PROGRAMA Institucional 2020-2024 de la Procuraduría Agraria.

Al margen un logotipo, que dice: Procuraduría Agraria.

Programa Institucional 2020-2024
Procuraduría Agraria
PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024
1.- Índice
1.- Índice
2.- Fundamento normativo de elaboración del programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
2.- Fundamento normativo de elaboración del programa
El Programa Institucional de la Procuraduría Agraria (PA) se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que establece que habrá un Plan Nacional de Desarrollo (PND) al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.
Asimismo, la Ley Federal de Entidades Paraestatales en su Artículos 49 señala que el programa institucional de la entidad paraestatal se elaborará para los términos y condiciones a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Planeación y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.
La Ley de Planeación en su Artículo 17, fracción II establece que las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas; también establece en su fracción V que se deberá asegurar la congruencia del programa institucional con el programa sectorial respectivo y en su fracción VI verificar periódicamente la relación que guarden sus actividades, así como los resultados de su ejecución con los objetivos y prioridades del programa institucional.
El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que la ley establecerá un órgano para la procuración de justicia agraria. De igual forma reconoce la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales, los que se rigen por lo que determine su máximo órgano que es la asamblea y los representa el comisariado ejidal o de bienes comunales según corresponda; también establece que son los ejidatarios o comuneros los que deciden las condiciones respecto al aprovechamiento de sus parcelas para realizarlo de manera personal o a través de terceros, y les da la facultad para asociarse para el aprovechamiento de las mismas.
La Ley Agraria (LA) en su Artículo 135 instituye a la PA con funciones de servicio social, como encargada de la defensa de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas, mediante la aplicación de las atribuciones que le confiere dicha ley y su reglamento correspondiente, cuando así se lo soliciten, o de oficio en los términos de dicha ley.
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024(1), publicado el 12 de julio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece la planeación de esta administración, con base en los principios rectores y ejes generales, para transitar hacia "un modelo de desarrollo respetuoso de los habitantes y el hábitat, equitativo, orientado a subsanar y no a agudizar las desigualdades, defensor de la diversidad cultural y del ambiente natural, sensible a las modalidades y singularidades económicas, regionales y locales y consciente de las necesidades de los habitantes futuros del país". Asimismo, el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2020-2024(2), publicado el 26 de junio de 2020 en el DOF instituye los objetivos prioritarios del sector agrario, de conformidad con los cuales se elabora el presente programa.
Acuerdos y tratados internacionales
Con motivo de la Reforma Constitucional de 2011, en materia de Derechos Humanos, se estableció dentro de sus principios fundamentales, la observancia de la convencionalidad, estableciendo la integración normativa de los convenios y tratados internacionales suscritos por nuestro país y depositados en el Senado de la República, como parte del bloque de constitucionalidad, obligando a su observancia y estableciendo el control difuso de la misma.
I) La Declaración Universal de Derechos Humanos; II)Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales; III)Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC); IV)Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; V)Convenio Núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales; VI)Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;
Asimismo, los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en particular el Objetivo 1. Reducción de Pobreza, Objetivo 2. Hambre Cero, Objetivo 5. Igualdad de Género, Objetivo 8. Trabajo Decente y Crecimiento Económico, Objetivo 10. Reducir la desigualdad en y entre los países. Objetivo 16. Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, constituyen un marco de enfoque para este Programa.
Por lo antes expuesto, la PA es la entidad responsable de coordinar la publicación, ejecución y seguimiento del presente Programa Institucional 2020-2024.
3.- Siglas y acrónimos
BIENESTAR: Secretaría de Bienestar
CIIA: Centro de Innovación e Información Agraria.
CNA: Comisión Nacional Agraria
CNNM: Colegio Nacional del Notariado Mexicano.
CONAFOR: Comisión Nacional Forestal
CONANP: Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
DGAOPR: Dirección General de Apoyo al Ordenamiento de la Propiedad Rural
DGCSP: Dirección General de Conciliación y Servicios Periciales
DGJRA: Dirección General Jurídica y de Representación Agraria
DGOA: Dirección General de Organización Agraria.
DQD: Dirección de Quejas y Denuncias.
INAFED: Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía
INPI: Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
INSUS: Instituto Nacional del Suelo Sustentable
LA: Ley Agraria
LDRS: Ley de Desarrollo Rural Sustentable
LESS: Ley de la Economía Social y Solidaria
LGAHOTDU: Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
LGEEPA: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
NCPE: Nuevo Centro de Población Ejidal
 
OIT: Organización Internacional del Trabajo
PA: Procuraduría Agraria
PND: Plan Nacional de Desarrollo
PSEDATU: Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
RAN: Registro Agrario Nacional
RRAJA: Regularización y Registro de Actos Jurídicos Agrarios
SADER: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
SEDATU: Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
SEGOB: Secretaría de Gobernación
SEMARNAT: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
SRA: Secretaría de la Reforma Agraria
TA: Tribunales Agrarios.
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el Programa, mientras éste tenga vigencia.
5.- Análisis del estado actual
"El campo no es solamente agricultura y desarrollo forestal; el campo es un gran espacio donde existe la tierra, el agua, la selva, el bosque, la biodiversidad, el conocimiento tradicional, las condiciones genéticas, los lugares de contemplación y los lugares sagrados".
Andrés Manuel López Obrador
Presidente de México.
La "cuestión agraria" ha estado presente en el desarrollo histórico de nuestra nación. En la formación del Estado mexicano del siglo XX tuvo un peso fundamental, no solamente en el proceso de redistribución de la propiedad rural y el desarrollo de instituciones y políticas públicas, sino también en la conciencia social, la identidad nacional y la cohesión interna del país.
Los cambios ocurridos en los últimos veintiocho años han significado un viraje profundo en la dirección y atención al sector social de la propiedad rural. Un nuevo panorama se ha instalado, en el que discurren una serie de fenómenos sociales: el crecimiento de la brecha entre ricos y pobres, la exclusión social de las poblaciones rurales, la precarización del empleo rural, la agudización de las migraciones campo-ciudad o a través de la frontera, la vinculación de los productores agropecuarios a complejos agroindustriales, en que predominan los intereses de empresas trasnacionales, entre otros. Esta nueva situación reclama una mirada acuciosa y crítica de lo ocurrido, como condición indispensable para establecer una política agraria distinta.
El siglo XX mexicano fue el siglo de la tierra, significado por el reparto agrario como una de las tareas fundamentales del Estado, las instituciones para atender este propósito adquirieron gran significación en el aparato gubernamental.
Aunque el eje articulador fue establecer los procedimientos para tal fin (Dotación de tierras y aguas, Ampliación de ejido, Reconocimiento y Titulación de Bienes Comunales y, Creación de Nuevos Centro de Población Ejidal (NCPE)), también se establecieron políticas públicas, se crearon instituciones del Estado y se dictaron reformas legales para apoyar la producción del sector social. En el centro de las instituciones se pasó de la Comisión Nacional Agraria (CNA), creada en 1922, a una poderosa Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), creada en 1971 y, posteriormente a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) en 2012.
De esta manera, a partir de profundas transformaciones del sector rural, se fueron consolidando los elementos estructurales sobre los cuales se configuró un nuevo modelo económico basado en la industrialización por sustitución de importaciones, que duró desde mediados de los años cuarenta hasta finales de los ochenta. El agro mexicano cumplió cabalmente el papel asignado históricamente en la economía de todas las naciones: intercambio económico para impulsar otros sectores de la producción y generación de alimentos suficientes y a buen precio, para la población urbana. Mientras que la población total del país crecía a un ritmo de 2.2% anual de 1930 a 1946, la agricultura lo hacía a tasas promedio anual de 3.5%; más aún, cuando el crecimiento poblacional en el período 1946 a 1966 se incrementó a 3.3% anual, la agricultura creció a tasas de 6.1% promedio.(3) Era el milagro mexicano.
La única política consistente en materia agraria seguía siendo el reparto de tierras.
A partir de la década de los ochenta, en las condiciones de una postración productiva del campo mexicano los gobiernos abandonaron las políticas de subsidio, crédito, asistencia técnica, abasto, apoyo a la comercialización de productos agrícolas, todo lo cual ha abonado en profundizar la crisis productiva del sector agrario.
Pero los supuestos beneficios de la capitalización del campo, a través de la asociación o de la inversión privada directa, o a través de sociedades civiles y mercantiles y otras formas de asociación productiva no se produjo. Entre otras cosas por la desconfianza entre las partes contratantes, así como por el sostenido abuso e inequidad de los inversionistas.
El resultado social ha sido que, en los últimos años se han agudizado los problemas de pobreza y marginación en el campo mexicano. El abandono de espacios productivos, la inseguridad y falta de mecanismos de gobernanza, unidos a la depredación ambiental, agravada por el impacto de una visión extractivista del ambiente (energética y minera) y la expansión descontrolada de las ciudades, son problemas ampliamente extendidos en el campo. Esto ha generado un debilitamiento de las relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad al interior de los núcleos agrarios. Aunado al envejecimiento de los titulares y un sostenido proceso migratorio a las ciudades y al extranjero.
Las pequeñas y medianas unidades de producción agropecuaria y forestal en los núcleos agrarios enfrentan una severa crisis económica, social y ambiental. Padecen problemas derivados de la baja productividad, la que ha profundizado la dependencia alimentaria, y la consecuente pérdida de oportunidades de desarrollo.
La Reforma Agraria fue un proceso social profundo y complejo estrechamente vinculado con la formación del Estado mexicano moderno. De 1917 a 1992 reconoció y tituló o dotó de tierras a comunidades y a ejidos, como lo establecía el Artículo 27 de la CPEUM. El reparto agrario sumó alrededor de 103 millones de hectáreas, poco más de la mitad del territorio nacional. Lo prolongado de esta gran etapa de la Reforma Agraria, si bien permitió un reacomodo suave del balance del poder y el surgimiento pacífico de un México industrial y urbano, enfrentó obstáculos estructurales que fueron creciendo a lo largo del tiempo.
La Reforma Agraria contribuyó al proceso de integración nacional; por eso se dio como proclama política el reparto de tierras, que pretendía repartirla, modificar el rumbo de la producción y la distribución de la riqueza. Desde fines de los años veinte del siglo pasado, ejidos y comunidades comenzaron a constituirse en la base de la economía campesina y en ello estuvo la justificación de la política agraria del gobierno del presidente Lázaro Cárdenas. En ese período de gobierno, casi la mitad de la tierra cultivable del país pasó a ser ejidal.
Ante este escenario se optó por una acción de cirugía mayor: la reforma a la parte agraria del artículo 27 constitucional. Llamada, no sin razón, "contrarreforma agraria", que no solamente canceló la redistribución de la propiedad de la tierra, sino que creó las condiciones legales para la conversión de la propiedad social a propiedad privada. Vale señalar que esto segundo se ha cumplido muy limitadamente.
La Reforma Constitucional de 1992,(4) y la expedición de la LA(5) pusieron su acento en la certeza jurídica de la propiedad rural, como parte de una estrategia global para el ajuste estructural del sector rural del país. Al lado de ella, otras medidas de carácter legal, de política pública tendieron a reducir la participación del Estado en el sector primario. Un Estado más rector y menos ejecutor, más normativo y menos administrador, que permitiera la gradual participación del capital, a través de empresas agropecuarias, extractivistas, mercantiles o meramente especulativas en el sector social, a través de la adquisición de tierras, la asociación con ejidos y comunidades, la renta de parcelas y el control de la producción.
La orientación fundamental de esta reforma fue haber destruido la percepción integral del territorio en los núcleos agrarios al separar la tierra (superficie) del agua, de la selva y el bosque, orientados bajo una lógica de privatización y mercantilismo de cada uno de estos elementos.
A partir de 1992 se otorgó la propiedad de la tierra a quienes resultaron ser sus titulares, abriendo paso al proceso de privatización de la misma. Al lado de ello, se crearon posibilidades para un mercado de tierras de los núcleos agrarios, de manera semi legal, que en los últimos años devino, en algunas regiones, en fraudes para la adquisición de tierras ejidales y comunales. Al perderse el carácter de la propiedad inalienable, inembargable e imprescriptible para las parcelas y solares urbanos en los núcleos agrarios se ha afectado gravemente la capacidad de control territorial por parte de ejidos y comunidades.
En la perspectiva de una política integral articulada para el sector agrario debe partirse del mandato constitucional, particularmente los artículos 2, 4, 25, 27 (fracciones VII y XX), desde cuya óptica se debe priorizar el desarrollo rural integral, con especial atención a los núcleos agrarios y, en especial, a los pueblos originarios.
En el mismo sentido son aplicables como marco jurídico el PSEDATU 2020- 2024: la LA, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS), la Ley de Economía Social y Solidaria (LESS) y la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambienta (LGEEPA), como disposiciones principales, pero no exclusivas. Y que en resumen sostienen que la acción del Estado debe orientarse al desarrollo integral y productivo del sector rural "mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales para elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional" (Artículo 4, LA), procurando, además, el cuidado y conservación de los recursos naturales, promoviendo su aprovechamiento racional y sostenible para preservar el equilibrio ecológico, propiciando el mejoramiento de las condiciones de producción y participando en obras de infraestructura e inversiones, para aprovechar el potencial y aptitud de las tierras en beneficio de los campesinos", (Artículo 5º, LA). Pero sobre todo realizando acciones que protejan la vida en común (Artículo 7 LA).
Lo cual es coincidente con el propósito de lograr el desarrollo social y sostenible, mediante un proceso de transformación que conduzca al mejoramiento sostenido de las condiciones de la población rural "a través del fomento de las actividades productivas de desarrollo social... procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales y orientándose a la diversificación de la actividad productiva en el campo, incluida la no agrícola, a elevar la productividad , la rentabilidad, la competitividad, el empleo y el ingreso en el sector rural" (Artículo , LDRS).
Para lo cual los núcleos agrarios, como parte del sector social de la economía, se basarán en relaciones de solidaridad, cooperación y reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano, administrados en forma asociativa para satisfacer las necesidades de sus integrantes y las de orden colectivo (artículos 3 y 4 de la LESS).
Y además alinear la actividad productiva a la política ambiental y los instrumentos para su aplicación, a efecto de garantizar la preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente, no solamente para el cumplimiento de disposiciones de orden público, (Artículos 1 de la LGEEPA), sino como actividades retribuidas social y económicamente (Artículo 158, fracciones II, IV, V y VI de la LGEEPA).
En el marco de los principios rectores del PND 2019-2024 y la legislación vigente, el Programa Institucional incorpora principios de planeación institucional, con una visión humana y sostenible del territorio.
Las posibilidades efectivas de revertir la situación que confrontan los núcleos agrarios en que es dominante la pobreza y la falta de mejoramiento de sus condiciones de vida a través de:
·  Impulso del Desarrollo Social y Sustentable de los núcleos agrarios en una perspectiva de integración activa a la vida nacional y a la economía, en concordancia con el principio rector de Economía para el bienestar.
·  Solidaridad basada en la cohesión de los núcleos agrarios y sus integrantes, en concordancia con los principios rectores de Economía para el bienestar, Por el bien de todos, primero los pobres, No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera.
·  Lograr el desarrollo productivo de manera equitativa y participativa, en concordancia con los principios rectores de Economía para el bienestar, No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera.
·  Construir una sociedad sustentada en la convivencia de los titulares de los derechos agrarios, en diversidad y en armonía con la naturaleza.
·  Reconocimiento de los diversos valores culturales existentes en cada núcleo agrario, en concordancia con los principios rectores de Economía para el bienestar, No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera.
·  Afirmación de las capacidades y potencialidades de los núcleos agrarios, para desarrollar lo mejor de sus experiencias comunitarias, en concordancia con los principios rectores de Economía para el bienestar, Por el bien de todos, primero los pobres, No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera.
·  Reconocer el valor del trabajo en común en los núcleos agrarios, como base de la organización y el bienestar que pueda irse construyendo, en concordancia con los principios rectores de Economía para el bienestar, No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera, No más migración por hambre o por violencia.
 
