CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 en el ejercicio fiscal 2020, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de San Luis Potosí.

DGPLADES-FAM-CECTR-SLP-01/2020
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", ACTUANDO EN ESTE ACTO POR CONDUCTO DE LA DRA. ASA EBBA CHRISTINA LAURELL, SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. ALEJANDRO MANUEL VARGAS GARCÍA, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES) Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR LA DRA. MÓNICA LILIANA RANGEL MARTÍNEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE SAN LUIS POTOSÍ, CON LA PARTICIPACIÓN DEL LIC. DANIEL PEDROZA GAITÁN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.       Con fecha 10 de octubre de 2012 "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.      De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por la Secretaria de Finanzas y la Dirección General de los Servicios de Salud de San Luis Potosí de "LA ENTIDAD", en tanto que por "LA SECRETARÍA", lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas (actualmente denominada Unidad de Administración y Finanzas); la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Comisión Nacional contra las Adicciones, por mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos.
III.     El Programa se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:
-       Salud para toda la población.
IV.     Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
V.     El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 tiene como misión ser un Programa que coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales destinados a la prestación de servicios de Atención Primaria a la Salud en las áreas de enfoque
potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 personas.
DECLARACIONES
I.       DE "LA SECRETARÍA":
I.1.    La Dra. Asa Ebba Christina Laurell, en su carácter de Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.2.    La DGPLADES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto en el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo titular es el Dr. Alejandro Manuel Vargas García, quien se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción XIII y 25, fracciones I, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.3.    El objetivo general del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, es el de contribuir con las Entidades Federativas para brindar de forma efectiva acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud, mediante la transferencia de recursos federales, personal médico y UMM de diferente capacidad resolutiva, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con UMM equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el Ejercicio Fiscal 2020, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 28 de diciembre del 2019.
I.4.    Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.5.    Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
II.      DE "LA ENTIDAD":
II.1.   Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí.
II.2.   Atento a lo señalado por el artículo lo del Decreto Administrativo, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí, el once de septiembre de mil novecientos noventa y seis, se crea el Organismo Descentralizado de la Administración Pública estatal denominado Servicios de Salud de San Luis Potosí, con personalidad jurídica, patrimonio propio, así como con funciones de autoridad, el cual tendrá su domicilio legal en la ciudad de San Luis Potosí.
II.3.   El Secretario de Finanzas, tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 25, 31 fracción II y 33 fracciones I y VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento de fecha dieciséis de enero del dos mil diecinueve, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado, Dr. Juan Manuel Carreras López, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia de su
nombramiento.
II.4.   La Secretaría de Salud y Directora General del Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal, denominado Servicios de Salud de San Luis Potosí, suscribe el presente convenio, con fundamento en lo preceptuado por los artículos 25, 31 fracción XVII y 41 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; 9, I0 12 fracciones l, XII y XIII del Decreto Administrativo de Creación de Servicios de Salud de San Luis Potosí; 14 fracciones l, ll, XIII y XIV de su Reglamento Interior, y con la representación legal del Organismo como Apoderada para Actos de Administración y de Dominio y para Pleitos y Cobranzas, con todas las facultades y obligaciones legales, así como, para suscribir acuerdos o convenios con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con las entidades federativas, con los municipios con organismos del sector privado y social en materia de la competencia del organismo, así como con instituciones sociales y privadas en relación con la materia objeto del Organismo; y acredita la personalidad con los nombramientos para ejercer dichos cargos expedidos a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado, Juan Manuel Carreras López, el veintiséis de septiembre de dos mil quince, y la designación de la Junta de Gobierno del Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal, Servicios de Salud de San Luis Potosí, el cinco de octubre del año dos mil quince, en los términos de la propuesta que formuló el Titular del Poder Ejecutivo, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.5.   Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifican en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.
II.6.   Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en el edificio marcado con el número 5850 de la calle Prolongación Calzada de Guadalupe, de la colonia Lomas de la Virgen, en la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P., C.P. 78380.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 en el ejercicio fiscal 2020 en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de dicho Programa en "LA ENTIDAD", otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, para el desarrollo del Programa; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este Programa.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en ajustarse a lo estipulado en el "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el ejercicio fiscal 2020", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre del 2019,
y a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio como si a la letra se insertaran, a las del presente Convenio, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARÍA" transferirá a "LA ENTIDAD", en una ministración, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2 del mismo, un importe de hasta $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD", de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a los Servicios de Salud de San Luis Potosí, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora procederá a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del Programa para este Convenio que permita mantener los recursos plenamente identificados para la recepción, ejercicio, comprobación y cierre por parte de la Secretaría de Finanzas y notificará por escrito los datos de identificación de dicha cuenta a la DGPLADES.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
La Secretaría de Finanzas, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.       "LA SECRETARÍA" por conducto de la DGPLADES, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con los anexos 3,
7 y 7 A, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.      "LA SECRETARÍA" transferirá los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.     "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Modelo de Supervisión Federal Operativa y formatos que se establezcan para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en su Anexo 11, a efecto de verificar la correcta operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 9, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
        En caso de que, con motivo de las visitas de supervisión, "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.     "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.      "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio; la documentación soporte deberá adjuntarse en archivos electrónicos en la plataforma informática correspondiente.
        En caso de presentarse la falta de comprobación de los recursos presupuestarios federales que le han sido transferidos a la "LA ENTIDAD", "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, podrá en todo momento determinar la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD".
VI.     Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores de desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos a "LA ENTIDAD" para contribuir con la prestación de servicios de atención primaria a la salud a través del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, a cargo de los Servicios
de Salud de San Luis Potosí.
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 5 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 6 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos de gasto mencionados en los Anexos 3 y 7 para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 en el ejercicio fiscal 2020; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 7 (a excepción de la partida 12101), así como las partidas estipuladas en el Anexo 7A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto, conforme a los Anexos 4 y 10.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARÍA" por conducto de la DGPLADES, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 7 del presente Convenio, deberán ser erogados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.       Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación, por conducto de la Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARÍA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.      Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.     Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV.     Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
 
        Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.      Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARÍA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.     Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia que así lo establezcan, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARÍA", a través de la DGPLADES, el archivo electrónico con la verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.    Los recursos federales transferidos que después de radicados en la Secretaría de Finanzas de "LA ENTIDAD", no se ministren a la Unidad Ejecutora, dentro de los 15 días posteriores a la transferencia, deberá devolverlos inmediatamente, sin necesidad de requerimiento, y para el caso de que una vez ministrados no sean ejercidos en los términos del Convenio, deberán ser reintegrados a la TESOFE con independencia de que se los requiera o no "LA SECRETARÍA" por conducto de DGPLADES.
VIII.   Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el aseguramiento de las unidades médicas móviles asignadas en comodato o adquiridas con recursos de Nuevas modalidades por "LA ENTIDAD" para el desarrollo del Programa. Para el caso de UMM otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
        Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a la DGPLADES, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES.
IX.     Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a la DGPLADES, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, resguardando la documentación comprobatoria.
X.      Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles.
XI.     Brindar las facilidades para que "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES pueda verificar, el cumplimiento de las rutas aprobadas.
XII.    Informar de manera mensual a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los 10 días hábiles siguientes al mes de que se trata, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 9 del presente Convenio. (Adjuntando en archivos electrónicos la documentación soporte
correspondiente).
XIII.   Estampar en la documentación comprobatoria, el sello con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 del Ejercicio Fiscal 2020". En caso de la documentación comprobatoria del Capítulo 1000, dicha leyenda deberá ser incorporada dentro de la estructura del archivo XML del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
XIV.   Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2020 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XV.    Los Servicios de Salud de San Luis Potosí, realizarán los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2020, conforme a los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Programa y de conformidad con el Anexo 8 del presente Convenio Específico de Colaboración.
XVI.   Los Servicios de Salud de San Luis Potosí, deberán informar a "LA SECRETARÍA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa, mediante el formato descrito en el Anexo 10, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los diez días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XVII.  Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y supervisiones realizadas.
XVIII. Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí.
XIX.   Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de internet, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí.
XX.    Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las Reglas de Operación del Programa y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
        Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:
a.   Difusión.- Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
b.   Capacitación y asesoría a servidores públicos - Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.   Capacitación a integrantes de Comités - "LA ENTIDAD"; y
d.   Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA ENTIDAD".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARÍA" se obliga a:
I.       Transferir a "LA ENTIDAD" a través de la DGPLADES, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos en su Anexo 2.
II.      Verificar, a través de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del
mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.     Practicar periódicamente a través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de supervisión de acuerdo con el Programa que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en su Anexo 11, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.     Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la DGPLADES, dentro de los quince días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2020 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño Anexo 6 y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
V.      Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en lo reportado en el Anexo 9, así como en el Anexo 4.
VI.     Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "LA SECRETARÍA", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.    En su caso, suspender o cancelar las ministraciones subsecuentes de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cuando aquéllos que se hayan transferido no sean comprobados o reintegrados a la Tesorería de la Federación.
VIII.   Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
IX.     Dar seguimiento, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
X.      Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la DGPLADES, la verificación y seguimiento de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.
XI.     Verificar a través de la DGPLADES, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las Reglas de Operación.
XII.    Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XIII.   Difundir en la página de internet de la DGPLADES, el presente instrumento jurídico en el que se señalan los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV.   Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO.- La verificación y seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARÍA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LA SECRETARÍA" a través de la DGPLADES, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio.
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento
jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020.
DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse administrativamente, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los dos días del mes de enero de dos mil veinte.- Por la Secretaría: la Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Asa Ebba Christina Laurell.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas, Daniel Pedroza Gaitán.- Rúbrica.- La Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud de San Luis Potosí, Mónica Liliana Rangel Martínez.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
 
