MANUAL de Organización General de la Secretaría de Gobernación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.

OLGA MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ CORDERO DÁVILA, Secretaria de Gobernación, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, fracción XIV y 7, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que la persona Titular de cada Secretaría de Estado deberán expedir los manuales de organización, los que deberán contener información sobre la estructura orgánica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas.
Que en cumplimiento al artículo 7, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación fue sometido, por parte de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, a la aprobación de la persona Titular de la Secretaría de Gobernación el Proyecto de Manual de Organización General, y
Que el artículo 5, fracción XIV del citado Reglamento, establece que es facultad indelegable de la persona Titular de esta Dependencia expedir el Manual de Organización General y disponer su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
ÍNDICE
       INTRODUCCIÓN
I.     ANTECEDENTES
II.     MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO
III.    ATRIBUCIONES
IV.   MISIÓN Y VISIÓN
V.    ESTRUCTURA ORGÁNICA
VI.   ORGANIGRAMA
VII.   OBJETIVO Y FUNCIONES POR ÁREA
VIII.  GLOSARIO
       DISPOSICIONES TRANSITORIAS
INTRODUCCIÓN
La definición de las políticas y estrategias promovidas por el Presidente de la República, en el sentido de permitir al gobierno federal realizar su gestión de manera coordinada, eficaz y orientada a resultados que impacten directamente en beneficio de la población, buscan el logro de tres ejes prioritarios, a saber:
a)    Afianzar la justicia y el Estado de Derecho para que el gobierno sea garante de los derechos humanos establecidos en la Constitución y para construir un país donde impere la ley y la justicia.
b)    Garantizar el goce de los derechos sociales y económicos establecidos en la Constitución.
c)    Incentivar un desarrollo económico dinámico, equilibrado, sostenible y equitativo que amplíe las capacidades, presentes y futuras de todas las personas.
En este contexto, la Secretaría de Gobernación (SEGOB) presenta, con base en los artículos 19 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 5, fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB), la expedición del Manual de Organización General, que tiene como propósito dar a conocer las atribuciones que le confiere la LOAPF.
El presente documento describe la estructura orgánica; el organigrama correspondiente; el objetivo y las funciones de cada una de las unidades administrativas del Sector Central y órganos administrativos desconcentrados que conforman la Secretaría.
El presente Manual de Organización General es un instrumento administrativo que sirve como referencia y consulta a los servidores públicos de la Secretaría, de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF), y a los particulares, respecto de la organización y funcionamiento de la dependencia.
La coordinación para la integración del presente Manual estuvo a cargo de la Dirección General de Recursos Humanos, y en su elaboración se contó con la participación de las diferentes unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados que integran esta Secretaría, especialmente con el dictamen de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, a efecto de que a través de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, sea sometido a la aprobación de la persona Titular de la Secretaría.
I. ANTECEDENTES
1821
El 18 de noviembre, se dictó el Reglamento Provisional de la Regencia que determinaría las funciones de la llamada Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores que tuvo a su cargo las funciones de Gobierno General. Su primer titular fue José Manuel de Herrera (1821-1823) y tenía como funciones "...todas las relaciones diplomáticas de las cortes extranjeras; así como de la Dirección de Correos, de las composiciones de caminos, calzadas, puentes y demás [...] y de todo aquello que sea puramente de Estado."
1843
El 12 de junio, se establecieron las Bases de Organización Política de la República Mexicana, en cuyo Artículo 93, se estipulaba que todos los negocios del gobierno estarían a cargo de cuatro Ministerios: de Relaciones Exteriores, Gobernación y Policía; de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria; de Hacienda; y de Guerra y Marina.
1853
El 22 de abril, se expidieron las Bases para la Administración de la República hasta la promulgación de la Constitución. Las atribuciones del gobierno interior se asignaron a las secretarías de Relaciones Interiores, y a la de Relaciones Exteriores, Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública. El 17 de mayo, el Presidente Antonio López de Santa Anna publicó un Decreto por medio del cual se designaban los ramos correspondientes a cada Ministerio; en este sentido, la Secretaría de Estado y Gobernación tendría las atribuciones relativas a las relaciones interiores.
1861
Con fecha 23 de febrero de ese año, el Presidente Interino Constitucional Benito Juárez expidió un Decreto sobre la distribución de los ramos de la Administración Pública para su despacho entre seis secretarías. En abril de ese mismo año, se redujeron a cuatro las Secretarías de Estado, y se concentraron las funciones de Relaciones Exteriores y Gobernación en una sola dependencia.
1891
El 13 de mayo, el General Porfirio Díaz, mediante Decreto expidió la Ley que reorganiza las funciones del Estado en siete secretarías. Se determinó que a la SEGOB le correspondería la aplicación de medidas en el orden administrativo para la observación de la Constitución; las reformas constitucionales; las elecciones generales; las relaciones con el Congreso de la Unión; derechos del hombre y del ciudadano; la libertad de cultos y policía de este ramo; la policía rural de la Federación; la salubridad pública; las amnistías; la división territorial y límites de los estados; las relaciones con los estados; la Guardia Nacional del Distrito y Territorios; el Gobierno del Distrito y Territorios Federales en todo lo político y administrativo; así como las elecciones
locales, los hospicios, las escuelas de ciegos y sordomudos, la casa de expósitos y asilos, los montes de piedad, las cajas de ahorros, las casas de empeño, las loterías, las penitenciarías, cárceles, presidios y casas de corrección, los teatros y diversiones públicas; las festividades nacionales; el Diario Oficial e imprenta del Gobierno.
1913
El 9 de diciembre, Venustiano Carranza expidió un Decreto mediante el cual se crean ocho secretarías de Estado adscritas a la Primera Jefatura del Ejército Constitucionalista. En ese tiempo, la SEGOB se encargaba del despacho de los asuntos antes mencionados y se le agregaron los correspondientes al Registro Civil.
1917
El 14 de abril, se publicó en el Diario Oficial la nueva Ley de Secretarías de Estado, en la que se ordenó la separación de los asuntos de política interior de los de política exterior, creándose así las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores. A partir de esta fecha, la dependencia encargada de los asuntos de política interna aparece en primer orden dentro del esquema organizacional del Gobierno Federal, lo cual marca una clara tendencia de atender prioritariamente las demandas internas del país.
1934
Con fecha 22 de marzo, el presidente Abelardo Rodríguez expidió una nueva Ley de Secretarías de Estado. Estableció la incorporación a la SEGOB, de funciones en materia de conocimiento previo de las solicitudes de naturalización para dictaminar y resolver sobre su conveniencia desde el punto de vista étnico; de asistencia social; auxilios en casos de catástrofes ocurridas en el territorio nacional, y el servicio confidencial necesario.
1935
El 31 de diciembre, el General Lázaro Cárdenas modificó la Ley de Secretarías de Estado para adicionar a la SEGOB nuevas funciones, tales como los de asistencia social y anales de jurisprudencia.
1938
El 25 de agosto se expidió el RISEGOB, mediante el cual se definió la Estructura Orgánica de la dependencia, así como sus atribuciones y funciones específicas. Para la tramitación y despacho de los asuntos que tenía encomendados, el Secretario de Gobernación contaba con el auxilio directo de un Subsecretario, un Oficial Mayor, cinco departamentos: Administrativo, Jurídico, de Gobierno, de Prevención Social y de Plan Sexenal; y de una Dirección General de Población, integrada por dos departamentos: de Demografía, y de Migración y Turismo, así como dos oficinas: Pro-Territorios Federales y de Información Política y Social.
1939
Una nueva modificación a la Ley de Secretarías de Estado apareció el 30 de diciembre, y en ella se encomendó a la SEGOB el despacho de los asuntos del orden administrativo relacionados con la política demográfica, que comprendía: migración, repatriación, turismo, manejo interior de la población; así como lo concerniente a la defensa y prevención social contra la delincuencia, escuelas correccionales, reformatorias, casas de orientación, sanatorios para anormales. Asimismo, se le confió la dirección y administración de las estaciones radiodifusoras pertenecientes al Ejecutivo, con excepción de las que formaban parte de la Red Nacional y las que dependían de la Secretaría de la Defensa Nacional y, por último, se le delegó la reunión de datos para la redacción del informe que el C. Presidente de la República debía rendir ante el Congreso de la Unión.
1958
El 23 de diciembre, se incorporó a la SEGOB la función de conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales; así como impulsar y orientar, ante estos dos últimos, la creación y el funcionamiento de las Juntas de Mejoramiento Moral, Cívico y Material; y dirigir la política demográfica.
1973
 
Se dio un proceso de reorganización, que fue expresado en un nuevo Reglamento Interior publicado en el Diario Oficial del 16 de agosto de ese año. En éste, se incorporaron atribuciones relacionadas con la seguridad interior; la cinematografía, la radio y la televisión; y la coordinación de la participación ciudadana.
1989
El 13 de febrero, se instituyó dentro de la SEGOB, la Dirección General de Derechos Humanos, responsable de proponer y vigilar la política nacional en materia de respeto y defensa de los derechos humanos, convirtiéndose en 1990 en un Órgano Constitucional Autónomo.
1991
El 24 de diciembre se publicó la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Como parte de esta normativa se estableció la creación del Consejo de Menores, como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría, y se definió que la misma tendría una Unidad Administrativa encargada de llevar a cabo las funciones de prevención, así como las conducentes para alcanzar la adaptación social de los menores infractores.
1992
El 28 de enero se efectuó la reforma constitucional vinculada con las relaciones del Estado con las iglesias, hecho que conllevó a la creación de la Dirección General de Asuntos Religiosos el 23 de noviembre del mismo año.
1993
El 4 de junio, se modificó el RISEGOB, con el propósito de reforzar sus atribuciones. En él se reflejó la creación de la Subsecretaría de Desarrollo Político, y de la Dirección General de Apoyo a Instituciones y Organizaciones Políticas. El 19 de octubre, se constituyó el Instituto Nacional de Migración como Órgano Administrativo Desconcentrado, en sustitución de la Dirección General de Servicios Migratorios.
1994
El 10 de febrero, se creó por acuerdo presidencial el Órgano Administrativo Desconcentrado Talleres Gráficos de México, adscrito a la SEGOB.
El 28 de diciembre, mediante Decreto se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la LOAPF, incorporando a la SEGOB las funciones de conducir y ejecutar, en coordinación con los gobiernos de los estados, con los gobiernos municipales y con las dependencias y entidades de la APF, las políticas y programas de protección civil del Ejecutivo para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre; conducir y poner en ejecución las políticas y programas del Gobierno Federal en materia de protección ciudadana y coordinar el ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal que correspondan en esta materia, en relación con los estados, el Distrito Federal y los municipios; formular, normar, coordinar y vigilar las políticas de apoyo a la participación de la mujer en los diversos ámbitos del desarrollo.
1995
El 12 de octubre, se publicó el Decreto que reforma y adiciona al RISEGOB, en el que se refleja la creación de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Asociaciones Religiosas.
1996
El 19 de junio, mediante Decreto que reforma y adiciona el RISEGOB publicado en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.), se creó la Coordinación General de Comunicación Social del Gobierno Federal, con el objetivo de establecer, orientar y dar congruencia a la política de comunicación social del Gobierno Federal.
Con base en la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada el 11 de diciembre de 1995 en el D.O.F., en el mes de julio de ese año se creó el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con el propósito de ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública; coordinar el servicio
nacional de apoyo a la carrera policial y a las instituciones de formación de las policías; así como proponer acciones para que las instituciones de seguridad pública desarrollen sus funciones de manera más eficiente.
1998
El 31 de agosto, se modificó el RISEGOB, presentando cambios en su Estructura Orgánica relacionados con las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados: se crean la Subsecretaría de Comunicación Social, con las direcciones generales de Medios Impresos y la de Comunicación Social Gubernamental; la Unidad de Estudios Legislativos; la Coordinación General de Protección de Civil, y la Dirección General de Enlace Político. Asimismo, se llevaron a cabo los siguientes cambios de denominación: Subsecretaría de Protección Civil y Prevención y Readaptación Social, por Subsecretaría de Seguridad Pública; Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Asociaciones Religiosas, por Subsecretaría de Asuntos Religiosos; Dirección General de Comunicación Social, por Dirección General de Información y Difusión; Dirección General de Asuntos Religiosos, por Dirección General de Asociaciones Religiosas; Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana, por Dirección General de Normatividad y Supervisión de Seguridad; Dirección General de Apoyo a Instituciones y Organizaciones Políticas, por Dirección General de Apoyo a Instituciones y Organizaciones Políticas, Sociales y Civiles. Por otra parte, se integraron como órganos administrativos desconcentrados la Coordinación General de la Comisión Nacional de la Mujer, y el Centro de Producción de Programas Informativos Especiales, los cuales se habían creado por acuerdo.
1999
El 4 de enero, se publicó la Ley que crea la Policía Federal Preventiva como Órgano Administrativo Desconcentrado de la SEGOB.
El 8 de enero, se transformó el Órgano Administrativo Desconcentrado Talleres Gráficos de México, pasando a ser Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, coordinado por el Sector Gobernación.
2000
El 2 de marzo, se reformó el RISEGOB, para incorporar a la Estructura Orgánica Básica de la dependencia a la Coordinación General de Tecnologías de la Información, con el propósito de que estableciera las políticas, las normas y los lineamientos en materia de informática y telecomunicaciones de observancia general en todas las unidades administrativas de la SEGOB y del sector coordinado.
2002
Dentro del marco de transparencia del quehacer público de las dependencias del Gobierno Federal, el 30 de julio del 2002 se publicó el RISEGOB, mediante el cual se determinó la nueva Estructura Orgánica Básica de la dependencia. Así, dentro de la estructura se consideró la creación de las siguientes áreas: la Subsecretaría de Enlace Legislativo; la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos; la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos; la Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales; la Dirección General de Coordinación con Entidades Federativas; la Dirección General de Información Legislativa; la Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional; y, la Dirección General para el Fondo de Desastres Naturales. Asimismo, se fusionó la Subsecretaría de Población y de Servicios Migratorios con la Subsecretaría de Asuntos Religiosos, para dar origen a la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.
Con la finalidad de adecuar las denominaciones de las unidades administrativas acordes a sus funciones, ámbitos de operación y delimitar con precisión sus responsabilidades, se consideraron los cambios de nomenclatura en las siguientes unidades administrativas en oficinas centrales: la Subsecretaría de Comunicación Social, cambió su denominación por Subsecretaría de Normatividad de Medios; la Dirección General de Gobierno, cambió su denominación por Unidad de Gobierno; la Dirección General de Apoyo a Instituciones y Organizaciones Políticas y Sociales, cambió su denominación por Unidad de Enlace Federal; la Dirección General de Enlace Político, cambió su denominación por Unidad de Enlace Legislativo; la Unidad de Estudios Legislativos cambió su denominación por Dirección General de Estudios Legislativos; la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, cambió su denominación por Unidad de Asuntos Jurídicos; la Dirección General de Comunicación Social Gubernamental, cambió su denominación por Dirección General de Normatividad de Comunicación; la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, cambió su denominación por Dirección General de Programación y Presupuesto; la Dirección General de Personal, cambió su denominación por Dirección General de Recursos Humanos; la Coordinación General de Tecnologías de la Información, cambió su denominación por Dirección General de Tecnologías de la Información; la Dirección General de Información y Difusión, cambió su denominación por Dirección General de Comunicación Social.
En sus ámbitos desconcentrados, se realizaron los siguientes movimientos organizacionales: el Centro Nacional de Desarrollo Municipal, cambió su denominación por Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal; se transfirió de la Presidencia de la República a la SEGOB, el Órgano Desconcentrado Secretaría Técnica de la Comisión para Asuntos de la Frontera Norte; la Dirección General de Asociaciones Religiosas se adscribió, de la entonces Subsecretaría de Asociaciones Religiosas a la nueva Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos; el Órgano Administrativo Desconcentrado Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana se reubicó, de la Oficialía Mayor a la Subsecretaría de Desarrollo Político; la Secretaría Técnica de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas se adscribió de la Subsecretaría de Gobierno a la Subsecretaría de Normatividad de Medios.
Adicionalmente, se regularizó la transferencia a la Secretaría de Seguridad Pública de las siguientes unidades responsables: la Subsecretaría de Seguridad Pública; la Dirección General de Normatividad y Supervisión en Seguridad; la Dirección General de Prevención y Tratamiento de Menores; la Dirección General de Prevención y Readaptación Social; el Patronato para la Reincorporación Social por el Empleo en el Distrito Federal; el Consejo de Menores; el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Policía Federal Preventiva.
De igual manera, se regularizó la transferencia del entonces Órgano Administrativo Desconcentrado Coordinación General de la Comisión Nacional de la Mujer; que a partir del año 2001 había sido creado como Organismo Público Descentralizado de la APF, denominándose Instituto Nacional de las Mujeres.
2003
El 18 de febrero se constituyó como Órgano Administrativo Desconcentrado de la SEGOB, la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez, con el objeto de coadyuvar en la prevención y disminución de la violencia en Ciudad Juárez, Chihuahua.
2004
El 1 de septiembre, con la modificación al Reglamento Interior de la dependencia, se llevó a cabo un reordenamiento de su Estructura Orgánica Básica, misma que consistió en la cancelación de la Subsecretaría de Desarrollo Político, y del Órgano Administrativo Desconcentrado Secretaría Técnica de la Comisión para Asuntos de la Frontera Norte; la incorporación de la Unidad para el Desarrollo Político; y el cambio de denominación de la Dirección General de Desarrollo Político por la de Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico.
2008
El 13 de octubre, se integró a la Estructura Orgánica Básica, el Órgano Administrativo Desconcentrado Secretaría Técnica para la Implementación, Operación y Ejecución del Sistema de Justicia Penal.
2009
El 1 de junio, se creó como Órgano Administrativo Desconcentrado, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, que sustituyó a la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez.
El 26 de octubre, con base en la publicación del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en el D.O.F., se dispuso la transferencia de dicho Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública, a la SEGOB.
 
2010
El 31 de marzo se creó el Organismo Público Descentralizado Promotor de Medios Audiovisuales, con el objetivo de generar, producir y distribuir contenidos audiovisuales, así como brindar la prestación del servicio de radiodifusión.
Con fecha 1º de julio, la SEGOB transfirió el Órgano Administrativo Desconcentrado Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a la Secretaría de Educación Pública.
2012
El 30 de abril, la SEGOB registró la transformación de carácter jurídico del Órgano Administrativo Desconcentrado Archivo General de la Nación, en Organismo Público Descentralizado.
El 15 de agosto, con la publicación del RISEGOB, se realizó una reorganización de la Estructura Orgánica Básica de la dependencia; a saber, se crearon la Unidad de Política Interior y Análisis de Información; la Unidad de Política Migratoria; la Dirección General de Análisis y Prospectiva para la Política Interior, y la Dirección General de Juegos y Sorteos. Asimismo, se realizó la fusión de la Unidad de Enlace Federal y la Dirección General de Coordinación con Entidades Federativas, dando origen a la Unidad de Enlace Federal y Coordinación con Entidades Federativas.
2013
La SEGOB se transformó institucionalmente a partir de la publicación en el D.O.F., de fecha 2 de enero de 2013, del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal". El mismo otorgó a la Secretaría las funciones relativas a la seguridad pública, las de la Policía Federal, así como las del Sistema Penitenciario Federal y de prevención del delito, conferidas a la Secretaría de Seguridad Pública, misma que desaparece. De igual forma, se estableció la figura del Comisionado Nacional de Seguridad, quien auxiliaría al Secretario de Gobernación en el ejercicio de las facultades referidas. Asimismo, el Decreto estableció que los órganos administrativos desconcentrados, y las entidades paraestatales de las secretarías cuyas atribuciones hayan sido transferidas a otras por virtud de dicho ordenamiento, estarían adscritos a estas últimas a partir de su entrada en vigor.
En el marco de esta transformación, en el Artículo 27 de la LOAPF se asignaron las nuevas funciones y atribuciones relacionadas con la seguridad pública y con la prevención del delito; por otra parte, se facultó a la Secretaría para hacerse cargo, por acuerdo del Titular del Ejecutivo Federal, de coordinar a los Secretarios de Estado y titulares de entidades paraestatales, para dar cumplimiento a las instrucciones del Presidente de la República.
Con base en lo anterior, los órganos administrativos desconcentrados de la extinta Secretaría de Seguridad Pública quedaron adscritos a la SEGOB, siendo éstos: Consejo de Menores; Centro de Investigación y Estudios en Seguridad; Policía Federal; Prevención y Readaptación Social, y Servicio de Protección Federal.
En este contexto, el 2 de abril de 2013 se publicó el RISEGOB, el cual dio origen a la reorganización institucional de la dependencia, para hacer frente a los retos que existían en distintas áreas de la política pública, a través de la ampliación y/o reforzamiento de sus atribuciones y competencias enfocadas a las áreas de seguridad pública; prevención y participación ciudadana; acuerdos políticos; derechos humanos; pueblos indígenas y protección civil.
Dicho ordenamiento precisó la Estructura Orgánica Básica de la SEGOB, resaltando entre otros aspectos, la creación de la Oficina del C. Comisionado Nacional de Seguridad, la cual tenía bajo su adscripción las siguientes unidades responsables y órganos administrativos desconcentrados: Unidad de Desarrollo e Integración Institucional; Dirección General de Política para el Desarrollo Policial; Dirección General del Centro de Control de Confianza; Dirección General de Política y Desarrollo Penitenciario; Unidad de Información para la Seguridad Pública; Dirección General de Plataforma México; Dirección General de Infraestructura Tecnológica de Seguridad Pública; Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada; Dirección General de Análisis, Prospectiva y Evaluación; Dirección General de Seguridad Privada; Unidad de Servicios y Formación Policial; Dirección General de Servicios; Dirección General de Servicios para la Operación Policial; Inspectoría General; Dirección General de Apoyo Jurídico; Dirección General de Inspección y Evaluación para la Operación; Policía Federal; Prevención y Readaptación Social; y Servicio de Protección Federal.
Asimismo, se transfirió de la extinta Secretaría de Seguridad Pública, la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana, encargada de fungir como vínculo con la sociedad en la implementación de las acciones que se realizan en materia de prevención del delito y participación ciudadana. Para llevar a cabo sus funciones encomendadas, contaba con una estructura definida a partir de los siguientes movimientos organizacionales: fusión de la Unidad para el Desarrollo Político y la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico, por la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico; creación de las siguientes unidades administrativas: Dirección General de Planeación Estratégica para la Prevención Social; Dirección General de Coordinación Intersecretarial; Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial, y la Dirección General de Participación Ciudadana para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
En observancia al compromiso adquirido por el Presidente de la República, se creó la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, cuyo objetivo era lograr los acercamientos necesarios con los diversos pueblos indígenas del país, para asegurar el irrestricto respeto a sus derechos humanos, atender sus necesidades y reforzar el derecho a su libre determinación y autonomía, al igual que para la conservación de sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas.
La Subsecretaría de Derechos Humanos y Asuntos Jurídicos se transformó en la Subsecretaría de Derechos Humanos, a fin de articular la política de estado en materia de Derechos Humanos, bajo el liderazgo de una estructura con atribuciones y responsabilidades específicas. Entre sus definiciones organizacionales se destacaban: la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, se constituye en la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos. Además, se creó la Dirección General de Política Pública de Derechos Humanos, y la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos.
Para dar cauce al diálogo y seguimiento a los acuerdos políticos que el país requiere, se asignaron nuevas atribuciones a la Subsecretaría de Enlace Legislativo, y en consecuencia cambió su nomenclatura por el de Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos. Con este cambio se instauró dentro de su estructura a la Dirección General de Acuerdos Políticos.
Se redimensionaron las atribuciones conferidas a la Coordinación General de Protección Civil, pasando a cambiar su denominación por Coordinación Nacional de Protección Civil, incorporando a su estructura a la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil. Asimismo, se adecuó la denominación de la Dirección General del Fondo de Desastres Naturales, por Dirección General para la Gestión de Riesgos.
La Unidad de Asuntos Jurídicos cambió su denominación y adscripción por la Unidad General de Asuntos Jurídicos, adscrita a la SEGOB; lo anterior, derivado del crecimiento de la dependencia, y a la incorporación de los asuntos en materia de seguridad pública. Asimismo, se fortaleció su estructura orgánica con la incorporación de la Dirección General de lo Consultivo y de Contratos y Convenios, la Dirección General de lo Contencioso, y la Dirección General de Procedimientos Constitucionales.
Además, se creó la Dirección General de Modernización, Organización y Eficiencia Administrativa adscrita a la Oficialía Mayor. Su propósito era impulsar y coordinar el proceso de modernización administrativa de la Secretaría, mediante el diseño y promoción de modelos de gestión gubernamental en materia de desarrollo administrativo integral, desregulación de la normativa interna, evaluación de los programas institucionales y desarrollo organizacional, a fin de eficientar la gestión administrativa, la simplificación y automatización de trámites y procesos, y la descentralización y desconcentración de funciones de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la dependencia.
2014
El 15 de enero, se publicó en el D.O.F., el Decreto por el que se creó la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral en el Estado de Michoacán. Su objeto era el de ejercer la coordinación de todas las autoridades federales para el restablecimiento del orden y la seguridad en dicho Estado, así como su
desarrollo integral.
El 29 de enero, se creó mediante Decreto publicado en el D.O.F., la Coordinación Nacional Antisecuestro. Tenía por objeto coordinar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre las dependencias responsables de la seguridad pública del Gobierno Federal, de los gobiernos estatales y del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con el sistema de distribución de competencias que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los ordenamientos legales aplicables, en el marco de la estrategia para combatir el delito de secuestro.
El 8 de julio, se publicó en el D.O.F., el Decreto por el que se creó la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur. Su finalidad era la de implementar las acciones para el respeto de los derechos humanos, el tránsito seguro de los flujos migratorios, así como fomentar la cohesión social y convivencia armónica en la Frontera Sur del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, con base en el Estado de Derecho.
El 4 de diciembre, se publicó en el D.O.F. la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. El Artículo 130 establece que la coordinación operativa del Sistema Nacional de Protección Integral, recaerá en un órgano administrativo desconcentrado de la SEGOB, que ejercerá las funciones de Secretaría Ejecutiva, creándose la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes.
2015
El 25 de septiembre, se publicó en el D.O.F., el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y se abroga el diverso por el que se creó la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral en el Estado de Michoacán". En su artículo segundo se establece la abrogación del diverso por el que se creó la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral en el Estado de Michoacán.
2016
El 09 de septiembre, se publicaron en el D.O.F., los "Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobados en su Cuadragésima Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de agosto de 2016". Entre estos acuerdos se establecía el Acuerdo 04/XL/16. "Aprobación para que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública funja como enlace operativo e integrante de la instancia tripartita coordinadora de la consolidación del Sistema de Justicia Penal".
En virtud de que el mandato constitucional para la existencia de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema Penal era perentorio, el Consejo Nacional de Seguridad Pública aprobó que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública fungiera como enlace operativo del Poder Ejecutivo, e integrante de la instancia tripartita coordinadora de la consolidación del Sistema de Justicia Penal, a partir del 15 de octubre de 2016.
2017
El 17 de noviembre, se publicó en el D.O.F., la "Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas". La misma establecía en su artículo 50 que la Comisión Nacional de Búsqueda sería un Órgano Administrativo Desconcentrado de la SEGOB, que determinaría, ejecutaría y daría seguimiento a las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas en todo el territorio nacional. Además, tenía por objeto impulsar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades que participaran en la búsqueda, localización e identificación de personas.
2018
Con la finalidad de reestructurar el funcionamiento de la APF, resultó necesario una transformación de la visión de gobierno que permitiese dar cumplimiento a los objetivos prioritarios y a las demandas ciudadanas, estableciendo un nuevo enfoque para la vinculación con la población y de dar respuesta a sus necesidades. Esta perspectiva de gobierno plasmada en el proyecto de nación de la presente administración y reafirmada en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 bajo el eje de Política y Gobierno, estableció diversos propósitos enfocados al combate a la corrupción, la recuperación del Estado de Derecho y el cambio de paradigma en Seguridad.
Por lo anterior, el 30 de noviembre se publicó en el D.O.F., el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LOAPF, el cual estableció las bases normativas para la consecución de las políticas públicas de la presente administración.
Entre las diversas modificaciones trascendentales establecidas en la citada modificación a la LOAPF, dos factores resultaron determinantes para la modificación de la estructura y funcionamiento de la SEGOB.
En primera instancia, debido a que el Proyecto de Nación de la Administración 2018-2024, dentro de su eje denominado "sociedad segura y estado de derecho", postula recuperar la paz y la tranquilidad para los ciudadanos, así como reconstruir la convivencia social, resultó necesario modificar la estructura de la APF de tal forma que se concentrase la capacidad del Estado en una sola dependencia que garantice la seguridad de las personas. La Estrategia Nacional de Seguridad Pública requirió modificar la estructura de la APF separando las materias de seguridad nacional, seguridad pública y protección civil de la SEGOB, para transferirse a la nueva Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
El segundo factor se sitúa en los aspectos de gobernabilidad democrática y las instituciones civiles. La separación de los temas de seguridad implicó que la SEGOB esté al frente de la política interior del país desde un enfoque civil y de Estado de Derecho.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece como parte del eje de Política y Gobierno, a la democracia participativa como elemento fundamental de una institucionalidad representativa. Los aspectos de gobernabilidad deben centrarse en crear condiciones en las que la sociedad participe y se involucre en las decisiones relevantes de quienes la representan en la función pública a fin de eliminar el distanciamiento entre el pueblo y el gobierno. La modificación del artículo 27 de la LOAPF, sustenta atribuciones enfocadas a la política interior, a la vinculación del Ejecutivo Federal con el Poder Legislativo y el Judicial, así como con los 3 Órdenes de Gobierno. A su vez, mantiene las materias de normatividad de los medios de comunicación, políticas públicas de población e identidad, relaciones con las asociaciones religiosas, organizaciones de la sociedad civil y de participación ciudadana, así como de defensa de derechos humanos.
De manera transversal, la LOAPF estableció la creación de las Unidades de Administración y Finanzas (en sustitución de las Oficialías Mayores), bajo la coordinación de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la cual estableció un modelo de estructura orgánica y operación a fin de eficientar el ejercicio de gasto mediante la reducción de los gastos de funcionamiento de las estructuras administrativas y orientando un esquema de administración a fin lograr un mejor ejercicio del presupuesto destinado a la compra de bienes y servicios toda vez que se le confiere la atribución a la SHCP planear, establecer y conducir la política general en materia de contrataciones públicas.
De igual forma, la citada Ley estableció en su artículo 37 que las estructuras y recursos de los Órganos Internos de Control debiesen formar parte de la Secretaría de la Función Pública (SFP), por lo que, en coordinación con esa dependencia, se iniciaron los trabajos para la transferencia. El objetivo fundamental de este cambio fue fortalecer a la SFP y que ésta ejerciese un mayor control respecto de los OICs a fin de vigilar la correcta actuación de los servidores públicos conforme a la normatividad respectiva, y en caso contrario, dar certeza de la aplicación de sanciones. De igual forma se buscó otorgar un control sobre los recursos de los OICs a fin de eficientar su funcionamiento y reafirmar la importancia de esa dependencia en el combate a la corrupción.
2019
Con un esquema de adelgazamiento del aparato burocrático y de control de gasto público, se realizaron los trabajos de modificación RISEGOB ante las instancias correspondientes y conforme a la normatividad respectiva. En el anteproyecto de modificación del RISEGOB se proyectaron los cambios a la estructura acorde a las atribuciones delegadas conforme a la LOAPF y eliminando aquellas atribuciones y/o áreas que ya no formaban parte de su ámbito de competencia.
Como resultado de lo anterior, el 31 de mayo se publicó en el D.O.F., el RISEGOB, el cual considera una reorganización de la Estructura Orgánica Básica de la dependencia.
De contar con un total de 7 Subsecretarías, el RISEGOB considera únicamente 3:
·  Subsecretaría de Gobierno.
·  Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración.
·  Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.
 
En lo que respecta a Titulares de Unidad, la estructura básica de la SEGOB se redujo de 20 a 14.
En cumplimiento al artículo 37 de la LOAPF, se transfirió el OIC a la SFP. Adicionalmente, conforme al artículo 30 bis de la citada Ley, se transfirieron a la SSPC las unidades responsables cuyas atribuciones estaban alineadas a temas de seguridad y protección civil, por lo que Jefaturas de Unidad, tales como la Coordinación Nacional de Protección Civil; la Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada, la Unidad de Desarrollo e Integración Institucional y la Unidad de Servicios y Formación Policial dejan de formar parte de la estructura orgánica del sector central de la SEGOB. Adicionalmente se transfirieron del sector coordinado del ramo, el Servicio de Protección Federal, la Coordinación Nacional Antisecuestro, la Policía Federal y Prevención y Readaptación Social.
En lo que respecta a las Direcciones Generales, se transfirieron a la SSPC: la Dirección General de Protección Civil, la Dirección General para la Gestión de Riesgos, la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil, la Dirección General de Análisis, Prospectiva y Evaluación, la Dirección General de Seguridad Privada, la Dirección General de Política para el Desarrollo Policial, la Dirección General del Centro de Control de Confianza, la Dirección General de Política y Desarrollo Penitenciario, la Dirección General de Plataforma México, la Dirección General de Infraestructura Tecnológica de Seguridad Pública, la Dirección General de Servicios, la Dirección General de Servicios para la Operación Policial, la Dirección General de Apoyo Jurídico y la Dirección General de Inspección y Evaluación para la Operación.
En apego al RISEGOB la Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos, así como la Subsecretaría de Normatividad de Medios desaparecen; las Unidades Administrativas adscritas a las mencionadas Subsecretarías, se adscriben a la Subsecretaría de Gobierno, con la excepción de la Dirección General de Acuerdos Políticos la cual desaparece.
Con estos ajustes, y en cumplimiento a las atribuciones de conducir la política interior, y vinculación con los otros Poderes de la Unión y los tres Órdenes de Gobierno, la Subsecretaría de Gobierno se conforma por la Unidad de Gobierno, la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación, la Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales, la Unidad de Política Interior y Análisis de Información, la Unidad de Política Interior y Análisis de Información, la Unidad de Enlace Legislativo. En lo que respecta a las Direcciones Generales, se adscriben la Dirección General Regional Centro y Noreste, la Dirección General Regional Sureste, la Dirección General Regional Noroeste y Occidente, la Dirección General de Estudios Legislativos, la Dirección General de Información Legislativa, la Dirección General de Enlace y Seguimiento, la Dirección General de Análisis y Prospectiva para la Política Interior.
En materia de medios de comunicación también integran esta Subsecretaría la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, la Dirección General de Normatividad de Comunicación, la Dirección General de Medios Impresos y la Dirección General de Juegos y Sorteos.
Bajo el nuevo enfoque de defensa de los Derechos Humanos, Identidad y Migración, en el cual es necesaria la coordinación con la sociedad civil, la Subsecretaría de Derechos Humanos se transforma en la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, a la cual se adscriben la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos, la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas, la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia, la Dirección General de Política Pública de Derechos Humanos, la Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos, la Dirección General para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad, la Dirección General para el Fortalecimiento de los Tribunales Superiores y las Procuradurías Estatales y la Dirección General para la Reconciliación y Justicia.
A su vez la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana se transforma en la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación y Asuntos Religiosos con una perspectiva de prevención del delito a través y reconstrucción del entorno social y la construcción de ciudadanía. Este nueva proyección requiere que la Subsecretaría se conforme por las siguientes unidades responsables: la Unidad de Construcción de Ciudadanía y Participación Social, la Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social, la Unidad de Desarrollo Democrático, la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico, la Dirección General de Prevención Social del Delito y la Reconstrucción del Tejido Social, la Dirección General de Coordinación Interinstitucional, la Dirección General de Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil, la Dirección General de Construcción de Ciudadanía y Participación Social y la Dirección General de Asuntos Religiosos.
 
En cumplimiento a la normatividad establecida para las Unidades de Administración y Finanzas, la Dirección General de Modernización, Organización y Eficiencia Administrativa desaparece y solo una dirección general adjunta de ésta se adscribe a la Dirección General de Recursos Humanos a fin de atender las atribuciones que se le confirieron.
La Unidad de Enlace Federal y Coordinación con Entidades Federativas, la Dirección General de Comunicación Social y la Dirección General de Delegaciones desaparecen.
En lo que respecta al sector coordinado, la Dirección General del Archivo General de la Nación, la Secretaría Técnica de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustrada y el Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales desaparecen.
Bajo este esquema organizacional, la Estructura Orgánica Básica de la Secretaría queda integrada como sigue: 1 Secretaría; 3 Subsecretarías; 14 Jefaturas de Unidad; 31 Direcciones Generales, 8 Órganos Administrativos Desconcentrados, 2 Entidades Paraestatales y 1 Órgano Jurisdiccional Autónomo.
II. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO
De manera enunciativa, más no limitativa, se indican las siguientes disposiciones que sustentan las atribuciones de la Secretaría de Gobernación.
·  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
      D.O.F. 05-II-1917, y sus reformas.
TRATADOS INTERNACIONALES
·  Convención sobre Asilo.
      D.O.F. 19-III-1929.
·  Convención celebrada entre México y varias naciones, sobre Condiciones de los Extranjeros.
      D.O.F. 20-VIII-1931.
·  Convención para limitar la fabricación y reglamentar la distribución de drogas estupefacientes.
      D.O.F. 24-XI-1933.
·  Convención relativa a la esclavitud.
      D.O.F. 13-IX-1935.
·  Convención Internacional para la Supresión de la trata de mujeres y menores.
      D.O.F. 25-I-1936.
·  Convención sobre Asilo Político.
      D.O.F. 10-IV-1936.
·  Convención sobre Nacionalidad de la Mujer.
      D.O.F. 18-IV-1936.
·  Convención Internacional relativa a la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad.
      D.O.F. 21-VI-1938, y sus reformas.
·  Carta de las Naciones Unidas.
      D.O.F. 17-X-1945.
·  Protocolo que Enmienda los Acuerdos, Convenciones y Protocolos sobre Estupefacientes, concertados en La Haya el 23 de enero de 1912, en Ginebra el 11 de febrero de 1925 y el 19 de febrero de 1925, y el 13 de julio de 1931, en Bangkok el 27 de noviembre de 1931 y en Ginebra el 26 de junio de 1936, firmado por México el 11 de diciembre de 1946.
·  Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana Bogotá, Colombia, el 2 de mayo de 1948.
 
·  Declaración Universal de los Derechos Humanos. Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948.
·  Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
      D.O.F. 13-I-1949, y sus reformas.
·  Acuerdo Internacional para la Supresión del Tráfico de Trata de Blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904, enmendado por el protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949.
·  Protocolo que modifica el Convenio para la represión de la Trata de Mujeres y Niños, concluido en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y el Convenio para la represión de la Trata de Mujeres mayores de edad, concluido en Ginebra el 11 de octubre de 1933.
      D.O.F. 19-X-1949.
·  Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.
      D.O.F. 11-X-1952.
·  Convenio de Ginebra relativo a la Protección de Personas Civiles en Tiempo de Guerra.
      D.O.F. 23-VI-1953.
·  Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer.
      D.O.F. 16-XI-1954.
·  Protocolo para modificar el Convenio sobre la Esclavitud firmado en Ginebra, Suiza, el 21 de septiembre de 1926.
      Ratificación D.O.F. 28-II-1955.
·  Convención de 1936 para la supresión del tráfico ilícito de estupefacientes nocivos, Protocolo de Firma y Acta Final.
      D.O.F. 25-VIII-1955.
·  Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena.
      D.O.F. 19-VI-1956.
·  Convenio Internacional con el fin de asegurar una protección efectiva contra el Tráfico Criminal conocido bajo el nombre de Trata de Blancas.
      D.O.F. 20-VI-1956.
·  Convención Internacional con el objeto de asegurar una protección eficaz contra el Tráfico Criminal conocido bajo el nombre de Trata de Blancas.
      D.O.F. 20-VI-1956.
·  Convención sobre Asilo Diplomático.
      D.O.F. 05-IV-1957.
·  Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud.
      D.O.F. 24-VI-1960.
·  Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes.
      D.O.F. 31-V-1967.
·  Tratado de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, que dispone la Recuperación y Devolución de Bienes Arqueológicos, Históricos y Culturales Robados.
      D.O.F. 09-VI-1971.
 
·  Principios de Cooperación Internacional en la Identificación, Detención, Extradición y Castigo de los Culpables de Crímenes de Guerra o de Crímenes de Lesa Humanidad, Resolución 3074 (XXVIII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 3 de diciembre de 1973.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba, sobre el apoderamiento ilícito de naves aéreas y marítimas y otros delitos.
      D.O.F. 17-VII-1974.
·  Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados hecha en Viena el 23 de mayo de 1969.
      D.O.F. 14-II-1975.
·  Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
      D.O.F. 13-VI-1975.
·  Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas, hecho en Viena el 21 de febrero de 1971.
      D.O.F. 24-VI-1975.
·  Convención para Prevenir y Sancionar los Actos de Terrorismo Configurados en Delitos contra las Personas y la Extorsión Conexa, cuando éstos tengan Trascendencia Internacional.
      D.O.F. 03-VII-1975.
·  Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil.
      D.O.F. 17-VII-1975.
·  Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Aprobada por la Asamblea General de la ONU en la Resolución 3452 (XXX), el 9 de diciembre de 1975.
·  Decreto por el que se aprueban las reservas que el Ejecutivo de la Unión formuló sobre los artículos 5, 6 y 11 del Protocolo de Modificación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, firmado en Ginebra el 25 de marzo de 1972.
      D.O.F. 20-I-1977.
·  Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos. Resoluciones 663 C (XXIV), del 31 de Julio de 1957 y 2076 (LXII) del Consejo Económico y Social de la ONU, del 13 de mayo de 1977.
·  Tratado entre México y los Estados Unidos de América sobre la Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 10-XI-1977.
·  Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y Canadá sobre la Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 26-III-1979.
·  Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley; Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 34/169, el 17 de diciembre de 1979.
·  Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Panamá sobre Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 24-VII-1980, Fe de Erratas D.O.F. 03-IX-1980.
·  Declaración de Caracas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente. Aprobada por unanimidad en el 6o. Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado del 25 de agosto al 5 de septiembre de 1980.
·  Tratado de Montevideo, 1980 que instituye la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).
      D.O.F. 31-III-1981.
·  Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer, adoptada en Bogotá, Colombia, el 2 de mayo de 1948.
 
      D.O.F. 29-IV-1981.
·  Convención sobre Asilo Territorial.
      D.O.F. 04-V-1981.
·  Convención Americana sobre Derechos Humanos.
      D.O.F. 07-V-1981, y su reforma.
·  Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
      D.O.F. 12-V-1981, Fe de Erratas D.O.F. 18-VI-1981, y sus reformas.
·  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
      D.O.F. 12-V-1981.
·  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
      D.O.F. 20-V-1981, Fe de Erratas D.O.F. 22-VI-1981, y sus reformas.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, relativo al Establecimiento en México de una Representación de la Oficina del Alto Comisionado.
      D.O.F. 06-IV-1983.
·  Convención entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América para la recuperación y devolución de vehículos y aeronaves robados o materia de disposición ilícita.
      D.O.F. 14-VII-1983.
·  Procedimientos para la Aplicación efectiva de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. Aprobados en la 21a. sesión plenaria del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, el 25 de mayo de 1984. R. 1984/47.
·  Acuerdo Modelo sobre el Traslado de Reclusos Extranjeros y Recomendaciones sobre el tratamiento de reclusos extranjeros. Aprobado en el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985.
·  Plan de Acción de Milán. Aprobado en el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985.
·  Principios Rectores en Materia de Prevención del Delito y Justicia Penal en el Contexto del Desarrollo y de un Nuevo Orden Económico Internacional. Aprobados en el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre el Delito y Tratamiento del Delincuente en Milán, del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985.
·  Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing). Adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución 40/33 de 28 de noviembre de 1985.
·  Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder. Adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en su resolución 40/34 de 29 de noviembre de 1985.
·  Convenio contra la tortura y otros tratos o penas crueles, Inhumanos o Degradantes.
      D.O.F. 06-III-1986.
·  Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Bolivia sobre ejecución de sentencias penales.
      D.O.F. 15-V-1986.
·  Convención Interamericana sobre Competencia en la Esfera Internacional para la Eficacia Extraterritorial de las Sentencias Extranjeras.
 
