Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia de Normatividad
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero
Vicepresidencia de Supervisión de Grupos
e Intermediarios Financieros B
Dirección General de Supervisión de Grupos
e Intermediarios Financieros E
Oficio Núm.: 312-1/0343/2020
Exp.: CNBV.3S.3.2, 312 (8147)
"2020, Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria"
 
Asunto: Se modifican los términos de la autorización para el establecimiento en territorio nacional de esa oficina de representación.
KEB HANA BANK, OFICINA DE
REPRESENTACIÓN EN MÉXICO
Av. Paseo de la Reforma 180, Piso 20,
Oficina 2003, Col. Juárez, Cuauhtémoc,
C.P. 06600, Ciudad de México.
AT'N.: SR. IL WOO
Representante Legal
Hacemos referencia al Oficio Núm.: 312-1/0342/2020 de fecha 30 de octubre de 2020, mediante el cual esta Comisión, con fundamento en la Décima Primera, fracción VI de las Reglas de oficinas de representación de entidades financieras del exterior (las Reglas) autorizó al señor Seong Soo Kim para que se desempeñe como nuevo representante de KEB Hana Bank, Oficina de Representación en México, a partir de la fecha del referido oficio, en sustitución del señor Il Woo.
Como consecuencia de lo anterior, esta Comisión, con fundamento en la Cuarta, segundo párrafo de las Reglas, ha resuelto modificar la Base Primera de la "Autorización para el establecimiento de una Oficina de Representación en México de Korea Exchange Bank" emitida por esta Comisión mediante Oficio No.: P140/2014 de fecha 18 de diciembre de 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de enero de 2015, la cual fue modificada por última vez mediante oficio 312-3/14025/2015 de fecha 20 de octubre de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de diciembre de 2015, para quedar redactada en los siguientes términos:
"...
Primera.- Deberá ajustarse en todo cuanto corresponda a su funcionamiento a lo dispuesto en el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito y en las "Reglas aplicables al establecimiento y operación de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito" y, en particular, a lo siguiente:
I. Ostentará en todo momento la denominación de KEB Hana Bank, seguida de la expresión "Oficina de Representación en México".
II. Tendrá su domicilio en la Ciudad de México.
III. Su representante será el señor Seong Soo Kim.
..."
En ese sentido, de conformidad con la Cuarta, segundo párrafo de las Reglas, KEB Hana Bank, Oficina de Representación en México, deberá dar aviso al Banco de México y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la modificación referida en el párrafo anterior, dentro de los diez días naturales siguientes a la
fecha de recepción del presente oficio, acompañando copia del mismo.
Finalmente, esta Comisión, con fundamento en los artículos 97 de la Ley de Instituciones de Crédito y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, requiere a KEB Hana Bank, Oficina de Representación en México, para que informe a esta autoridad la fecha de publicación del presente oficio en el Diario Oficial de la Federación, en un plazo de diez días hábiles, contado a partir de la fecha en que se realice la referida publicación, adjuntando copia de la misma. Lo anterior, en el entendido que dicha publicación deberá tramitarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de recepción deeste oficio.
El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, antepenúltimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 12, 17, fracción X, 19, fracciones I, inciso f), II, III y último párrafo, 40, fracciones I y IV, 55, segundo párrafo y 58, primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
 
 
Atentamente
Ciudad de México, a 30 de octubre de 2020
Director General Adjunto de Autorizaciones al Sistema Financiero A
Lic. Yared Salgado Solórzano
Rúbrica.
 
Atentamente
Directora de Autorizaciones al Sistema Financiero
Lic. Fátima Betsabé Vázquez Gómez
Rúbrica.
 
Atentamente
Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E
Lic. Gabriela Acevedo Mora
Rúbrica.
(R.- 500519)