Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas
de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores (Fideicomiso PAGO)
PROCEDIMIENTO DE PAGO A AHORRADORES DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA
 
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11° de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, así como a los Decretos del 30 de diciembre de 2002, 28 de enero y 29 de junio de 2004, 27 de mayo de 2005, 31 de agosto de 2007, 13 de agosto de 2009 y 28 de abril de 2014, publicados en el Diario Oficial de la Federación en el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de esa Ley, en adelante "Ley", el Comité Técnico del Fideicomiso citado, en su Sexagésima Primera Sesión Ordinaria, aprobó la celebración de un Convenio de Coordinación que da origen al Procedimiento de Pago que se deberá aplicar en beneficio de las personas plenamente identificadas como Ahorradores de las sociedades denominadas: Caja del Sur, S.C. de R.L.; Caja Solidaria de los Artesanos Tradicionales de los Valles de Oaxaca, S.C.; Cooperativa del Sureste, S.C. de R.L.; Caja Popular del Sureste, S.C. de R.L. de C.V.; Kaxa Taon, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., Fincapo, S.C. de R.L.; Atlántico del Sureste, S.C. de R.L.; Corporativo 3 Mixtecas, S.C. de R.L. de C.V.; Corporativo Azteca de Huajuapan, S.C. de R.L.; Peseta Universal, S.C. de R.L. de C.V.; Inversionistas Oaxaqueños, S.C. de R.L.; Desarrollo Empresarial y Familiar Sin Límites, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.; Cooperativa Enlace Popular, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.; Apoyo Jalapa del Istmo, S.C. de R.L.; Caja de Ahorro y Servicios BAMPECO, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.; Coalición Económica, S.C de R.L. de C.V.; Cooperativa Unión Huaxyacac, S.C. de R.L. y Progreso del Istmo, S.C. de R.L. (en adelante las "Sociedades"), que operaron en el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, conforme a lo siguiente:
OBJETIVO:
Dentro del marco de simplificación administrativa y de transparencia de la gestión pública, se ha considerado que el Procedimiento de Pago a los Ahorradores sea sencillo, ágil y apegado a los términos establecidos por la Ley, y que de forma especial, su contenido cumpla con los objetivos de veracidad y oportunidad en cuanto a los trámites a realizar por los Ahorradores.
En ese contexto, se han convenido los mecanismos de coordinación de acciones entre el Gobierno del Estado de Oaxaca y el Fideicomiso Pago, con el propósito de prestar un servicio profesional a los Ahorradores de las Sociedades y garantizar una cobertura estatal eficiente a través del establecimiento y operación de los Centros de Atención a Ahorradores (CEATS) en el Estado de Oaxaca.
MECÁNICA DE PAGO:
PRIMERO.- Invariablemente, se deberán cumplir las Bases Generales contenidas en los Artículos 8º y 11° de la Ley. Al respecto, el período de registro que forma parte de este Procedimiento de Pago, se aplicará durante 60 (sesenta) días naturales a partir de la fecha de publicación de este Procedimiento en el Diario Oficial de la Federación y en dos Diarios de mayor circulación local en la Entidad Federativa.
