Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
 
Marco Antonio Sánchez Isordia, en su carácter de tercero interesado.
Marco Antonio Sánchez Isordia, en su carácter de tercero interesado.
En virtud de la demanda de amparo directo presentada por Isaac Ruiz Reyes, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el catorce de junio de dos mil dieciocho, dentro del toca penal 355/2018, por la comisión del delito de homicidio calificado (premeditación y ventaja) y homicidio calificado (ventaja) en grado de tentativa, por auto de dieciocho de febrero de dos mil veinte, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 65/2020 y, de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, este Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que a la parte ofendida dentro de la causa penal Marco Antonio Sánchez Isordia, le asiste el carácter de tercero interesado en el presente juicio de constitucional; por lo cual este Tribunal ordenó notificarle, por medio de edictos, en términos del artículo 27, fracción III, de la ley de la materia.
El edicto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, Marco Antonio Sánchez Isordia, en su carácter de tercero interesado, se apersone al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se le tendrá por notificado y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos del artículo 29, de la actual Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
 
Mexicali, Baja California, a tres de septiembre de dos mil veinte.
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito.
Firma del Secretario de Acuerdos
Lic. Héctor Andrés Arreola Villanueva.
Rúbrica.
(R.- 498911)