Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
2020 Año de Leona Vicario Benemérita Madre de la Patria
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN.
El cuatro de Agosto de dos mil veinte, en el expediente administrativo número DELC/PAS-INF/003/2020, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada SEGURIDAD INTEGRAL PRIVADA PRIDE, S.A.DE C.V., la siguientesanción:
Se impone a la persona moral denominada SEGURIDAD INTEGRAL PRIVADA PRIDE S.A.DE C.V., como resultado del incumplimiento al artículo 13 en relación con el artículo 12, fracciones X y XI, de la Ley Federal de Seguridad Privada la sanción señalada en el artículo 60, fracción I, del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada, consistente en:
· Amonestación con difusión pública en la página de internet de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, por el incumplimiento al artículo 13, en relación con el artículo 12, fracciones X y XI, de la Ley Federal de Seguridad Privada.
Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Atentamente.
Ciudad de México, a 04 de agosto de 2020
Lic. Gonzalo Martínez de Teresa.
Rúbrica.
(R.- 497810)