Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
México
Juzgado Sexagésimo Noveno de lo Civil
Secretaría "B"
Exp. 514/2018
Oficio Núm. 726
El Poder Judicial de la CDMX Órgano Democrático de Gobierno
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
p r e s e n t e
Por medio del presente, y en cumplimiento a lo ordenado en el Cuarto Resolutivo de la Sentencia Definitiva de fecha doce de febrero del presente año, en los autos relativos al juicio ESPECIAL MERCANTIL promovido por: APV BENELUX B.V. en contra de SPX FLOW TECHNOLOGY MEXICO expediente 514/2018, la C. Juez dictó Sentencia Definitiva, cuyos puntos resolutivos son los siguientes:
"...Ciudad de México a doce de febrero del año dos mil diecinueve.
V I S T O S para resolver en Sentencia Definitiva los autos del juicio ESPECIAL MERCANTIL DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL MERCANTIL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULOS DEFINITIVOS DE ACCIONES DEL CAPITAL SOCIAL; promovido por APV BENELUX, B.V., en contra de SPX FLOW TECHNOLOGY MÉXICO S.A. DE C.V., en el Expediente número 514/2018, y;
R E S U E L V E
PRIMERO.- Ha sido procedente la Vía ESPECIAL MERCANTIL DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL MERCANTIL DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULOS DEFINITIVOS DE ACCIONES DEL CAPITAL SOCIAL, en la que el actor APV BENELUX, B.V., acreditó su acción; y la parte demandada SPX FLOW TECHNOLOGY MEXICO S.A. DE C.V., no se opuso al reclamo de la parte actora.
SEGUNDO.- Se declara la cancelación de las siguientes acciones:
1.- Título definitivo de acciones número 1, Serie "B" que ampara ochenta y un millones setenta y siete mil ochocientos veintidós (81,077.822), acciones íntegramente suscrita y pagada de la Serie "B", del capital social de APV SOLUCIONES INTEGRALES, S.A. DE C.V., actualmente SPX FLOW TECHNOLOGY MÉXICO S.A. DE C.V., a favor de APV BENELUX, B.V.
2.- Título definitivo de acciones número 3, Serie "B" que ampara una (1) acción íntegramente suscrita y pagadas de la Serie "B", del capital social de APV SOLUCIONES INTEGRALES, S.A. DE C.V., actualmente SPX FLOW TECHNOLOGY MÉXICO S.A. DE C.V., a favor de KEVIN L. LILLY, Ahora APV BENELUX, B.V., en virtud del contrato de compraventa de acciones representativa del Capital Social de APV SOLUCIONES INTEGRALES, S.A DE C.V.
3.- Título definitivo de acciones número 5, Serie "B" que ampara ciento cuarenta y cuatro (144) acciones íntegramente, suscrita y pagadas de la Serie "B", del capital social de APV SOLUCIONES INTEGRALES, S.A. DE C.V., actualmente SPX Flow Technology México S.A. DE C.V., a favor de SPX International Management, LLC., a ahora APV BENELUX, B.V.
4.- Título definitivo de acciones número 1, Serie "B" que ampara cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve (49,999) acciones íntegramente, suscrita y pagadas de la Serie "A", del capital social de APV SOLUCIONES INTEGRALES, S.A. DE C.V., actualmente SPX Flow Technology México S.A. de C.V., a favor de APV BENELUX, B.V.
5.-Título definitivo de acciones número 6, Serie "B" que ampara sesenta y seis mil cientos cuarenta y nueve (66,149) acciones íntegramente, suscrita y pagada de la Serie "B" del capital social de APV SOLUCIONES INTEGRALES, S.A. DE C.V., actualmente SPX Flow Technology México S.A. DE C.V., a favor de SPX Flow Technology USA, Inc., a favor de APV BENELUX, B.V.
6.- Título definitivo de accionesnúmero 2, Serie "A" que ampara una (1) íntegramente, suscrita y pagadas de la Serie "A" del capital social de APV SOLUCIONES INTEGRALES, S.A. DE C.V., actualmente SPX Flow Technology México S.A. de C.V., a favor de SPX Luxembourg Holding Company SARL. Ahora APV BENELUX, B.V.
TERCERO.- Se condena a la demandada SPX FLOW TECHNOLOGY MÉXICO S.A. DE C.V, a la reposición de los Títulos que del uno al seis quedaron enumerados y precisados con anterioridad a la actora APV BENELUX, B.V. en un término de CINCO DÍAS, una vez que la presente resolución cause ejecutoria o se legalmente ejecutable, con el apercibimiento, que de no hacerlo, será acreedora al pago de daños y perjuicios que por este concepto se causen a la parte actora, a cuantificarse mediante el incidente respectivo en ejecución de sentencia, y a juicio de peritos.
CUARTO.- Publíquese un extracto de la presente sentencia, en la que se declara la cancelación, por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, debiendo notificar dicho decreto al emisor SPX FLOW TECHNOLOGY MÉXICO, S.A. DE C.V.
QUINTO.- Sin lugar a hacer especial condena al pago de las costas, en el presente asunto.
SEXTA.- NOTIFÍQUESE, y expídase una copia para quedar en el legajo correspondiente.
A S I, DEFINITIVAMENTE juzgando lo resolvió y firma la C. JUEZ SEXAGÉSIMO NOVENO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DOCTORA RAQUEL MARGARITA GARCÍA INCLÁN, por ante su C. Secretaria de Acuerdos Maestra Sandra Díaz Zacarías con quien actúa, firma y da fe. DOY FE.
Ciudad de México, a 1º de marzo del 2019
La C. Conciliadora adscrita al Juzgado Sexagésimo Noveno de lo Civil en la Ciudad de México, en
cumplimiento a los acuerdos 36-48/2012 y 50-09/2013 emitidos por el Consejo
de la Judicatura de la Ciudad de México.
Lic. Guadalupe Bolaños Sanchez
Rúbrica.
(R.- 498221)