CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chihuahua, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, en dicha entidad.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN EL C. ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR LA C. BALBINA HERNÁNDEZ ALARCÓN, DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE LA UNIDAD DE GÉNERO EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DE LA PERSONA TITULAR DE LA COMISIÓN; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, C. JAVIER CORRAL JURADO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C. LUIS FERNANDO MESTA SOULÉ; EL SECRETARIO DE HACIENDA, C. ARTURO FUENTES VÉLEZ; EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO, C. CÉSAR AUGUSTO PENICHE ESPEJEL Y GUSTAVO ELIZONDO AGUILAR, SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051ª. y 1052ª, recomendó al Estado mexicano, en el documento de las observaciones finales, que se debería: i) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer; ii) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los Centros de Justicia para las Mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia; iii) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos, entre otras.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Chihuahua.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de diciembre de 2019 establece en su artículo 23 las acciones que se deberán observar en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y en el Anexo 33. Ampliaciones al Ramo 4 Gobernación, en los cuales se señalan los montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) Identificar con precisión la población objetivo; ii) Incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) Prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio número SGG 030/2020 del día 23 de enero de 2020, suscrito por el C. Luis Fernando Mesta Soulé, en su carácter de Secretario General de Gobierno del Estado de Chihuahua, se solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los "Criterios de Operación para Acceder a los Subsidios Destinados a la Creación o el Fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres para el Ejercicio Fiscal 2020" ("Criterios"), publicados el 23 de diciembre de 2019, por la CONAVIM, el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $18'000,000.00 (Dieciocho millones de pesos 00/100 M.N.) exclusivamente para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres. Dicha situación se notificó al Gobierno del Estado de Chihuahua mediante oficio número CNPEVM/235-1/2020, de fecha 25 de marzo de 2020.
El Centro de Justicia para las Mujeres estará ubicado en las calles Séptima y Guatemala, Colonia Agrícola San Antonio, Manzana 43 S/N, Código Postal 31510, Municipio de Cuauhtémoc, del Estado de Chihuahua.
La dependencia responsable del proyecto se compromete a concluir la primera etapa del Centro de Justicia para las Mujeres, que se construye en el 2020. En caso de que la totalidad del proyecto (obra pública) se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento, así como apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que deriven del mismo.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción II, y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 ("Decreto"), y puede celebrar convenios de conformidad con la fracción XIII del artículo Cuarto del decreto antes referido.
I.5. La persona titular de la CONAVIM, cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente convenio, con fundamento en el artículo Cuarto Fracción XIII del Decreto de Creación de la CONAVIM y en el artículo 115, fracción V del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, y con la constancia de suficiencia presupuestaria número 314623.
I.7. Señala como su domicilio el ubicado en la calle Bucareli número 99, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" " declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 2, 30 y 31 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chihuahua, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, C. Javier Corral Jurado, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 93, fracción XLI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua y 1, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.
II.3. Asiste a la suscripción del presente convenio el Titular de la Secretaría General de Gobierno, C. Luis Fernando Mesta Soulé, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de los artículos 94 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 24 fracción I, 25 fracciones I y III de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, así como el artículo 7, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, así como 24 fracción II y 26 fracciones III y XXXI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, y los artículos 8 fracción XXXI y 9 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, el C. Arturo Fuentes Vélez, en su carácter de Secretario de Hacienda, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio.
II.5. La Fiscalía General, es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo establecido por los artículos 2 fracción II y 24 fracciones XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, y su Titular, C. César Augusto Peniche Espejel, quien acredita su personalidad como Fiscal General del Estado, con el nombramiento expedido a su favor el día 4 de octubre de 2016, por el C. Javier Corral Jurado, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, y ratificación como Fiscal General del Estado por H. Congreso del Estado el 11 de octubre de 2016, mediante decreto LXV/NOMBR/0007/2016 I P.O. y publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 12 del mismo mes y año, que el Fiscal General se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento legal, de conformidad con lo establecido por el artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, así como por el artículo 6 fracciones I y IX de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado y el numeral 9 fracciones VII y VIII del Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua.
II.6. Que el C. Gustavo Elizondo Aguilar, acredita su personalidad como Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, con el Nombramiento expedido a su favor el día 14 de septiembre del 2018, por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, C. Javier Corral Jurado, así como el Acta de Toma de Protesta correspondiente quedando debidamente inscrita en el Registro de Nombramientos de Servidores Públicos de la Secretaria de Hacienda, bajo la Inscripción 102, folio 102, del Libro Cinco. Así mismo cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, según lo establecido en los Artículos 2 fracción I, 24 fracción IX y 30 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, 9 y 10 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas y que según dichos preceptos legales interviene en la celebración del presente instrumento toda vez que le corresponden las atribuciones de dirigir, coordinar y controlar de manera exclusiva todos los programas de obra pública.
II.7. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al proyecto denominado "Creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua" (en adelante "El Proyecto") materia del presente Convenio, que se describe en el Anexo Técnico, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales, como se acredita con el oficio número SGG033/2020, otorgado por la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chihuahua.
II.8. Es propietario del terreno ubicado en calle Séptima y Guatemala, Manzana 43, S/N Colonia Agrícola San Antonio, Código Postal 31510, Municipio de Cuauhtémoc, en el Estado de Chihuahua el cual tiene una superficie de 4,646.24 m2, y cuenta con los permisos y requerimientos técnicos necesarios para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres descrito en el Anexo Técnico.
Acredita la propiedad del bien inmueble objeto del antes referido proyecto, con la Escritura Pública Número Dieciocho mil Quinientos Treinta, Volumen Setecientos, de fecha 14 de febrero del 2003 y se complementa con la Escritura Pública número Veintidós mil ciento veinticinco, de fecha 23 de noviembre de 2005, pasadas ante la fe del Notario Público Número 9, Lic. Francisco de Asís García Ramos, de Chihuahua, Chihuahua las cuales fueron inscritas en el Registro Público de la Propiedad y el Notariado, bajo el No. 52, Folio 64, Libro 735, Sección Primera, folio real 1845611, Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua, el día 26 de abril del año 2006..
Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio fiscal el ubicado en Calle Venustiano Carranza, número exterior 601, Colonia Obrera, Código Postal 31350, en el municipio de Chihuahua, del Estado de Chihuahua.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Chihuahua, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Chihuahua.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencia de género.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los "Criterios", que regulan el presente convenio.
III.6. Se obligan "LAS PARTES" a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que se deriven del mismo.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia.
"El Proyecto" se realizará de conformidad a lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero de la obra en su numeral 11 que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que el proyecto descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a informar a "LA SECRETARIA" de cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de referencia.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $18'000,000.00 (Dieciocho millones de pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.
Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" aportará el terreno para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres descrito en la declaración II.8
Los recursos federales se transferirán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en una ministración, a través de su Secretaría de Hacienda en la cuenta productiva específica aperturada previamente, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente CLÁUSULA y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de "El Proyecto" de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Dicha cuenta se identifica con los siguientes datos:
| Nombre del beneficiario: | GOB EDO CHIH SECRETARÍA DE HACIENDA |
| Nombre de la institución financiera: | BBVA BANCOMER, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER |
| Nombre del proyecto: | CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN CIUDAD CUAUHTÉMOC 2020 |
| Clave bancaria estandarizada (CLABE de 18 dígitos): | 01 21 50 00 11 52 66 99 80 |
| Número de cuenta bancaria a once posiciones: | 011 52 66 99 8 |
| Tipo de cuenta: | PRODUCTIVA |
| Número de sucursal: | 0711 BANCA DE GOBIERNO CHIH |
| Número de plaza: | 078 CHIHUAHUA |
| Fecha de apertura: | 26-03-2020 |
| Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta: | C. ARTURO FUENTES VÉLEZ C. MARCO ANTONIO ORDOÑEZ HERNÁNDEZ C. ADRIANA MIREYA REAZA SUAREZ C. CÉSAR BOLADO RUBIO |
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARÍA" la factura electrónica (Comprobante Fiscal Digital por Internet "CFDI") prevista en el numeral 8.10 de los "Criterios", que regulan el presente convenio.
