Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales
Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros
Unidad de Investigación y Litigación Agencia Décima Primera Investigadora
EDICTO
 
Ciudad de México, a 22 de septiembre de 2020,
Se notifica a los a los CC. GUSTAVO ALBERTO ALATRISTE MARTÍNEZ, JAVIER ARREOLA JAIMES, y/o quien tenga interés jurídico sobre el aseguramiento ministerial derivado de la Carpeta de Investigación FED/SEIDF/UEIDFF-JAL/0002085/2019 y de la autorización de la técnica 67/2020, por parte del C. JORGE ANTONIO SALCEDO GARDUÑO, JUEZ DE DISTRITO ESPECIALIZADO EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO DEL CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN EL COMPLEJO PENITENCIARIO PUENTE GRANDE, QUIEN ACTÚA CON CARÁCTER DE JUEZ DE CONTROL, de fecha diecinueve de junio de dos mil veinte, respecto de aseguramiento e inmovilización de cuentas bancarias y el numerario o recurso en ellas depositados, siguientes:
De la Institución BBVA Bancomer, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer, se realizó el aseguramiento, respecto de las siguientes cuentas bancarias:
 
INSTITUCIÓN
CUENTA
TITULAR
SALDO
M.N.
BBVA Bancomer, Sociedad
Anónima, Institución de
Banca Múltiple, Grupo
Financiero BBVA Bancomer
0469305483
GUSTAVO ALBERTO
ALATRISTE MARTÍNEZ
Con el recurso
existente en ella
0466320880
JAVIER ARREOLA
JAIMES.
Con el recurso
existente en ella
 
Resumen. La citada indagatoria inicio con motivo de la recepción de una denuncia en la cual hacen del conocimiento hechos posiblemente constitutivos de delito en contra de las personas GUSTAVO ALBERTO ALATRISTE MARTÍNEZ, JAVIER ARREOLA JAIMES. en la que se advierten hechos relacionados con la probable comisión del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
De no manifestarse persona alguna, en un término de noventa (90) días naturales, siguientes al de la notificación, los bienes causaran abandono a favor del Gobierno Federal, en términos de lo establecido en los artículos 229, 230, 231, y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales.
 
Atentamente.
El Agente del Ministerio Público de la Federación en funciones de Fiscal en Jefe de la UIL "3", quien firma en
suplencia por ausencia de la Agente del Ministerio Público Federal en funciones de Fiscal Adjunto de la
Agencia Décima Primera Investigadora de la UEIDFF, en la Ciudad de México.
Lic. Daniel García Téllez
Rúbrica.
Fiscal de Delitos Financieros de UEIDFF.
Vo.Bo. Lcda. Diana Torres Fuentes.
Rúbrica.
(R.- 499246)