Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Octavo Tribunal Unitario del Segundo Circuito
con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México
EDICTO
 
Juicio de amparo: J.A.I. 66/2019
Quejosos: Rafael Toriz Lule, Óscar Avilés Perales, Óscar Eduardo Velarde Buendía, Daniel Hernández Vázquez y Juan Carlos Mosqueda Arguello.
Terceros interesados: J.L.S.M., A.R.C. y M.A.D.A.O.
Se hace de su conocimiento que Rafael Toriz Lule, Óscar Avilés Perales, Óscar Eduardo Velarde Buendía, Daniel Hernández Vázquez y Juan Carlos Mosqueda Arguello, promovieron juicio de amparo indirecto contra la resolución de veintidós de noviembre de dos mil diecinueve, dictada en los autos del toca penal 226/2017, del índice del TERCER TRIBUNAL UNITARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCÓYOTL, EN EL ESTADO DE MÉXICO; y en virtud de que no fue posible emplazar a los terceros interesados, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese a juicio a J.L.S.M., A.R.C. y M.A.D.A.O., a quienes se les tuvo por reconocido con el carácter de víctimas directas, por edictos; publicándose por TRES veces, de SIETE en SIETE días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndoles saber, que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación, a apersonarse; apercibidos que de no comparecer en este juicio, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal Unitario de Circuito. Doy Fe.
 
Atentamente
Secretario de Acuerdos del Octavo Tribunal Unitario del Segundo Circuito.
Lic. Iván Reséndiz Ferreira
Rúbrica.
(R.- 498679)