Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Sinaloa
Culiacán, Sinaloa
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados en autos de las carpetas de investigación que se detallan posteriormente, en las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/SIN/GUAM/0001777/2017, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Juegos y Sorteos previsto, artículo 13 fracción II, de la Ley Federal de Juegos y Sorteos en la cual el 04 de octubre de 2017, se decretó el aseguramiento de Cinco maquinitas electrónicas, de las cuales cuatro están agrupadas en el tipo "selección de líneas", que se enumeraron como: 1-1, 1-2, 1-4, 1-5, y una está agrupada en el tipo "ruleta luminosa", que se enumeró como 1-3; Cuatro maquinitas electrónicas, de las cuales dos están agrupadas en el tipo "selección de líneas", que se enumeraron como: 2-2, 2-3, y dos están agrupadas en el tipo "ruleta luminosa", que se enumeraron como 2-1, 2-4; Tres maquinitas electrónicas, de las cuales una está agrupada en el tipo "selección de líneas", que se enumeró como: 3-2, y dos están agrupadas en el tipo "ruleta luminosa", que se enumeraron como 3-1, 3-3; Dos maquinitas electrónicas, de las cuales una está agrupada en el tipo "selección de líneas", que se enumeró como: 4-1, y una está agrupada en el tipo "ruleta luminosa", que se enumeró como 4-2;Tres maquinitas electrónicas, las cuales están agrupadas en el tipo "ruleta luminosa", que se enumeraron como 5-1, 5-2, 5-3; Numerario consistente en 657 monedas de la denominación de 1.00, dando un importe total de $657.00 (seiscientos cincuenta y siete pesos 00/100 m.n.), por ser considerados instrumento del delito investigado; 2.- Carpeta de investigación FED/SIN/GUAM/0001882/2017; iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburo previsto en el artículo 9 fracción II, de La Ley Federal Para Prevenir y Sancionar Los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 12 de octubre de 2017, se decretó el aseguramiento, de un vehículo tipo pick up, modelo F100, marca Ford, dos puertas, color café, sin placas de circulación, identificación vehicular 1FTCF10E0CRA10203, año 1982, por ser considerado instrumento del delito investigado; 3.- Carpeta de investigación FED/SIN/GUAM/0001896/2017, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburo previsto en el artículo 9 fracción II, de La Ley Federal Para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 11 de octubre de 2017, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo camioneta con redilas, modelo RAM 4000, marca Dodge, dos puertas, color blanco, con placas de circulación UE-59-707, del Estado de Sinaloa, identificación vehicular 3D6W35EL2BG614784, año modelo 2011, por ser considerado instrumento del delito investigado. 4.- Carpeta de investigación FED/SIN/GUAM/0001970/2017, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburo previsto en el artículo 9 fracción II, de La Ley Federal Para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 12 de octubre de 2017, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo camioneta, modelo F-350, marca Ford, dos puertas, color blanco, sin placas de circulación, número de serie AC3JCR57232, año modelo 1985, por ser considerado instrumento del delito investigado. 5.- Carpeta de investigación FED/SIN/GUAM/0002456/2018, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburo previsto en el artículo 9 fracción II, de La Ley Federal Para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 27 de noviembre de 2018, se decretó el aseguramiento de una camioneta marca Ford, tipo redilas F-350, 2 puertas, cabina color rojo y blanco, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular 1FDEF3G68FED47912, por ser considerado instrumento del delito investigado. 6.- Carpeta de investigación FED/SIN/GUAM/0000484/2018, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previsto en el artículo 83 fracción II, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 16 de marzo de 2018, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Isuzu, modelo trooper, color negro, con placa trasera de circulación ANG2322 del Estado de Arizona, E.U.A., con número de identificación vehicular JACDJ58X2W7904766, año 1998, por ser considerado instrumento del delito investigado. 7.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0000101/2017, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos previsto en el artículos 83 Quat fracción II; 83 Quintus fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; Posesión de Hidrocarburo previsto en el artículo 9 fracción II. Resguarde, Transporte, Almacene, Distribuya, Posea, Suministre u Oculte Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, sin Derecho y sin Consentimiento de Asignatarios, Contratistas, Permisionarios, Distribuidores o de Quien Pueda Disponer de Ellos con Arreglo a La Ley de La Ley Federal Para Prevenir y Sancionar Los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburo; Contra la Salud previsto en el artículo 476 de la Ley General