·  Acciones de combate a la corrupción y modernización institucional, en concordancia con los principios rectores de honradez y honestidad y Ética, libertad y confianza.
Por todo ello el objetivo de la política agraria de la PA, en el marco del proyecto de Nación establecido en el PND es:
Fortalecer el desarrollo social y sostenible de los núcleos agrarios, desde una perspectiva territorial.
Objetivos prioritarios.
Una de las tareas fundamentales de la Procuraduría Agraria se encuentra en la Procuración de Justicia Agraria, la cual se desarrolla a partir de brindar a los sujetos agrarios los servicios de representación legal en conflictos relacionados con la posesión de sus tierras.
Esta actividad ha tenido una pérdida de consistencia y eficacia por diversas razones, entre ellas: pérdida de una dimensión de oportunidad para asumir la representación de los núcleos agrarios y sus titulares ante los procesos de despojo de su territorio o la existencia de conflictos sociales; rutina y atención de derechos individuales.
En esa perspectiva pocos son los esfuerzos para desarrollar acciones efectivas en incorporar, en la práctica institucional, la reforma constitucional en materia de derechos humanos, así como de la convencionalidad vigente.
Se requiere de generar un nuevo enfoque de atención efectiva a los derechos de defensa del territorio de los núcleos agrarios, y de sus integrantes y la implementación de acciones para garantizar la atención jurisdiccional integrando los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los Derechos Humanos y actuar con firmeza para hacer valer los principios que rige el juicio agrario.
La PA también participa coadyuvando, en favor de los intereses de los sujetos agrarios aun cuando no se tiene la representación, cuando así lo solicite alguna de las partes, para lograr que, a través de medios alternativos de impartición de justicia, se logren acuerdos que garanticen la equidad, la proporcionalidad y la justicia.
Lo anterior fundamenta el Objetivo prioritario 1. "Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio, a partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio agrario."
La intervención de la PA en la solución de las controversias que surgen entre los sujetos agrarios, o entre ellos y terceros, vía la conciliación, la promoción de convenios mutuos y la supervisión del procedimiento conciliatorio, contribuye y aporta un servicio profesional para la construcción de la paz social, el respeto a los derechos de la propiedad social y a la justicia agraria.
En la actual administración, y en apoyo a la política del "buen vivir" caracterizada por una serie de condiciones sociales que hagan viable la solidaridad y cohesión de los núcleos agrarios y permitan el desarrollo productivo, equitativo y participativo.
Lo anterior fundamenta el Objetivo prioritario 2. "Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para dar solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la paz social y fomentar la justicia agraria."
En las acciones que desarrolla la PA en materia de Organización Agraria, se requiere decisivamente fortalecer las capacidades de organización y participación de los integrantes de los núcleos agrarios.
Por ello, la PA considera necesario articular una coordinación interinstitucional, para establecer en los programas institucionales y las Reglas de operación que se ofrezcan a los núcleos, los principios y valores de la economía solidaria y sostenibilidad, que irán substituyendo de manera paulatina a los actuales Programas.
Con estas acciones se busca también recuperar la capacidad de producir alimentos para el mercado interno, generar empleo, ingreso, seguridad interna y gobernabilidad; además de conservación y restauración ambiental, afianzando la cultura y la identidad de campesinos, indígenas y afro mexicanos (Cfr. Plan de Ayala siglo XXI, p. 2).
La manera de hacerlo es desde el territorio con la población que habita en los, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, afianzando el derecho sobre la tierra, agua, selvas, bosques, manglares, biodiversidad y conocimiento tradicional. Territorio que es la propiedad social de los núcleos agrarios.
Lo anterior fundamenta el Objetivo prioritario 3. "Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible."
Por lo que respecta a las acciones de Ordenamiento de la Propiedad Rural, en las administraciones pasadas, por falta de una voluntad política con perspectiva territorial integral y debido a diversas circunstancias sociales y operativas, se produjo una regularización parcial de los núcleos agrarios, lo que ocasionó que se delimitaran únicamente las grandes áreas, quedando pendiente la delimitación y titulación individual de los solares urbanos.
La procuración de los servicios de regularización de solares urbanos dentro del sector agrario no fue solidaria, y por el contrario fue selectiva respondiendo en muchos casos a la demanda del mercado de tierra para la industria inmobiliaria comercial y a lograr objetivos que priorizaron únicamente la plusvalía del suelo. En consecuencia, se excluyó la atención para grupos sociales de alto grado de marginación, a núcleos agrarios con conflictos sociales derivados de la tenencia de la tierra, y a zonas con presencia de población indígena, asimismo, durante este proceso excluyente se creó un ambiente social adverso a la justicia social, se asignaron derechos de manera arbitraria, y se violaron derechos individuales de los sujetos agrarios.
Lo anterior fundamenta el Objetivo prioritario 4. "Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de solares urbanos.".
Una de las tareas de la PA consistirá en promover la eliminación de cualquier tipo de discriminación hacia los sujetos agrarios, con especial prioridad en los derechos de las personas que habitan zonas rurales, indígenas, afro mexicanos y mujeres al interior de los núcleos agrarios, es uno de los principales propósitos institucionales, debido a que en las últimas décadas todos ellos han sufrido situaciones de rezago social, marginación y trato desigual, lo cual impide el sano desarrollo en lo social y productivo.
Asimismo, se incrementará la calidad en los servicios de audiencia campesina, los servidores públicos deben mejorar el trato a los sujetos agrarios para que éste se brinde de manera, amable, respetuosa e incluyente, en función corregir las actitudes empleadas en la atención a las personas que acuden a la PA, además del reestablecer sus funciones con nuevas formas de operación a través de la supervisión del desempeño.
A través del servicio de audiencia campesina, se brinde asesoría e información a los sujetos agrarios, tanto los que radican en el territorio nacional como los que cambian su residencia, ya sea de manera temporal o definitiva (migrantes), para orientarlos respecto a sus planteamientos y canalizar sus peticiones al área administrativa que corresponda.
También el servicio de gestión administrativa a petición de los Sujetos Agrarios que consiste en asesorar y apoyar en la presentación de trámites o solicitudes ante diversas dependencias de gobierno, así como brindar seguimiento para contribuir en el reconocimiento y respeto a sus derechos.
Adicionalmente, la PA investiga la comisión de posibles violaciones de derechos agrarios por actos u omisiones cometidos por parte de una Autoridad Agraria o Dependencia o Servidor Público, o por los Integrantes de los Órganos de Representación y/o Vigilancia Ejidales o Comunales en ejercicio de sus atribuciones, a fin de detectar hechos o actos que, con motivo de la aplicación de la Ley, puedan ser constitutivos de delitos o dar lugar a responsabilidades administrativas de los servidores públicos.
Por ello, se estableció el nuevo modelo de atención de las quejas y denuncias, que está encaminado a fortalecer procedimientos y acciones, que favorezcan el régimen de propiedad social y los mecanismos de representación, con pleno respeto a los derechos humanos de las personas, al marco normativo aplicable y con perspectiva de género.
Lo anterior fundamenta el Objetivo prioritario 5. "Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios".
Cabe señalar que las Estrategias prioritarias y acciones puntuales derivadas de los objetivos prioritarios de este Programa Institucional, contribuirán al desarrollo de los Programas y Proyectos Prioritarios del Gobierno de México señalados en el PND 2019 - 2024, tales como el Programa Sembrando Vida, el Programa Producción para el Bienestar, el Proyecto de Desarrollo del Tren Maya, el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec y la construcción del Aeropuerto Internacional "Felipe Ángeles", principalmente en materia dela defensa de los derechos de los sujetos agrarios ubicados en los ejidos y comunidades.
6.- Objetivos prioritarios
El impulso del desarrollo social y sostenible de los núcleos agrarios, desde una perspectiva territorial es nuestra orientación fundamental, en ello aspiramos a incorporar la consolidación y transformación de los programas y acciones que son la responsabilidad y la encomienda de nuestra Institución. En este sentido los Objetivos prioritarios son los siguientes:
Objetivos prioritarios del Programa Institucional
1.- Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio, a partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio agrario.
2.- Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para dar solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la paz social y fomentar la justicia agraria.
3.- Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible.
4.- Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de solares urbanos.
5.- Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios.
 
