012725
Caravana El Rosario
UMM-0, 2011
 
1
 
6
3,364
3
0
1
1
1
1
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070171
Palo Seco
251
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070102
Los Sánchez
334
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070231
Rancho San Isidro
(Familia Dorantes)
8
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070174
Familia Camacho
11
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070179
Familia Vega Soto
11
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070207
El Ordaz (Familia
Arteaga Ávila)
11
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070057
El Cardonal (La Tijera)
364
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070033
San Antonio
287
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070025
Alfredo V. Bonfil (Los
Pérez)
868
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070182
Al Oriente de Los Pérez
46
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070045
Tunas Blancas
855
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070065
El Cerrito
205
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070028
La Purísima
519
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070122
Rancho El Machorril
1
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
007
Ezequiel Montes
220070275
Colonia Buenos Aires
30
QTSSA000895
CSU Ezequiel Montes
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012346
Caravana Ezequiel Montes
UMM-0, 2009
 
1
 
15
3,801
3
0
1
1
1
1
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180081
El Saucito
155
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180043
Sabino de San
Ambrosio
638
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180055
El Terrero
394
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180074
Barrio de García
733
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180066
El Madroño
71
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180095
Laguna de Álvarez
9
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180060
Zapote de Los Uribe (El
Zapote)
21
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
 
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180106
El Puertecito (Zapote de
Los Uribe)
32
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180017
derramadero
90
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180013
Corralitos
8
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180020
García
9
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180100
Las Cuevitas (El Pilón)
3
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180034
Ojo de Agua
7
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180093
El Cardón
1
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180027
Maguey Manso
331
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
018
Tolimán
220180030
Mesa de Ramírez
723
QTSSA012911
CESSA Toliman
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012351
Caravana Toliman
UMM-0, 2009
 
1
 
16
3,225
3
0
1
1
1
1
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040099
San Javier
1,871
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040244
Barrio Los González
80
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040240
El Agua Salada
26
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040230
La Haciendita
46
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040144
El Banco (Cara de Palo)
40
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040085
Puerto del Salitre
868
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040006
Los Amolitos
457
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040024
Cerro Prieto
588
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040065
La Mesa Providencia
76
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040066
Mesa del Castillo (La
Fajilla)
154
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040195
Barranca del Sordo
58
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
004
Cadereyta de
Montes
220040011
El Banco
253
QTSSA000656
CS Vizarron
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012334
Caravana Vizarron
UMM-0, 2009
 
1
 
12
4,517
3
0
1
1
1
1
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040052
Los Lirios
76
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040061
Los Martínez
56
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040058
Llanitos de Santa
Bárbara
240
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
 
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040096
Los Ríos
191
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040303
Bordo de Santo Niño
13
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040104
Santa Bárbara
809
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040089
Rancho de Guadalupe
489
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040102
San Martín Florida
1,017
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040068
La Mora
215
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040250
Casas Viejas
25
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040336
Rancho Las Huertas
11
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040267
Pie de La Loma
12
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040088
El Ranchito
88
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040130
Yonthé
373
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
004
Cadereyta de
Montes
220040296
El Ranchito (Mintehé)
78
QTSSA000480
CS Urbano Cadereyta
QTSSA000475
HG de Cadereyta
QTSSA012742
Caravana Cadereyta
UMM-0, 2011
 
1
 
15
3,693
3
0
1
1
1
1
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020071
El Ranchito
490
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020022
La Cebolla
99
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020006
Agua del Maíz
187
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020078
San José Cochinito
102
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020043
Loma de Guadalupe
29
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020108
San Isidro
145
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020021
El Carrizalito
125
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020109
Casas Viejas (Agua
Enterrada San Carlos)
161
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020207
Puerto Pinto
31
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020060
Pie de La Cuesta
131
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020075
Puerto del Sabino
35
QTSSA000311
CS San Pedro Escanela
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012416
Caravana El Ranchito
UMM-0, 2009
 
