Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
EDICTOS
 
María Teresa Jiménez Gervasio.
Donde se encuentre.
En acatamiento al acuerdo de diecisiete de marzo de dos mil veinte, dictado en el juicio de amparo 1191/2019-III-A, del índice de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Miguel Vizuett Mendoza, contra actos del Juez Penal de Control y Enjuiciamiento del Juzgado Penal de Carácter Acusatorio y Oral del Primer Circuito Judicial en el Distrito Judicial de Tizayuca, Hidalgo, que hace consistir en el auto de vinculación a proceso dictado el dieciséis de septiembre de este año, en la causa penal 131/2019; juicio de amparo en el cual fue señalada como tercera interesada y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersone al mismo y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en Pachuca de Soto, o en el municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo, apercibida que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición la copia de traslado de la demanda de amparo en la secretaria correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que debe presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación y que fueron señaladas las nueve horas con cinco minutos del veintidós de abril de dos mil veinte, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Este edicto debe publicarse por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el diario oficial de la federación y en un periódico diario de mayor circulación en la República Mexicana.
 
Pachuca de Soto, Hidalgo; 17 de marzo de 2020.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo.
Lic. Gabriel César Téllez Sánchez.
Rúbrica.
(R.- 500528)