EXTRACTO del Acuerdo INE/CG130/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación de la cartografía electoral del Estado de México, respecto de los municipios de Cuautitlán, Melchor Ocampo, Tultepec, Otzoloapan, Santo Tomás, Tejupilco, Temascaltepec, Valle de Bravo, Zacazonapan, Ixtapan de la Sal, Coatepec Harinas, Zacualpan y Almoloya de Alquisiras.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.

EXTRACTO del Acuerdo INE/CG130/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la modificación de la cartografía electoral del Estado de México, respecto de los municipios de Cuautitlán, Melchor Ocampo, Tultepec, Otzoloapan, Santo Tomás, Tejupilco, Temascaltepec, Valle de Bravo, Zacazonapan, Ixtapan de la Sal, Coatepec Harinas, Zacualpan y Almoloya de Alquisiras.
ANTECEDENTES
1. El 19 de agosto de 2003, fue publicado en el Periódico Oficial [...] el Decreto No. 169, mediante el cual la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Estado de México, reconoce que las áreas geográficas en que se ubican los predios "La Corregidora" y "El Terremoto", se encuentran fuera de los límites señalados en el decreto número 18, de fecha 23 de noviembre de 1917, mediante el cual se erigió el municipio de Melchor Ocampo.
2. El 25 de enero de 2018, se publicaron en el Periódico Oficial [...] los Decretos No. 280, 281, 282, 283, 284, 285 y 286 emitidos por la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de México, a través de los cuales se aprobaron siete Convenios Amistosos para la Precisión y Reconocimiento de Límites Territoriales.
3. El 2 de mayo de 2018, se publicó en el Periódico Oficial [...] el Decreto No. 205, mediante el cual la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del H. Congreso del estado de Chiapas, declaró la creación del municipio de Honduras de la Sierra. [...]
CONSIDERANDOS
[...] TERCERO. [...] se identificó que con la información contenida en los Decretos No. 280 a 286, emitidos por la Legislatura del H. Congreso del Estado de México, es técnicamente procedente la modificación de los límites municipales entre Otzoloapan, Santo Tomás, Tejupilco, Temascaltepec, Valle de Bravo, Zacazonapan, Ixtapan de la Sal, Coatepec Harinas, Zacualpan y Almoloya de Alquisiras, ya que se advierten elementos técnicos suficientes que permiten representar, en forma precisa, los límites entre los municipios involucrados. [...]
CUARTO. [...] ante la ambigüedad técnica en la descripción de los límites entre los municipios de Cuautitlán y Melchor Ocampo derivada de la aplicación del Decreto No. 169, en el cual no se precisan los límites entre esas municipalidades, en términos de lo establecido en los numerales 14 y 36, inciso c) de los LAMGE, este Consejo General estima oportuno tomar en consideración el Marco Geoestadístico Municipal del INEGI. [...]
Por su parte, de acuerdo con lo señalado en el numeral 37 de los LAMGE, para los casos en donde la actual delimitación de los municipios involucrados es coincidente con el trazo de límites distritales electorales, se realiza el ajuste gráfico distrital en las áreas involucradas, de conformidad con lo especificado en los Anexos correspondientes.
Cabe señalar que, la DERFE hizo del conocimiento de las representaciones partidistas acreditadas ante la CNV, los respectivos Dictámenes Técnico-Jurídicos, con la finalidad de que pudieran emitir su opinión o comentarios sobre los casos de actualización cartográfica materia del presente Acuerdo.
[...] este Consejo General en ejercicio de sus facultades emite los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO.    Se aprueba la modificación de la cartografía electoral del Estado de México, en términos de los tres Dictámenes Técnico-Jurídicos que se encuentran contenidos en los Anexos.
SEGUNDO.   Se instruye a la DERFE a realizar las adecuaciones en la cartografía electoral del Estado de México.
TERCERO.    Se instruye a la DERFE a informar a la CNV lo aprobado por este órgano superior de dirección.
CUARTO.      Se instruye a la DERFE a dar vista al Secretario de este Consejo General, en términos del procedimiento previsto en el artículo 57 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral.
QUINTO.      El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación. [...]
El Acuerdo completo se encuentra disponible para su consulta en la dirección electrónica:
Página INE: https://www.ine.mx/sesion-extraordinaria-del-consejo-general-28-de-mayo-de-2020/
Página DOF: www.dof.gob.mx/2020/INE/CGex202005_28_ap_12_2.pdf
Ciudad de México, 28 de mayo de 2020.- El Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores, René
Miranda Jaimes.- Rúbrica.