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio, a partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio agrario.
En los últimos sexenios la procuración de justicia agraria ha tenido una pérdida de consistencia y eficacia en la defensa de los derechos de los sujetos agrarios ante los órganos jurisdiccionales, por diversas razones. Entre otras, la pérdida de una dimensión de oportunidad para asumir la representación de los núcleos agrarios y sus titulares ante los procesos de despojo de su territorio o la existencia de conflictos sociales.
Sumida en la rutina y atención de derechos individuales, principalmente, en la procuración de justicia agraria se han priorizado los juicios sucesorios, las jurisdicciones voluntarias, la coadyuvancia, la ratificación de convenios; así como juicios de nulidades parciales de Actas de Asamblea, para la corrección de nombres de titulares de derechos agrarios. Si bien con ello se atienden circunstancias personales, su trascendencia para obtener mejores condiciones de justicia, equidad y proporcionalidad en la defensa del territorio y los derechos colectivos, es muy limitada.
Para dar cuenta de ello se tiene que, de los servicios otorgados en la representación legal durante el ejercicio 2019, la demanda se concentró principalmente en la sucesión de derechos ejidales y comunales con 17,506, (34.49%); la posesión de una parcela 6,401, (12.61%); la no aceptación como ejidatario o comunero, 5,537 (10.91%); la acreditación de la calidad de ejidatario o comunero 4,776, (9.41%); solares sujetos al régimen ejidal o comunal con 3,767, (7.42%); por la asignación de derechos sobre tierras con posibles vicios o defectos 2,918, (5.75%); y, otros (separación de un ejidatario o comunero, enajenación de derechos parcelarios o comunes, renuncia de derechos agrarios, etc.) con 9,851, (19.41%); de un total de 50,756 de representaciones legales otorgadas por la PA. La siguiente tabla muestra el comportamiento de los principales asuntos atendidos a los sujetos agrarios en los últimos 4 años, medido en número de servicios y su aportación porcentual del total anual.
Cuadro 1. Representaciones legales otorgadas por la PA por tipo de asunto atendido de 2016 a 2019.
Asunto
2016
%
2017
%
2018
%
2019
%
La sucesión de derechos ejidales y comunales
17,821
35.30%
19,566
37.55%
17,583
35.50%
17,506
34.49%
La posesión de una parcela
5,831
11.55%
6,743
12.94%
6,472
13.07%
6,401
12.61%
La no aceptación como ejidatario o comunero
2,722
5.39%
2,806
5.39%
2,891
5.84%
5,537
10.91%
La acreditación de la calidad de ejidatario o comunero
5,058
10.02%
3,706
7.11%
3,835
7.74%
4,776
9.41%
Solares sujetos al régimen ejidal o comunal
3,923
7.77%
4,129
7.92%
4,238
8.56%
3,767
7.42%
La asignación de derechos sobre tierras
4,320
8.56%
3,193
6.13%
2,882
5.82%
2,918
5.75%
Otros (nulidad de asamblea, asignación de tierras, asignación de solares, inscripciones en el Registro Agrario Nacional, restitución de tierras, etc.)
10,815
21.41%
11,958
22.96%
11,631
23.47%
9,851
19.41%
TOTAL
50,490
100%
52,101
100%
49,532
100%
50,756
100%
Fuente: Centro de Innovación e Información Agraria (CIIA) de la Procuraduría Agraria.
La representación legal que otorga la PA, es a petición de parte y su representatividad se ventila ante los Tribunales Agrarios, Órganos Jurisdiccionales Autónomos, con libertad para dictar sus propios fallos, por lo que, una vez concluidas las fases del procedimiento y la temporalidad para dictar sus resoluciones, pueden abarcar varios años.
Adicionalmente, en esa perspectiva pocos son los esfuerzos para desarrollar acciones efectivas en incorporar, en la práctica institucional, la reforma constitucional en materia de derechos humanos, así como de la convencionalidad vigente.
Por lo tanto, se requiere de generar un nuevo enfoque de atención efectiva a los derechos de defensa del territorio de los núcleos agrarios, y de sus integrantes, lo cual implica impulsar la promoción de los mismos en el territorio. La implementación de acciones para garantizar la atención jurisdiccional integrando los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los Derechos Humanos.
De la misma manera, se requiere actuar con el firme interés de hacer valer los principios que rigen el juicio agrario y lograr que la impartición de justicia sea pronta, honesta y expedita. Es imprescindible privilegiar la conciliación en los juicios en donde exista un interés jurídico de carácter colectivo y coadyuvar en favor de estos intereses aun cuando no se tenga la representación, cuando así lo solicite alguna de las partes, para que a través de medios alternativos de impartición de justicia, se logren acuerdos que garanticen la equidad, la proporcionalidad y la justicia.
Otro aspecto importante por considerar es garantizar la ejecución de las resoluciones jurisdiccionales para la restitución de los derechos vulnerados, fundado en la legalidad e interés legítimo. En este sentido, es claro que los derechos agrarios individuales y colectivos deben ser jurisdiccionalizados y deben ser ejecutables, para lograr que la justicia agraria sea una realidad que posibilite el desarrollo social y sostenible de los núcleos agrarios.
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para dar solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la paz social y fomentar la justicia agraria.
La intervención de la PA en la solución de las controversias que surgen entre los sujetos agrarios, o entre ellos y terceros, vía la conciliación, la promoción de convenios mutuos y la supervisión del procedimiento conciliatorio, contribuye y aporta un servicio profesional para la construcción de la paz social, el respeto a los derechos de la propiedad social y a la justicia agraria.
Es importante señalar, que en los 32,193 núcleos agrarios(6) del país en 2019, se otorgaron a través de la PA 6,359 servicios de conciliación y periciales a 15,067 sujetos agrarios(7) que los han requerido. Lo anterior genera un importante campo de oportunidad para una intervención efectiva oportuna que genere paz social dentro de los ejidos y las comunidades.
También son resaltables las afectaciones a las comunidades indígenas, ya que se tienen diagnosticados 49 asuntos trascendentes(8) que implican cierto grado de conflictividad. Por lo cual se debe enfatizar la atención a dichos grupos, con el objetivo tico de respetar los Derechos Sustantivos de los Pueblos Indígenas.
En la actual administración, y en apoyo a la política del "buen vivir" caracterizada por una serie de condiciones sociales que hagan viable la solidaridad y cohesión de los núcleos agrarios y permitan el desarrollo productivo, equitativo y participativo, se requiere llevar a cabo las siguientes acciones:
·  Fortalecer los mecanismos normativos que permitan la implementación de medios alternativos para la solución de conflictos agrarios, con respeto a las relaciones culturales y simbólicas con la tierra y la naturaleza de los pobladores de los ejidos y comunidades.
·  Robustecer representación legal de los sujetos agrarios en las controversias agrarias en que sean parte, para garantizar su acceso a la justicia agraria y la defensa de su territorio.
·  Reconocer el derecho al territorio y libre determinación de las comunidades, pueblos indígenas y afromexicanos, para evitar violaciones a sus derechos individuales y colectivos.
·  Defender los derechos de los sujetos agrarios, así como la relativa a los derechos humanos que pudieran incidir en materia agraria.
·  Perfeccionar los servicios que se otorguen en favor de la ciudadanía para la solución de las controversias ancestrales con motivo de la tenencia y/o posesión de la tierra, fomentando la convivencia armónica.
·  Atender de manera prioritaria las disputas por la posesión de tierras que puedan derivar en hechos violentos que amenacen la paz social y la estabilidad en el campo.
·  Observar que ciertas actividades productivas, extractivas e invasivas, tal como la minería, energía e hidrocarburos, se realicen en apego a los marcos legales correspondientes y bajo el estricto respeto al territorio, y a las relaciones culturales y simbólicas con la tierra y el entorno natural de los ejidos y comunidades.
·  Diseñar cambios en las interacciones y acuerdos entre autoridades y sujetos agrarios, tanto para la solución de problemas como para generar oportunidades, fomentar la libertad de expresión y asociación, elevar el interés por lo que los gobernantes y autoridades deciden y hacen.
6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible.
Este objetivo prioritario impulsa la democracia participativa de los sujetos agrarios junto con la actuación de los órganos de representación y vigilancia, que contribuirá a la paz social y armonía del núcleo de población agrario que representan; así mismo, se busca contribuir a disminuir las brechas de desigualdad de género y generacional por medio de la asesoría jurídica que permita a las mujeres y jóvenes acceder a la propiedad social, a los programas y servicios gubernamentales.
En ese sentido, para fortalecer las capacidades productivas que generen oportunidades de desarrollo sostenible en los núcleos de población agrarios, es necesario promover acciones que favorezcan su organización interna, que se ve afectada con motivo de diversas problemáticas como la omisión de designación de sucesores, los padrones ejidales o comunales sin actualizar, reglamentos internos que no corresponden a la realidad actual o la falta de órganos de representación en ejidos o comunidades. Así también, se debe garantizar que en los contratos y convenios, así como en la constitución u operación de las figuras asociativas, donde la Institución proporciona la asesoría legal, se otorgue certeza jurídica y equidad a las partes, mediante el registro de dichos actos ante los órganos registrales competentes.
De acuerdo con datos del Registro Agrario Nacional (RAN), en 2019, un total de 2,208,811 de ejidatarios, comuneros y posesionarios habían realizado el depósito de su lista de sucesión lo que representa el 42.17% de los 5,236,808 de los sujetos agrarios existentes en el País.
Diversas problemáticas como: la enajenación, cesión total o renuncia de los derechos parcelarios y comunes, inconsistencias en el nombre o fallecimiento de los ejidatarios y comuneros, la adopción del dominio pleno cuando no se conservan otros derechos en el núcleo, resoluciones de los tribunales, la migración al extranjero o a los grandes centros urbanos por parte de los ejidatarios o comuneros, así como, en algunos casos, su desplazamiento forzado; han provocado que en los núcleos agrarios muy pocos ejidatarios o comuneros cuenten con sus derechos legalmente reconocidos, lo que impide reunir el número necesario para celebrar sus asambleas, por lo que las acciones encaminadas a depurar los censos o padrones de ejidatarios y comuneros permitirán fortalecer la vida democrática de los mismos.
Los ejidos y comunidades se rigen por un instrumento que se denomina reglamento interno o estatuto comunal, respectivamente, el cual regula la vida interna del núcleo agrario, pues en este documento se establecen, entre otros aspectos, la forma de organización, los modos de elegir a sus representantes, las formas para adquirir la calidad agraria y los derechos y obligaciones de los sujetos agrarios. Sin embargo, es necesario incorporar regulación sobre el uso o aprovechamiento sobre los recursos con los que cuenta cada núcleo de población agrario, así como eliminar los conceptos de suspensión de derechos de voz y voto y separación de ejidatarios o comuneros que en la mayoría de reglamentos se contempla a pesar de ser figuras violatorias de derechos, además de lo anterior, se requiere impulsar la participación de los núcleos agrarios en los comités de salud, agua y alimentación para el bienestar de la población.
Asimismo, es de suma importancia que los órganos de representación y vigilancia se encuentren vigentes y, en su momento, sean renovados de conformidad con las leyes aplicables; sin embargo, hasta 2019, únicamente 14,636 de los 32,193 núcleos agrarios, contaban con órganos de representación y vigilancia inscritos, es decir únicamente un 45.46%, ya sea porque no inscribieron el acta electiva por falta de interés, se encuentran en litigio, o no se realizó la elección; por ello, realizando acciones para fortalecer la gobernanza y la cultura de democracia y de transparencia al interior de los núcleos agrarios, se facilitará el acceso a los sujetos agrarios a programas y servicios gubernamentales de los tres órdenes de gobierno.
Una de las tareas pendientes que se tiene en el agro mexicano es sin duda alguna impulsar su desarrollo productivo y económico para el bienestar de las familias que habitan en él, por lo tanto, la PA contribuirá en la ejecución de una política pública orientada a mejorar las capacidades productivas, de comercio justo de la producción generada en las diferentes regiones del país, con un enfoque de conservación del patrimonio ambiental y cultural, mediante prácticas contractuales y de asociación.
Es atinente mencionar que de acuerdo a la información del Sistema Integral de Modernización Catastral y Registral (SIMCR) del RAN con corte a diciembre de 2019, existe un total de 5,179,450 de ejidatarios, comuneros y posesionarios, distribuidos de la siguiente manera:
Calidad agraria
Núcleos agrarios certificados
Núcleos agrarios sin certificar
Total
Hombres
Mujeres
Hombres
Mujeres
Ejidatarios
2,463,984
818,965
131,017
44,831
3,458,797
Comuneros
611,441
252,071
123,649
48,655
1,035,816
Posesionarios
487,033
197,804
-
-
684,837
Total
3,562,458
1,268,840
254,666
93,486
5,179,450
 
Como es de observarse del total 5,179,450 ejidatarios, comuneros y posesionarios, 3,817,124 son hombres y 1,362,326 son mujeres, por lo que el acceso de las mujeres a la tenencia de la tierra para el uso y usufructo de parcelas o tierras de uso común constituye un 26.30%, lo cual hace evidente la brecha de género existente en materia de acceso a la tenencia de la tierra.
Según información del SIMCR del RAN al 31 de diciembre de 2019, un total de 68,182 hombres y 18,815 mujeres ocupan cargos como titulares de los órganos de representación y vigilancia, es decir, del total de 86,997 personas que los integran, únicamente el 21.62% son mujeres; ahora bien, de las 14,632 actas electivas inscritas en el RAN, sólo en 1,079 el cargo de presidenta del comisariado ejidal o de bienes comunales, es ocupado por una mujer, lo que constituye apenas el 7.3%.
En este contexto es indispensable impulsar acciones que permitan disminuir la brecha referida para que las mujeres tengan acceso a la titularidad de la superficie que poseen y disfrutan, mediante los servicios de asesoría jurídica, orientación y gestión, ello permitirá impulsar la participación de las mujeres en los órganos de representación y vigilancia de los núcleos de población agrarios, para que ocupen puestos de propietarios y no únicamente de suplentes, con ello daremos cumplimiento a lo señalado en el artículo 37 de la Ley Agraria.
Por otro lado, la edad promedio de los ejidatarios es de 59.8 años, al desagregar la información por grupos de edad se tiene que 70.5% supera los 50 años y 39% tiene más de 65 años(9), lo que dificulta el aprovechamiento productivo de sus tierras, por lo que es de vital importancia impulsar una transición generacional armónica en la propiedad social, toda vez que las y los jóvenes que habitan los núcleos de población agrarios, ante la falta de oportunidades, se han visto en la necesidad de emigrar.
A razón de lo anterior, es importante que la PA impulse acciones en coordinación con otras instituciones para promover el relevo generacional entre los sujetos agrarios que ya no están en condiciones físicas para trabajar la tierra y los jóvenes que cuentan con las capacidades físicas y técnicas para realizarlo; así mismo, resulta necesario impulsar la participación de las y los jóvenes ejidatarios en la representación de los núcleos agrarios; de este modo se la productividad y rentabilidad de la misma de manera sustentable.
Adicionalmente, se debe considerar que México es un país pluricultural y multilingüe sustentado en la presencia de 68 pueblos indígenas, constituidos por 25.7 millones de personas que se consideraron a mismos como indígenas, así como la existencia del pueblo afromexicano, cuyos integrantes se estiman en aproximadamente 1.38 millones de mexicanos, de acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI); ahora bien, existen 6,830 núcleos agrarios con población indígena (23% del total), por lo que se requiere que la PA brinde a los sujetos agrarios indígenas y afromexicanos los servicios con la pertinencia cultural que requieren, con respeto a sus derechos individuales y colectivos reconocidos en nuestra legislación y en diversos instrumentos internacionales, cuyos alcances desbordan los límites de la legislación agraria, lo que permitirá contribuir a disminuir las condiciones de pobreza, discriminación, explotación y despojo que históricamente han padecido.
Por lo expuesto, se toman en consideración dos principios rectores del PND 2019-2024: a) por el bien de todos, primero los pobres y b) no dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera. A través de estos principios, la PA impulsará la consolidación de la organización interna de los núcleos de población agrarios para fortalecer el aprovechamiento integral de su territorio, el ejercicio de los derechos agrarios, así como el acceso a los programas federales, estatales y municipales, lo que permitirá incrementar su gobernanza, democracia, equidad, justicia y bienestar de su población.
6.4.- Relevancia del Objetivo prioritario 4: Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de solares urbanos.
La Reforma al Artículo 27 Constitucional en el año de 1992, se anunció como el mecanismo que permitiría generar certidumbre jurídica en la tenencia de la tierra ejidal y comunal, fortalecer la asamblea ejidal y reactivar la actividad agrícola, y el desarrollo rural, lo que obligó a robustecer el marco jurídico, creándose la Ley Agraria y sus reglamentos específicos. Sin embargo, al paso del tiempo se observa que los objetivos planteados, no fueron alcanzados; diversas problemáticas se han presentado en el territorio de la propiedad social, aun habiéndose certificado 30,480 núcleos agrarios, en el que se beneficiaron a 5,236,808 sujetos de derecho y habiéndose expedido 10,878,154 documentos como lo señalan las estadísticas emitidas por el RAN.(10)
Situación Agraria Nacional
Al 31 de diciembre de 2019
CONCEPTO
DATOS
SUPERFICIE TOTAL NACIONAL1
196, 437,500
Hectáreas
SUPERFICIE PROPIEDAD SOCIAL
99,729,008
Hectáreas
REPRESENTACIÓN
51
%
SUPERFICIE DE NÚCLEOS AGRARIOS
REGULARIZADOS2
97,361,253
Hectáreas
SUPERFICIE CERTIFICADA Y TITULADA3
92,665,000
Hectáreas
UNIVERSO DE NÚCLEOS AGRARIOS
32,193
29,787
Ejidos
2,406
Comunidades
NÚCLEOS AGRARIOS CERTIFICADOS
30,480
Ejidos
28,488
Comunidades
1,992
NÚCLEOS AGRARIOS NO CERTIFICADOS
1,713
1,299
Ejidos
414
Comunidades
AVANCE DE CERTIFICACIÓN
95%
Núcleos
93%
Superficie Certificada
10,878,154
Documentos
5,236,808
Beneficiados
1.- Superficie continental + Superficie insular. Fuente INEGI
2.- Información histórica derivada de la regularización a través de los programas PROCEDE, FANAR
3.-Superficie con certificados y títulos emitidos a través de los programas PROCEDE y FANAR
 