      D.O.F. 28-VIII-1987.
·  Protocolo Adicional a la Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero.
      D.O.F. 07-IX-1987.
·  Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
      D.O.F. 11-IX-1987.
·  Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y Belice sobre la Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 26-I-1988.
·  Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y España sobre Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 08-VI-1990.
·  Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.
      D.O.F. 05-IX-1990.
·  Actividades delictivas de carácter terrorista. Medidas contra el terrorismo internacional. Aprobadas en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
·  Directrices para la Prevención y Represión de la Delincuencia Organizada. Aprobadas en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba), del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
·  Principios Básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
·  Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil. (Directrices de Riad). Aprobadas en la 68a. sesión plenaria de la Asamblea General en su resolución 45/112, de 14 de diciembre de 1990.
·  Tratado modelo sobre el traspaso de vigilancia de delincuentes bajo condena condicional o libertad condicional. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/119, el 14 de diciembre de 1990.
·  Principios básicos, para el tratamiento de los reclusos. Aprobado por la Asamblea General de la ONU, en su resolución 45/111, el 14 de diciembre de 1990.
·  Convención sobre los Derechos del Niño.
      D.O.F. 25-I-1991, y sus reformas.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre Cooperación Bilateral en la Lucha Contra el Tráfico Ilícito y Abuso de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas.
      D.O.F. 28-I-1991.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Venezuela sobre prevención, control, fiscalización y represión del consumo y tráfico ilícitos de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
      D.O.F. 08-VIII-1991.
·  Memorándum de entendimiento entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Canadá sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia.
      D.O.F. 08-VIII-1991.
·  Acuerdo de cooperación entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de la
República de Honduras para combatir el narcotráfico y la farmacodependencia.
      D.O.F. 26-IX-1991.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba sobre cooperación para combatir el narcotráfico internacional.
      D.O.F. 26-IX-1991.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Chile, sobre cooperación para combatir el narcotráfico y la farmacodependencia.
      D.O.F. 09-X-1991.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Jamaica para combatir el narcotráfico y la farmacodependencia.
      D.O.F. 13-XII-1991.
·  Declaración de principios y programa de acción del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal. Aprobados por la Asamblea General de la ONU, en su resolución 46/152, de 18 de diciembre de 1991.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre cooperación para combatir el narcotráfico y la farmacodependencia.
      D.O.F. 02-III-1992.
·  Protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que presten servicio a la aviación civil internacional, complementario del Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil, hecho en Montreal el 23 de septiembre de 1971.
      D.O.F. 02-III-1992.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre cooperación para combatir el narcotráfico y la farmacodependencia.
      D.O.F. 04-III-1992.
·  Convención sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.
      D.O.F. 06-III-1992.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú sobre cooperación con relación a los delitos contra la salud en materia de narcotráfico y farmacodependencia.
      D.O.F. 07-IV-1992.
·  Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, sobre traslado de nacionales condenados y cumplimiento de sentencias penales.
      D.O.F. 27-V-1992.
·  Acuerdo de cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Italiana, en la lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
      D.O.F. 27-V-1992.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y Costa Rica sobre cooperación para combatir el narcotráfico y la farmacodependencia.
      D.O.F. 19-VI-1992.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Nicaragua sobre Cooperación para combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia.
      D.O.F. 28-IV-1993.
 
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Ecuador sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia.
      D.O.F. 10-V-1993.
·  Convenio constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe.
      D.O.F. 25-X-1993.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y la República de Bolivia sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia.
      D.O.F. 25-X-1993.
·  Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Navegación Marítima y su Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de las Plataformas Fijas Emplazadas en la Plataforma Continental.
      D.O.F. 09-VIII-1994.
·  Convención sobre la Protección de Menores y la Cooperación en materia de Adopción Internacional.
      D.O.F. 24-X-1994.
·  Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores.
      D.O.F. 18-XI-1994.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de El Salvador sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia.
      D.O.F. 15-III-1995.
·  Convenio Constitutivo de la Asociación de Estados del Caribe.
      D.O.F. 02-VI-1995.
·  Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de El Salvador sobre Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 16-III-1995.
·  Reglas y normas de las Naciones Unidas en la esfera de prevención del delito y la justicia penal. Directrices para la cooperación y la asistencia técnica en la esfera de la prevención de la delincuencia urbana. Aprobadas por el Consejo Económico y Social de la ONU, en su resolución 1995/9, de 24 de julio de 1995.
·  Directrices para la cooperación y la asistencia técnica en la esfera de la prevención del delito urbano. Aprobadas por el Consejo Económico y Social de la ONU, en su resolución 1995/9, de 24 de julio de 1995.
·  Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros.
      D.O.F. 14-VIII-1995.
·  Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina para la Lucha contra el Abuso y Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas.
      D.O.F. 11-X-1995.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Panamá sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia.
      D.O.F. 13-III-1996.
·  Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de El Salvador para la Recuperación y Devolución de Vehículos y Aeronaves Robados o Materia de Disposición Ilícita.
 
      D.O.F. 26-VIII-1996.
·  Declaración de las Naciones Unidas sobre el delito y la seguridad pública. Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución 51/60, de 12 de diciembre de 1996.
·  Enmiendas al artículo 8 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
      D.O.F. 02-I-1997.
·  Enmienda al párrafo I del Artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
      D.O.F. 02-I-1997.
·  Tratado entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba sobre Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 09-V-1997.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación en Materia de Combate al Narcotráfico y a la Farmacodependencia.
      D.O.F. 13-VI-1997.
·  Medidas de prevención del delito y de justicia penal para la eliminación de la violencia contra la mujer. Adoptada por la Asamblea General de la ONU, en su resolución 52/86, de 12 de diciembre de 1997.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea para la Cooperación en Materia de Control de los Precursores y Sustancias Químicas Utilizados con Frecuencia en la Fabricación Ilícita de Estupefacientes o Sustancias Sicotrópicas.
      D.O.F. 07-I-1998, Aclaración D.O.F. 23-XII-1999.
·  Convención Interamericana contra la Corrupción.
      D.O.F. 09-I-1998.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Estado de Israel sobre Cooperación en el Combate al Tráfico Ilícito y Abuso de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y otros Delitos Graves.
      D.O.F. 12-I-1998.
·  Acuerdo de Cooperación en materia de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Colombia.
      D.O.F. 14-I-1998.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Federativa del Brasil sobre Cooperación para Combatir el Narcotráfico y la Farmacodependencia.
      D.O.F. 30-I-1998.
·  Tratado entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Guatemala sobre Cumplimiento de Sentencias Penales.
      D.O.F. 21-V-1998.
·  Protocolo Adicional a la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que Puedan Considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados, Protocolo sobre Armas Láser Cegadoras (Protocolo IV).
      D.O.F. 27-V-1998.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Filipinas sobre la Cooperación en materia de Combate al Tráfico Ilícito y Abuso de Estupefacientes, Sustancias Sicotrópicas y Control de Precursores Químicos.
 
      D.O.F. 27-V-1998.
·  Tratado entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Venezuela sobre Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 27-V-1998.
·  Enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
      D.O.F. 01-VI-1998.
·  Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero.
      D.O.F. 03-VI-1998.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago sobre la Cooperación en Materia de Combate al Tráfico Ilícito, Abuso de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y Delitos Conexos.
      D.O.F. 19-VIII-1998.
·  Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados.
      D.O.F. 20-VIII-1998.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay para la Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y sus Precursores y Productos Químicos Esenciales.
      D.O.F. 27-VIII-1998.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España de Cooperación en Materia de Prevención del Uso Indebido y Lucha contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas.
      D.O.F. 28-VIII-1998.
·  Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador".
      D.O.F. 01-IX-1998.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República del Paraguay sobre Cooperación en Materia de Combate al Tráfico Ilícito y Abuso de Estupefacientes, Sustancias Sicotrópicas, Control de Precursores Químicos y Delitos Conexos.
      D.O.F. 15-X-1998.
·  Tratado para la Recuperación y Devolución de Vehículos y Aeronaves Robadas o Materia de Disposición Ilícita entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Guatemala.
      D.O.F. 02-XI-1998.
·  Tratado Centroamericano sobre Recuperación y Devolución de Vehículos Hurtados, Robados, Apropiados o Retenidos Ilícita o Indebidamente.
      D.O.F. 02-XII-1998.
·  Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará".
      D.O.F. 19-I-1999.
·  Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica, adoptada en la ciudad de San José, Costa Rica, el veintidós de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve.
 
      D.O.F. 24-II-1999.
·  Declaración para el Reconocimiento de la Competencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
      D.O.F. 24-II-1999, Aclaración D.O.F. 25-II-1999.
·  Acuerdo de Cooperación Mutua entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa para el Intercambio de Información respecto de Operaciones Financieras realizadas a través de Instituciones Financieras para Prevenir y Combatir Operaciones de Procedencia Ilícita o de Lavado de Dinero.
      D.O.F. 06-VIII-1999.
·  Convención Internacional sobre la Protección de los derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.
      D.O.F. 13-VIII-1999.
·  Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.
      D.O.F. 27-IX-1999.
·  Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI. Aprobada por el Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Viena del 10 al 17 de abril de 2000.
·  Acuerdo de Cooperación Técnica en Materia de Seguridad Pública entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa.
      D.O.F. 12-VI-2000.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Dominicana sobre Cooperación en materia de Combate al Tráfico Ilícito, Abuso de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y Delitos Conexos.
      D.O.F. 14-VII-2000.
·  Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
      D.O.F. 25-VIII-2000.
·  Convención sobre el Estatuto de los Apátridas.
      D.O.F. 25-VIII-2000.
·  Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados.
      D.O.F. 25-VIII-2000.
·  Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
      D.O.F. 12-III-2001.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Rumania en Materia de Cooperación para el Combate al Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y Delitos Conexos.
      D.O.F. 20-III-2001.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Colombia para el Intercambio de Información No Judicializada.
      D.O.F. 01-VI-2001.
·  Tratado entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de
Nicaragua sobre la Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 20-VI-2001.
·  Protocolo de Estambul. Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos, o degradantes. Publicado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Nueva York y Ginebra, octubre 2001.
·  Retiro Parcial de la Reserva que el Gobierno de México formuló al artículo 25 inciso B) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al proceder el depósito de su instrumento de adhesión en marzo de mil novecientos ochenta y uno.
      D.O.F. 16-I-2002.
·  Planes de Acción para la Aplicación de la Declaración de Viena sobre la Delincuencia y la Justicia: Frente a los Retos del Siglo XXI. RES/56/261, 93a. sesión plenaria, Asamblea General de Naciones Unidas. 31 de enero de 2002.
·  Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía.
      D.O.F. 22-IV-2002.
·  Declaración para el Reconocimiento de la Competencia del Comité contra la Tortura, de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el diez de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.
      D.O.F. 03-V-2002.
·  Declaración para el Reconocimiento de la Competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el veintiuno de diciembre de mil novecientos sesenta y cinco.
      D.O.F. 03-V-2002.
·  Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados.
      D.O.F. 03-V-2002.
·  Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
      D.O.F. 03-V-2002.
·  Enmiendas a los artículos 17 párrafo 7 y 18 párrafo 5 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, del diez de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro, adoptadas en Nueva York, el ocho de septiembre de mil novecientos noventa y dos.
      D.O.F. 03-V-2002.
·  Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
      D.O.F. 03-V-2002.
·  Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
      D.O.F. 06-V-2002.
·  Directrices para la Prevención del Delito. Aprobado por el Consejo Económico y Social de la ONU, en su resolución 2002/13, de 24 de julio de 2002.
·  Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Italiana en Materia de Lucha Contra el Crimen Organizado.
      D.O.F. 09-VIII-2002.
 
·  Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones.
      D.O.F. 09-VIII-2002.
·  Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas cometidos con Bombas.
      D.O.F. 28-II-2003.
·  Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo.
      D.O.F. 28-II-2003.
·  Tratado de Cooperación Mutua entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Guatemala para el Intercambio de Información respecto de Operaciones Financieras realizadas a través de Instituciones Financieras para Prevenir, Detectar y Combatir Operaciones de Procedencia Ilícita o de Lavado de Dinero.
      D.O.F. 05-III-2003.
·  Acuerdo entre el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos relativo al Establecimiento de una Oficina en México.
      D.O.F. 04-IV-2003.
·  Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
      D.O.F. 10-IV-2003.
·  Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
      D.O.F. 10-IV-2003.
·  Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
      D.O.F. 11-IV-2003.
·  Acuerdo de Cooperación Mutua entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Panamá para el Intercambio de Información respecto de Operaciones Financieras realizadas a través de Instituciones Financieras para Prevenir, Detectar y Combatir Operaciones de Procedencia Ilícita o de Lavado de Dinero.
      D.O.F. 22-V-2003.
·  Protocolo que Modifica el Acuerdo de Cooperación Mutua entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Intercambio de Información Respecto de Transacciones en Moneda Realizadas a través de las Instituciones Financieras para Combatir Actividades Ilícitas.
      D.O.F. 18-VI-2003.
·  Convenio para la Protección, Conservación, Recuperación y Devolución de Bienes Arqueológicos, Artísticos, Históricos y Culturales Robados, Exportados o Transferidos Ilícitamente entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú.
      D.O.F. 18-IX-2003.
·  Convención Interamericana contra el Terrorismo.
      D.O.F. 04-XI-2003.
·  Convenio sobre Ejecución de Sentencias Penales entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República del Perú.
      D.O.F. 02-I-2004.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Polonia sobre Cooperación para Combatir la Delincuencia Organizada y Otros Tipos de Delitos.
 
      D.O.F. 05-I-2004.
·  Tratado entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Honduras sobre Ejecución de Sentencias Penales.
      D.O.F. 14-V-2004.
·  Enmienda al Artículo I de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados.
      D.O.F. 27-V-2004.
·  Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito relativo al Establecimiento de una Oficina Regional en México.
      D.O.F. 08-VII-2004.
·  Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la Organización Internacional para las Migraciones relativo al Establecimiento en México de una Oficina de Representación.
      D.O.F. 17-I-2005.
·  Tratado entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la Ejecución de Condenas Penales.
      D.O.F. 19-VII-2005.
·  Directrices sobre la justicia en asuntos concernientes a los niños víctimas y testigos de delitos. Aprobadas por el Consejo Económico y Social de la ONU, en su resolución 2005/20, de 22 de julio de 2005.
·  Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB).
      D.O.F. 14-X-2005.
·  Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
      D.O.F. 14-XII-2005.
·  Tratado sobre Traslado de Reos para la Ejecución de Sentencias Penales Privativas de la Libertad entre los Estados Unidos Mexicanos y la Federación de Rusia.
      D.O.F. 15-II-2006.
·  Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2002.
      D.O.F. 15-VI-2006.
·  Segundo Protocolo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Destinados a Abolir la Pena de Muerte.
      D.O.F. 26-X-2007.
·  Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
      D.O.F. 22-VI-2011.
·  Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay para la Cooperación en Materia de Protección, Conservación, Recuperación y Restitución de Bienes Culturales y los que Conforman el Patrimonio Natural que hayan sido Materia de Robo o de Tráfico Ilícito.
      D.O.F. 02-III-2012.
 
·  Retiro de la Declaración Interpretativa formulada por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos al depositar su instrumento de ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
      D.O.F. 03-IV-2013.
·  Enmiendas a la Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones, adoptadas durante la Septuagésima Sexta Reunión de su Consejo.
      D.O.F. 13-XII-2013.
·  Retiro de la reserva expresa formulada por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos al Artículo IX de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada en la Ciudad de Belém, Brasil, el 9 de junio de 1994, al depositar el instrumento de ratificación de la Convención citada.
      D.O.F. 20-III-2014.
·  Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Popular China para Cooperación en Materia de Protección, Preservación, Devolución y Restitución de Bienes Culturales y Prevención del Robo, Excavación Clandestina e Importación y Exportación Ilícitas de Bienes Culturales, firmado en la ciudad de Beijing, China, el seis de abril de dos mil doce.
      D.O.F. 23-VII-2014.
·  Tratado sobre Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Dominicana, firmado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, el diez de agosto de dos mil doce.
       D.O.F. 24-VII-2014.
LEYES
·  Ley sobre Delitos de Imprenta.
      D.O.F. 12-IV-1917, y sus reformas.
·  Ley de Expropiación.
      D.O.F. 25-XI-1936, y sus reformas.
·  Ley de Vías Generales de Comunicación.
      D.O.F. 19-II-1940, y sus reformas.
·  Ley Federal de Juegos y Sorteos.
      D.O.F. 31-XII-1947.
·  Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.
      D.O.F. 28-XII-1963, y sus reformas.
·  Ley Federal del Trabajo.
      D.O.F. 01-IV-1970, y sus reformas.
·  Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
      D.O.F. 11-I-1972, y sus reformas.
·  Ley General de Población.
      D.O.F. 07-I-1974, y sus reformas.
·  Ley de Extradición Internacional.
 
      D.O.F. 29-XII-1975, y sus reformas.
·  Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
      D.O.F. 31-XII-1975, y sus reformas.
·  Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 29-XII-1976, y sus reformas.
·  Ley Federal de Derechos.
      D.O.F. 31-XII-1981, y sus reformas.
·  Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
      D.O.F. 31-XII-1982, y sus reformas.
·  Ley de Planeación.
      D.O.F. 05-I-1983, y sus reformas.
·  Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
      D.O.F. 08-II-1984, y sus reformas.
·  Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
      D.O.F. 14-V-1986, y sus reformas.
·  Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.
      D.O.F. 24-XII-1986, y su reforma.
·  Ley Sobre la Celebración de Tratados.
      D.O.F. 02-I-1992.
·  Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
      D.O.F. 29-VI-1992, y sus reformas.
·  Ley Federal Sobre Metrología y Normalización.
      D.O.F. 01-Vll-1992, y sus reformas.
·  Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
      D.O.F. 15-VII-1992, y sus reformas.
·  Ley de Aguas Nacionales.
      D.O.F. 01-XII-1992, y sus reformas.
·  Ley Federal de Cinematografía.
      D.O.F. 29-XII-1992, y sus reformas.
·  Ley de Puertos.
      D.O.F. 19-VII-1993, y sus reformas.
·  Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
      D.O.F. 22-XII-1993, y sus reformas.
·  Ley de Inversión Extranjera.
      D.O.F. 27-XII-1993, y sus reformas.
·  Ley de Amnistía.
      D.O.F. 22-I-1994.
·  Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
 
      D.O.F. 04-VIII-1994, y sus reformas.
·  Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
      D.O.F. 23-V-1996, y sus reformas.
·  Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
      D.O.F. 07-XI-1996, y sus reformas.
·  Ley Federal del Derecho de Autor.
      D.O.F. 24-XII-1996, y sus reformas.
·  Ley de Nacionalidad.
      D.O.F. 23-I-1998, y sus reformas.
·  Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.
      D.O.F. 06-I-1999, y sus reformas.
·  Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
      D.O.F. 04-I-2000, y sus reformas.
·  Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
      D.O.F. 04-I-2000, y sus reformas.
·  Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.
      D.O.F. 12-I-2001, y sus reformas.
·  Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
      D.O.F. 25-VI-2002, y sus reformas.
·  Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
      D.O.F. 13-III-2003, y sus reformas.
·  Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 10-IV-2003, y sus reformas.
·  Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
      D.O.F. 21-V-2003, y sus reformas.
·  Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
      D.O.F. 11-VI-2003, y sus reformas.
·  Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
      D.O.F. 09-II-2004, y sus reformas.
·  Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
      D.O.F. 31-XII-2004, y sus reformas.
·  Ley de Seguridad Nacional.
      D.O.F. 31-I-2005, y su reforma.
·  Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.
      D.O.F. 25-V-2005, y sus reformas.
·  Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
      D.O.F. 01-XII-2005, y sus reformas.
 
·  Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
      D.O.F. 30-III-2006, y sus reformas.
·  Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
      D.O.F. 02-VIII-2006, y sus reformas.
·  Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
      D.O.F. 01-II-2007, y sus reformas.
·  Ley de Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
      D.O.F. 31-III-2007, y sus reformas.
·  Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
      D.O.F. 16-IV-2008, y sus reformas.
·  Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
      D.O.F. 02-I-2009, y sus reformas.
·  Ley de la Policía Federal.
      D.O.F. 01-VI-2009, y sus reformas.
·  Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana.
      D.O.F. 30-VII-2010.
·  Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
      D.O.F. 30-XI-2010, y sus reformas.
·  Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.
      D.O.F. 27-I-2011, y sus reformas.
·  Ley de Migración.
      D.O.F. 25-V-2011, y sus reformas.
·  Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
      D.O.F. 30-V-2011 y su reforma.
·  Ley de Firma Electrónica Avanzada.
      D.O.F. 11-I-2012.
·  Ley de Asociaciones Público Privadas.
      D.O.F. 16-I-2012, y sus reformas.
·  Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
      D.O.F. 24-I-2012.
·  Ley General de Protección Civil.
      D.O.F. 06-VI-2012, y sus reformas.
·  Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
      D.O.F. 14-VI-2012, y sus reformas.
·  Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
      D.O.F. 25-VI-2012.
 
·  Ley General de Víctimas.
      D.O.F. 09-I-2013, y sus reformas.
·  Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
      D.O.F. 2-IV-2013, y sus reformas.
·  Ley de Impuesto Sobre la Renta.
      D.O.F. 11-XII-2013, y su reforma.
·  Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
      D.O.F. 14-VII-2014, y sus reformas.
·  Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano.
      D.O.F. 14-VII-2014 y su reforma.
·  Ley de la Industria Eléctrica.
      D.O.F. 11-VIII-2014.
·  Ley de Hidrocarburos.
      D.O.F. 11-VIII-2014 y sus reformas.
·  Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
      D.O.F. 11-VIII-2014.
·  Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
      D.O.F. 04-XII-2014 y sus reformas.
·  Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.
      D.O.F. 29-XII-2014.
·  Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
      D.O.F. 04-V-2015.
·  Ley de Tesorería de la Federación.
      D.O.F. 30-XII-2015.
·  Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
      D.O.F. 9-V-2016, y su reforma.
·  Ley Nacional de Ejecución Penal.
      D.O.F. 16-VI-2016.
·  Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
      D.O.F. 16-VI-2016.
·  Ley General de Responsabilidades Administrativas.
      D.O.F. 18-VII-2016.
·  Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
      D.O.F. 18-VII-2016.
·  Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
      D.O.F. 18-VII-2016.
 
·  Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
      D.O.F. 26-I-2017.
·  Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
·  D.O.F. 26-VI-2017.
·  Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
      D.O.F. 17-XI-2017.
·  Ley de Seguridad Interior.
      D.O.F. 21-XII-2017.
·  Ley General de Comunicación Social.
      D.O.F. 11-V-2018.
·  Ley General de Mejora Regulatoria.
      D.O.F. 18-V-2018.
·  Ley General de Archivos.
      D.O.F. 15-VI-2018.
·  Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas.
      D.O.F. 22-VI-2018.
·  Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los Artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
      D.O.F. 05-XI-2018 y sus reformas.
·  Ley de la Guardia Nacional.
      D.O.F. 27-V-2019.
·  Ley Nacional de Extinción de Dominio.
      D.O.F. 09-VIII-2019.
·  Ley de Ingresos de la Federación.
      Para el ejercicio fiscal correspondiente.
CÓDIGOS
·  Código de Comercio.
      D.O.F. 07-X-1889 al 12-XII-1889 y sus reformas.
·  Código Civil Federal.
      D.O.F. Publicado en cuatro fechas 26-V, 14-VII, 3 y 31 VIII, todos de 1928, y sus reformas.
·  Código Penal Federal.
      D.O.F. 14-VIII-1931, y sus reformas.
·  Código Federal de Procedimientos Civiles.
      D.O.F. 24-II-1943, y sus reformas.
·  Código Fiscal de la Federación.
      D.O.F. 31-XII-1981, y sus reformas.
 
·  Código Nacional de Procedimientos Penales.
      D.O.F. 5-III-2014, y sus reformas.
·  Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal.
      D.O.F. 05-II-2019.
·  Código de Conducta de la Secretaría de Gobernación.
REGLAMENTOS
·  Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
      D.O.F. 06-V-1972.
·  Reglamento sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas.
      D.O.F. 13-VII-1981, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
      D.O.F. 26-I-1990, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.
      D.O.F. 22-V-1998, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
      D.O.F. 08-IX-1998, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
      D.O.F. 14-I-1999, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley General de Población.
      D.O.F. 14-IV-2000, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía.
      D.O.F. 29-III-2001.
·  Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
      D.O.F. 11-VI-2003.
·  Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
      D.O.F. 06-XI-2003, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
      D.O.F. 17-IX-2004, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
      D.O.F. 07-VI-2005.
·  Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
      D.O.F. 28-VI-2006, y sus reformas.
·  Reglamento para la Coordinación de Acciones Ejecutivas en Materia de Seguridad Nacional.
      D.O.F. 29-XI-2006.
·  Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 06-IX-2007.
·  Reglamento para el ejercicio del derecho de opción que tienen los trabajadores de conformidad con
los artículos quinto y séptimo transitorios del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
      D.O.F. 14-XII-2007, y su reforma.
·  Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
      D.O.F. 11-III-2008, y sus reformas.
·  Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Préstamos Personales y su Financiamiento, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
      D.O.F. 14-V-2008, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley de Nacionalidad.
      D.O.F. 17-VI-2009, y sus reformas.
·  Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
      D.O.F. 21-VII-2009.
·  Reglamento para el otorgamiento de pensiones del régimen de cuentas individuales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
      D.O.F. 21-VII-2009, y su reforma.
·  Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
      D.O.F. 24-VIII-2009.
·  Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
      D.O.F. 28-VII-2010.
·  Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
      D.O.F. 28-VII-2010.
·  Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje.
      D.O.F. 05-VIII-2011, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
      D.O.F. 18-X-2011.
·  Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
      D.O.F. 30-XI-2012.
·  Reglamento de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria.
      D.O.F. 21-II-2012.
·  Reglamento de la Ley de Migración.
      D.O.F. 28-IX-2012, y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
      D.O.F. 30-XI-2012.
·  Reglamento de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
      D.O.F. 23-IX-2013.
 
·  Reglamento Interno de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
      D.O.F. 24-I-2014.
·  Reglamento de la Ley Federal de Archivos.
      D.O.F. 13-V-2014.
·  Reglamento de la Ley General de Víctimas.
      D.O.F. 28-XI-2014.
·  Reglamento de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
      D.O.F. 19-IX-2014.
·  Reglamento de la Ley de Hidrocarburos.
      D.O.F. 31-X-2014.
·  Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.
      D.O.F. 13-XI-2014.
·  Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
      D.O.F. 8-X-2015 y su reforma.
·  Reglamento de Escalafón de la Secretaría de Gobernación.
      SEGOB III-2015.
·  Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 31-V-2019.
·  Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional.
      D.O.F. 29-VI-2019.
DECRETOS
·  Decreto por el que se ordena que la Bandera Nacional será izada diariamente a toda asta, con los honores correspondientes en el astabandera de la Plaza de la Constitución de la Capital de la República.
      D.O.F. 09-V-1979.
·  Decreto por el que se establece el Calendario Oficial.
      D.O.F. 06-X-1993, y sus reformas.
·  Decreto por el que se establece el procedimiento y los requisitos para la inscripción en los Registros de Personas Acreditadas operados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal y las bases para la interconexión informática de los mismos.
      D.O.F. 04-V-2004.
·  Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.
      D.O.F. 12-I-2006.
·  Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 10-XII-2012, y su reforma.
·  Decreto por el que se crea la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur.
 
      D.O.F. 08-VII-2014.
·  Decreto por el que se establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios.
      D.O.F. 05-I-2015.
·  Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno.
      D.O.F. 03-II-2015.
·  Decreto por el que se establece la regulación en materia de Datos Abiertos.
      D.O.F. 20-II-2015.
·  Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año para el ejercicio fiscal correspondiente.
·  Decreto por el que se instruye establecer condiciones materiales, jurídicas y humanas efectivas, para fortalecer los derechos humanos de los familiares de las víctimas del caso Ayotzinapa a la verdad y al acceso a justicia.
      D.O.F. 04-XII-2018.
·  Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
      D.O.F. 12-VII-2019.
·  Decreto por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad Pública del Gobierno de la República.
      D.O.F. 16-V-2019.
ACUERDOS
·  Acuerdo por el que se establece la semana laboral de cinco días de duración para los Trabajadores de las Secretarías y Departamentos de Estado, dependencia del Ejecutivo Federal y demás Organismos Públicos e Instituciones que se rijan por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
      D.O.F. 28-XII-1972.
·  Acuerdo que dispone que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con intervención de los respectivos sindicatos, establecerán el sistema de vacaciones escalonadas, en función de las necesidades del servicio.
      D.O.F. 08-VIII-1978.
·  Acuerdo por el que se crea con carácter permanente una Comisión Intersecretarial para estudiar las necesidades de los refugiados extranjeros en el Territorio Nacional, que se denominará Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados.
      D.O.F. 22-VII-1980.
·  Acuerdo por el que los Titulares de las dependencias, coordinadoras de sector y de las propias entidades de la Administración Pública Federal, se abstendrán de proponer empleo, cargo o comisión en el servicio público o de designar en su caso, a representantes de elección popular.
      D.O.F. 31-X-1983.
·  Acuerdo número 169 relativo a la expedición de certificados de aptitud de locutores, de cronistas y de comentaristas.
      D.O.F. 14-X-1992.
·  Acuerdo por el que se reglamentan las funciones de las coordinaciones regionales y las representaciones estatales de la Subsecretaría de Gobierno de la Secretaría de Gobernación.
 
      D.O.F. 08-II-1994.
·  Acuerdo mediante el cual se dan a conocer las reglas en materia de compras del sector público para la participación de las empresas micro, pequeñas y medianas, para las reservas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y para la determinación del grado de integración nacional.
      D.O.F. 24-XI-1994, y sus reformas.
·  Acuerdo por el que se instituyen las Jornadas Nacionales de la Constitución General de la República y sus Símbolos Patrios.
      D.O.F. 08-II-1995.
·  Acuerdo para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población.
      D.O.F. 23-X-1996.
·  Acuerdo que establece Lineamientos para la contratación de los servicios de telefonía de larga distancia por parte de las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 07-V-1997.
·  Acuerdo por el que el organismo descentralizado denominado Talleres Gráficos de México queda agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 25-VIII-1999.
·  Acuerdo por el que se crea el Comité Interno de Asignación y Destino Final de Bienes en Especie No Reclamados o No Adjudicados, Provenientes de Juegos y Sorteos.
      D.O.F. 09-XI-1999.
·  Acuerdo por el que se crea el Comité de Informática y Telecomunicaciones de la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 09-III-2000 y sus reformas.
·  Acuerdo por el que se expide el Programa de Prevención de Riesgos del Trabajo, para las dependencias y entidades afiliadas al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
      D.O.F. 05-VII-2000.
·  Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos necesarios para presentar los informes anuales de producción, distribución y exhibición de películas a que se refiere la Ley Federal de Cinematografía y su Reglamento.
      D.O.F. 26-III-2002.
·  Acuerdo mediante el cual se expiden los Criterios para la Clasificación de Películas Cinematográficas.
      D.O.F. 04-IV-2002.
·  Acuerdo para la difusión y transparencia del marco normativo interno de la gestión gubernamental.
      D.O.F. 06-XII-2002.
·  Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión de Política Gubernamental en materia de Derechos Humanos.
      D.O.F.11-III-2003.
·  Acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos y formatos de los trámites que se realicen ante la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 08-IV-2003.
·  Acuerdo por el que se dan a conocer todos los trámites y servicios inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, así como los formatos que aplica la Secretaría de Gobernación.
 
      D.O.F. 30-IV-2003.
·  Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de Leyes y Decretos del Ejecutivo Federal.
      D.O.F. 09-IX-2003 y su reforma.
·  Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo Ciudadano para la Política de Población.
      D.O.F.18-XI-2003.
·  Acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con el Poder Legislativo de la Unión.
      D.O.F. 01-X-2003.
·  Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la accesibilidad de las personas con discapacidad a inmuebles federales.
      D.O.F.12-I-2004.
·  Acuerdo que establece los lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el control, la rendición de cuentas e informas y la comprobación del manejo transparente de los recursos públicos federales otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos análogos.
      D.O.F. 06-IX-2004, y sus reformas.
·  Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial para la Instrumentación del Programa de Integración del Registro Nacional de Población.
      D.O.F. 08-X-2004.
·  Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de Reglamentos del Ejecutivo Federal.
      D.O.F.02-XII-2004.
·  Acuerdo por el que se da a conocer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autoriza a la Secretaría de Gobernación montos y conceptos bajo el esquema de aprovechamientos en materia de permisos de juego con cruce de apuestas.
      D.O.F. 28-II-2005.
·  Acuerdo por el que se reconoce al Instituto Nacional de Migración como Instancia de Seguridad Nacional.
      D.O.F.18-V-2005.
·  Acuerdo que tiene por objeto fijar los medios y la forma con los que la Secretaría de Gobernación solicitará y, en su caso, recibirá de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal información, datos y cooperación técnica que requiera para el funcionamiento del sistema de compilación de las disposiciones jurídicas aplicables al Poder Ejecutivo Federal para su difusión a través de la red electrónica de datos.
      D.O.F.14-XII-2006.
·  Acuerdo que tiene por objeto fijar los criterios para la correcta aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en lo relativo a la intervención o participación de cualquier servidor público en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión de contrato o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios o que pueda derivar alguna ventaja o beneficio para el o para sus parientes consanguíneos o por afinidad o civiles a que se refiere esa Ley.
      D.O.F. 22-XII-2006.
 
·  Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se establece un Comité Especializado de Alto Nivel para coordinar las acciones del Poder Ejecutivo Federal que dan cumplimiento a las obligaciones internacionales del Estado Mexicano en el ámbito nacional en materia de desarme, terrorismo y/o seguridad internacional.
      D.O.F. 28-V-2007.
·  Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad.
      D.O.F. 25-VIII-2008.
·  Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección.
      D.O.F.12-VII-2010, y su modificación.
·  Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican.
      D.O.F.10-VIII-2010, y su modificación.
·  Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.
      D.O.F. 16-VII-2010, y su reforma.
·  Acuerdo por el que se emite la Clasificación Funcional del Gasto.
      D.O.F. 27-XII-2010.
·  Acuerdo por el que se establece como instancia de coordinación permanente la Comisión Intersecretarial para la Coordinación Operativa en los Puntos de Internación al Territorio Nacional.
      D.O.F. 19-I-2011.
·  Acuerdo por el que se delegan facultades para ejercer las atribuciones en materia de refugiados y protección complementaria previstas en la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, en favor del Subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos; del Titular de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados y del Titular del Instituto Nacional de Migración.
      D.O.F. 07-III-2011.
·  Acuerdo por el que se reforman las Reglas de Operación del Comité Técnico del Consejo de Seguridad Nacional, publicadas el 10 de marzo de 2008.
      D.O.F.18-V-2011.
·  Acuerdo por el que se establecen las bases del mecanismo de protección de defensoras y defensores de los derechos humanos a partir de la instrumentación de acciones coordinadas que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrollarán la Secretaría de Gobernación, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República.
      D.O.F. 07-VII-2011.
·  Acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos y formatos que se utilizarán en los trámites que se realice ante la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas.
      D.O.F. 12-VII-2011.
·  Acuerdo por el que se establece el Esquema de Interoperabilidad y de Datos Abiertos de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 06-IX-2011.
·  Acuerdo por el que se delegan facultades en favor de diversos servidores públicos del Instituto
Nacional de Migración para ejercer las atribuciones en materia de refugiados y protección complementaria previstas en la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria.
      D.O.F. 08-IX-2011.
·  Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas Generales para la gestión de trámites a través de medios de comunicación electrónica presentados ante la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 09-III-2012.
·  Acuerdo por el que se adecuan las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 19-X-2012.
·  Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente los Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 04-IV-2013.
·  Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la recepción y disposición de obsequios, donativos o beneficios en general, que reciban los servidores públicos de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 28-VI-2013.
·  Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales del Procedimiento de Apostilla de Documentos y Legalización de Firmas.
      D.O.F. 15-X-2013.
·  Acuerdo que tiene por objeto emitir las políticas y disposiciones para la Estrategia Digital Nacional, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y en la de seguridad de la información, así como establecer el Manual Administrativo de Aplicación General en dichas materias.
      D.O.F. 08-V-2014 y su modificación.
·  Acuerdo que establece los requisitos que deberán cumplir los Secretarios de Estado o el Procurador General de la República, respecto de las peticiones que realicen al Ejecutivo Federal, por conducto de su Consejero Jurídico, para solicitar al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la substanciación y resolución de manera prioritaria de los juicios de amparo, de las controversias constitucionales y de las acciones de inconstitucionalidad, incluidos los recursos, incidentes o procedimientos derivados de estos.
      D.O.F. 02-IV-2014.
·  Acuerdo por el que se instruye la constitución de los Centros de Atención Integral al Tránsito Fronterizo (CAITF).
      D.O.F. 08-VII-2014.
·  Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, establece las bases de interpretación y aplicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
      D.O.F. 17-VI-2015.
·  Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos para recabar la información de los sujetos obligados que permitan elaborar los informes anuales.
      D.O.F. 12-II-2016.
·  Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos que establecen los procedimientos internos de atención a solicitudes de acceso a la información pública.
      D.O.F. 12-II-2016.
 
·  Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos Generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.
      D.O.F. 15-IV-2016.
·  Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos para determinar los catálogos y publicación de información de interés público; y para la emisión y evaluación de políticas de transparencia proactiva.
      D.O.F. 15-IV-2016.
·  Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos para la Organización y Conservación de los Archivos.
      D.O.F. 04-V-2016.
·  Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos para la implementación y operación de la Plataforma Nacional de Transparencia.
      D.O.F. 04-V-2016.
·  Acuerdo mediante el cual el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, aprueba el padrón de sujetos obligados del ámbito federal, en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
      D.O.F. 04-V-2016.
·  Acuerdo por el que se establece la organización y funcionamiento del Comité Jurídico Interno de la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F.11-V-2016 y su reforma.
·  Acuerdo mediante el cual se aprueba la Tabla de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia comunes de los sujetos obligados del ámbito federal, en términos del último párrafo del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
      D.O.F. 03-XI-2016.
·  Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos que establecen el procedimiento de verificación y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones de transparencia que deben publicar los sujetos obligados del ámbito federal en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, así como el Manual de procedimientos y metodología de evaluación para verificar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia que deben de publicar los sujetos obligados del ámbito federal en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.
      D.O.F. 20-II-2017.
·  Acuerdo de la Junta Directiva por el que se aprueba el Reglamento para la Dictaminación en Materia de Riesgos del Trabajo e Invalidez del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
      D.O.F. 24-II-2017.
·  Acuerdo que tiene por objeto emitir las Disposiciones Generales en las materias de Archivos y de Gobierno Abierto para la Administración Pública Federal y su Anexo Único.
      D.O.F. 15-V-2017.
·  Acuerdo por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo,
cargo o comisión.
      D.O.F. 06-VII-2017.
·  Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 24-VII-2017.
·  Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el Sector Público.
      D.O.F. 26-I-2018.
·  Acuerdo por el cual se aprueba la modificación de los numerales octavo, décimo primero, décimo quinto y décimo sexto de los Lineamientos para determinar los catálogos y publicación de información de interés público; y para la emisión y evaluación de políticas de transparencia proactiva.
      D.O.F. 21-II-2018.
·  Acuerdo por el que se da a conocer el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.
      D.O.F. 13-IX-2018.
·  Acuerdo que reforma el diverso por el que se establecen los Lineamientos generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 06-XII-2018.
·  Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos que regulan la designación de los titulares de las unidades de administración y finanzas de las dependencias de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 01-XII-2018 y su modificación.
·  Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos que regulan el nombramiento de los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 14-XII-2018.
·  Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal.
      D.O.F. 05-II-2019.
CIRCULARES Y OFICIOS
·  Oficio Circular mediante el cual se establece el Registro de Cuentas de Deposito e Inversión de las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 26-IX-2000.
·  Oficio Circular por el que se establece el procedimiento que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las entidades federativas que realicen contrataciones con recursos federales, previo a la formalización de los contratos o pedidos que sean celebrados bajo el ámbito de las leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de Obras blicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para verificar que los proveedores o contratistas están al corriente en sus obligaciones fiscales.
      D.O.F. 19-IX-2008.
DOCUMENTOS NORMATIVOS-ADMINISTRATIVOS
·  Lineamientos que deberán observar las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en la recepción, procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de corrección de datos personales que formulen los particulares.
 
      D.O.F. 06-IV-2004, y sus reformas.
·  Lineamientos para la operación del Sistema Informático RHNET.
      D.O.F. 15-XII-2005.
·  Lineamientos para la descripción, evaluación y certificación de capacidades.
      D.O.F. 16-XII-2005.
·  Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 30-III-2007, y su modificación.
·  Lineamientos generales y normas técnicas para el funcionamiento del Sistema de Compilación de las Disposiciones Jurídicas aplicables al Poder Ejecutivo Federal para su difusión a través de la red electrónica de datos.
      D.O.F. 26-IV-2007.
·  Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el envío, recepción y trámite de las consultas, informes, resoluciones, criterios, notificaciones y cualquier otra comunicación que establezcan con el Instituto Federal de Acceso a la Información.
      D.O.F. 29-VI-2007, y sus reformas.
·  Lineamientos para el seguimiento de la rentabilidad de los programas y proyectos de inversión de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 18-III-2008.
·  Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 28-XII-2010, y sus reformas.
·  Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios.
      D.O.F. 08-XI-2012, y sus reformas.
·  Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 30-I-2013.
·  Lineamientos para el desarrollo de las sesiones del Consejo Consultivo de Juegos y Sorteos.
      D.O.F. 25-VI-2014.
·  Lineamientos Generales para la expedición de visas que emiten las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores.
      D.O.F. 10-X-2014.
·  Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos del Poder Ejecutivo Federal.
      D.O.F. 03-VII-2015.
·  Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la Fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.
      D.O.F. 04-V-2016 y su modificación.
·  Lineamientos relativos a los dictámenes de los programas y proyectos de inversión a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
 
      D.O.F. 02-XI-2018 para el ejercicio fiscal correspondiente.
·  Lineamientos que regulan la designación de los titulares de las Unidades de Enlace Legislativo de las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 16-I-2019.
·  Lineamientos para la Elaboración y Actualización de Manuales de Organización.
      30 de julio, 2019.
NORMAS
·  Norma para otorgar el Premio Nacional de Administración Pública.
      D.O.F. 08-IX-2009.
·  Normas de organización y funcionamiento del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.
      D.O.F. 06-VII-2017.
OTRAS DISPOSICIONES
·  Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex trabajadores Migratorios Mexicanos (de 1942 a 1964).
      D.O.F. 27-X-2005, y sus reformas.
·  Relación Única de la normativa de la Secretaría de Gobernación.
      D.O.F. 10-IX-2010 y sus reformas.
·  Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, y su aclaración.
      D.O.F. 28-XII-2010.
·  Políticas, Lineamientos y Criterios en la determinación de la asignación y destino final de los bienes en especie no reclamados o no adjudicados provenientes de juegos y sorteos, aprobados el 4 de mayo de 2011.
·  Protocolo de actividades para la implementación de acciones de eficiencia energética en inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones de la Administración Pública Federal.
      D.O.F. 13-I-2012.
·  Reglas de Operación del Fideicomiso Fondo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
      D.O.F.05-XI-2013 y su modificación.
·  Reglas de Operación del Fideicomiso para el Cumplimiento de Obligaciones en Materia de los Derechos Humanos.
      D.O.F. 29-V-2014.
·  Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Gobernación.
      SEGOB XII-2014.
·  Disposiciones generales en las materias de archivos y transparencia para la Administración Pública Federal y su Anexo Único.
      D.O.F. 03-III-2016.
·  Instructivo Normativo para la asignación de la Clave Única de Registro de Población.
      D.O.F. 18-VI-2018.
 
