ACUERDO relativo a diversos aspectos inherentes a la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses 2020, en sus modalidades inicial, modificación y conclusión.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Contraloría del Poder Judicial de la Federación.- Dirección General de Substanciación, Registro y Seguimiento de la Evolución Patrimonial.

En sesión ordinaria del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, celebrada el veintiocho de octubre de dos mil veinte, se aprobó por unanimidad de siete votos, el siguiente:
ACUERDO RELATIVO A DIVERSOS ASPECTOS INHERENTES A LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES 2020, EN SUS MODALIDADES INICIAL, MODIFICACIÓN Y CONCLUSIÓN.
"PRIMERO.- Se instruye a la Dirección General de Tecnologías de Información para que, en coordinación con la Contraloría del Poder Judicial de la Federación ajuste el formato de la modalidad de Modificación para las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, a fin de incorporar un campo relativo al monto total de pagos anuales realizados a cada una de las tarjetas de crédito y/o departamentales reportadas.
SEGUNDO.- Se instruye que las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, en la modalidad de Modificación 2020, correspondiente al ejercicio 2019, se presenten del 3 de noviembre al 31 de diciembre de 2020.
TERCERO.- A partir del 3 de noviembre de 2020, se reanudan los plazos para la presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión, en los términos siguientes:
Para los servidores públicos que, al 25 de marzo de 2020, ya les había comenzado a correr el plazo, éste se reanudará a partir del próximo 3 de noviembre, únicamente por el remanente correspondiente a los 60 días naturales que prevé el artículo 41, fracciones I y III, del Acuerdo General del Pleno de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas, vigente.
Ahora bien, para quienes causaron alta y/o baja durante el periodo de suspensión de los plazos para presentar las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión, esto es, entre el 25 de marzo y el 2 de noviembre de 2020, el plazo de 60 días naturales a que se refieren la disposición citada en el párrafo que antecede, empezará a computarse a partir del próximo 3 de noviembre.
Con relación a los servidores públicos que presentaron las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en sus modalidades de Inicio y Conclusión durante el periodo de suspensión de los plazos, esto es, entre el 25 de marzo y el 2 de noviembre de 2020, se les tendrá por cumplida la obligación al primer día del inicio de la reanudación del plazo.
CUARTO.- Se instruye que los servidores públicos de nivel operativo que no se encontraban obligados hasta antes del 19 de julio de 2017 y que por primera ocasión presentarán sus Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses lo hagan a través del formato aprobado en la modalidad "Inicial" y de manera simplificada.
El plazo para la presentación correrá del 3 de noviembre al 31 de diciembre de 2020, en la inteligencia de que aquellos servidores públicos que presentaron las declaraciones correspondientes en el periodo especial, comprendido del 1 de enero al 31 de marzo de 2020, se les tendrá por oportunamente cumplida la obligación y no estarán obligados a presentar la modalidad de Modificación 2020, correspondiente al ejercicio fiscal 2019.
QUINTO.- Se instruye a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Tecnologías de la Información, para que, en coordinación con la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, pre carguen en el Nuevo Sistema para Presentar las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses en el Consejo de la Judicatura Federal, la información a que se refiere la norma Decimosegunda del Acuerdo por el que se modifican los Anexos Primero y Segundo del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación, a fin de facilitar la presentación oportuna de las mencionadas declaraciones, a cargo del personal operativo.
SEXTO.- Se instruye a los titulares de los órganos jurisdiccionales, órganos auxiliares y áreas administrativas otorgar a la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, el apoyo y las facilidades necesarias, a fin de propiciar el mayor índice de cumplimiento en la presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses de su personal, principalmente a aquellos de nivel operativo.
SÉPTIMO.- Se instruye a la Contraloría del Poder Judicial de la Federación para que realice exclusivamente por medios remotos de comunicación electrónica la difusión, capacitación y asesoría, considerando al efecto los materiales que para otorgar asesoría a los servidores públicos se encuentran en el micrositio de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación.
OCTAVO.- A fin de dar difusión a lo anterior, se instruye a la Contraloría del Poder Judicial de la Federación para que, en coordinación con las áreas competentes, se realice la publicación del extracto correspondiente en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el Portal del Consejo de la Judicatura Federal, en intranet e internet."
En cumplimiento a lo previsto por los artículos 107, fracción XVIII, y 182, fracción XVI, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en relación con el punto Octavo del Acuerdo relativo a diversos aspectos inherentes a la presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses 2020, en sus modalidades Inicial, Modificación y Conclusión.
Atentamente
Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil veinte.- El Director General, Christian Noé Ramírez Gutiérrez.- Rúbrica.
(R.- 500208)