1
 
11
1,535
3
0
1
1
1
1
 
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090069
Rancho Nuevo
124
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090102
Rancho El Noventa Y
Nueve
2
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090165
San José de Los
Paredones
2
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090108
El Rincón
121
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090177
El Pocito
119
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090018
Carrizal de Los Durán
90
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090116
La Mesa del Pino
48
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090185
El Cañón
52
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090078
San Juan de Los Durán
235
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090075
San Antonio Tancoyol
147
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090228
Rancho El Callejón
5
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090233
Las Nuevas Flores
30
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090032
Las Flores
12
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090215
La Cercada
51
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090049
Mesa del Sauz
142
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090056
Ojo de Agua
53
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090167
Tanchanaquito
8
QTSSA001146
CS Tancoyol
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012380
Caravana Jalpan de Serra
UMM-0, 2009
 
1
 
17
1,241
3
0
1
1
1
1
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020030
Derramadero de
Bucareli
426
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020009
Agua Fría de Gudiño
166
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020041
Joyas de Bucareli
118
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020066
Puerto del
derramadero
196
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020239
Mesa Chiquita (Mesa del
Comalito)
16
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020248
Lindero del Tejamanil
51
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020105
Tepozán de
derramadero
14
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020051
La Meca
51
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020014
Barranca del Plátano
90
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020064
Potrerillos
185
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020223
Joyas del derramadero
47
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
002
Pinal de Amoles
220020003
Adjunta de Gatos
69
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012404
Caravana La Barranca
UMM-0, 2009
 
1
 
12
1,429
3
0
1
1
1
1
 
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100061
Lagunita de San Diego
197
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100032
Pinalito de La Cruz
529
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100050
Tres Lagunas
611
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100079
La Joya Chiquita de San
Antonio
3
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100005
La Agüita
102
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100101
La Huastequita
29
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100100
El Gavilán
39
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
010
Landa de
Matamoros
220100060
Mesa de La Cruz
68
QTSSA001233
CS El Lobo
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012392
Caravana Tres Lagunas
UMM-0, 2009
 
1
 
8
1,578
3
0
1
1
1
1
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090037
Los Jasso
38
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA012841
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090020
Carrizalito
70
QTSSA012842
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
003
Arroyo Seco
220030156
La Tinaja
498
QTSSA012843
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090005
Agua Fría
225
QTSSA012844
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090025
La Cuchilla
68
QTSSA012845
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090090
Tierra Fría
130
QTSSA012846
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
009
Jalpan de Serra
220090085
Soledad del Refugio
8
QTSSA012847
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
003
Arroyo Seco
220030025
Laguna de La Cruz
49
QTSSA012848
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
003
Arroyo Seco
220030008
El Bosque
53
QTSSA012849
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
003
Arroyo Seco
220030031
Milpas Viejas
4
QTSSA012850
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
003
Arroyo Seco
220030054
San José de Las Flores
144
QTSSA012851
CS Purisima de Arista
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012375
Caravana Agua Fria
UMM-0, 2009
 
2
 
11
1,287
3
0
1
1
1
1
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020025
Coatlán de Los
Ángeles
267
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020082
Sauz de Guadalupe
565
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020074
El Rodezno
152
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020012
Alejandría de Morelos
169
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020139
Puerto de Alejandría
207
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020065
Puerto Colorado
202
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020091
Puerto de Huilotla
44
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020037
El Gallo
152
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020186
La Sierrita
67
QTSSA000212
CS Ahuacatlan de
Guadalupe
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012754
Caravana Alejandría de
Morelos
UMM-0, 2011
 
1
 
9
1,825
3
0
1
1
1
1
 
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090007
La Arena
125
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090137
La Nopalera
9
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090047
Madroño
319
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090196
El Pino
58
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090197
Loma delgada
150
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090067
Puerto Hondo
148
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020161
Las Guayabas (El
Limón)
52
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020228
Palo de Agua
50
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020026
La Colgada
278
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020047
Maby
219
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090219
Jagüey (Jagüey
Grande)
107
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020162
Las Majaditas
36
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020224
El Limón de La Cruz
37
QTSSA001093
CS Barreales
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012795
Caravana El Madroño
UMM-0, 2011
 