·  Mecanismo de Generación de Usuarios para acceso al Portal de Consulta Web ACTAMEX, octubre 2018.
·  Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de cualquier naturaleza de la Secretaría de Gobernación.
·  Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
III. ATRIBUCIONES
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Artículo 27.- A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I.                 Formular y conducir la política interior que competa al Ejecutivo Federal y no se atribuya expresamente a otra dependencia; fomentar el desarrollo político; contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la formación cívica y la participación ciudadana, salvo en materia electoral; facilitar acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y las leyes, se mantengan las condiciones de unidad nacional, cohesión social, fortalecimiento de las instituciones de gobierno y gobernabilidad democrática;
II.                Coordinar a los Secretarios de Estado y demás funcionarios de la Administración Pública Federal para garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del titular del Ejecutivo Federal y por acuerdo de éste, convocar a las reuniones de gabinete; acordar con los titulares de las Secretarías de Estado, órganos desconcentrados y entidades paraestatales las acciones necesarias para dicho cumplimiento, y requerir a los mismos los informes correspondientes;
III.               Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal. Asimismo, conducir, en el ámbito de su competencia, las relaciones del Poder Ejecutivo con los partidos políticos, organizaciones sociales y demás instituciones de la sociedad civil. Los titulares de las unidades de enlace legislativo de las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal serán designados por el Secretario de Gobernación y estarán adscritos administrativa y presupuestalmente a la Secretaría o dependencia respectiva;
IV.               Garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o agrupaciones religiosas, así como vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en esta materia;
V.                Formular y conducir la política migratoria y de movilidad humana, así como vigilar las fronteras del país y los puntos de entrada al mismo por tierra, mar o aire, garantizando, en términos de ley, la libertad de tránsito, en coordinación con las demás autoridades competentes;
VI.               Formular y conducir la política de población e interculturalidad y operar el servicio nacional de identificación personal, en términos de las leyes aplicables;
VII.              Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar, en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, la promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia, así como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto;
VII Bis.         Formular y coordinar la política de prevención social del delito, cultura de paz y de legalidad,
mediante programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación o vulnerabilidad de grupos sociales, así como diseñar e instrumentar programas para la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado;
VII Ter.         Crear e implementar en forma permanente una página electrónica de consulta pública en la cual se registren los datos de las personas reportadas como desaparecidas en todo el país, así como establecer otra para los casos de mujeres y niñas; ambas plataformas tendrán como fin que la población en general contribuya con información sobre la localización de las personas desaparecidas;
VII Quáter.    Elaborar y ejecutar los programas de reinserción social y apoyo a las personas que hayan cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad;
VIII.             En el ámbito de su competencia, elaborar e instrumentar la normatividad aplicable, conforme a la Constitución y las leyes, en materia de comunicación social del Gobierno Federal y las relaciones con los medios masivos de información; administrar, salvo lo establecido en las leyes electorales, el tiempo de que dispone el Estado en radio y televisión; así como autorizar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
IX.               Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas y los videojuegos, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito, perturben el orden público o sean contrarios al interés superior de la niñez;
X.                Tramitar lo relativo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución;
XI.               Administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de ley, a otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal. En las islas a que se refiere esta fracción regirán las leyes federales y los tratados, y serán competentes para conocer de las controversias que en ellas se susciten los tribunales federales con mayor cercanía geográfica;
XII.              Diseñar e instrumentar programas anuales, previo diagnóstico a los ayuntamientos, para la asesoría, capacitación y formación de sus integrantes, así como de los funcionarios municipales, con el fin de contribuir a su profesionalización y al desarrollo institucional de los municipios;
XIII.             Auxiliar al Poder Judicial de la Federación, a la Fiscalía General de la República y a las correspondientes de las entidades federativas, cuando así lo requieran, para el debido ejercicio de sus funciones, así como a otras dependencias, entes públicos, entidades federativas, municipios y órganos constitucionales autónomos;
XIV.             Regular, autorizar y vigilar el juego, las apuestas, las loterías y rifas, en los términos de las leyes relativas;
XV.              Presentar ante el Congreso de la Unión las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo y, en su caso, comunicar el señalamiento formal del Presidente de la República del carácter preferente de hasta dos de las iniciativas, conforme a lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución;
XVI.             Administrar el Diario Oficial de la Federación y publicar las leyes y decretos del Congreso de la Unión, de alguna de las dos Cámaras o de la Comisión Permanente y los reglamentos que expida el Presidente de la República, en términos de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 constitucional y el artículo 72 constitucional, así como las resoluciones y disposiciones que por ley deban publicarse en dicho medio de difusión oficial;
XVII.            Coordinar a los Talleres Gráficos de México para que proporcionen los servicios editoriales y de impresión que requieran las dependencias de la Administración Pública Federal y otros entes, públicos o privados, que lo soliciten, recibiendo las contraprestaciones respectivas por tales servicios;
 
XVIII.           Compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente, con objeto de proporcionar información a través de los sistemas electrónicos de datos;
XIX.             Conducir las relaciones del Gobierno Federal con el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado;
XX.              Intervenir en los nombramientos, aprobaciones, designaciones, destituciones, renuncias y jubilaciones de servidores públicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias del Ejecutivo;
XXI.             Tramitar lo relativo al ejercicio de las facultades que otorgan al Ejecutivo Federal los artículos 96, 98 y 100 de la Constitución, sobre nombramientos, renuncias y licencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y de los Consejeros de la Judicatura Federal;
XXII.            Llevar el registro de autógrafos de los funcionarios federales, de los Gobernadores de los Estados y del jefe de gobierno de la Ciudad de México y legalizar las firmas de los mismos;
XXIII.           Fijar el calendario oficial, y
XXIV.           Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
IV. MISIÓN Y VISIÓN
MISIÓN
Fomentar la gobernabilidad democrática, fortalecer el Estado de Derecho, establecer una cultura de respeto y protección de los Derechos Humanos, priorizando la construcción y participación de la ciudadanía, con el objetivo de reconstruir el tejido social y con ello dar pasos firmes en la estabilidad social y política del país, a través de relaciones con las diversas figuras que componen el Estado Mexicano y los poderes de la Unión.
VISIÓN
Ser el eje estratégico enfocado a la gobernabilidad, participación ciudadana, protección de los derechos humanos y democracia participativa, ello para que México tenga una sociedad abierta, libre, plural, informada y crítica, reconociendo que el respeto pleno al Estado de Derecho es la única vía que permite a los mexicanos vivir en armonía.
V.    ESTRUCTURA ORGÁNICA
SECTOR CENTRAL
1.     Secretaria
1.1.   Subsecretaría de Gobierno
1.1.1.    Unidad de Política Interior y Análisis de Información
1.1.1.1.     Dirección General de Análisis y Prospectiva para la Política Interior
1.1.1.2.     Dirección General de Evaluación de Escenarios de Gobernabilidad
1.1.2.    Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales
1.1.3.    Unidad de Gobierno
1.1.3.1.     Dirección General Regional Sureste
1.1.3.2.     Dirección General Regional Centro y Noreste
1.1.3.3.     Dirección General Regional Noroeste y Occidente
1.1.3.4.     Dirección General de Enlace y Seguimiento
1.1.4.    Unidad de Enlace
 
1.1.4.1.     Dirección General de Información Legislativa
1.1.4.2.     Dirección General de Estudios Legislativos
1.1.5.    Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación
1.1.5.1.     Dirección General de Medios Impresos
1.1.5.2.     Dirección General de Normatividad de Comunicación
1.1.5.3.     Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía
1.1.0.1.     Dirección General de Juegos y Sorteos
1.0.1.    Unidad General de Asuntos Jurídicos
1.0.1.1.     Dirección General de lo Consultivo y de Contratos y Convenios
1.0.1.2.     Dirección General de lo Contencioso
1.0.1.3.     Dirección General de Procedimientos Constitucionales
1.2.   Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración
1.2.1.    Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas
1.2.1.1.     Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad
1.2.2.    Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos
1.2.2.1.     Dirección General para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
1.2.2.2.     Dirección General de Política Pública de Derechos Humanos
1.2.2.3.     Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos
1.2.3.    Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México
1.2.4.    Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia
1.2.4.1.     Dirección General para la Reconciliación y Justicia
1.2.4.2.     Dirección General para el Fortalecimiento de los Tribunales Superiores y las Procuradurías Estatales
1.3.   Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos
1.3.1.    Unidad de Construcción de Ciudadanía y Participación Social
1.3.1.1.     Dirección General de Construcción de Ciudadanía y Participación Social
1.3.1.2.     Dirección General de Coordinación Interinstitucional
1.3.2.    Unidad de Desarrollo Democrático
1.3.2.1.     Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico
1.3.2.2.     Dirección General de Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil
1.3.3.    Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social
1.3.3.1.     Dirección General de Asuntos Religiosos
1.3.3.2.     Dirección General de Prevención Social del Delito y la Reconstrucción del Tejido Social
1.0.2.    Unidad de Administración y Finanzas
1.0.2.1.     Dirección General de Recursos Humanos
1.0.2.2.     Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
 
1.0.2.3.     Dirección General de Programación y Presupuesto
1.0.2.4.     Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS
1.4.   Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal
1.5.   Instituto Nacional de Migración
1.6.   Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
1.7.   Comisión Nacional de Búsqueda de Personas
1.8.   Secretaría General del Consejo Nacional de Población
1.9.   Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur
1.10.  Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados
1.11.  Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes
 
VI. ORGANIGRAMA
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
ESTRUCTURA BÁSICA
VIGENCIA: 01 DE ENERO DE 2020
 

 

 

 

 

 

 
VII. OBJETIVO Y FUNCIONES POR ÁREA
1. SECRETARIA
OBJETIVO
Conducir la política interior del Poder Ejecutivo Federal, el fomento al desarrollo político, la formación cívica y la participación ciudadana, así como el fortalecimiento de las instituciones democráticas, en términos de la Constitución y las leyes aplicables en las materias, para promover acuerdos políticos y consensos sociales que salvaguarden las condiciones de unidad nacional, cohesión social, consolidación de las instituciones de gobierno y la gobernabilidad democrática, preservando la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano.
FUNCIONES
·  Acordar con la persona Titular del Ejecutivo Federal, el despacho de los asuntos que correspondan a la competencia de la SEGOB, sus órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales de su sector coordinado.
·  Coordinar a las personas Titulares de las secretarías de Estado y demás funcionarios de la APF, para
garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos de la persona Titular del Ejecutivo Federal, y por acuerdo de este, convocar a las reuniones de gabinete; acordar con las personas Titulares de las secretarías de Estado, órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales las acciones necesarias para dicho cumplimiento, y requerir a los mismos los informes correspondientes.
·  Establecer, dirigir y controlar las políticas de la SEGOB, así como planear y coordinar las actividades de su sector coordinado, en los términos de la legislación aplicable.
·  Someter a la consideración y, en su caso, aprobación de la persona Titular del Ejecutivo Federal el Programa Sectorial de Gobernación, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, así como coordinar su ejecución, control y evaluación.
·  Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la SEGOB y la Cuenta Pública; para asegurar la ejecución, control, evaluación y rendición de cuentas de los recursos financieros necesarios en la operación y funcionamiento de la dependencia.
·  Desempeñar las comisiones y funciones especiales que le confiera la persona Titular del Ejecutivo Federal, informando sobre su desarrollo y ejecución.
·  Proponer al Ejecutivo Federal, los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, programas, órdenes y demás disposiciones sobre los asuntos de la competencia de la SEGOB.
·  Informar al Congreso de la Unión sobre el estado que guardan los asuntos de la SEGOB y el sector paraestatal coordinado por su Sector, así como acudir a convocatoria de cualquiera de sus Cámaras, cuando se discuta una ley o se estudie un asunto de competencia de la dependencia, así como comparecer ante las comisiones del Congreso de la Unión, en términos de las disposiciones legales.
·  Refrendar los reglamentos, decretos y acuerdos que expida la persona Titular del Ejecutivo Federal, en los términos del artículo 13 de la LOAPF, para asegurar su validez y observancia.
·  Representar a la persona Titular del Ejecutivo Federal, en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en términos de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria, en los casos en que lo determine el Ejecutivo Federal, pudiendo ser suplida de conformidad con lo dispuesto en el RISEGOB.
·  Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a los derechos humanos, dictando al efecto las medidas administrativas procedentes.
·  Establecer las comisiones, consejos y comités internos que sean necesarios para el funcionamiento de la SEGOB, así como designar a los integrantes de los mismos.
·  Aprobar la organización y funcionamiento de la SEGOB, así como adscribir orgánicamente sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, e intervenir en las entidades paraestatales agrupadas en el sector, para garantizar la operación de la dependencia, en los términos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Expedir el Manual de Organización General de la SEGOB, y disponer su publicación en el D.O.F., para dar a conocer la misión, funciones, estructura orgánica y organograma de las unidades responsables y órganos administrativos desconcentrados que la conforman.
·  Designar a las personas servidoras públicas del nivel jerárquico inmediato inferior que no sean nombradas por el Titular del Ejecutivo Federal, así como ordenar la expedición de nombramientos y resolver sobre las propuestas que formulen las personas servidoras públicas superiores para la designación de su personal de confianza y creación de plazas.
·  Resolver los recursos administrativos que se interpongan en contra de resoluciones dictadas por la persona Titular de la Secretaría, y por las personas servidoras públicas, y de las unidades administrativas que dependan directamente, así como los demás que legalmente le correspondan.
·  Fijar las Condiciones Generales de Trabajo de la dependencia, para establecer los derechos y obligaciones que regulen el actuar de los trabajadores de la SEGOB.
·  Designar y remover, en los términos de las disposiciones aplicables, a las personas servidoras
públicas que representen a la SEGOB en los órganos de gobierno de las entidades paraestatales coordinadas, y en aquellas entidades y organismos nacionales e internacionales en que participe.
·  Fijar en el ámbito de competencia, la política que deberá seguir la SEGOB en las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, gobiernos de las entidades federativas y municipios, y con las demás autoridades federales y locales.
·  Establecer las políticas públicas que consoliden las relaciones del Poder Ejecutivo con los partidos políticos, organizaciones sociales y demás instituciones de la sociedad civil.
·  Designar a las personas titulares de las Unidades de Enlace Legislativo de las dependencias y entidades de la APF, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Expedir en el ámbito de su competencia, las disposiciones a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la APF, para la conducción y coordinación, de las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con el Poder Legislativo de la Unión.
·  Acordar con el Titular del Ejecutivo Federal conforme a lo previsto por el artículo 6o. de la LOAPF, así como ser el conducto para convocar a los Titulares de las secretarías de Estado para conocer de los asuntos a que se refiere el artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, velando por la ejecución de las medidas que se adopten.
·  Determinar la política interior que competa al Ejecutivo Federal, y no se atribuya expresamente a otra dependencia, para garantizar la gobernabilidad democrática, el Estado de Derecho, e integridad del Estado Mexicano.
·  Fijar las políticas públicas en materia de desarrollo político que permita fortalecer las instituciones democráticas, mediante acuerdos políticos y consensos sociales, así como la promoción de la formación cívica y la participación ciudadana.
·  Fijar la política que deberá seguir la SEGOB en materia de prevención social del delito, cultura de paz y de legalidad.
·  Definir políticas públicas en materia de asuntos religiosos y conducir las relaciones entre el Estado y las iglesias o asociaciones religiosas, garantizando el carácter laico del Estado Mexicano, así como vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales en la materia.
·  Formular y conducir la política migratoria, así como vigilar las fronteras del país y los puntos de entrada por tierra, mar y aire, garantizando la movilidad humana, en coordinación con las demás autoridades competentes.
·  Determinar la política de población e interculturalidad, y coordinar la operación del Servicio Nacional de Identificación Personal, en términos de las leyes aplicables.
·  Diseñar e instrumentar la normatividad aplicable, conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes en materia de comunicación social del Gobierno Federal, y las relaciones con los medios masivos de información a que se refiere la Ley General en la materia.
·  Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación del RISEGOB, así como los casos no previstos en el mismo.
·  Suscribir los acuerdos interinstitucionales que celebre la SEGOB con los órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales, de conformidad con la Ley Sobre la Celebración de Tratados.
·  Determinar la circunscripción territorial de las Direcciones Generales Regionales y de las Oficinas de Representación de la SEGOB, mediante acuerdo publicado en el D.O.F.
·  Las demás que con carácter no delegable le confieran otras disposiciones legales y reglamentarias, o le otorgue la persona Titular del Ejecutivo Federal.
1.1. SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO
OBJETIVO
Impulsar políticas públicas en materia de política interior, gobernabilidad, legislativa, comunicación social y juegos y sorteos, mediante el diálogo, negociación y acuerdos institucionales entre los actores políticos, sociales, organizaciones y demás instancias gubernamentales, así como a través de programas y proyectos estratégicos de prevención, detección, atención y distención y/o solución de las controversias que se presenten dentro de los marcos jurídicos legales, para contribuir en la consolidación del desarrollo democrático y el Estado de Derecho en el país.
FUNCIONES
·  Acordar con la persona Titular de la SEGOB los asuntos en materia de gobernabilidad democrática y política interior del país, vínculos con instancias gubernamentales, conflictos en las entidades federativas y de desarrollo de estados y municipios, para asegurar estrategias y mecanismos que permitan dar cumplimiento al mandato constitucional.
·  Dictar políticas relativas a los trámites administrativos y seguimiento de asuntos en materia de atención ciudadana, y concertación política y social, para garantizar el cumplimiento de los preceptos constitucionales en la esfera de competencia de la SEGOB.
·  Determinar en su ámbito de competencia, estrategias de coordinación política con los Poderes de la Unión, partidos y agrupaciones políticas nacionales, organizaciones sociales y organismos constitucionales autónomos, para fortalecer las relaciones políticas del Poder Ejecutivo Federal con los diferentes actores de la vida política del país.
·  Definir políticas en materia de administración y publicación del D.O.F., para asegurar la difusión en el territorio nacional de leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los Poderes de la Unión que permitan su debida observación y aplicación.
·  Instituir normas sobre la aplicación de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, para garantizar el cumplimiento de las políticas públicas de transparencia y rendición de cuentas en la materia.
·  Establecer directrices de colaboración interinstitucional en materia de seguridad nacional, para contribuir a la conservación del orden constitucional y al fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno.
·  Definir estrategias de colaboración en las relaciones institucionales del Poder Ejecutivo con instituciones y organizaciones, para establecer acciones en materia de prevención y atención a los conflictos comunitarios y de organizaciones políticas, sociales y civiles.
·  Expedir modelos y esquemas de evaluación del impacto de los proyectos, planes, estrategias y acciones en materia de demandas y conflictos de ciudadanos, grupos y organizaciones, para promover las condiciones políticas y sociales que coadyuven en la distensión y atención de los mismos.
·  Autorizar políticas y estrategias sobre las peticiones que formulen las instituciones y organizaciones políticas, sociales y civiles, así como de la ciudadanía, para asegurar la recepción, atención y canalización de las demandas planteadas.
·  Determinar políticas y mecanismos de comunicación y coordinación interinstitucional, en materia de evaluación de temas y conflictos coyunturales de la política interior, para facilitar las labores en el diseño de escenarios sobre la gobernabilidad del país.
·  Instituir líneas generales de acción sobre el manejo y confidencialidad de la información de inteligencia que proporciona el Centro Nacional de Inteligencia, para garantizar el control de la información que ponga en riesgo la gobernabilidad y política interior del país.
·  Establecer políticas de vinculación y concertación con los distintos niveles de gobierno, partidos y agrupaciones políticas en las entidades federativas, autoridades federales y locales, para garantizar la atención y canalización de asuntos que se presenten en los estados y en la Ciudad de México que pudieran vulnerar la gobernabilidad democrática.
·  Planificar estrategias de coordinación, organización y funcionamiento de las Oficinas de Representación de la SEGOB en las entidades federativas, para garantizar la vinculación y enlace con
las dependencias y entidades de los gobiernos locales.
·  Autorizar planes de estudio sobre los fenómenos sociales, políticos y económicos en las entidades federativas, municipios, de las alcaldías o regiones del país, a fin de contar con elementos técnicos que fundamenten la toma de decisiones en la solución de conflictos.
·  Fijar en el ámbito de competencia de la SEGOB, políticas sobre el seguimiento a las actividades que desarrollen las direcciones generales regionales y las Oficinas de Representación de la SEGOB en las entidades federativas y municipios, para vigilar su ejecución y en su caso la definición de acciones correctivas.
·  Aprobar directrices generales en materia de formulación, coordinación y evaluación de las políticas en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, a fin de planificar la construcción de acuerdos y la realización del modelo estratégico para un auténtico federalismo.
·  Dirigir la promoción de acciones de colaboración y coordinación entre las autoridades federales, de las entidades federativas, de los municipios y alcaldías, para contribuir al fortalecimiento del federalismo, que apoye el desarrollo regional, estatal, municipal y metropolitano, en beneficio de las comunidades, las asociaciones de municipios, las organizaciones sociales y privadas.
·  Fijar las directrices generales de regulación, autorización y vigilancia en la transmisión y clasificación de materiales de radio, televisión y cinematografía, así como la administración de los tiempos oficiales, para coadyuvar al cumplimiento de la función social de los medios de comunicación.
·  Consolidar estrategias, programas y campañas de comunicación social del quehacer gubernamental de las dependencias y entidades de la APF, para asegurar su transmisión a la ciudadanía en los medios masivos de difusión informativa.
·  Autorizar líneas generales de acción en la conducción de las relaciones con los medios impresos de comunicación nacionales y extranjeros, a través de mecanismos de coordinación y colaboración, para difundir programas, planes y actividades gubernamentales.
·  Definir las estrategias de promoción y vigilancia de las publicaciones y revistas ilustradas que circulan en la República Mexicana, para asegurar que su difusión se encuentre dentro del marco jurídico vigente.
·  Conducir los vínculos políticos institucionales con el Poder Legislativo Federal, órganos y grupos parlamentarios, así como con partidos y agrupaciones políticas nacionales, para asegurar el diálogo y los canales de comunicación que construyan pactos colectivos.
·  Fijar políticas en el desarrollo de estudios, proyectos, propuestas e iniciativas de carácter legislativo competencia de la SEGOB y entidades sectorizadas, para contribuir en la emisión de opiniones sobre la viabilidad y congruencia jurídica.
·  Dictar criterios generales en la formulación de estudios de derecho comparado, anteproyectos y proyectos de iniciativas, así como diagnósticos en materia legislativa, para presentar propuestas que homologuen el orden jurídico y modernicen las instituciones del Estado.
·  Definir y emitir líneas generales de acción, relativas a la conformación y funcionamiento del sistema de seguimiento de los compromisos derivados de acuerdos políticos que establece el Gobierno Federal con partidos y agrupaciones políticas nacionales, para garantizar el cumplimiento de los mismos y consolidar acciones legislativas consensadas.
·  Determinar políticas y estrategias de seguimiento en materia de planeación, programación, organización, control y evaluación de los programas y compromisos a cargo de la Subsecretaría de Gobierno y áreas que la conforman, para contar con reportes ejecutivos que mantengan informado al Titular de la SEGOB.
·  Aprobar normas, criterios, sistemas y procedimientos que deban regir en las unidades administrativas adscritas en la Subsecretaría de Gobierno, para dar cumplimiento a las políticas que defina la persona Titular de la SEGOB.
·  Someter a consideración de las instancias correspondientes, el programa operativo anual y el anteproyecto de presupuesto de la oficina a su cargo, así como de las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría de Gobierno, para garantizar los recursos necesarios en la consecución de objetivos, metas y programas comprometidos.
 
1.1.1. UNIDAD DE POLÍTICA INTERIOR Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN
OBJETIVO
Conducir políticas y estrategias orientadas a la generación de productos, escenarios y servicios de información en materia de gobernabilidad y política interior, para contribuir a la atención de los asuntos, medidas y acciones establecidas en la agenda de la Secretaría de Gobernación que garanticen el Estado de Derecho en el país.
FUNCIONES
·  Definir el contenido de la agenda de gobernabilidad democrática de la SEGOB, para someter a consideración de las instancias superiores un cuadro general que presente y articule los acontecimientos de mayor importancia, así como las principales medidas y acciones a realizar por la dependencia.
·  Dictar estrategias en materia de análisis de información de gobernabilidad y política interior del país, para asegurar y proponer la generación de acciones integrales y estratégicas que correspondan.
·  Implementar estrategias de comunicación y coordinación interinstitucional, para asegurar la atención y seguimiento a los temas en materia de gobernabilidad y política interior.
·  Establecer políticas orientadas a la construcción de un flujo continuo de información de la SEGOB, para contar con datos de análisis y prospectiva en materia de riesgos a la gobernabilidad y política interior del país.
·  Determinar líneas de apoyo a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB que generan información, análisis y prospectiva en materia de riesgos a la gobernabilidad democrática, con el propósito de que construyan un flujo continuo de información.
·  Fijar políticas de recepción y resguardo de información de inteligencia que genere el Centro Nacional de Inteligencia, para proponer acciones en la atención de asuntos que corresponda a la dependencia.
·  Presentar informes periódicos sobre los productos y servicios de información que generan las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la SEGOB en materia de riesgos a la gobernabilidad democrática, para contribuir en la determinación de estrategias y acciones que permitan mejorar la calidad y oportunidad de dicha información.
·  Dictar estrategias orientadas a la integración, análisis y seguimiento de información, relacionada con las actividades gubernamentales realizadas por las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría de Gobierno, para contar con elementos técnicos susceptibles de incorporar a la matriz de indicadores.
·  Presentar con bases en los análisis de información, acciones tendientes a la distensión y/o atención de conflictos sociales o políticos en el interior del país, a fin coadyuvar y sustentar la toma de decisiones de las instancias superiores de la SEGOB.
·  Colaborar en la consolidación y procesamiento de información en materia de gobernabilidad democrática y política interior generada del Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Gobernación, para coadyuvar en los informes que presenta la dependencia y el Ejecutivo Federal.
·  Diseñar medidas y esquemas que permitan a la SEGOB la integración de escenarios de la agenda en temas coyunturales de la política interior, para evaluar objetos, metas e indicadores definidos sobre el cumplimiento de compromisos en el ámbito de la dependencia.
·  Dictar los modelos y sistemas del flujo continuo de información en materia de gobernabilidad democrática, para eficientar los procesos de evaluación de los riesgos que representen los conflictos en regiones y entidades al interior del país.
·  Instrumentar acciones sobre el desarrollo de escenarios prospectivos de riesgos o conflictos que incidan en la estabilidad y permanencia de la gobernabilidad democrática del país, para proporcionar información cualitativa y cuantitativa que permita la planeación de estrategias de atención.
1.1.1.1. DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y PROSPECTIVA PARA LA POLÍTICA INTERIOR
 
OBJETIVO
Consolidar productos informativos, análisis y prospectivos referentes a la gobernabilidad y política interior del país, conforme a los convenios y acciones de colaboración interinstitucional, con el fin de coadyuvar a la planeación y evaluación de estrategias y programas del bienestar de la vida pública y el desarrollo del país.
FUNCIONES
·  Definir políticas en materia de integración y análisis de la información relativa a la gobernabilidad y política interior, para contribuir con las instancias superiores en el desarrollo de planes estratégicos tendientes a lograr el bienestar sobre la vida pública y el desarrollo económico y social del país.
·  Dictar estrategias de acción relativas al análisis de información, en materia de gobernabilidad y política interior, para proporcionar a las instancias superiores el soporte en los procesos de toma de decisiones, sobre la atención de conflictos sociales o políticos al interior del país.
·  Instrumentar mecanismos de colaboración con el Centro Nacional de Inteligencia, para asegurar los procesos de toma de decisiones en la atención de conflictos.
·  Determinar líneas generales de acción en la integración y análisis de información, en materia de riesgos a la gobernabilidad democrática y atención a conflictos sociales o políticos al interior del país, para garantizar la detección oportuna de los casos que alteren la estabilidad de las entidades y construir propuestas de solución que contribuyan en la toma de decisiones de las instancias superiores.
·  Participar en la definición de la estructura, calidad y oportunidad de los productos de información, análisis y prospectiva de la SEGOB conjuntamente con las unidades administrativas, para contribuir con las instancias superiores en la identificación de información en materia de gobernabilidad y política interior.
·  Colaborar con el Titular de la Unidad de Política Interior y Análisis de Información, en la atención de los asuntos de su competencia en materia de gobernabilidad y política interior, para contribuir en el cumplimiento de sus atribuciones.
·  Proponer a su superior jerárquico líneas generales de acción de prevención y mitigación de conflictos sociales o políticos que se presenten en el país, que permitan atender y/o minimizar los riesgos que afecten la gobernabilidad.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.1.2. DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN DE ESCENARIOS DE GOBERNABILIDAD
OBJETIVO
Garantizar el desarrollo y evaluación de escenarios prospectivos sobre riesgos o conflictos que incidan en la estabilidad y permanencia de la gobernabilidad democrática del país, de conformidad con las directrices y modelos definidos en la materia, para proporcionar información cualitativa y cuantitativa que permita a las autoridades de la Secretaría de Gobernación la planeación de estrategias en la atención oportuna de estos asuntos.
FUNCIONES
·  Diseñar medidas que permitan a la SEGOB la integración de escenarios de la agenda de gobernabilidad democrática, para evaluar objetivos y metas definidos sobre el cumplimiento de compromisos en el ámbito de la dependencia.
·  Instrumentar las directrices relativas al flujo continuo de información, en materia de gobernabilidad democrática, para eficientar los procesos en el desarrollo y evaluación de escenarios sobre riesgos y conflictos que representen amenazas a la gobernabilidad democrática del país.
·  Determinar los procesos de análisis de la información sobre las actividades gubernamentales desarrolladas por las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría de Gobierno, para dar seguimiento a las mismas a través de la matriz de indicadores definida.
 
·  Aprobar los mecanismos de seguimiento a las acciones de convergencia entre los escenarios definidos y la evolución de riesgos o amenazas con potencial de vulnerabilidad a la gobernabilidad, para comprobar la eficacia de los métodos y modelos en el diseño de escenarios.
·  Definir las políticas y programas relacionados con la evaluación de escenarios derivados de la agenda de gobernabilidad democrática, para contribuir en el desarrollo de actividades gubernamentales que permitan la atención de riegos o amenazas al orden y paz social del país.
·  Colaborar con el Titular de la Unidad de Política Interior y Análisis de Información en la atención de los asuntos de su competencia en materia de escenarios de la gobernabilidad democrática, para contribuir en el cumplimiento de sus atribuciones.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.2. UNIDAD PARA LA ATENCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES
OBJETIVO
Asegurar el estudio y tramitación de las problemáticas planteadas por los ciudadanos, así como de organizaciones políticas y sociales, con base en las responsabilidades de la institución encargada de la atención y resolución, para contribuir en la consolidación de la gobernabilidad democrática de México.
FUNCIONES
·  Colaborar con la persona Titular de la SEGOB en la conducción de las relaciones del Poder Ejecutivo Federal, con instituciones y organizaciones sociales, para garantizar la atención de sus requerimientos en materia de solución de conflictos, o en su caso remitirlos a las instancias de gobierno correspondientes.
·  Definir estrategias de prevención y solución de conflictos de ciudadanos y organizaciones e instituciones políticas y sociales, para contribuir en el fortalecimiento del entorno de gobernabilidad democrática del país.
·  Establecer políticas y estrategias de recepción y atención de solicitudes en materia de solución de conflictos, para propiciar que las actividades de las instituciones y organizaciones políticas y sociales se desarrollen en el marco de la Ley.
·  Determinar los criterios de selección de las peticiones formuladas por las instituciones y organizaciones políticas y sociales, que, de acuerdo a las disposiciones aplicables, corresponde canalizar a otras instancias competentes, para contribuir en la atención de solicitudes por parte de las instituciones de gobierno en el marco de la gobernabilidad democrática del país.
·  Definir soluciones derivadas de la problemática planteada por ciudadanos, organizaciones e instituciones políticas y sociales, para asegurar que sus actividades se desarrollen conforme a las disposiciones legales aplicables y de gobernabilidad democrática.
·  Colaborar con la persona Titular de la SEGOB en la instrumentación y seguimiento de proyectos, planes y acciones en materia de atención de los problemas expuestos por los ciudadanos y las organizaciones, para garantizar la solución de conflictos y la concertación en términos de disminución de la tensión de los mismos.
·  Fijar y conducir estrategias de coordinación con las dependencias y entidades de la APF y los tres órdenes de gobierno, para asegurar la atención de problemas y conflictos de la ciudadanía y sus organizaciones sociales, así como que su desarrollo se apegue a las disposiciones legales aplicables.
·  Determinar los mecanismos y sistemas de evaluación de información generada de las actuaciones de instituciones y organizaciones políticas y sociales, para consolidar datos cuantitativos y cualitativos sobre los problemas de relevancia del orden social.
·  Presentar los informes de acciones y resultados de los programas y estrategias implementadas por la SEGOB sobre la atención ciudadana, así como a las organizaciones e instituciones políticas y sociales, para coadyuvar en la conformación de los documentos institucionales de rendición de cuentas de la dependencia.
 
1.1.3. UNIDAD DE GOBIERNO
OBJETIVO
Consolidar las relaciones y vínculos interinstitucionales entre el Ejecutivo Federal con los Poderes de la Unión, los partidos y agrupaciones políticas nacionales, las organizaciones, así como con las entidades federativas, municipios y alcaldías, en el marco de la interlocución permanente y la observancia del Estado de Derecho, para contribuir en el fortalecimiento de las instituciones y en la atención de conflictos, garantizando la gobernabilidad democrática de México.
FUNCIONES
·  Determinar estrategias y medidas interinstitucionales en materia de trámites administrativos que procuren el cumplimiento de las garantías individuales y prerrogativas del ciudadano por parte de las autoridades, salvo aquellas que resulten de la competencia de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos, a fin de prevenir conflictos sociales en el país.
·  Promover políticas de vinculación entre el Poder Ejecutivo Federal con los Poderes de la Unión, partidos y agrupaciones políticas nacionales, las organizaciones sociales y los organismos constitucionales autónomos, en el ámbito de su competencia, para apoyar a la persona Titular de la SEGOB, en las relaciones con los diferentes actores que intervienen en la política interna del país.
·  Colaborar con la persona Titular de la SEGOB en la conducción de las relaciones del Poder Ejecutivo, con los ciudadanos y organizaciones, para privilegiar el diálogo permanente que permita mantener y fortalecer la gobernabilidad del país.
·  Establecer políticas y procesos en la atención de asuntos de gobernabilidad que planteen los ciudadanos y sus organizaciones, para generar alternativas de solución que coadyuven a preservar la integridad y estabilidad del Estado mexicano.
·  Instruir estrategias sobre trámite y registro de nombramientos, remociones y renuncias de las personas titulares de las secretarías de Estado y de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, para cumplir con las disposiciones contenidas en la Constitución y leyes vigentes en la materia.
·  Asegurar el trámite de los nombramientos, destituciones y renuncias de las personas servidoras públicas, en el ámbito de su competencia, para cumplir con las leyes vigentes en la materia que determinen la intervención del Ejecutivo Federal a través de la SEGOB.
·  Emitir estrategias y lineamientos generales en lo que corresponde a los trámites relativos a nombramientos, renuncias y licencias de las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de las personas Consejeras de la Judicatura Federal, para asegurar el cumplimiento de las facultades que otorgan al Ejecutivo Federal los artículos 96, 98 y 100 de la Constitución.
·  Establecer líneas de acción orientadas a la integración y actualización de información sobre los atributos personales, académicos y técnicos de funcionarios públicos, para contar con información en materia de nombramientos de Titulares de secretarías y de la Consejería Judicatura Federal, así como de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Definir lineamientos generales y procedimientos en materia de registro de autógrafos de las personas titulares de las gubernaturas de los Estados y de las personas servidoras públicas federales facultadas para apostillar y legalizar firmas, así como de funcionarios de las entidades federativas, a fin de garantizar la legitimidad de los documentos.
·  Establecer políticas y estrategias interinstitucionales en materia de administración del Territorio Insular Mexicano, para asegurar la observancia de leyes federales y tratados en las islas de jurisdicción federal.
·  Definir políticas para la aplicación del artículo 114 de la Ley de Migración, para asegurar la legalidad en la expulsión del territorio nacional a los extranjeros que intervengan en asuntos políticos del país y cuya permanencia se juzgue inconveniente.
·  Dictar políticas relativas a la elaboración e integración de los informes presidenciales, de ejecución del
Plan Nacional de Desarrollo y el de Labores de la Secretaría, para apoyar a la persona Titular de la Secretaría, en la rendición de información oficial del Ejecutivo Federal ante las instancias correspondientes.
·  Asistir a la persona Titular de la SEGOB en la conservación de las condiciones de gobernabilidad democrática que permitan la construcción de acuerdos políticos y consensos sociales, en los términos que establece la Constitución y las leyes vigentes, para contribuir al fortalecimiento, integridad, estabilidad y permanencia de las instituciones democráticas del orden constitucional.
·  Colaborar en coordinación con instituciones nacionales e internacionales en la formulación e implementación de acciones en materia de seguridad nacional, para coadyuvar al mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno.
·  Opinar sobre las autorizaciones que emita la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía relativas a los programas en los que intervenga el azar en el otorgamiento de premios, para asegurar el estricto apego al marco normativo aplicable que brinde certeza jurídica a los interesados.
·  Dictar estrategias en materia de sistematización y seguimiento de información relacionada a los asuntos de gobernabilidad democrática de la Secretaría, difundida por los distintos medios de comunicación, para contar con elementos que reflejen las acciones que se llevan a cabo por parte de las instancias correspondientes y que contribuyan en la detección de problemáticas en la materia.
·  Emitir estrategias y lineamientos generales a las unidades responsables y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB sobre la creación, integración y conformación de información sobre asuntos de gobernabilidad democrática, para contar con elementos que permitan atender los asuntos que competen a la Unidad de Gobierno.
·  Conducir y publicar en el D.O.F. las leyes, decretos, órdenes, circulares y demás disposiciones de los poderes públicos, para difundir los actos del Estado otorgando seguridad y certidumbre jurídica a los mexicanos.
·  Dirigir políticas relativas a los trámites de publicación de reglamentos, disposiciones jurídicas y resoluciones en el D.O.F., para garantizar la observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.
·  Colaborar en la consolidación de las relaciones de la SEGOB y el Ejecutivo con los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías, así como organismos, partidos, agrupaciones y otras autoridades federales en los estados, para diseñar estrategias interinstitucionales de coordinación en la prevención y/o distensión de conflictos.
·  Dirigir la implementación y desarrollo de políticas y estrategias de estudio de los acontecimientos políticos y sociales que planteen las autoridades de los Estados y de la Ciudad de México dentro del ámbito de su competencia, para asegurar su atención, o en su caso canalizarlos ante las instancias competentes.
·  Instituir criterios en la coordinación y seguimiento del quehacer que realizan las Oficinas de Representación de la SEGOB en las entidades federativas, para contar con la información sobre el grado de avance en los programas, proyectos o tareas encomendadas.
·  Determinar los estudios de factibilidad operativa y funcional de las direcciones generales regionales y de las Oficinas de Representación de la dependencia, para proponer la circunscripción territorial a la persona Titular de la SEGOB.
·  Establecer directrices generales en la interlocución entre la SEGOB y la Conferencia Nacional de Gobernadores, para eficientar los procesos de atención o negociación de los asuntos de alto impacto e interés nacional.
·  Fijar líneas generales de coordinación entre las Oficinas de Representación en las entidades federativas y las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, a fin de optimizar y eficientar los trámites y servicios institucionales que se brindan en las ventanillas de las entidades federativas.
 