CAPÍTULO DE GASTO
APORTACIÓN
FEDERAL
APORTACIÓN
ESTATAL
TOTAL 2020
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
$8,105,215.53
$ -
$8,105,215.53
TOTAL
$8,105,215.53
$ -
$8,105,215.53
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
PERIODO PARA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
 
 
CONCEPTO
PERIODO: 01 ENE 31 MZO
TOTAL 2020
4000 "Transferencias,
Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
43801 "Subsidios a las
Entidades Federativas y
Municipios.
$8,105,215.53
$8,105,215.53
TOTAL
$8,105,215.53
$8,105,215.53
 
"La Secretaría" podrá suspender la transferencia de los recursos presupuestarios federales, con carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, en caso de presentarse incumplimiento en la comprobación de los recursos transferidos a "La Entidad" mediante el presente instrumento.
La comprobación de los recursos deberá de realizarse dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes al término del mes correspondiente.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $ 8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 13 UMM
TOTAL 2020
1000      "SERVICIOS PERSONALES"
$7,880,715.53
3700      "SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS" (*)
$224,500.00
TOTAL
$8,105,215.53
 
* Los recursos presupuestarios transferidos en el concepto de gasto 3700, podrán ser ejercidos por la entidad en cualquiera de las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7 de este Convenio y los rendimientos financieros derivados de esta transferencia, podrán ser aplicados a las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7A.
En caso de que personal del FAM en la entidad federativa, realice comisiones oficiales, en las cuales genere gastos por concepto de otros impuestos y derechos, podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
 
 
ANEXO 4 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2020 PARA "GASTOS DE OPERACIÓN"

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
 
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2020
PARA "GASTOS DE OPERACIÓN"
INSTRUCTIVO
Se deberá anotar lo siguiente:
1     Entidad Federativa.
2     Monto por concepto de gasto
 
3     Concepto de Gasto de Aplicación
4     Nombre del Concepto de Gasto
5     Fecha de elaboración del certificado
6     Partida Específica de gasto
7     Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
8     Número de la Clave Única de Establecimientos de Salud (CLUES)
9     Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
10    Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
11    Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
12    Especificar si es contrato o pedido
13    Proveedor o Prestador de Servicios
14    Importe del CFDI (incluye IVA) y/o ISR.
15    Observaciones Generales
16    Total del gasto efectuado.
17    Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
18    Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
19    Nombre del Director de Administración de los Servicios de Salud o equivalente.
20    Secretario de Salud o Director de los Servicios de Salud de la entidad (o su equivalente).
21    Mes en que se reporta
NOTA:     ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASÍ COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGÚN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASÍ LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIÓN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).
POR OTRA PARTE, DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
 
ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
SAN LUIS POTOSÍ RUTAS 2020
No. de unidades: 5 UMM-0, 2 UMM-1, 4 UMM-2 y 2 UMM-3.
 