En las administraciones pasadas, por la ausencia de la perspectiva territorial integral y debido a diversas circunstancias sociales y operativas, se produjo una regularización parcial de los núcleos agrarios, lo que ocasionó un número relevante de casos, que delimitaron únicamente las grandes áreas, quedando pendiente la delimitación y titulación individual de los solares urbanos. Incluso, en muchos casos, se realizó la delimitación del núcleo agrario, reconociendo todo como tierras de uso común, cuando ya se encontraban de hecho, áreas parceladas y de asentamiento humano, aun se tienen pendientes de atención 3,805 núcleos agrarios con asentamientos humanos sin delimitar al interior(11).
La procuración de los servicios de regularización de solares urbanos dentro del sector agrario no fue solidaria, y por el contrario fue selectiva respondiendo en muchos casos a la demanda del mercado de tierra para la industria inmobiliaria comercial y a lograr objetivos que priorizaron únicamente la plusvalía del suelo, quedando sin delimitar al interior el 30% de los solares en los ejidos certificados.(12) En consecuencia, se excluyó la atención para grupos sociales de alto grado de marginación, a núcleos agrarios con conflictos sociales derivados de la tenencia de la tierra, y a zonas con presencia de población indígena, asimismo, durante este proceso excluyente se creó un ambiente social adverso a la justicia social, se asignaron derechos de manera arbitraria, y se violaron derechos individuales de los sujetos agrarios.
En muchos casos, esta situación fue provocada por la influencia e intervención de agentes ajenos a los núcleos agrarios, con intereses particulares de especulación comercial sobre el suelo apto para el desarrollo urbano, en este contexto, no se omite comentar que el sector agrario fue omiso e incluso cómplice de esta situación.
Cabe señalar, que con frecuencia no se observaron las disposiciones jurídicas y normativas en materia de ordenamiento territorial y ambiental, lo que derivó en una ampliación en la brecha de desigualdad social e impidió u desarrollo sostenido y sustentable del territorio.
Actualmente, un gran número de núcleos agrarios tienen serias carencias en servicios y equipamiento urbano y social. Asimismo, un entorno especulativo del suelo ejidal afecta la cohesión territorial, y vuelve precaria la paz social y el respeto a los derechos de propiedad social.
La Procuraduría Agraria tiene un papel fundamental en la atención de la problemática descrita. A través del personal adscrito a la Estructura Territorial se ejecuta una serie de acciones gratuitas, incluyentes y solidarias en beneficio de los pobladores de ejidos y comunidades, entre las que destacan, servicios de asesoría legal para poseedores de solares urbanos, vigila el estricto apego al margen legal para la convocatoria y celebración de asambleas; dirige acciones de sensibilización para revalorizar el patrimonio de los sujetos agrarios; apoya la gestión legal y administrativa ante fedatarios públicos; representa a los sujetos agrarios ante las instancias gubernamentales para contribuir con la regularización de los solares urbanos; impulsa el procedimiento de regularización de solares, atendiendo la normatividad y legislación aplicable; asiste a los núcleos agrarios y supervisa los trabajos técnicos de delimitación y facilita la interpretación de la información técnica y cartográfica a los poseedores de solares.
6.5.- Relevancia del Objetivo prioritario 5: Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios.
La relevancia de este Objetivo prioritario reside en eliminar cualquier tipo de discriminación hacia los sujetos agrarios, con especial prioridad en los derechos de las personas que habitan zonas rurales, indígenas, afromexicanas y mujeres al interior de los núcleos agrarios, debido a que en las últimas décadas todos ellos han recibido situaciones de rezago social, marginación y trato desigual, lo cual impide el sano desarrollo en lo social y productivo.
Con la finalidad de incrementar la calidad en los servicios de audiencia campesina, los servidores públicos deben mejorar el trato a los sujetos agrarios para que éste se brinde de manera, amable, respetuosa e incluyente, en función corregir las actitudes empleadas en la atención a las personas que acuden a la PA, además del reestablecer sus funciones con nuevas formas de operación a través de la supervisión del desempeño.
El servicio de audiencia campesina, consiste en asesoría e información que de manera permanente se proporciona a los sujetos agrarios, tanto los que radican en el territorio nacional como los que cambian su residencia, ya sea de manera temporal o definitiva (Migrantes), para orientarlos respecto a sus planteamientos y de ser la PA competente, canalizar sus peticiones al área administrativa que corresponda, de conformidad con las atribuciones que disponen los artículos 136, fracción II, de la LA, así como 20, fracción I, del Reglamento Interior de la PA.
También el servicio de gestión administrativa a petición de los sujetos agrarios que consiste en asesorar y apoyar en la presentación de trámites o solicitudes ante diversas dependencias de gobierno, así como brindar seguimiento para contribuir en el reconocimiento y respeto a sus derechos, de conformidad con las atribuciones que disponen los artículos 136, fracciones II y IX, de la LA, así como 20, fracción VIII, del Reglamento Interior de la PA.
Adicionalmente, la PA investiga la comisión de posibles violaciones de derechos agrarios por actos u omisiones cometidos por parte de una Autoridad Agraria o Dependencia o Servidor Público, o por los Integrantes de los Órganos de Representación y/o Vigilancia Ejidales o Comunales en ejercicio de sus atribuciones, a fin de detectar hechos o actos que, con motivo de la aplicación de la Ley, puedan ser constitutivos de delitos o dar lugar a responsabilidades administrativas de los servidores públicos.
Por ello, se estableció el nuevo modelo de atención de las quejas y denuncias, que está encaminado a fortalecer procedimientos y acciones, que favorezcan el régimen de propiedad social y los mecanismos de representación, con pleno respeto a los derechos humanos de las personas, al marco normativo aplicable y con perspectiva de género.
6.6.- Vinculación de los Objetivos prioritarios del Programa Institucional de la PA 2020-2024 con el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2020-2024
En cumplimiento a las disposiciones contenidas en la LA y del artículo 5, fracción I del Reglamento Interior de la PA, el presente documento atiende la política nacional para garantizar y defender los derechos de los sujetos agrarios, así como la relativa a los derechos humanos que pudieran incidir en materia agraria, en concordancia con los objetivos del PND 2019-2024 y del PSEDATU 2020-2024.
Objetivos prioritarios del Programa Institucional
Objetivos prioritarios del PSEDATU
Objetivo prioritario 1.- Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio, a partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio agrario.
Objetivo prioritario 2. Reconocer el papel de los sujetos agrarios, población rural, pueblos indígenas y afromexicanos en el desarrollo territorial incluyente y sostenible para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, así como para impulsar acciones que coadyuven con el sector energético mediante el diálogo y los procedimientos de mediación para el adecuado uso y aprovechamiento del suelo.
 
Objetivo prioritario 2.- Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para dar solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la paz social y fomentar la justicia agraria.
Objetivo prioritario 2. Reconocer el papel de los sujetos agrarios, población rural, pueblos indígenas y afromexicanos en el desarrollo territorial incluyente y sostenible para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, así como para impulsar acciones que coadyuven con el sector energético mediante el diálogo y los procedimientos de mediación para el adecuado uso y aprovechamiento del suelo.
Objetivo prioritario 3.- Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible.
Objetivo prioritario 2. Reconocer el papel de los sujetos agrarios, población rural, pueblos indígenas y afromexicanos en el desarrollo territorial incluyente y sostenible para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, así como para impulsar acciones que coadyuven con el sector energético mediante el diálogo y los procedimientos de mediación para el adecuado uso y aprovechamiento del suelo.
Objetivo prioritario 4.- Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de solares urbanos.
Objetivo prioritario 1. Establecer un sistema territorial integrado, ordenado, incluyente, sostenible y seguro centrado en los derechos humanos y colectivos de las personas, pueblos y comunidades, con énfasis en aquellas que, por su identidad, género, condición de edad, discapacidad y situación de vulnerabilidad han sido excluidas del desarrollo territorial.
Objetivo prioritario 5.- Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios.
Objetivo prioritario 2. Reconocer el papel de los sujetos agrarios, población rural, pueblos indígenas y afromexicanos en el desarrollo territorial incluyente y sostenible para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, así como para impulsar acciones que coadyuven con el sector energético mediante el diálogo y los procedimientos de mediación para el adecuado uso y aprovechamiento del suelo.
 
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
Los Objetivos Prioritarios, Estrategias Prioritarias y Acciones Puntuales del presente Programa, se encuentran alineadas a los Lineamientos, Principios y Políticas de Gobierno de la presente administración, así como a los Objetivos Prioritarios, Estrategias y Acciones establecidas en el PSEDATU 2020-2024.
Objetivo prioritario 1.- Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio, a partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio agrario.
Estrategia prioritaria 1.1.- Proveer del conocimiento e información relacionados con los derechos humanos a los sujetos agrarios para impulsar la defensa de sus derechos.
Acción puntual
1.1.1.- Capacitar en Materia de Control de Constitucionalidad y del Convenio 169 de la OIT.
1.1.2.- Capacitar en Materia de la reforma constitucional de los derechos humanos.
1.1.3.- Capacitar en Materia del Principio PRO-PERSONA criterio de selección de la norma de derecho de aplicación fundamental
 
Estrategia prioritaria 1.2.- Garantizar la aplicación de los principios del juicio agrario como la inmediatez, inmediación, la celeridad, la itinerancia, para eficientar el proceso del juicio agrario.
Acción puntual
1.2.1.- Dar a conocer a los abogados agrarios a través de acciones de capacitación los principios que rigen el juicio agrario: oficiosidad, oralidad, impulso del proceso, lealtad y probidad procesal, gratuidad y de itinerancia, improrrogabilidad de la competencia.
1.2.2.- Impartir capacitación a los abogados agrarios respecto de las etapas procesales del juicio agrario.
1.2.3.- Implementar la argumentación jurídica mediante una adecuada elaboración de las demandas y contestaciones.
1.2.4.- Promover el ofrecimiento de pruebas, excepciones y defensas.
 
Estrategia prioritaria 1.3.- Impulsar la resolución oportuna de los juicios agrarios, con el compromiso de realizar la conciliación para una pronta resolución de conflictos.
Acción puntual
1.3.1.- Capacitar a los abogados agrarios para que obtengan las herramientas y conocimientos necesarios para llevar a cabo la conciliación de manera material.
1.3.2.- Promover las cualidades de un conciliador en el procedimiento agrario.
1.3.3.- Impulsar el procedimiento para la conciliación.
1.3.4.- Promover la amigable composición, celebración de convenios y su ratificación ante el Órgano Jurisdiccional.
 
Estrategia prioritaria 1.4.- Promover la mediación como medio alternativo para la solución de controversias.
Acción puntual
1.4.1.- Incentivar la mediación como un medio alternativo con los abogados agrarios.
1.4.2.- Promover los principios que rigen la mediación.
1.4.3.- Desarrollar las características de un mediador en un conflicto agrario.
1.4.4.- Impulsar reformas que incorporen la mediación en la Ley Agraria.
 
Estrategia prioritaria 1.5 Promover que los abogados agrarios atiendan con la debida diligencia la coadyuvancia que soliciten los tribunales agrarios para que la impartición de justicia sea pronta y expedita.
Acción puntual
1.5.1.- Capacitar a los abogados agrarios en materia de coadyuvancia como una modalidad de la representación legal.
1.5.2.- Capacitar a los abogados agrarios en la elaboración de la demanda o su contestación.
 
Objetivo prioritario 2.- Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para dar solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la paz social y fomentar la justicia agraria.
Estrategia prioritaria 2.1.- Procurar la no intervención de entes públicos y privados que mediante asambleas o actos jurídicos pretendan despojar a los núcleos agrarios de su tierra.
Acción puntual
2.1.1.- Capacitar a los servidores públicos encargados de otorgar los servicios de asistencia para la defensa de los derechos de propiedad, a través de un marco de referencia en el que se establezcan las bases y criterios jurídicos.
2.1.2.- Difundir información a los sujetos agrarios sobre los derechos y obligaciones reconocidos en la normatividad aplicable respecto a la propiedad que detentan.
2.1.3.- Orientar a los sujetos agrarios en el reconocimiento de sus obligaciones y derechos relacionados con la tenencia de la tierra.
 
Estrategia prioritaria 2.2.- Impulsar las acciones de conciliación, representación legal, organización y ordenamiento, para recuperar la tierra despojada.
Acción puntual
2.2.1.- Realizar las acciones de conciliación, representación legal, organización y ordenamiento, en beneficio de los sujetos agrarios, dentro de la normatividad aplicable relacionados a sus derechos de propiedad.
 
Estrategia prioritaria 2.3.- Promover los valores de honradez y honestidad en el ejercicio de las funciones de los servidores públicos de la Institución, para fortalecer la confianza Institucional.
Acción puntual
2.3.1.- Llevar a cabo acciones de representación, conciliación, organización y ordenamiento, en beneficio de los sujetos agrarios, conforme al Código de Ética de la PA.
2.3.2.- Brindar la atención a los sujetos agrarios directamente en las ventanillas de atención y/o núcleos agrarios, cuando éstos presenten una queja o denuncia por abuso de algún servidor público.
2.3.3.- Presentar la denuncia ante el Órgano Interno de Control o instancia que corresponda, con motivo de los actos de corrupción en los que participen los servidores públicos de la PA en el ejercicio de sus funciones
 
Estrategia prioritaria 2.4.- Coadyuvar con las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos para la defensa de su derecho al territorio y para que se respete su libre determinación.
2.4.1.- Realizar las acciones de conciliación, representación, organización y ordenamiento, para el reconocimiento del derecho al territorio de las comunidades, pueblos indígenas y afromexicanos, cuando éstos presenten una queja o denuncia por abuso de algún servidor público.
2.4.2.- Implementar un Protocolo de atención en materia de conciliación, privilegiando su aplicación en favor de las comunidades, pueblos indígenas y afromexicanos.
2.4.3.- Capacitar a los servidores públicos de la PA en materia del Protocolo de atención en materia de conciliación, privilegiando su aplicación en las comunidades, pueblos indígenas y afromexicanos.
2.4.4.- Presentar las denuncias ante la instancia competente, con motivo de las violaciones y los actos de discriminación cometidos en contra de las comunidades, pueblos indígenas y afromexicanos, de los que esta PA, tenga conocimiento.
 
Estrategia prioritaria 2.5.- Ejercer diversas acciones jurídicas y administrativas, para recuperar las tierras de los núcleos agrarios, que han sido objeto de abusos de entes públicos o privados, así como, proponer mecanismos para compensar los daños generados a los núcleos agrarios.
Acción puntual
2.5.1.- Llevar a cabo un diagnóstico de los núcleos agrarios que han sido objeto de abuso de autoridad y especulación o afectados, por la expropiación, ocupación previa o indemnización; y los núcleos agrarios con asentamientos humanos sin regularizar, en el marco del Proyecto de Desarrollo Tren Maya.
2.5.2.- Participar con diversas instancias, en la atención de los proyectos prioritarios, Desarrollo del Istmo de Tehuantepec y Nuevo Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, a fin de conocer el estatus jurídico de cada núcleo agrario y proponer acciones jurídicas, para su incorporación en algún programa.
2.5.3.- Procurar la conciliación de intereses entre los núcleos agrarios afectados y los entes públicos o privados, que hayan ocasionado el menoscabo en su propiedad social.
2.5.4- Realizar las acciones jurídico-administrativas con la finalidad de que los núcleos o los sujetos agrarios individuales sean indemnizados o compensados por las afectaciones sufridas.
 
Estrategia prioritaria 2.6.- Brindar orientación a los núcleos agrarios, acerca de sus derechos de propiedad, protección, conservación y aprovechamiento de sus recursos naturales, así como del ejercicio de sus derechos de asociación en proyectos mineros, energéticos, y representarlos legalmente.
Acción puntual
2.6.1.- Asesorar a los núcleos agrarios, respecto a la explotación sostenible de sus recursos naturales y, en su caso, asistirlos en las negociaciones relacionadas con los convenios previstos en las leyes energéticas, minera o de cualquier otra materia que incida en su derecho de propiedad.
2.6.2.- Ejercer las acciones legales correspondientes a la defensa de los derechos de los ejidos y comunidades sobre sus tierras y la protección y conservación de sus recursos naturales.
 