·  Promover la firma de convenios únicos de coordinación con autoridades de las entidades federativas y de los municipios, para articular estrategias y acciones conjuntas que garanticen la gobernabilidad y paz social en sus localidades.
1.1.3.1. DIRECCIÓN GENERAL REGIONAL SURESTE
OBJETIVO
Asegurar las relaciones de comunicación, negociación y diálogo con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como gobiernos y autoridades de las entidades federativas y municipios en el establecimiento de acciones conjuntas de prevención, distensión y solución de conflictos, en apego a las disposiciones legales, para contribuir en el fortalecimiento del Estado de Derecho, la gobernabilidad democrática y el orden social en la región.
FUNCIONES
·  Instrumentar acciones de coordinación con las Oficinas de Representación de la SEGOB o representantes de otras dependencias y entidades de la APF en las entidades federativas, en el diseño y ejecución de estrategias que permitan el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del Titular del Ejecutivo, para contar con los elementos que permitan a los actores la atención de asuntos o conflictos que vulneren la gobernabilidad democrática en la región.
·  Determinar líneas generales de acción orientadas al fortalecimiento de las relaciones del Poder Ejecutivo con otras autoridades federales, estatales y, municipales, así como de organizaciones políticas de la región, para consolidar directrices conjuntas de contención, seguimiento y atención de conflictos que alteren la paz social.
·  Definir criterios y estrategias en el desarrollo de estudios en materia político-administrativo, socio-político, socio-económico, concertación política y comportamiento de las entidades federativas y de los municipios, para obtener información y elementos de análisis en los procesos de formulación de acuerdos que permitan la promoción de un clima de paz social y gobernabilidad democrática.
·  Establecer vínculos institucionales de coordinación con dependencias y entidades de los gobiernos, federal, estatales y municipales responsables de la prevención, solución o distensión de conflictos, para generar conjuntamente planes, programas y medidas que contribuyan al orden y paz social de los estados.
·  Instaurar directrices y acciones en el seguimiento de acuerdos, compromisos y convenios celebrados por las Oficinas de Representación con unidades administrativas de la Secretaría, así como de gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en materia de atención a situaciones de riesgo, para proporcionar a las diversas instancias los avances y resultados de los programas sobre la resolución de conflictos.
·  Diseñar mecanismos de administración y sistematización de información relativa al acontecer social o político en las entidades federativas y/o municipios, para asegurar el resguardo, protección y consulta de los datos requeridos en los procesos funcionales de las Oficinas de Representación de la SEGOB en la región.
·  Instituir métodos de control y evaluación sobre el funcionamiento de las Oficinas de Representación de la Secretaría, para contar con la información que coadyuve en la mejora de los procesos, programas y acciones encomendadas.
·  Determinar los procesos de las Oficinas de Representación de la región, tendientes a la atención y apoyo de los trámites, servicios y/o asuntos que son responsabilidad de las unidades administrativas u órganos desconcentrados de la SEGOB, para asegurar la atención ciudadana, así como de instituciones y organismos de los gobiernos locales.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.3.2. DIRECCIÓN GENERAL REGIONAL CENTRO Y NORESTE
 
OBJETIVO
Asegurar las relaciones de comunicación, negociación y diálogo con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como gobiernos y autoridades de las entidades federativas y municipios en el establecimiento de acciones conjuntas de prevención, distensión y solución de conflictos, en apego a las disposiciones legales, para contribuir en el fortalecimiento del Estado de Derecho, la gobernabilidad democrática y el orden social en la región.
FUNCIONES
·  Instrumentar acciones de coordinación con las Oficinas de Representación de la SEGOB o representantes de otras dependencias y entidades de la APF en las entidades federativas, en el diseño y ejecución de estrategias que permitan el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del Titular del Ejecutivo, para contar con los elementos que permitan a los actores la atención de asuntos o conflictos que vulneren la gobernabilidad democrática en la región.
·  Determinar líneas generales de acción orientadas al fortalecimiento de las relaciones del Poder Ejecutivo con otras autoridades federales, estatales, municipales y alcaldías, así como de organizaciones políticas de la región, para consolidar directrices conjuntas de contención, seguimiento y atención de conflictos que alteren la paz social.
·  Definir criterios y estrategias en el desarrollo de estudios en materia político-administrativo, socio-político, socio-económico, concertación política y comportamiento de las entidades federativas, de los municipios y las alcaldías, para obtener información y elementos de análisis en los procesos de formulación de acuerdos que permitan la promoción de un clima de paz social y gobernabilidad democrática.
·  Establecer vínculos institucionales de coordinación con dependencias y entidades de los gobiernos, federal, estatales y municipales responsables de la prevención, solución o distensión de conflictos, para generar conjuntamente planes, programas y medidas que contribuyan al orden y paz social de los estados.
·  Instaurar directrices y acciones en el seguimiento de acuerdos, compromisos y convenios celebrados por las Oficinas de Representación con unidades administrativas de la Secretaría, así como de gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de las alcaldías en materia de atención a situaciones de riesgo, para proporcionar a las diversas instancias los avances y resultados de los programas sobre la resolución de conflictos.
·  Diseñar mecanismos de administración y sistematización de información relativa al acontecer social o político en las entidades federativas y/o municipios, para asegurar el resguardo, protección y consulta de los datos requeridos en los procesos funcionales de las Oficinas de Representación de la SEGOB en la región.
·  Instituir métodos de control y evaluación sobre el funcionamiento de las Oficinas de Representación de la Secretaría, para contar con la información que coadyuve en la mejora de los procesos, programas y acciones encomendadas.
·  Determinar los procesos de las Oficinas de Representación de la región, tendientes a la atención y apoyo de los trámites, servicios y/o asuntos que son responsabilidad de las unidades administrativas u órganos desconcentrados de la SEGOB, para asegurar la atención ciudadana, así como de instituciones y organismos de los gobiernos locales.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.3.3. DIRECCIÓN GENERAL REGIONAL NOROESTE Y OCCIDENTE
OBJETIVO
 
Asegurar las relaciones de comunicación, negociación y diálogo con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como gobiernos y autoridades de las entidades federativas y municipios en el establecimiento de acciones conjuntas de prevención, distensión y solución de conflictos, en apego a las disposiciones legales, para contribuir en el fortalecimiento del Estado de Derecho, la gobernabilidad democrática y el orden social en la región.
FUNCIONES
·  Instrumentar acciones de coordinación con las Oficinas de Representación de la SEGOB o representantes de otras dependencias y entidades de la APF, en el diseño y ejecución de estrategias que permitan el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del Titular del Ejecutivo, para contar con los elementos que permitan a los actores la atención de asuntos o conflictos que vulneren la gobernabilidad democrática en la región.
·  Determinar líneas generales de acción orientadas al fortalecimiento de las relaciones del Poder Ejecutivo con otras autoridades federales, estatales y, municipales, así como de organizaciones políticas de la región, para consolidar directrices conjuntas de contención, seguimiento y atención de conflictos que alteren la paz social.
·  Definir criterios y estrategias en el desarrollo de estudios en materia político-administrativo, socio-político, socio-económico, concertación política y comportamiento de las entidades federativas y de los municipios, para obtener información y elementos de análisis en los procesos de formulación de acuerdos que permitan la promoción de un clima de paz social y gobernabilidad democrática.
·  Establecer vínculos institucionales de coordinación con dependencias y entidades de los gobiernos, federal, estatales y municipales responsables de la prevención, solución o distensión de conflictos, para generar conjuntamente planes, programas y medidas que contribuyan al orden y paz social de los estados.
·  Instaurar directrices y acciones en el seguimiento de acuerdos, compromisos y convenios celebrados por las Oficinas de Representación con unidades administrativas de la Secretaría, así como de gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en materia de atención a situaciones de riesgo, para proporcionar a las diversas instancias los avances y resultados de los programas sobre la resolución de conflictos.
·  Diseñar mecanismos de administración y sistematización de información relativa al acontecer social o político en las entidades federativas y/o municipios, para asegurar el resguardo, protección y consulta de los datos requeridos en los procesos funcionales de las Oficinas de Representación de la SEGOB en la Región.
·  Instituir métodos de control y evaluación sobre el funcionamiento de las Oficinas de Representación de la Secretaría, para contar con la información que coadyuve en la mejora de los procesos, programas y acciones encomendadas.
·  Determinar los procesos de las Oficinas de Representación de la Región, tendientes a la atención y apoyo de los trámites, servicios y/o asuntos que son responsabilidad de las unidades administrativas u órganos desconcentrados de la SEGOB, para asegurar la atención ciudadana, así como de instituciones y organismos de los gobiernos locales.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.3.4. DIRECCIÓN GENERAL DE ENLACE Y SEGUIMIENTO
OBJETIVO
Conducir las relaciones y cooperación interinstitucional que aseguren los trámites de nombramientos, destituciones y renuncias, de funcionarios que establece la Constitución, la sistematización de autógrafos de
autoridades federales y de los Estados, así como de compromisos que deriven de las sesiones de la Conferencia Nacional de Gobernadores, de acuerdo a las normas federales y locales aplicables, para coadyuvar en la integridad, estabilidad y permanencia de las instituciones democráticas, el fortalecimiento del Estado de Derecho, la gobernabilidad y el orden social.
FUNCIONES
·  Determinar la instrumentación y vigilancia de los actos administrativos relativos a nombramientos, destituciones y renuncias de servidores públicos en que las leyes determinen la intervención del Ejecutivo Federal, para asegurar que estos trámites se realicen conforme a los procesos legales aplicables.
·  Instituir líneas de acción en la realización de trámites sobre nombramientos, renuncias y licencias de las Ministras y los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de las personas Consejeras de la Judicatura Federal, para cumplir con las disposiciones contenidas en la Constitución y leyes vigentes.
·  Definir procedimientos de consolidación informativa sobre los atributos personales, académicos y técnicos de los servidores públicos, Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y Consejeros de la Judicatura Federal, para mantener actualizado el compendio de datos en la materia.
·  Determinar y controlar los procedimientos de sistematización de autógrafos de los gobernadores de los estados y de personas servidoras públicas federales facultadas de hacer constar la legitimidad de documentos, para garantizar la autenticidad de los mismos, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la materia.
·  Celebrar convenios de coordinación con las entidades federativas en materia de registro de autógrafos de las personas servidoras públicas, para consolidar la información que permita a la SEGOB hacer constar la legitimidad de documentos y el apostille de éstos.
·  Diseñar mecanismos de administración de islas de jurisdicción federal, de conformidad con las leyes nacionales y tratados internacionales, para someterlos a la consideración de las instancias superiores de la SEGOB.
·  Instrumentar acciones de seguimiento al procedimiento de expulsión del territorio nacional a los extranjeros que intervengan de manera inconveniente en asuntos políticos del país, para asegurar el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Migración en la materia.
·  Asistir a las autoridades de la SEGOB, en la instrumentación de estrategias de cooperación con las dependencias y entidades de la APF, para coadyuvar en el mantenimiento, integridad, estabilidad y permanencia de las instituciones democráticas del país.
·  Impulsar acuerdos políticos y consensos sociales en la construcción de acuerdos que mantengan las condiciones de gobernabilidad democrática en el desarrollo de proyectos estratégicos del Ejecutivo Federal, para asegurar estabilidad y permanencia del orden constitucional.
·  Definir mecanismos de colaboración entre las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la SEGOB para atender en el ámbito de competencia los asuntos y solicitudes que se efectúen a través de la Conferencia Nacional de Gobernadores o de otras reuniones de Gobernadores.
·  Determinar mecanismos de consolidación de información cualitativa y cuantitativa de la ejecución de acciones y resultados de la actuación institucional, para integrar los informes presidenciales, del Plan Nacional de Desarrollo y de Labores de la SEGOB.
·  Dirigir acciones específicas de coordinación en el intercambio de información con la Conferencia Nacional de Gobernadores, conforme a los instrumentos jurídicos de cada entidad federativa, para consolidar elementos que coadyuven en la atención de las problemáticas derivadas de los fenómenos sociales, políticos y económicos en los estados, municipios y regiones del país.
·  Fijar directrices en el seguimiento de acuerdos y compromisos celebrados en las comisiones de la Conferencia Nacional de Gobernadores, para proporcionar información a las diversas instancias sobre los avances y/o cumplimiento a los mismos, en el ámbito de competencia de la SEGOB.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito
de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.4. UNIDAD DE ENLACE
OBJETIVO
Asegurar la relación y vínculos institucionales entre el Ejecutivo Federal y el Poder Legislativo, así como el desarrollo de estudios y sistematización de la información en la materia, de conformidad con el marco jurídico aplicable, que propicien la construcción de acuerdos políticos y aprobación de iniciativas con los grupos parlamentarios, para impulsar la agenda legislativa que promueva el bien común, el desarrollo nacional y la gobernabilidad democrática del país.
FUNCIONES
·  Proponer a la persona Titular de la SEGOB las políticas en la conducción de las relaciones del Ejecutivo Federal con el Congreso de la Unión, legislaturas de las entidades federativas, municipios, alcaldías, partidos, agrupaciones políticas nacionales y organismos autónomos, para contribuir en el desahogo de los procesos y procedimientos legislativos.
·  Determinar estrategias de negociación que promuevan alianzas, acuerdos y convenios entre el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión, así como con partidos y agrupaciones políticas, para impulsar iniciativas y proyectos legislativos que puedan traducirse en acciones parlamentarias que beneficien al país.
·  Fijar los mecanismos generales en la asesoría a las dependencias y entidades de la APF respecto al programa de proyectos e iniciativas de carácter legislativo del Ejecutivo Federal, para proporcionar los elementos técnicos en el establecimiento de una propuesta integral y sistemática que cumpla con los requisitos previstos en el orden jurídico.
·  Establecer directrices en los procesos relativos a la presentación de iniciativas de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes, decretos o tratados internacionales, para someterlas a consideración, y en su caso, aprobación del Congreso de la Unión o Comisión Permanente respectiva.
·  Expedir criterios y mecanismos que regulen la gestión ante el Congreso de la Unión respecto a las propuestas y nombramientos de funcionarios que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes e instrumentos que suscriba el Ejecutivo Federal, para garantizar el cumplimiento del marco legal establecido.
·  Presentar informes ejecutivos sobre el desarrollo de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Congreso de la Unión, sus Cámaras y de la Comisión Permanente, para contar con la información técnica legislativa que sustente la toma de decisiones.
·  Dirigir estrategias orientadas al seguimiento del procedimiento previsto por el artículo 135 Constitucional sobre la aprobación de las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por parte de las legislaturas de los Estados, para eficientar los procesos de adición y reforma a dicho instrumento.
·  Determinar lineamientos y criterios en los procesos de atención y gestión de los citatorios, solicitudes, requerimientos, puntos de acuerdo, comunicaciones y demás actos formulados por el Congreso de la Unión, Cámaras, Órganos, Comisiones o miembros al Presidente de la República o personas titulares de las dependencias y entidades de la APF, para contribuir a que las respuestas se presenten bajo los términos que establecen las normas aplicables.
·  Instaurar directrices en la publicación de leyes y decretos del Congreso de la Unión, de alguna de sus Cámaras o de la Comisión Permanente, para asegurar su difusión y observancia a nivel nacional.
·  Instituir mesas de diálogo, reuniones de trabajo y foros de análisis sobre temas relevantes que el país demande, para asegurar la construcción de proyectos legislativos en congruencia con la agenda nacional incluyente.
 
·  Fijar políticas en el desarrollo de estudios, proyectos, propuestas e iniciativas de carácter legislativo competencia de la SEGOB y entidades sectorizadas, para contribuir en la emisión de opiniones sobre la viabilidad y congruencia jurídica.
·  Dictar criterios generales en la formulación de estudios de derecho comparado, anteproyectos y proyectos de iniciativas, así como diagnósticos en materia legislativa, para presentar propuestas que homologuen el orden jurídico de las entidades federativas y modernicen las instituciones del Estado.
·  Aprobar lineamientos generales de análisis y construcción de escenarios prospectivos de la información legislativa, para contar con datos relevantes de la Agenda Legislativa que apoye la relación del Ejecutivo Federal con el Congreso de la Unión, partidos y agrupaciones políticas nacionales y promueva en la ciudadanía el interés por los asuntos parlamentarios.
·  Garantizar los procesos de acopio, procesamiento y aprovechamiento de datos del Sistema de Información Legislativa, para conocer el perfil de los legisladores, reportes específicos de asuntos legislativos, seguimiento minuto a minuto de las sesiones del Congreso, entre otros aspectos.
·  Definir y emitir políticas relativas a la conformación y funcionamiento del sistema de seguimiento de los compromisos derivados de acuerdos políticos que establece el Gobierno Federal con partidos y agrupaciones políticas nacionales, para garantizar el cumplimiento de los mismos y consolidar acciones legislativas consensadas.
·  Ejercer las funciones delegadas y los actos de autoridad por suplencia en el ámbito de competencia, para asegurar el cumplimiento de las facultades conferidas por la persona Titular de la Subsecretaría de Gobierno.
·  Establecer mecanismos de coordinación en la formulación del programa operativo anual y anteproyecto de presupuesto de las unidades responsables coordinadas, para estimar los recursos financieros necesarios en la consecución de objetivos, metas y programas sustantivos y de apoyo.
·  Colaborar en la formulación, ejecución, control y evaluación de los programas regionales, sectoriales, especiales e institucionales, en el ámbito de su competencia, para asegurar el cumplimiento de objetivos, estrategias y políticas establecidos por la Secretaría.
·  Someter a la autorización de la persona Titular de la Subsecretaría los estudios, proyectos y propuestas de modernización, desconcentración, descentralización y simplificación administrativa de las unidades responsables que la conforman, a fin de eliminar o compactar fases de los procesos administrativos, eficientando con ello la prestación de servicios y trámites.
·  Firmar los documentos derivados del ejercicio de sus atribuciones, delegación de facultades, o bien por suplencia, así como expedir certificaciones de la documentación pública que obran en los archivos de la Unidad.
·  Atender los recursos administrativos interpuestos contra las resoluciones dictadas por las personas titulares de las unidades responsables coordinadas, que como autoridad administrativa le corresponde resolver.
1.1.4.1. DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN LEGISLATIVA
OBJETIVO
Fijar las estrategias, mecanismos y procesos sobre la sistematización y análisis de la información legislativa generada en el H. Congreso de la Unión, sus Cámaras, Órganos y Comisión Permanente, para construir escenarios legislativos y análisis prospectivos que fortalezcan la interacción del Poder Ejecutivo con el Poder Legislativo.
FUNCIONES
·  Determinar líneas generales de acción en el proceso de recopilación y sistematización de la información legislativa que se genere dentro del H. Congreso de la Unión, sus Cámaras, Órganos y Comisión Permanente, para asegurar que durante el proceso legislativo se tenga el control, análisis y sistematización de las mismas, para su posterior consulta.
 
·  Instrumentar políticas con respecto al análisis e interpretación de la información del proceso legislativo, para contar con elementos que coadyuven en la formulación de los objetivos estratégicos del Ejecutivo Federal y la Unidad de Enlace.
·  Definir la construcción de escenarios de prospectiva legislativa a partir de la información y datos que se disponga, para generar estrategias que contribuyan al logro de acuerdos entre el Ejecutivo Federal y el Poder Legislativo.
·  Establecer políticas de administración, desarrollo y operación del Sistema de Información Legislativa, para agilizar y vincular las relaciones institucionales de la SEGOB con el Congreso de la Unión, con sus Cámaras, Órganos y miembros, así como con la Comisión Permanente.
·  Instituir métodos y procedimientos de difusión y capacitación en la operación del Sistema de Información Legislativa, para promover el uso y manejo de dicha herramienta informática.
·  Dictar las políticas y criterios en los procesos de análisis de la información relativa a las propuestas de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para generar diagnósticos que contribuyan a la toma de decisiones del Ejecutivo Federal.
·  Implementar acciones de seguimiento y análisis de las posturas de las fracciones parlamentarias, así como de los conflictos político-legislativos referentes a las propuestas formuladas por el Ejecutivo Federal, para generar estrategias de negociación que contribuyan a la solución de las problemáticas presentadas.
·  Determinar líneas generales de acción orientadas a la atención de solicitudes de información de la Agenda Legislativa, Informe de Gobierno, de Labores, Trimestrales y peticiones ciudadanas, para contribuir en el proceso de transparencia y rendición de cuentas.
·  Instituir los mecanismos de sistematización y actualización del acervo documental sobre información legislativa, para brindar elementos de consulta a usuarios sobre los procesos parlamentarios del Congreso de la Unión.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.4.2. DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS
OBJETIVO
Instaurar las políticas, estrategias y líneas generales de acción en la generación de estudios jurídicos, proyectos e iniciativas legislativas que contribuyan en las tareas de enlace del Ejecutivo Federal con el Congreso de la Unión, a fin de impulsar la Agenda Legislativa de interés nacional.
FUNCIONES
·  Proponer a la Persona Titular de la Unidad de Enlace vínculos políticos institucionales con el Poder Legislativo Federal, sus órganos y grupos parlamentarios que lo integran, para consolidar estrategias y consensos respecto a las iniciativas del Gobierno Federal.
·  Instrumentar políticas en materia de análisis y elaboración de proyectos e iniciativas de carácter legislativo dentro del ámbito de competencia de la SEGOB y de las entidades paraestatales sectorizadas, para garantizar su congruencia con los preceptos constitucionales y otros ordenamientos jurídicos.
·  Determinar líneas generales de acción en la formulación de estudios de derecho comparado, anteproyectos y proyectos de iniciativas tipo aplicables a los gobiernos de las entidades federativas y municipales o alcaldías, para contribuir en la homogeneidad del orden jurídico nacional.
·  Establecer mecanismos de seguimiento y respaldo documental sobre temas relevantes y de competencia de la SEGOB durante los debates legislativos en el Congreso de la Unión, para asegurar la generación de un acervo jurídico y estudios comparados.
 
·  Instrumentar políticas relativas a los procedimientos de atención ciudadana sobre peticiones de reformas constitucionales y legislativas, así como de acceso a la información pública, para contribuir en el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el país.
·  Determinar líneas generales de acción relacionadas a la elaboración de estudios, proyectos y propuestas jurídicas, para coadyuvar al desahogo de procedimientos legislativos en coordinación con la Unidad de Enlace mediante la búsqueda de consensos en el Congreso de la Unión.
·  Definir estrategias en la formulación de estudios y diagnósticos sobre la modernización de las instituciones del Estado, para contribuir en el equilibrio de sus Poderes y órganos, así como a la gobernabilidad democrática nacional.
·  Asistir a la persona Titular de la SEGOB en las resoluciones que por su conducto dicte el Presidente de la República sobre casos extraordinarios o cuando exista duda sobre la competencia de una Secretaría de Estado o Departamento Administrativo, para garantizar la impugnación respectiva en materia de controversia constitucional.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.5. UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
OBJETIVO
Asegurar la instrumentación de las políticas públicas de comunicación social del Ejecutivo Federal y en la consolidación de la relación con los medios de información, así como la inspección de publicaciones impresas y de las transmisiones en medios electrónicos, en cumplimiento a los marcos legales aplicables, para reafirmar la función social de los medios, promoviendo esquemas de comunicación abierta, transparente y veraz sobre el quehacer gubernamental.
FUNCIONES
·  Definir políticas públicas sobre comunicación social y publicidad del Gobierno Federal, para garantizar que los programas y campañas de información, se realicen conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes vigentes en la materia.
·  Acordar con el Titular de la Subsecretaría de Gobierno las bases de coordinación y relación con los medios masivos impresos y electrónicos de comunicación, nacionales y extranjeros, para fortalecer las estrategias y mecanismos de difusión de la información de programas, planes y demás actividades gubernamentales.
·  Conducir los criterios de coordinación de las unidades de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades de la APF, para mantener informado a la persona Titular de la SEGOB, sobre del desarrollo y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones y asuntos de competencia de la SEGOB.
·  Aprobar normas, lineamientos, criterios, sistemas y procesos en materia de comunicación social, radio, televisión, cinematografía, medios impresos, publicaciones y revistas ilustradas, para establecer las directrices que regirán el quehacer de las unidades responsables coordinadas.
·  Instaurar esquemas de evaluación y seguimiento del desarrollo de acciones relacionadas con las facultades conferidas en la Ley General de Comunicación Social a la SEGOB, a fin de consolidar las estrategias informativas que permitan conocer los avances en el cumplimiento.
·  Determinar directrices de colaboración con organismos e instituciones educativas y culturales, para fomentar el estudio y mejoramiento de los medios de comunicación.
·  Dictaminar las estrategias y políticas de comunicación social del Gobierno Federal en la administración y supervisión de los tiempos que dispone el Estado en radio y televisión, para asegurar el cumplimiento de las leyes aplicables en la materia.
·  Aprobar el establecimiento de controles funcionales del Padrón Nacional de Medios de Comunicación, para asegurar su eficacia y eficiencia administrativa.
 
·  Auxiliar en la coordinación funcional de Talleres Gráficos de México, sobre los servicios editoriales y de impresión que se proporcionan a las dependencias de la APF y otros entes, para coadyuvar en la atención de las solicitudes y compromisos respecto a dichos servicios.
·  Intervenir en los procesos de negociación y celebración de convenios y acuerdos con autoridades nacionales e internacionales en materia de radiodifusión, televisión, audio restringidos, videojuegos, cinematografía, medios impresos y normativa de comunicación social, para asegurar el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación.
·  Ejercer las funciones delegadas y los actos de autoridad por suplencia en el ámbito de competencia, para asegurar el cumplimiento de las facultades conferidas por el Titular de la Subsecretaría de Gobierno.
·  Autorizar los mecanismos de coordinación en la planeación, formulación y ejecución del programa operativo anual y anteproyecto de presupuesto de las unidades responsables coordinadas, para estimar los recursos financieros necesarios en la consecución de objetivos, metas y programas sustantivos y de apoyo.
·  Expedir los informes de ejecución, control y evaluación de los programas regionales, sectoriales, especiales e institucionales, en el ámbito de competencia de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación, para presentar resultados y avances de objetivos, estrategias y políticas establecidas por la SEGOB en la materia.
·  Proponer al Titular de la Subsecretaría de Gobierno la delegación de facultades en los servidores públicos subordinados, en los casos que las normas aplicables lo permitan, para eficientar el funcionamiento de la Unidad y direcciones generales coordinadas.
·  Someter a la autorización del Titular de la Subsecretaría, los estudios, proyectos y propuestas de modernización, desconcentración, descentralización y simplificación administrativa de la Unidad y direcciones generales coordinadas, a fin de eliminar o compactar fases de los procesos administrativos eficientando con ello la prestación de servicios y trámites.
·  Suscribir contratos y convenios de colaboración interinstitucionales con dependencias y entidades de la APF, previa aprobación de las instancias competentes, para alcanzar acuerdos y negociaciones en el ámbito de competencia de las facultades de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación.
·  Poner a consideración del Titular de la Subsecretaría de Gobierno las directrices y estrategias de atención de los requerimientos de información o bien de cooperación que demanden las dependencias de la APF en el ámbito de competencia.
·  Promover en coordinación con la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía el uso de los tiempos oficiales en radio y televisión en la difusión de mensajes y campañas gubernamentales, para transparentar el gasto en comunicación social, así como el uso de medios comerciales con tiempos oficiales.
·  Atender los recursos administrativos interpuestos contra las resoluciones dictadas por los titulares de las unidades responsables coordinadas, que como autoridad administrativa le corresponde resolver.
1.1.5.1. DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIOS IMPRESOS
OBJETIVO
Conducir las relaciones con los medios impresos de comunicación nacionales y extranjeros, así como la funcionalidad de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas, a través de mecanismos de coordinación y colaboración, para difundir programas, planes y actividades gubernamentales, de forma transparente y veraz, garantizando el respeto a la libre expresión de ideas.
FUNCIONES
·  Proponer e instrumentar políticas relativas a las relaciones del Gobierno Federal con los medios impresos y digitales nacionales y extranjeros, para garantizar el respeto a la libre expresión de las ideas y la promoción de la gobernabilidad democrática.
 
·  Establecer mecanismos generales de coordinación con los medios impresos y digitales, para difundir de forma permanente los programas, planes y actividades de la APF.
·  Acordar líneas generales de acción con los medios impresos de información nacionales y extranjeros en materia de políticas de comunicación social del Gobierno Federal, para difundir las acciones y programas de la APF.
·  Someter a consideración del Titular de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación las estrategias de colaboración con organismos e instituciones educativas y culturales, para motivar el estudio y mejoramiento de los medios impresos y digitales en sus contenidos y formas.
·  Determinar mecanismos generales de participación en foros y eventos con instituciones educativas y culturales, para fomentar estudios de opinión e investigaciones relacionadas con los avances conceptuales y tecnológicos sobre medios impresos de comunicación.
·  Instrumentar políticas que permitan la administración y actualización del Padrón Nacional de Medios Impresos y digitales certificados, para promover y difundir el conocimiento de los mismos.
·  Establecer estrategias de seguimiento y evaluación de las publicaciones en medios impresos y digitales sobre actividades y planes del Gobierno Federal, para medir su impacto en la opinión pública.
·  Participar con la persona Titular de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación en el diseño de los lineamientos de las campañas publicitarias en medios impresos y digitales, para eficientar el gasto gubernamental en materia de comunicación social.
·  Autorizar los criterios generales encaminados a la supervisión de las publicaciones impresas, para vigilar que se mantengan dentro de los preceptos de respeto, la paz y moral pública, la dignidad personal y demás que las normas establezcan.
·  Definir en el ámbito de su competencia las directrices en la sustanciación y resolución de la presunta comisión de un delito que se identifique en las publicaciones impresas, para desahogar los procedimientos administrativos, y en su caso, la aplicación de las sanciones que las normas establezcan.
·  Fungir como Secretaria Técnica y levantar las actas de las sesiones de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas, para dar certeza jurídica a los acuerdos y compromisos que en ellas se establezcan.
·  Dictar las estrategias de notificación y seguimiento de los acuerdos y decisiones tomadas en el pleno de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas, para mantener informados a los interesados sobre los cambios o avances de los compromisos en los términos de las disposiciones aplicables.
·  Atender y desahogar los trámites administrativos que sean necesarios en el desarrollo de las funciones de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas, para dar cumplimiento a las atribuciones que en la materia se establecen.
·  Dirigir la administración de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos de la Dirección General de Medios Impresos, para asegurar la operación y funcionamiento de las áreas que la conforman.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.5.2. DIRECCIÓN GENERAL DE NORMATIVIDAD DE COMUNICACIÓN
OBJETIVO
Conducir las políticas, estrategias, programas y campañas de comunicación social y publicidad de conformidad con la normatividad aplicable, para asegurar la difusión del quehacer gubernamental de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como transparentar el uso de los recursos públicos autorizados y ejercidos en la materia.
FUNCIONES
 
·  Instrumentar las disposiciones normativas en materia de comunicación social y publicidad del Gobierno Federal, para asegurar el cumplimiento de lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes en la materia.
·  Proponer al Titular de la Unidad, las bases de coordinación con las dependencias y entidades de la APF, a fin de alinear y definir los programas de comunicación social a los objetivos y políticas públicas del Ejecutivo Federal.
·  Dirigir los mecanismos de coordinación con las unidades de comunicación social de las dependencias y entidades, y en su caso, con los gobiernos de las entidades federativas, municipios o alcaldías, para establecer estrategias de comunicación social y publicidad que permitan difundir a la ciudadanía el quehacer político y social del Gobierno Federal.
·  Promover la participación conjunta de las dependencias y entidades de la APF en la definición de las campañas oficiales, para asegurar que las mismas comuniquen a la sociedad los planes, programas y actividades gubernamentales.
·  Instrumentar mecanismos de vinculación y clasificación de temas de comunicación social y publicidad afines a las dependencias y entidades de la APF, para asegurar el control de los recursos asignados en la materia.
·  Proponer a la persona Titular de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación, los lineamientos y procesos en la generación, integración y consolidación de información relativa a los recursos presupuestales erogados por el Gobierno Federal sobre programas de comunicación social y publicidad, para garantizar la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto de las dependencias y entidades de la APF.
·  Difundir a través de la página de internet de la dependencia informes detallados del gasto y autorizaciones sobre las estrategias y programas de comunicación social, para contar con herramientas que garanticen el acceso a la información pública gubernamental en la materia.
·  Establecer de manera conjunta con las dependencias y entidades mecanismos de control y evaluación en el ejercicio de los recursos presupuestales destinados a comunicación social bajo los principios de eficiencia, eficacia, racionalidad y austeridad.
·  Dirigir la planeación y establecimiento del Sistema de Información de Normatividad de Comunicación, para consolidar datos relevantes sobre los programas anuales de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades de la APF.
·  Determinar los mecanismos de asistencia técnica y evaluación sobre las estrategias de programas y campañas de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades de la APF, para coadyuvar a que se desarrollen conforme a las metas y objetivos definidos en la planeación.
·  Administrar los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos de la Dirección General de Normatividad de Comunicación, para asegurar la operación y funcionamiento de las áreas que la conforman.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.5.3. DIRECCIÓN GENERAL DE RADIO, TELEVISIÓN Y CINEMATOGRAFÍA
OBJETIVO
Asegurar las políticas, mecanismos y procesos de regulación, autorización y vigilancia en la transmisión y clasificación de materiales de radio, televisión y cinematografía, así como la administración del uso de los tiempos oficiales conforme a lo dispuesto en leyes, reglamentos y normas en la materia, para cumplir con la función social de los medios de comunicación, al fortalecimiento de la integración nacional y a la difusión de los valores históricos y culturales.
FUNCIONES
·  Conducir y aplicar las políticas en materia de radio, televisión, cinematografía, audio restringidos,
videojuegos y medios electrónicos, así como de tiempos oficiales de comunicación social, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en leyes y reglamentos competencia de la Secretaría.
·  Garantizar la administración de las transmisiones de los tiempos oficiales del Estado sobre comunicación social, el Himno Nacional, boletines, cadenas nacionales, y las demás previstas en las disposiciones jurídicas aplicables, para asegurar que se desarrollen conforme a los programas, lineamientos y acuerdos definidos.
·  Determinar líneas generales en materia de regulación y supervisión de contenidos de las transmisiones y programación de radiodifusión, televisión y audio restringido, para asegurar que la difusión se apegue a las disposiciones instituidas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, sus reglamentos y títulos de concesión en materia de contenidos y divulgación gubernamental.
·  Establecer mecanismos de autorización en la distribución, exhibición y comercialización de películas dentro del país, para contribuir en el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en la materia.
·  Definir lineamientos y procesos en la expedición de certificados de origen de películas cinematográficas de uso comercial, experimental o artístico, así como en el material fílmico elaborado en coproducción con otros países, para legitimar la procedencia, producción o manufacturación de los materiales.
·  Determinar los mecanismos de autorización, clasificación y supervisión de transmisiones de radiodifusión, televisión y audio restringidos, programas de producción o patrocinio de gobiernos u organismos extranjeros, así como doblajes y subtitulajes de películas cinematográficas, para garantizar el apego a las disposiciones legales y reglamentarias, así como los convenios internacionales suscritos por el Gobierno Federal.
·  Intervenir en la celebración de reuniones, convenios y acuerdos nacionales o internacionales en materias del ámbito de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, para fortalecer la difusión de las políticas y acciones gubernamentales del Estado Mexicano sobre radiodifusión, televisión y audio restringidos, de videojuegos, de cinematografía y de comunicación social.
·  Establecer lineamientos en materia de autorización y vigilancia en coordinación con instancias competentes, la difusión del Himno, Escudo y Bandera Nacionales en las transmisiones de radiodifusión, televisión y cinematografía, así como de concursos en que se ofrezcan premios en sus distintas modalidades y etapas, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y protocolos oficiales.
·  Dirigir y coordinar los mecanismos y reglas sobre el encadenamiento de las estaciones de radio y televisión en el país, así como la transmisión de los boletines que los concesionarios estén obligados a difundir gratuitamente, a fin de transmitir información de trascendencia nacional, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
·  Establecer criterios y procedimientos encaminados a la vigilancia de los contenidos de los mensajes publicitarios transmitidos en pantalla y en las franjas horarias establecidas, para dar cumplimiento a lo establecido en las normas aplicables, o en su caso iniciar los procedimientos de sanción por incumplimiento que correspondan.
·  Planificar estrategias de colaboración con los concesionarios a efecto de que presten el servicio de televisión y audio restringidos, respecto a la reserva gratuita de canales, para la distribución de señales de conformidad con lo estipulado en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
·  Expedir esquemas de vigilancia que garanticen que los concesionarios no excedan el tiempo de duración en la transmisión de patrocinios, ni comercialicen o vendan algún producto o servicio, para dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
·  Definir lineamientos orientados al cumplimiento de los tiempos de exhibición concedidos a las películas mexicanas en las salas cinematográficas del país, para promover la integración, fomento y desarrollo de esta industria nacional.
 
·  Instrumentar directrices de estudios e investigaciones sobre las transmisiones de radio, televisión y exhibiciones cinematográficas de las actividades del Ejecutivo Federal, para contar con elementos que permitan evaluar el nivel de percepción del público en general, y en su caso reorientar e implementar las acciones que correspondan.
·  Determinar las sanciones a los concesionarios y programadores por incumplimiento a las disposiciones normativas en las transmisiones de radiodifusión, televisión, audio restringidos y cinematografía, así como a los distribuidores, comercializadores y arrendadores de videojuegos, para asegurar la observancia del marco jurídico regulatorio en la materia.
·  Conducir directrices en la sustanciación y resolución sobre procedimientos administrativos dentro del ámbito de competencia, para contribuir en la aplicación de las sanciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Instrumentar líneas generales de acción en materia de producción y transmisión del programa radiofónico "La Hora Nacional", para contribuir en el fortalecimiento de la identidad nacional, los valores cívicos y culturales de la Nación.
·  Aprobar los esquemas de administración de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, para asegurar la operación y funcionamiento de las áreas que la conforman.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.1.0.1. DIRECCIÓN GENERAL DE JUEGOS Y SORTEOS
OBJETIVO
Garantizar la observancia de la normatividad y políticas establecidas en materia de permisos de juegos, sorteos, sistemas de comercialización, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos, en apego a los principios de imparcialidad y transparencia, a fin de otorgar certeza jurídica en las autorizaciones para la celebración de juegos y sorteos con apuestas en todas sus modalidades en la República Mexicana.
FUNCIONES
·  Implementar estrategias de regulación y vigilancia sobre los procesos de autorización en materia de juego, apuestas, loterías y sorteos, para garantizar el estricto apego al marco normativo aplicable que brinde certeza jurídica a los interesados.
·  Dictar políticas en la atención y despacho de asuntos en los que sea necesaria la coordinación y colaboración de la SEGOB con otras autoridades en materia de juegos con apuestas y sorteos, para hacer cumplir de manera conjunta las determinaciones que dicten las autoridades.
·  Instruir lineamientos generales en la realización de estudios, investigaciones y análisis en materia de juegos y sorteos, para contribuir en el desarrollo de estrategias de combate de las actividades prohibidas por la ley en la materia.
·  Implementar políticas, lineamientos y criterios de autorización, control y verificación en materia de juegos, sorteos, sistemas de comercialización, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos, para asegurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.
·  Autorizar los actos administrativos de expedición de permisos de juegos, sorteos, sistemas de comercialización, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos, para asegurar que las personas físicas o morales y sociedades mercantiles, actúen en apego a las condicionantes establecidas en los mismos.
·  Evaluar la opinión del consejo consultivo de juegos y sorteos sobre el otorgamiento, modificación, renovación, ampliación o finiquito de permisos para la operación de centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números y símbolos, a fin de fortalecer la toma de decisiones en las autorizaciones relacionadas con los mismos.
·  Acordar con la persona Titular de la Subsecretaría de Gobierno los programas y políticas generales en
materia de juegos, sorteos, sistemas de comercialización, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos, para promover el mejoramiento de la regulación en el desarrollo, operación y términos de los eventos.
·  Definir directrices en la implementación de programas de inspección y vigilancia de los juegos con apuestas y sorteos y demás actividades reguladas en la ley en la materia, para asegurar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los permisos otorgados.
·  Concertar mecanismos de colaboración y coordinación con las autoridades federales, locales y fuerza pública, a fin de hacer cumplir la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, así como para prevenir y sancionar las actividades prohibidas por la Ley.
·  Determinar las sanciones administrativas que corresponda a los permisionarios infractores, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.
·  Establecer líneas de acción relativas a la revisión de los procedimientos aplicables en el cumplimiento de las obligaciones señaladas en los permisos de juegos, sorteos, sistemas de comercialización, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos, para determinar la conclusión de dichas obligaciones, y en su caso autorizar el finiquito.
·  Acordar con la Unidad General de Asuntos Jurídicos la presentación de denuncias ante las autoridades correspondientes, para notificar las posibles conductas constitutivas de delitos en materia de juegos y sorteos.
·  Instituir lineamientos en materia de orientación técnica y jurídica sobre los procesos y trámites de permisos de juegos y sorteos en todas sus modalidades, para asegurar la interpretación y aplicación de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.
·  Establecer líneas generales en la integración de bases de datos sobre permisos y sus modificaciones, sanciones administrativas, permisionarios, operadores, beneficiarios, accionistas, inspectores, estados financieros, litigios judiciales y resoluciones del consejo consultivo, para disponer de una herramienta de consulta en materia de juegos y sorteos con apuestas en todas sus modalidades.
·  Dirigir la instrumentación y desarrollo de programas y proyectos de mejora de los procesos de operación de la Dirección General, para optimizar y transparentar los trámites y servicios que se brindan al público en general.
·  Fijar mecanismos de control sobre los pagos que los permisionarios enteren ante las autoridades competentes, para presentar ante las instancias respectivas el informe de los ingresos de las participaciones correspondientes al erario federal, en términos de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento.
·  Determinar las directrices en materia de administración de los recursos humanos, presupuestales y materiales asignados, para garantizar la operación y funcionamiento de las áreas de la Dirección General.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.0.1. UNIDAD GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
OBJETIVO
Conducir las políticas, estrategias y directrices que regulen e impulsen la relación jurídica, la representación, asistencia y defensa legal de la dependencia, la actualización y sistematización de las disposiciones legales y certeza jurídica en materia de testamentos y poderes notariales, así como garantizar el derecho de acceso de la información pública de la Secretaría, para promover el cumplimiento de los preceptos constitucionales y observancia del orden jurídico nacional en el ámbito de competencia, privilegiando el interés colectivo, los compromisos institucionales y el fortalecimiento del Estado de Derecho.
FUNCIONES
·  Establecer directrices y acciones generales en la atención de asuntos de carácter legal en que intervenga la SEGOB, para garantizar la validez jurídica en compromisos y obligaciones, así como
prevenir conflictos judiciales.
·  Instituir estrategias de asesoría, emisión de opiniones y dictámenes de consultas, divergencias e instrumentos que generen derechos y obligaciones jurídicas al sector, para garantizar que los instrumentos jurídicos que celebre la dependencia y entidades coordinadas se formalicen en los términos legales establecidos por la normativa.
·  Determinar e instrumentar políticas de evaluación, estudio e investigación de anteproyectos y proyectos de iniciativas de leyes y decretos legislativos, reglamentos, convenios, acuerdos, contratos, bases de coordinación, manuales de organización, procedimientos y servicios al público y demás disposiciones en la materia, para emitir opiniones y/o dictámenes jurídicos que den certeza en el funcionamiento de la dependencia.
·  Implementar mecanismos y acciones coordinadas en la sustanciación de los recursos que interpongan los particulares contra actos y resoluciones de la SEGOB, a fin de garantizar la defensa de los intereses institucionales en apego a las disposiciones legales aplicables.
·  Representar a la persona Titular del Poder Ejecutivo Federal y a la persona Titular de la Secretaría en los juicios de amparo, controversias constitucionales y/o en asuntos de carácter legal, ante los Tribunales y otras autoridades Federales y del Fuero Común, para promover o realizar los actos permitidos por las leyes que favorezcan los derechos de la SEGOB.
·  Suscribir escritos y desahogar los trámites urgentes relativos a términos, interposición de recursos, recepción de notificaciones y demás documentación requerida por la autoridad, en ausencia de la persona Titular de la SEGOB, subsecretarios, y de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones jurídicas de la dependencia.
·  Delegar previo acuerdo de la persona Titular de la SEGOB, atribuciones o asuntos necesarios en la atención de las funciones, así como establecer los criterios para el trámite y resolución de los planteamientos competencia de la Unidad, para responder en tiempo y forma a los requerimientos señalados en los ordenamientos legales.
·  Fortalecer la relación jurídica de la SEGOB con las dependencias y entidades de la APF, así como con los gobiernos de las entidades federativas, municipios o alcaldías, para promover la colaboración intergubernamental e interinstitucional en la materia.
·  Presidir el Comité Jurídico Interno de la SEGOB, instancia de consulta, exposición y análisis de los temas de carácter jurídico, para atender los planteamientos que inciden en la competencia de la dependencia y su sector coordinado.
·  Implementar estrategias relativas a los requerimientos de diversa información, así como de colaboración y apoyo a servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para asegurar el ejercicio y cumplimiento de las atribuciones de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
·  Instrumentar estrategias de coordinación sobre el funcionamiento de los registros nacionales de avisos de testamento y de poderes notariales, de conformidad con los convenios y las disposiciones jurídicas aplicables, para contribuir en el otorgamiento de certeza y seguridad jurídica de estos actos.
·  Formular la planeación de acciones que impulsen la elaboración de estudios de derecho comparado sobre gobernabilidad democrática a nivel nacional e internacional, para presentar estrategias que resuelvan asuntos en el ámbito de competencia de la SEGOB.
·  Expedir criterios que fortalezcan el desarrollo de la función jurídica institucional, en los que se establezcan los parámetros y procedimientos que rijan el actuar de las áreas y asesores jurídicos, para asegurar el ejercicio de las facultades conferidas y eficientar el despacho de los asuntos jurídicos en el ámbito de su competencia.
·  Asegurar la asistencia jurídica a la persona Titular de la Secretaría en lo relativo al cumplimiento de los preceptos constitucionales en el ámbito de la dependencia y en las relaciones con el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, así como a la persona Titular de la Unidad de Administración y
Finanzas en asuntos de licitaciones, contratos, relaciones laborales y sindicales, para coadyuvar en la conducción de acciones institucionales en términos del Estado de Derecho Mexicano.
·  Determinar mecanismos de supervisión en materia de compilación, sistematización y difusión de leyes, tratados Internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos, disposiciones federales, estatales y municipales, a fin de dar cumplimiento a los acuerdos para la conformación del acervo jurídico nacional.
·  Establecer lineamientos y procesos de certificación del texto de leyes, decretos y demás disposiciones jurídicas federales publicadas en el D.O.F., a fin de garantizar la atención de las obligaciones normativas en la materia.
·  Definir directrices en el desarrollo de publicaciones, estudios y demás eventos que difundan el acervo jurídico nacional, para promover el conocimiento de la cultura de la legalidad entre los servidores públicos y ciudadanía en general.
·  Fijar criterios de interpretación y de aplicación de las leyes, reglamentos, decretos y otras disposiciones jurídicas, para unificar y asegurar la transparencia y legalidad de las labores institucionales de la SEGOB.
·  Instaurar esquemas de investigación y estudio sobre el fortalecimiento, modernización y actualización de ordenamientos jurídicos en materias de gobernabilidad democrática y otros temas del ámbito de la SEGOB, para generar los marcos normativos que aseguren el desarrollo de las actividades institucionales acorde a la situación actual que vive el país.
·  Emitir estrategias en la administración de recursos financieros, humanos, materiales y tecnológicos, para contribuir en la operación y funcionamiento de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y áreas que la conforman.
·  Determinar políticas de operación, estrategias y lineamientos generales en la recepción y trámites de solicitudes de acceso a la información pública de la SEGOB, para garantizar el derecho de la ciudadanía a ser informada sobre el quehacer gubernamental en cumplimiento a las disposiciones establecidas por mandato de ley.
·  Fungir como Titular de la Unidad de Transparencia y formar parte del Comité de Transparencia, instancia competente para definir políticas de instrumentación, coordinación y supervisión, para obtener la información de la SEGOB en términos de las disposiciones aplicables en la materia que garanticen el derecho de acceso a la información.
1.0.1.1. DIRECCIÓN GENERAL DE LO CONSULTIVO Y DE CONTRATOS Y CONVENIOS
OBJETIVO
Asegurar estrategias y directrices en el estudio, asistencia y valoración de las consultas de carácter jurídico, así como en la emisión de opiniones y dictámenes sobre contratos, convenios y demás documentos que establezcan compromisos a la dependencia, con el propósito de dar certeza a los actos e instrumentos promovidos por las unidades responsables, órganos administrativos desconcentrados y el sector coordinado de la SEGOB.
FUNCIONES
·  Establecer criterios en materia de análisis y estudio de las consultas jurídicas que formulen servidores públicos, unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades coordinadas de la SEGOB, así como de asuntos de carácter urgente en que tenga injerencia la Secretaría, con la finalidad de atenderlos en estricto apego a la legislación aplicable y que coadyuven en la prevención de conflictos normativos.
·  Dictar estrategias de acción en los procesos de opinión, dictamen y registro de instrumentos jurídicos que generen derechos y obligaciones a la SEGOB, con la finalidad de asegurar que los mismos se celebren dentro del marco jurídico vigente salvaguardando los intereses y patrimonio de la dependencia.
 