Dirección General de Información en Salud
Anexo 5 de Trabajo 2020
Red de Atención
CLUES
Nombre de la UMM
Tipo de
UMM y año
Municipio
Localidades en ruta
Población
Objetivo
(INEGI)
Personal
Jornada
de la
Unidad
Móvil
Centro de Salud ANCLA (para las Tipo
0)
Unidad de Nivel (Emergencias Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
SPSSA001114
Caravana Tipo 1 San Luis
UMM-1, 2007
028
San Luis Potosí
240280394
Rinconada
1,382
Médico
Enfermera
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA001114
Caravana Tipo 1 San Luis
UMM-1, 2007
028
San Luis Potosí
240280256
Fracción Milpillas
1,546
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA001114
Caravana Tipo 1 San Luis
UMM-1, 2007
028
San Luis Potosí
240280230
Los García
108
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA001114
Caravana Tipo 1 San Luis
UMM-1, 2007
028
San Luis Potosí
240280352
El Huizache
78
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA001114
Caravana Tipo 1 San Luis
UMM-1, 2007
028
San Luis Potosí
240280489
Los Rodríguez
17
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA001114
Caravana Tipo 1 San Luis
UMM-1, 2007
1
 
5
3,131
3
 
0
0
1
1
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440015
El Salto Colorado
148
Médico
Enfermera
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440010
Presa de Santa Ana
80
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440002
Cuatro Milpas
119
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440007
Noria de Los Cedros
101
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440020
Santa Teresa
86
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440043
Lázaro Cárdenas
34
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440031
Cerro La Borrega
27
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
044
Vanegas
240440122
La Chueca
3
SPSSA002176
Hospital General de Matehuala
SPSSA002181
Caravana Tipo 1 Salto Colorado
UMM-1, 2007
1
 
8
598
3
 
0
0
1
1
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080036
El Tepozán
315
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080070
Tanque Blanco
11
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080030
San Pedro de Los
Hernández
329
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080014
Loma Verde
14
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080017
Mezquites Grandes
190
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080004
Cerrito Blanco
179
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080044
Nuevo Ejido San
Pedro de Los
Hernández (Las
Viborillas)
173
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080015
Manzanillas
132
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080045
Las Maravillas
17
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080046
San Isidro de Los
Leones
3
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080034
Tanquito de Banda
76
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080021
La Peña de Salazar
69
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080013
La Labor de San
Diego
21
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
008
Cerritos
240080048
Tanque El Bendito
21
SPSSA000945
Hospital General de Riovere
SPSSA000250
Caravana Tipo 2 Tepozan de Arriba
UMM-2, 2007
1
 
14
1,550
4
 
0
0
1
1
 
SPSSA017453
Caravana Tipo 3 Villa Hidalgo
UMM-3, 2009
050
Villa de Reyes
240500053
Saucillo
1,731
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA017453
Caravana Tipo 3 Villa Hidalgo
UMM-3, 2009
050
Villa de Reyes
240500019
Ejido Gogorrón (Ex-
Hacienda de
Gogorrón)
1,548
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA017453
Caravana Tipo 3 Villa Hidalgo
UMM-3, 2009
1
2
3,279
4
 
0
0
1
1
SPSSA002391
Caravana Tipo 2 San Lorenzo
UMM-2, 2007
051
Villa Hidalgo
240510043
San Lorenzo
698
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
 
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA002391
Caravana Tipo 2 San Lorenzo
UMM-2, 2007
051
Villa Hidalgo
240510062
El Coyote
507
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA002391
Caravana Tipo 2 San Lorenzo
UMM-2, 2007
051
Villa Hidalgo
240510050
Silos
491
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA002391
Caravana Tipo 2 San Lorenzo
UMM-2, 2007
051
Villa Hidalgo
240510016
Jagüey
208
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA002391
Caravana Tipo 2 San Lorenzo
UMM-2, 2007
051
Villa Hidalgo
240510008
El Coro
3
SPSSA017301
Hospital del Niño y La Mujer
SPSSA002391
Caravana Tipo 2 San Lorenzo
UMM-2, 2007
1
5
1,907
4
 