Estrategia prioritaria 2.7.- Promover la coordinación interinstitucional para la atención integral de los conflictos agrarios, particularmente en aquellos núcleos agrarios en los que su problemática sea de relevancia o impacto nacional.
Acción puntual
2.7.1.- Colaborar con las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatales o municipales competentes, cuya participación sea relevante para la solución de los conflictos.
2.7.2.- Atender en territorio a los núcleos agrarios y proporcionarles los servicios operativos y jurídicos para la solución de sus conflictos.
2.7.3.- Participar en mesas interinstitucionales de atención de conflictos agrarios, donde se brinde un tratamiento transversal e interinstitucional, buscando una solución a los asuntos ancestrales de trascendencia nacional.
 
Objetivo prioritario 3.- Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible.
Estrategia prioritaria 3.1.- Promover con ejidatarios, comuneros y posesionarios el ejercicio de su facultad para designar a sus sucesores en sus derechos agrarios, y estos accedan a programas gubernamentales para fortalecer así el desarrollo social y sostenible, la paz social y el bienestar de los núcleos agrarios.
Acción puntual
3.1.1.- Firmar bases de coordinación con el RAN, que permitan impulsar el depósito de listas de sucesión por parte de los ejidatarios, comuneros y posesionarios.
3.1.2.- Establecer mecanismos de colaboración con el CNNM, que permitan incrementar la formalización de listas de sucesión por parte de los ejidatarios, comuneros y posesionarios.
3.1.3.- Capacitar al personal que brinda atención a los núcleos agrarios, para que obtengan los conocimientos necesarios que les permita sensibilizar y asesorar a los sujetos agrarios en el depósito o formalización de su lista de sucesión.
3.1.4- Sensibilizar y asesorar a los núcleos agrarios para que los ejidatarios, comuneros o posesionarios, realicen el depósito de su lista de sucesión ante el RAN o la formalización ante Fedatario Público.
3.1.5.- Verificar que los ejidatarios, comuneros o posesionarios realizaron el depósito de la lista de sucesión en el RAN o su formalización ante Fedatario Público
 
Estrategia prioritaria 3.2 Promover la actualización de los padrones ejidales y comunales, por medio de la coordinación interinstitucional, sensibilización, asesoría, gestión y acompañamiento a los núcleos agrarios para fortalecer el asambleísmo al interior de los mismos.
Acción puntual
3.2.1.- Establecer bases de colaboración con el RAN que permitan impulsar la actualización de los padrones ejidales o comunales.
3.2.2.- Definir con el RAN el universo de atención de los núcleos de población agrarios en los que se realizará la actualización de los padrones para cada ejercicio fiscal.
3.2.3.- Difundir el universo de atención a cada una de las representaciones estatales de la PA y RAN para la actualización de los padrones ejidales y comunales.
3.2.4- Capacitar al personal responsable de atender a los núcleos agrarios, para que obtengan los conocimientos necesarios que les permita sensibilizar y asesorar a órganos de representación y vigilancia en la actualización de sus padrones.
3.2.5.- Sensibilizar y asesorar a los núcleos agrarios para que actualicen sus padrones que les servirán de base para llevar a cabo sus asambleas
3.2.6.- Gestionar ante el RAN la entrega del padrón actual de los núcleos agrarios que hayan aceptado la actualización del mismo.
3.2.7.- Coordinar conjuntamente con el comisariado ejidal o de bienes comunales, acciones orientadas a la actualización del padrón del núcleo de población agrario que representan, para realizar la actualización del mismo.
3.2.8.- Acompañar a los núcleos agrarios en las gestiones ante el RAN, para el registro y actualización del padrón, así como recibir por parte del RAN los padrones actualizados, para la entrega a los núcleos de población agrarios
 
Estrategia prioritaria 3.3.- Impulsar la elaboración y actualización de los reglamentos internos o estatutos comunales, en el que se establezcan las disposiciones necesarias para contribuir al aprovechamiento integral y sostenible de su territorio, así como al bienestar de la población que habita los territorios agrarios
Acción puntual
3.3.1.- Firmar bases de colaboración con el RAN, que permitan agilizar la inscripción del reglamento interno o estatuto comunal y el acta de asamblea en la que se haya aprobado su elaboración o actualización.
3.3.2.- Establecer acciones de colaboración con la CONAFOR, para impulsar la elaboración o actualización de los reglamentos internos o estatutos comunales en núcleos de población agrarios con potencial o vocación forestal.
3.3.3.- Establecer acciones de colaboración con la SEDATU, para obtener información de las colonias agrícolas o ganaderas, con la finalidad de apoyar en la elaboración o actualización de los reglamentos internos.
3.3.4- Establecer acciones de colaboración con INSABI e IMSS BIENESTAR, para impulsar la integración de comités comunitarios de salud, agua y alimentación en los núcleos agrarios.
3.3.5.- Capacitar al personal de atender a los núcleos agrarios, para que obtengan los conocimientos necesarios que les permita sensibilizar y asesorar a los ejidos, comunidades, colonias agrícolas o ganaderas en la elaboración o actualización del reglamento interno o estatuto comunal.
3.3.6.- Asesorar a los núcleos agrarios, colonias agrícolas o ganaderas para que elaboren o actualicen sus reglamentos internos o estatutos comunales, en los que se incluya un apartado sobre el aprovechamiento de los recursos naturales, así como la constitución de los comités comunitarios.
3.3.7.- Acompañar a los núcleos agrarios y a las colonias agrícolas o ganaderas en las gestiones ante el RAN, para que inscriban el reglamento interno o estatuto comunal y el acta de asamblea en la que se haya aprobado su elaboración o actualización
3.3.8.- Recibir por parte del RAN los reglamentos internos o estatutos comunales inscritos, para la entrega a los núcleos agrarios o a las colonias agrícolas o ganaderas
 
Estrategia prioritaria 3.4.- Impulsar la renovación oportuna de los órganos de representación y vigilancia de los núcleos agrarios, considerando la equidad de género y contribuir al fortalecimiento de la democracia, la cohesión y paz social, que permita el acceso a programas sociales.
Acción puntual
3.4.1.- Establecer bases de colaboración con el RAN, que permitan obtener padrones ejidales o comunales actualizados, así como la inscripción de las actas de asambleas de elección de los órganos de representación y vigilancia.
3.4.2.- Capacitar al personal responsable de atender a los núcleos agrarios, para que obtengan los conocimientos necesarios que les permita sensibilizarlos y asesorarlos para la celebración de asambleas de elección de los órganos de representación y vigilancia.
3.4.3.- Notificar a los órganos de representación y vigilancia de los núcleos agrarios el vencimiento del periodo de funciones para el cual fueron electos, en un término de 30 y hasta 45 días naturales de anticipación, a efecto de que realicen acciones encaminadas a su renovación.
3.4.4.- Asesorar a los órganos de representación y vigilancia de los núcleos de población agrarios para que emitan convocatoria de elección en términos de ley, para la renovación oportuna.
3.4.5- Asistir a las asambleas de elección a invitación de los núcleos de población agrarios y asesorarlos para que la misma se desarrolle conforme a la Ley Agraria.
3.4.6.- Convocar y asistir a asamblea de elección de órganos de representación y vigilancia, cuando el consejo de vigilancia no convocó en los 60 días naturales posteriores al vencimiento, a solicitud de al menos 20 ejidatarios o comuneros o el 20% del total de sujetos del núcleo de población agrario.
3.4.7.- Acompañar a los órganos de representación y vigilancia en las gestiones ante el RAN, para que el acta de asamblea que se elaboró con motivo de su elección sea inscrita.
3.4.8.- Gestionar ante el RAN la constancia en la que se acredite que el acta de asamblea de elección de los órganos de representación y vigilancia fue inscrita
3.4.9.- Establecer acciones de vinculación con dependencias o instituciones de los tres órdenes de gobierno que ofrecen programas en beneficio de los núcleos de población agrarios.
 
Estrategia prioritaria 3.5.- Fomentar la organización económica de los sujetos agrarios, a través de la asesoría para la constitución de figuras asociativas y la celebración de convenios y contratos, que permita fortalecer sus capacidades y conocimientos para el aprovechamiento sustentable de sus recursos naturales.
Acción puntual
3.5.1.- Asesorar y acompañar a los sujetos agrarios en la constitución y registro de sociedades rurales y mercantiles que les permita fortalecer sus procesos organizativos para el aprovechamiento sostenible de las tierras y recursos naturales con que cuentan.
3.5.2.- Asesorar y acompañar a los sujetos agrarios en la celebración y registro de contratos y convenios que les permita fortalecer sus procesos organizativos para el aprovechamiento sustentable de las tierras y recursos naturales con que cuentan.
3.5.3.- Instrumentar acciones de coordinación interinstitucional que permitan a los sujetos agrarios acceder a los programas gubernamentales de desarrollo rural que ofrezcan alternativas de aprovechamiento productivo de las tierras y de los recursos naturales con que cuentan para fortalecer la economía.
3.5.4.- Establecer acciones de coordinación interinstitucional con el objeto de que los sujetos agrarios desarrollen sus capacidades técnicas, administrativas, financieras y de gestión, en la implementación de sus proyectos de aprovechamiento productivo
3.5.5- Realizar diagnósticos regionales del estado actual de las parcelas con destino específico, que permitan identificar su número, ubicación, uso y aprovechamiento, para fomentar su reactivación organizativa y económica
3.5.6.- Asesorar y acompañar a las y los sujetos agrarios en la reactivación del funcionamiento de las parcelas con destino específico por medio de su acceso a programas gubernamentales que les brinden apoyo para fortalecer sus procesos de organización económica.
 
Estrategia prioritaria 3.6.- Implementar acciones que permitan a las mujeres acceder a la titularidad de la tierra en núcleos agrarios, y faciliten el relevo generacional entre personas de 18 a 29 años y los titulares mayores de 65 años, a través de un proceso de retiro digno, para disminuir las brechas de desigualdad.
Acción puntual
3.6.1.- Realizar acciones de coordinación interinstitucional, sensibilización, asesoría jurídica, representación legal, acompañamiento y gestión administrativa para que las mujeres que trabajan la tierra en los núcleos agrarios obtengan certeza jurídica en la titularidad de la misma.
3.6.2.- Asesorar y acompañar a las mujeres en la reactivación del funcionamiento de las unidades de producción destinadas a la unidad agrícola industrial de la mujer.
3.6.3.- Promover y realizar acciones de coordinación con las instituciones vinculadas al sector, para que las mujeres que trabajan la tierra sin ser titulares de la misma accedan a los programas y servicios gubernamentales.
3.6.4.- Promover e impulsar acciones de coordinación con las instituciones vinculadas al sector agrario, laboral y del bienestar social, para que las y los jóvenes accedan a la titularidad de la propiedad social, y las personas adultas mayores a un retiro digno.
3.6.5.- Asesorar a las y los jóvenes interesados en acceder a la titularidad de la tierra en ejidos y comunidades para la celebración de contratos de enajenación y/o cesión con los adultos mayores titulares de derecho agrario.
3.6.6.- Promover acciones de coordinación interinstitucional con las dependencias y entidades responsables de fomentar el desarrollo económico del sector rural para que las y los jóvenes accedan a programas y servicios que les permita un aprovechamiento sostenible de la tierra y recursos naturales.
3.6.7 Promover el desarrollo de capacidades con instituciones especializadas vinculadas al sector rural, que permitan a las y los jóvenes trabajar la tierra con un enfoque sostenible.
3.6.8.- Asesorar a los núcleos agrarios para impulsar la participación de las mujeres y personas jóvenes en los órganos de representación y vigilancia.
 
Estrategia prioritaria 3.7.- Promover el ejercicio y la protección de los derechos y sistemas normativos de los sujetos agrarios que habitan en pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos para la defensa de sus tierras, territorios y recursos naturales.
Acción puntual
3.7.1.- Realizar un diagnóstico para identificar los núcleos agrarios que cuentan con población indígena y afromexicana.
3.7.2.- Establecer un convenio de colaboración con el INPI y con el INALI, para contar con traductores e intérpretes indígenas, en asuntos relacionados con la asesoría legal que proporciona la Institución para la defensa de los derechos de los pueblos indígenas.
3.7.3.- Impulsar acciones con el INALI para implementar un programa de certificación a servidores públicos de la PA que hablen una lengua indígena y tengan el perfil pertinente, para que intervengan como traductores e intérpretes en los procesos de defensa de los derechos de pueblos indígenas.
3.7.4.- Implementar un programa de capacitación a servidores públicos de la PA en materia de derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, de conocimiento de sus sistemas normativos internos y de su relación con el asambleísmo en los núcleos agrarios de los que forman parte.
3.7.5 Asesorar a los sujetos agrarios que habitan en pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos para que en el ejercicio de sus derechos agrarios se respeten sus sistemas normativos, y se garantice la integridad de sus tierras, territorios y recursos naturales.
 
Objetivo prioritario 4.- Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de solares urbanos.
Estrategia prioritaria 4.1.- Coordinar la interacción con las autoridades en materia de ordenamiento territorial y ambiental de los tres órdenes de gobierno, para que los núcleos agrarios obtengan el beneficio legítimo de sus derechos sobre la tenencia de la tierra en apego a la Ley e impulsar el aprovechamiento sostenible.
Acción puntual
4.1.1.- Promover la coordinación interinstitucional para la realización de diversas acciones con: INAFED - GOBERNACIÓN, SEMARNAT, RAN, CONANP, CONAFOR, INSUS, INPI y SADER, así como con los gobiernos estatales y municipales.
4.1.2.- Establecer acuerdos de coordinación con el RAN, la SEMARNAT y la CONANP para la elaboración de los productos cartográficos, la emisión de opiniones sobre la existencia de bosques o selvas, así como la existencia de áreas naturales protegidas y cambios de uso de suelo de tierras de propiedad social.
4.1.3.- Promover ante la SEDATU o de forma directa, su participación a fin de que las autoridades federales, estatales y municipales actualicen o expidan sus instrumentos en materia de ordenamiento territorial y ambiental.
4.1.4- Efectuar las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para el trámite de las opiniones y dictámenes en materia de ordenamiento territorial y ambiental.
4.1.5.- Desarrollar mecanismos de participación con equidad de género en los núcleos agrarios que contribuyan con la vigilancia de las disposiciones jurídicas y normativas en beneficio su mejora territorial.
 
Estrategia prioritaria 4.2.- Asesorar y orientar a los núcleos agrarios para realizar un ordenamiento de su propiedad conforme a las normas en materia de asentamientos humanos y ambientales.
Acción puntual
4.2.1.- Asistir a los núcleos agrarios para que cuenten con las opiniones y dictámenes en materia de ordenamiento territorial y ambiental previo a la realización de sus asambleas de delimitación, destinación y asignación de derechos de las tierras ejidales.
4.2.2.- Promover los mecanismos de atención al programa de regularización apegados a los ejes rectores establecidos por la Administración Pública Federal privilegiando las áreas de asentamientos humanos sin regularizar en los núcleos agrarios con alta o muy alta marginación.
 