·  Determinar directrices internas en la asistencia y asesoría sobre temas y asuntos jurídicos de las unidades administrativas, órganos desconcentrados y Sector Coordinado de la SEGOB, así como en los procedimientos de licitación y adjudicación de contratos, para definir estrategias que les permitan atender sus requerimientos en apego a la legislación aplicable.
·  Dirigir los mecanismos generales de registro y resguardo de los contratos, convenios, acuerdos y demás actos e instrumentos jurídicos que establezcan compromisos institucionales, para asegurar el seguimiento y cumplimiento de los mismos, en coordinación con los servidores públicos y/o unidades administrativas competentes.
·  Instrumentar acciones específicas de análisis y estudio de los anteproyectos y proyectos de iniciativas de leyes o decretos legislativos; reglamentos, acuerdos, manuales de organización, procedimientos y servicios al público y demás disposiciones en materias relacionadas con la dependencia, para emitir las opiniones que coadyuven en la modernización y adecuación del orden normativo que rige el funcionamiento de la SEGOB.
·  Instruir la notificación a los servidores públicos, unidades administrativas y órganos desconcentrados de la SEGOB, sobre la documentación e información requerida por la Dirección General de lo Consultivo y de Contratos y Convenios, para contar con el soporte documental jurídico y administrativo que permita el cumplimiento y atención de planteamientos de diversas autoridades.
·  Implementar los procesos de organización y sistematización del acervo documental sobre el estudio, análisis y desahogo de asuntos en el ámbito de lo consultivo, contratos y convenios, para contar con la información que contribuya al desarrollo y cumplimiento de las instrucciones y labores asignadas por la persona Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
·  Representar a la Unidad General de Asuntos Jurídicos en las reuniones de órganos colegiados constituidos por la SEGOB, a fin de revisar y atender temas y asuntos coyunturales sobre el marco legal del quehacer institucional.
·  Establecer políticas y procesos en la consolidación y valoración de la información sobre las solicitudes de acceso a la información y de protección de datos personales, así como el cumplimiento de las demás obligaciones en materia de transparencia, para atender estos requerimientos conforme a la regulación normativa vigente.
·  Planear estrategias de análisis jurídico de los requerimientos de información y documentación por parte de instancias judiciales y ministeriales, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de los mandamientos emitidos por la autoridad y evitar medidas de apremio a la SEGOB.
·  Expedir certificaciones de textos sobre leyes, decretos y demás disposiciones jurídicas federales publicadas en el D.O.F., para atender las solicitudes fundadas y motivadas por las autoridades interesadas.
·  Administrar el Registro Nacional de Avisos de Testamento y el Registro Nacional de Avisos de Poderes Notariales, para cumplir con los convenios y las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Definir los mecanismos de difusión de publicaciones, estudios y eventos relativos al acervo jurídico nacional mediante material dirigido al público en general, para promover su consulta, la cultura de la legalidad y la aplicación del Estado de Derecho.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.0.1.2. DIRECCIÓN GENERAL DE LO CONTENCIOSO
OBJETIVO
Asegurar políticas y estrategias en el desahogo de los planteamientos en materia de procedimientos contenciosos en materia civil, penal, administrativo y laboral en que tenga injerencia la dependencia, con el propósito de promover y dirigir actuaciones de carácter legal que tutelen los intereses de la Secretaría de Gobernación.
FUNCIONES
 
·  Implementar políticas y criterios generales en la atención de asuntos jurídicos y trámites jurisdiccionales en materia de lo contencioso o cualquier otro asunto de carácter legal, para garantizar la representatividad y defensa de los intereses de la SEGOB ante Tribunales Federales y del Fuero Común o cualquier otra autoridad.
·  Instrumentar mecanismos y criterios orientados a la formulación y presentación de denuncias, querellas y todos los actos permitidos por las leyes, para determinar la probable existencia de conductas infractoras en perjuicio de la dependencia y proceder ante la instancia ministerial o judicial que corresponda.
·  Determinar líneas de acción en la evaluación y estudio del orden normativo que rige el funcionamiento de la SEGOB en materia de lo contencioso y laboral, para desarrollar estrategias orientadas a la modernización y adecuación del marco regulatorio.
·  Emitir opiniones relacionadas con los planteamientos en materia contenciosa formuladas por las unidades administrativas de la SEGOB para promover la defensa de los intereses institucionales permitidos por las disposiciones legales.
·  Autorizar las estrategias de desahogo de casos jurídicos urgentes relativos a términos, interposición de recursos y recepción de notificaciones o cualquier clase de actuaciones ante las autoridades jurisdiccionales, con el fin de salvaguardar los intereses de la dependencia y dar cumplimiento a la normatividad aplicable.
·  Definir mecanismos generales relativos a la valoración y trámite de los juicios de amparo e intervenciones en acciones y procedimientos constitucionales en que sea parte la SEGOB, para contribuir en la representatividad del Ejecutivo Federal en estos actos conforme a las disposiciones vigentes, así como emitir opiniones sobre las actuaciones que otras unidades administrativas de la SEGOB realicen en los juicios, acciones y procedimientos referidos, en el ámbito de sus atribuciones.
·  Emitir criterios y directrices internas de asistencia y asesoría jurídica en materia de lo contencioso a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para contribuir en el desarrollo de estrategias que les permitan atender sus requerimientos en apego a la legislación aplicable.
·  Dictar estrategias relacionadas con el estudio y análisis jurídico de las Condiciones Generales de Trabajo, así como de evaluación de las relaciones con el Sindicato de la SEGOB y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, con el propósito de prevenir y evitar conflictos normativos y laborales.
·  Emitir dictámenes de bajas o sanciones que procedan respecto al personal de base o de confianza de la dependencia, para dar cumplimiento a las disposiciones en materia laboral que rigen el funcionamiento de la SEGOB.
·  Notificar a los servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, sobre la documentación e información requerida por la Dirección General de lo Contencioso, para contar con el soporte documental jurídico y administrativo que permita el cumplimiento de sus atribuciones.
·  Determinar procesos y mecanismos de organización y sistematización del acervo documental derivado de estudios, análisis y desahogo de asuntos en el ámbito de lo contencioso administrativo, para contar con la información que contribuya en el desarrollo de las labores e instrucciones asignadas por el Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.0.1.3. DIRECCIÓN GENERAL DE PROCEDIMIENTOS CONSTITUCIONALES
OBJETIVO
Asegurar la atención de los juicios de amparo, controversias y procedimientos constitucionales, así como las acciones de inconstitucionalidad en que sea parte la Secretaría de Gobernación, para coadyuvar en el cumplimiento del marco normativo en materia de preceptos constitucionales.
FUNCIONES
 
·  Establecer criterios de acción en asuntos de carácter legal en materia de procedimientos constitucionales, para representar y defender los intereses de la SEGOB ante las autoridades e instancias que correspondan.
·  Emitir opiniones jurídicas a las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría sobre sus actuaciones en los juicios, acciones y procedimientos en materia constitucional, para coadyuvar a que el ejercicio de sus funciones se realice conforme al marco normativo vigente.
·  Asistir a la persona Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos en la observancia y vigilancia de los preceptos constitucionales en las actuaciones de la SEGOB, para dar cumplimiento a los mismos en los términos señalados en la LOAPF.
·  Proponer procesos relativos a la modernización del orden normativo en materia de procedimientos constitucionales que rige el funcionamiento de la Secretaría, para contar con los elementos técnicos que permitan el diseño de propuestas de adecuación al marco jurídico de la Institución.
·  Asistir a la persona Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos en los trámites, intervenciones y en la representación de la persona Titular del Poder Ejecutivo en los juicios de amparo, controversias y procedimientos constitucionales, así como acciones de inconstitucionalidad, para contribuir en la observancia y respeto al mandato constitucional en los actos en que sea parte la SEGOB.
·  Representar a la SEGOB ante los tribunales federales, del fuero común, y otras autoridades en los trámites jurisdiccionales o cualquier asunto de carácter legal, para promover los actos y derechos procesales reconocidos por las leyes, que favorezcan los derechos de la dependencia.
·  Representar a la SEGOB o a su Titular en los juicios de amparo, controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y demás procedimientos constitucionales, para promover los actos reconocidos por las leyes, que favorezcan los derechos de la dependencia.
·  Suscribir escritos y desahogar los trámites urgentes relativos a términos, interposición de recursos, recepción de notificaciones y demás documentación requerida por la autoridad, en ausencia de la persona Titular de la Secretaría, Subsecretarios, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones jurídicas de la dependencia que deriven de los procedimientos constitucionales de los que sea parte.
·  Proponer acciones respecto a la interpretación de normas jurídicas en materia de procedimientos constitucionales en el ámbito de competencia de la SEGOB, a fin de establecer acuerdos que permitan la prevención y atención de conflictos normativos.
·  Dirigir la formulación de requerimientos de documentación e información a los servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para dar atención y cumplimiento a las atribuciones conferidas a la Dirección General de Procedimientos Constitucionales.
·  Definir criterios de integración y sistematización de la información y documentación normativa relacionada con procedimientos constitucionales, para mantener actualizado el acervo documental que contribuya al cumplimiento de sus atribuciones y las labores asignadas por la persona Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2. SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN
OBJETIVO
Definir y conducir las políticas públicas en materia de derechos humanos, población y migración; así como las estrategias de vinculación y coordinación con instancias de los tres niveles de gobierno, organismos nacionales e internacionales, organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas o privadas de diversos sectores de la sociedad, en apego a las disposiciones jurídicas establecidas en las materias, para garantizar la protección y defensa de los preceptos constitucionales que permitan el desarrollo integral del individuo dentro de una sociedad jurídicamente organizada.
FUNCIONES
·  Establecer políticas, estrategias y lineamientos en materia de protección y defensa de derechos
humanos, para asegurar que las dependencias y entidades de la APF den cumplimiento a lo señalado en el mandato constitucional.
·  Instituir políticas sobre el seguimiento y actualización a las recomendaciones emitidas en materia de derechos humanos, para evaluar los resultados obtenidos y, en su caso, definir las acciones correctivas a seguir.
·  Fijar estrategias de vinculación con organismos nacionales e internacionales en materia de protección y defensa a los derechos humanos, para fortalecer las relaciones que permitan generar propuestas de políticas públicas que incidan en el cumplimiento de las normas, tratados, programas, acciones y demás disposiciones reconocidas por el Estado Mexicano.
·  Determinar directrices de coordinación que promuevan el trámite administrativo de las medidas que procuren el pleno respeto y las garantías para la protección de los derechos humanos en las dependencias y entidades de la APF, para garantizar la consolidación de una cultura de respeto a los derechos humanos en el país.
·  Establecer directrices de coordinación y supervisión en la atención de las solicitudes de medidas precautorias o cautelares en materia de protección de personas defensoras y periodistas que en defensa de derechos humanos tienen las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la dependencia, para promover el cumplimiento de los preceptos constitucionales.
·  Definir preceptos generales en la determinación de programas, estrategias y acciones que aseguren la elaboración e implementación de políticas públicas en materia de derechos humanos, para consolidar una política de Estado transversal que permita la promoción, protección y defensa de las garantías constitucionales.
·  Determinar estrategias, criterios y sistemas en la evaluación, seguimiento y generación de propuestas relativas a la incorporación de las políticas públicas y sus acciones en los programas en materia de derechos humanos, para contar con elementos técnicos en la definición de programas sectoriales de la APF.
·  Planificar dictámenes, programas y acciones de identificación del respeto a los derechos humanos y de los sectores de la población que demanden mayor asistencia en la materia, para fundamentar la elaboración de políticas públicas que permitan atender dichos derechos.
·  Someter a consideración de las instituciones, las propuestas de reforma al marco legal aplicable y las garantías para la protección de los derechos humanos, así como las observaciones a los protocolos y demás instrumentos jurídicos, a fin de garantizar la prevención, atención e investigación de delitos o violaciones a los derechos humanos.
·  Instaurar estrategias de coordinación en materia de derechos humanos con la Fiscalía General de la República y demás instancias de los tres órdenes de gobierno, para definir propuestas y programas en relación con las acciones de atención, asistencia y protección a víctimas.
·  Definir políticas de promoción de acciones de atención a víctimas y de seguimiento a las resoluciones que emite la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y en su caso presentar recomendaciones, para garantizar la observancia de los derechos humanos en apego al marco jurídico aplicable.
·  Establecer lineamientos, criterios y preceptos generales en materia de política migratoria a nivel internacional, para consolidar una política de Estado transversal, que permita el respeto a los derechos humanos, así como la contribución al desarrollo nacional y preservación de la soberanía y de la seguridad nacional.
·  Determinar las normas, criterios, sistemas y procedimientos de control y verificación migratoria de los extranjeros que se internen, salgan o permanezcan en el país, así como, los que pongan en riesgo la seguridad y la soberanía nacional, para asegurar la aplicación de las sanciones o expulsiones por incumplimiento a la legislación aplicable en la materia.
·  Impulsar el desarrollo de estudios, investigaciones, estadísticas, indicadores y publicaciones en materias de la competencia de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, para fortalecer el marco de referencia orientado a sustentar la política migratoria.
·  Dictar políticas y líneas generales de acción en la organización, integración y administración del
Registro Nacional de Población, en la interconexión de los Registros Civiles con el Registro Nacional de Población y en la operación del Servicio Nacional de Identificación Personal, para garantizar el cumplimiento de la normatividad y políticas públicas en materia poblacional.
·  Establecer las directrices en la asignación de la Clave Única de Registro de Población, así como en la expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana y la Cédula de Identidad Personal de las personas mexicanas menores de 18 años, para garantizar que todos los habitantes del país y los mexicanos residentes en el extranjero cuenten con un documento fehaciente de identidad.
·  Definir estrategias de coordinación de apoyo al Sistema de Justicia con las instituciones de las entidades federativas a nivel federal, estatal y municipal, dentro del ámbito de su competencia, para asegurar el fortalecimiento del Sistema de Justicia en el país
·  Establecer y concertar con las dependencias de la APF los planes y programas de reconciliación social, basados en la capacitación para el trabajo, la educación, la salud y el deporte que deban realizar en materia de apoyo al Sistema de Justicia, para asegurar la atención de los procesos de reinserción social de las personas que hayan cumplido su sentencia y sean puestas en libertad y la prevención de la reincidencia.
·  Dirigir las estrategias de coordinación, recepción, análisis e intercambio de información en materia del Sistema de Justicia Penal, para coadyuvar en la elaboración de políticas, programas y acciones de apoyo a personas que hayan cumplido su sentencia y sean puestas en libertad.
·  Determinar políticas en la celebración de convenios y otros instrumentos jurídicos, así como de mecanismos que permitan fortalecer el Sistema de Justicia Penal y las acciones necesarias para su consolidación, a fin de contar con los elementos legales que respalden el quehacer de la unidad en esta materia.
·  Representar a la persona Titular de la SEGOB o en su caso, de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración en comisiones, comités organismos, órganos colegiados u otras instancias públicas federales o locales, responsables de los asuntos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes federales.
·  Implantar políticas de coordinación con las áreas de la APF en materia de acciones y programas relacionados con los pueblos y comunidades indígenas en México, para asegurar los recursos destinados a la atención de las necesidades prioritarias que generen mejores condiciones de vida de los pueblos y comunidades indígenas en México.
·  Instituir políticas y lineamientos en la formulación de programas en materia de población, para lograr la distribución equilibrada en el territorio nacional, que permita un óptimo aprovechamiento de los recursos naturales y una mejor condición de vida de los habitantes del país.
·  Dictar criterios y procedimientos orientados a la integración, asistencia y protección de la población refugiada en México, para garantizar el respeto a los derechos humanos de los refugiados reconocidos o en procesos de solicitud.
·  Establecer políticas públicas, estrategias, planes y programas en materia de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres conjuntamente con los tres órdenes de gobierno, para contribuir en la protección y el respeto a los derechos humanos desde una perspectiva de género.
·  Establecer e impulsar políticas, programas y acciones en materia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, para asegurar el cumplimiento de las disposiciones que deriven de la ley en la materia.
·  Determinar estrategias y protocolos relativos a la búsqueda y localización de personas desaparecidas y no localizadas a nivel nacional, con el propósito de prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
·  Dictar políticas y procedimientos de coordinación en materia migratoria, con dependencias, entidades e instancias de los tres órdenes de gobierno, a fin de dar cumplimiento a los programas y acciones que emanen del Decreto de creación de la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur.
 
·  Someter a la consideración de las instancias correspondientes el programa operativo anual y el anteproyecto de presupuesto de la oficina a su cargo, así como de las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría, para garantizar los recursos necesarios en la consecución de objetivos, metas y programas comprometidos.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2.1. UNIDAD DE POLÍTICA MIGRATORIA, REGISTRO E IDENTIDAD DE PERSONAS
OBJETIVO
Consolidar las directrices, estrategias, programas y acciones en materia de diseño, armonización y gestión de la política migratoria integral, que responda a las necesidades que demandan las diversas problemáticas de la migración en el país, así como del Registro Nacional de Población, la adopción y uso de la Clave Única de Registro de Población, y la utilización del Sistema Nacional de Identificación Personal, para garantizar el respeto irrestricto y la salvaguarda de los derechos humanos de los migrantes, la documentación migratoria, y otorgar certeza jurídica en la identidad personal, que contribuya a la preservación de la soberanía y seguridad nacionales.
FUNCIONES
·  Proponer en coordinación con las instancias competentes la política migratoria del país, las posiciones de la política migratoria a nivel internacional, así como las directrices y disposiciones administrativas de carácter general, para contribuir en el desarrollo nacional, la preservación de la soberanía y la seguridad nacional.
·  Participar en el diseño y desarrollo de la política en materia de refugiados, asilados y protección complementaria; en foros o mesas de trabajo en temas de política migratoria con gobiernos extranjeros, organismos internacionales, asociaciones académicas y civiles nacionales e internacionales y en mecanismos multilaterales y bilaterales; en cursos, seminarios o eventos en movilidad y migración internacional, para garantizar un abordaje integral en la política migratoria del país.
·  Instrumentar estrategias de coordinación en la elaboración, seguimiento y evaluación de los programas de migración y fronteras, así como de la evaluación y monitoreo del cumplimiento de la política migratoria que establezca la persona Titular de la SEGOB, para asegurar el cumplimiento de la Ley de Migración y su Reglamento.
·  Determinar mecanismos de coordinación y los grupos de trabajo orientados a recoger las demandas y posicionamientos de los Poderes de la Unión, gobiernos de las entidades federativas y sociedad civil organizada, para contar con los elementos técnicos que contribuyan en la formulación de la política migratoria en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Conducir estrategias en la resolución de consultas en materia y asuntos de política migratoria en coordinación con las instancias competentes, para contribuir en los procesos vinculados con la aplicación de la política de movilidad de personas y migración.
·  Participar en comisiones, comités u otros cuerpos colegiados en materia migratoria, así como con la Secretaría de Relaciones Exteriores en la negociación de acuerdos interinstitucionales u otros instrumentos de carácter internacional que tengan contenido de política migratoria, para asegurar la formulación y toma de decisiones integrales sobre política de movilidad.
·  Promover y desarrollar estrategias, programas y acciones públicas de protección, asistencia e integración de migrantes, reintegración de mexicanos al territorio nacional, y la reinserción social de las personas emigrantes mexicanas y sus familias, así como en materia de regulación, control y verificación migratoria, para contribuir a la mejora de la gestión migratoria en el país.
·  Planear en coordinación con las autoridades competentes de la APF, las cuotas, requisitos y procedimientos relativos a la emisión de visas y la autorización de condiciones de estancia, en términos de la Ley de Migración y demás disposiciones aplicables.
 
·  Proponer y promover ante la instancia superior, la celebración de acuerdos interinstitucionales u otros instrumentos de carácter internacional, así como convenios de colaboración, concertación o coordinación en materia migratoria, para asegurar la armonización de la gestión migratoria que resuelva la problemática de las personas extranjeras en territorio nacional, como de las migrantes mexicanas dentro y fuera del país.
·  Emitir opinión de las iniciativas de leyes, decretos, procedimientos, criterios, estrategias, lineamientos, protocolos y demás instrumentos jurídicos en materia de política migratoria y de Registro Nacional de Población e Identidad, para proporcionar elementos técnico-jurídicos en el proceso de toma de decisiones de las instancias superiores.
·  Determinar en coordinación con las instancias competentes la definición de los contenidos de estudios, investigaciones y publicaciones sobre movilidad y migración, de refugiados, asilados y protección complementaria, para asegurar la instrumentación de estrategias y mecanismos de difusión de las acciones gubernamentales en la temática.
·  Dictar líneas generales en el procesamiento y generación de estadísticas sobre la movilidad y migración internacional en México, a fin de contar con datos e información para el desarrollo de parámetros e indicadores de gestión de los sistemas de información que se manejan en la materia.
·  Evaluar los proyectos de elaboración o modificación de criterios, lineamientos y procedimientos de operación de los sistemas y subsistemas de captura de información de la competencia del Instituto Nacional de Migración y la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, para asegurar su observancia en los procesos de recopilación, registro y sistematización de la información en materia migratoria internacional y de protección.
·  Someter a consideración del superior jerárquico los acuerdos relativos a fijar, suprimir y cerrar temporalmente los lugares destinados al tránsito internacional de personas, suspender o prohibir el ingreso de personas extranjeras al país, así como determinar los municipios o entidades fronterizas o aquéllos que reciban trabajadores temporales, para contar con el marco regulatorio en la operación y funcionamiento de las instancias encargadas de los procesos migratorios.
·  Fijar las directrices en materia de generación e integración de estudios, investigaciones, encuestas, indicadores e información sobre la movilidad y migración internacional en México que procesen las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría, para asegurar la publicación y difusión de la estadística oficial que sustenta la política migratoria.
·  Establecer líneas generales de acción en el diseño y mejora de los sistemas y subsistemas de captura de información en materia migratoria, para asegurar que los procedimientos de captación, recopilación y procesamiento de información que gestionan las áreas internas de la SEGOB con fines estadísticos, se apeguen a los criterios y disposiciones en la temática.
·  Instaurar mecanismos de sistematización y difusión de información relevante sobre políticas, programas y acciones públicas en materia migratoria, para asegurar el conocimiento y comprensión por parte de la sociedad mexicana y resto del mundo.
·  Coordinar conjuntamente con las instancias cuya competencia se relacione con el reconocimiento de la condición de refugiado, personas refugiadas, asiladas y extranjeras, para elaborar e implementar los programas, estrategias y acciones encaminadas a la difusión y promoción de los derechos humanos de las personas que se les otorgue la protección complementaria.
·  Instaurar las directrices que contribuyan en el registro y la acreditación de la identidad de las personas que se encuentren en el país, y de los nacionales que residan en el extranjero, en coordinación con las instancias competentes, para presentarlas y someterlas a consideración de la persona Titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración.
·  Proponer a la persona Titular de la Subsecretaría, en coordinación con las instancias competentes, la celebración de acuerdos y convenios de colaboración, de concertación y de anexos técnicos, de asignación y transferencia de recursos, a fin de contribuir a la integración del Registro Nacional de Población, la adopción y uso de la Clave Única de Registro de Población, así como para utilizar el Sistema Nacional de Identificación Personal.
 
·  Instrumentar los mecanismos de validación de normas, métodos y procedimientos de información que permita llevar a cabo el registro de la identidad de las personas, para contribuir a que dichos instrumentos sean desarrollados conforme a los lineamientos y criterios establecidos para tal efecto.
·  Participar en la planeación y las políticas vinculadas a la elaboración e integración del anteproyecto de presupuesto anual de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados que realicen funciones en temas migratorios, para asegurar la autorización de los recursos financieros necesarios en la consecución de objetivos, estrategias y proyectos en la materia.
·  Establecer los mecanismos de difusión de los criterios y lineamientos sobre la elaboración y/o actualización de los manuales de organización y procedimientos de las unidades responsables y órganos administrativos desconcentrados que realicen funciones en materia migratoria, para contar con los instrumentos técnico-administrativos e inductivos que documentan el quehacer de dichas instancias.
1.2.1.1. DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIDAD
OBJETIVO
Consolidar en coordinación con los tres órdenes de gobierno, las estrategias, programas y procedimientos en materia de registro y acreditación de la identidad de las personas que integran la población del país, en apego al marco normativo aplicable, para otorgarles certeza jurídica en el ejercicio pleno de sus derechos.
FUNCIONES
·  Determinar líneas generales de acción en materia de organización, integración y administración del Registro Nacional de Población, para garantizar la actualización de la base de datos de la población del país.
·  Instituir líneas generales de acción en la operación del Sistema Nacional de Identificación Personal, para acreditar fehacientemente la identidad de la población en el país y garantizar su derecho a la identidad.
·  Establecer estrategias en la implementación de procesos de depuración y asignación de la Clave Única de Registro de Población, para asegurar que la población cuente con un documento que acredite su identidad y le otorgue certidumbre jurídica.
·  Proponer al superior jerárquico los proyectos de acuerdos, convenios de colaboración, coordinación y concertación, así como de anexos técnicos de ejecución de asignación y transferencia de recursos, para contribuir a la integración del Registro Nacional de Población, la adopción y uso de la Clave Única de Registro de Población y el uso del Servicio Nacional de Identificación Personal.
·  Implementar las directrices de operación en los procesos de expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana, así como la Cédula de Identidad Personal para personas mexicanas menores de 18 años, de conformidad con la normatividad en la materia, a fin de garantizar la acreditación y registro de las personas.
·  Proponer al Titular de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas, los proyectos de lineamientos en materia de registro poblacional, para asegurar que los Registros Civiles en el país asignen la Clave Única de Registro de Población en las actas del estado civil de las personas.
·  Establecer mecanismos, acciones, normas, métodos y procedimientos relativos a la simplificación administrativa en el registro de personas en los Registros Civiles, así como de interconexión entre éstos, y el Registro Nacional de Población, para homogeneizar, eficientar y mantener actualizada la información en la materia.
·  Instituir líneas generales de acción en la emisión de normas, métodos y procedimientos relativos al Registro Nacional de Población, para asegurar los procesos de coordinación en la implementación del registro e identificación en las dependencias y entidades de la APF.
·  Fungir como órgano coordinador, técnico, normativo y de consulta del quehacer de los Registros
Civiles del país, así como de los acuerdos que suscriba la dependencia en la materia, con el propósito de contribuir en el cumplimiento de los compromisos establecidos para tal efecto.
·  Establecer políticas orientadas a la elaboración de informes estadísticos y operativos sobre el Registro Nacional de Población, para contar con trabajos de análisis y evaluación de la información que proporcionan los Registros Civiles del país, así como de las dependencias y entidades de la APF, estatal y municipal.
·  Definir las directrices relativas a la aplicación de las sanciones en materia de Registro Nacional de Población e Identidad, para coadyuvar en el cumplimiento de lo establecido en el marco normativo aplicable.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2.2. UNIDAD PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
OBJETIVO
Consolidar las políticas, directrices, estrategias y lineamientos en materia de promoción y defensa de los derechos humanos, atención integral de víctimas y protección de personas defensoras de los derechos humanos y periodistas, en la Administración Pública Federal y las acciones tendientes a fortalecer las relaciones con organismos nacionales, internacionales y organizaciones de la sociedad civil, para contribuir en el cumplimiento de los preceptos constitucionales en materia de derechos humanos y a las garantías para su protección previstas en el orden jurídico mexicano.
FUNCIONES
·  Implementar directrices en materia de coordinación, orientación y seguimiento de los compromisos de protección y defensa de derechos humanos que desarrollan las dependencias y entidades de la APF, para asegurar el cumplimiento de los preceptos constitucionales.
·  Proponer a la instancia superior las acciones de coordinación con las dependencias y entidades de la APF en torno a las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y por organismos internacionales, así como del seguimiento de los compromisos asumidos por el Estado mexicano en materia de derechos humanos, para contar con la aprobación de los procedimientos bajo los cuales se dará cumplimiento y atención.
·  Instituir líneas generales en la sistematización y difusión de la información relativa a las quejas y recomendaciones emitidas por los organismos competentes en derechos humanos correspondientes a la SEGOB, para contar con el registro actualizado que permita la administración de los instrumentos fundamentales en la protección y defensa de los derechos humanos.
·  Establecer estrategias de vinculación entre la dependencia y las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la promoción y defensa de los derechos humanos, para asegurar la atención y/o canalización de las peticiones que se formulen en su ámbito de competencia.
·  Determinar mecanismos de coordinación de su quehacer institucional con organismos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, para instrumentar acciones de colaboración y atención de los asuntos en la temática.
·  Dictar previo acuerdo con su superior jerárquico las medidas administrativas que procuren el cumplimiento de los preceptos constitucionales en materia de derechos humanos y a las garantías para su protección, a fin de asegurar el trámite administrativo de dichas medidas que garanticen su observancia por parte de las autoridades de la APF.
·  Definir las disposiciones relativas a la atención de solicitudes de medidas precautorias o cautelares necesarias en la prevención de la violación de derechos humanos, así como en la instrumentación de dichas medidas de la competencia de la SEGOB, para contribuir en el cumplimiento de los compromisos previstos por el orden jurídico mexicano.
·  Implementar criterios de coordinación y supervisión en la gestión, seguimiento, evaluación y control de las obligaciones de la SEGOB en materia de protección y defensa de los derechos humanos, para
procurar su atención de conformidad con los procedimientos y normatividad aplicable.
·  Determinar los procedimientos de identificación, compilación y seguimiento de los compromisos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos que asuma el Estado mexicano, para presentar informes evaluatorios sobre el cumplimiento de las obligaciones, a la instancia superior.
·  Definir estrategias, programas y acciones conjuntamente con las dependencias y entidades de la APF en materia de derechos humanos, para asegurar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado en la temática.
·  Dictar las políticas de diseño y elaboración de programas en materia de atención integral a víctimas de delitos y violación de derechos humanos, para asegurar la observancia de la política pública relativa a los servicios y medidas de asistencia, atención y protección a víctimas.
·  Fungir como Coordinador Ejecutivo Nacional en términos de lo dispuesto en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y su Reglamento, para asegurar el cumplimiento del objeto de la Ley y los fines del mecanismo que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas en riesgo como consecuencia de su profesión.
·  Proponer a la instancia superior los manuales y protocolos de las medidas preventivas, de protección y urgentes de protección, a fin de contar con la aprobación de las acciones de implementación e instrumentación del mecanismo de conformidad con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y su Reglamento.
·  Implementar estrategias de coordinación entre las dependencias y entidades de la APF, los gobiernos locales, la Fiscalía General de la República y las fiscalías de las entidades federativas, en materia de atención a víctimas, para coadyuvar en el desarrollo de acciones de atención, asistencia y protección de víctimas de una violación de derechos humanos o de la comisión de un delito.
·  Dictar líneas de acción en materia de orientación y seguimiento de políticas públicas de derechos humanos que incorporen las dependencias y entidades de la APF, y las entidades federativas a sus distintos programas, así como de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales, para asegurar el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado mexicano en congruencia con las disposiciones constitucionales y los Tratados Internacionales en la temática.
·  Determinar mecanismos de evaluación sobre el impacto de la incorporación de políticas públicas en materia de derechos humanos, en los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo que sean de la competencia de las dependencias de la APF, para contar con elementos técnicos que permitan identificar y proponer acciones de mejora en dichos programas.
·  Promover ante instituciones públicas federales o locales, organismos e instituciones de carácter social o privado, la celebración de convenios, acuerdos y demás instrumentos jurídicos en materia de trata de personas, para contar con instrumentos normativos que brinden certeza jurídica en la atención integral a las víctimas de este fenómeno delictivo.
·  Participar en el diseño de estrategias e indicadores de evaluación para el seguimiento de los programas, trabajos y tareas que lleven a cabo las dependencias y entidades de la APF, en materia de trata de personas, niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres y personas adultas mayores, así como otros grupos en situación de vulnerabilidad, con el propósito de determinar la idoneidad, eficacia y eficiencia en la operación de los procesos en el tema.
·  Definir políticas en la elaboración del presupuesto operativo de la Coordinación Ejecutiva Nacional prevista en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para contar con la aprobación por parte de la Junta de Gobierno.
1.2.2.1.    DIRECCIÓN GENERAL PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS
OBJETIVO
Consolidar políticas, acciones, estrategias y mecanismos en materia de coordinación, evaluación, gestión y promoción del Mecanismo para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en un marco de responsabilidad compartida con las dependencias, entidades de la Administración Pública Federal, instituciones de los estados, organismos nacionales e internacionales, organizaciones de la sociedad civil y sector académico, para asegurar la atención de las necesidades de protección de los
derechos humanos y las garantías para su protección.
FUNCIONES
·  Determinar acciones de coordinación y supervisión del ejercicio institucional de las Direcciones Generales Adjuntas de Recepción de Casos y Reacción Rápida, Evaluación de Riesgos, Prevención, Seguimiento y Análisis, así como de Investigación y Atención a Casos, a fin de coadyuvar con la persona Titular de la Coordinación Ejecutiva Nacional en el funcionamiento del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
·  Dictar las políticas relativas al desarrollo de los manuales y protocolos de las medidas preventivas, de protección y urgentes de protección, así como las acciones para su implementación e instrumentación, a fin de presentarlas a la aprobación de la instancia superior, en apego a lo establecido en la Ley y Reglamento en la materia.
·  Establecer mecanismos de coordinación del procedimiento participativo que considere a periodistas, defensores de derechos humanos e instancias competentes de derechos humanos de los tres órdenes de gobierno, para asegurar la elaboración de los manuales y protocolos de las medidas preventivas, de protección y urgentes de protección.
·  Instrumentar estrategias de promoción y difusión de los protocolos, manuales e instrumentos que contengan las mejores prácticas en materia del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a fin de fomentar el conocimiento y aplicación en las entidades federativas, dependencias de la APF y organismos autónomos.
·  Difundir políticas en materia de recepción, procesamiento y recopilación de la información generada por las Unidades de Recepción de Casos y Reacción Rápida; de Evaluación de Riesgos, y de Prevención, Seguimiento y Análisis, con el propósito de asegurar su envío a la Junta de Gobierno del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
·  Dirigir acciones de colaboración con la persona Titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos, en los procesos de seguimiento, implementación y comunicación de las decisiones, acuerdos y resoluciones de la Junta de Gobierno del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para asegurar su cumplimiento por parte de las autoridades encargadas de su ejecución.
·  Definir e implementar los procesos de administración de los recursos presupuestales asignados al Mecanismo, para garantizar el cumplimiento de los objetivos, estrategias y proyectos en el cumplimiento de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
·  Instrumentar líneas de acción en la elaboración de acuerdos y convenios con dependencias, entidades, instituciones públicas o privadas y demás organismos responsables del cumplimiento de los objetivos del Mecanismo en Materia de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para presentarlos a la aprobación de la persona Titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos.
·  Presentar el informe anual de actividades, así como del ejercicio presupuestal de la Dirección General para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para acreditar ante la persona Titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos, el quehacer institucional en apego al marco jurídico aplicable.
·  Implementar acciones de colaboración con el Consejo Consultivo del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en el diseño del Plan Anual de Trabajo de la Coordinación Ejecutiva Nacional, para efectuar su presentación a revisión y aprobación de la Junta de Gobierno.
·  Formular los nombramientos de los Titulares de las Unidades de Recepción de Casos y Reacción Rápida, de Evaluación de Riesgos y de Prevención, Seguimiento y Análisis, así como las solicitudes de designación de los representantes de las dependencias, para presentarlos a la consideración del Titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos.
·  Instrumentar estrategias de supervisión en la elaboración de las propuestas de los instrumentos de coordinación de la recepción de las solicitudes de incorporación al Mecanismo, criterios, metodologías y acciones de coordinación y cooperación en la elaboración de estudios de evaluación de acción
inmediata, evaluación y actualización del protocolo en la aplicación de las medidas urgentes de protección, para garantizar la protección de los derechos humanos de las personas defensoras de los derechos humanos y periodistas en cumplimiento a la Ley y su Reglamento al Titular de la Coordinación Ejecutiva Nacional del Mecanismo.
·  Establecer líneas respecto a la elaboración de estudios de evaluación de riesgo, la logística para los análisis de riesgo, y definición de las directrices de medidas preventivas o medidas de protección, a fin de cumplir con los preceptos establecidos en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y su Reglamento.
·  Dirigir mecanismos de verificación en la presentación de las propuestas de coordinación con las entidades federativas, respecto a la atención y seguimiento periódico en la implementación de las medidas preventivas o de protección, ante la persona Titular de la Coordinación Ejecutiva Nacional del Mecanismo, para contar con los elementos técnicos que permitan evaluar el desempeño y/o generar recomendaciones en su continuidad, adecuación o conclusión.
·  Presentar a consideración del superior jerárquico, las propuestas de medidas de prevención para reducir los factores de riesgo, las estrategias del monitoreo nacional de las agresiones y gestionar la información en una base de datos nacional, las líneas de acción identificando los patrones de agresiones con mapas de riesgos, el diseño de alertas tempranas y planes de contingencia que eviten posibles agresiones, y la difusión de la labor de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, para garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad de estas personas.
·  Exponer ante la persona Titular de la Coordinación Ejecutiva Nacional del Mecanismo, las propuestas de modificación de leyes y demás disposiciones en materia de protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, para implementar políticas públicas que fomenten la legalidad, la certeza jurídica y el respeto irrestricto de los derechos humanos.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2.2.2. DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE DERECHOS HUMANOS
OBJETIVO
Garantizar la instrumentación de las políticas públicas de estado integrales, transversales y democráticas en materia de derechos humanos, en las que participen las dependencias, entidades de la Administración Pública Federal, instituciones de los estados, organismos nacionales e internacionales, organizaciones de la sociedad civil y sector académico, para contribuir en la atención de las necesidades y el desarrollo integral de los individuos dentro de una sociedad jurídicamente organizada.
FUNCIONES
·  Conducir las estrategias de promoción, orientación y seguimiento a las políticas públicas en materia de derechos humanos que incorporan las dependencias y entidades de la APF en sus programas, para asegurar la congruencia de las políticas con las disposiciones constitucionales y con los Tratados Internacionales en la materia.
·  Determinar líneas generales de acción en la consolidación de una política de estado transversal en materia de derechos humanos, para contribuir en la transformación de las condiciones de convivencia de la sociedad en congruencia con la Declaración Universal de Derechos Humanos.
·  Establecer métodos y acciones de evaluación sobre el impacto de la incorporación de políticas públicas en materia de derechos humanos en los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo correspondientes a la APF, para identificar los resultados obtenidos, y en su caso, establecer acciones de mejora continua.
·  Instrumentar mecanismos de coordinación, concertación y vinculación con organismos nacionales e internacionales, sociedad civil, sector académico e instancias públicas de derechos humanos, para generar propuestas que incidan en la planeación, diseño, instrumentación y evaluación de las políticas públicas, así como en la promoción y defensa de los derechos humanos.
·  Definir en coordinación con instituciones de las entidades federativas, las directrices en la
implementación de estrategias, programas y acciones en materia de derechos humanos, para garantizar que las políticas públicas instituidas, se encuentren alineadas a las disposiciones constitucionales y los Tratados Internacionales en la materia.
·  Establecer líneas de acción en el desarrollo de diagnósticos sobre el respeto a los derechos humanos en el territorio nacional por parte de los tres órdenes de gobierno, para asegurar la identificación de los sectores de la población que requieran mayor asistencia de políticas públicas que garanticen el respeto y cumplimiento de los derechos humanos.
·  Formular recomendaciones sobre el marco jurídico federal y de las entidades federativas en materia de derechos humanos y garantías para su protección, a fin de contribuir en la modernización y adecuación de la normatividad que incida en la regulación, observancia y defensa de los derechos humanos previstos en el orden jurídico mexicano.
·  Establecer mecanismos de coordinación en la elaboración y diseño de los programas que integren la política pública en materia de derechos humanos, para contar con los elementos técnicos que permitan conformar propuestas alineadas con las disposiciones constitucionales.
·  Proponer a las instancias correspondientes indicadores que permitan verificar y evaluar los programas de las dependencias y entidades de la APF sobre el respeto a los derechos humanos, para contar con instrumentos de medición de la efectividad y cumplimiento de dichos programas.
·  Plantear los mecanismos de seguimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de derechos humanos, así como de las recomendaciones emitidas por organismos internacionales, para asegurar la medición del cumplimiento, y en su caso, la instrumentación de mejoras.
·  Instituir líneas generales de acción en el desarrollo de estudios y coordinación de las mesas de diálogo en materia de derechos humanos con diversas instancias públicas, privadas, sociales, nacionales e internacionales, para eficientar los procesos de orientación y consolidación de políticas públicas en la materia.
·  Definir conjuntamente con instituciones públicas, privadas y sociales, estrategias y programas de capacitación en materia de derechos humanos, para contribuir a que los servidores públicos, autoridades y particulares actúen dentro del marco de respeto a las garantías individuales.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2.2.3.    DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIAS PARA LA ATENCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
OBJETIVO
Consolidar las estrategias y mecanismos de coordinación relativas a la atención de víctimas u ofendidos del delito, así como de temas específicos en materia de derechos humanos, para garantizar la aplicación de la política de Estado vinculada con la protección y defensa de los preceptos constitucionales.
FUNCIONES
·  Definir mecanismos de coordinación entre la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las dependencias y entidades de la APF, la Fiscalía General de la República, las fiscalías de las entidades federativas y los gobiernos estatales y locales, para asegurar acciones de atención, asistencia y protección a víctimas de una violación de derechos humanos o de la comisión de un delito.
·  Implementar líneas generales de acción en materia de seguimiento a las resoluciones de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas al interior de las dependencias y entidades de la APF, para conocer el grado de cumplimiento y en su caso emitir recomendaciones.
·  Determinar en el ámbito de su competencia, líneas generales de acción en el desarrollo del sistema de información respecto al registro de datos de víctimas y ofendidos de delitos, así como de violaciones a los derechos humanos, para contar con la consolidación de elementos técnicos y especializados en una herramienta integral.
 