0
0
1
1
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130084
Gustavo Garmendia
(La Unión)
434
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130403
El Ocotito
5
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130557
Los Plátanos (La
Estancia)
3
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130318
La Escondida
237
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130912
Pepe Lárraga (La
Unión)
1
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130989
Los Platanitos
10
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130810
El Pedregal de San
Miguel
3
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130840
Colonia Citlalmina
450
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130659
Las Cuatro Milpas
(Rancho del Tío Pedro)
5
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130711
Montecillos (La
Curva)
312
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130835
El Chubasco
7
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130524
Tampaspaque (Cruz de
Aquiche)
8
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130545
Rancho Alanís
4
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130836
La Cima
2
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240131053
Rancho Los Martell
1
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130119
Montecillos
39
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130757
Rancho El Potrillo
6
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240131064
Colonia Mano Amiga
27
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130961
El Pachamal (Tobías
Clemente)
3
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240131028
El Aguaje
12
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130479
Fraccionamiento Las
Granjas
252
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130474
Las Fincas
356
SPSSA000356
Hospital General de Valles
 
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130105
León García
237
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130834
El Chorro (Gregorio
González)
2
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130872
Granja María Alejandra
5
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130478
Fraccionamiento
Lomas del Real
207
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130712
Los Jobitos
107
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130842
Colonia Victoria
97
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130998
Colonia Eligio
Quintanilla
120
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
013
Ciudad Valles
240130227
Tanzacalte
89
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA000455
Caravana Tipo 2 Gustavo Garmendia
UMM-2, 2007
1
 
30
3,041
4
 
0
0
1
1
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160023
Reforma El Alto
891
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160011
Estación Velazco
594
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160062
Ejido Ampliación
Velazco
355
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160064
Rancho El Alazán
7
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160208
Rancho San Francisco
3
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160128
La Joya
1
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160129
Las Cuarenta
1
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160138
Rancho La Miniatura
3
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160139
Crucero El Limón
5
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160067
El Vergel
9
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160154
Ejido Ampliación
Tampacoy
6
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160066
La Simiente
3
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160036
Vichinchijol Nuevo
345
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160002
Ajinche Marland
175
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160221
El Tronconal
141
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160084
Antigua Reforma
223
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160003
Estación Auza
134
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160179
Alfredo Gómez (Los
Potosinos)
14
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160092
Rancho San Miguel
6
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160089
Rancho El Auza (EL
ALTO)
*
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160071
Rancho La Esperanza
4
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160082
Rancho Juan José
2
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160094
Santa Lucía
2
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160264
El Cube (Ejido Auza)
4
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
016
Ebano
240160248
Ejido Auza (Carlos San
Martín)
1
SPSSA000356
Hospital General de Valles
SPSSA002876
Caravana Tipo 2 Estación Velazco
UMM-2, 2007
1
 
25
2,929
4
 
0
0
1
1
 
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220006
Barrancas
350
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220054
San José de
Enramada
344
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220043
El Retiro
290
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220018
Ex-Hacienda de
Enramada
318
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220019
Estación de
Enramada
273
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220012
El Colorado
220
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220061
Santa Teresa
221
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220046
Salsipuedes
192
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220009
El Carpintero
199
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220036
Piedra Azul (La Piedra)
141
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220064
El Sotol
98
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220094
Pozos de Matanza
138
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220120
El Amparo
114
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220005
Arroyo Hondo
152
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220008
La Carpa
93
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220063
El Saucito
74
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220062
San Vicente
50
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220051
San Isidro
52
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220104
San Matías
45
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220015
La Cueva
54
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220017
La Encarnación
32
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220060
Santa Rita
44
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220108
El Tule
51
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
 
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220182
Santa Rosa
38
Médico
Enfermera
Dentista
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220135
El Jaralito
13
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220069
Cañada
*
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220128
Ojo de Agua
*
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
022
Moctezuma
240220134
San José de La
Tiendita
12
SPSSA017313
Hospital General de Soledad de Graciano Sánchez
SPSSA017506
Caravana Tipo 3 Valles
UMM-3, 2009
1
 