SEGUNDO.- Se pagará sólo a aquellos Ahorradores que se encuentren identificados y reconocidos dentro de las Bases de Datos obtenidas de los Trabajos de Auditoría Contable, dictaminadas y certificadas por la Entidad Federativa en los términos del Artículo 11° de la Ley, cuyo Saldo Neto de Ahorro sea igual o menor a $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 m.n.), conforme a los acuerdos adoptados en las asambleas respectivas de disolución o liquidación de las Sociedades. Los Ahorradores no considerados inicialmente en las Bases de Datos, y que se registren en tiempo y forma durante los 60 (sesenta) días naturales de registro y cumplan con los requisitos de Ley, serán considerados en el proceso de pago.
TERCERO.- Se considera como Saldo Neto de Ahorro para el pago, la cantidad resultante del monto que conste en los Títulos de Crédito o documentos comprobatorios de los depósitos realizados por el Ahorrador, menos los créditos que se le hayan otorgado y este no haya cubierto. Para determinar este saldo, EN NINGUN CASO SE COMPUTARÁN INTERESES NI A FAVOR NI EN CONTRA.
CUARTO.- De acuerdo con la Ley, y en colaboración con los Ahorradores afectados por las sociedades multicitadas, acordaron en primer lugar se apoyara solo a los Ahorradores cuyo Saldo Neto de Ahorro sea de hasta $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), y que se encuentren registrados en la Base de Datos realizada por el Auditor Externo, lo anterior quedó establecido en Actas de Asamblea, así como sus respectivas publicaciones en Diario locales de mayor circulación, por lo que se pagará únicamente el 70% del Saldo Neto de Ahorro.
QUINTO.- En caso de que el Saldo Neto de Ahorro supere la cantidad de $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), el Ahorrador o la Persona Autorizada puede solicitar el apoyo del Fideicomiso PAGO, recibiendo el 70% de la cantidad antes mencionada, que equivale a $28,000.00 (veintiocho mil pesos 00/100 M.N.), siempre y cuando acepte ceder para su afectación al Fideicomiso PAGO el 100% de sus derechos de
crédito y sus derechos litigiosos en su caso, aunque sean superiores al Saldo Neto de Ahorro considerado para el pago
PERSONA AUTORIZADA EN SINGULAR O PLURAL: Representante Legal, Beneficiario, Heredero, Albacea de la Sucesión o cualquier otra persona autorizada, según sea el caso y que esté facultado para gestionar en los Centros de Atención a Ahorradores la recuperación de los recursos del Ahorrador en términos de la Ley.
SEXTO.- En caso de que el Ahorrador hubiese otorgado garantías a las Sociedades, deberá acudir ante el responsable de la disolución o liquidación según corresponda, para efectuar el pago de su adeudo, obtener la liberación de sus garantías y el Certificado de no Adeudo. Este Certificado será reconocido por el Fideicomiso Pago para disminuir el saldo de préstamos a cargo en la misma proporción del pago realizado que ampare el Certificado.
SÉPTIMO.- Dentro de los 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha de publicación del presente Procedimiento de Pago en el Diario Oficial de la Federación y en dos Diarios de mayor circulación local en la Entidad Federativa, los Ahorradores deberán acudir al Centro de Atención que les corresponda, dentro del horario que se indica a continuación para iniciar el trámite de pago.
Los horarios de servicio en los Centros de Atención para recepción de documentación y orientación de los Ahorradores afectados por las Sociedades, es de lunes a viernes de las 09:00 a 16:00 horas, y los sábados, domingos y días festivos de las 10:00 a las 14:00 horas, en los siguientes domicilios:
 
