Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/B/06/2020/R/15/090
Oficios: DGR-B-2998/20 y DGR-B-3039/20
 
Por acuerdos del dieciséis y diecisiete de junio de 2020, se ordenó la notificación por edictos de los oficios que se citan en relación con las conductas presuntamente irregulares que se les atribuyen.
En el procedimiento DGR/B/06/2020/R/15/090, a Sergio Nochebuena Benavides, en su calidad de Residente de Obra del Gobierno del Estado de Puebla del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado número PO/LPN049/SI-20141098 de fecha 17 de octubre de 2014, consistente en que: "Omitió supervisar, vigilar, controlar y revisar la ejecución de los trabajos de obra al amparo del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado número OP/LPN049/SI-20141098 de fecha 17 de octubre de 2014, celebrado entre la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla y la Contratista Acapro de Hidalgo, S.A. de C.V., toda vez que indebidamente autorizó para el pago de las estimaciones 11, 12, 13, 14 y 17 con periodos de ejecución del 10 de junio al 9 de julio, del 10 al 16 de julio, del 17 al 23 de julio, del 24 al 30 de julio y del 24 al 30 de agosto de 2015, respectivamente, en el concepto SCREEN "Suministro y colocación de fachada con sistema ETFE", sin verificar la diferencia de volúmenes existente entre lo pagado por la entidad fiscalizada y lo cuantificado en el proyecto ejecutivo por un monto de $800,754.64 (OCHOCIENTOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 64/100 M.N.), ocasionando un daño a la Hacienda Pública Federal por el monto antes referido;" a Acapro de Hidalgo, S.A. de C.V., en su carácter de Contratista en términos del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado número PO/LPN049/SI-20141098 de fecha 17 de octubre de 2014, consistente en que: "Incumplió con lo estipulado en el contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado número PO/LPN049/SI-20141098 de fecha 17 de octubre de 2014, celebrado entre la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla y la Contratista Acapro de Hidalgo, S.A. de C.V., toda vez que presentó para cobro las estimaciones 11, 12, 13, 14 y 17 con periodos de ejecución del 10 de junio al 9 de julio, del 10 al 16 de julio, del 17 al 23 de julio, del 24 al 30 de julio y del 24 al 30 de agosto de 2015, respectivamente, sin considerar la diferencia de volúmenes existentes en el proyecto ejecutivo del concepto SCREEN "Suministro y colocación de fachada con sistema ETFE" del citado contrato, por un monto de $800,754.64 (OCHOCIENTOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 64/100 M.N.)", ocasionando un daño a la Hacienda Pública Federal por el monto antes referido. En tal virtud conforme al artículo 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de Federación (DOF) el 29 de mayo de 2009; en relación con los Transitorios PRIMERO y CUARTO del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicado en el DOF el 18 de julio de 2016; 3, en la parte relativa a la Dirección General de Responsabilidades y 40, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero de 2017, modificado mediante Acuerdo publicado en el DOF el 13 de julio de 2018, se les cita para que comparezcan personalmente y las personas morales a través de sus representantes legales a las audiencias a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, en el procedimiento DGR/B/06/2020/R/15/090 para Sergio Nochebuena Benavides, a las 10 horas del día 16 de julio de 2020; para Acapro de Hidalgo, S.A. de C.V., a las 12:00 horas del día 16 de julio de 2020; a efecto de que manifiesten lo que a su interés convenga, ofrezcan pruebas y formulen alegatos; apercibidos que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan y por precluidos sus derechos para manifestar lo que consideren pertinente, ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obren en los expedientes respectivos, debiendo presentar al momento de la comparecencia, identificación oficial vigente y con fotografía; asimismo, se les previene a fin de que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, sede de la ASF, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados que se encuentran visibles en la entrada del edificio sede, con fundamento en lo establecido por los artículos 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria a la Ley de la materia. Se pone a la vista para su consulta los expedientes mencionados, en días hábiles de 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30 horas. Ciudad de México, a 17 de junio de 2020. Firma el Lic. Héctor Barrenechea Nava, Director General de Responsabilidades de la ASF.- Rúbrica.
 
(R.- 495986)