2
 
13
1,588
3
0
1
1
1
1
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030038
El Pocito
62
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030023
El Jardín
193
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030084
La Escondida de Hidalgo
2
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030016
El Durazno
41
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030026
La Lagunita
223
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030036
El Pino
38
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030002
Las Adjuntas
47
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030005
Alpujarras
70
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030059
El Tepozán
211
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030027
La Loma
15
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030055
San José del Tepame
79
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
003
Arroyo Seco
220030131
Mesa del Platanito
4
QTSSA000405
CS La Florida
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012771
Caravana La Florida
UMM-0, 2011
 
1
 
12
985
3
0
1
1
1
1
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100014
El Humo
510
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100042
Puerto de San Agustín
264
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100082
Cerro de San Agustín
133
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100055
La Yesca
225
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100036
Puerto Hondo
46
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100024
Mesa del Jagüey
(Jagüey del Muerto)
81
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100023
Mesa del Fortín
70
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100010
Camarones
154
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
010
Landa de
Matamoros
220100045
San Onofre
99
QTSSA001204
CS Agua Zarca
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012800
Caravana La Yesca
UMM-0, 2011
 
1
 
9
1,582
3
0
1
1
1
1
 
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090080
San Vicente
145
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090122
Los Naranjitos
16
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090136
Puerto de San Vicente
53
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090054
Lomas de Juárez
74
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090105
Charco Prieto
21
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090187
Cerritos
6
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090062
Petzcola
65
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090003
Agua Amarga
76
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090072
Sabino Chico
191
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090058
Ojo de Agua de Los
Mar
84
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090073
Sabino Grande
96
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090088
Tancoyolillo
16
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090230
Rancho Tres Cruces
3
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090134
Malila
9
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090038
El Refugio
26
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090031
Fin del Llano
5
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090034
Guayabos Saucillo
74
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
009
Jalpan de Serra
220090023
La Ciénega
14
QTSSA002546
CS Jalpan Urbano 2
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012783
Caravana Loma de Juárez
UMM-0, 2011
 
1
 
18
974
3
0
1
1
1
1
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020015
La Barranca
407
Médico
Enfermera
Promotor
08:00 A
16:00 Con
disponibilida
d de horario.
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020094
La Muñeca
11
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020005
Aguacate de Morelos
124
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020020
Carricillo Media Luna
23
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020062
Los Pinos
330
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020225
Los Lirios
2
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020131
La Peña Colorada
1
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020167
Hornitos
75
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020083
Puerto de Tejamaníl
99
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020150
La Quebradora
90
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
013
Peñamiller
220130166
El Cantoncito
11
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
002
Pinal de Amoles
220020107
El Mastranto
87
QTSSA012824
CS Pinal de Amoles
QTSSA001052
HG de Jalpan de Serra
QTSSA012766
Caravana La Cañada
UMM-0, 2011
 
2
 
12
1,260
3
0
1
1
1
1
25
25
25
 
14
 
270
72,900
78
 
28
28
4
4
*Notas: En el ejercicio 2020, las UMM-3 operarán como UMM-2 / El asterisco (*) en las CLUES identifica las Unidades Médicas Móviles con antecedente de ajuste presupuestal 2017, por productividad insuficiente en 2016 y financiadas con recursos estatales para cubrir los honorarios del personal itinerante (enfermera, promotor y odontólogo) durante el ejercicio 2020.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2020
Entidad Federativa
 
 
Consultas de
primera vez por
diagnóstico y/o
tratamiento
reportadas en IG
en el periodo
Consultas de
primera vez por
diagnóstico y/o
tratamiento
reportadas en
DGIS*
Consultas
subsecuentes
reportadas en IG
en el periodo
Consultas
subsecuentes
reportadas en
DGIS*
Acciones al
individuo +
acciones a la
comunidad
reportadas en
IG en el periodo
Acciones al
individuo +
acciones a la
comunidad
reportadas en
DGIS*
Muertes
maternas
por lugar
de origen
en el
periodo
Trimestre:
 
 
TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO
UNIDADES MÉDICAS MÓVILES)
 
Cobertura
Operativa por
trimestre
Hombres
Rango de Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
 
