Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
San Luis Potosí
EDICTO
 
En el juicio de amparo 1069/2019-3, promovido por Constructores Inmobiliarios del País Apoyando de México S.A. de C.V., a través de su representante legal José Manuel Guevara Olmos, contra actos del Director General del Instituto Registral y Catastral del Estado de San Luis Potosí, consistente en la omisión de realizar la inscripción registral del instrumento notarial 30,904, volumen 229, folio 20, 661 y 20,662, relativo al contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria a favor de "Constructores Inmobiliarios del País Apoyando a México" S.A. de C.V., celebrado ante la fe del Notario Público Número Cinco, en ejercicio en el Distrito Judicial de Huejotzingo del Estado de Puebla, el 15 de julio de 2019, con boleta de recepción de documentos número Q925242, clave de consulta 562710, con folio 341059; y, Q926192, clave de consulta 722751, con folio 341059, con número de folio 11-14261322 de 15 de julio de 2019, respectivamente; con fecha ocho de octubre de dos mil veinte, se dictó un auto en el que se ordena emplazar a juicio a la parte tercero interesada Cruz Miguel Armas Alvarado, para que comparezca a defender sus derechos; en la inteligencia que para la celebración de la audiencia constitucional en el juicio de amparo al inicio anotado se encuentran señaladas las nueve horas del dieciocho de noviembre de dos mil veinte.
Para publicarse conforme a lo ordenado por acuerdo de ocho de octubre de dos mil veinte, por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana y en otro de mayor circulación en esta ciudad, haciendo saber a la parte tercera interesada, que deberá presentarse ante este Juzgado Federal, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, a hacer valer los derechos que estime pertinentes, y que deberá señalar domicilio en esta ciudad de San Luis Potosí, para oír y recibir notificaciones, apercibido para el caso de no, la ulteriores notificaciones que se ordenen en este asunto, se le harán por medio de lista en los estrados del Juzgado y que deberá contener, en síntesis, la determinación judicial que ha de notificarse, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado Primero de Distrito en el Estado, copia de la demanda de amparo.
 
San Luis Potosí, San Luis Potosí, a cinco de noviembre de dos mil veinte.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado.
Licenciado Adán Carmona Martínez.
Rúbrica.
(R.- 500645)