·  Dictar las estrategias en los procesos de revisión y análisis de los protocolos e instrumentos jurídicos en materia de prevención, atención e investigación de delitos o violaciones a los derechos humanos, para generar elementos técnicos que permitan proponer las observaciones ante la persona Titular de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos.
·  Establecer de manera coordinada el diseño e implementación de programas de atención integral a víctimas, para coadyuvar en la difusión del marco normativo que garantice la atención a las víctimas u ofendidos de delitos.
·  Promover y proponer ante instituciones públicas federales o locales y organismos e instituciones de carácter social o privado, la celebración de instrumentos jurídicos en materia de trata de personas, para asegurar las estrategias de atención integral a las víctimas de este delito.
·  Establecer vínculos de coordinación y colaboración con instituciones de la APF, organismos nacionales e internacionales en temas específicos de derechos humanos, para contribuir en la implementación de estrategias de atención especializada de dichos temas.
·  Instaurar estrategias en la implementación de programas de la APF enfocados a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres y personas adultas mayores y otros grupos en situación de vulnerabilidad, así como con la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y la de Búsqueda de Personas, con la finalidad de incorporar la perspectiva de respeto y difusión de los derechos humanos y la protección de niñas, niños y adolescentes.
·  Dirigir los procesos de elaboración de estrategias e indicadores de evaluación de los programas, trabajos y acciones de las dependencias y entidades de la APF en materia de trata de personas, niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres y personas adultas mayores, así como otros grupos en situación de vulnerabilidad, para contribuir en el seguimiento de dichos programas que permitan conocer el estado que guardan y, en su caso, proponer mejoras a los mismos.
·  Establecer en coordinación con las instancias competentes, líneas generales de acción relativas a la elaboración y actualización de disposiciones e instrumentos jurídicos que regulen el uso de la fuerza por instituciones de seguridad pública federal, para asegurar que el marco legal contemple la prevención de estas acciones y garantice el respeto a los derechos humanos.
·  Asistir a diversas instituciones del sector público, privado y social en la inclusión del enfoque de derechos humanos dentro de programas orientados a la salud, educación, alimentación, vivienda y desarrollo social, para garantizar el fortalecimiento de los derechos e impulsar avances progresivos en la materia.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2.3. COMISIÓN PARA EL DIÁLOGO CON LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE MÉXICO
OBJETIVO
Consolidar políticas, estrategias y acciones de acercamiento con los pueblos indígenas y comunidades afromexicanas de México, para asegurar el respeto a sus derechos humanos, la atención a sus necesidades, el derecho a su libre determinación y autonomía, la conservación de sus instituciones sociales, económicas, culturales, políticas y al mejoramiento de su calidad de vida.
FUNCIONES
·  Definir e implementar políticas y estrategias de acción en la construcción de una nueva relación entre el estado mexicano, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del país, para garantizar la integración y el desarrollo social de la población indígena.
·  Determinar directrices en materia de monitoreo de conflictos sociales de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en las entidades federativas, para contar con elementos técnicos en los procesos de prevención, atención y resolución de los problemas que pongan en riesgo la gobernabilidad del país.
·  Establecer criterios de diálogo, concertación y coordinación con las dependencias de la APF, estatal y
municipal, con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, para establecer acuerdos que permitan atender las necesidades, resolver los conflictos y reforzar el derecho a su libre determinación y autonomía.
·  Determinar políticas orientadas a promover los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en territorio nacional, para contribuir en el cumplimiento de los preceptos constitucionales, leyes, tratados y normas internacionales en la materia.
·  Impulsar políticas y programas de desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del país, para fortalecer las actividades productivas y el crecimiento sustentable que permitan mejorar las condiciones de vida de los pueblos.
·  Establecer políticas en la coordinación de los programas sociales a nivel federal, estatal y municipal, para asegurar los recursos destinados a la atención de las necesidades prioritarias que generen mejores condiciones de vida de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de México.
·  Conducir las relaciones institucionales con el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, para impulsar las iniciativas y reformas de ley a favor de los indígenas y afromexicanas, sus comunidades y pueblos.
·  Representar a la persona Titular de la SEGOB en comisiones, comités, organismos, órgano colegiado o instancia pública federal o local responsables de los asuntos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes federales.
·  Comunicar a la C. Secretaria de Gobernación sobre las políticas, estrategias y acciones implementadas por el Gobierno Federal en materia de programas sociales, vigencia de derechos y desarrollo integral en las comunidades indígenas y afromexicanas de la república mexicana, para contribuir en la toma de decisiones y evaluación de los avances en la atención de las necesidades de la población indígena.
·  Emitir estrategias en la administración de recursos financieros, humanos, materiales y tecnológicos, para contribuir en la operación y funcionamiento de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2.4. UNIDAD DE APOYO AL SISTEMA DE JUSTICIA
OBJETIVO
Asegurar políticas y acciones de coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con las entidades federativas, los municipios y alcaldías, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y expertos en materia del Sistema de Justicia Penal, en apego al marco jurídico aplicable, para contribuir en la implementación de planes y programas de apoyo a la reinserción social de las personas que hayan cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad, a fin de evitar la reincidencia, coadyuvando en el fortalecimiento y apoyo a la consolidación del Sistema de Justicia Penal.
FUNCIONES
·  Fungir como enlace operativo y de coordinación entre las autoridades locales y federales en términos de la normatividad aplicable, para contribuir en el fortalecimiento y consolidación del Sistema de Justicia Penal.
·  Establecer políticas y directrices de coordinación en materia de procuración e impartición de justicia con las autoridades competentes de la Federación, entidades federativas, municipios o alcaldías, instituciones de procuración de justicia, y las de seguridad pública, de los tres órdenes de gobierno, para asegurar acciones que fortalezcan y consoliden el Sistema de Justicia Penal en el país.
·  Promover el desarrollo de programas y estrategias orientados a obtener indicadores de desempeño en materia del Sistema de Justicia, para conocer los puntos de mejora, necesarios en cada proceso que permitan fortalecer su desarrollo alineado a los objetivos en el marco de referencia del Sistema de Justicia Penal.
 
·  Determinar en coordinación con las instituciones responsables la celebración de convenios, otros instrumentos jurídicos, mecanismos y acciones en materia de justicia penal, para garantizar el fortalecimiento y consolidación del Sistema de Justicia Penal.
·  Establecer líneas generales de acción sobre la evaluación, análisis y dictamen de la viabilidad en la recepción de las solicitudes de revisión de casos que presenten los sujetos de procedimiento que señala el artículo 105 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para asegurar el desarrollo del debido proceso en apego a la normatividad aplicable en la materia.
·  Estipular los criterios técnicos y jurídicos en materia de formación y difusión sobre el Sistema de Justicia Penal, dirigido a los entes referidos en el artículo 105 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para contribuir al cumplimiento de metas y objetivos de fortalecimiento y consolidación del Sistema de Justicia Penal.
·  Determinar mecanismos de coordinación de los procedimientos de emisión de opiniones sobre el quehacer institucional de las áreas que coordina, para contribuir en la homologación de los criterios de atención de los asuntos sometidos a su consideración.
·  Proponer al superior jerárquico la creación de comisiones, consejos, comités y grupos de trabajo técnicos, para contar con la opinión de otras dependencias y entidades de la APF, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y expertos en materia del Sistema de Justicia Penal.
·  Plantear, en coordinación y colaboración con las dependencias y entidades de la APF, mecanismos en materia de trabajo, educación, salud y deporte, para contribuir en el logro de la reinserción de las personas que hayan cumplido su sanción penal a través de servicios post-penales.
·  Definir y proponer al Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración la construcción de planes, programas y acciones a realizar de manera conjunta con otras dependencias y entidades de la APF, responsables del Sistema de Justicia Penal, para garantizar la atención y el debido proceso en materia de reconciliación social a través de la reinserción y apoyo a las personas que hayan cumplido su sentencia y sean puestas en libertad.
·  Ejercer actos de representatividad del Titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, en comisiones, comités y grupos de trabajo en materia de sus atribuciones, sin perjuicio de la representación legal que tenga la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la dependencia, a fin de coadyuvar con el cumplimiento de los objetivos previstos en la normativa que sustenta su quehacer institucional.
·  Proponer al superior jerárquico, los mecanismos de coordinación con las autoridades responsables del establecimiento de centros de atención y redes de apoyo postpenal, para asegurar la prestación a las personas liberadas, externadas y a sus familiares el apoyo en los procesos de reinserción social, la procuración de una vida digna y la prevención de la reincidencia.
·  Determinar mecanismos de coordinación con las instancias competentes del Sistema de Justicia en materia de intercambio y flujos de información, para contar con los elementos técnicos que permitan el diseño y elaboración de políticas, programas y acciones de apoyo a personas que hayan cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad.
·  Someter a consideración del superior jerárquico, los proyectos de normatividad e instrumentos jurídicos en materia de servicios postpenales, que se pretendan celebrar con instituciones del sector público y privado que presten sus servicios en la temática, para fortalecer, armonizar y actualizar el marco legal que sustenta el quehacer institucional.
·  Definir e implementar líneas generales de acción en el desarrollo de estudios comparativos sobre la legislación nacional e internacional, del Sistema de Justicia Penal, de reconciliación y apoyo a las personas que hayan cumplido su sentencia y sean puestas en libertad, así como de la adopción de normas mínimas en la materia, para garantizar su aplicación en el desarrollo de los procedimientos que den cumplimiento a las atribuciones conferidas a la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia.
1.2.4.1. DIRECCIÓN GENERAL PARA LA RECONCILIACIÓN Y JUSTICIA
OBJETIVO
 
Consolidar políticas, planes, programas y acciones en coordinación con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y otros sectores corresponsables, en materia reconciliación social y justicia, de conformidad con la normatividad aplicable, para asegurar la aplicación de las políticas públicas contribuyendo en el fortalecimiento de la reinserción social de las personas que hayan cumplido su sentencia y sean puestas en libertad.
FUNCIONES
·  Establecer estrategias de participación con organizaciones de la sociedad civil, para asegurar la suscripción de convenios de concertación enfocados a diseñar, implementar o brindar servicios de naturaleza postpenal.
·  Determinar políticas públicas y el diseño de programas de reconciliación social, que considere acciones de capacitación para el trabajo, la educación, la salud y el deporte, como medios para alcanzar la reinserción social de las personas tras haber cumplido una sanción penal a través de servicios postpenales, a fin de someterlos a la aprobación del superior jerárquico que permitan la reconciliación y la justicia nacionales.
·  Definir y proponer ante la instancia superior las acciones de fortalecimiento y desarrollo de la reconciliación social, a través de la reinserción y apoyo a las personas que han cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad, para contribuir en el fortalecimiento de la reconciliación, el desarrollo de una vida digna y la prevención de la reincidencia.
·  Establecer mecanismos de coordinación con otras dependencias y entidades de la APF, en el ámbito de sus competencias, para la implementación de planes, programas y acciones en materia de reconciliación social de las personas que han cumplido su sentencia y sean puestas en libertad, y facilitando la reinserción social.
·  Definir los mecanismos de coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno responsables del establecimiento de centros de atención y redes de apoyo postpenal, para asegurar la prestación de los servicios de apoyo en los procesos de reinserción social, la procuración de una vida digna y la prevención de la reincidencia a las personas liberadas, externadas y a sus familiares.
·  Proponer al superior jerárquico las acciones sobre cultura de la no discriminación, así como de la adopción de normas mínimas sobre la reconciliación social a través de la reinserción social de las personas que han cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad, para garantizar el apego irrestricto a sus derechos evitando la discriminación en los procesos y desarrollo de su reinserción social.
·  Instrumentar líneas específicas en la formulación de acciones en materia de intercambio de información con las instancias responsables de la reconciliación y justicia, para contar con los elementos técnicos que permitan el diseño y la elaboración de políticas, programas y acciones de apoyo a personas que hayan cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad.
·  Dirigir acciones de coordinación en la aplicación de los programas que se aprueben en materia de reinserción social a las personas que han cumplido su sentencia y sean puestas en libertad, para garantizar el respeto de los derechos humanos mediante el apoyo y la capacitación para el trabajo, la educación, la salud y el deporte.
·  Establecer mecanismos de colaboración con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, que por su naturaleza intervengan en la aplicación de medios de reinserción social de personas que han cumplido con su sentencia y sean puestas en libertad, para garantizar las gestiones de los apoyos asistenciales en apego a la normatividad aplicable en materia de reconciliación social.
·  Determinar líneas generales de acción en materia de diseño de políticas, programas y acciones, en coordinación con las autoridades corresponsables y los sectores que corresponda, sobre la capacitación para el trabajo, el empleo, el autoempleo y la generación de oportunidades laborales, a fin de asegurar la ejecución de los procesos de reconciliación social a través de la reinserción y apoyo de las personas que han cumplido su sentencia y sean puestas en libertad.
·  Definir los criterios y procesos a proponer al superior jerárquico sobre el desarrollo de estudios
comparativos de la legislación nacional e internacional en materia de reconciliación social a través de la reinserción y apoyo de las personas que cumplen su sentencia y sean puestos en libertad, para garantizar la certeza jurídica en el desarrollo de los procedimientos de su competencia.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.2.4.2.    DIRECCIÓN GENERAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES Y LAS PROCURADURÍAS ESTATALES
OBJETIVO
Consolidar políticas, estrategias y programas en coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las entidades federativas, los municipios y alcaldías, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y expertos en materia del Sistema de Justicia Penal, de conformidad con la normatividad aplicable, para asegurar el fortalecimiento y operación de los tribunales superiores, las procuradurías estatales y la consolidación del Sistema de Justicia Penal.
FUNCIONES
·  Establecer líneas generales de acción orientadas al desarrollo de convenios, otros instrumentos jurídicos, mecanismos y acciones que garanticen el fortalecimiento y consolidación del Sistema de Justicia Penal, para presentarlos a la aprobación del superior jerárquico.
·  Implementar las estrategias en materia de evaluación, análisis y dictaminación sobre la viabilidad de recepción de las solicitudes de revisión de casos que presenten los sujetos de procedimiento que señala el artículo 105 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para contribuir en la atención de los casos que surjan con motivo de la comisión del delito.
·  Determinar las directrices orientadas al desarrollo de criterios técnicos y jurídicos sobre la formación y difusión del Sistema de Justicia Penal dirigido a los sujetos de procedimiento penal que señala el Código Nacional de Procedimientos Penales en su artículo 105, para presentar a la aprobación de la instancia superior una guía que norme la aplicación de instrumentos de evaluación de los procesos relativos al fortalecimiento y apoyo a la consolidación del Sistema.
·  Diseñar en el ámbito de su competencia los instrumentos técnico-jurídicos que fundamenten la creación de las comisiones, consejos, comités y grupos de trabajo técnicos, en materia del Sistema de Justicia Penal, para presentar en coordinación con las instancias competentes, la opinión de otras dependencias y entidades de la APF, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y expertos en el tema.
·  Impulsar políticas y directrices de seguimiento a los asuntos que las instituciones de procuración e impartición de justicia, así como las de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno le soliciten, para contribuir con acciones institucionales que fortalezcan y consoliden el Sistema de Justicia Penal.
·  Definir lineamientos en la formulación de solicitudes de información, documentación y cooperación técnica a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para contar con los elementos técnicos que le permitan la resolución y atención de los asuntos de su competencia.
·  Instrumentar las estrategias en materia de evaluación y análisis de las solicitudes de revisión de casos que presenten la víctima u ofendido, el asesor jurídico, el imputado, el defensor, el ministerio público, la policía, el órgano jurisdiccional, y la autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, para contribuir en la atención y dictaminación de los asuntos que ingresan a revisión.
·  Conducir los mecanismos de análisis jurídico de las peticiones que presenten los sujetos de procedimiento que señala el artículo 105 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para conocer el estatus de los expedientes de personas que se encuentran en un proceso penal, aplicando las mejores prácticas de fortalecimiento y consolidación del Sistema de Justicia Penal.
·  Proponer a su superior jerárquico acciones de coordinación con las autoridades competentes de la
federación, entidades federativas, municipios o alcaldías, Poder Judicial, instituciones de procuración de justicia, así como con el Poder Judicial e instituciones de seguridad pública de los tres niveles de gobierno en materia de procuración e impartición de justicia, para asegurar el fortalecimiento de sus atribuciones en el marco del Sistema de Justicia Penal en el país.
·  Establecer los programas y estrategias de diseño de indicadores de desempeño en materia del Sistema de Justicia Penal, para contar con herramientas de medición y evaluación de los objetivos y metas del Sistema de Justicia Penal.
·  Dictar las políticas de atención de los procesos de emisión de opiniones de los asuntos que se sometan a su consideración, relativos al Sistema de Justicia Penal, para contribuir en el fortalecimiento y operación de los tribunales superiores y las procuradurías estatales.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.3.         SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DEMOCRÁTICO, PARTICIPACIÓN SOCIAL Y ASUNTOS RELIGIOSOS
OBJETIVO
Asegurar la definición de políticas relativas al desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, para consolidar la instrumentación de las estrategias del Gobierno Federal en la materia, que contribuyan al fortalecimiento de la gobernabilidad democrática, el Estado de Derecho y del bienestar y desarrollo social.
FUNCIONES
·  Autorizar las estrategias de programas y políticas relacionadas con el desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos, para fortalecer la construcción de ciudadanía, la democracia representativa y la cooperación institucional en el actuar de la SEGOB.
·  Construir esquemas de cooperación interinstitucional en materias de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana y prevención social del delito, para consolidar las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con los ciudadanos, organizaciones o agrupaciones políticas y sociales.
·  Conducir la política pública en materia de construcción de ciudadanía del Ejecutivo Federal encaminada a la conformación de una sociedad más incluyente e igualitaria, para establecer e instrumentar diversas estrategias interinstitucionales orientadas a la consolidación de una sociedad más solidaria y participativa que permita la reducción de las brechas sociales.
·  Fijar líneas de acción que privilegien el diálogo y las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con la ciudadanía y la sociedad, a fin de fortalecer la inclusión a través de la construcción de ciudadanía y la democracia participativa.
·  Autorizar directrices en el desarrollo de estudios e investigaciones en las materias de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos, para ponerlos a disposición tanto de especialistas interesados, así como de la sociedad.
·  Emitir líneas generales de promoción sobre los valores de la identidad nacional, así como respecto al Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, para fortalecer la cultura democrática y fomento cívico, entre instancias e instituciones públicas y privadas a nivel nacional, así como en la ciudadanía.
·  Aprobar en coordinación con autoridades de la presidencia de la república, el calendario oficial y cívico, para difundir las efemérides y las conmemoraciones de los actos, hechos y personajes de la Historia Nacional.
·  Instaurar las estrategias y programas de vinculación y diálogo entre la APF y las organizaciones de la sociedad civil, para propiciar la colaboración en cuestiones de interés común.
 
·  Celebrar previo acuerdo con la persona Titular de la SEGOB, convenios, contratos, acuerdos de coordinación y demás instrumentos en las materias de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos, para fortalecer el desarrollo de las labores interinstitucionales de la SEGOB en estos temas.
·  Planear estrategias y acciones de colaboración y coordinación interinstitucional con las dependencias y entidades de la APF, así como con gobiernos de entidades federativas, municipios, y los otros Poderes de la Unión, para reforzar acciones que contribuyan a los propósitos de la construcción de ciudadanía y la participación social.
·  Definir políticas en la observancia de los ordenamientos constitucionales, legales y reglamentarios en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas, para garantizar la separación iglesia-estado, la libertad de creencias, laicidad del Estado y la igualdad y autonomía de las instancias vinculadas a la religión.
·  Fijar criterios de diálogo y negociación en la resolución de los conflictos de intolerancia religiosa que se suscitan en el país, para propiciar la intervención concertada y el fomento de los valores de la tolerancia entre dos o más asociaciones religiosas.
·  Instaurar los lineamientos, criterios y bases en la gestión y trámites legales-normativos en materia de asociaciones religiosas y culto público, para regularizar la operación y funcionamiento de las agrupaciones y asociaciones religiosas en beneficio de la sociedad.
·  Definir modelos y estrategias colaborativas con las asociaciones, iglesias, agrupaciones y demás instituciones y organizaciones religiosas, para promover su participación en proyectos del Gobierno Federal en materia de reconstrucción del tejido social.
·  Dictar esquemas de impulso a los programas de promoción y concientización de las organizaciones y agrupaciones sociales y civiles sobre la adopción de valores y prácticas democráticas necesarias en la participación y desarrollo de los procesos políticos del país, para contribuir a la interacción dinámica con los Poderes de la Unión, autoridades de los tres niveles de gobierno y de justicia orientada a la consolidación y permanencia de la gobernabilidad democrática.
·  Garantizar la promoción, concertación y observancia al marco del estricto respeto al ejercicio de la libertad religiosa, para verificar que los programas y estrategias del Gobierno Federal se desarrollen bajo los preceptos constitucionales en la materia.
·  Dictar la política de prevención social del delito mediante programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, para consolidar las acciones gubernamentales de prevención y eliminación de la discriminación, así como de reconstrucción del tejido social y la cultura de paz.
·  Determinar políticas y estrategias en materia de planeación, programación, organización, control y evaluación de los programas y compromisos a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos y áreas que la conforman, para contar con reportes ejecutivos que mantengan informado al Titular de la SEGOB.
·  Establecer normas, criterios, sistemas y procedimientos que deban regir en las unidades administrativas adscritas en la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, para dar cumplimiento a las políticas que defina el Titular de la SEGOB.
·  Someter a consideración de las instancias correspondientes el Programa Operativo Anual y el anteproyecto de presupuesto de la oficina a su cargo, así como de las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, para garantizar los recursos necesarios en la consecución de objetivos, metas y programas comprometidos.
1.3.1. UNIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
OBJETIVO
Asegurar las políticas públicas en materia de construcción de ciudadanía, mediante el diálogo, acuerdos y consensos entre el gobierno y la participación activa de los ciudadanos poniendo atención a sus demandas e incorporando sus propuestas en las decisiones del Estado para la solución de los problemas de la sociedad, en coordinación con instituciones gubernamentales y no gubernamentales, de conformidad con las disposiciones jurídicas establecidas, para construir una sociedad más democrática y justa que garantice la confianza en las instituciones, la gobernabilidad y la legitimidad democrática que conforman el Estado mexicano.
FUNCIONES
·  Definir líneas generales de acción en el diseño de programas de cooperación relacionados con la participación ciudadana y la inclusión social, para fortalecer la construcción de ciudadanía y la democracia participativa del Estado mexicano.
·  Aprobar proyectos de estudios e investigación en materia de construcción de ciudadanía y participación social, para consolidar elementos que permitan la definición e implementación de programas y estrategias de desarrollo democrático, cohesión social, cultura de paz y de legalidad.
·  Determinar estrategias de vinculación interinstitucional en las materias de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos, para consolidar operaciones coordinadas con dependencias e instituciones públicas y privadas que coadyuven al fortalecimiento de la construcción ciudadana.
·  Coadyuvar en la conducción de las relaciones del Ejecutivo Federal con sus gobernados, fomentando la construcción de ciudadanía y la democracia participativa, a fin de lograr la inclusión social y la participación ciudadana en actividades de diversos temas del gobierno.
·  Autorizar las directrices generales en el desarrollo de política que fomenten la participación social, a fin de consolidar sinergias y canalizarlas a la construcción de la ciudadanía y fomento a la democracia participativa.
·  Fijar líneas de acción y de seguimiento de las estrategias implementadas en coordinación interinstitucional con instituciones públicas y privadas, a fin de fortalecer las acciones que contribuyan a los propósitos del desarrollo democrático, la participación social y la cultura de paz.
·  Instrumentar estrategias en la celebración y seguimiento de acuerdos con los tres órdenes de gobierno, órganos constitucionales autónomos, así como con actores del sector privado y social, nacional o internacional, a fin de conocer los impactos sociales en ámbitos del desarrollo democrático y la participación social.
·  Aprobar la implementación de herramientas tecnológicas de consolidación y procesamiento de información, a fin de facilitar la evaluación de la participación social y la construcción de ciudadanía, para la toma de decisiones.
·  Promover y concertar con los tres órdenes de gobierno y demás actores nacionales e internacionales, las estrategias y medidas de colaboración interinstitucional, para fortalecer el desarrollo democrático, la participación social y la cultura de la paz que permita el cumplimiento de metas y objetivos en la materia.
·  Dictaminar las propuestas en materia de convenios, contratos, acuerdos y demás instrumentos del ámbito de competencia, para eficientar los procesos de atención de las responsabilidades en materia de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, así como de prevención social del delito.
·  Determinar el desarrollo de referencias, criterios y buenas prácticas en materia de construcción ciudadana, para impulsar su incorporación en políticas, programas, estrategias y acciones que implementen las dependencias y entidades de la APF.
·  Colaborar en la formulación, ejecución, control y evaluación de los programas regionales, sectoriales, especiales e institucionales, en el ámbito de su competencia, para asegurar el cumplimiento de objetivos, estrategias y políticas establecidos por la SEGOB.
 
·  Someter a la autorización del Titular de la Subsecretaría los estudios, proyectos y propuestas de modernización, desconcentración, descentralización y simplificación administrativa de las unidades responsables que la conforman, a fin de eliminar o compactar fases de los procesos administrativos eficientando con ello la prestación de servicios.
·  Establecer mecanismos de coordinación en la formulación del programa operativo anual y anteproyecto de presupuesto de las unidades responsables coordinadas, para estimar los recursos financieros necesarios en la consecución de objetivos, metas y programas sustantivos y de apoyo.
·  Firmar los documentos derivados del ejercicio de sus atribuciones, delegación de facultades, o bien por suplencia, así como expedir certificaciones de la documentación pública que obran en los archivos de la Unidad.
1.3.1.1.    DIRECCIÓN GENERAL DE CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
OBJETIVO
Conducir las relaciones del Ejecutivo Federal con sus gobernados, fomentando la construcción de ciudadanía y la democracia participativa, conforme a las políticas y programas definidos en la materia, a fin de lograr la inclusión social y la participación ciudadana en las actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
FUNCIONES
·  Impulsar el desarrollo de estudios e investigación en materia de construcción de ciudadanía y de desarrollo de capacidades sociales, con la finalidad de incentivar la participación social, la inclusión social y la democracia participativa en el país, en estricto apego a la normatividad vigente.
·  Determinar mecanismos generales a través de los cuales se planeen acciones que coadyuven al fortalecimiento de la identidad nacional, para generar conciencia y sentimiento de pertenencia a la colectividad y del Estado mexicano.
·  Diseñar en coordinación con las dependencias y entidades de la APF, proyectos de programas y estrategias relativas a la construcción de ciudadanía y de participación social, para someterlos a consideración y autorización por parte de las autoridades de la SEGOB.
·  Promover mesas de diálogos, talleres, foros, congresos o cualquier otra actividad de deliberación que fortalezcan la construcción de ciudadanía, para desarrollar las capacidades sociales, habilidades y herramientas de inclusión y participación social en ámbitos de la vida pública y abonen a la paz.
·  Planear acciones de coordinación con autoridades gubernamentales y no gubernamentales que fomenten la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad, para promover la construcción de ciudadanía, la participación social incluyente y la democracia participativa.
·  Diseñar directrices, criterios y buenas prácticas en materia de construcción de ciudadanía, para su incorporación en programas y estrategias que implementen las dependencias y entidades de la APF y otros órdenes de gobierno.
·  Fijar líneas de acción sobre difusión de los contenidos y prácticas derivados de la implementación de acciones de construcción de ciudadanía, para promover la participación individual y colectiva de valores propicios en el desarrollo democrático que el país requiere.
·  Proponer estrategias y herramientas tecnológicas de comunicación de contenidos y prácticas de acciones de construcción de ciudadanía, para someterlas a consideración de su superior jerárquico.
·  Coordinar diversas estrategias para el uso de tecnologías de la información, medios digitales y de comunicación que permitan la difusión tanto de contenidos y prácticas en materia de construcción de ciudadanía y participación social, los cuales contribuyan al mejoramiento de los procesos sociales participativos y una cultura democrática en México.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
 
1.3.1.2. DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
OBJETIVO
Asegurar la coordinación interinstitucional con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, autoridades de los tres órdenes de gobierno, órganos constitucionales autónomos, así como con actores del sector privado y social, a fin de consolidar e instrumentar estrategias y programas de promoción del desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y demás en el ámbito de competencia.
FUNCIONES
·  Determinar estrategias de promoción de acuerdos con autoridades de la APF y de los distintos órdenes de gobierno, así como con actores privados y sociales, para garantizar los mecanismos de coordinación en asuntos en las materias de desarrollo democrático, participación social y asuntos religiosos, y demás que las disposiciones confieran a la Subsecretaría.
·  Instrumentar criterios de coordinación interinstitucional en asuntos de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, etc., para dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas vigentes en la materia.
·  Dirigir la articulación y seguimiento de políticas, programas y acciones en los temas que las disposiciones jurídicas establezcan a la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, en coordinación con instancias e instituciones públicas y otros actores, para evaluar el impacto ciudadano y social en regiones, entidades o zonas específicas del país.
·  Coadyuvar con dependencias federales, así como con los Poderes Legislativo y Judicial, y demás actores estratégicos nacionales e internacionales, para el intercambio y sistematización de buenas prácticas de actuación en las materias que las disposiciones jurídicas establecen a la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.
·  Garantizar la representatividad de la SEGOB en grupos de trabajo, comités, comisiones y demás espacios de colaboración interinstitucional, para exponer los argumentos y posicionamientos sobre estrategias, programas y acciones de participación ciudadana.
·  Fijar las directrices en el diseño de modelos de convenios de colaboración interinstitucionales, que fortalezcan el desarrollo democrático, la participación social y la cultura de paz, para desplegar los programas y acciones en estas materias, conjuntamente con las dependencias y entidades de la APF.
·  Encauzar por la vía institucional los acuerdos de colaboración interinstitucional con autoridades de los distintos órdenes de gobierno, para fortalecer el desarrollo democrático, la participación social y la cultura de paz.
·  Establecer directrices en la interlocución con diversos actores en materias de desarrollo democrático, formación cívica, prevención social del delito, asuntos religiosos, etc., para crear Comités Técnicos y Grupos de Trabajo interinstitucionales de evaluación de programas y acciones en dichos temas.
·  Conducir criterios generales en la sistematización informativa de los acuerdos y consensos interinstitucionales que se generen en las materias de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, para eficientar los procesos de procesamiento de datos que permitan conocer los avances y/o cumplimiento de estos compromisos.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.3.2. UNIDAD DE DESARROLLO DEMOCRÁTICO
OBJETIVO
Conducir las políticas, estrategias y programas de planeación, difusión y promoción del desarrollo democrático y sus procesos entre los diversos sectores y representantes de la población mexicana, fomentando la identidad nacional, así como la cultura cívica y la vinculación con las organizaciones en las labores de Estado, a fin de contribuir en la participación social y ciudadana en acciones gubernamentales, el respeto a los derechos de terceros como ejes de la consolidación de la democracia y la paz social en México.
 
FUNCIONES
·  Instrumentar planes y estrategias en el desarrollo de estudios y proyectos de políticas en materias que las disposiciones establecen a la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, para ponerlos a disposición tanto de especialistas interesados, como de la sociedad en general.
·  Establecer directrices y mecanismos en la conducción de las relaciones del Ejecutivo Federal con organizaciones y agrupaciones políticas, sociales y civiles nacionales y locales en materias de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos y otros, competencia de la Subsecretaría, para fortalecer a las instituciones, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos de terceros.
·  Establecer directrices y mecanismos en el manejo de las relaciones y alianzas del Ejecutivo Federal con organizaciones sociales, políticas nacionales y locales sobre la representatividad, legitimidad y ejercicio de los intereses de los diversos sectores de la población, para coadyuvar a la simplificación de los procesos que coadyuven a fortalecer el Estado de Derecho basados en los principios del desarrollo democrático y la cultura cívica.
·  Autorizar programas y acciones de promoción y concientización con las organizaciones y agrupaciones políticas, sociales, civiles y población en general sobre la adopción de valores y prácticas democráticas necesarias en la participación y desarrollo del país, para contribuir a la interacción dinámica con los Poderes de la Unión, autoridades de los tres niveles de gobierno y de justicia orientada a la consolidación y permanencia de la gobernabilidad democrática.
·  Formular políticas públicas y directrices que impulsen el desarrollo democrático, la formación cívica, la participación ciudadana, la cohesión social, la cultura de paz y de legalidad, la prevención social del delito y los asuntos religiosos, para asistir en el rediseño institucional, el respeto y credibilidad de la población, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la funcionalidad del sistema político mexicano.
·  Determinar directrices y mecanismos de análisis de los procesos políticos que permitan el desarrollo e impulso democrático del país, así como la colaboración entre los Poderes de la Unión y demás órganos del Estado, a fin de promover el fortalecimiento del Estado de Derecho, la observancia del orden jurídico y el respeto a los derechos ciudadanos.
·  Instrumentar estrategias de desarrollo de programas y acciones que consoliden y promuevan la cultura política y cívica, así como de la difusión de los valores y principios democráticos, para contribuir a la educación y ejercicio consciente de la participación ciudadana orientado a los fines sociopolíticos de la Nación.
·  Establecer en coordinación con la Dirección General de Estudios Legislativos preceptos y criterios generales que regulen la elaboración de estudios y diagnósticos sobre temas del desarrollo y gobernabilidad democrática del país, para garantizar la participación proactiva de la sociedad en la modernización de las instituciones y órganos del Estado.
·  Fijar los mecanismos y criterios generales en la atención de solicitudes, invitaciones y proyectos que formulen las organizaciones de la sociedad civil a la SEGOB, en materia de construcción de políticas que contribuyan a la gobernabilidad y desarrollo político del país, para consolidar estudios sobre la modernización de las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
·  Dirigir líneas generales de acción en la definición y evaluación de los indicadores estratégicos de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, y sus unidades coordinadas para contar con las herramientas que permitan conocer los avances y/o cumplimiento de las metas y objetivos institucionales establecidos.
·  Formular directrices y mecanismos relativos a la definición y publicación del calendario oficial y el cívico, enfatizando las efemérides y conmemoraciones cívicas, para fortalecer la conciencia histórica y el sentido de identidad nacional entre los mexicanos.
·  Emitir lineamientos e instrumentos en materia de difusión y promoción de los símbolos patrios con estricto respeto a Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para contribuir al fortalecimiento de los emblemas y valores que establecen y determinan el sentido de pertenencia e
identidad entre los mexicanos.
·  Instrumentar normas sobre el uso de los símbolos patrios, así como de la implementación de programas de asesoría sobre el conocimiento y observancia al cumplimiento de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales en la realización de ceremonias, eventos oficiales de carácter nacional e internacional, para asegurar la vigilancia y cumplimiento de los protocolos establecidos en el rubro conforme a la regulación aplicable en la materia.
·  Dirigir las políticas y criterios generales sobre la integración, actualización, manejo y resguardo de la información competencia de la Unidad de Desarrollo Democrático, tanto de los sistemas informáticos como de los acervos físicos, para asegurar la organización y disposición de datos, documentos y catálogos bibliográficos en apego a los ordenamientos y normatividad establecida en la materia.
·  Expedir criterios en el desarrollo de diagnósticos de los diversos temas de interés público con perspectivas basadas en la legalidad, la libertad, el pluralismo, el acuerdo y las preferencias ciudadanas, así como de los factores de desinterés en materia política, a fin de generar datos estratégicos e indicadores que permitan la conducción y adecuación de los objetivos de la Unidad.
·  Definir políticas en el diseño de planes y programas de interacción y retroalimentación de información en materia de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos y otros competencia de la Subsecretaría, con dependencias, entidades de la APF e instituciones académicas y de investigación especializadas, para contar con insumos de conocimiento sustentables y compatibles en la formulación de contenidos de desarrollo y promoción de los valores y principios democráticos.
·  Auxiliar dentro del ámbito de competencia de la Unidad de Desarrollo Democrático en la elaboración de estudios e investigaciones sobre hombres o mujeres postulados en carácter ilustre, así como en la realización de ceremonias y rendición de honores conforme a los protocolos y merecimientos otorgados, para asegurar la provisión de elementos de valoración necesarios en el cumplimiento y desarrollo de los actos cívicos.
·  Establecer estrategias en la administración de recursos financieros, humanos, materiales y tecnológicos, para contribuir en la operación y funcionamiento de la Unidad y áreas que la conforman.
1.3.2.1. DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA DEMOCRÁTICA Y FOMENTO CÍVICO
OBJETIVO
Establecer acciones, políticas y mecanismos de promoción a la cultura democrática y fomento cívico, así como la vigilancia sobre el uso de los símbolos patrios, para garantizar el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática y el fomento de la identidad nacional entre los mexicanos.
FUNCIONES
·  Fijar las directrices y mecanismos de evaluación de políticas e instrumentos programáticos en las diversas materias cuya competencia corresponda a la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, para asegurar que las mismas se desarrollen en estricto apego a la normatividad vigente.
·  Autorizar el diseño e implementación de indicadores relacionados con el Sistema de Planeación Estratégica, para consolidar informes institucionales sobre metas y objetivos en materia de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos.
·  Emitir mecanismos generales de acción en el proceso de consolidación de datos de relevancia institucional sobre la gestión pública de la SEGOB, para contribuir en la integración de informes en las materias competencia de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.
·  Establecer políticas y lineamientos generales en materia de sistematización de información relativa al desarrollo político del país y la cultura de la legalidad, para contar con elementos que permitan el diseño de estrategias que fortalezcan la gobernabilidad democrática del país.
·  Dirigir y promover la celebración de convenios y elaboración de programas y políticas públicas en
materia de valores y principios democráticos, para garantizar la consolidación de la cultura cívica, de la legalidad, la identidad nacional y el fortalecimiento de las instituciones.
·  Instrumentar acciones relacionadas con la organización y participación en conferencias, seminarios, coloquios, mesas redondas y demás foros de discusión y análisis nacionales e internacionales sobre el desarrollo democrático, la cultura cívica y de la legalidad, para consolidar información que coadyuve a la toma de decisiones en la materia.
·  Difundir el calendario oficial y cívico, enfatizando las efemérides y conmemoraciones cívicas, para fortalecer el sentido de identidad nacional entre los mexicanos.
·  Establecer mecanismos de vigilancia a lo establecido en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para garantizar que los actos en los que se difundan estos símbolos patrios, se desarrollen de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias, o en su caso, se emitan las medidas administrativas que procedan.
·  Instrumentar políticas sobre el uso y respeto de símbolos patrios del Escudo y de la Bandera y de la ejecución del Himno Nacional, para garantizar la regulación en la materia.
·  Implementar acciones de coordinación en la realización de estudios sobre temas de desarrollo democrático, formación cívica, participación ciudadana, cohesión social, cultura de paz y de legalidad, prevención social del delito y asuntos religiosos, para contar con elementos técnico-normativos que sustente la toma de decisiones en la construcción de políticas públicas en las materias.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.3.2.2. DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
OBJETIVO
Asegurar el desarrollo de programas, políticas y estrategias de vinculación y coordinación con las organizaciones de la sociedad civil, de conformidad con los acuerdos y preceptos legales aplicables para establecer mecanismos que promuevan la comunicación y colaboración entre estas y el Poder Ejecutivo, así como con las demás instancias y entidades de la Administración Pública Federal.
FUNCIONES
·  Diseñar directrices de vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, para fomentar la participación ciudadana en la definición y ejecución de las políticas públicas, proyectos y acciones del Gobierno Federal.
·  Instrumentar líneas de acción sobre el seguimiento de políticas y estrategias de coordinación con las organizaciones de la sociedad civil, para contribuir en los procesos de fortalecimiento y desarrollo democrático del país.
·  Establecer acciones en materia de asesoría, capacitación e intercambio de experiencias con las organizaciones de la sociedad civil, para promover y fortalecer su participación en los asuntos públicos y contribuir al desarrollo democrático del país.
·  Instrumentar acciones relacionadas con la organización, participación y fomento de conferencias, seminarios, coloquios, mesas redondas y demás espacios de discusión y análisis nacionales e internacionales sobre asuntos de la sociedad civil, para consolidar información que coadyuve a la toma de decisiones de las instancias superiores de la Institución.
·  Promover la concertación de acciones sobre temas y asuntos competencia de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, para consolidar el diálogo y la consulta con las organizaciones de la sociedad civil.
·  Establecer estrategias de colaboración entre organizaciones de la sociedad civil y la APF, para resolver cuestiones de interés común, en el ámbito de sus responsabilidades.
·  Establecer los mecanismos de coadyuvancia en las relaciones del poder Ejecutivo Federal, con las organizaciones de la sociedad civil, para asegurar los canales de comunicación y concertación que
construyan pactos colectivos.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.3.3.       UNIDAD DE ASUNTOS RELIGIOSOS, PREVENCIÓN Y LA RECONSTRUCCIÓN DEL TEJIDO SOCIAL
OBJETIVO
Dirigir la implementación de políticas públicas del Ejecutivo Federal en materia de asuntos religiosos y prevención social del delito, orientadas a la reconstrucción del tejido social, mediante la colaboración y participación activa de la sociedad civil y los tres órdenes de gobierno, en cumplimiento a los planes, programas y disposiciones jurídicas aplicables, a fin de fortalecer la cultura de la paz y la legalidad que contribuyan en la gobernabilidad democrática del país.
FUNCIONES
·  Conducir las estrategias de instrumentación de los programas relativos a la inclusión y cohesión social, de prevención del delito, y de reconstrucción del tejido social, así como de la cultura de paz y legalidad a cargo de la APF, para contribuir en el cumplimiento de las acciones transversales que deriven del Plan Nacional de Desarrollo en estas materias.
·  Fijar líneas generales de acción en la implementación de las políticas públicas en materia de prevención social del delito, así como de la cultura de paz y la legalidad, para fortalecer las estrategias y programas que contribuyan en la atención y eliminación de conductas de discriminación o vulnerabilidad de grupos sociales en el país.
·  Aprobar y promover modelos de análisis e interpretación de información relativa a la delincuencia y violencia social que se registre en las entidades federativas, en los municipios y en las alcaldías, para desarrollar estudios que identifiquen las causas sociales de los fenómenos delincuenciales, a fin de contar con elementos que contribuyan a la reconstrucción del tejido social.
·  Consolidar esquemas de cooperación técnica e intercambio de información en materia de prevención social del delito con organismos locales, estatales, nacionales e internacionales, para contar con datos cualitativos y cuantitativos que permitan crear mecanismos conjuntos que coadyuven en la reconstrucción del tejido social.
·  Definir y promover programas orientados a la evaluación de la prevención social del delito y la cultura de paz, a través de acciones de fortalecimiento de la reconstrucción del tejido social, en coordinación con los actores gubernamentales y no gubernamentales, para contribuir en la estrategia integral de pacificación.
·  Autorizar la instrumentación y seguimiento de programas y protocolos en materia de prevención social del delito y la cultura de paz, para evaluar los resultados y redirigir estrategias de reconstrucción del tejido social a grupos y/o zonas geográficas específicas.
·  Dirigir directrices en la conducción y fortalecimiento de las relaciones del poder Ejecutivo Federal con las asociaciones, agrupaciones, instituciones, y demás organizaciones religiosas, para asegurar la representatividad de la SEGOB en asuntos que las disposiciones legales establecen en materia religiosa.
·  Garantizar la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia religiosa, para contribuir en la regularización de los actos y acciones realizadas por las asociaciones, agrupaciones, instituciones y organizaciones religiosas.
·  Instrumentar mecanismos de concertación y colaboración con las iglesias, organismos y agrupaciones religiosas, en la implementación y seguimiento a programas y estrategias en materia de prevención social del delito y la cultura de paz, para fortalecer acciones y acuerdos que coadyuven a la reconstrucción del tejido social en sus comunidades.
·  Determinar las acciones y procesos de análisis e interpretación que permitan la atención de asuntos
religiosos, con el fin de dar cumplimiento a las atribuciones conferidas en la materia a la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos dentro del marco normativo aplicable.
·  Colaborar en la formulación, ejecución, control y evaluación de los programas regionales, sectoriales, especiales e institucionales, en el ámbito de su competencia, para asegurar el cumplimiento de objetivos, estrategias y políticas establecidos por la Secretaría.
·  Someter a la autorización del Titular de la Subsecretaría los estudios, proyectos y propuestas de modernización, desconcentración, descentralización y simplificación administrativa de la Unidad y direcciones generales que la conforman, a fin de eliminar o compactar fases de los procesos administrativos eficientando con ello la prestación de servicios.
·  Establecer mecanismos de coordinación en la formulación del programa operativo anual y anteproyecto de presupuesto de la Unidad y las áreas responsables coordinadas, para estimar los recursos financieros necesarios en la consecución de objetivos, metas y programas sustantivos y de apoyo.
·  Firmar los documentos derivados del ejercicio de sus atribuciones, delegación de facultades, o bien por suplencia, así como expedir certificaciones de la documentación pública que obran en los archivos de la Unidad.
1.3.3.1. DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS RELIGIOSOS
OBJETIVO
Instrumentar la política del poder Ejecutivo Federal en materia religiosa de conformidad con los preceptos constitucionales, respetando el carácter laico del estado y el principio histórico de la separación del estado y la iglesia, para contribuir en el pleno ejercicio de la libertad de culto, creencias religiosas y fomentar la cultura de la tolerancia con respecto a la pluralidad religiosa, así como promover la reconstrucción del tejido social y la cultura de la paz.
FUNCIONES
·  Implementar mecanismos generales en la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia religiosa, para contribuir en la regularización de las asociaciones, iglesias, agrupaciones, instituciones y organizaciones religiosas.
·  Instituir estrategias de comunicación, colaboración y vinculación del poder Ejecutivo Federal con las asociaciones, iglesias, agrupaciones, instituciones y organizaciones religiosas, para impulsar el fortalecimiento y desarrollo de las relaciones Estado-Iglesia.
·  Fijar líneas generales en el desarrollo de los programas y acciones correspondientes a la política del Ejecutivo Federal en materia religiosa, para regular el funcionamiento y operación de las instancias religiosas conforme al marco normativo aplicable.
·  Fungir como representante y actuar en nombre del Ejecutivo Federal en las relaciones con asociaciones, iglesias, agrupaciones e instituciones religiosas, para eficientar los procesos de diálogo y atención de los asuntos en materia religiosa.
·  Determinar líneas generales de acción en la resolución de solicitudes de registro constitutivo de las iglesias, agrupaciones, entidades, divisiones u otras formas de asociaciones religiosas, para eficientar los procesos de atención, análisis y dictaminación que permitan asignarles personalidad jurídica.
·  Establecer directrices en la actualización de los registros de las asociaciones religiosas previstos en la normatividad aplicable en la materia, para contar con información que fundamente la atención de asuntos en la materia y la toma de decisiones.
·  Fijar los mecanismos relativos a la expedición de certificaciones, declaratorias de procedencia y constancias en materia religiosa conforme a la normatividad correspondiente, para eficientar los procesos de atención, trámite y respuesta.
·  Definir directrices generales en la sustanciación de los trámites relacionados sobre las aperturas de
templos o locales destinados a uso religioso; nombramientos, separación, renuncia o movimiento de ministros, asociados y representantes de las asociaciones religiosas, así como de la celebración de actos de culto religioso públicos extraordinarios fuera de los templos, para registrar y sistematizar la resolución de dichos tramites y contribuir al cumplimiento de lo dispuesto en la normatividad aplicable.
·  Definir lineamientos y mecanismos orientados a la resolución del procedimiento administrativo relativo a las cancelaciones de registros constitutivos de asociaciones religiosas, para eficientar los procesos de atención, trámite y respuesta.
·  Conducir la atención, análisis y resolución de las solicitudes presentadas por las asociaciones religiosas sobre los permisos relacionados con la transmisión de actos de culto religioso en medios masivos de comunicación no impresos, para asegurar que la difusión de los mensajes no trasgreda la moral, el orden público o el derecho de terceros.
·  Dictar líneas generales de coordinación y colaboración con las dependencias y entidades de la APF en la regularización, conservación y protección de bienes inmuebles propiedad de la Nación, así como aquéllos con valor arquitectónico, artístico o histórico en uso de las asociaciones religiosas, para contribuir a la preservación del patrimonio cultural de la Nación.
·  Emitir opinión acerca del otorgamiento de visa, internación y estancia en el país de los Ministros de culto extranjeros, para valorar la procedencia de las prerrogativas aplicables a las asociaciones religiosas.
·  Conducir la resolución de los procedimientos de conciliación y arbitraje de los conflictos entre asociaciones religiosas, para procurar la impartición de justicia en las controversias, o en su caso, canalizar aquéllos que sean competencia de otra autoridad.
·  Dirigir la sustanciación de los procedimientos administrativos en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones jurídicas de la dependencia en la imposición de sanciones.
·  Instrumentar los mecanismos en la atención y seguimiento de las quejas por conductas de intolerancia religiosa, para fomentar la participación e intervención de las instancias competentes que proteja el respeto a la libertad de culto.
·  Establecer líneas generales en el desarrollo y coordinación en programas, cursos, seminarios, foros, diplomados y actos culturales, para coadyuvar a la difusión y fomento de la cultura, tolerancia y pluralidad religiosa, que promuevan la reconstrucción del tejido social y la cultura de paz.
·  Establecer directrices que promuevan estrategias, proyectos, protocolos, acciones y acuerdos en el estricto respeto al ejercicio de la libertad religiosa, para coadyuvar en la consecución de las atribuciones conferidas en la materia.
·  Implementar mecanismos que generen la concertación de las asociaciones y agrupaciones religiosas, a fin de que estas coadyuven al logro de las atribuciones establecidas en la materia.
·  Establecer y dirigir estrategias generales de colaboración entre asociaciones religiosas, iglesias, y demás organizaciones e instituciones religiosas, a fin de participar en proyectos que promuevan la reconstrucción del tejido social y la cultura de la paz.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.3.3.2.    DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCIÓN DEL TEJIDO SOCIAL
OBJETIVO
Consolidar políticas, directrices y criterios en materia de reconstrucción del tejido social, así como, los planes, programas y acciones necesarias para su aplicación, en coordinación y colaboración con las entidades de la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldías, instituciones públicas y privadas, organizaciones sociales, nacionales e internacionales, y la comunidad, de conformidad con la normatividad aplicable, a fin de garantizar la inclusión y cohesión social, la prevención social del delito y la cultura de paz y legalidad.
FUNCIONES
 
