Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/B/10/2020/R/15/150
Oficios: DGR-B-5878/20 y DGR-B-5879/20
 
Por acuerdo de fecha quince de octubre de dos mil veinte, se ordenó la notificación por edictos de los oficios que se citan en relación con las conductas presuntamente irregulares que se les atribuyen a:
NOÉ GONZÁLEZ MENESES, en su calidad de Jefe de Departamento de Licitación de Obras de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, consistente en que: "Omitió revisar y dar seguimiento a los procesos de contratación y adjudicación de los contratos de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado números C-FINSJP-15ENS-EP-110, D-FlNSJP-15-ENS-EP-117 y D-FlNSJP-15-ENS-EP-118, de conformidad con la normatividad aplicable, en virtud de que en el cálculo del factor de financiamiento presentado por las contratistas: "Ibarra Valenzuela y Asociados, S.A. de C. V.", "Urbanizaciones Goar, S.A. de C. V." y "Layes Ingeniería, S. de R.L. de C.V." se constató que en el Análisis, Cálculo e Integración del Costo de Financiamiento, dichas contratistas, consideraron únicamente los egresos y los afectó por la tasa de interés propuesta, dando como resultado un porcentaje del 0.10%, 0.02% y 0.16%, en lugar del -0.0251%, -0.2129% y -0.0639%, arrojando diferencias por los importes de $3,699.25 (TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 25/100 M.N.), $62,091.10 (SESENTA Y DOS MIL NOVENTA Y UN PESOS 10/100 M.N.) y $266,770.59 (DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA PSOS 59/100 M.N.), respectivamente, lo que provocó que se incrementaran los importes de los referidos contratos por la cantidad de $332,560.94 (TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS 94/100 M.N.), respectivamente, lo que provocó que se incrementaran los importes de los referidos contratos por la cantidad de $332,560.94 (TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS 94/100 M.N.)."; a URBANIZACIONES GOAR, S.A. DE C.V.: en su calidad de Contratista en el contrato de obra pública sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado número D-FINSJP-15-ENS-EP-117, consistente en que: "Consideró indebidamente en su propuesta de factor de Financiamiento relacionada con el Contrato de Obra Pública sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado número DFINSJP-15-ENS-EP-117, únicamente los egresos, y no los ingresos, en contravención de la normatividad aplicable, lo que ocasionó un incremento en el importe del referido contrato por un monto de $62,091.10 (SESENTA Y DOS MIL NOVENTA Y UN PESOS 10/100 M.N.)". En tal virtud conforme al artículo 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de Federación (DOF) el 29 de mayo de 2009; en relación con los Transitorios PRIMERO y CUARTO del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicado en el DOF el 18 de julio de 2016; 3, en la parte relativa a la Dirección General de Responsabilidades y 40, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero de 2017, modificado mediante Acuerdo publicado en el DOF el 13 de julio de 2018, se les cita para que comparezcan, el primero personalmente y la persona moral a través de su representante legal a las audiencias a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, en el procedimiento DGR/B/10/2020/R/15/150. Para NOÉ GONZÁLEZ MENESES a las 9:30 horas del día 12 de noviembre de 2020; para URBANIZACIONES GOAR, S.A. DE C.V., a las 11:30 horas del día 12 de noviembre de 2020, a efecto de que manifiesten lo que a sus intereses convenga, ofrezcan pruebas y formulen alegatos; apercibidos que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan y por precluidos sus derechos para manifestar lo que consideren pertinente, ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obren en los expedientes respectivos, debiendo presentar al momento de la comparecencia, identificación oficial vigente y con fotografía; asimismo, se les
previene a fin de que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, sede de la ASF, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados que se encuentran visibles en la entrada del edificio sede, con fundamento en lo establecido por los artículos 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la materia. Se pone a la vista para su consulta los expedientes mencionados, en días hábiles de 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30 horas. Ciudad de México, a 16 de octubre de 2020. Firma el Lic. Héctor Barrenechea Nava, Director General de Responsabilidades de la ASF.- Rúbrica.
 
(R.- 499732)