Para "LA SECRETARÍA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARÍA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que "LA SECRETARÍA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. La CONAVIM, comunicará mediante oficio a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARÍA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los "Criterios", para la realización del objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios;
b. Dar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos
aportados por el Gobierno de México, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal, y
c. Revisar conjuntamente los informes mensuales que se presenten respecto del avance de "El Proyecto" del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA". Además de lo previsto en los "Criterios" "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, exclusivamente para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA;
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento;
c. Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo establecido en el numeral 1 y de la(s) meta(s) comprometida(s) en el numeral 2 del Anexo Técnico, a través de los informes mensuales en donde se reporta el avance físico y financiero del proyecto;
d. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento, y
e. Realizar visitas aleatorias de seguimiento al Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua, una vez que se encuentre en operación, con la finalidad de verificar su correcto funcionamiento y emitir observaciones y comentarios que deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de lo previsto en los "Criterios", "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas (o su equivalente), los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA, SEGUNDA y en el Anexo Técnico del presente Convenio;
b. Aportar el inmueble a que se refiere la declaración II.7. del presente Convenio;
c. Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2020;
d. Iniciar las acciones para dar cumplimiento a El Proyecto, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del depósito que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Chihuahua, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio;
e. Realizar las acciones y las adquisiciones, que sean necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal aplicable en la materia;
f. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento;
g. Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio, cuente con la documentación legal y oficial vigente que resulte necesaria para su ejecución;
h. Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría General de Gobierno, la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos;
i. Integrar y resguardar por conducto de la Secretaría General de Gobierno, los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación de "El Proyecto" financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento;
j. Equipar el inmueble, capacitar al personal y operar el Centro de Justicia para las Mujeres de Cuauhtémoc, Chihuahua por conducto de la Secretaría General de Gobierno;
k. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría General de Gobierno a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM y por conducto de la persona Titular de la Dirección General Adjunta de Vinculación Interinstitucional y Territorial de la CONAVIM a cargo del proyecto de los Centros de Justicia para las Mujeres un informe de resultados sobre los avances físicos y financieros de "El Proyecto", obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto de este Convenio, en los términos previstos en el numeral 13.1.9 de los Criterios, con la evidencia documental que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio, el objetivo establecido en el numeral 1 y la meta establecida en el numeral 2 del Anexo Técnico y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con este instrumento, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada mes, contados a partir de la fecha de pago que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Chihuahua, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio.
l. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión del 2020;
m. Presentar a "LA SECRETARÍA" dentro de los veinte días hábiles siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal 2020, un Acta de Cierre firmada por el C. Luis Fernando Mesta Soulé, Titular de la Secretaría General de Gobierno en la que se incluyan datos generales, objetivo y descripción de "El Proyecto"; los antecedentes de su ejecución; los compromisos asumidos por "LAS PARTES", los trabajos ejecutados con el subsidio asignado por la CONAVIM y los alcances logrados; memoria fotográfica del antes, durante y después de la construcción del Centro de Justicia para las Mujeres; relación de facturas que comprueben la erogación del subsidio otorgado, así como los comprobantes de los reintegros a la Tesorería de la Federación; estados de cuenta bancarios desde la fecha de transferencia hasta el cierre de "El Proyecto", y el documento que emita la institución bancaria donde radicó el subsidio, en el que conste la cancelación de dicha cuenta.
n. Una vez que el Centro de Justicia para las Mujeres comience a operar, deberá llevar un registro puntual de todas las usuarias y servicios prestados en el mismo, mediante el reporte denominado Informe de Mujeres Atendidas, el cual será remitido a "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, en el formato que se proporcione para ello, de manera mensual, de forma impresa y electrónica;
o. Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de "LA SECRETARÍA", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del Centro de Justicia para las Mujeres, y
p. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, Anexo Técnico que se suscriba y demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. La servidora pública que fungirá como enlaces entre "LAS PARTES" serán, para "EL GOBIERNO DEL ESTADO", la C. Hilda Margarita Solis Bencomo, designada mediante el oficio número SGG 071/2020, firmado por el C. Luis Fernando Mesta Soulé, Titular de la Secretaría General de Gobierno, y para "LA SECRETARÍA" la persona en quien recaiga la titularidad de la Dirección General Adjunta de Vinculación Interinstitucional y Territorial de la CONAVIM a cargo del proyecto de los Centros de Justicia para las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las y los responsables internos de las actividades encomendadas.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá notificar a la CONAVIM, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y de "El Proyecto" aprobado, en un plazo de 15 días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría General de Gobierno, deberá rendir de manera física y electrónica un informe de resultados a "LA SECRETARÍA", por conducto de la Titular de la Dirección General Adjunta de Vinculación Interinstitucional y Territorial, responsable de los Centros de Justicia de la CONAVIM, sobre los avances físicos y financieros de "El Proyecto", obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto de este Convenio, en los términos previstos en el numeral 13.1.9 de los Criterios, con la evidencia documental que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio, el objetivo establecido en el numeral 1 y la meta establecida en el numeral 2 del Anexo Técnico y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con este instrumento, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada mes, contados a partir de la fecha de pago que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Chihuahua, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO " en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva específica a la cual se trasferirá el subsidio en el 2020, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación en los términos que establece la LFPRH.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. "LAS PARTES" convienen que los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", se destinarán exclusivamente para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría General de Gobierno. En el caso de "LA SECRETARÍA", la documentación justificativa es la que se señalan en los numerales 5, 6, 8.8, 8.10 y 8.11 de los "Criterios" y estará a cargo de la Titular de la Dirección General Adjunta Vinculación Interinstitucional y Territorial de la CONAVIM.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2020 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2021, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 tercer párrafo, de la LFPRH y 85 del RLFPRH.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO " dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con este instrumento jurídico y el Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal de cada una de "LAS PARTES" que interviene en la realización de las acciones materia de este Convenio de Coordinación, mantendrá su adscripción, relación y dependencia laboral en cada una de sus respectivas áreas, por lo que en ningún caso se considerarán patrones solidarios, sustitutos, ni de ninguna otra índole.
DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. "LA SECRETARÍA" podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los subsidios asignados para la creación o el fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres no son regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal; a los Criterios y demás disposiciones aplicables en la materia.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, así como la Auditoría Superior de la Federación, los Órganos Internos de Control de las entidades federativas y los Órganos Técnicos de Fiscalización Federales y Estatales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría, correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la legislación aplicable en la materia.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción se reanudarán las tareas pactadas
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efecto a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 90 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan, y
b. En los casos previstos en el numeral 14.1 de los "Criterios".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y probatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto del reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2020. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse
por cuanto hace a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por "LAS PARTES". En caso de que se presente alguna discrepancia, deberá sujetarse a lo que dispone el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIGÉSIMA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento el presente convenio y/o los acuerdos que del mismo se deriven, "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, lo hará del conocimiento de los órganos fiscalizadores competentes sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado, de conformidad con los numerales 8.15, 13.2.7 y 14.2.7 de los "Criterios".
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente instrumento será publicado en el Diario Oficial de la Federación, y el "GOBIERNO DEL ESTADO" lo publicará de conformidad con su normatividad aplicable.
VIGÉSIMA TERCERA. DIFUSIÓN. "LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado III, inciso a del Presupuesto de Egresos de la Federación 2020. De igual manera, todo gasto en la comunicación y divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020.
VIGÉSIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será mediante oficio signado por la autoridad competente y se realizará en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días hábiles de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 17 días del mes de julio de 2020.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, de conformidad con los artículos 11, fracción II, 115, fracción V y 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, firma en suplencia por ausencia la C. Balbina Hernández Alarcón, Directora General Adjunta de la Unidad de Género.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Chihuahua, Javier Corral Jurado.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Luis Fernando Mesta Soulé.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Arturo Fuentes Vélez.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado, César Augusto Peniche Espejel.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, Gustavo Elizondo Aguilar.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO
DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA CREACIÓN DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DE
CIUDAD CUAUHTÉMOC, CHIHUAHUA
1. Nombre, objetivo y descripción de "El Proyecto":
· Nombre o denominación: Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.
· Objetivo: Contar con un Centro de Justicia para las Mujeres, en la región sur-occidente del Estado de Chihuahua, para así brindar atención integral, interdisciplinaria, especializada y secuencial a mujeres víctimas del delito por razones de género y sus hijas e hijos. Ampliando con ello, la cobertura geográfica y los beneficios de los servicios ofrecidos por los Centros de Justicia para las Mujeres (Cejums), a las 3 regiones principales de las que se compone la entidad.
· Descripción: Inmueble de dos plantas que cumple con los requerimientos de los Lineamientos Arquitectónicos de ONU-Habitat para Centros de Justicia para las Mujeres, para brindar atención integral, interdisciplinaria, secuencial y especializada;
2. Meta que se estima alcanzar en el 2020:
· Descripción de la meta: Construcción de la primera etapa del Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua.
3. Justificación de la creación del Centro de Justicia para las Mujeres:
Argumentos:
Tomando en cuenta la vastedad del territorio estatal, el más extenso de la República Mexicana, aún no existen Centros de Justicia para las Mujeres en la región Sur y Occidente de la entidad, esta última donde se ubica el Municipio de Cuauhtémoc, considerado la puerta de entrada a la Sierra Tarahumara. Adicional a las etnias principalmente tarahumaras, también se encuentra presencia significativa de la comunidad de menonitas.
Cuauhtémoc, también conocida como Ciudad Cuauhtémoc, es el tercer municipio más poblado del estado, a 105 kilómetros al suroeste de Chihuahua, la capital del estado.
La zona occidente del estado, representa un significativo punto de actividad económica, turística y comercial constituyendo un importante indicador en materia de seguridad pública e incidencia delictiva en la entidad.
De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, la Zona Occidente, con sede en Ciudad Cuauhtémoc, comprende los distritos judiciales de Benito Juárez, Guerrero, Rayón y Arteaga.
I. ARTEAGA, integrado por los Municipios de Chínipas, Guazapares y Urique, con cabecera en la población de Chínipas de Almada.
II. BENITO JUÁREZ, integrado por los Municipios de Bachíniva, Bocoyna, Carichí, Cuauhtémoc, Cusihuiriachi, Namiquipa, Nonoava y San Francisco de Borja, con cabecera en Ciudad Cuauhtémoc.
III. GUERRERO, integrado por los Municipios de Gómez Farías, Guerrero, Madera, Matachí y Temósachic, con cabecera en Ciudad Guerrero.
IV. RAYÓN, integrado por los Municipios de Maguarichi, Moris, Ocampo y Uruachi, con cabecera en Melchor Ocampo.*
Ubicar un CEJUM en la región occidente del estado es una medida que aumentará las posibilidades de un ágil acceso a la justicia para todas las mujeres y niñas víctimas de violencia, de cualquier tipo o modalidad.
Se advierte como la propuesta guarda concordancia con las causas que en su unicidad motivan a que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, optimice los recursos de los que dispone, al impulsar la creación y fortalecimiento de Centros de Justicia para las Mujeres en la República.
Por esas razones, es interés de la presente Administración Estatal, el continuar ampliando los alcances de esta política pública, como un preponderante elemento en las acciones instrumentadas conjuntamente por la Federación y el Estado en beneficio de las mujeres.
Se desarrolló la propuesta que cumplimenta las bases, lineamientos y requisitos técnicos, urbanos, arquitectónicos de diseño y funcionalidad establecidos por el programa ONU-HABITAT, incluyendo características ecológicas y de sustentabilidad.
El Gobierno del Estado, al igual que el Gobierno de la República, trabaja para combatir las diversas limitaciones en el acceso a la justicia y la efectiva defensa y reconocimiento de los derechos de las personas pertenecientes a alguna etnia.
Adicional al hecho de ser mujer, que en si mismo las más de las veces puede representar una desventaja en el acceso a la justicia, cuando una mujer o niña, indígena o de ascendencia menonita, se encuentra ante la violación de sus derechos, no se encontrará en el supuesto de la individualización de su caso, en igualdad de circunstancias con otras mujeres, ni ante el sistema ni ante los operadores del aparato de justicia, simplemente partiendo de la barrera del lenguaje y aspectos culturales diversos.
Por ello, se advierte el impacto poblacional que la creación de un Centro de Justicia para las Mujeres representa en la zona, derivado de sus particularidades étnicas, geográficas, sociales y culturales, sin perder de vista que se trata de un Estado que ha padecido un importante contexto de violencia.
4. Datos de contacto:
Titular de la Dependencia responsable de "El Proyecto":
· Nombre: C. Luis Fernando Mesta Soulé;
· Cargo: Secretario General de Gobierno del Estado de Chihuahua;
· Área de adscripción: Secretaría General de Gobierno del Estado de Chihuahua;
· Número de teléfono: 6144 29 33 00; Ext. 11116;
· Correo electrónico: sggchihuahua@hotmail.com; luis.mesta@chihuahua.gob.mx
· Dirección para recibir notificaciones: Palacio de Gobierno, 1er. Piso. Aldama N° 901, Sector Centro. C.P. 31009, Chihuahua, Chihuahua.
Datos de la persona enlace del Estado:
· Nombre: C. Hilda Margarita Solis Bencomo
· Cargo: Coordinación de los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado de Chihuahua
· Área de adscripción: Secretaría General de Gobierno del Estado de Chihuahua
· Número de Teléfono: 6144 29 33 00; Ext. 11125; 11116;
· Correo electrónico: hsolis@chihuahua.gob.mx; lic.margarita2011@hotmail.com; licmargarita2019@gmail.com
· Dirección para recibir notificaciones: Palacio de Gobierno, 1er. Piso. Aldama N° 901, Sector Centro. C.P. 31009, Chihuahua, Chihuahua
· Oficio de designación: SGG 071/2020
Funciones:
o Las establecidas en la cláusula quinta del Convenio de Coordinación que regula el presente Anexo Técnico (Convenio).
o Será la encargada de responder oportunamente a las solicitudes emitidas por la Secretaría de Gobernación a través de la CONAVIM.
o Dará seguimiento a la documentación e informes que se soliciten para dar cumplimiento al Convenio.
5. Dependencia responsable de "El Proyecto":
Nombre: Secretaría General de Gobierno;
· Descripción de las responsabilidades:
· Vigilar, monitorear y asegurar que todas las disposiciones contenidas en la cláusula Quinta del Convenio de Coordinación, sean llevadas a cabo por las diversas Dependencias de la Administración Pública Estatal firmantes, de acuerdo a su ámbito de competencia, en cumplimiento a los fines de tal instrumento:
· Vigilar que por conducto de la Secretaría de Finanzas (o su equivalente), los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA, SEGUNDA y en el Anexo Técnico del presente Convenio;
· Aportar el inmueble a que se refiere la declaración II.8. del presente Convenio;
· Vigilar que sea erogado el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2020;
· Verificar que la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas inicie las acciones para dar cumplimiento a El Proyecto, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del depósito que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Chihuahua, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio;
· Monitorear la realización por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado, de las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal aplicable en la materia;
· Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento;
· Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio, cuente con la documentación legal y oficial vigente que resulte necesaria para su ejecución;
· Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Secretaría General de Gobierno, (Dependencia responsable del proyecto) la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos;
· Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación de "El Proyecto" financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento;
· Equipar el inmueble, capacitar al personal y operar el Centro de Justicia para las Mujeres de Cuauhtémoc, Chihuahua;
· Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría General de Gobierno a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM y por conducto de la persona Titular de la Dirección
General Adjunta de Vinculación Interinstitucional y Territorial de la CONAVIM a cargo del proyecto de los Centros de Justicia para las Mujeres un informe de resultados sobre los avances físicos y financieros de "El Proyecto", obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto de este Convenio, en los términos previstos en el numeral 13.1.9 de los Criterios, con la evidencia documental que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio, el objetivo establecido en el numeral 1 y la meta(s) establecida(s) en el numeral 2 del Anexo Técnico y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con este instrumento, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada mes, contados a partir de la fecha de pago que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Chihuahua, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Gobernación, derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio.
· Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión del 2020;
· Presentar a "LA SECRETARÍA" dentro de los veinte días hábiles siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal 2020, un Acta de Cierre firmada por el Mtro. Luis Fernando Mesta Soulé, Titular de la Secretaría General de Gobierno, la que se incluyan datos generales, objetivo y descripción de "El Proyecto"; los antecedentes de su ejecución; los compromisos asumidos por "LAS PARTES", los trabajos ejecutados con el subsidio asignado por la CONAVIM y los alcances logrados; memoria fotográfica del antes, durante y después de la construcción del Centro de Justicia para las Mujeres; relación de facturas que comprueben la erogación del subsidio otorgado, así como los comprobantes de los reintegros a la Tesorería de la Federación; estados de cuenta bancarios desde la fecha de transferencia hasta el cierre de "El Proyecto", y el documento que emita la institución bancaria donde radicó el subsidio, en el que conste la cancelación de dicha cuenta.
· Una vez que el Centro de Justicia para las Mujeres comience a operar, deberá llevar un registro puntual de todas las usuarias y servicios prestados en el mismo, mediante el reporte denominado Informe de Mujeres Atendidas, el cual será remitido a "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, en el formato que se proporcione para ello, de manera mensual, de forma impresa y electrónica;
· Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de "LA SECRETARÍA", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del Centro de Justicia para las Mujeres, y
Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, Anexo Técnico que se suscriba y demás disposiciones federales.
6. Descripción y ubicación del inmueble:
· Descripción:
Escritura Pública número: Dieciocho mil Quinientos Treinta, Volumen Setecientos, de fecha 14 de febrero del 2003 y se complementa con la Escritura Pública número Veintidós mil ciento veinticinco, de fecha 23 de noviembre de 2005, pasadas ante la fe del Notario Público Número 9, Lic. Francisco de Asís García Ramos, de Chihuahua, Chihuahua las cuales fueron inscritas en el Registro Público de la Propiedad y el Notariado, bajo el No. 52, Folio 64, Libro 735, Sección Primera, folio real 1845611
Clave Catastral del inmueble: 6-46-99.
Superficie: 4,646.24 m²
Medidas y colindancias :
Al norte colindando con Calle República de Guatemala=83.48 ml
Al este colindando con calle 7ª= 48.78 ml.
Al sur colindando con las instalaciones de la Fiscalía Especializada en Investigación y Persecución del Delito Zona Occidente= 86.85 ml
Al oeste colindando con el Fraccionamiento Holanda=53.78 ml
Latitud=28º24¨57.60¨N
Longitud=106º52´6.69¨O
Certificado de Libertad de Gravamen: Número en extremo superior derecho: 342379
Valor catastral: El señalado en el Avalúo Catastral es de: $4'646,240.00
· Ubicación:
Calle: Séptima y Guatemala
Colonia: Agrícola San Antonio
Código Postal: 31510
Municipio: Cuauhtémoc
Estado: Chihuahua
Croquis:
7. Monto total del proyecto en todas sus etapas, el número de etapas proyectadas hasta su conclusión y el monto de la aportación federal autorizada por el Comité en el ejercicio fiscal 2020.
· Monto Total de "El Proyecto" en todas sus Etapas de construcción:
$34'361,181.27 (Treinta y cuatro millones trescientos sesenta y un mil ciento ochenta y uno pesos 27/100 M.N.)
· Número de etapas proyectadas hasta su conclusión:
Dos etapas
1. Monto de la inversión en la Etapa 1 (2020): $18'000,000.00 (Dieciocho millones de pesos 00/100 M.N.)
2. Monto de la inversión en la Etapa 2 (año sucesivo): $16'361,181.27 (Dieciséis millones trescientos sesenta y un mil ciento ochenta y un pesos 27/100 M.N.).
· Monto de la aportación federal autorizada por el Comité de Evaluación de Proyectos en el ejercicio fiscal 2020:
· Aportación Federal otorgada por la CONAVIM:
Monto: $18'000,000.00 (Dieciocho millones de pesos 00/100 M.N.).
En su caso:
8. Aportación Estatal a "El Proyecto":
· En caso de aportar recursos económicos: N/A
· En caso de que la aportación sea en especie:
Descripción de la especie:
El gobierno del Estado de Chihuahua aportará el inmueble ubicado en calle Séptima y Guatemala, Manzana 43, S/N Colonia Agrícola San Antonio, Código Postal 31510, municipio de Cuauhtémoc, en el Estado de Chihuahua el cual tiene una superficie de 4,646.24 m2.
Avalúo de dicha aportación:
Monto (avalúo catastral): $4'646,240.00 (Cuatro millones seiscientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.).
9. Fecha estimada del inicio de la obra, en la Etapa (o Etapas) que se construye(n) en el 2020:
· Fecha: Julio de 2020.
10. Fecha estimada para la conclusión de la etapa que se construye en el 2020 y fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad (en su caso de considerar varias etapas en diferentes ejercicios fiscales), y
Fecha estimada para la conclusión de la etapa (o Etapas) que se construye en el 2020:
· Fecha: Diciembre de 2020.
Fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad, en caso de que rebase el ejercicio fiscal 2020:
No se tiene fecha aproximada de conclusión, ya que dependerá de los procesos para acceder a recursos federarles del siguiente ejercicio fiscal.
11. Cronograma de avance físico-financiero del proyecto, exclusivamente de la aportación que otorgue la CONAVIM, en el que se señale la duración de la obra y los conceptos de obra que se hayan programado con el subsidio otorgado.