Responsable Estatal Titular: Lic. Consuelo Julieta Ramírez Martínez
 
CENTROS DE
ATENCIÓN
DOMICILIO
RESPONSABLE
 
Concentrador
 
Ciudad Administrativa "Benemérito de las
Américas" Edificio 5, "Porfirio Díaz", 2º. Nivel.
Carretera Oaxaca-Istmo Km. 11.5, Tlalixtac de
Cabrera, Oaxaca. C.P. 68270, (951) 501 5000,
ext. 12538, 12876 y 12893.
Lic. Rosa María Ruíz Peralta
Especial
 
Ciudad Administrativa "Benemérito de las
Américas" Edificio 5, "Porfirio Díaz", 2º. Nivel.
Carretera Oaxaca-Istmo Km. 11.5, Tlalixtac de
Cabrera, Oaxaca. 68270, Tel.: (951) 501 5000,
ext. 12538,12876 y 12893.
Lic. Consuelo Julieta Ramírez
Martínez
Atención o Registro
1
Calzada San Felipe del Agua Núm. 619, San
Felipe del Agua, Oaxaca de Juárez, Oaxaca,
Tel: 9516881893
Lic. Flor Adriana Zurita López
Atención o Registro
2
Av. Juárez S/N, Col. Centro
Huautla de Jiménez, Oaxaca C.P. 68500 (sala
de cabildo Presidencia Municipal), 236-37 80168
Lic. Zuriel García Valencia
Atención o Registro
3
Av. Manuel Ávila Camacho, Esquina con
Pacifico #611, Barrio Cantarranas, Salina Cruz,
Oaxaca, C.P.70680 (Delegación de Atención
Regional del Istmo), Tel. 9716882629.
Lic. Nelly Avendaño Rojas
Atención o Registro
4
20 de noviembre No. 1503, Local 1, Colonia La
Piragua, San Juan Bautista Tuxtepec, C.P.
68310, Tel. 2875981733
Lic. Ana Luisa Santos
Estrada
Atención o Registro
5
Libramiento Norte Sin Número, Agencia Agua
Dulce, Huajuapan de León Oaxaca. C.P. 69000,
Tel. 9536883264 ext. 1140
C. Isaí Osorio Esquivel
Atención o Registro
6
Av. Progreso Esquina 3ª Poniente, Colonia
Centro, Santiago Pinotepa Nacional Oaxaca.
(Delegación de Atención Regional de la Costa).
Tel. 9546880995.
Lic. Leslye Paola Vélez
Santiago
 
Con la finalidad de evitar aglomeraciones y estar en condiciones de proporcionar un servicio de calidad a los Ahorradores, los primeros días de operación de los Centros de Atención serán para la recepción de los documentos necesarios para el trámite del pago, el cual se llevará a cabo de acuerdo con el calendario siguiente, según sea la letra inicial del primer apellido de cada Ahorrador. Una vez agotadas las fechas señaladas en dicho calendario, se atenderá sin distingo alguno.
 
Fecha
Letra inicial de apellido paterno
12, 13 y 14 de octubre de 2020
A
15 y 16 de octubre de 2020
B
17, 18, 19, 20 y 21 de octubre de 2020
C
22 y 23 de octubre de 2020
D
24 de octubre de 2020
E
25 de octubre de 2020
F
26, 27, 28, 29, 30 y 31 de octubre de 2020
G
01, 02 y 03 de noviembre de 2020
H
04 de noviembre de 2020
I
05 y 06 de noviembre de 2020
J-K
07, 08 y 09 de noviembre de 2020
L
10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de noviembre de
2020
M
17 de noviembre de 2020
N-Ñ
18 de noviembre de 2020
O
19, 20 y 21 de noviembre de 2020
P
22 de noviembre de 2020
Q
23, 24, 25 y 26 de noviembre de 2020
R
27, 28, 29 y 30 de noviembre de 2020
S
01 de diciembre de 2020
T-U
02, 03 y 04 de diciembre de 2020
V
05 de diciembre de 2020
W-X-Y-Z
06, 07, 08, 09 y 10 de diciembre de 2020
Todas las anteriores
 
