NOVENA actualización de la Edición 2020 del Libro de Medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General.
JOSÉ IGNACIO SANTOS PRECIADO, Secretario del Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos, 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1ª y 3ª de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 15, 16, 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, y 11, fracción IX y XVIII, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud;
Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2019, se estableció en los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, que habrá un Compendio Nacional de Insumos para la Salud, elaborado por el Consejo de Salubridad General, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud;
Que para los efectos señalados en el párrafo precedente participarán en la elaboración del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, la Secretaría de Salud, las Instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Ejecutivo Federal;
Que con fecha 30 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud al que se refieren los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan problemas de salud de la población mexicana;
Que en términos de la última parte del artículo 28, de la Ley General de Salud, se llevaron a cabo trabajos entre el Consejo de Salubridad General, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Secretaria de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los Servicios de Salud de Petróleos Mexicanos, para analizar las actualizaciones convenientes al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, a efecto de considerar la inclusión de diversos medicamentos;
Que, derivado de lo anterior, se determinó la procedencia de la actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los términos siguientes:
NOVENA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2020 DEL LIBRO DE MEDICAMENTOS DEL COMPENDIO
NACIONAL DE INSUMOS PARA LA SALUD
MODIFICACIONES
(Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas)
Grupo 16. Oncología
CARBOPLATINO
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
010.000.4431.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE. Cada frasco ámpula contiene: Carboplatino 150 mg Envase con un frasco ámpula. | Cáncer testicular. Cáncer de vejiga. Cáncer epitelial de ovario. Cáncer de células pequeñas de pulmón. Cáncer de cabeza y cuello. | Infusión intravenosa. Adultos: 400 mg/m2 de superficie corporal / día. Se puede repetir la infusión cada mes. Niños: La dosis debe ajustarse de acuerdo a las condiciones del paciente y a juicio del especialista |
010.000.6290.00 | Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Carboplatino 450 mg. Envase con un frasco ámpula. | |
Inhibe la síntesis DNA lo que altera la proliferación celular (alquilante inespecífico del ciclo celular).
D
Mielosupresión, nefrotóxico, ototóxico; náusea y vómito, reacciones anafilácticas, alopecia, hepatoxicidad, neurotoxicidad central.
Contraindicaciones y Precauciones |
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al fármaco, al cisplatino, o compuestos que contienen platino o manitol, depresión de médula ósea, insuficiencia renal.
Precauciones: No utilizar equipos que contengan aluminio para su administración.
Potencia el efecto de otros medicamentos oncológicos y la radioterapia. Agentes nefrotóxicos o depresores de la médula ósea, potencian estos efectos tóxicos.
ERITROPOYETINA THETA O EPOETINA THETA
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
010.000.6137.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Eritropoyetina Theta o epoetina theta 20,000 UI Envase con 1 jeringa prellenada con 1 mL. | Anemia sintomática en pacientes adultos con cáncer de neoplasias no mieloides tratados con quimioterapia. | Subcutánea Adultos: Dosis inicial: 20,000 UI una vez a la semana. Ajuste de dosis: Después de 4 semanas, si los valores de hemoglobina no han aumentado hasta al menos 1 g/dl, puede incrementarse la dosis semanal a 40,000 UI. Si después de 4 semanas adicionales de tratamiento, el aumento de los valores de hemoglobina es todavía insuficiente, se debe considerar un aumento de la dosis semanal a 60,000 UI (dosis máxima). |
010.000.6138.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada jeringa prellenada contiene: Eritropoyetina Theta o epoetina theta 30,000 UI Envase con 1 jeringa prellenada con 1 mL |
Agente estimulante de la eritropoyesis, cuyo principio activo es una copia de la hormona humana eritropoyetina. La eritropoyetina humana es una hormona glicoprotéica endógena que es el principal regulador de la eritropoyesis a través de interacciones específicas con el receptor de eritropoyetina o con células precursoras de eritrocitos en la médula ósea.
C
Hipertensión, síntomas gripales y dolor de cabeza.
Contraindicaciones y Precauciones |
Contraindicaciones y Precauciones: Hipersensibilidad al fármaco.
No se han realizado estudios de interacciones.
METOTREXATO
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
010.000.1759.00 | TABLETA Cada tableta contiene: Metotrexato sódico equivalente a 2.5 mg de metotrexato. Envase con 50 tabletas. | Leucemia linfocítica aguda. Coriocarcinoma. Cáncer de la mama. Carcinoma epidermoide de la cabeza y el cuello. Linfomas. Sarcoma osteogénico. Prevención de la infiltración leucémica de las meninges y del sistema nervioso central. Artritis reumatoide. Psoriasis. | Oral, Adultos y niños: Psoriasis 2.5 mg al día durante 5 días. Artritis reumatoide 7.5 a 15 mg una vez por semana por seis meses. |
010.000.1760.00 010.000.1760.01 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado o solución contiene: Metotrexato sódico equivalente a 50 mg de metotrexato. Envase con un frasco ámpula. Envase con 10 frascos ámpula. | Intramuscular, intravenosa o intratecal. Por vía intravenosa o intramuscular: 50 mg/m2 de superficie corporal. Por vía intratecal: 5 a 10 mg/m2. de superficie corporal. Administrar diluido en soluciones intravenosas envasadas en frascos de vidrio. |
010.000.6213.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Metotrexato sódico Equivalente a 250 mg de metotrexato Envase con frasco ámpula |
010.000.1776.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Metotrexato sódico equivalente a 500 mg de metotrexato. Envase con un frasco ámpula. |
010.000.2194.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con liofilizado contiene: Metotrexato sódico equivalente a 1 g de metotrexato. Envase con un frasco ámpula. |
Antimetabolito del ácido fólico en la fase S del ciclo celular. Inhibe la síntesis de DNA, RNA, timidilato y proteínas e interrumpe la replicación celular. Es moderado como inmunosupresor.
D
Anorexia, náusea, vómito, dolor abdominal, diarrea, ulceraciones, perforación gastrointestinal, estomatitis, depresión de la médula ósea, insuficiencia hepática y renal, fibrosis pulmonar, neurotoxicidad.
Contraindicaciones y Precauciones |
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al fármaco.
Precauciones: Valorar riesgo beneficio en desnutrición, infecciones graves, depresión de la médula ósea, inmunodeficiencia, nefropatía y alveolitis pulmonar.
La sobredosificación requiere de folinato de calcio intravenoso. Los salicilatos, sulfas, fenitoína, fenilbutazona y tetraciclinas aumentan su toxicidad. El ácido fólico disminuye su efecto.
Ciudad de México, a 13 de noviembre de 2020.- El Secretario del Consejo de Salubridad General, José Ignacio Santos Preciado.- Rúbrica.