 
70 y más
 
 
 
1er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
65 a 69
 
 
2do
 
 
 
 
 
 
 
 
60 a 64
 
 
3er
 
 
 
 
 
 
 
 
55 a 59
 
 
4to
 
 
 
 
 
 
 
 
50 a 54
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
45 a 49
 
 
 
 
40 a 44
 
 
Causa de diferencia entre cifras de IG y plataforma de la DGIS
 
35 a 39
 
 
Consultas de 1ra vez
por diagnóstico o
tratamiento
 
 
30 a 34
 
 
 
25 a 29
 
 
 
20 a 24
 
 
Consultas
subsecuentes
 
 
15 a 19
 
 
 
10 a 14
 
 
 
5 a 9
 
 
Acciones al individuo
y acciones a la
comunidad
 
 
2 a 4 años
 
 
 
1 año
 
 
 
< de 1 año
 
 
Otros comentarios
Fecha de la consulta en DGIS:
 
Total
 
 
 
Población de Anexo 5
 
 
 
 
Supervisor Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración
 
Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Validación
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2020
 
Entidad Federativa:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de validación DGPLADES:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I. Control Nutricional
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
1.1
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.2
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.3
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.4
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.5
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.6
Porcentaje de niños con recuperados de
desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores
de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
2.1
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas de
primera vez en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.2
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas
agudas en menores de cinco años que requirieron
plan A
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.3
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades
diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Respiratoria Agudas en
menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
3.1
Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en
menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.2
Porcentaje de casos de infecciones respiratorias
agudas en menores de cinco años que requirieron
antibiótico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.3
Porcentaje madres capacitadas en infecciones
respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
4.1
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en
tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.2
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus
controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.3
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.4
Porcentaje de detecciones para Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
5.1
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial
Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.2
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial
Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.3
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión
Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.4
Porcentaje de detecciones para Hipertensión
Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
6.1
Porcentaje de pacientes con Obesidad en
tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.2
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.3
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.4
Porcentaje de detecciones para Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
7.1
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en
tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.2
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias
controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.3
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.4
Porcentaje de detecciones para Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*
100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
8.1
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico
en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.2
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico
controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.3
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome
metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
9.1
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer
cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.2
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma
Humano
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.3
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 64 años
con citología o prueba de VPH
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.4
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve,
moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.5
Tasa de detección de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
10.
1
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 39 años
con exploración clínica de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
10.
2
Tasa de detección de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
11.
1
Porcentaje de detecciones de mujeres
embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
2
Proporción de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
3
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo
de primera vez
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
4
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo
de primera vez referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
5
Proporción de consultas de seguimiento a
puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
12.
1
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron
ácido fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
13.
1
Porcentaje de usuarios activos de planificación
familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
13.
2
Porcentaje de puérperas aceptantes de
planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
14.
1
Promedio de pacientes que reciben consulta
odontológica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
2
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
3
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
15.
1
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15.
2
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2020
 
 
CAUSAS POR LAS QUE SE OBTUVIERON LOS RESULTADOS
ACCIONES PARA MEJORAR
I
1.1
 
 
1.2
 
 
1.3
 
 
1.4
 
 
1.5
 
 
1.6
 
 
II
2.1
 
 
2.2
 
 
2.3
 
 
III
3.1
 
 
3.2
 
 
3.3
 
 
IV
4.1
 
 
4.2
 
 
4.3
 
 
4.4
 
 
V
5.1
 
 
5.2
 
 
5.3
 
 
5.4
 
 
VI
6.1
 
 
6.2
 
 
6.3
 
 
6.4
 
 
VII
7.1
 
 
7.2
 
 
7.3
 
 
7.4
 
 
 
 
VIII
8.1
 
 
8.2
 
 
8.3
 
 
IX
9.1
 
 
9.2
 
 
9.3
 
 
9.4
 
 
9.5
 
 
X
10.1
 
 
10.2
 
 
XI
11.1
 
 
11.2
 
 
11.3
 
 
11.4
 
 
11.5
 
 
XII
12.1
 
 
XIII
13.1
 
 
13.2
 
 
XIV
14.1
 
 
14.2
 
 
14.3
 
 
XV
15.1
 
 
15.2
 
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS DERIVADO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
13202
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal operativo y gerencial del Programa FAM en las entidades federativas.
37101*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
 