·  Presentar a la aprobación del superior jerárquico, la política de la prevención social del delito a través de la reconstrucción del tejido social, para contribuir en el fortalecimiento de las estrategias de reconstrucción del tejido social y del desarrollo de una cultura de paz y legalidad.
·  Establecer líneas generales de acción en el desarrollo de la política en materia de reconstrucción del tejido social aprobadas por la C. Secretaria de Gobernación, para contar con los elementos técnicos que fundamenten la generación de esquemas y programas de prevención social del delito, cohesión e inclusión social, a través de la reconstrucción del tejido social.
·  Definir estrategias en materia de análisis, estudios e identificación de la situación social, para contar con elementos de apoyo e impulso de las acciones que contribuyan a la reconstrucción del tejido social y la prevención social del delito.
·  Presentar a la aprobación del superior jerárquico los indicadores de desempeño en materia de prevención social del delito, a fin de contar con herramientas metodológicas que contribuyan en la evaluación y reorientación de las estrategias y acciones implementadas, fortaleciendo las políticas públicas y el quehacer de la Secretaría, sobre el tema.
·  Establecer en coordinación con las dependencias y entidades competentes de la APF y de las entidades federativas, de los municipios y de las alcaldías, la creación de entornos seguros y la apropiación de espacios públicos por la población, para contribuir en la atención y aplicación de la estrategia integral de pacificación.
·  Proponer a su superior jerárquico los espacios que faciliten la participación de la ciudadanía en los procesos en materia de reconstrucción del tejido social y la prevención social del delito, para asegurar el desarrollo de diagnósticos, planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de proyectos en el tema.
·  Instrumentar líneas generales de coordinación y colaboración con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, para coadyuvar en la implementación de estrategias que contribuyan en el cumplimiento de las metas establecidas en materia de reconstrucción del tejido social y prevención social del delito.
·  Definir las directrices en los procesos de cooperación técnica e intercambio de información en materia de prevención social del delito con organismos locales, estatales, nacionales e internacionales, para contar con los insumos técnicos que permitan desarrollar metodologías, programas y acciones de fortalecimiento y reconstrucción del tejido social.
·  Determinar criterios e instrumentos de evaluación de los planes, programas y acciones implementadas en materia de prevención social del delito y reconstrucción del tejido social, para verificar que se encuentren alineados a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.0.2. UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
OBJETIVO
Dirigir y coordinar el proceso de ejecución de los servicios de apoyo administrativo en materia de planeación, programación, presupuesto, tecnologías de la información, recursos humanos, recursos materiales, contabilidad y archivos de la Secretaría, a fin de aprovechar óptimamente los recursos que les sean autorizados a las unidades administrativas para el desempeño de las funciones.
FUNCIONES
·  Establecer y coordinar la implementación de estrategias internas de planeación y administración de los recursos humanos, para asegurar la operación de los procesos de conformidad con la normatividad en la materia.
·  Dirigir el proceso de actualización de los instrumentos administrativos internos, con la finalidad de expedirlos y dar cumplimiento a la normatividad aplicable.
 
·  Dirigir la elaboración de los programas de reclutamiento, selección, capacitación, desarrollo, evaluación del desempeño, separación, remuneraciones, beneficios, estímulos y recompensas del personal observando las políticas, normas y lineamientos emitidos en la materia.
·  Instruir el desarrollo de las acciones para la elaboración y trámite en la SHCP y la SFP, de los movimientos de estructuras orgánicas, ocupacionales y plantillas de personal, así como la contratación de servicios profesionales bajo el régimen de honorarios o de personal eventual; con la finalidad de obtener las debidas autorizaciones.
·  Aprobar, en su caso la organización del OIC, previo acuerdo de la persona Titular de la SEGOB, a fin de mantenerla actualizada.
·  Dirigir las relaciones laborales de la SEGOB, así como expedir los nombramientos, cambios de adscripción y separaciones del personal, en los términos de las leyes aplicables.
·  Promover la incorporación de la perspectiva de género y el enfoque de igualdad en la cultura organizacional de la SEGOB.
·  Coordinar la programación y presupuestación de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo para los bienes muebles e inmuebles de la SEGOB, con la finalidad de garantizar la vida útil de los mismos.
·  Dirigir las acciones necesarias para preservar la integridad física del personal que labora en la SEGOB y de las personas que la visitan, así como la de sus bienes muebles e inmuebles y la información documental y electrónica de su propiedad.
·  Dirigir la elaboración, establecimiento, control y evaluación de los instrumentos internos en materia de protección civil con el propósito de contar con mecanismos que puedan garantizar la integridad de los servidores públicos, de los activos, los bienes, la información y las instalaciones de la SEGOB.
·  Coordinar la formulación, contratación y ejecución, cuando así corresponda, de los programas anuales de obra pública, adquisiciones de bienes y servicios, conservación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles de la SEGOB, así como la regularización jurídica de los últimos.
·  Establecer las estrategias orientadas a proporcionar a la SEGOB el apoyo administrativo en materia de archivo, para vigilar el cumplimiento de los lineamientos normativos establecidos.
·  Dirigir y coordinar las acciones que permitan el control y organización de los archivos de trámite, concentración e histórico de las unidades administrativas de la SEGOB.
·  Coordinar la prestación de los servicios de tecnologías de información y los sistemas informáticos institucionales, a fin de proporcionarlos a las diferentes unidades administrativas de la SEGOB.
·  Dirigir los servicios de apoyo administrativo en materia de diseño de sistemas y equipamiento informático, comunicaciones y archivo y demás que sean necesarios para el mejor despacho de los asuntos de la SEGOB.
·  Instruir que se proporcionen los servicios de apoyo administrativo en materia de diseño de sistemas y equipamiento informático, comunicaciones y archivo y demás que sean necesarios para el mejor despacho de los asuntos de la SEGOB.
·  Coordinar la administración de los recursos presupuestales y financieros, con la finalidad de dar cumplimiento a los programas institucionales a través de servicios oportunos y de calidad en materia de programación y presupuesto.
·  Coordinar la elaboración de los informes financieros y rendición de cuentas con la información programática, presupuestal y financiera de la SEGOB, para cumplir con la normatividad establecida.
·  Instruir la integración de los anteproyectos de las unidades administrativas que integran la Secretaría.
·  Autorizar las erogaciones de la SEGOB, a fin de vigilar el ejercicio del presupuesto e instruir se lleve a cabo su contabilidad.
·  Someter a la consideración de la persona Titular de la SEGOB, los programas en materia de gasto
público que deriven del Presupuesto de Egresos de la Federación y de las disposiciones jurídicas que emitan la SHCP y la SFP, así como supervisar su ejecución y evaluar su cumplimiento.
·  Dirigir y coordinar el desarrollo del proceso contable de las operaciones financieras y presupuestarias de la SEGOB, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones fiscales y con la rendición de cuentas establecidas en la normatividad de la materia.
·  Instruir los trámites ante la Oficina de la Presidencia, la SHCP, SFP y demás instancias competentes de los procesos bajo su cargo, a fin de dar cumplimiento a la normatividad aplicable.
·  Atender las directrices generales que emita la Oficialía Mayor de la SHCP.
·  Expedir la certificación de los documentos que obren en los archivos de la Unidad de Administración y Finanzas.
·  Desempeñar las funciones y comisiones en materia de su competencia, que la persona Titular de la SEGOB le delegue y encomiende sobre el cumplimiento de las mismas.
·  Informar a la persona Titular de la SEGOB y la Oficialía Mayor de la SHCP, de los asuntos relevantes de las unidades administrativas que le sean adscritas.
·  Coordinar la elaboración de bases y la celebración de convenios y demás instrumentos jurídicos que resulten necesarios, para la adecuada administración de los recursos en la SEGOB.
·  Suscribir los convenios y contratos que afecten el presupuesto de la SEGOB y los demás actos de administración que requieran ser documentados conforme a los lineamientos que fije la persona Titular de la SEGOB y la persona Titular de la Oficialía Mayor de la SHCP.
·  Instruir la implementación de normas, procedimientos y sistemas de administración interna en materia de recursos humanos, materiales y financieros, así como de servicios generales y tecnologías de información y comunicaciones que establezca, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Llevar a cabo el establecimiento de mecanismos para simplificar, desregular y mejorar las disposiciones administrativas en materia de planeación, presupuestación y administración de recursos humanos, materiales y financieros de la SEGOB.
·  Coordinar los trámites correspondientes de las instituciones de su sector, en procesos de ejecución de los servicios de apoyo administrativo en materia de planeación, programación, presupuesto, tecnologías de la información, recursos humanos, recursos materiales, contabilidad y archivos, ante las instancias normativas.
·  Dirigir la gestión de la autorización, asignación y modificación de las partidas del ramo administrativo del Presupuesto de Egresos de la Federación, ante la SHCP.
·  Establecer y mantener el enlace de comunicación y coordinación en materia financiera, entre la SEGOB y las Entidades del Sector.
·  Cumplir con las funciones que correspondan al puesto de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y realizar aquellas que le encomienden sus superiores(as) jerárquicos(as).
1.0.2.1. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
OBJETIVO
Administrar los recursos humanos en la Secretaría de Gobernación, de conformidad con el marco normativo emitido por las instancias globalizadoras en la materia, para contribuir en la operación, funcionamiento y en el logro de los objetivos y estrategias de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la dependencia.
FUNCIONES
·  Determinar líneas generales de acción en la implantación, operación y aplicación de las políticas, lineamientos y demás normativa en materia de administración y desarrollo de personal, emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, para asegurar la formulación, instrumentación y ejecución de los planes y programas de recursos humanos, en apego al marco
jurídico aplicable.
·  Dictar estrategias de acción en la formulación del anteproyecto de presupuesto anual y de la Cuenta Pública en lo correspondiente al capítulo de servicios personales, para determinar los requerimientos presupuestales y de operación de la SEGOB del siguiente ejercicio fiscal, con base en la medición de los resultados de la gestión financiera de los recursos de servicios personales.
·  Implementar mecanismos de coordinación en la aplicación de las normas y procedimientos para el pago de las remuneraciones al personal y de la operación del sistema de pago de la dependencia, a fin de determinar la emisión o suspensión de cheques, aplicación de descuentos, retenciones, recuperación de salarios no devengados y demás medidas disciplinarias y sanciones administrativas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Establecer vínculos de participación en los procesos de revisión y modificación de las Condiciones Generales de Trabajo que rigen las relaciones laborales de los trabajadores de la dependencia, para asegurar acciones de promoción sobre la aplicación de las medidas disciplinarias y sanciones administrativas contempladas en dicho instrumento.
·  Definir las políticas relativas a la observancia de las relaciones con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la SEGOB y con los demás organismos competentes, con el apoyo de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, para garantizar el cumplimiento de los derechos, obligaciones y prestaciones del personal en servicio.
·  Fomentar y promover mecanismos de innovación en los sistemas y procedimientos en materia de reclutamiento, selección, contratación, inducción, evaluación, prestaciones, servicios sociales, así como movimientos e identificación del personal de la SEGOB, para contar con herramientas que agilicen los procesos administrativos de los temas de su competencia.
·  Establecer mecanismos de difusión sobre la operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera, así como de los subsistemas que lo integran, para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso al servicio público de la dependencia.
·  Acordar con la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, los movimientos de personal y los casos de terminación de los efectos de los nombramientos ordenados por la persona Titular de la SEGOB, así como, emitir en coordinación con las unidades administrativas de la dependencia, los nombramientos de los servidores públicos de la dependencia, para asegurar el cumplimiento de las disposiciones en materia de contratación y separación.
·  Emitir las normas generales en materia de integración, actualización y control de expedientes, para asegurar que se cuente con los documentos personales y administrativos de las personas servidoras públicas de la SEGOB.
·  Instrumentar políticas y estrategias de acción en la formulación y actualización del Catálogo Institucional de Puestos y el Tabulador de Sueldos de la SEGOB, para mantener la congruencia con los catálogos del Gobierno Federal.
·  Establecer líneas generales de acción en materia diseño y operación del Programa de Capacitación, Adiestramiento y Desarrollo de Personal, así como de la operación de la Comisión Nacional Mixta de Capacitación y Productividad, para fomentar y fortalecer las capacidades y competencias laborales en los servidores públicos de la SEGOB.
·  Dirigir los procesos de validación de la cuantificación y costeo de los programas de reclasificación y requerimientos de recursos humanos, para contribuir en la atención de las solicitudes en la materia por parte de las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB.
·  Establecer líneas generales relativas a la administración del Sistema Escalafonario, así como de asesoramiento a los representantes de la SEGOB ante la Comisión Nacional Mixta de Escalafón y demás comisiones análogas, para promover el desarrollo y ascenso de los servidores públicos por mérito laboral.
 
·  Definir estrategias en los procesos de operación y actualización del Sistema de Administración de Recursos Humanos, para asegurar los niveles de servicio que requieran las unidades responsables y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB.
·  Dictar estrategias de acción encaminadas a establecer y promover programas internos de bienestar social, salud y acciones de protección al ingreso económico de los trabajadores, para asegurar el otorgamiento de los servicios y el fomento de la participación de los trabajadores y sus familiares en actividades culturales, deportivas y recreativas.
·  Determinar líneas generales de acción en la prestación de los servicios en materia de desarrollo infantil, eventos culturales y deportivos, y el apoyo en el desarrollo de los actos sociales y festividades dirigidas a los trabajadores de la SEGOB, así como eventos institucionales, para garantizar el otorgamiento de estas prestaciones a sus trabajadores.
·  Establecer estrategias de colaboración con la Unidad General de Asuntos Jurídicos en las diligencias e investigaciones relativas al incumplimiento de obligaciones laborales en que pudiera incurrir el personal, para asegurar la instrumentación de las medidas correctivas de carácter administrativo que jurídicamente correspondan.
·  Dirigir los procesos de formulación, instrumentación y evaluación en materia de recursos humanos, de los programas sectoriales, regionales, especiales e institucionales a cargo de la SEGOB, para contribuir en la atención de los requerimientos de personal que permitan el funcionamiento de las áreas de la dependencia.
·  Establecer las acciones de participación en el Programa Interno de Protección Civil y de las normas en materia de prevención de riesgos profesionales y accidentes de trabajo, para asegurar la atención de las recomendaciones de la Comisión Nacional Mixta de Seguridad e Higiene.
·  Dirigir líneas generales de acción de promoción y coordinación de la participación de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB en el análisis y evaluación de su normativa interna, con la finalidad de lograr acuerdos y consensos que mejoren su funcionamiento.
·  Definir estrategias orientadas al diseño e implementación de programas de mejoramiento, simplificación y desregulación de la normativa interna de carácter administrativo, para eficientar la operación y funcionamiento de la dependencia, así como de los servicios que se brindan a la ciudadanía.
·  Impulsar políticas y programas de mejoramiento, simplificación, automatización de los trámites, servicios y procesos de gestión administrativa, así como la descentralización y desconcentración de funciones, para contribuir en la modernización y la funcionalidad de las unidades y órganos de la SEGOB.
·  Instrumentar metodologías de estudio y análisis sobre modelos de gestión gubernamental, para contar con elementos técnicos especializados que contribuyan en el desarrollo administrativo integral de la SEGOB.
·  Establecer políticas relativas al desarrollo de prácticas administrativas que contribuyan al mejoramiento de la calidad de los procesos y servicios de la SEGOB, para presentarlas a consideración del superior jerárquico como instancia responsable de la regulación interna de la dependencia.
·  Establecer acciones estratégicas relativas a la evaluación y rediseño de los procesos de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para contribuir en la optimización y operación de dichos procesos.
·  Fijar indicadores respecto a las metas y programas institucionales de las unidades responsables y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para contar con instrumentos de medición que permitan la cuantificación, seguimiento y evaluación de los programas que se formulen.
·  Expedir lineamientos y criterios técnicos en materia de organización, funcionamiento, modernización,
innovación, simplificación, desconcentración y descentralización administrativa, para eficientar los procesos operativos, trámites y servicios que brindan las unidades responsables y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB.
·  Determinar líneas generales de acción en los procesos de registro, actualización y verificación presupuestal de las estructuras orgánicas, ocupacionales y salariales de las unidades y órganos desconcentrados de la SEGOB, para garantizar que los recursos asignados a este rubro se ejerzan en congruencia con las disposiciones hacendarias.
·  Proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, la emisión de dictámenes de los proyectos de reestructuraciones, creaciones, modificaciones o eliminaciones orgánico-funcionales de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para asegurar las gestiones y autorización ante las autoridades correspondientes de conformidad con los criterios técnicos y normativos en la materia.
·  Dictar políticas, normas y lineamientos en materia de integración y actualización del Manual de Organización General de la dependencia, así como en la dictaminación de los proyectos de manuales de organización específicos, de procedimientos y de servicios al público de la SEGOB, para dar cumplimiento a la normatividad establecida.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.0.2.2. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
OBJETIVO
Administrar los recursos materiales y servicios generales de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con el marco normativo aplicable, para contribuir en el funcionamiento de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la dependencia.
FUNCIONES
·  Presentar a la consideración del superior jerárquico las políticas, normas y lineamientos generales que regulen los procesos de asignación, utilización, conservación, aseguramiento, reparación, mantenimiento, rehabilitación y aprovechamiento de bienes muebles e inmuebles, para asegurar la administración de los recursos materiales y la prestación de los servicios generales de la SEGOB.
·  Definir los procesos y mecanismos generales relativos a la contratación y supervisión de la construcción, reparación, mantenimiento y rehabilitación de los inmuebles al servicio de las unidades administrativas de la SEGOB, así como de la asesoría a los órganos administrativos desconcentrados, para asegurar que las contrataciones cumplan con la normatividad y especificaciones contractuales establecidas.
·  Establecer los lineamientos relativos a la formulación, integración y seguimiento de los programas anuales de la SEGOB en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, para contar con los instrumentos técnicos jurídicos que fundamenten los requerimientos en la materia del siguiente ejercicio fiscal.
·  Proponer a la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas las estrategias y lineamientos encaminados a dictaminar, vigilar y supervisar los procesos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, para garantizar que dichos procesos se realicen conforme a la legislación y normativa aplicables.
·  Definir mecanismos de vigilancia con respecto al cumplimiento de los requisitos jurídicamente establecidos en los contratos celebrados de adquisiciones, arrendamientos, servicios generales y de obra pública, así como de las garantías que otorguen los proveedores o prestadores de servicios, para comprobar que cumplan con las condiciones legales, reglamentarias y contractuales, que permitan dar curso al trámite de pago y finiquito correspondientes.
 
·  Determinar líneas generales de acción sobre la evaluación y atención de los requerimientos de las unidades administrativas de la SEGOB en materia de espacios físicos, adaptaciones, instalaciones y mantenimiento de inmuebles, y en el caso de los órganos administrativos desconcentrados dirigir la asistencia que requieran en el tema, para asegurar la optimización de las áreas de trabajo que coadyuven en el mejor desempeño de sus labores.
·  Instrumentar directrices de supervisión y asesoramiento en materia técnica y administrativa de obras de construcción, remodelación o remozamiento en los inmuebles, así como para los dictámenes correspondientes a licitación pública, con el fin de contribuir en el cumplimiento de los estándares de calidad relativos a las necesidades de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB.
·  Definir estrategias de supervisión y aplicación de normas respecto de los sistemas de control de inventarios de bienes, para garantizar la dictaminación y vigilancia de su afectación, regularización, baja y destino final conforme la normatividad vigente aplicable.
·  Determinar los lineamientos generales de operación de los sistemas electrónicos de información, para asegurar los procesos de registro y sistematización de la información de la SEGOB, en materia de adquisiciones, servicios, inventarios, almacenes y obra pública.
·  Presentar a consideración del superior jerárquico los mecanismos de vigilancia en la aplicación de normas y lineamientos sobre la prestación de los servicios de administración y distribución de documentos oficiales y el sistema de control de archivo de la SEGOB, asegurando el cumplimiento de los esquemas de control de conformidad con las disposiciones que emita el Archivo General de la Nación.
·  Establecer los lineamientos generales en materia de control y aseguramiento de los bienes muebles e inmuebles al servicio de la SEGOB, para contribuir en la protección del patrimonio de la dependencia ante casos de siniestro.
·  Contratar los servicios de vigilancia y seguridad de los inmuebles, muebles y valores de la SEGOB, para garantizar el resguardo y conservación de dichos bienes de la Institución.
·  Fijar las directrices que controlen el uso, asignación, mantenimiento y reparación del equipo de transporte de la SEGOB, así como del consumo de los combustibles e insumos, para asegurar su utilización racional y responsable de conformidad con las disposiciones vigentes aplicables.
·  Participar en el establecimiento de las directrices generales orientadas a formular, instrumentar y evaluar los recursos materiales y servicios generales de los programas sectoriales, regionales, especiales e institucionales a cargo de la SEGOB, para garantizar que los insumos y bienes adquiridos, contribuyan en el funcionamiento de las áreas de la dependencia.
·  Instrumentar estrategias en la implementación del Programa Interno de Protección Civil de la SEGOB y de los órganos administrativos desconcentrados, para coadyuvar en la salvaguarda e integridad de las personas, sus bienes y su entorno.
·  Conducir líneas generales de acción sobre los procesos de control y evaluación en la prestación de los servicios generales de apoyo, para garantizar la ejecución, regulación y seguimiento de los mismos en los inmuebles de la SEGOB, de conformidad con la normatividad aplicable.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.0.2.3. DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO
OBJETIVO
Administrar los recursos presupuestales asignados a la Secretaría de Gobernación, de conformidad con el marco normativo aplicable, para contribuir en la operación y funcionamiento de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la dependencia.
FUNCIONES
 
·  Instrumentar políticas en materia de administración, organización y funcionamiento, así como las acciones de coordinación de los procesos de planeación, programación, presupuestación, control, ejercicio y contabilidad de las unidades responsables, órganos desconcentrados y entidades de la SEGOB, para garantizar el cumplimiento del marco normativo establecido por las instancias globalizadoras.
·  Establecer lineamientos sobre la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación de los programas sectoriales, regionales, especiales e institucionales, para asegurar el ejercicio y control del presupuesto en la consecución de objetivos y metas comprometidas en la Dirección General de Programación y Presupuesto.
·  Definir estrategias de difusión de las políticas, directrices y criterios técnicos, en materia de planeación, programación, presupuestación y evaluación del ejercicio presupuestal de la SEGOB, para contribuir en la operación y control del gasto público de las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la dependencia.
·  Establecer los lineamientos de operación y administración de los sistemas de pago, así como de la autorización de las asignaciones presupuestales de gasto corriente y del capítulo de servicios personales, para dar cumplimiento a los compromisos de ley en materia de remuneraciones del personal de las unidades responsables y órganos desconcentrados de la dependencia.
·  Dirigir la aplicación de los criterios generales emitidos por la SHCP en materia programático-presupuestales, para asegurar la elaboración, integración y presentación del anteproyecto de presupuesto anual del sector, previa aprobación de la persona Titular de la SEGOB.
·  Conducir los procesos de seguimiento, control y evaluación del ejercicio de los presupuestos asignados a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados y el diseño de los escenarios financieros, a fin de contar con los elementos técnicos que permitan evaluar los niveles del gasto público de la SEGOB.
·  Dictar estrategias relativas a la coordinación y registro de las operaciones presupuestales y contables de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la dependencia, en los sistemas correspondientes, para asegurar su repercusión en el ejercicio presupuestal y en la Cuenta Pública del Sector Gobernación.
·  Autorizar las solicitudes de modificación programático-presupuestales internas que presenten las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para contribuir en la adecuación y reprogramación de las necesidades de operación.
·  Dirigir los procesos de gestión de las solicitudes de modificación programático-presupuestales externas ante la SHCP, para contar con los recursos que permitan cubrir gastos emergentes derivados de la operación, atendiendo a la normatividad aplicable.
·  Establecer las políticas y los procedimientos para el trámite de pago de la documentación comprobatoria de operaciones realizadas con cargo al presupuesto autorizado a la SEGOB, a fin de verificar su aplicación y resguardo de dicha documentación.
·  Implementar líneas generales de acción en materia de administración y control de los ingresos de ley captados en las unidades administrativas y en los órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para dar cuenta de dichos ingresos a la SHCP.
·  Conducir el proceso de contabilidad general de la SEGOB de conformidad con lo estipulado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de acuerdo con lo señalado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, a través de los sistemas informáticos correspondientes, para contribuir en el resguardo de la documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones financieras, en cabal cumplimiento a la normatividad aplicable.
·  Implementar estrategias y acciones de coordinación relativas al suministro de la información de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB en los sistemas respectivos, para asegurar que el registro del presupuesto y la cuenta pública se presenten de conformidad con la normatividad aplicable.
 
·  Participar con la Unidad General de Asuntos Jurídicos en los procesos de fusión, extinción, liquidación, transferencia o venta de las entidades coordinadas, así como en la conformación del sector paraestatal coordinado por la dependencia, para presentar a la aprobación de la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, en apego a las políticas y disposiciones en la materia.
·  Establecer las directrices en la elaboración de la agenda de mejora regulatoria, así como del cumplimiento de la política pública en la materia y la estrategia al interior de la dependencia, para elevar los niveles de productividad y de crecimiento económico en las áreas, órganos y entidades que conforman la SEGOB.
·  Instituir lineamientos generales en la instrumentación del registro de personas acreditadas para realizar trámites ante la SEGOB, a fin de otorgar certeza jurídica en las gestiones que se realizan ante la dependencia.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.0.2.4. DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
OBJETIVO
Administrar los servicios de tecnologías de la información y comunicaciones, en apego a la normatividad establecida en la materia, para contribuir en la operación y funcionamiento de las unidades administrativas y órganos administrativos de la Secretaría de Gobernación.
FUNCIONES
·  Determinar políticas, normas y directrices de observancia general en materia de tecnologías de la información y telecomunicaciones, así como de seguridad de la información, en las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para contar con herramientas técnicas y normativas que aseguren su aplicación e implementación al interior de la dependencia y su sector coordinado.
·  Establecer líneas generales de acción en la integración y seguimiento a los programas y proyectos de tecnologías de la información y comunicaciones de la SEGOB, para asegurar que los objetivos, estrategias, proyectos y acciones de la dependencia que se requieran por las áreas usuarias en la materia, se encuentren alineados a dichos programas de conformidad con la normatividad aplicable.
·  Dictar estrategias de acción en materia de diseño, desarrollo, instrumentación, control y vigilancia de los sistemas de información de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, para asegurar elementos de análisis permanente de las tecnologías de punta en materia informática y de telecomunicaciones, susceptibles de aplicarse en la SEGOB.
·  Instrumentar políticas en materia de manejo y operación de los servidores de cómputo, sistema de almacenamiento central y equipos de telecomunicaciones, así como de control y resguardo del licenciamiento tecnológico de la dependencia, para garantizar la óptima operación y desempeño de las redes de telecomunicaciones instaladas en la SEGOB.
·  Establecer las políticas en materia de planeación, coordinación y supervisión de los sistemas de seguridad lógica de las aplicaciones y de los sistemas de transmisión de voz y datos, así como del suministro de los medios necesarios para la transmisión de voz, información e imágenes, a fin de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de informática y telecomunicaciones en las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB.
·  Determinar políticas y lineamientos en los procesos de dictaminación de estudios de viabilidad de la adquisición de bienes y la contratación de servicios de tecnologías de la información y comunicaciones, que presenten las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para asegurar su inclusión en los procedimientos de contratación de bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones de la dependencia.
·  Dictar las estrategias de coordinación en el desarrollo y operación de los servicios de los medios de comunicación electrónica, intercambio y consulta de información y la operación remota de sistemas administrativos en las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para garantizar la confidencialidad de la información y accesos autorizados a las bases de
datos institucionales.
·  Conducir los mecanismos de planeación, coordinación y supervisión de los servicios de mantenimiento preventivo y de informática y telecomunicaciones, instalados en las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la SEGOB, para garantizar y optimizar el correcto funcionamiento y uso de los mismos, evitando contratiempos en la prestación de servicios de la dependencia.
·  Participar con la Dirección General de Recursos Humanos en la determinación de cursos de capacitación tendientes a elevar el nivel del personal técnico informático y de telecomunicaciones de la SEGOB, para asegurar el desarrollo de las competencias profesionales de los servidores públicos.
·  Participar en comités o comisiones interinstitucionales de seguridad de la información, ciberseguridad e innovación tecnológica, con dependencias, entidades, instituciones y empresas nacionales e internacionales relacionadas con informática y telecomunicaciones, ciberseguridad y seguridad de la información, para evaluar y emitir recomendaciones e iniciativas que contribuyan al aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicaciones en la SEGOB.
·  Establecer mecanismos de coordinación y supervisión de los proyectos y servicios en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, así como de las acciones, procedimientos e integración en materia de tecnologías de la información y comunicaciones de la SEGOB, a fin de que dichos programas y planes se encuentren alineados con las metas nacionales, estrategias, objetivos, líneas de acción e indicadores establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.
·  Presentar al superior jerárquico propuestas de reformas al marco jurídico en materia de delitos sobre la revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática, en coordinación con otras autoridades competentes de la SEGOB o de otras dependencias y entidades de la APF, para garantizar que el desarrollo de la legislación se encuentre actualizada y a la vanguardia en materia de seguridad tecnológica.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS
1.4. INSTITUTO NACIONAL PARA EL FEDERALISMO Y EL DESARROLLO MUNICIPAL
OBJETIVO
Contribuir a la reforma del Estado, facilitando y promoviendo la transición del centralismo político al federalismo, coordinando los esfuerzos de federalización del Gobierno Federal; así como impulsar las relaciones intergubernamentales corresponsables, solidarias y subsidiarias, el fortalecimiento de los gobiernos locales, la participación ciudadana y la rendición de cuentas.
FUNCIONES
·  Determinar políticas públicas en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, así como mecanismos que permitan la instrumentación de las mismas, para someterlas a consideración de la persona Titular de la Subsecretaría de Gobierno.
·  Proponer a la Persona Titular de la Subsecretaría de Gobierno un programa integral en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo y el Sistema Nacional de Planeación Democrática.
·  Promover, líneas generales de acción en materia de desarrollo regional, estatal, municipal y metropolitano entre los tres órdenes de gobierno, para incluir la participación de las comunidades, asociaciones de municipios y organizaciones sociales y privadas.
·  Establecer en coordinación con las dependencias y entidades de la APF, mecanismos conjuntos de planeación, programación, enlace, comunicación y participación, para garantizar la instrumentación del federalismo, la descentralización y el desarrollo municipal.
 
·  Evaluar de manera conjunta con las dependencias y entidades de la APF, los procesos en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, para dar seguimiento a los convenios que en esas materias se hayan celebrado entre la SEGOB con los Poderes de la Unión y las entidades federativas y municipios o de las alcaldías en la Ciudad de México.
·  Establecer vínculos locales, nacionales e internacionales para el intercambio de experiencias exitosas en la administración y operación municipal.
·  Organizar y participar en reuniones nacionales e internacionales sobre federalismo y municipio, para analizar temas prioritarios de acuerdo a los escenarios nacionales e internacionales, así como la búsqueda de soluciones a problemas comunes.
·  Promover un sistema de profesionalización y capacitación en los gobiernos locales, para coadyuvar en el desarrollo de los programas y políticas de los tres órdenes de gobierno.
·  Impulsar el desarrollo de la capacidad de gestión pública y administrativa de los gobiernos locales o estatales, para coadyuvar en el aprovechamiento de las funciones que la federación o entidades federativas les transmitan.
·  Coadyuvar en el diseño de mecanismos de control y fiscalización sobre las aportaciones federales a los gobiernos locales, para contribuir en la transparencia de la rendición de cuentas de los gobiernos locales y municipales.
·  Impulsar mecanismos de rendición de cuentas sustentados en el Sistema Nacional de Indicadores para una mayor transparencia y participación de la ciudadanía en la gestión pública nacional.
1.5. INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
OBJETIVO
Establecer y dirigir la instrumentación de la política migratoria a través de la planeación, definición, establecimiento de estrategias, acciones y mecanismos integrales, evaluables para regular el ingreso y salida de mexicanos y extranjeros del territorio nacional, así como el tránsito y la estancia de extranjeros, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos, de contribución al desarrollo nacional, la preservación de la soberanía y de seguridad nacional, bajo los principios de la no criminalización del migrante irregular, así como la facilitación de la movilidad internacional de personas, la unidad familiar e interés superior del niño, el reconocimiento de los derechos adquiridos de los migrantes y la equidad entre nacionales y extranjeros.
FUNCIONES
·  Establecer estrategias institucionales que permitan la instrumentación y aplicación de la política migratoria a nivel nacional con base en las instrucciones y lineamientos que expida la SEGOB, con la finalidad de proporcionar los servicios migratorios a las personas que ingresan, transitan y salen del país, contribuyendo al desarrollo económico, social y cultural de México.
·  Determinar los lineamientos y procedimientos para la tramitación y resolución sobre la internación, condiciones de estancia y salida del país de los extranjeros y en su caso la cancelación, cuando las condiciones de estancia otorgadas lo ameriten, con el objeto de proporcionar integralidad y coherencia a la política y la gestión migratoria en México.
·  Establecer, los lineamientos aplicables a los trámites y resoluciones sobre la documentación migratoria de los extranjeros, así corno a la legal estancia en el territorio nacional, con el propósito de homologar y controlar la movilidad internacional de personas que se presentan en el país, contribuyendo a salvaguardar la Segundad Nacional.
·  Determinar los mecanismos institucionales de control para el registro de las cartas de naturalización y de los certificados de nacionalidad mexicana que conceda la Secretaría de Relaciones Exteriores y actualizar el Registro Nacional de Extranjeros, con la finalidad de contar con un padrón confiable de los extranjeros que obtienen la nacionalidad mexicana, permitiendo con ello, la identificación de características migratorias y sociodemográficas que permitan la toma de decisiones y el desarrollo e implantación de políticas públicas en la materia por parte de las instancias responsables.
·  Establecer las estrategias que permitan la ejecución del reconocimiento de la condición de refugiado de los extranjeros en territorio nacional, en coordinación con las instancias involucradas en la materia, con el propósito de otorgar la estancia legal en el país, garantizando con ello, que sus derechos básicos sean respetados, mantener su seguridad, física, fortalecer la tradición hospitalaria y de refugio
del país preservando la soberanía y el control de las fronteras de conformidad a la normatividad aplicable.
·  Determinar los mecanismos generales en el cumplimiento de arraigos judiciales ordenados respecto a extranjeros, sin que ello impida que se ejecuten las órdenes de deportación o retorno asistido de los extranjeros que la SEGOB dicte, con la finalidad de atender las sanciones impuestas por autoridades del orden judicial contra extranjeros que incurran en delitos federales o del orden común evitando con ello, posibles amenazas a la estabilidad social del país.
·  Establecer los mecanismos e instrumentos normativos institucionales que permitan la investigación y seguimiento a nivel nacional de los extranjeros que incumplan con las obligaciones migratorias establecidas y que pudieran presentar una amenaza a la Seguridad Nacional, con la finalidad de determinar las sanciones previstas por la Ley de Migración, Reglamento y demás disposiciones aplicables.
·  Evaluar y coordinar la formulación de opiniones y/o propuestas de carácter institucional referentes a los puntos de internación, con base en la información de los flujos migratorios por entidad federativa, con la finalidad de proporcionar elementos estratégicos que permitan a la persona Titular de la SEGOB determinar el establecimiento o supresión de los lugares destinados al tránsito internacional de personas por puertos marítimos, aéreos y fronteras, contribuyendo a garantizar la seguridad, el respeto a los derechos humanos y el trato digno de las personas que ingresan, transitan y salen del país.
·  Definir los procedimientos para la expedición de las cartas de naturalización y los certificados de nacionalidad mexicana en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, con el propósito de dar certeza y atención a los trámites de los extranjeros que cumplan con los requisitos legales y contribuyan al desarrollo económico, social y cultural de México.
·  Definir las estrategias y las líneas generales de acción para el aseguramiento de los extranjeros en las estaciones migratorias y en las estancias provisionales que se localizan en las Delegaciones Federales, que incurran en violaciones a la Ley de Migración y su Reglamento, para que sean sujetos del proceso administrativo que determine su situación migratoria sin violar sus derechos humanos.
·  Coordinar la instrumentación de los programas de Protección a Migrantes, Paisano y Repatriación Humana con las tres órdenes de Gobierno, así como los demás programas que para tal efecto se emitan, con el objeto de proporcionar protección, defensa de los derechos humanos e integridad física de todos los migrantes en el territorio nacional.
·  Establecer las estrategias generales para la formulación de las denuncias y querellas en materia migratoria que legalmente procedan y la atención de los procedimientos judiciales aplicables conforme a los lineamientos que determine la SEGOB, con la finalidad de que se realice la defensa de los bienes e intereses del Instituto Nacional de Migración.
·  Dirigir la instrumentación y control de los programas de modernización e innovación en materia de informática, estadística y comunicaciones, para fortalecer las medidas de seguridad de los procesos migratorios y la interconexión con sistemas y bases de datos entre instancias de seguridad nacional permitiendo con ello, la detección de posibles amenazas a la soberanía nacional.
·  Determinar y autorizar los lineamientos y políticas a los procedimientos de reclutamiento, selección y control de confianza, ingreso, promoción y permanencia, así como a los programas de capacitación, desarrollo, profesionalización y evaluación del desempeño del personal, a fin de que los servidores públicos adscritos al mismo cuenten con la preparación y la profesionalización requerida para la atención de los servicios migratorios.
·  Coordinar la formulación y en su caso implementación de propuestas para la celebración de actividades sobre temas migratorios a nivel nacional e internacional, con la finalidad de dar a conocer los avances en la instrumentación de la política migratoria del Estado Mexicano en beneficio del desarrollo económico, social y cultural del país.
·  Definir las estrategias y mecanismos que permitan imponer sanciones administrativas y de carácter legal a servidores públicos del Instituto por posibles actos violatorios a la Ley de Migración y su Reglamento o a través de quejas y denuncias que en ejercicio de sus funciones pudieran incurrir con el propósito de regular las acciones y responsabilidades del personal adscrito, contribuyendo a tener
un Instituto eficiente y apegado a la legalidad.
·  Establecer los mecanismos para la formulación y desarrollo de datos estadísticos sobre movilidad internacional de personas en el país, que permita el análisis de los impactos que genera este tipo de movimiento, sus características y tiempo de estancia, dimensionando a la población extranjera que llega o reside de manera temporal o permanente, con la finalidad de contar con una herramienta que permita la toma de decisiones para la adecuación e implementación de las políticas migratorias por parte del Gobierno Federal.
·  Definir las líneas generales para la elaboración y modificaciones de los manuales administrativos del Instituto, con la finalidad de que una vez que sean aprobados se cuente con una herramienta administrativa para el análisis de la organización y la operación migratoria, de conformidad a la normatividad aplicable en la materia.
·  Coordinar la formulación de propuestas de suscripción de convenios y acuerdos en materia migratoria, con dependencias y entidades de la APF con Asociaciones Civiles Nacionales e Internacionales reconocidas, en apego a las disposiciones que al efecto dicte la Secretaría, a fin de fortalecer la operación de los servicios migratorios en beneficio del desarrollo económico social y cultural del país.
1.6.         COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
OBJETIVO
Coordinar políticas públicas, programas y acciones en materia de prevención y disminución de la violencia contra las mujeres, a través del establecimiento de bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno del país, para garantizar el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación y el respeto a los derechos humanos desde una perspectiva de género.
FUNCIONES
·  Instrumentar políticas relativas a la evaluación del estado de riesgo contra las mujeres, para determinar y notificar la declaratoria de alerta de violencia de género a la persona Titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa sujeto del agravio.
·  Establecer el Programa Integral de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, en coordinación con las demás autoridades que integran el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, para asegurar la consolidación de estrategias que permitan hacer un frente efectivo a este fenómeno social.
·  Implementar las líneas generales, mecanismos y bases de coordinación entre las autoridades federales, locales y municipales, para contribuir en la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en el país.
·  Dirigir la coordinación y seguimiento de las acciones de los tres órdenes de gobierno en materia de protección, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, para garantizar el cumplimiento de los ejes rectores establecidos en la temática.
·  Establecer las directrices del diseño de la política integral con una visión transversal y con perspectiva de género relativa a la prevención, atención, sanción, y erradicación de los delitos violentos contra las mujeres, para promover la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres.
·  Instrumentar los mecanismos de seguimiento a través de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, a los trabajos de promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres, en las dependencias y entidades de la APF, para coadyuvar en el cumplimiento de la política nacional de igualdad conferidas a la Unidad de Género.
·  Establecer estrategias de evaluación del desarrollo y resultados obtenidos en el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, así como del programa integral correspondiente, para definir e implementar las acciones e instrumentos de mejora requeridas.
 
