DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de inundación fluvial el día 29 de octubre de 2020, para 1 municipio del Estado de Tabasco e inundación pluvial el día 29 de octubre de 2020 para 7 municipios de dicha entidad federativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
LAURA VELÁZQUEZ ALZÚA, Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19 fracción XI, 21, 58, 59, 61 y 62 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 fracciones II, V, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 3 fracción I del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" REGLAS GENERALES- (DOF.-03-XII-2010); 5 fracción II incisos h) e i); y 10 del "Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN" -LINEAMIENTOS- (DOF.-03-VII-2012), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número GU/DGU/058/2020 de fecha 30 de octubre de 2020 suscrito por el Gobernador del Estado de Tabasco, Adán Augusto López Hernández, se solicitó a la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC) la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Cárdenas, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Jalapa, Jalpa de Méndez, Macuspana y Nacajuca de esa Entidad Federativa, por inundación fluvial e inundación pluvial ocurridas el 29 de octubre de 2020; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número SSPC/CNPC/01250/2020 de fecha 31 de octubre de 2020, la CNPC solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el Dictamen Técnico correspondiente para, en su caso, emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Tabasco señalado en el oficio número GU/DGU/058/2020 referido en el párrafo inmediato anterior.
Que mediante oficio número BOO.8.-413 de fecha 1 de noviembre de 2020, la CONAGUA emitió el Dictamen Técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de inundación fluvial el día 29 de octubre de 2020, para el municipio de Jalapa del Estado de Tabasco e inundación pluvial el día 29 de octubre de 2020 para los municipios de Cárdenas, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Jalpa de Méndez, Macuspana y Nacajuca de dicha Entidad Federativa.
Que el 1 de noviembre de 2020 se emitió el Boletín de Prensa número BDE-137-2020, mediante el cual se dio a conocer que la CNPC emite una Declaratoria de Emergencia por la presencia de inundación fluvial el día 29 de octubre de 2020, para el municipio de Jalapa del Estado de Tabasco e inundación pluvial el día 29 de octubre de 2020 para los municipios de Cárdenas, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Jalpa de Méndez, Macuspana y Nacajuca de dicha Entidad Federativa; con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE INUNDACIÓN FLUVIAL EL DÍA 29 DE
OCTUBRE DE 2020, PARA 1 MUNICIPIO DEL ESTADO DE TABASCO E INUNDACIÓN PLUVIAL EL DÍA
29 DE OCTUBRE DE 2020 PARA 7 MUNICIPIOS DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia por la presencia de inundación fluvial el día 29 de octubre de 2020, para el municipio de Jalapa del Estado de Tabasco e inundación pluvial el día 29 de octubre de 2020 para los municipios de Cárdenas, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Jalpa de Méndez, Macuspana y Nacajuca de dicha Entidad Federativa.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Tabasco pueda acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a uno de noviembre de 2020.- El Director General de Vinculación, Innovación y Normativa en Protección Civil, Héctor Amparano Herrera, quien firma en suplencia por ausencia de la Coordinadora Nacional de Protección Civil, con fundamento en los artículos 8, 10 fracciones I y II, 22 y 73 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Rúbrica.