Estrategia prioritaria 4.3.- Efectuar las acciones legales necesarias para que los núcleos agrarios se ciñan a la normativa en materia de ordenamiento territorial y ambiental.
Acción puntual
4.3.1.- Identificar los casos con presuntas irregularidades, en materia de ordenamiento territorial y ambiental, observadas en los acuerdos de asambleas de delimitación, destinación y asignación de derechos de las tierras de propiedad social.
4.3.2.- Denunciar ante las autoridades competentes las ilegalidades que en materia de ordenamiento territorial y ambiental detecte en la delimitación, destinación y asignación de derechos de las tierras de propiedad social.
 
Estrategia prioritaria 4.4.- Identificar a los núcleos con alto grado de marginación, y preferentemente con población indígena y afromexicana, para su certificación y regularización.
Acción puntual
4.4.1.- Seleccionar, en coordinación con el RAN, a los núcleos de población con alto grado de marginación, preferentemente con población indígena, no certificados o titulados en alguna de sus áreas que requiera de regularización y que no hayan sido delimitados en su polígono de asentamientos humanos.
 
Estrategia prioritaria 4.5.- Impulsar la coordinación interinstitucional a fin de prevenir o revertir la asignación de solares de forma arbitraria.
Acción puntual
4.5.1.- Identificar, en coordinación con el RAN, los núcleos agrarios que cuenten con solares urbanos sin asignar para orientar a las asambleas respecto de la normativa que deberán observar para su asignación.
4.5.2.- Ejercer las acciones legales necesarias en los casos en los que se identifiquen irregularidades en la asignación de solares. urbanos y parcelas.
4.5.3.- Vigilar que en la asignación de derechos se respete la posesión que tienen las mujeres madres de familia en los núcleos agrarios.
4.5.4- Identificar los casos con presuntas irregularidades observadas en los acuerdos de asamblea a fin de ser canalizados a las áreas correspondientes.
 
 
Objetivo prioritario 5.- Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios.
Estrategia prioritaria 5.1.- Contribuir a la resolución de problemas y prevención de posibles conflictos de las y los sujetos agrarios para garantizar sus derechos humanos y el acceso a la justicia agraria.
Acción puntual
5.1.1.- Mejorar la calidad de la atención que se brinda a los sujetos agrarios en Audiencia Campesina, de conformidad al principio rector "Por el bien de todos, primero los pobres", establecido en el PND.
5.1.2.- Otorgar asesoría jurídica a las y los sujetos agrarios, tanto los que radican en el territorio nacional como los que cambian su residencia, ya sea de manera temporal o definitiva (migrantes), con relación a sus derechos agrarios y canalizarlos al área que corresponda, al solicitar el servicio de audiencia campesina.
5.1.3.- Establecer los mecanismos que permitan ampliar la accesibilidad del servicio de audiencia campesina a través de redes sociales, correo electrónico y vía telefónica.
 
Estrategia prioritaria 5.2.- Otorgar el servicio de gestión administrativa para coadyuvar con las y los sujetos agrarios en la realización de trámites en la materia.
Acción puntual
5.2.1.- Proporcionar al personal de la PA a cargo del servicio de gestión, capacitaciones para otorgar el servicio de manera eficiente, para apoyar a las y los sujetos agrarios.
5.2.2.- Informar a las y los sujetos agrarios, de manera precisa los documentos que requieren para realizar trámites ante las diversas instituciones de la materia.
5.2.3.- Promover una atención adecuada a las gestiones que soliciten las y los sujetos agrarios, de conformidad a los principios rectores de "Honradez y Honestidad", establecidos en el PND.
 
Estrategia prioritaria 5.3.- Implementar adecuaciones al procedimiento de atención y trámite de los expedientes de quejas y denuncias, para atenderlos en un plazo razonable y de conformidad a los principios de la justicia agraria.
Acción puntual
5.3.1.- Establecer acciones para homologar la integración de los expedientes de queja y denuncias.
5.3.2.- Dar orientación jurídica a las y los sujetos agrarios promoventes para que las quejas y denuncias que presenten contengan datos que permitan su integración.
5.3.3.- Establecer mecanismos de coordinación internos y con autoridades que posibiliten la investigación de las posibles violaciones a la LA.
 
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
Meta del Objetivo prioritario 1
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de representaciones legales a los sujetos agrarios concluidas.
Objetivo
prioritario
Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio,
a partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio
agrario
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de representaciones legales concluidas respecto de las solicitudes de representaciones legales
recibidas de los sujetos agrarios asistidos en defensa de sus derechos agrarios.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Estratégico
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de
la información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad
responsable de
reportar el avance
DGJRA-PA
Método de
cálculo
(Número de representaciones legales concluidas en el periodo / Número total de solicitudes de representación
legales recibidas en el periodo) *100.
Observaciones
De acuerdo con el art. 135 de la LA, Sujeto Agrario es: ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o
comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de
representaciones
legales concluidas en el
periodo
Valor variable 1
50,403
Fuente de
información
variable 1
Registros
administrativos en la
DGJRA
Nombre variable
2
Número total de
solicitudes de
representación legal
recibidas en el periodo
Valor variable 2
59,492
Fuente de
información
variable 2
Registros
administrativos en la
DGJRA
Sustitución en
método de
cálculo
(50,403/59,492) *100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
84.72
El valor de meta de la línea base corresponde a 2018.
Año
2018
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
Constante
Se espera que la tendencia del indicador hacia 2024 sea
constante. Es decir, concluir al menos el 93% de total de las
solicitudes de representación legal recibidas
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Se deberán registrar los valores acordes a la frecuencia de medición de la Meta para el bienestar o Parámetro.
Pude registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
ND
ND
ND
ND
81.17
85.23
84.72
METAS
Sólo aplica para Metas para el bienestar.
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2020
2021
2022
2023
2024
93
93
93
93
93
 
Parámetro 1 del Objetivo prioritario 1
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de asesorías jurídicas otorgadas a los sujetos agrarios
Objetivo
prioritario
Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio,
a partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio
agrario
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de asesorías jurídicas otorgadas por la PA respeto de las solicitudes recibidas de parte de los
sujetos agrarios.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de
la información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad
responsable de
reportar el avance
DGJRA-PA
Método de
cálculo
(Número de asesorías jurídicas otorgadas en el periodo / Número total de solicitudes de asesorías jurídicas recibidas
en el periodo) *100.
Observaciones
De acuerdo con el art. 135 de la LA, Sujeto Agrario es: ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o
comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de asesorías
jurídicas otorgadas en
el periodo
Valor variable 1
73,697
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la
DGJRA
Nombre variable
2
Número total de
solicitudes de asesorías
jurídicas recibidas en el
periodo
Valor variable 2
73,697
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la
DGJRA
Sustitución en
método de
cálculo
(73,697 / 73,697) * 100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
100
El valor de meta de la línea base corresponde a 2018.
Año
2018
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
Constante
Se espera que la tendencia del indicador hacia 2024 sea
constante. Es decir, otorgar el 100% de las solicitudes recibidas.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Se deberán registrar los valores acordes a la frecuencia de medición de la Meta para el bienestar o Parámetro.
Pude registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
 
 
 
 
 
 
 
METAS
Sólo aplica para Metas para el bienestar.
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2020
2021
2022
2023
2024
 
 
 
 
 
 
Parámetro 2 del Objetivo prioritario 1
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Número de capacitaciones realizadas al personal de la Procuraduría Agraria
Objetivo
prioritario
Impulsar la defensa de los derechos individuales y colectivos de los núcleos agrarios para preservar el territorio, a
partir del enfoque de derechos humanos, la convencionalidad y la aplicación de los principios que rigen al juicio
agrario.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de capacitaciones en Representaciones y Residencias de la PA, en materia de Derechos
Humanos, Pro-persona, Bloque de constitucionalidad, Interpretación conforme, principios que rigen el juicio agrario,
argumentación jurídica, ofrecimiento de pruebas, excepciones y defensas, en materia de conciliación, medios
alternativos de solución de controversias y coadyuvancia.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de
la información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad
responsable de
reportar el avance
DGJRA-PA
Método de
cálculo
Número de capacitaciones realizadas al periodo
Observaciones
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
variable 1
Número de
capacitaciones
realizadas al
periodo
Valor
variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la DGJRA
Sustitución en
método de
cálculo
0
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0
La línea base es 2019, por tratarse de un indicador de nueva construcción que
relaciona una variable que no se había medido y que anteriormente no se habían
realizado capacitaciones, inicia su operación en el año 2019 y se espera que a partir de
2020 en adelante se realicen al menos 2 capacitaciones y como máximo 3
capacitaciones al año.
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
12
Se espera que para 2024 se hayan realizado un total de al menos 12 capacitaciones.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
 
 
 
 
 
 
 
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
 
 
 
 
12
Meta del Objetivo prioritario 2
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de conciliaciones agrarias y servicios periciales concluidos con convenio conciliatorio en favor de los
sujetos agrarios
Objetivo
prioritario
Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para dar
solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la paz
social y fomentar la justicia agraria.
Definición o
descripción
Medir el porcentaje de los servicios de conciliación agraria y servicios periciales concluidos con convenio conciliatorio,
sobre los atendidos en favor de los sujetos agrarios y generen la paz social en los núcleos agrarios
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Estratégico
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
Enero
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad responsable
de reportar el avance
DGCSPPA
Método de
cálculo
(Número de acciones de conciliación y servicios periciales concluidos con convenio conciliatorio/ Número total de
acciones de conciliación y servicios periciales atendidos) *100
Observaciones
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
variable 1
Número de
acciones de
conciliación y
servicios periciales
concluidos con
convenio
conciliatorio
Valor
variable 1
5,978
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la DGCSP
Nombre
variable 2
Número total de
acciones de
conciliación y
servicios periciales
atendidos
Valor
variable 2
6,359
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la DGCSP
Sustitución en
método de
cálculo
(5,978/6,359)*100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
94.00
 
Año
2018
 
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
94.30
Se espera que la tendencia del indicador sea ascendente, por lo que la meta 2024 deberá ser igual o mayor
a 94.30%.
Es necesario señalar que el indicador de nuestro programa presupuestal E001. Procuración de Justicia
Agraria a partir de 2016 es del cumplimiento del 90% de asuntos concluidos con convenio conciliatorio o
informe pericial presentado, por lo tanto, se considera que en realidad no sería un incremento del 0.30% si
no del 4.30% o más sobre nuestro indicador del programa presupuestal, con lo que estaríamos atendiendo
de manera eficaz a los sujetos agrarios, al brindarles un servicio eficiente, concluyendo el servicio
conciliatorio con convenio o el servicio pericial con su informe respectivo. No olvidemos que una conciliación
es el acuerdo amigable entre las partes para la solución del conflicto entre ellos
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
ND
ND
89.18
89.50
91.52
92.63
94.00
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
94.10
94.15
94.20
94.25
94.30
 
Parámetro 1 del Objetivo prioritario 2
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Número de acciones de conciliación agraria y servicios periciales en favor de los sujetos agrarios.
Objetivo prioritario
Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para
dar solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la
paz social y fomentar la justicia agraria.
Definición o
descripción
Mide el número de acciones de conciliación y servicios periciales concluidos con convenio conciliatorio o servicio
pericial con informe presentado que se brindan de manera eficaz en la atención de los conflictos que presentan
los sujetos agrarios que generan paz social
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de medida
Acciones
Periodo de recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad responsable de
reportar el avance
DGCSP-PA
Método de cálculo
Número de acciones de conciliación y servicios periciales concluidos en el año n
Observaciones
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
variable 1
Número de
Acciones de
conciliación y
servicios periciales
concluidos
Valor
variable 1
5,978
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la DGCSP
Sustitución
en método de
cálculo
Número de acciones de conciliación y servicios periciales concluidos en el año.
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
5,978
 
Año
2018
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
Constante
La meta señalada en este parámetro se refiere al número de conflictos agrarios que se
atenderán de manera eficaz que presentan los sujetos agrarios mediante los servicios de
conciliación y servicios periciales de manera anual, es decir un estimado de atención
anual de más o menos 6,000 conflictos, concluidos con convenio conciliatorio o informe
pericial respectivamente
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
 
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
 
 
 
 
 
 
Parámetro 2 del Objetivo prioritario 2
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de los sujetos agrarios atendidos mediante los servicios de conciliación agraria y servicios periciales
Objetivo
prioritario
Fortalecer la integración de medios alternativos como la conciliación y el respeto a la propiedad social para dar
solución a los conflictos agrarios, respetando la cultura, los usos y costumbres, así como para preservar la paz
social y fomentar la justicia agraria.
Definición o
descripción
Medir el porcentaje de sujetos agrarios atendidos mediante los servicios de conciliación y servicios periciales sobre
el total de sujetos agrarios para contribuir a la paz social.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o frecuencia
de medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad responsable de
reportar el avance
DGCSP-PA
Método de
cálculo
(Número de sujetos agrarios atendidos con acciones de conciliación y servicios periciales/ Número total de sujetos
agrarios beneficiados) *100
Observaciones
Sujetos agrarios: ejidatarios, comuneros, sucesores, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y
jornaleros agrícolas.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de sujetos
agrarios atendidos
con acciones de
conciliación y
servicios periciales
Valor
variable 1
15,067
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la DGCSP
Nombre variable
2
Número total de
sujetos agrarios
beneficiados
Valor
variable 2
15,067
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la DGCSP
Sustitución en
método de
cálculo
(15,067/15,067)*100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
100
Porcentaje de sujetos agrarios atendidos con acciones de conciliación y servicios periciales sobre
el total de sujetos agrarios para el 2018 obtenidos del reporte del CIIA.
Año
2018
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
Constante
Se espera que la tendencia del indicador sea ascendente, tomando en cuenta que el número total
de sujetos agrarios no aumenta en la misma proporción que el número de conflictos
agrarios atendidos con acciones de conciliación y servicios periciales, buscando siempre otorgar
un servicio eficaz en la atención del conflicto hasta su conclusión con la firma de convenio
conciliatorio o la emisión del informe pericial.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
N.D.
N.D.
N.D.
N.D
N.D
N.D.
100
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
100
100
100
100
100
 