La recepción de Ahorradores se realizará en los Centros de Atención, dentro de los 60 (sesenta) días naturales contados a partir del día de la publicación del presente Procedimiento de Pago en el Diario Oficial de la Federación y en dos diarios de mayor circulación local en la Entidad Federativa.
El 10 de diciembre de 2020 a las 23:59 horas, finaliza el período improrrogable para registrar y recibir la documentación de los Ahorradores, que acudan a tramitar el pago de su Saldo Neto de Ahorro.
OCTAVO.- Para ser identificado como Ahorrador de las Sociedades, los interesados deberán acompañar a su solicitud de pago los siguientes requisitos generales, entregando dos fotocopias y presentando el original para su cotejo de uno de los siguientes documentos:
PARA SU IDENTIFICACIÓN:
·     Identificación oficial vigente con fotografía y firma del Ahorrador. (Pasaporte, Credencial del Instituto Nacional Electoral o del Instituto Federal Electoral), Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores INAPAM (antes INSEN) o Constancia Municipal de Identidad).
PARA COMPROBACIÓN DE EDAD:
·     Copia certificada de su Acta de Nacimiento, Pasaporte, Credencial del Instituto Nacional Electoral o del Instituto Federal Electoral, Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores INAPAM (antes INSEN), Clave Única de Registro de Población (CURP) o Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional.
PARA COMPROBACIÓN DE DOMICILIO:
·     Comprobante de domicilio con una antigüedad menor a 3 (tres) meses contados a partir de la fecha de la presente publicación, pudiendo ser recibo de agua, luz, teléfono, estado de cuenta bancario, comprobante de servicio de televisión por cable o constancia de residencia expedida por el Secretario de Ayuntamiento correspondiente.
En el supuesto de que el Ahorrador sea de procedencia extranjera y que no cuente con documentación oficial expedida por autoridades nacionales, deberá presentar para efectos de identificación lo siguiente:
·     Pasaporte vigente y documentación migratoria que acredite su legal estancia en territorio nacional, como son la FMT para turistas, las libretas denominadas FM o carta de naturalización, documentos que deberán estar vigentes al momento de su presentación.
·     Identificación oficial con fotografía y firma del Ahorrador.
·     Documento o credencial que lo acredite como socio o asociado.
En caso de que la Sociedad sea declarada en Quiebra o en Concurso Mercantil de acuerdo al artículo
OCTAVO Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002, los Ahorradores tanto nacionales como extranjeros, además, deberán presentar el original de la denuncia penal ante las autoridades correspondientes de la Entidad Federativa, así como los Título(s) de Crédito y/o documentos comprobatorios original(es) que acrediten el monto ahorrado y/o invertido y en su caso, Certificado de No Adeudo expedido por el responsable de la disolución o liquidación de la sociedad.
Si el Ahorrador, ya sea nacional o extranjero, es contribuyente del Impuesto Sobre la Renta, deberá presentar su declaración anual correspondiente a cada uno de los años en que fue Ahorrador de la Sociedad hasta un máximo de cinco 5 (cinco) años.
De no ser contribuyente del Impuesto Sobre la Renta o de no estar obligado a presentar declaración, el Ahorrador ya sea nacional o extranjero, deberá manifestarlo así por escrito en el formato que se le proporcionará en el Centro de Atención y bajo protesta de decir verdad, con apercibimiento de las penas en que incurren quienes declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial.
Tratándose de personas morales, deberá exhibirse copia certificada del Acta Constitutiva de la Sociedad, de sus estatutos con sus últimas modificaciones, Poder para Actos de Dominio del Representante Legal otorgado ante Fedatario Público en el que se le faculte, e identificación oficial vigente con fotografía y firma.
NOVENO.- El Ahorrador deberá realizar sus trámites personalmente. Sin embargo, en caso necesario, podrá realizarlos por conducto de un Representante Legal, sólo por causa grave y justificada que se acredite, o bien tratándose de un Ahorrador con alguna incapacidad.
Para este efecto, además de lo señalado en el punto OCTAVO, bastará que su Representante Legal presente:
·     Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