28
3,608
4
 
0
0
1
1
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030005
La Caldera
893
Médico
Enfermera
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030025
El Sabinal
25
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030012
Linjá
463
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030027
San José El Viejo
184
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030310
Barrio El Progreso
229
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030019
El Otate
166
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030258
Cueva del Tiwi (Cueva
de La Gavilucha)
10
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
003
Aquismón
240030225
Agua Nueva
24
SPSSA000105
Tampemoche
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003740 (*)
Unidad Médica Móvil La Caldera
UMM-0, 2013
1
 
8
1,994
3
 
1
1
1
1
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
037
Tamazunchale
240370041
Guaxcuaco
512
Médico
Enfermera
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA001715
Tamazunchale
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
037
Tamazunchale
240370018
Cacateo
469
SPSSA001715
Tamazunchale
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
037
Tamazunchale
240370239
Pahuayo
436
SPSSA001715
Tamazunchale
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
037
Tamazunchale
240370240
Pezmayo Santiago
125
SPSSA001715
Tamazunchale
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
037
Tamazunchale
240370381
La Peñita Santiago
83
SPSSA001715
Tamazunchale
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
037
Tamazunchale
240370364
Tequilillo
10
SPSSA001715
Tamazunchale
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
037
Tamazunchale
240370374
Cerro Grande
Santiago
79
SPSSA001715
Tamazunchale
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003773
Unidad Médica Móvil Guaxcuaco
UMM-0, 2013
1
 
7
1,714
3
 
1
1
1
1
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370052
Mecachiquico
487
Médico
Enfermera
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA002806
Cuaxocotitla
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370094
Texojol
456
SPSSA002806
Cuaxocotitla
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370022
Cuatzontitla
256
SPSSA002806
Cuaxocotitla
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370169
Mecapala
228
SPSSA002806
Cuaxocotitla
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370327
Río Claro (Las
Adjuntas)
60
SPSSA002806
Cuaxocotitla
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370231
Río Claro (Mauro
Martínez)
*
SPSSA002806
Cuaxocotitla
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370232
Rio Claro (Don
Romualdo)
*
SPSSA002806
Cuaxocotitla
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003875
Unidad Médica Móvil Texojol
UMM 0, 2013
1
 
7
1,487
3
 
1
1
1
1
 
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570006
Atlamaxátl
885
Médico
Enfermera
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570007
Barrio de Arriba
651
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570034
Barrio San José
(Tlajumpal)
393
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570042
Barrio San Juan
(Tlajumpal)
330
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570041
Barrio San Isidro
(Tlajumpal)
267
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
037
Tamazunchale
240370210
Xinictle
321
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570090
Zacarrincón
204
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570052
Pilvega Atlamaxátl
37
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003800
Unidad Médica Móvil San Jose Tlajumpal
UMM 0, 2013
2
 
8
3,088
3
 
1
1
1
1
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570075
Tlaxco
479
Médico
Enfermera
Promotor
8 Hrs de
Lunes a
Viernes
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570026
Tamala
472
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570050
Nuevo Tepetzintla
554
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570067
Pahuayo Primero
520
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570068
La Peñita (La Peña)
467
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570025
San José Barrio
Arriba
185
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570069
Pilaxtla
127
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
057
Matlapa
240570066
Iglesia Vieja
122
SPSSA002671
Centro de Salud Matlapa
SPSSA000356
Hospital General de Cd. Valles
SPSSA003842
Unidad Médica Móvil Tlaxco
UMM 0, 2013
1
 
8
2,926
3
 
1
1
1
1
13
13
13
 
11
 
155
31,252
45
 
4
4
5
5
*Notas: En el ejercicio 2020, las UMM-3 operarán como UMM-2 / El asterisco (*) en las CLUES identifica las Unidades Médicas Móviles con antecedente de ajuste presupuestal 2017, por productividad insuficiente en 2016.
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2020
Entidad Federativa


Consultas de
primera vez por
diagnóstico y/o
tratamiento
reportadas en IG
en el periodo
Consultas de
primera vez por
diagnóstico y/o
tratamiento
reportadas en
DGIS*
Consultas
subsecuentes
reportadas
en IG en el
periodo
Consultas
subsecuentes
reportadas en
DGIS*
Acciones al
individuo +
acciones
a la comunidad
reportadas
en IG
en el periodo
Acciones al
individuo +
acciones a la
comunidad
reportadas
en
DGIS*
Muertes
materna
s por lugar
de origen
en el
periodo
Trimestre:









TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO UNIDADES
MÉDICAS
MÓVILES)

Cobertura
Operativa por
trimestre

Hombres
Rango de Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres



70 y más



1er









65 a 69



2do









60 a 64



3er









55 a 59



4to









50 a 54



Total









45 a 49










40 a 44



Causa de diferencia entre cifras de IG y plataforma de la DGIS

35 a 39



Consultas de 1ra vez
por diagnóstico
o tratamiento


30 a 34




25 a 29




20 a 24



Consultas
subsecuentes


15 a 19




10 a 14




5 a 9



Acciones al individuo
y acciones a
la comunidad


2 a 4 años




1 año




< de 1 año



Otros comentarios
Fecha de la consulta en DGIS:

Total








Población de Anexo 5











 
____________________________________
Supervisor Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración
 
____________________________________
Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Validación
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2020
 
Entidad Federativa:











Trimestre:












Fecha de validación DGPLADES:










I. Control Nutricional

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
1.1
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso














1.2
Porcentaje de niños con peso para la talla normal














1.3
Porcentaje de niños con desnutrición leve














1.4
Porcentaje de niños con desnutrición moderada














1.5
Porcentaje de niños con desnutrición grave














1.6
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición















 

II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
2.1
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas de primera vez en menores de cinco años














2.2
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron
plan A














2.3
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas















 

III. Enfermedades Respiratoria Agudas en menores de cinco años

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
3.1
Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años














3.2
Porcentaje de casos de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico














3.3
Porcentaje madres capacitadas en infecciones respiratorias agudas















 

IV. Diabetes Mellitus

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
4.1
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento














4.2
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados














4.3
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus














4.4
Porcentaje de detecciones para Diabetes Mellitus














 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
5.1
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento














5.2
Porcentaje de Pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados














5.3
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica














5.4
Porcentaje de detecciones para Hipertensión Arterial Sistémica















 

VI. Obesidad

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D) *100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
6.1
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento














6.2
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados














6.3
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.4
Porcentaje de detecciones para Obesidad















 

VII. Dislipidemias

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
7.1
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento














7.2
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados














7.3
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.4
Porcentaje de detecciones para Dislipidemias















 

VIII. Síndrome Metabólico

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D )
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
8.1
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico en tratamiento














8.2
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico controlados














8.3
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico














 
 
 
 
 

IX. Cáncer Cervicouterino

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D) *100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
9.1
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino














9.2
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano














9.3
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.4
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)














9.5
Tasa de detección de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
10.1
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 39 años con exploración clínica de mama














10.2
Tasa de detección de cáncer de mama















 

XI. Control Prenatal y Puerperio

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
11.1
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación














11.2
Proporción de consultas a mujeres embarazadas














11.3
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.4
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.5
Proporción de consultas de seguimiento a puérperas















 

XII. Prevención de defectos al nacimiento

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
12.1
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron ácido fólico















 

XIII. Planificación Familiar

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
13.1
Porcentaje de usuarios activos de planificación familiar














13.2
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar














 
 
 
 
 

XIV. Atención Odontológica

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
14.1
Promedio de pacientes que reciben consulta odontológica














14.2
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas














14.3
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

XV. Vacunación

ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO


1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
15.1
Porcentaje de vacunación en embarazadas














15.2
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años














 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de
Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2020
 