de Salud y 195 del Código Penal Federal, en la cual el 21 de febrero de 2017, se decretó el aseguramiento de Un vehículo de la marca Chevrolet, línea avalanche, color rojo con gris, placas de circulación UC41563 del Estado de Sinaloa, serie 3GNEC13T82G133832, por ser considerado instrumento del delito investigado; 8.- Carpeta de investigación FED/SIN/GUAM/0002206/2017, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos previsto en el artículos 81 párrafo segundo, 83 fracción II; 83 fracción III, 83 Bis fracción II, 83 Quintus fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; Contra la Salud previsto en el artículo 476 de la Ley General de Salud y 195 del Código Penal Federal en la cual el 31 de octubre de 2017, se decretó el aseguramiento de una camioneta marca Chevrolet, tipo redilas, versión 3500, 2 puertas, color gris, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular 3GBJC34K38M117948, y año 2008, por ser considerado instrumento del delito investigado. 9. Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0000847/2019, iniciada por el delito de Contra la Salud, en su modalidad de Posesión de Fentanil con Fines de Comercio, previsto por el artículo 195 párrafo I, del Código Penal Federal, en la cual el 03 de junio de 2019, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo pick up, color blanco, marca Chevrolet, línea tornado, serie 93CCL80C6HB159124, Placas de circulación VD-91-658 del estado de sonora, por ser considerado instrumento del delito investigado; 10. Carpeta de investigación FED/SIN/MAZ/0000145/2019, iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburo previsto en el artículo 9 fracción II. Inciso d), del citado numeral, de la Ley Federal Para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos En Materia de Hidrocarburos, en la cual el 28 de enero del 2019, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, línea Lincoln, color blanco, placas de circulación VLF919A, del Estado de Sinaloa, serie 5LMRU272WLJ20793, por ser considerado instrumento del delito investigado; 11.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0001507/2017; iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado por el artículo 83 Fracción III, en relación con el 11 inciso c) ambos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como Contra la Salud en su modalidad de Posesión de Marihuana, previsto y sancionado por el artículo 195 párrafo primero del Código Penal Federal, en la cual el 15 de Junio de 2018, se decretó el aseguramiento de un inmueble ubicado en calle Rio Sena, número 3129, entre las calles Rio Nilo y Rio Támesis, colonia Lomas del Boulevard, Culiacán, Sinaloa, con clave catastral 007000025013005001, escritura número 31695, por ser considerado instrumento del delito investigado; 12.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0000025/2016, iniciada por el delito previsto en el artículo 12 fracción II, de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, en la cual el 20 de enero de 2017, se decretó el aseguramiento de la cantidad de $1,200.00 (mil doscientos pesos 00/100M.N); así como el 09 de agosto de 2017 de la cantidad de $915.00 (novecientos quince pesos 00/100m.n) por ser considerado instrumento del delito investigado; 13.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0001340/2017, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Posesión de Hidrocarburo, en la cual el 31 de mayo de 2017, se decretó el aseguramiento de una camioneta marca Toyota, línea Tacoma, color gris obscuro, serie 3TMCZ5AN5HM068619, placas de circulación UF-79-206 del Estado de Sinaloa; una camioneta marca BMW, tipo suv, línea X5, color gris, placas de circulación JNP-97-77 del Estado de Jalisco, con número de serie WBSKT6109F0C88588, modelo 2015; una embarcación, tipo deportiva, marca Regal Marine Industries INC, año 2016, serie RGMBV573A616, número de motor 2a483126; un vehículo marca Fiat, línea 500x, color gris, serie ZFBCFXCT8GP424539, modelo 2016, placas de circulación VSR-71-31 del Estado de Sinaloa; una camioneta marca Nissan, Línea datsun, color gris oscuro, sin placas de circulación, con número de serie HL620440570; una cuatrimoto marca Yamaha, color verde camuflajeado, sin placas de circulación, con número de serie 5Y4AMC9Y4HA102031, modelo 2017, por ser considerados instrumento del delito investigado; 14.