a) Catálogo de Conceptos de la Etapa (o Etapas) que se construye en el 2020:
· Anexar Catálogo de Conceptos
| PRECIOS EN MONEDA NACIONAL |
| CLAVE | CONCEPTO | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | TOTAL |
| | | | | | |
| 1 | PLANTA BAJA DE EDIFICACIÓN | | | | |
| 1.1 | PRELIMINARES | partida | 1 | $373,905.50 | $373,905.50 |
| 1.2 | CIMENTACIÓN | partida | 1 | $3,363,061.54 | $3,363,061.54 |
| 1.3 | ESTRUCTURA METÁLICA | partida | 1 | $6,690,779.22 | $6,690,779.22 |
| 1.4 | ALBAÑILERÍA | partida | 1 | $4,101,788.163 | $4,101,788.16 3 |
| 1.5 | INSTALACIÓN HIDROSANITARIA | partida | 1 | $517,076.16 | $517,076.16 |
| 1.6 | INSTALACIÓN ELÉCTRICA | partida | 1 | $470,630.80 | $470,630.80 |
| | | | | | |
| | | | | Subtotal | 15,517,241.38 |
| | | | | I.V.A. 16% | 2,482,758.62 |
| | | | | Total | 18,000,000.00 |
dv
| Obra: | Centro de Justicia para las Mujeres, Cuauhtémoc, Chihuahua. | MXN |
| | | IMPORTE |
| CLAVE | CONCEPTO | UNIDA D | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | $18,000,000.00 |
| NOTAS GENERALES DE CATALOGO |
| NOTA 1 | Todos los conceptos de trabajo de este presupuesto, Incluye: materiales, mano de obra y demás cargos derivados del uso de herramienta, equipo y maquinaria, acarreos dentro y fuera de obra, andamios, elevaciones, desperdicios, todas las marcas mencionadas se podran remplazar por similar en calidad y precio, limpieza durante y al final de obra así como todo lo necesario para su correcta ejecución, el pago es en base a precios unitarios de obra terminada (P.U.O.T), |
| NOTA 2 | En los conceptos de estructura metálica incluira: pintura esmalte alquidálico anticorrosivo premium color negro, acabado brillante, sobre comex 100 primario premium gris claro acabado mate o similar, Incluye: limpieza y preparacion de la superficie |
| NOTA 3 | En la subpartida hidraulica se deberá incluir: Conexiones, coples, codos, tees, curvas, tapónes, conectores, bridas, tuercas, tapónes, reducciones, valvulas, fijacion, soporteria, ranurado, excavación, plomeo, alineación, relleno, afine, cama de arena, pruebas, desperdicio, tuberia tubo tipo tuboplus indicada |
| NOTA 4 | En la subpartida sanitaria se deberá incluir: Conexiones, coples, codos, tees, curvas, tapónes, conectores, bridas, tuercas, tapónes, reducciones, valvulas, fijacion, soporteria, ranurado, excavación, plomeo, alineación, relleno, afine, cama de arena, pruebas, desperdicio, tuberia tubo tipo PVC sanitario de norma de 2", 4", 6". |
| NOTA 5 | Los conceptos para salidas eléctricas, canalización y conductores de instalación eléctrica incluyen soportería adecuada y aprobada para este uso como son abrazaderas, tornillos, taquetes, varilla roscada, unicanal, etc. cajas registro de 4"x4" con tapa para derivaciones, condulet de tamaño adecuado a la tubería para registros de paso, curvas del material y designación métrica adecuados, marco reductor en su caso, conectores para cajas registro, conectores mecánicos tipo capuchón para empalme de conductores, cinta de aislar, pegamento para tuverías de PVC, herramienta, desperdicios, mano de obra, limpieza del lugar despues de ejecutar el trabajo y pruebas de un correcto funcionamiento. |
| 1 | PLANTA BAJA DE EDIFICACIÓN | | | | 15,517,241.376 |
| 1.1 | PRELIMINARES | | | | 373,905.50 |
| PB-PREL-01 | Trazo y nivelación de terreno para desplante del edificio, estableciendo niveles, ejes y lo necesario para que permita un buen trazo. | m² | 1,685.06 | 11.10 | 18,704.17 |
| PB-PREL-02 | Excavación, por medios mecánicos en material tipo "B-C 70-30" de 0.00 a 2.00 mts,. de profundidad, dejando el material a un costado de la excavación, medido compacto. Incluye: afine en taludes y fondo de zanja. | m³ | 1,663.69 | 46.84 | 77,927.24 |
| PB-PREL-03 | Relleno de elementos de cimentacion con material seleccionado producto de la excavación, compactado con pisón de mano en capas no mayores de 20 cm. de espesor, Incluye: incorporación de humedad. | m³ | 1,101.00 | 243.27 | 267,840.27 |
| PB-PREL-04 | Carga y acarreo a tiro libre fuera de la obra de material producto de excavación, en camión. | m³ | 17.31 | 71.74 | 1,241.82 |
| | Registro para valvula compuerta de 1.00x1.00x1.20m de adobe recocido. Con tapa. | pza | 2.00 | 4,096.00 | 8,192.00 |
| 1.2 | CIMENTACIÓN | | | | 3,363,061.54 |
| 0 | Plantilla de concreto f,c =100.0 kg/cm² de 5 cm. de espesor. | m² | 124.58 | 141.25 | 17,596.925 |
| PB-CIM-01 | Plantilla de concreto f,c =100.0 kg/cm² de 7 cm. de espesor. | m² | 717.27 | 178.72 | 128,190.494 |
| PB-CIM-02 | Zapata Corrida de concreto f´c=250.0 kg/cm2 de 0.80 x 0.20 mts. reforzada con 4 varillas en sentido longitudonal de 3/8" y 1.0 varila en sentido transversal de 3/8" @ 20.0 cms. | m | 155.72 | 929.61 | 144,758.869 |
| PB-CIM-03 | Rodapié de Block estándar de 15 x 20 x 40 cm., asentado con mezcla de mortero cemento-arena en proporción 1:5, juntas verticales y horizontales con un espesor de 1 cm., reforzado con una varilla de 3/8" a cada 40cm vertical y con todas sus celdas rellenas de concreto f`c= 150 kg/cm², acabado comun. Incluye: Impermeabilizante tipo Fester o similar a dos Manos. | m² | 246.37 | 988.00 | 243,413.560 |
| PB-CIM-04 | Dala de desplante con Concreto f,c=200.0 kg/cm2 de sección 0.15 x 0.15 m, Reforzada con 4 varillas de 3/8" y estribos de 1/4" @ 20.0 cms. | m | 155.72 | 344.33 | 53,619.068 |
| 1.2.1 | Zapata aislada Z-1 de sección de 3.60 x 3.60 m y de 0.60 m de espesor, refuerzo con varilla de 5/8" @15cm en ambas direcciones en lecho inferior, f,c=250 kg/cm2. incluye cimbra con madera acabado común, descimbrado, armado, vaciado, curado, vibrado del concreto. | pza | 29.00 | 35,886.45 | 1,040,707.050 |
| 1.2.2 | Zapata aislada Z-2 de sección de 4.40 x 4.40 m y de 0.60 m de espesor, refuerzo con varilla de 3/4" @15cm en ambas direcciones en lecho inferior, f,c=250 kg/cm2. incluye cimbra con madera acabado común, descimbrado, armado, vaciado, curado, vibrado del concreto. | pza | 15.00 | 44,101.66 | 661,524.900 |
| 1.2.3 | Zapata aislada Z-3 de sección de 2.70 x 2.70 m y de 0.40 m de espesor, refuerzo con varilla de 5/8" @20cm en ambas direcciones en lecho inferior, f,c=250 kg/cm2. incluye cimbra con madera acabado común, descimbrado, armado, vaciado, curado, vibrado del concreto. | pza | 7.00 | 12,488.03 | 87,416.210 |
| 1.2.4 | Losa de cimentación de 2.6x5.5mx0.20m de peralte de concreto f¨c=250 kg/cm2, armado con varillas 3/8" @20cm lecho superior y varillas 3/8"@20cm lecho inferior, dentellon perimetral de 20x25cm armado con 3 varillas 3/8" en el lecho superior e inferior y estirbos 1/4" @20cm, incluye: 1.30m de relleno compactado al 95% y 0.50m de terreno mejorado calidad sub base a base compactado a 95% cimbra con madera acabado común, descimbrado, armado, vaciado, curado, vibrado del concreto. | m² | 11.51 | 1,089.92 | 12,544.979 |