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS, SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE ESTAS PARTIDAS PARA COORDINADOR, SUPERVISORES Y ENLACE ADMINISTRATIVO.
EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, SE PODRÁ HACER USO DE ESTAS PARTIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARÍA" (DGPLADES).
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 7 A DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
APLICACIÓN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas, entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa FAM.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas y accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2020.
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y elaboración de material informativo (folletos, calcomanías, trípticos, carteles, manuales, reglas de operación, etc.) que forma parte de los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios de las dependencias y entidades distintos a los de comunicación social y publicidad.
35401
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa FAM y su planta de luz o de emergencia.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de
Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
PERSONAL EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACIÓN POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA.
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
(BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
1
$47,973.69
$5,330.41
$53,304.10
12
$639,649.20
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA
"A")
2
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
12
$894,172.08
ENLACE ADMINISTRATIVO
1
$17,500.00
$1,944.44
$19,444.44
12
$233,333.33
 
 
 
 
 
 
$1,767,154.61
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
 
 
 
 
 
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
(BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
20
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$4,126,929.60
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
19
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$3,272,588.88
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
1
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
10.5
$150,711.33
 
 
 
 
 
 
$7,550,229.81
UNIDAD MÓVIL TIPO 1
 
 
 
 
 
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
(BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
1
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
1
$206,346.48
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
1
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$172,241.52
 
 
 
 
 
 
$378,588.00
UNIDAD MÓVIL TIPO 3 (En el ejercicio 2020 estas unidades operarán como UMM-2.)
 
 
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
(BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
12
$412,692.96
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
12
$344,483.04
CIRUJANO DENTISTA "A"
2
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
12
$636,115.20
 
 
 
 
 
 
$1,393,291.20
 
 
 
 
TOTAL
 
$11,089,263.62
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2020
ENTIDAD FEDERATIVA:
MES:
MES:
SECRETARIA DE FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
No. CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
ENERO
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
MARZO
 
 
 
ABRIL
 
 
 
MAYO
 
 
 
JUNIO
 
 
 
JULIO
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
MONTO TOTAL ACUMULABLE
$                               -
$                                  -
$                      -
*ENVIAR DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL TÉRMINO DEL MES CORRESPONDIENTE.
 
 
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
SUBDIRECTOR GENERAL ADMINISTRATIVO
 
SECRETARIO DE SALUD DEL PODER
EJECUTIVO Y COORDINADOR GENERAL
DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO DE QUERÉTARO
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
 
ANEXO 10 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2020
Capítulo
de gasto
Presupuest
o autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Presupuesto
comprometido
(con
documentación
soporte)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos
reintegrados a
TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría de Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
SUBDIRECTOR GENERAL
ADMINISTRATIVO
 
SECRETARIO DE SALUD DEL PODER EJECUTIVO
Y COORDINADOR GENERAL DE LOS SERVICIOS
DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
 
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
ANEXO 11 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
PROGRAMA DE VISITAS DE SUPERVISIÓN A REALIZAR EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: FEBRERO A DICIEMBRE 2020
De conformidad con el Modelo de Supervisión se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas TERCERA fracciones I, III y V y Octava fracción III del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Estado de Querétaro con el propósito de verificar la operación y el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), así como el estado general que guarden los bienes dados en comodato del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $11,295,563.62 (Once millones doscientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y tres pesos 62/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Estado de Querétaro, por conducto de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, Servicios de Salud del Estado de Querétaro, con la participación de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo.
Firmas de los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 7A, 8, 9, 10 y 11 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.- Por la Secretaría: la Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Asa Ebba Christina Laurell.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Salud del Poder Ejecutivo y Coordinador General de Servicios de Salud del Estado de Querétaro, Julio César Ramírez Argüello.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo, Juan Manuel Alcocer Gamba.- Rúbrica.