Meta del Objetivo prioritario 3
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de instrumentos de organización interna implementados en los núcleos de población agrarios.
Objetivo
prioritario
Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus
capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y
afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de instrumentos de organización interna implementados en el periodo con asesoría de la PA,
tales como la actualización de órganos de representación y vigilancia, actualización de padrones ejidales o
comunales y elaboración o actualización de reglamentos internos o estatutos comunales, respecto del total de
instrumentos de organización interna programados para implementarse en el periodo con asesoría de la PA.
Nivel de
desagregación
Nacional.
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Estratégico
Acumulado o
periódico
.Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de
los datos
Enero - diciembre.
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de
la información
Enero
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
DGOA-PA
Método de
cálculo
(Número de instrumentos de organización interna implementados en los núcleos agrarios en el periodo / Número
total de instrumentos de organización interna programados para implementarse en el periodo)*100.
Observaciones
Ninguna
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de
instrumentos de
organización interna
implementados en los
núcleos agrarios en el
periodo
Valor
variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la
DGOA
Nombre variable
2
Número total de
instrumentos de
organización interna
programados para
implementarse en el
periodo
Valor
variable 2
0
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la
DGOA
Sustitución en
método de
cálculo
( 0 / 0 )*100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0
Debido a que este servicio se encuentra en diseño en el año
2020 por la PA y se comenzará a implementar a partir de 2021 no
se dispone de línea base del año 2019 ni proyección para para el
presente ejercicio fiscal.
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
50
La meta es que al 2024 el porcentaje de instrumentos de
organización interna implementados en los núcleos agrarios en el
periodo, sea de por lo menos el cincuenta por ciento de
instrumentos de organización interna susceptibles de
implementarse en el periodo con la asesoría de la PA.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
ND
ND
ND
ND
ND
ND
ND
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
0
13
26
39
50
 
Parámetro 1 del Objetivo prioritario 3
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de ejidatarios, comuneros y posesionarios que depositan o formalizan su lista de sucesión con la
asesoría de la PA en el periodo.
Objetivo
prioritario
Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus
capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y
afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de ejidatarios, comuneros y posesionarios en el país que depositan o formalizan su lista de
sucesión con la asesoría de la PA en el periodo, respecto al número total de ejidatarios, comuneros y
posesionarios en el país programados para atender en el periodo.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero - diciembre.
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de
la información
Enero
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
DGOA-PA
Método de
cálculo
(Número de ejidatarios, comuneros y posesionarios en el país que depositan o formalizan su lista de sucesión con
la asesoría de la PA en el periodo / Número total de ejidatarios, comuneros y posesionarios en el país programados
para atender en el periodo)* 100.
Observaciones
Ninguna
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de
ejidatarios,
comuneros y
posesionarios en el
país que depositan o
formalizan su lista
de sucesión con la
asesoría de la PA en
el periodo
Valor
variable 1
2,208,811
Fuente de
información
variable 1
Sistema Integral de Modernización
Integral Catastral "SIMCR".
Nombre variable
2
Número total de
ejidatarios,
comuneros y
posesionarios en el
país programados
para atender en el
periodo
Valor
variable 2
5,179,450
Fuente de
información
variable 2
Sistema Integral de Modernización
Integral Catastral "SIMCR"
Sustitución en
método de
cálculo
(2,208,811 / 5,179,450) * 100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
42.65
En 2019 un total 2,208,811 de ejidatarios, comuneros y posesionarios habían realizado el
depósito de su lista de sucesión lo que representa el 42.65% del total de acuerdo con la
información proporcionada por Registro Agrario Nacional.
Este porcentaje es menor que los establecidos en la serie histórica para los años 2016,
2017 y 2018 debido a que el número de ejidatarios, comuneros y posesionarios, que
constituye la variable del denominador del método de cálculo, puede tener variaciones
tanto a la alza como a la baja de acuerdo con lo registrado por el RAN, lo cual significa
que el denominador del método de cálculo no es estable ni es necesariamente
ascendente, como se observa en las siguientes cifras: en 2016 había 4,897,369
ejidatarios, comuneros y posesionarios, en 2017 bajó a 4,822,491 y, en 2018, esta
variable volvió a ascender a 4,823,673.
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
62
Este es un indicador que se calculará a partir del 2021, por lo que no se dispone de línea
base del año 2019, ni proyección para el 2020, toda vez que la Procuraduría Agraria
actualmente mide este indicador únicamente como asesoría y no como depósitos reales
ante el Registro Agrario Nacional o su formalización ante Fedatario Público. Los
depósitos de los cuales se hacen referencia en la Nota sobre la línea base, son datos
que se obtuvieron del Registro Agrario Nacional, sin que ello implique que los depósitos
realizados se hayan hecho con la intervención de la Procuraduría Agraria. Ahora se
pretende aumentar el porcentaje de depósitos de lista de sucesión ante el Registro
Agrario Nacional o su formalización ante Fedatario Público, por lo que la meta es que al
2024 el porcentaje de ejidatarios, comuneros y posesionarios que depositaran o
formalizaran su lista de sucesión con la asesoría de la Procuraduría Agraria en el
periodo, sea de por lo menos el 62%.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
ND
ND
ND
ND
43.25
44.61
45.24
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
42.65
47
52
57
62
 
Parámetro 2 del Objetivo prioritario 3
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de instrumentos jurídicos que permiten el acceso a la titularidad de la tierra a mujeres de cualquier edad y
a hombres de hasta 29 años.
Objetivo
prioritario
Promover la democracia participativa, la cohesión y la paz social en los núcleos agrarios para fortalecer sus
capacidades productivas, reducir las brechas de desigualdad que afectan a mujeres, jóvenes, pueblos indígenas y
afromexicanos, y propiciar sus oportunidades de desarrollo sostenible
Definición o
descripción
Mide el número de instrumentos jurídicos que permiten el acceso a la titularidad de la tierra a mujeres de cualquier
edad y a hombres de hasta 29 años de edad, sobre el número total de instrumentos jurídicos que permiten el acceso
a la titularidad de la tierra.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de
los datos
Enero - diciembre.
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de
la información
Enero
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el avance
DGOA-PA
Método de
cálculo
(Número de instrumentos jurídicos elaborados con la asesoría de la Procuraduría Agraria que permiten el acceso a la
titularidad de la tierra a mujeres de cualquier edad y a hombres de hasta 29 años de edad / Número total de
instrumentos jurídicos que permiten el acceso a la titularidad de la tierra elaborados con la asesoría de la
Procuraduría Agraria)*100.
Observaciones
Por instrumentos jurídicos se entiende a los contratos de enajenación o cesión de derechos parcelarios o de uso
común, y/o a las sentencias emitidas por los tribunales agrarios, a favor de mujeres de cualquier edad u hombres
menores de 29 años
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de
instrumentos jurídicos
elaborados con la
asesoría de la
Procuraduría Agraria
que permiten el acceso
a la titularidad de la
tierra a mujeres de
cualquier edad y a
hombres de hasta 29
años de edad
Valor variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Registros
administrativos en la
DGOA
Nombre variable
2
Número total de
instrumentos jurídicos
que permiten el acceso
a la titularidad de la
tierra elaborados con la
asesoría de la
Procuraduría Agraria
Valor variable 2
0
Fuente de
información
variable 2
Registros
administrativos en la
DGOA
Sustitución en
método de
cálculo
( 0/0 )*100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0
Si bien la Procuraduría Agraria ha prestado el servicio de asesoría para la elaboración
de contratos de enajenación o cesión de derechos parcelarios o de uso común, en el
sistema informático institucional denominado Centro de Innovación e Información
Agraria (CIIA) no se registra el género ni la edad del cesionario, por lo que no es
posible identificar cuántos de estos instrumentos jurídicos que permiten el acceso a la
titularidad de la tierra favorecen a mujeres de cualquier edad y a hombres de hasta 29
años, que es la información requerida por la variable 1. Por tal razón, la Dirección
General de Organización Agraria realizará la gestión necesaria para adecuar el
Sistema Informático Institucional a fin de que en el año 2021 sea posible recabar la
información requerida. Por esta misma razón, no se dispone de línea base para el año
2019 ni proyección para el 2020.
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
30
La meta es que al 2024 el porcentaje de instrumentos jurídicos que transmiten la
titularidad de la tierra a mujeres de cualquier edad y/o hombres de hasta 29 años,
elaborados con la asesoría de la Procuraduría Agraria, sea de por lo menos el treinta
por ciento del total de instrumentos jurídicos que transmiten la titularidad de la tierra
elaborados con la asesoría de la Procuraduría Agraria.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
 
 
 
 
 
 
 
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
0
27
28
29
30
 
Meta del Objetivo prioritario 4
META PARA EL BIENESTAR
Nombre
Porcentaje de acciones de coordinación en materia de ordenamiento territorial y ambiental realizadas en beneficio
de los núcleos agrarios.
Objetivo
prioritario
Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la
brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de
solares urbanos.
Definición o
descripción
El indicador mide el porcentaje de acciones de coordinación en materia de ordenamiento territorial y ambiental
realizadas por la Procuraduría Agraria en beneficio de los núcleos agrarios respecto de las acciones de
coordinación en materia de ordenamiento territorial y ambiental impulsadas.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Estratégico
Acumulado o
periódico
Acumulado
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad
de la información
Enero
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el
avance
DGAOPR-PA
Método de
cálculo
(Número de acciones de coordinación en materia de ordenamiento territorial y ambiental en beneficio de los núcleos
agrarios realizadas en el año n / Número total de acciones de coordinación en materia de ordenamiento territorial y
ambiental en beneficio de los núcleos agrarios impulsadas en el año n) *100
Observaciones
Esta meta para el bienestar es de innovación por lo que no se tiene un valor definitivo para un año fiscal anterior, se
consideran acciones de coordinación (reuniones, convenios de colaboración, acuerdos interinstitucionales en
materia de ordenamiento territorial y ambiental realizados)
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de acciones
de coordinación en
materia de
ordenamiento territorial
y ambiental en
beneficio de los
núcleos agrarios
realizadas en el año n
Valor
variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la
DGAOPR
Nombre variable
2
Número total de
acciones de
coordinación en
materia de
ordenamiento territorial
y ambiental en
beneficio de los
núcleos agrarios
impulsadas en el año n
Valor
variable 2
640
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la
DGAOPR
Sustitución en
método de
cálculo
(0/640)*100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0
Es un indicador de nueva construcción que se asocia a las acciones que se
impulsan en el marco de los programas de Ordenamiento y Regularización de
la Propiedad Rural en los que participa la Procuraduría Agraria, como
convenios de coordinación interinstitucional, reuniones interinstitucionales,
acuerdos con diversas instituciones gubernamentales del sector, con los
gobiernos de los estados que se realicen en beneficio de los núcleos agrarios
en materia de ordenamiento y regularización.
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
90
Se espera que la tendencia del indicador hacia 2024 sea ascendente y que por
lo menos se logre un 90% de las acciones entre ellas convenios, reuniones
interinstitucionales, acuerdos formalizados en los que se impulse materia de
ordenamiento y regularización
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
 
 
 
 
 
 
0
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
1
25
50
70
90
 
Parámetro 1 del Objetivo prioritario 4
PARÁMETRO 1
Nombre
Porcentaje de ejidos y comunidades con alto grado de marginación que ingresaron su expediente oficialmente para
su regularización.
Objetivo
prioritario
Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la
brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de
solares urbanos.
Definición o
descripción
El indicador mide el porcentaje de ejidos comunidades con alto grado de marginación que ingresaron su expediente
oficialmente al RAN para su regularización respecto de los ejidos y comunidades con alto grado de marginación
incorporados al programa de regularización.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o
periódico
Acumulado
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad
de la información
Enero
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el
avance
DGAOPR-PA
Método de
cálculo
(Número de ejidos y comunidades con alto grado de marginación que ingresaron su expediente oficialmente al RAN
para su regularización / Número total de ejidos y comunidades con alto grado de marginación incorporados al
programa de regularización) *100
Observaciones
Este parámetro es de innovación por lo que no se tiene un valor definitivo para un año fiscal anterior, se consideran
los núcleos agrarios con alto grado que ingresaron su expediente oficialmente para su regularización.
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de ejidos y
comunidades con alto grado
de marginación que
ingresaron su expediente
oficialmente al RAN para su
regularización
Valor
variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos
en la DGAOPR
Nombre variable
2
Número total de ejidos y
comunidades con alto grado
de marginación incorporados
al programa de
regularización.
Valor
variable 2
200
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos
en la DGAOPR
Sustitución en
método de
cálculo
(0/200)*100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0
Es un indicador de nueva construcción que se asocia a los criterios de atención
del programa de Regularización y Registro de Actos Jurídicos Agrarios, ya que
se considera la incorporación de núcleos agrarios con alta y muy alta
marginación y más aún se ingresen sus expedientes al RAN para su
regularización.
En años anteriores no existían criterios para beneficiar a los que menos tienen.
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
75
Se espera que al menos el 75% de los ejidos y comunidades con alto grado de
marginación que se incorporaron al programa de Regularización, ingresen sus
expedientes oficialmente al RAN para regularización, con ello la Procuraduría
Agraria contribuye al beneficio de dichos núcleos agrarios
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Se deberán registrar los valores acordes a la frecuencia de medición de la Meta para el bienestar o Parámetro.
Pude registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
 
 
 
 
 
 
 
METAS
Sólo aplica para Metas para el bienestar.
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2020
2021
2022
2023
2024
 
 
 
 
 
 
Parámetro 2 del Objetivo prioritario 4
PARÁMETRO 2
Nombre
Porcentaje de asambleas de formalidades especiales realizadas para el legítimo ejercicio de sus derechos sobre la
tenencia de la tierra.
Objetivo
prioritario
Contribuir a garantizar certeza jurídica y seguridad documental en los núcleos agrarios, a fin de disminuir la
brecha de desigualdad en materia de ordenamiento territorial y ambiental, mediante la regularización y titulación de
solares urbanos.
Definición o
descripción
El indicador mide el porcentaje de asambleas de formalidades especiales realizadas con orientación de la PA en
materia de ordenamiento respecto de las asambleas de formalidades especiales solicitadas.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o
periódico
Acumulado
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de
los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad
de la información
Enero
Tendencia
esperada
Ascendente
Unidad
responsable de
reportar el
avance
DGAOPR-PA
Método de
cálculo
(Número de asambleas de formalidades especiales realizadas con orientación en materia de ordenamiento de la
propiedad rural / Número total de asambleas de formalidades especiales solicitadas) * 100
Observaciones
Este parámetro es de innovación por lo que no se tiene un valor definitivo para un año fiscal anterior
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2018 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre variable
1
Número de asambleas de
formalidades especiales
realizadas con orientación en
materia de ordenamiento de
la propiedad rural
Valor
variable 1
0
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos
en la DGAOPR
Nombre variable
2
Número total de asambleas
de formalidades especiales
solicitadas
Valor
variable 2
1,000
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos
en la DGAOPR
Sustitución en
método de
cálculo
(0/1,000)*100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
0
Es un indicador de nueva construcción que se asocia a los programas de
Regularización y Ordenamiento de la Propiedad Rural, en el que participa la
PA, de tal forma que la presencia de la PA en dichas asambleas de
formalidades especiales cuenten con una orientación o asesoramiento
adecuado sobre el asunto principal a tratar en la asamblea.
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
50
Se espera que al menos en el 50 por ciento de las asambleas de formalidades
especiales en los que se solicite la participación de la PA estén orientadas en
materia de ordenamiento.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Se deberán registrar los valores acordes a la frecuencia de medición de la Meta para el bienestar o Parámetro.
Pude registrar NA (No aplica) y ND (No disponible) cuando corresponda.
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
 