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0001850/2019, iniciada por el delito previsto en el artículo 83 Quat fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 07 de enero de 2020, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo sedán, marca Nissan, color blanco, submarca versa, placas de circulación VSY-89-65 del estado de Sinaloa, serie 3N1CN7AD2GK395135, y un sobre de papel color blanco, conteniendo en su interior la cantidad de $26,650.00 (veintiséis mil seiscientos cincuenta pesos 00/100 m.n.), consistente en 10 billetes de las denominaciones de $500.00 (quinientos pesos 00/100 m.n.), 60 billetes de la denominación de $200.00 (doscientos pesos 00/100 m.n.), 96 billetes de la denominación de $100.00 (cien pesos 00/100 m.n.) y 01 billete de la denominación de $50.00 (cincuenta pesos 00/100 M.N., por ser considerado Instrumento y objeto del delito investigado; 15.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0001228/2019; iniciada por el delito previsto en el artículo 83 fracción III de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; en la cual el 06 de noviembre de 2019, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo pick-up, modelo l200, marca Mitsubishi, cuatro puertas, color blanco, sin placas de circulación, modelo 2015, números de serie MMCJNKB40FDZ29253 y MMBNG45K6FDZ29253, por ser considerado instrumento del delito investigado; 16.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0001255/2018; iniciada por el delito previsto en el artículo 195 del Código Penal Federal; en la cual el 14 de junio de 2018, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo sedán, modelo 200, marca Chrysler, cuatro puertas, color negro, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular 1C3CCBBB6CN11013, año modelo 2012, por ser considerado instrumento del delito
investigado; 17.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0000437/2018; iniciada por el delito de Posesión de Hidrocarburo previsto en el artículo 9 fracción II, de la Ley de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos; en la cual el 13 de febrero de 2018, se decretó el aseguramiento de una camioneta de la marca Dodge, submarca RAM, tipo pick-up, color blanco, sin placas de circulación y con número de serie 3B7HC16X3VM581552, por ser considerado instrumento del delito investigado; 18.- Carpeta de investigación FED/SIN/CLN/0000712/2016; iniciada por el delito de Producción, Tenencia, Trafico, proselitismo y otros actos en materia de Narcótico, previsto y sancionado por el artículo 195 del Código Penal Federal y por el delito de Desvió y Posesión de Precursores Químicos y Productos Químicos Esenciales, previsto en el artículo 196 Ter, Párrafo Primero del Código Penal Federal, en relación con lo previsto en el artículo 1º, 2° Fracciones IV, VI y VII de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Maquinas para elaborar Capsulas, Tabletas y/o Comprimidos, en la cual el 09 de noviembre de 2016, se decretó el aseguramiento una camioneta, marca Ford, tipo chasis cabina, modelo F-350, acoplada en su parte superior una caja seca dos puertas, color blanco con placas de circulación trasera KZ-71-028 del estado de México con número de serie 3FEKF37N1VMA49620, por ser considerado instrumento del delito investigado; 19.- Carpeta de investigación FED/SIN/MAZ/0002355/2017; iniciada por el delito de Portación de Armas de Fuego del Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto en el artículo 83 fracción III, Posesión de cartuchos para Armas de Fuego del Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto en el artículo 83 Quat fracción II y Posesión de Cargadores para Arma de Fuego del Uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto en el artículo 83 Quin fracción I, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; en la cual el 17 de noviembre de 2017, se decretó el aseguramiento de una camioneta marca Jeep Grand Cherokee, color gris, modelo 2007, con número de serie 1J8HR58P27C572521, sin placas de circulación, por ser considerado instrumento del delito investigado; 20.- Carpeta de investigación FED/SIN/MOCH/0000894/2019; iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto en el artículo 9 fracción II. de la Ley Federal Para Prevenir y Sancionar Los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 11 de diciembre de 2019, se decretó el aseguramiento de una embarcación tipo inmensa, de color gris, de 3.53 metros de manga, 11.36 metros de eslora, 1.22 de puntal, cuenta con tres motores fuera de borda marca Yamaha de 300 H.P. cada uno; y una embarcación tipo inmensa, de color gris, de 3.53 metros de manga, 11.17 metros de eslora, 1.38 de puntal, cuenta con tres motores fuera de borda marca Yamaha de cuatro tiempos, de 300 H.P. cada uno, por ser considerados instrumentos del delito investigado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el estado de Sinaloa con domicilio en carretera a Navolato, kilómetro 9.5, colonia Bachigualato, en el Municipio de Culiacán, Sinaloa.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
 
Atentamente.
Culiacán, Sinaloa, a 15 de enero de 2020.
El Delegado de la Fiscalía General de la República, en Sinaloa.
Victor Manuel Martinez Mendoza
Rúbrica.
(R.- 500231)