·  Implementar el plan de seguimiento de las acciones del Programa Integral de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, para evaluar su eficacia, y rediseñar las acciones y medidas que permitan avanzar en la eliminación de la violencia contra las mujeres en el país.
·  Conducir a través de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la realización del diagnóstico nacional sobre todas las formas de violencia de género, para conocer el panorama general del fenómeno social en el país.
·  Instrumentar las estrategias en la realización de estudios con perspectiva de género sobre todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en todos los ámbitos, para contar con información objetiva en la elaboración de políticas gubernamentales en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
·  Acordar con la Dirección General de Comunicación Social, la política de difusión de los resultados del Sistema y del Programa Integral de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, así como de la política nacional integral contra la violencia, incluyendo las declaratorias de alerta de violencia de género, para asegurar el cumplimiento de la normatividad en la materia.
·  Definir las directrices en la celebración de convenios relacionados con las atribuciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, para someterlos a dictaminación de la Unidad de Asuntos Jurídicos.
·  Instrumentar los procesos de evaluación y supervisión operativa del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, para elaborar y someter a consideración de la persona Titular de la Secretaría, el proyecto de informe anual de avances, que será remitido al H. Congreso de la Unión.
·  Establecer, con las autoridades competentes, vínculos y canales de comunicación y de coordinación, para asegurar la atención de los asuntos de carácter internacional relacionados con la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
·  Implementar los programas y campañas de promoción a la observancia de los principios del derecho internacional de los derechos humanos de las mujeres, así como de las obligaciones del Estado mexicano, para contribuir en el cumplimiento de los convenios, acuerdos y tratados internacionales en materia de equidad de género.
·  Dirigir las estrategias y mecanismos de análisis y sistematización de la información sobre las condiciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales que han dado lugar a la violencia contra las mujeres en el país, para contar con bancos de datos que permitan agilizar el desarrollo de estudios e investigaciones en la materia, a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
·  Autorizar las representaciones temporales de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en el país, para atender las zonas con altos índices de violencia contra las mujeres.
·  Conducir la Unidad de Género en la SEGOB, para instituir las políticas, criterios y acciones en el actuar de los servidores públicos, áreas responsables y órganos administrativos desconcentrados de la dependencia.
1.7. COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS
OBJETIVO
Determinar, establecer y dirigir la implementación de estrategias, criterios y acciones de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas en todo el territorio nacional, mediante la formulación e implementación del Programa Nacional de Búsqueda, programas regionales de búsqueda; los lineamientos que regulen el funcionamiento del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas; los criterios de capacitación, certificación y evaluación del personal que participe en las acciones de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas y los demás lineamientos y protocolos necesarios, así como coordinar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades que participan en la búsqueda, localización e identificación de personas, de conformidad con lo
dispuesto con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, con la finalidad de generar sinergias en favor del uso, aprovechamiento y destino de los recursos e integrar y orientar los esfuerzos institucionales para contribuir a la protección integral de los derechos de las Personas Desaparecidas o No Localizadas hasta que se conozca su suerte o paradero.
FUNCIONES
·  Determinar y evaluar las estrategias y acciones de búsqueda, localización e identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas a nivel nacional, así como vigilar su cumplimiento por parte de las instituciones federales y entidades federativas, con el objeto de conocer su suerte o paradero, así como la atención, asistencia y protección.
·  Formular y emitir el Programa Nacional de Búsqueda, diseñar en colaboración con las Comisiones Locales de Búsqueda, los programas regionales de búsqueda; emitir los lineamientos que regulen el funcionamiento del Registro Nacional; los lineamientos para Acceder sin restricciones a la información contenida en plataformas, bases de datos y registros de todas las autoridades para realizar la búsqueda de la Persona Desaparecida o No Localizada; los criterios de capacitación, certificación y evaluación del personal que participe en las acciones de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas y los demás protocolos necesarios para el ejercicio de sus funciones.
·  Establecer y controlar las políticas y las estrategias necesarias para la recepción de información que aporten los particulares y la colaboración de organizaciones públicas y privadas relacionada con las acciones de búsqueda de personas, con el objeto de consolidar una base de datos homogénea que contribuya a la toma de decisiones.
·  Dictar los criterios y lineamientos que regulen la elaboración de estudios de análisis de contexto que contribuyan a la búsqueda y localización de Personas Desaparecidas, No Localizadas y desapariciones de personas vinculadas con movimientos políticos, así como a la implementación de estrategias para el combate del fenómeno de desaparición que permitan la implementación de estrategias para la disminución del fenómeno delictivo.
·  Formular y emitir los lineamientos que permitan a cada orden de gobierno determinar el número de integrantes que conformarán los Grupos de Búsqueda de conformidad con las cifras de los índices del delito de desaparición forzada de personas y la cometida por particulares, así como de Personas No Localizadas que existan en cada Entidad Federativa o Municipio.
·  Establecer mecanismos de comunicación, participación y evaluación con la sociedad civil y los Familiares para que contribuyan con los objetivos, fines y trabajos de la Comisión Nacional de Búsqueda, en términos que prevean las leyes, así como asesorar y canalizar a los Familiares ante la Fiscalía Especializada para que, de ser el caso, realicen la Denuncia correspondiente.
·  Dictar los criterios y lineamientos que regulen la incorporación de expertos independientes o peritos internacionales, los procesos de búsqueda relacionados con Personas Desaparecidas o No Localizadas, cuando no cuente con personal nacional capacitado en la materia y lo considere pertinente o así lo soliciten los Familiares.
·  Emitir conforme a los más altos estándares internacionales, los criterios de capacitación, certificación y evaluación del personal que participe en las acciones de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
·  Participar, en términos de la normativa aplicable, en la realización de acciones que permitan dar cumplimiento a lo dispuesto por artículo 161 de la Ley General de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, junto con la SEGOB, la Procuraduría y las Procuradurías Locales y las Instituciones de Seguridad Pública.
·  Definir y establecer los lineamientos y políticas de operación del Registro Nacional, así como administrar y coordinar la integración de la información sobre Personas Desaparecidas y No Localizadas, con el apoyo de las autoridades de las Entidades Federativas y de la Federación, con la finalidad de contar con la herramienta que permita la Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
 
·  Establecer, los mecanismos de acción que resulten necesarios y permitan la implementación del sistema único de información, en términos de lo que disponga el Sistema Nacional y la normativa aplicable.
·  Diseñar, determinar e instrumentar mecanismos de coordinación con las entidades federativas, dependencias y entidades de la APF, órganos autónomos y órganos con autonomía técnica, para la ejecución de programas y acciones en materia de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
·  Suscribir y evaluar los instrumentos jurídicos que se requieran para acceder a las bases de datos o información que posean las Entidades Federativas, los municipios o instancias de carácter privado, nacionales o internacionales, en los casos que la ley lo permita, de conformidad con lo que prevé los artículos 53 fracción XIII y 94 de la Ley, y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
·  Definir estrategias y acciones generales que fomenten la colaboración de medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y de la sociedad en general para la búsqueda y localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas, de conformidad con la normativa aplicable.
·  Establecer los mecanismos de comunicación continua y permanente, así como la ejecución de las acciones de búsqueda y localización que garanticen la efectividad en la búsqueda de las personas migrantes en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Mecanismo de Apoyo Exterior.
·  Determinar los mecanismos de seguimiento de las acciones de las Fiscalías Especializadas y las Comisiones Locales de Búsqueda y mantener comunicación continua y permanente con sus titulares.
·  Presentar al Consejo Nacional de Seguridad Pública, los informes sobre los avances y resultados de la verificación y supervisión en el cumplimiento del Programa Nacional, en coordinación con las autoridades competentes.
·  Emitir las alertas que refiere la Ley General de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, cuando en una Entidad Federativa o municipio exista un aumento significativo en el número de desapariciones e identificar circunstancias, grupos vulnerables y zonas de alto riesgo en las que aumente la probabilidad de que las personas sean víctimas de los delitos previstos en dicha Ley.
·  Proponer y celebrar los convenios que se requieran con las autoridades competentes, nacionales y extranjeras, para la operación de los mecanismos de búsqueda transnacional de Personas Desaparecidas o No Localizadas, así como con el Instituto Nacional de Migración y la Secretaría de Relaciones Exteriores para la expedición de visas humanitarias a familiares de personas extranjeras desaparecidas en territorio mexicano.
·  Proponer al Ministerio Público de la Federación el ejercicio de la facultad de atracción, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.
·  Dar vista al Ministerio Público y a las autoridades competentes en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sobre las acciones u omisiones que puedan constituir una violación a esta Ley.
·  Proponer a la Comisión Ejecutiva y a las Comisiones de Víctimas que implementen los mecanismos necesarios para que a través del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral se cubran los Gastos de Ayuda cuando lo requieran los Familiares de las Personas Desaparecidas por la presunta comisión de los delitos materia de esta Ley, de conformidad con la ley en la materia.
·  Promover, en términos de lo dispuesto en la Ley de Amparo y otras disposiciones legales aplicables, las medidas necesarias para lograr la protección de aquellas personas desaparecidas cuya vida, integridad o libertad se encuentre en peligro.
·  Determinar la realización de estudios especializados sobre asuntos o temas que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Comisión Nacional de Búsqueda.
 
·  Convocar el acompañamiento de las instancias policiales de los tres órdenes de gobierno, así como del personal al que se refiere el artículo 67 de esta Ley, cuando sea necesario que el personal de la Comisión Nacional de Búsqueda realice trabajos de campo, así como colaborar con las instituciones de procuración de justicia en la investigación y persecución de otros delitos.
·  Proponer reformas al marco jurídico para asegurar las acciones de búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
·  Asistir a las reuniones nacionales e internacionales en materia de búsqueda de personas, a efecto de analizar temas prioritarios, problemas comunes e identificar experiencias exitosas.
·  Participar en las comisiones y consejos que le instruya la persona Titular de la Secretaría, en el ámbito de competencia de la Comisión Nacional de Búsqueda.
·  Fungir como la persona Titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, certificar los acuerdos adoptados y los instrumentos jurídicos que se generen en el seno de dicho Sistema.
·  Dirigir, planear, dar seguimiento y evaluar el ejercicio de las facultades que correspondan a las unidades administrativas que le están adscritas, sin perjuicio de que sean desempeñadas por sus respectivos titulares.
·  Establecer líneas de acción para el debido cumplimiento de las obligaciones de la Comisión Nacional de Búsqueda en materia de transparencia y combate a la corrupción, así como de acceso a la información pública gubernamental y protección de datos personales, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Proponer, con base en la normativa aplicable, los cambios a la estructura de la Comisión Nacional de Búsqueda ante las instancias correspondientes, conforme a las necesidades del servicio o a las cargas de trabajo, así como a la disponibilidad presupuestaria.
·  Las demás que establezcan las disposiciones legales o administrativas aplicables, así como las que determine la persona Titular de la Secretaría, dentro de la esfera de sus facultades.
1.8. SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO NACIONAL DE POBLACIÓN
OBJETIVO
Coordinar e integrar la elaboración, seguimiento y evaluación de los programas de población, en colaboración con las dependencias e instituciones del Consejo Nacional de Población, así como producir estudios, información e insumos sociodemográficos para la planeación; desarrollar y difundir acciones de comunicación y educación en población y fortalecer las instituciones de la política de población en las entidades federativas, de acuerdo al artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Población, para contribuir al cumplimiento de los objetivos y metas de la política del Programa de Población.
FUNCIONES
·  Conducir la planeación demográfica del país a través de la formulación de planes y programas demográficos y vincularlos con los objetivos de desarrollo económico y social del sector público, para el mejor cumplimiento de los objetivos y metas de la política de población.
·  Coordinar los trabajos para la elaboración de los informes sobre los programas en materia de población y los que solicite el propio Consejo o su presidente.
·  Asesorar y proporcionar asistencia en materia de población, a toda clase de organismos públicos y privados, nacionales o extranjeros, locales o federales y promover los convenios y acuerdos que sean pertinentes.
·  Analizar, evaluar, sistematizar y producir información sobre los fenómenos demográficos, para elaborar las proyecciones de población.
·  Elaborar y difundir programas de información, educación y comunicación en materia de población, para contribuir a fortalecer la cultura demográfica del país.
·  Establecer las bases y procedimientos de coordinación entre las dependencias, entidades e
instituciones que participan en los programas de población, para apoyar la aplicación de la política de población.
·  Promover, coordinar y participar en la elaboración y seguimiento de los acuerdos con las entidades federativas, a fin de sentar las bases generales de coparticipación para el desarrollo de la población de cada entidad.
·  Coordinar la integración de las propuestas en los programas de población de las dependencias e instituciones que forman parte del Consejo Nacional de Población para dar cumplimiento a los objetivos de la política de población.
1.9. COORDINACIÓN PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA MIGRACIÓN EN LA FRONTERA SUR
OBJETIVO
Consolidar estrategias de coordinación y seguimiento a la implementación de las distintas políticas públicas en materia migratoria en la frontera sur del país, con dependencias, entidades e instituciones del Poder Ejecutivo Federal, para contribuir en la protección y salvaguarda de los derechos humanos de los migrantes que ingresan y transitan por la frontera sur de México.
FUNCIONES
·  Implementar políticas, normas y procedimientos en el ejercicio de las funciones de coordinación en materia migratoria, con dependencias, entidades e instancias de los tres órdenes de gobierno, a fin de dar cumplimiento a las políticas, programas y acciones que emanen del decreto de creación de la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur de México.
·  Dictar normas orientadas a la coordinación y seguimiento sobre la implementación de las políticas públicas dirigidas a la atención integral de la migración en la frontera sur del país, para garantizar un adecuado flujo de personas al interior del territorio nacional.
·  Establecer las bases y lineamientos de seguimiento a las acciones derivadas de los instrumentos de colaboración y coordinación con las autoridades estatales y municipales en materia migratoria de la frontera sur, para asegurar el cumplimiento de los compromisos contraídos en torno a la atención integral de la migración en la frontera sur del país.
·  Acordar con la persona Titular de la SEGOB o en su caso, con los titulares de las dependencias, entidades e instituciones del Poder Ejecutivo Federal, delegados y demás servidores públicos que ejerzan funciones en materia migratoria en la frontera sur, los asuntos dentro de sus ámbitos de competencia, con el propósito de definir la estrategia nacional para la atención integral de la migración en la frontera sur.
·  Impulsar el desarrollo con base a políticas sociales, económicas y culturales orientadas a resolver la problemática migratoria en la frontera sur del país en coordinación con las autoridades competentes, para contribuir en la solución y atención integral del fenómeno migratorio en México.
·  Emitir políticas en torno a la administración de recursos financieros, humanos, materiales y tecnológicos, a fin de contribuir en la operación y funcionamiento de la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur y áreas que la conforman.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
1.10. COORDINACIÓN GENERAL DE LA COMISIÓN MEXICANA DE AYUDA A REFUGIADOS
OBJETIVO
Diseñar, formular, coordinar e implementar estrategias, líneas de acción, planes, convenios, programas y procedimientos que coadyuven y difundan el cumplimiento de las políticas públicas en materia de asistencia, protección a la población extranjera solicitante de refugio y protección complementaria, mediante la vigilancia en irrestricto apego al marco jurídico aplicable, desde una perspectiva integral, que considere el respeto a los derechos humanos acorde a prácticas internacionales, derivadas de los compromisos adquiridos por el Ejecutivo Federal.
FUNCIONES
 
·  Definir y conducir las estrategias para el desarrollo de la política en materia de refugiados y protección complementaria en términos de la normativa aplicable, con el fin de impulsar una política integral que responda a las necesidades y compromisos internacionales contraídos por el país y a la tradición humanitaria de México de otorgar protección internacional.
·  Determinar y formular los mecanismos que permitan el seguimiento a las estrategias para fomentar el desarrollo de la política en materia de refugiados y protección complementaria en términos de la normativa aplicable, a fin de contar con elementos para la evaluación de resultados.
·  Establecer y conducir las líneas de acción para difundir las políticas en materia de refugiados y protección complementaria en términos de la normativa aplicable, con el fin de promover una política integral que responda al entorno actual, así como a los compromisos internacionales contraídos por el país.
·  Definir y establecer mecanismos normativos y administrativos que permitan la aprobación de los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado y de otorgamiento de protección complementaria, de acuerdo a la normatividad aplicable, con el fin de determinar la situación de estancia de la población extranjera solicitante.
·  Definir e implementar instrumentos de supervisión en materia de protección a la población extranjera solicitante de refugio y protección complementaria, con el fin coordinar y vigilar la ejecución de los actos de autoridad que se emitan con motivo de la tramitación de los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado.
·  Definir y dirigir procedimientos para el otorgamiento de la protección complementaria a las personas extranjeras solicitantes conforme a la normatividad aplicable, con el fin de aprobar la emisión de resoluciones por las que se determine la situación de estancia de esta población en particular.
·  Definir y dirigir estrategias y acciones que fortalezcan la definición del procedimiento de reunificación familiar durante el desarrollo de los procesos de reconocimiento de la condición de refugiado, a fin de proteger la organización, el desarrollo de la familia y el interés superior de la niñez.
·  Definir y dirigir las líneas de acción para elaborar, difundir y publicar estudios, investigaciones, estadísticas e indicadores que se realicen en las materias de refugio y protección complementaria otorgada a extranjeros, a fin de contar con información que facilite la toma de decisiones a los actores involucrados.
·  Determinar los lineamientos y procesos que eficienten la administración de la información generada de los estudios, investigaciones, estadísticas e indicadores que se realicen en las materias de refugio y protección complementaria otorgada a extranjeros, con el fin de mantener la congruencia y pertinencia de la información procesada.
·  Determinar y planear el desarrollo de programas, acciones públicas y estrategias para la protección, asistencia e integración de refugiados y extranjeros que reciban protección complementaria, con el fin de implementar políticas de vinculación con las autoridades competentes.
·  Promover y fomentar acciones de vinculación con los tres órdenes de gobierno, así como con la sociedad civil, organismos nacionales e internacionales en materia de atención a refugiados y extranjeros a los que se otorgue protección complementaria, con el fin de generar condiciones que promuevan la asistencia, salvaguarda y respeto de sus derechos.
·  Organizar, dirigir y participar en actividades que se desprenden de las estrategias para la ejecución de programas de difusión y promoción de los derechos humanos de las personas solicitantes de la condición de refugiado, refugiados y extranjeros a quienes se otorgue protección complementaria, con la finalidad de promover el respeto a estos derechos.
·  Definir e implementar instrumentos de seguimiento y supervisión entre los tres órdenes de gobierno, organismos nacionales e internacionales y sociedad civil organizada, que participen en la atención a refugiados y extranjeros a los que se les otorgue protección complementaria. con el fin de vigilar la aplicación de mecanismos para la coordinación y vinculación entre estos.
·  Fomentar y fortalecer las estrategias de vinculación entre los tres órdenes de gobierno, así como con
organismos nacionales e internacionales y sociedad civil organizada que participen en la atención a refugiados y extranjeros a los que se les otorgue protección complementaria, con el fin de ampliar la cobertura de atención a la población objetivo.
·  Proponer y determinar acciones en materia de refugio, refugiados y extranjeros que reciban protección complementaria, así como atender las encomiendas que, en el ámbito de su competencia, le asigne la persona Titular de la SEGOB y, en su caso, la persona Titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, con el fin de contribuir al logro de los objetivos institucionales.
·  Emitir informes ante la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración o en su caso, ante la persona Titular de la dependencia sobre los resultados y avances alcanzados en materia de ejecución de políticas públicas, planes y programas relacionados a los solicitantes de la condición de refugiado, refugiados y extranjeros a los que se otorgue protección complementaria; con el fin de evaluar el progreso en el cumplimiento de los objetivos estratégicos, dirigidos a la atención y protección de dicha población.
·  Definir y dirigir los procesos que permitan consolidar la evidencia y argumentos para sustanciar los recursos interpuestos por particulares en contra de los actos y resoluciones emitidos por la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, a fin de asegurar su apego irrestricto a las disposiciones jurídicas aplicables.
·  Determinar y supervisar la implementación de instrumentos que fortalezcan la investigación y análisis de información en materia de refugiados, con el fin de dictaminar y aprobar las resoluciones relativas a los procedimientos de cese, suspensión, revocación y cancelación de la condición de refugiado asegurando su apego a los supuestos del marco jurídico aplicable, así como contribuir a la actualización del estatus de cada caso, según corresponda.
·  Definir y establecer los criterios para llevar a cabo el análisis de información en materia de protección complementaria, con el fin de determinar e instrumentar los mecanismos y acciones que regulen los procesos para retirar la protección complementaria otorgada a extranjeros.
·  Definir, establecer y evaluar acciones de mejora a los procedimientos de reconocimiento, cese, suspensión, revocación, cancelación de la condición de refugiado o el retiro de la protección complementaria brindada a extranjeros, con el fin de asegurar su apego a los supuestos del marco jurídico aplicable.
·  Promover y acordar acciones complementarias en coordinación con organismos nacionales, internacionales y sociedad civil organizada que coadyuven al cumplimiento de las políticas en materia de atención de refugiados y extranjeros a los que se otorgue protección complementaria, con el fin de suscribir convenios de cooperación y concertación en favor de la población objetivo.
·  Dirigir en coordinación con la persona Titular del Instituto Nacional de Migración, la implementación de los mecanismos de cooperación necesarios para el trámite que realice de los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado, con el fin de asegurar medidas de asistencia humanitaria, que fomenten el reconocimiento y pleno ejercicio de los derechos humanos de las personas solicitantes.
·  Promover mecanismos de cooperación con entidades públicas competentes, para la tramitación de los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado, con el fin de optimizar la atención de la población objetivo.
·  Definir y conducir los programas y acciones encaminadas a la protección, retorno, asistencia y desarrollo en materia de refugio, a fin de promover e impulsar el pleno respeto a los derechos y obligaciones de los solicitantes, refugiados asentados en territorio nacional durante estos procesos y extranjeros a los que se les otorgue protección complementaria.
·  Coordinar y determinar los procesos de carácter legal en el ámbito de sus atribuciones, sin perjuicio del ejercicio directo de las que correspondan a la Unidad General de Asuntos Jurídicos, para intervenir en los asuntos jurídicos vinculados a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados y sus Oficinas de Representación en las entidades federativas ante las autoridades administrativas y judiciales, con el fin dar cumplimiento normativo.
 
·  Definir y establecer criterios, procedimientos y canales de comunicación, que le permitan desempeñarse como enlace de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados en materia de derechos humanos, en colaboración con las áreas involucradas de la SEGOB y autoridades competentes, con el fin de promover la atención y fomento de las condiciones que garanticen una amplia protección al ejercicio de los derechos humanos de los solicitantes de refugio, refugiados y extranjeros que solicitan o reciben protección complementaria.
·  Establecer y coordinar las acciones para la atención a las disposiciones previstas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y los ordenamientos legales relacionados en la materia, con el fin de dar atención en los términos y plazos establecidos.
·  Determinar y supervisar la implementación de mecanismos para la salvaguarda y administración de la información generada durante los procesos en materia de reconocimiento de la condición de refugiado, refugiados y otorgamiento de protección complementaria en términos de la normativa aplicable, con el fin de asegurar el resguardo y agilizar su consulta conforme al marco normativo vigente.
·  Las demás que les señalen otras disposiciones legales, reglamentarias o administrativas, así como las que le confiera el superior jerárquico, dentro de la esfera de sus facultades.
1.11.        SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
OBJETIVO
Asegurar la participación coordinada de los sectores público, social y privado en la operación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en apego a la política nacional en la materia, para coadyuvar a que el Estado Mexicano cumpla con su responsabilidad de protección, prevención y en su caso restitución de los derechos de los menores.
FUNCIONES
·  Determinar las bases y lineamientos de coordinación entre las dependencias y entidades de la APF competentes de los derechos de niñas, niños y adolescentes, para garantizar el cumplimiento a las políticas, programas y acciones que deriven de la ley en la materia.
·  Establecer el anteproyecto del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, para someterlo a la consideración de las autoridades que conforman el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
·  Emitir los lineamientos en materia de seguimiento y monitoreo de la ejecución del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, para asegurar la evaluación de las políticas de desarrollo social vinculadas con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
·  Implementar las políticas de elaboración y actualización del Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Integral, para contar con herramientas administrativas sobre los procesos de asistencia técnica y capacitación en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
·  Impulsar la celebración de convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales sobre derechos de niñas, niños y adolescentes, para fortalecer la operación del Sistema Nacional de Protección Integral en la ejecución y seguimiento de los acuerdos y resoluciones emitidos.
·  Determinar los lineamientos de compilación y control de los acuerdos tomados en el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, así como de los instrumentos jurídicos que deriven, para contar con los elementos técnicos que permitan la expedición de constancia de los mismos.
·  Establecer líneas generales de acción en la administración y seguimiento del sistema de información a nivel nacional a que alude la fracción XV del artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para contar con datos que permitan evaluar el grado de cumplimiento de dicho precepto, así como su relación con otros sistemas nacionales en términos de los convenios de
coordinación.
·  Definir directrices relativas al desarrollo de estudios e investigaciones que fortalezcan las acciones en favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes, para avalar su difusión e incorporación en los programas respectivos de las autoridades competentes y de los sectores social y privado.
·  Determinar líneas de acción en materia de asesoría a los gobiernos de las entidades federativas, así como a las autoridades federales que lo requieran, sobre prácticas en favor de la atención, defensa y protección de los derechos humanos, a fin de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
·  Dictar las políticas y estrategias de difusión de los resultados alcanzados por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, así como de la información relacionada con la generación, desarrollo y consolidación de la perspectiva de derechos de este rubro de la población, para mantener informadas a las autoridades correspondientes y a la ciudadanía en general.
·  Actuar como interlocutor con organizaciones de la sociedad civil, academias e instituciones de los sectores social y privado, para concertar acciones y programas que se requieran implementar en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
·  Presentar informes al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, a su presidente y al CONEVAL sobre las acciones realizadas en cumplimiento de sus atribuciones, para contar con elementos que permitan evaluar las actividades y las políticas de desarrollo social vinculadas con la protección de niñas, niños y adolescentes.
·  Establecer estrategias de coordinación con las secretarías ejecutivas de los sistemas de las entidades, así como la articulación de la política nacional y el intercambio de información, para dar cumplimiento al objeto y a los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes del país.
·  Dictar criterios y lineamientos en el desarrollo de procesos internos de planeación, organización, programación, seguimiento y evaluación, para asegurar la observancia por parte de las áreas que conforman la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en el desempeño y cumplimiento de sus atribuciones.
·  Emitir políticas en torno a la administración de recursos financieros, humanos, materiales y tecnológicos, para contribuir en la operación y funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva y áreas que la conforman.
·  Someter a la aprobación de la instancia superior, las propuestas de modificación a la estructura orgánica y ocupacional de la Secretaría Ejecutiva, para garantizar la operación del Órgano Administrativo Desconcentrado, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables en la materia.
·  Atender las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan en el ámbito de su competencia, así como aquellas que le confiera el superior jerárquico inmediato.
VIII. GLOSARIO
TÉRMINOS:
ACERVO JURÍDICO: Es el conjunto de decisiones y leyes que se han aplicado para garantizar una vida en armonía entre todos los ciudadanos.
CÉDULA DE IDENTIDAD CIUDADANA: Documento oficial de identificación, que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular.
CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN: La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un código alfanumérico emitido por el gobierno federal mexicano para identificar a todos los residentes del país (nacionales y extranjeros) y a todos los nacionales que se encuentran residiendo en el exterior. La Clave contiene 18 elementos alfanuméricos, de los cuales 16 son extraídos de un documento probatorio de identidad (acta de nacimiento, carta de naturalización, documento migratorio o certificado de nacionalidad mexicana) y los dos últimos son asignados por el Registro Nacional de Población adscrito a la SEGOB.
COHESIÓN SOCIAL: Es el nivel de consenso de los integrantes de un grupo social o el sentido de pertenencia a una causa o interés común.
COMISIÓN NACIONAL MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE: La Comisión de Seguridad e Higiene está organizada de forma bipartita, es decir, se forma por igual número de representantes de los trabajadores e igual número de representantes del patrón, y principalmente el objetivo de dicha Comisión es de prevenir y vigilar que no sucedan accidentes de trabajo, proponer medidas preventivas, así como investigar las causas de los accidentes y enfermedades.
COMISIÓN PERMANENTE: Es un órgano constituido por el Congreso que tiene como objetivo cumplir las funciones de la Institución cuando este está en receso, cierre de legislatura o cualquier otra emergencia. Es decir, remplaza al Pleno cuando este no está en vigor.
CONCERTACIÓN POLÍTICA: Se entiende por Concertación Política al proceso de construcción de estrategias para la negociación que se desarrolla entre el gobierno (entendido éste como las instituciones que componen al Poder Ejecutivo), y actores políticos y sociales, que tiene como propósito el encontrar soluciones viables a corto, mediano y largo plazo de problemas específicos, sin que dichas soluciones contravengan el marco jurídico existente, ni conlleven al uso arbitrario del poder por parte del gobierno.
CONFLICTOS DE INTOLERANCIA RELIGIOSA: Son aquellos eventos propiciados por la no aceptación de creencias religiosas diferentes a las creencias religiosas propias, generalmente son en contra de las creencias religiosas de otro.
CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA: Es el proceso por el cual una persona que reviste o va a revestir la condición de ciudadano cuando obtenga la edad necesaria para ejercer plenamente sus derechos, va formando su personalidad individual y social con base a los valores que la comunidad que integra, considera valiosos y positivos para que una sociedad democrática se desarrolle en orden, en paz y en miras al progreso ético, material, tecnológico y científico.
CULTURA DE PAZ: Es una serie de valores, actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y previenen los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación entre las personas, los grupos y las naciones.
DEMOCRACIA PARTICIPATIVA: Es un sistema de organización política que otorga a los ciudadanos una mayor, más activa y más directa capacidad de intervención e influencia en la toma de decisiones de carácter público.
ENTIDADES SECTORIZADAS: Son las que comprenden los aspectos relativos a un sector de la economía, que es atendido por una dependencia/Entidad, se integran bajo la responsabilidad de la dependencia coordinadora del sector, atendiendo las normas y lineamientos que emite para su integración la SHCP.
ESTADO DE DERECHO: Es la forma política de organización de la vida social por la que las autoridades que lo gobiernan están limitadas estrictamente por un marco jurídico supremo que aceptan y al que se someten en sus formas y contenidos. Por lo tanto, toda decisión de sus órganos de gobierno ha de estar sujeta a procedimientos regulados por ley y guiados por absoluto respeto a los derechos fundamentales.
FEDERALISMO: Articulación de políticas públicas bajo principios de corresponsabilidad entre los tres órdenes de gobierno.
FUERO COMÚN: Se refiere a la correspondencia de aplicación de leyes federales, en un caso concreto a delitos cometidos en territorio que se considera federal o delitos que se encuentran tipificados en los ordenamientos federales.
GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA: Comprende los mecanismos, procesos e instituciones que determinan cómo se ejerce el poder, cómo se toman las decisiones sobre temas de inquietud pública y cómo
los ciudadanos articulan sus intereses, ejercitan sus derechos, cumplen sus obligaciones y median sus diferencias, consolidando así un Estado de derecho basado en la promoción de los derechos humanos como pilares fundamentales para alcanzar el desarrollo humano sostenible, buscando erradicar la extrema pobreza a través de políticas públicas basadas en la rendición de cuentas. Asimismo, se crean instituciones fortalecidas y se implementan métodos electorales, judiciales y de seguridad, responsables e independientes, que promuevan elecciones justas e inclusivas y un Estado de derecho, centrándose especialmente en la protección a grupos históricamente marginados o vulnerables, garantizando sistemas de seguridad efectivos.
INSTITUCIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL: Entidades privadas, autónomas y sin fines de lucro, las cuales se reúnen en torno al interés público abordando temas de alta relevancia social.
JUNTA DE GOBIERNO: Es el máximo órgano colegiado, que colabora en la función de alta dirección política, determina las líneas estratégicas, y define la realización de todas las operaciones inherentes a la razón de ser de una dependencia /Entidad.
LICENCIAMIENTO TECNOLÓGICO: Es el contrato tecnológico por el que se transfiere mediante precio el derecho de utilización de la técnica cedida, inscrita o no en el Registro de la propiedad industrial. Desde el punto de vista del licenciante o cedente del uso, este contrato se considera como un estadio intermedio entre la exportación y la inversión de capital en el extranjero. De ahí, que se denomine también licencia de exportación. Cuando se pacta que el licenciatario podrá recabar del licenciante cualquier mejora, ya sea técnica o monetaria, que con el mismo objeto el segundo haya concedido a otro licenciatario, se dice que se ha estipulado la cláusula de la empresa más favorecida.
MEDIDAS PRECAUTORIAS O CAUTELARES:
Medidas Cautelares: Conjunto de disposiciones impuestas mediante resolución del Órgano Jurisdiccional, por un lapso de tiempo pertinente con el fin de asegurar la presencia de una persona imputada por la probable comisión de un delito en el procedimiento, asimismo, para de garantizar la seguridad de la víctima u ofendido, o evitar la obstaculización de un procedimiento penal.
Providencias Precautorias: Disposiciones decretadas por el Juez, a efecto de garantizar la reparación del daño a la víctima u ofendido.
Medidas Cautelares o Precautorias: Disposiciones necesarias impuestas por las autoridades competentes para evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas o reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados, así como solicitar su modificación cuando cambien las situaciones que las justificaron. Dichas medidas pueden ser de conservación o restitutorias, según requiera la naturaleza del asunto.
MIGRACIÓN INTERNACIONAL: Movimiento de personas que dejan su país de origen o en el que tienen residencia habitual, para establecerse temporal o permanentemente en otro país distinto al suyo. Estas personas para ello han debido atravesar una frontera, independientemente de su temporalidad, estatus migratorio o motivación.
MOVILIDAD HUMANA: Término genérico que comprende la migración internacional y la migración interna. La migración internacional implica el cruce de una persona o grupo de personas de una frontera estatal internacionalmente reconocida de su país de origen, con el propósito de establecerse por un periodo de tiempo o de manera permanente en otro país del cual no es nacional; mientras que la migración interna se da cuando una persona o grupo de personas se desplazan de un lugar a otro del país del que es nacional, para establecerse allí por un periodo de tiempo o de manera permanente.
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS: Son aquellas entidades creadas y fundamentadas en la Constitución, y que no se adscriben a los poderes tradicionales del Estado y actúan con independencia en sus decisiones y estructura orgánica, depositarios de funciones estatales que se busca desmonopolizar, especializar, agilizar, independizar, controlar y/o transparentar ante la sociedad, con la misma igualdad constitucional.
POLÍTICA DE ESTADO TRANSVERSAL: Son aquellas acciones que, por su dimensión sobre los valores, comportamientos y orientaciones, buscan reestablecer o generar formas de armonización cívica, cultural y social de los ciudadanos, son impulsadas por comisiones o secretarías específicas y su despliegue tiene implicaciones dentro la planificación y la programación institucional de las entidades públicas.
RECONCILIACIÓN SOCIAL Y JUSTICIA: Es la estrategia que permite la transformación de los conflictos y el restablecimiento de las relaciones intergrupales pacíficas respetando los aspectos jurídicos.
REGISTRO NACIONAL DE AVISOS DE PODERES NOTARIALES: Es el sistema que permite al gobierno conocer de manera clara los actos y contratos que se lleven a cabo en el país.
REGISTRO NACIONAL DE AVISOS DE TESTAMENTO: Es una base nacional de datos que pueden consultar jueces o notarios públicos, al hacerlo pueden saber si una persona fallecida dejó un testamento que brinde certeza jurídica a sus familiares sobre sus propiedades.
REINSERCIÓN SOCIAL: Es volver a incluir en la comunidad a un individuo que, por algún motivo, quedó marginado.
SEGURIDAD LÓGICA: La seguridad lógica informática es una referencia a la protección por el uso de software en una organización, e incluye identificación de usuarios y contraseñas de acceso, autenticación, derechos de acceso y niveles de autoridad. Estas medidas son para asegurar que sólo los usuarios autorizados son capaces de realizar acciones o acceder a información en una red o un equipo concreto, una brecha de seguridad lógica informática afecta a los datos y el software sin afectar físicamente el hardware.
SERVICIOS POSTPENALES: Asistencia brindada a personas liberadas que busca promover, la creación y promoción de espacios de orientación, apoyo y desarrollo personal, laboral, cultural, educativo, social y de capacitación, a efecto de lograr la reinserción social además de fomentar en la sociedad la cultura de aceptación del liberado o externado.
TEJIDO SOCIAL: Es un conjunto de relaciones efectivas que determinan las formas particulares de ser, producir, interactuar y proyectarse en los ámbitos familiar, comunitario, laboral y ciudadano. Esto puede visualizarse como círculos concéntricos que representan los diferentes entornos en los que se desenvuelve la vida de un individuo en interacción con otros. En el círculo más interno se entretejen las relaciones familiares. Algunos de los problemas más sensibles que allí se presentan es la violencia intrafamiliar. En el círculo o entorno inmediato se entretejen las relaciones vecinales y comunitarias. Algunos de los problemas más sensibles que presenta son el chisme, la envidia, la falta de respeto por la propiedad ajena, etc. Aquí es muy importante fomentar valores comunitarios como la solidaridad, reciprocidad, el liderazgo y respeto por el otro; en general, pautas de buena convivencia. Luego sigue un círculo o entorno mayor donde se entretejen las relaciones laborales. En situaciones de pobreza, este entorno es afectado por el desempleo, la mendicidad, el asistencialismo y en casos extremos la delincuencia. Las pocas opciones de conseguir recursos por la vía legal las ofrece el rebusque. De ahí la importancia de fomentar la autogestión, auto-organización, revalorización de los recursos del entorno y participación en redes de apoyo social. En el círculo o entorno más externo se entretejen las relaciones ciudadanas. Los principales problemas que allí se presentan son el clientelismo, la marginalidad, la exclusión y la ausencia de un pacto social que comprometa a la sociedad en general. La lucha que se libra es, por ejemplo, por el derecho a la ciudad, basado en la legitimidad que tienen los individuos como ciudadanos para exigir sobre la ciudad y a manifestar su legítima pretensión de habitarla.
TERRITORIO INSULAR MEXICANO: Hace referencia a los diversos elementos insulares que forman parte del territorio nacional, de conformidad con el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 121 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Incluyen, a saber: islas, arrecifes y cayos.
TRIBUNALES FEDERALES: Son los encargados de impartir justicia fiscal y administrativa en el orden federal con plena autonomía, honestidad, calidad y eficiencia, al servicio de la sociedad, que garantice el acceso total a la justicia, apegado a los principios de legalidad y seguridad jurídica, de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, para contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho, al desarrollo del país y a la paz social.
SIGLAS:
APF: Administración Pública Federal.
D.O.F.: Diario Oficial de la Federación.
 
LOAPF: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
OIC: Órgano Interno de Control.
RISEGOB: Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
SEGOB: Secretaría de Gobernación.
SFP: Secretaría de la Función Pública.
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SSPC: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primero.- El presente Manual entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- El presente Manual podrá ser modificado o abrogado, según corresponda, al ser reformado o abrogado el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
En la Ciudad de México, a los 22 días del mes de mayo de dos mil veinte.- La Secretaria de Gobernación, Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.