 
 
 
 
 
 
METAS
Sólo aplica para Metas para el bienestar.
Puede registrar NA cuando no aplique meta para ese año, de acuerdo con la frecuencia de medición.
2020
2021
2022
2023
2024
 
 
 
 
 
 
Meta del Objetivo prioritario 5
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de audiencia campesina otorgadas por la PA
Objetivo
prioritario
Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones
cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de las audiencias campesinas otorgadas a los sujetos agrarios con relación al total de audiencias
campesinas solicitadas ante la PA.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Estratégico
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de
la información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad
responsable de
reportar el avance
DQD-PA
Método de
cálculo
(Número de servicios de audiencia campesina otorgados / Número total de solicitudes de audiencia campesina
recibidas en el periodo) *100
Observaciones
Servicio constante brindado a petición de parte
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2019 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
variable 1
Número de servicio de
audiencia campesina
otorgados
Valor
variable 1
469,699
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la DQD
Nombre
variable 2
Número total de
solicitudes de audiencia
campesina recibidas en
el periodo
Valor
variable 2
469,699
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la DQD
Sustitución en
método de
cálculo
(469,699/469,699) *100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
100
Se atiende a petición de parte, por lo tanto se trabaja de tal manera que persona que solicita el servicio persona que es atendida.
Año
2018
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
100
El indicador es constante, en razón de que se atiende las solicitudes que se reciben.
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
100
100
100
100
100
100
100
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
100
100
100
100
100
 
Parámetro 1 del Objetivo prioritario 5
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de servicios de gestión administrativa tramitados a los sujetos agrarios
Objetivo
prioritario
Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones
cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de servicios de gestión administrativa tramitados por los sujetos agrarios con relación al total de
servicios de gestión administrativa solicitados.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de recolección
de los datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad responsable de
reportar el avance
DQD-PA
Método de
cálculo
(Número de servicios de gestión administrativa tramitados /Número total de solicitudes de servicios de gestión
administrativa recibidas en el periodo) *100
Observaciones
 
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2019 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
variable 1
Número de servicios de
gestión administrativa
tramitados
Valor variable
1
39,922
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la DQD
Nombre
variable 2
Número total de solicitudes
de servicios de gestión
administrativa recibidas en
el periodo
Valor variable
2
39,922
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la DQD
Sustitución en
método de
cálculo
(39,922/39,922) *100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
100
 
Año
2018
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
Constante
Se atiende a la totalidad de personas que solicitan el servicio, por tanto es constante,
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
100
100
100
100
100
100
100
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
 
 
 
 
100
 
Parámetro 2 del Objetivo prioritario 5
ELEMENTOS DE META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
Nombre
Porcentaje de las quejas y denuncias de los sujetos agrarios atendidas.
Objetivo
prioritario
Promover el cumplimiento de las disposiciones normativas en materia agraria ante posibles violaciones
cometidas por servidores públicos o por los representantes de los núcleos agrarios.
Definición o
descripción
Mide el porcentaje de la atención de las quejas y denuncias atendidas a los sujetos agrarios con relación al total de
atención de las quejas y denuncias presentadas por los sujetos agrarios.
Nivel de
desagregación
Nacional
Periodicidad o
frecuencia de
medición
Anual
Tipo
Gestión
Acumulado o
periódico
Periódico
Unidad de
medida
Porcentaje
Periodo de
recolección de los
datos
Enero-Diciembre
Dimensión
Eficacia
Disponibilidad de la
información
Enero
Tendencia
esperada
Constante
Unidad responsable
de reportar el avance
DQD-PA
Método de
cálculo
(Número de quejas y denuncias atendidas / Número total de quejas y denuncias recibidas) *100
Observaciones
A partir del 2021 la meta establecida será atender mínimo el 70.00 % de las solicitudes recibidas y así para los demás
años
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE CÁLCULO PARA LA OBTENCIÓN DE LA LÍNEA BASE
La línea base debe corresponder a un valor definitivo para el ciclo 2019 o previo, no podrá ser un valor preliminar ni estimado.
Nombre
variable 1
Número de quejas y
denuncias atendidas
Valor
variable 1
67
Fuente de
información
variable 1
Registros administrativos en la DQD
Nombre
variable 2
Número total de quejas y
denuncias recibidas
Valor
variable 2
132
Fuente de
información
variable 2
Registros administrativos en la DQD
Sustitución en
método de
cálculo
(67/132) *100
 
VALOR DE LÍNEA BASE Y METAS
Línea base
Nota sobre la línea base
Valor
50.75
La presente administración inició con rezago histórico acumulado desde el año 2010, mismo que ha
sido atendido de manera permanente por ahora sólo existen expedientes correspondientes a los años
2018, 2019 y lo que se ha iniciado de 2020.
A partir del 2021 la meta establecida será atender mínimo el 70.00 % de las quejas y denuncias
recibidas y así para los demás años
Año
2019
Meta 2024
Nota sobre la meta 2024
Constante
Se espera que la tendencia del indicador sea constante
SERIE HISTÓRICA DE LA META PARA EL BIENESTAR O PARÁMETRO
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
ND
ND
37.4
28.6
70.2
64.3
50.5
METAS
2020
2021
2022
2023
2024
 
 
 
 
 
 
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro
En el 2024, con el impulso de la política agraria de la PA se habrán logrado transformaciones fundamentales que posicionen a ejidos y comunidades en una perspectiva de bienestar y sostenibilidad.
Se habrán desplegado las capacidades colectivas para el aprovechamiento integral de sus territorios en beneficio de los titulares de derechos y, en general, de la población que vive en ellos. De acuerdo con su vocación productiva, la tierra tendrá mejores condiciones productivas. Se aprovecharán bosques, selva y biodiversidad, protegiendo el ambiente y generando ingresos y nuevas capacidades productivas, con la participación importante de otras dependencias del Gobierno Federal, en particular CONAFOR.
Las áreas naturales protegidas declaradas en territorio de los núcleos agrarios también tendrán beneficios a través de sus programas de manejo para los núcleos agrarios; y las áreas naturales protegidas, declaradas voluntariamente por los núcleos agrarios, permitirán la defensa del territorio y generarán oportunidades de sostenibilidad y productividad. El conocimiento tradicional tendrá oportunidades de su reconocimiento como propiedad intelectual que, vinculado al manejo de los recursos de la biodiversidad, permitirá su engarzamiento en cadenas productivas en diversos ámbitos de la industria y la manufactura. La vinculación equitativa de los núcleos agrarios, conforme a derecho, con lugares en que se encuentran monumentos históricos y centros arqueológicos, deberá permitir nuevas capacidades, para la prestación de servicios con niveles de estándares de calidad.
Con la contribución de la PA, la reforestación y los programas del Gobierno de México especialmente "Sembrando Vida", tendrán un impacto para garantizar perspectivas productivas en materia forestal y productos maderables, producción de frutales y la recuperación de los haberes tradicionales asociados a la milpa como fórmula de autosuficiencia alimentaria.
Sobre estas bases, unido al amplio despliegue de apoyo al fomento de la producción de alimentos en los núcleos agrarios, permitirá crear mejores condiciones de salud y alimentación, basada en economías de pequeña escala como la agricultura de traspatio y el huerto familiar.
La PA habrá contribuido a crear las condiciones para la incorporación a programas de apoyo a los pequeños y medianos productores generará nuevas dinámicas para sostener la seguridad alimentaria del país, así como la participación en la comercialización y distribución de productos para el mercado nacional, con precios equitativos para que los productores de los núcleos agrarios, agrícolas y ganaderos tengan mejores ingresos.
Los beneficios obtenidos, derivados de acuerdo por la ocupación superficial de ejidos y comunidades, en proyectos mineros y energéticos, garantizarán la conservación, mitigación y reparación ambiental y la participación en la riqueza generada.
Todo ello se estará logrando en la medida en que se consoliden los derechos individuales y colectivos en los núcleos agrarios, a través de la actualización de padrones, la sucesión ordenada de los derechos, su transmisión equitativa, como bases de la certeza jurídica en la tenencia de la tierra.
Igualmente, a través de la conciliación interna y la mediación garantizarán la cohesión social y la gobernanza; así como la puesta en práctica de nuevas alternativas en la procuración y administración de justicia en la materia contribuirá a preservar la paz social, asegurando el respeto a los derechos colectivos sobre la propiedad social y la defensa de los derechos de los titulares.
Una nueva conciencia, consolidada y arraigada en la identidad agraria aglutinada en el concepto de territorio, estará permitiendo la construcción de nuevos espacios sociales y de relación con la naturaleza.
Consolidar el relevo generacional al interior de los núcleos, en beneficio de quienes estén trabajando directamente la tierra, permitirán a los titulares de avanzada edad recibir apoyo a su manutención, como contraprestación a la cesión. Bajo esta perspectiva, lograr además, la equidad de género y darle contenido preciso a lo que se encuentra mandatado en la ley, de que haya un equilibrio en la integración por género dentro de los órganos de representación.
Lograr mejorar la calidad de los servicios que prestamos en orientación, en asesoría legal y en representación jurídica, nos permitirá estar a tono con las reformas en materia de derechos humanos, contenidas en la CPEUM y hacer valer los principios contenidos en los convenios internacionales de los cuales nuestro país es signatario y que se encuentran depositados en el Senado de la República, especialmente la Convención 169 de la OIT y trabajando con el INPI para el pleno reconocimiento de los derechos de los grupos originarios en nuestro país.
El desarrollo sostenible constituirá una orientación fundamental para permitir el adecuado aprovechamiento de la naturaleza, su conservación en beneficio de la generación presente y de las futuras; por eso lograremos garantizar que los núcleos agrarios puedan acceder a los programas en materia de sustentabilidad del territorio; a través de la alianza estratégica con la SEMARNAT, CONAFOR y CONANP.
Lograr garantizar que los derechos de propiedad sobre la tierra sean en beneficio de quienes los ocupan y que la regularización en el ámbito de las zonas urbanas que han crecido en relación o sobre los territorios de los grupos agrarios, así como la integración de las zonas urbanas en dichos núcleos, permitan las condiciones dignas de la vivienda y del equipamiento colectivo y urbano.
Las organizaciones sociales del campo mexicano habrán logrado nuevas prácticas para establecer alternativas de vinculación con los tres órganos de gobierno, en una honesta representación de núcleos agrarios y sus titulares. Se habrán consolidado formas de diálogo fundadas en el respeto mutuo, la tolerancia y la equidad, en donde la participación de las organizaciones campesinas sean una eficiente interlocución para coadyuvar en la atención de diversas problemáticas.
Finalmente, todo nuestro esfuerzo tiene que estar basado en un cambio de actitud de los servidores públicos. Es fundamental establecer un gran programa de capacitación y de actualización, pero lo más importante es consolidar la vocación de servicio, estableciendo un gran compromiso con los núcleos y con el país. Esto es lo que dará el sustento fundamental a esta nueva orientación de la PA.
Dotado de nuevas aptitudes, herramientas y capacidades de acción y respuesta, el nuevo servidor público de la PA pondrá a disposición de los usuarios y de la institución toda la capacidad adquirida desde su formación profesional, así como la experiencia adquirida sólidamente, respaldada por la institución que representa. Tecnológicamente actualizado, verá potenciados los logros de un esfuerzo mejor enfocado, eficientemente guiado, respaldado, por una infraestructura de comunicación e informática actual y competitiva, suficiente para ofrecer al sujeto agrario la calidad y calidez que se requiere para atender con prestancia y eficiencia.
Por lo que hace al efecto endógeno a la PA, la calidad del desempeño de su personal será tan eficiente y adecuadamente medida, apreciada, estimulada, reconocida y recompensada que erradicará cualquier vestigio de simulación o corrupción.
Se habrá generado una nueva PA capacitada, actualizada, íntegra con una plena incorporación de valores y principios de justicia, equidad, honestidad, eficacia y eficiencia. Con renovación de medios, procedimientos e instrumentos internos de seguimiento y evaluación.
Se habrán generado las bases del campo que queremos, en función del país que deseamos. Que permita el bienestar y los beneficios de los que el país deba de gozar.
Una nueva perspectiva se abrirá para el campo mexicano, como base de la soberanía, de la identidad nacional y de la justicia social para hacer de México un país más grande y más próspero.
Ciudad de México, a 12 de octubre de 2020.- El Procurador Agrario, Luis Rafael Hernández Palacios Mirón.- Rúbrica.
 
1     Disponible en la siguiente liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/2019
2     Disponible en la siguiente liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5595683&fecha=26/06/2020
3     Hernández Palacios, Luis y Concheiro Bórquez, Luciano (septiembre-diciembre 2016). Cien años de la Constitución mexicana de 1917. Argumentos, 82, 77
4     Disponible en la siguiente liga: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4643312&fecha=06/01/1992
5     Disponible en la siguiente liga: http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?codnota=4652944&fecha=26/02/1992&cod_diario=200303
6     Registro Agrario Nacional, Padrón e Historial de Núcleos Agrarios, www.phina.ran.gob.mx
7     Centro de Innovación e Información Agraria, Procuraduría Agraria, www.ciia.gob.mx
8     Acción 64. Protección a los Derechos Sustantivos de los Pueblos Indígenas, Diagnóstico elaborado con motivo del compromiso de acción de los primeros 100 días, solicitado mediante oficio circular a las Representaciones Estatales con número DGCASP/001/2019 de 14 de mayo de 2019, Procuraduría Agraria.
9     : Tipología de sujetos agrarios, Dirección General de Estudios y Publicaciones de la Procuraduría Agraria, 2011, consultable en: http://www.pa.gob.mx/pa/conoce/publicaciones/estadisticas2010/dts/tip/tipnac.pdf
10    Página oficial del Registro Agrario Nacional, última modificación 2019-31-12, http://www.ran.gob.mx/ran/index.php/sistemas-de-consulta/estadistica-agraria/informacion-de-interes-nacional
11    Información proporcionada por el Registro Agrario Nacional 2019.
12    Registro Agrario Nacional, Datos consolidados 2018.