·     Copia certificada del Acta de Nacimiento de su representado si es menor de edad, y/u original o copia certificada del documento judicial que acredite el estado de interdicción y la tutela.
·     Poder original, expedido por Fedatario Público para Actos de Dominio del Representante Legal al que se le faculte (en caso de que el Poder sea expedido en el extranjero, deberá contener el sello de apostillado y traducción al español, o en su defecto, ser expedido por el Cónsul mexicano). El original del poder se entregará por el Ahorrador o Persona Autorizada al momento del pago.
EN NINGÚN CASO UN REPRESENTANTE LEGAL PODRÁ A SU VEZ REPRESENTAR A MÁS DE TRES AHORRADORES.
DÉCIMO. - En el caso de que el Ahorrador haya fallecido y el trámite lo realice el Albacea de la sucesión reconocido por sentencia judicial, además de los requisitos indicados en el punto Octavo, deberán presentar la siguiente documentación:
·     Copia certificada del Acta de Defunción del Ahorrador.
·     Copia certificada del documento judicial que acredite su cargo de Albacea.
·     Copia certificada del Acta de Nacimiento del Albacea.
·     Identificación oficial vigente con fotografía y firma del Albacea.
DÉCIMO PRIMERO.- En el caso de que el Ahorrador haya fallecido y el trámite lo realice el(los) Heredero(s) reconocido(s) por sentencia judicial, además de los requisitos indicados en el punto OCTAVO, deberán presentar la siguiente documentación:
·     Copia certificada del Acta de Defunción del Ahorrador.
·     Copia certificada del Acta de Nacimiento de su representado si es menor de edad, o del documento judicial que acredite el estado de interdicción y la tutela.
·     Identificación oficial vigente con fotografía y firma del (los) Heredero(s).
·     Copia certificada de la escritura del testamento o en caso de resolución judicial, copia certificada de la sentencia en que conste su protocolización, la participación y adjudicación de los bienes heredados.
DÉCIMO SEGUNDO.- Cuando hubiese fallecido el Ahorrador y al realizar su depósito hubiera designado Beneficiario(s), éste(os) puede(n) acudir a solicitar el pago, anexando a la solicitud 2 (dos) fotocopias y presentando el original para su cotejo de los siguientes documentos, además de los requisitos indicados en el punto OCTAVO:
·     Copia certificada del Acta de Defunción del Ahorrador.
·     Copia certificada del Acta de Nacimiento del (los) beneficiario(s).
·     Contrato original celebrado con la Sociedad de que se trate, en que se designa(n) al(los)
Beneficiario(s).
Además, deberá identificarse con uno de los siguientes documentos:
·     Identificación oficial vigente con fotografía y firma, (Pasaporte, Credencial del Instituto Nacional Electoral, Credencial del Instituto Federal Electoral o Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores INAPAM (antes INSEN) o Cédula Profesional del(los) beneficiario(s).
DÉCIMO TERCERO.- Una vez que el Ahorrador o la Persona Autorizada se presente en el Centro de Atención con su documentación correspondiente, el encargado del mismo, cotejará que se encuentre en las Bases de Datos auditadas, dictaminadas y certificadas por la Entidad Federativa, se realiza la revisión de los documentos y de no existir inconveniente se procede al trámite respectivo.
DÉCIMO CUARTO.- El Ahorrador, o la Persona Autorizada, entregan la documentación en original y 2 (dos) fotocopias para su cotejo al encargado del Centro de Atención.
DÉCIMO QUINTO.- El encargado del Centro de Atención al recibir la solicitud y documentación en original y 2 (dos) copias, verificará que el Ahorrador aparezca registrado en las Bases de Datos auditadas, dictaminadas y certificadas por la Entidad Federativa y cotejará que el Saldo Neto de Ahorro sea igual o menor a $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), conforme a lo estipulado en el punto SEGUNDO y en su caso, lo señalado en el punto QUINTO.
DÉCIMO SEXTO.- El Ahorrador deberá manifestar por escrito, en los términos de la Base QUINTA del Artículo 11º de la Ley:
·     Que cede sus derechos de crédito.
·     Que renuncia al pago de intereses a su favor. Que no se reserva acción ni derecho alguno que pueda existir a su favor en contra de la sociedad de la que es acreedor según corresponda, de la Fiduciaria, de los miembros del Comité Técnico del Fideicomiso Pago, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de sus órganos desconcentrados, de aquellos que formen parte de la administración pública paraestatal, de sus funcionarios o de quienes realizan los Trabajos de Consolidación, por los actos que deriven de la Ley, del Gobierno de la Entidad Federativa, así como del personal contratado por éste para la ejecución del presente Procedimiento de Pago.
