ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 y con los artículos 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, 4, 5, fracciones I y XIX y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que conforme a lo que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 40, fracción VI, corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo;
Que en términos de la Ley Federal del Trabajo corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social promover la articulación entre los actores del mercado de trabajo para mejorar las oportunidades de empleo;
Que el 12 de julio de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024; por el que, el Gobierno Federal tiene como uno de los principales objetivos, priorizar las necesidades de los sectores más marginados, indefensos y depauperados, e impulsar acciones en las zonas más pobres del país, con el ánimo transformado para una mejora radical en sus niveles de bienestar;
Que con base en lo anterior, desde el inicio de la cuarta transformación, se colocó como uno de los pilares de la política social y como uno de los programas prioritarios a Jóvenes Construyendo el Futuro y Sembrando Vida;
Que el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro busca que los jóvenes aprendan trabajando para desarrollar hábitos de trabajo y habilidades técnicas;
Que el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro se centra en un modelo de corresponsabilidad social entre los sectores público, privado y social destinado a ofrecer a los jóvenes un espacio, apoyos y actividades estructuradas para desarrollar o fortalecer hábitos de trabajo y habilidades técnicas que promuevan la inclusión social e incrementen sus posibilidades de empleabilidad a futuro;
Que el 10 de febrero de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro.
Que a fin de llevar a cabo eficientemente la operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro en el ejercicio fiscal 2020 se tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA JÓVENES
CONSTRUYENDO EL FUTURO
ÚNICO. Se modifican las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2020 para quedar como sigue:
...
"SEGUNDA. Para los efectos de las presentes Reglas de Operación se entenderá por:
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IV. Aprendiz egresado. Joven que concluyó su participación en el Programa.
...
SE ADICIONA
XIV. Centros Integradores de Desarrollo. En singular o plural, se refiere a los espacios físicos establecidos en las microrregiones designadas para la vinculación entre el Gobierno Federal y la población en general, así como para coadyuvar en el fortalecimiento del bienestar, el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación, supervisión y seguimiento de las políticas de desarrollo integral y servicios;
XV. CONEVAL...
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DÉCIMO NOVENO. Medios de atención a participantes del Programa.
Estaran disponibles los siguientes medios de contacto para recepcion y atencion de peticiones o dudas de participantes del Programa: telefono (800) 8412020, https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/oficinas/ y en las oficinas autorizadas por la STPS, que se incluyen en los anexos del presente documento y otras que estaran publicadas en la pagina jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx y cuya actualizacion se realizara por el mismo medio.
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VIGÉSIMO SEGUNDO. Instancias normativa, ejecutora, casos no previstos y de excepción a las Reglas de Operación del Programa.
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IV. En el caso de aquellos jovenes registrados, que decidan postularse para capacitarse como parte del Programa Sembrando Vida o de los Centros Integradores de Desarrollo de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, tendran acceso a la beca y la cobertura del seguro medico del IMSS del Programa Jovenes Construyendo el Futuro por un periodo maximo de (24) veinticuatro meses.
V. La STPS como instancia normativa podrá determinar la posibilidad de un segundo cambio de Centro de Trabajo en favor de las y los aprendices."
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TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, al segundo día del mes de septiembre de 2020.- La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.