| 1.2.5 | Dado D-1 de concreto f´c=250kg/cm2 de 0.70x0.70x2.33m armado con 18 varillas 3/4" y estribos 3/8" en 6 ramas en ambas direcciones @ 20cm, ver detalle en plano. incluye cimbra con madera acabado común, descimbrado, armado, vaciado, curado, vibrado del concreto. | pza | 51.00 | 10,933.40 | 557,603.400 |
| PB-CIM-11 | Suministro, habilitado y colocación de cajón de anclas de 8 piezas de acero A36 de 1 1/4" de diámetro de redondo liso, Longitud = 110 cm por ancla (15 cm de gancho, 15 cm de rosca y 80 cm de cuerpo de ancla), | jgo | 51.00 | 3,364.28 | 171,578.280 |
| PB-CIM-13 | Suministro y Colocación de Grout en Columnas. 5 cms de Espesor | lt | 1,340.00 | 182.17 | 244,107.800 |
| 1.3 | ESTRUCTURA METÁLICA | | | | 6,690,779.22 |
| 1.3.1 | Suministro, fabricación y montaje de acero para columnas C1 HSS 14x14x1/2" (133.3kg/m) Incluye: placa base de 1 1/4" A-50, barrenos de 13/16", placas de conexión, ángulos, cartabones, soldaduras | kg | 21,461.30 | 57.34 | 1,230,590.94 |
| 1.3.2 | Suministro, fabricación y montaje de acero para columnas C2 HSS 16x16x1/2" (153.32kg/m) Incluye: placa base de 1 1/4" A-50, barrenos de 13/16", placas de conexión, ángulos, cartabones, soldaduras | kg | 14,105.44 | 57.34 | 808,805.93 |
| 1.3.3 | Suministro, fabricación y montaje de acero para columnas C3 HSS 14x14x5/16" (85.31kg/m) Incluye: placa base de 1 1/4" A-50, barrenos de 13/16", placas de conexión, ángulos, cartabones, soldaduras | kg | 3,433.73 | 57.34 | 196,890.08 |
| 1.3.4 | Suministro, fabricación y montaje en obra o taller de Viga V-1 metálica de acero A50 IPR 18x11" (128.1 kg/ml) | kg | 1,617.90 | 56.50 | 91,411.35 |
| 1.3.5 | Suministro, fabricación y montaje en obra o taller de Viga V-2 metálica de acero A50 IPR 18x7 1/2" (89.1 kg/ml) | kg | 17,033.25 | 56.50 | 962,378.63 |
| 1.3.6 | Suministro, fabricación y montaje en obra o taller de Viga V-3 metálica de acero A50 IPR 18x11" (112.9 kg/ml) | kg | 38,606.16 | 56.50 | 2,181,248.04 |
| 1.3.7 | Suministro, fabricación y montaje en obra o taller de Viga V-4 metálica de acero A50 IPR 16x7" (67.1 kg/ml) | kg | 14,456.02 | 56.50 | 816,765.13 |
| 1.3.8 | Suministro, fabricación y montaje en obra o taller de Viga V-5 metálica de acero A50 IPR 14x6 3/4" 44.7(kg/ml) | kg | 1,936.85 | 56.50 | 109,432.03 |
| PB-EST-075 | Suministro, fabricación y montaje en obra o taller de Contraflambeo de acero H50 PTR 2x2" (4.05kg/m) blanco | kg | 446.03 | 58.10 | 25,914.34 |
| PB-EST-08 | Suministro, fabricación y montaje de conexiones de placas y perfiles de diferentes calibres y espesores (misceláneos) en estructura, Incluye: soldadura | kg | 4,506.03 | 59.33 | 267,342.76 |
| 1.4 | ALBAÑILERÍA | | | | 4,101,788.163 |
| PB-ALB-01 | Elaboración y colocación de piso o firme de concreto f,c=200 kg/cm2 de 10 cm espesor, en firme al interior de las edificaciones, acabado con plana para recibir recubrimiento | m² | 1,475.84 | 340.83 | 503,010.55 |
| PB-ALB-03 | Castillo de concreto f´c= 200.0 kg/cm2. hecho en obra de sección de 15 x 15 cm, refuerzo con 4 varillas de 3/8" de diámetro y estribos de 1/4" de diámetro a cada 20 cm., acabado común, Incluye: cimbra, descimbrado, armado, vaciado y curado. | m | 360.00 | 237.37 | 85,453.20 |
| 1.4.1 | Castillo de concreto f´c= 250.0 kg/cm2. hecho en obra de sección de 20 x 20 cm, refuerzo con 4 varillas de 1/2" de diámetro y estribos de 3/8" de diámetro a cada 20 cm., acabado aparente, Incluye: twino de 1", cimbra, descimbrado, armado, vaciado y curado. | m | 36.00 | 311.39 | 11,210.04 |
| PB-ALB-045 | Muro de Block estándar de 15 x 15 x 40 cm., asentado con mezcla de mortero cemento-arena en proporción 1:5, juntas verticales y horizontales con un espesor de 1 cm., reforzado con una varilla de 3/8" a cada 80.0 cm vertical y varilla 3/8" a cada 3 hiladas en sentido horizontal, acabado común | m² | 197.98 | 423.92 | 83,927.68 |
| PB-ALB-05 | Muro de Block estándar de 15 x 15 x 40 cm., asentado con mezcla de mortero cemento-arena en proporción 1:5, juntas verticales y horizontales con un espesor de 1 cm., reforzado con una varilla de 3/8" a cada 80.0 cm vertical y varilla 3/8" a cada 3 hiladas en sentido horizontal, con todas sus celdas rellenas de concreto f`c= 150 kg/cm², acabado común | m² | 20.60 | 510.427 | 10,514.80 |
| 1.4.2 | Muro de Block de concreto de 20x20x40cm, asentado con mezcla de mortero cemento-arena en proporción 1:5, juntas verticales y horizontales con un espesor de 1 cm., reforzado con una varilla de 3/8" por celda en sentido vertical y 1 varilla 3/8" a cada 2 hiladas en sentido horizontal, con todas sus celdas rellenas de concreto f`c= 210 kg/cm², acabado aparente. | m² | 60.45 | 823.73 | 49,794.48 |
| 1.4.3 | Muro de panel ikos i16 aislante espesor 15cm de espma rigida de poliestireno expandido con densidad aparente de 17.20kg/m3 con angente autoextinguible, estructurado con dos postes de acero galvanizado G60, sección tipo "C", Cal 20 a cada 30cm troquelados para el paso de instalaciones marca novidesa o similar | m² | 155.10 | 1,482.99 | 230,011.75 |
| 1.4.4 | Dala de cerramiento y losa con Concreto f,c=250.0 kg/cm2 de sección 20x25 cm, Reforzada con 6 varillas de 1/2" y estribos de 1/4" @ 20.0 cms. incluye: cimbra, descimbrado, armado, vaciado y curado, acabado comun. | m | 57.60 | 582.05 | 33,526.08 |
| PB-ALB-08 | Dala de cerramiento y losa con Concreto f,c=200.0 kg/cm2 de sección 15x15 cm, Reforzada con 4 varillas de 3/8" y estribos de 1/4" @ 20.0 cms. incluye: cimbra, descimbrado, armado, vaciado y curado, acabado comun. | m | 260.99 | 328.84 | 85,823.95 |
| PB-ALB-11 | Losa de tipo makros marca novidesa o similar, fabricada de espuma rígida de poliestireno expandido (EPS) de 25 cm de espesor con una densidad nominal de 20 kg/m³ (1.24 lb/ft³) cuenta con agente ignifugo que no propaga la flama, está estructurado con dos canaletas de acero galvanizado G60 sección tipo "C" calibre 22 con troquelados nominales y separados entre sí a cada 30 cm (12") incluye:capa de compresión de concreto f,c=200kg/cm2 de 5cm de espesor, malla electrosoldada 6x6 10x10, refuerzo de juntas con 2 varillas #3 tipo escalerilla por cavidad para formar trabes tipo "T" | m² | 1,531.22 | 1,836.17 | 2,811,580.23 |
| PB-ALB-12 | Losa solida de concreto F,c=250kg/cm2 de 12cm de peralte, armada con varillas de 3/8" @25cm en ambos sentidos lecho inferior, lecho superior con bastones 3/8" @20cm en todos los apoyos con una longitud de 0.9m, incluye: cimbra, descimbrado, armado, vaciado y curado. | m² | 98.61 | 1,070.92 | 105,603.42 |
