DECRETO por el que se aprueba el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 25 y 26 de la propia Constitución; 9, 22, 25, 26 Bis, 27 al 32 de la Ley de Planeación; y 9o., 31 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que corresponde al Estado, la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la propia Constitución;
Que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prevé las bases para que el Estado organice el sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. Los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución determinarán los objetivos de la planeación;
Que en cumplimiento al artículo 21 de la Ley de Planeación, en relación con el Transitorio Segundo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018, el Ejecutivo Federal a mi cargo, envió el 30 de abril de 2019 a la Cámara de Diputados para su aprobación, el Plan Nacional de Desarrollo 2019 - 2024;
Que la Cámara de Diputados, verificó la congruencia entre el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que el 27 de junio de 2019, ese Órgano Legislativo aprobó el referido Plan, el cual fue publicado el 12 de julio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece los siguientes tres Ejes Generales: I. Política y Gobierno, II. Política Social y III. Economía; para lograr su cumplimiento, el propio Plan prevé como sus principios rectores: "Honradez y honestidad"; "No al gobierno rico con pueblo pobre"; "Al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie"; "Economía para el bienestar"; "El mercado no sustituye al Estado"; "Por el bien de todos, primero los pobres"; "No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera"; "No puede haber paz sin justicia"; "El respeto al derecho ajeno es la paz"; "No más migración por hambre o por violencia"; "Democracia significa el poder del pueblo", y "Ética, libertad, confianza";
Que el Eje Apartado General III. Economía del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 determina como uno de sus proyectos regionales el Corredor Transístmico, mismo que será instrumentado a través de este Programa regional, y tendrá como objetivo impulsar el crecimiento de la economía de esa región. Su eje será el Corredor Multimodal Interoceánico, que aprovechará la posición del Istmo de Tehuantepec para competir en los mercados mundiales de movilización de mercancías, a través del uso combinado de diversos medios de transporte;
Que en ese marco, y con la coordinación del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, se modernizará el ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, los puertos de Coatzacoalcos en Veracruz, y Salina Cruz en Oaxaca, se fortalecerá la infraestructura carretera y de caminos rurales, y se construirá un gasoducto para abastecer a empresas y consumidores domésticos. Asimismo, se crearán Polos de Desarrollo para el Bienestar a lo largo del Istmo de Tehuantepec que contarán con incentivos para atraer inversión que detone el desarrollo económico y social de la región, con base en las vocaciones productivas con mayor potencial, y
Que en congruencia con lo anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, en términos del artículo 25 de la Ley de Planeación, coordinó la elaboración del Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, conforme a los Ejes Generales previstos en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, mismo que somete a la consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo, he tenido a bien emitir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024, es de observancia obligatoria para el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec. Las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se sujetarán a sus disposiciones cuando dicho Programa incida en el ámbito de sus respectivas competencias.
ARTÍCULO TERCERO.- El Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, con la participación que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia les corresponda a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, darán seguimiento a la implementación de las estrategias prioritarias y acciones puntuales, así como al cumplimiento de los objetivos prioritarios establecidos en el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024, con base en las metas para el bienestar y parámetros correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de su competencia, vigilará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones contenidas en el presente Decreto.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, coordinará la ejecución de los objetivos prioritarios, estrategias prioritarias, acciones puntuales, metas para el bienestar y parámetros del Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024, con cargo a su presupuesto aprobado en los Presupuestos de Egresos de la Federación para los ejercicios fiscales que correspondan. La ejecución de las acciones puntuales del citado Programa será, en su caso, con cargo al presupuesto de las dependencias y entidades participantes, aprobado en los Presupuestos de Egresos de la Federación para los ejercicios fiscales que correspondan.
Dado en la Residencia del Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 30 de julio de 2020.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Arturo Herrera Gutiérrez.- Rúbrica.- La Secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros.- Rúbrica.