DÉCIMO SÉPTIMO.- Cumplidos los requisitos, el Ahorrador o la Persona Autorizada, recibe la "Solicitud del Ahorrador" consignando la suma total de los montos de los títulos de crédito o documentos comprobatorios de depósito que exhibe el Ahorrador o Persona Autorizada en original, para que acuda posteriormente en la fecha que se le indique, a canjear la misma por cheque nominativo no negociable. La "Solicitud de Pago" del Ahorrador tendrá una vigencia para ejercer los derechos de cobro de 180 (ciento ochenta) días naturales, contados a partir de la fecha en que se publique en el D.O.F. este Procedimiento de Pago.
El cheque nominativo no negociable sólo se proporcionará contra entrega de:
a)    Finiquito de pago elaborado al efecto, para su firma de conformidad y que contiene la Cesión de Derechos y la renuncia al pago de intereses, así como a las acciones procedimentales, referidas en el punto DÉCIMO SEXTO.
b)    Endosos de los Títulos de Crédito o Cesión de Derechos de los documentos comprobatorios de depósito a favor de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de Fiduciaria del Fideicomiso PAGO.
c)    Suscripción del Contrato de Cesión de Derechos con la(s) Sociedad(es) que corresponda(n).
DÉCIMO OCTAVO.- NO SE REALIZARÁ NINGÚN PAGO:
·     Si el Ahorrador no está reconocido en las Bases de Datos auditadas, dictaminadas por el Auditor Externo y certificadas por la Entidad Federativa.
·     Si el Ahorrador no otorga las renuncias, endosos, Cesión de Derechos de Crédito a favor de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de Fiduciaria del Fideicomiso PAGO y en su caso, documentos comprobatorios de depósito certificados por el Auditor Externo.
·     Si el Ahorrador no presenta el finiquito de pago debidamente suscrito en (3) tres ejemplares originales.
·     Si el Ahorrador no entrega el contrato de Cesión de Derechos suscrito en (3) tres ejemplares originales.
·     En general, no se realizará ningún pago si el Ahorrador no entrega los ORIGINALES y copias de los documentos que le sean solicitados para la entrega de su cheque nominativo no negociable.
DÉCIMO NOVENO.- Los Centros de Atención que establezca la Entidad Federativa tienen la obligación de asesorar y orientar en todo momento a los Ahorradores, con la finalidad de facilitarles y guiarles en la realización de sus trámites respecto al presente Procedimiento de Pago. Asimismo, existirá un Centro de Atención Especial para atender Casos Atípicos o de complejidad especial.
Derivado de la contingencia sanitaria generada por COVID-19 y con el objeto de garantizar la salud de los
ahorradores, deberán registrar su cita para su atención en el sitio web https://www.oaxaca.gob.mx/sebien/citas/ dicho portal estará disponible las 24 horas, o bien a los teléfonos 9512110673 o (951) 501 5000, ext. 12538-12876 en un horario de 9:00 horas a 16:00 horas de lunes a viernes.
Para la atención y siguiendo las medidas necesarias de distanciamiento social les pedimos de la manera más atenta atiendan las siguientes recomendaciones:
·     Usar cubrebocas, al ingreso y en toda su permanencia en los centros de atención.
·     Mantener la sana distancia y orden que se establezca en los centros de atención.
·     En la medida de lo posible, llevar un bolígrafo de tinta azul.
·     Asistir únicamente en las fechas y horarios indicado en el registro de citas.
Los trámites que realice el Ahorrador o Persona Autorizada ante la Entidad Federativa o el Fideicomiso PAGO, son totalmente gratuitos. Este programa público de pago a Ahorradores está conformado con recursos Federales y Estatales y es ajeno a cualquier partido político y queda prohibido su uso con fines partidarios o de promoción personal.
 
Ciudad de México, a 12 de octubre de 2020.
 
Responsable Estatal Titular
del Gobierno de Oaxaca
Lic. Consuelo Julieta Ramírez Martínez
Rúbrica.
Fideicomiso PAGO
Apoderado Legal
L.C. José Ricardo Álvarez Juárez
Rúbrica.
Las firmas que anteceden corresponden al Procedimiento de Pago derivado del Convenio de Coordinación celebrado con fecha 23 de diciembre del 2019, entre el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de Fiduciaria del Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores.
(R.- 499082)