| PB-ALB-13 | Escalera de concreto F,c=250kg/cm2 con altura total de 4.75m, de 17cm de espesor armada con varillas 3/8" @15cm en sentido horizontal y 10 varillas 1/2" en sentido vertical, 10 bastones 1/2"en cambio de pendiente a descanso, apoyo simple a muros, sobre zapata corrida de 0.80x0.20m armada con 4 varillas 3/8" en sentido longitudinal, y varillas 3/8" @20cm en sentido transversal, 5cm de plantilla de concreto F,c=100kg/cm2, rodapie de muro doble de 15x20x40cm y 20x20x40cm relleno con concreto F,c=250kg/cm2, armado con varillas 1/2" @20cm, Tma. 19mm, acero de refeurzo Ar42 (Fy=4200 kg/cm2) recubrimiento libre de 2cm, ver detalle en planos estructurales de la serie "S" | pza | 1.00 | 26,037.59 | 26,037.59 |
| | Suministro y fabricación de Cisterna de 3.5x3.5m x4.5m de altura, con firme de concreto de f'C=280 kg/cm2 de 30cm de espesor, armado con 1 var 3/4" @15cm y 1 var 1/2" @15 cm longitudinal en lecho superior; lecho inferior: 1 var 1/2" @20 cm en ambas direcciones. Muros de block doble de 15x20x40cm, refuerzo vertical a base de Var 5/8" @15cm en parrilla interior y exterior, 1 Var 1/2" @20cm horizontal en parrilla exterior e interior. Losa tapa de 25cm de espesor, refuerzo en parrilla superior a base de 1 var 1/2" @20cm en ambas direcciones, refuerzo en lecho inferior a base de varilla 1/2" @15 cm (L=4.4572m) (Transversal y 1 Var 1/2" @20cm longitudinal) | pieza | 1.00 | 65,294.40 | 65,294.40 |
| 1.5 | INSTALACIÓN HIDROSANITARIA | | | | 517,076.16 |
| 1.5.1 | HIDRAULICA | | | | 324,309.47 |
| IH15-075- 025 | Tubo de PVC RD 26 de 50 mm. Incluye: Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | m | 76.00 | 144.20 | 10,959.20 |
| IH15-075- 030 | Tubo de PVC RD 26 marca duralon ó similar de 100 mm. Incluye: Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | m | 65.00 | 261.93 | 17,025.45 |
| IH14-080- 015 | TEE de AC. Fundido bridado de 100 mm de diametro marca Tisa, Fosa o Charlotte Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 2.00 | 7,563.27 | 15,126.54 |
| IH14-090- 005 | Reduccion Campana de AC. Fundido bridado de 100x76 o 150x100 mm de diametro marca Tisa, Fosa o Charlotte. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 3.00 | 2,517.09 | 7,551.27 |
| IH14-100- 005 | Codo de AC. Fundido bridado de 90x100 mm de diametro marca Tisa, Fosa o Charlotte. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 3.00 | 1,634.06 | 4,902.18 |
| IH13-040- 010 | Válvula de Compuerta de 150 PSI Bridada, 76 mm marca Walthworth,. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 2.00 | 8,471.03 | 16,942.06 |
| IH13-040- 015 | Válvula de Compuerta de 150 PSI Bridada, 100 mm marca Walthworth,. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 2.00 | 11,691.65 | 23,383.30 |
| IH13-040- 020 | Junta universal de AC. Fundido de 76 mm marca MIMACO. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 6.00 | 3,270.90 | 19,625.40 |
| IH13-040- 025 | Junta universal de AC. Fundido de 100 mm marca MIMACO. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 3.00 | 3,786.05 | 11,358.15 |
| IH13-040- 030 | Junta universal de AC. Fundido de 150 mm marca MIMACO. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 3.00 | 6,189.38 | 18,568.14 |
| IH13-040- 035 | Macro Medidor Ultrasónico con Reductora de Presión CLA VAL 9720 para Agua Potable de 76 mm de diametro, marca Aztlan o equivalente. Incluye: Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 1.00 | 11,396.40 | 11,396.40 |
| IH13-040- 040 | Preparación para Medidor de Material de: 6 mts. De tubo de fierro Galvanizado Cedula 40, marca TAMSA, de 76 mm. Incluye: 1 niple de 78 cm de largo con bridas en los extremos de 150 PSI, 1 niple de 39 cm de largo con bridas en los extremos de 150 PSI, Suministro y Colocación, pruebas, fijación, materiales, mano de obra, pegamento, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineacion, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | Pieza | 1.00 | 5,553.92 | 5,553.92 |
| IH13-040- 050 | Caja de Valvulas Tipo CV-03, segun norma JMAS, con tapas metalicas con letreros "AGUA POTABLE", de Tabique con aplanado interior, marca y contramarco de AC. ángulo. Incluye: Suministro y Colocación de válvulas, atraques, juantas universles, atraques, materiales miscelaneos, mano de obra, herramienta, equipo, acarreo, elevaciones, limpieza, plomeo, alineación, andamios y todo lo necesario para su correcta instalación, P.U O T.( Ver Plano para especificaciones) | Pieza | 2.00 | 12,564.92 | 25,129.84 |
| *TEMP1 | Excavación en cepas medido en sitio, por medio mecánico de 0 a 2.00 m. de profundidad, en material clase "C". con acarreo libre a 20.00 m. Medido en en sitio. Incluye: cargo directo por el costo de los materiales y mano de obra que intervengan. Trazo y nivelación, ademes y extracción de ademes, afine de talud y fondo de excavación, traspaleo, elevación, carga y acarreo según el caso, equipo de seguridad, instalaciones específicas, depreciación, y demás derivados del uso de herramienta y equipo. | m3 | 73.00 | 39.82 | 2,906.86 |
| OC01-070- 010-1 | Relleno compactado con material producto de Excavación. Incluye: pruebas proctor al 90%, mano de obra, herramienta, equipo, acarreo, limpieza, desperdicios, elevación, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | m3 | 63.46 | 116.19 | 7,373.42 |
| OC01-070- 015-1 | Relleno compactado con material cribado producto de excavación. Incluye: pruebas proctor al 90%, mano de obra, herramienta, equipo, acarreo, limpieza, desperdicios, elevación, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | m3 | 19.04 | 116.19 | 2,212.26 |
| OC01-070- 020-1 | Relleno Acostillado con material seleccionado producto de escavación. Incluye: mano de obra, herramienta, equipo, acarreo, limpieza, desperdicios, elevación, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | m3 | 12.69 | 116.19 | 1,474.45 |
| OC01-070- 025-1 | Plantilla de arena. Incluye: pruebas, puesta en funcionamiento, mano de obra, herramienta, equipo, acarreo, limpieza, desperdicios, elevación, andamios y todo lo necesario para su correcta ejecución, P.U.O.T. | m3 | 6.35 | 367.95 | 2,336.48 |
| PB-HIDRO- 01 | Tubería tipo tuboplus de 19mm (3/4") | m | 40.00 | 194.88 | 7,795.20 |
| PB-HIDRO- 02 | Tubería tipo tuboplus de 25mm (1") | m | 35.00 | 217.63 | 7,617.05 |
| PB-HIDRO- 03 | Tubería tipo tuboplus de 38mm (1 1/2") | m | 60.00 | 226.02 | 13,561.20 |
| 1.5.1.1 | Tubería tipo tuboplus de 50mm (2") | m | 168.00 | 394.00 | 66,192.00 |
| PB-HIDRO- 04 | Salidas hidráulicas tubería de tipo tuboplus de 1" para: Unidad combinada de , Mingitorio, Hidroneumático y Cisterna. Incluye: 2.5 m de desarrollo | sal | 3.00 | 1,330.34 | 3,991.02 |
| PB-HIDRO- 05 | Salidas hidráulicas tubería de tipo tuboplus de 3/4" para. Lavamanos, Vertedero, regaderas Incluye: 2.5 m de desarrollo y valvula de paso de control. | sal | 22.00 | 969.44 | 21,327.68 |
| 1.5.2 | SANITARIA | | | | 192,766.69 |
| PB-HIDRO- 06 | Tubería de PVC san de norma de 2" | m | 40.19 | 156.26 | 6,280.09 |