 
CAUSAS POR LAS QUE SE OBTUVIERON LOS RESULTADOS
ACCIONES PARA MEJORAR
I
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
1.6
II
2.1
2.2
2.3
III
3.1
3.2
3.3
IV
4.1
4.2
4.3
4.4
V
5.1
5.2
5.3
5.4
VI
6.1
6.2
6.3
6.4
VII
7.1
7.2
7.3
7.4
VIII
8.1
8.2
8.3
IX
9.1
9.2
9.3
9.4
9.5
X
10.1
10.2
XI
11.1
11.2
11.3
11.4
11.5
XII
12.1
XIII
13.1
13.2
XIV
14.1
14.2
14.3
XV
15.1
15.2
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS DERIVADO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA FAM.
13202
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal operativo y gerencial del Programa FAM en las entidades federativas.
37101*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS, SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE ESTAS PARTIDAS PARA COORDINADOR, SUPERVISORES Y ENLACE ADMINISTRATIVO.
EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, SE PODRÁ HACER USO DE ESTAS PARTIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARÍA" (DGPLADES).
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 7 A DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
APLICACIÓN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas, entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa FAM.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas y accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2020.
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y elaboración de material informativo (folletos, calcomanías, trípticos, carteles, manuales, reglas de operación, etc.) que forma parte de los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios de las dependencias y entidades distintos a los de comunicación social y publicidad.
35401
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa FAM y su planta de luz o de emergencia.
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
PERSONAL EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACIÓN POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA.
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE PERCEPCIONES
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
1
$47,973.69
$5,330.41
$53,304.10
11
$586,345.10
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A")
2
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
11
$819,657.74
ENLACE ADMINISTRATIVO
1
$17,500.00
$1,944.44
$19,444.44
11
$213,888.89
 
$1,619,891.73
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE PERCEPCIONES
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
5
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
11
$945,754.70
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
5
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
11
$789,440.30
 
$1,735,195.00
UNIDAD MÓVIL TIPO 1
 
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE PERCEPCIONES
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
11
$378,301.88
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
11
$315,776.12
 



$694,078.00
UNIDAD MÓVIL TIPO 2
 

DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE PERCEPCIONES
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
11
$756,603.76
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
4
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
11
$631,552.24
CIRUJANO DENTISTA "A"
4
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
11
$1,166,211.20
 
$2,554,367.20
UNIDAD MÓVIL TIPO 3 (En el ejercicio 2020 estas unidades operarán como UMM-2.)
DESCRIPCIÓN
No.
PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)
PARTE PROPORCIONAL DE
GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE PERCEPCIONES
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
11
$378,301.88
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
11
$315,776.12
CIRUJANO DENTISTA "A"
2
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
11
$583,105.60
 
$1,277,183.60
 

 
TOTAL
$7,880,715.53
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2020
ENTIDAD FEDERATIVA:                                                                                                                                                              MES:
MES:
SECRETARIA DE FINANZAS
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
No. CUENTA PRODUCTIVA
No. DE CUENTA PRODUCTIVA
ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
MONTO TOTAL
ACUMULABLE
$                                    -
$                                       -
$                          -
 
*ENVIAR DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL TÉRMINO DEL MES CORRESPONDIENTE.
 
___________________________
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
 
_____________________________________
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS
SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
___________________________________
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
ANEXO 10 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2020
Capítulo
de gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Presupuesto
comprometido
(con
documentación
soporte)
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos
reintegrados a
TESOFE (2)
1000
 
No. Cuenta Secretaría de Finanzas
3000
 
No. Cuenta Servicios de Salud
Total
 
Total
 
 
 
________________________________
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
 
_____________________________________
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS
SERVICIOS DE SALUD (O SU EQUIVALENTE)
 
 
___________________________________
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
 
ANEXO 11 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA
OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200
PROGRAMA DE VISITAS DE SUPERVISIÓN A REALIZAR EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: FEBRERO A DICIEMBRE 2020
 
De conformidad con el Modelo de Supervisión se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo
especificado en las Cláusulas TERCERA fracciones I, III y V y Octava fracción III del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí con el propósito de verificar la operación y el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $ 8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), así como el estado general que guarden los bienes dados en comodato del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $8,105,215.53 (Ocho millones ciento cinco mil doscientos quince pesos 53/100 M.N.), que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por conducto de los Servicios de Salud de San Luis Potosí y la Secretaría de Finanzas.
Firmas de los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 7A, 8, 9, 10 y 11 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, para la Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.- Por la Secretaría: la Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Asa Ebba Christina Laurell.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alejandro Manuel Vargas García.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas, Daniel Pedroza Gaitán.- Rúbrica.- La Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud de San Luis Potosí, Mónica Liliana Rangel Martínez.- Rúbrica.