| PB-HIDRO- 07 | Tubería de PVC san de norma de 4" | m | 194.03 | 218.16 | 42,329.58 |
| PB-HIDRO- 075 | Tubería de PVC san de norma de 6" | m | 74.25 | 297.87 | 22,116.85 |
| PB-HIDRO- 08 | Salida sanitaria de Tubería de PVC san de norma de 2" para: Mingitorio, Lavamanos, Incluye: 3 m de desarrollo | sal | 28.00 | 324.76 | 9,093.28 |
| PB-HIDRO- 09 | Salida sanitaria de tubería de PVC san de norma de 4" para: Sanitarios, vertedero, Coladeras, regaderas, Unidad combinada de Sanitario-lavamanos antivandalico . Incluye: 3 m de desarrollo | sal | 25.00 | 460.67 | 11,516.75 |
| PB-HIDRO- 10 | Salida sanitaria para Tapón registro, incluye: tapón registro marca Zurn o similar modelo CO2448-PV4 de tuberías y conexiones de PVC sanitario de norma de 4" | sal | 7.00 | 685.22 | 4,796.54 |
| PB-HIDRO- 105 | Suministro y Colocación, Registro tipo R1a de 60x40 cm con tapa metálica o de concreto, profundidad hasta 1.50 m, hecho con tabique de 14x28x7 cm, aplanado interior de mortero cemento arena, tapa de con marco y contramarco de ángulo de 2x2x1/4", Incluye: pruebas, puesta en funcionamiento | pza | 28.00 | 3,451.20 | 96,633.60 |
| 1.6 | INSTALACIÓN ELÉCTRICA | | | | 470,630.80 |
| 1.6.1 | CONTACTOS PLANTA BAJA | | | | 300,212.80 |
| 1.6.1.1 | Suministro e instalación de contacto doble polarizado 20a, 127v, con interruptor de falla a tierra, mod. gftr2-w, con tapa línea decora, marca Leviton ó similar en calidad y precio. | pza | 19.00 | 340.20 | 6,463.80 |
| 1.6.1.2 | Suministro e instalación de contacto Duplex Polarizado en piso, 20 ampers, 127 volts, mod. gftr2-w, incluye: caja para montaje en piso wiremold o similar aprobada para instalación en piso. | pza | 18.00 | 1,950.00 | 35,100.00 |
| 1.6.1.3 | Suministro e instalación de contacto doble polarizado de 20A, 127V, a prueba de manipulación, mod. T5825-W, con tapa línea decora, marca LEVITON ó similar en calidad y precio. | pza | 5.00 | 340.20 | 1,701.00 |
| 1.6.1.4 | Suministro e instalación de contacto doble polarizado, 20A, 125V, cat. 16352-W, con tapa línea decora marca Leviton o similar en calidad y precio. | pza | 131.00 | 240.00 | 31,440.00 |
| 1.6.1.5 | Suministro e instalación de contacto doble polarizado 20a, 127v, con interruptor de falla a tierra, mod. gftr2-w, marca Leviton ó similar en calidad y precio, con tapa a prueba de intemperie, en caja FS. | pza | 6.00 | 394.00 | 2,364.00 |
| 1.6.1.6 | Suministro y colocación de Salida eléctrica para Contacto normal. Incluye: 4 metros de tubería tipo pared delgada galvanizada T-16 (1/2") con soportería aprobada, 9 metros de cable thw-ls calibre 10awg (F,N), 4.5 metros de cable de cobre desnudo o color verde thw-ls calibre 12. | salida | 179.00 | 344.00 | 61,576.00 |
| 1.6.1.7 | Suministro e instalación de tubo pdg de 3/4" (21) para circuitos derivados de contactos, conteniendo 6 conductores de cobre calibre 10 AWG con aislamiento thw-ls (3F+3N), un conductor de cobre calibre 10 desnudo o color verde con aislamiento thw-ls (tf). | m | 612.00 | 264.00 | 161,568.00 |
| 1.6.3 | ALUMBRADO PLANTA BAJA | | | | 170,418.00 |
| 1.6.3.2 | Suministro e instalación de salida de apagador. Incluye 3 metros de tubería pared delgada galvanizada T-16 (1/2") con soportería aprobada, 6 metros de cable calibre 12 AWG thw-ls (F,N), 2 metros de cable calibre 12 desnudo o thw-ls color verde (tf). | pieza | 74.00 | 190.00 | 14,060.00 |
| 1.6.3.3 | Suministro e instalación de salida para luminaria sobre plafón o suspendida, caja Galvanizada 4 x 4 o similar con NOM vigente. Incluye: 6 metros de tubería tipo pared delgada galvanizada T-16 (1/2") con soportería aprobada, 0.5 metros de tubo flexible de T-16 (1/2"), 14 metros de cable thw-ls calibre 12awg (F,N), 7 metros de cable de cobre desnudo o color verde thw-ls calibre 12. | pieza | 274.00 | 426.00 | 116,724.00 |
| 1.6.3.4 | Suministro e instalación de tubo pdg de 3/4" (21) para circuitos derivados de luminarias, conteniendo 6 conductores de cobre calibre 12 AWG con aislamiento thw-ls (3F+3N) y un conductor de cobre calibre 12 desnudo o color verde con aislamiento thw-ls (tf). | m | 266.00 | 149.00 | 39,634.00 |
| | | | | | |
| | | | | SUBTOTAL | $15,517,241.38 |
| | | | | I.V.A. | $2,482,758.62 |
| | | | | TOTAL | $18,000,000.00 |
b) Cronograma de avance físico-financiero del proyecto: (Anexar en Word y editable)
Cronograma de avance físico y financiero de la "_1_" Etapa de creación del "Centro de Justicia para las
Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua"
| | Secretaría General de Gobierno; |
| Secretaria de Comunicación y Obras Públicas; |
| Centro de Justicia para las Mujeres de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua |
| 6 Meses |
| |
| Descripción del concepto de obra | Total del monto a ejecutar | Avance | MES 1 | MES 2 | MES 3 | MES 4 | MES 5 | MES 6 |
| PRELIMINARES | $373,905.50 | Financiero | $373,905.50 | | | | | |
| | | Físico | % 2 | | | | | |
| CIMENTACION | $3,363,061.54 | Financiero | | $3,363,061.54 | | | | |
| | | Físico | | % 18.68 | | | | |
| ESTRUCTURA METALICA | $6,690,779.22 | Financiero | | | $6,690,779.22 | | | |
| | | Físico | | | % 37.17 | | | |
| ALBAÑILERIA | $4,101,788.163 | Financiero | | | | $4,101,788.163 | | |
| | | Físico | | | | % 22.79 | | |
| INSTALACION | $517,076.16 | Financiero | | | | | $517,076.16 | |
| HIDROSANITARIA | | Físico | | | | | %2.87 | |
| INSTALACION | $470,630.80 | Financiero | | | | | | $470,630.80 |
| ELECTRICA | | Físico | | | | | | %2.61 |
| Ejercido por mes | | $373,905.50 | $3,363,061.54 | $6,690,779.22 | $4,101,788.163 | $517,076.16 | $470,630.80 |
| IVA | | $59,824.88 | $538,089.85 | $1,070,524.68 | $656,286.11 | $82,732.19 | $75,300.93 |
| Subtotal | | $433,730.38 | $3,901,151.39 | $7,761,303.90 | $4,758,074.27 | $599,808.35 | $545,931.73 |
| Porcentaje de avance físico acumulado de la obra | | % 2 | % 18.68 | % 37.17 | % 22.79 | %2.87 | %2.61 |
| Total del costo de la obra | | $18'000,000.00 |
(Dieciocho millones de pesos 00/100 M.N.).
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 17 días del mes de julio de 2020.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Titular, de conformidad con los artículos 11, fracción II, 115, fracción V y 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, firma en suplencia por ausencia, la C. Balbina Hernández Alarcón, Directora General Adjunta de la Unidad de Género.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Chihuahua, Javier Corral Jurado.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Luis Fernando Mesta Soulé.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Arturo Fuentes Vélez.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado, César Augusto Peniche Espejel.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, Gustavo Elizondo Aguilar.- Rúbrica.