OFICIO 500-05-2020-7672 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio Número: 500-05-2020-7672
Asunto:     Se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22, párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63 del Código Fiscal de la Federación vigente y 69-B, párrafos primero, tercero y cuarto del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 y Artículo Transitorio Vigésimo Noveno, inciso b) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2019, le comunica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en dicho Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Detectada tal situación, las citadas autoridades fiscales, a fin de dar cumplimiento al artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, así como al numeral 69 del Reglamento del citado Código, emitieron oficio de presunción individual a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1, y en dicho oficio se indicó los motivos y fundamentos por los cuales los contribuyentes se ubicaron en la hipótesis a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018.
Ahora bien, los oficios individuales señalados en el párrafo que precede fueron notificados a cada contribuyente en los términos precisados en el Anexo 1, apartado A, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo.
Por otra parte, el listado global de presunción fue notificado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria y mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en los términos precisados en el anexo 1, apartado B y C, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo, lo anterior de conformidad con la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente.
 
Atendiendo lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de dichas autoridades, en términos del tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer y por tanto, se encontrarían en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018.
Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y en virtud de que los contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, no se apersonaron ante la autoridad fiscal correspondiente no obstante estar debidamente notificados y, por lo tanto, no presentaron ninguna documentación tendiente a desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios individuales, se hizo efectivo el apercibimiento y por lo tanto las autoridades fiscales procedieron a emitir las resoluciones individuales definitivas en las que se determinó que al no haberse apersonado ante la autoridad no desvirtuaron los hechos que se les imputan, y, por tanto, que se actualiza definitivamente la hipótesis prevista en el primer párrafo de este artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, ello por las razones expuestas en dichas resoluciones definitivas.
Cabe señalar que las resoluciones definitivas señaladas en el párrafo anterior fueron debidamente notificadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden a cada uno de los contribuyentes señalados en el Anexo 1, apartado D del presente oficio.
Por lo anteriormente expuesto y, tomando en cuenta que el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018 señala que en ningún caso se publicará el listado antes de los treinta días hábiles posteriores a la notificación de la resolución y que, a la fecha ha transcurrido dicho plazo desde la notificación de la resolución y, además, las citadas autoridades no han sido notificadas de alguna resolución o sentencia concedida a favor de esos contribuyentes que ordene la suspensión o declare la nulidad o revocación del procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 24 de julio de 2018 que se les tiene iniciado; por tanto, con la finalidad de dar cabal cumplimiento al Resolutivo Tercero contenido en las citadas resoluciones definitivas, esta Administración Central de Fiscalización Estratégica adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en apoyo a las autoridades fiscales señaladas en el Anexo 1 del presente, procede a agregar los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes señalados en el Anexo 1 del presente oficio, en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron y por tanto, se encuentran en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, por los motivos y fundamentos señalados en las resoluciones definitivas notificadas a cada uno de ellos, listado que se publicará en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) así como en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, tal y como lo declara el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente
Ciudad de México a, 14 de febrero de 2020.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y de los Administradores de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6" con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: La Administradora de Fiscalización Estratégica "7", Cintia Aidee Jauregui Serratos.- Rúbrica.
 
Anexo 1 del oficio número 500-05-2020-7672 de fecha 14 de febrero de 2020 correspondiente a contribuyentes que, NO aportaron argumentos y/o pruebas, para desvirtuar el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, motivo por el cual se actualizó DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Número y fecha
de oficio
individual de
presunción
Autoridad emisora
del oficio individual
de presunción
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación personal
Notificación por Buzón Tributario
Fecha de
fijación en
los estrados
de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
1
ACM150325N97
AGR CONSULTORES DE
MÉXICO & CO, S.A. DE
C.V.
500-25-00-00-00-
2018-6785 de
fecha 12 de julio de
2018
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guanajuato "2"
7 de agosto
de 2018
30 de agosto de
2018
 
 
 
 
2
ALO0711079TA
ADMINISTRADORA LOMA,
S. DE R.L. DE C.V.
500-45-00-04-03-
2017-21034 de
fecha 15 de febrero
de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Puebla "1"
27 de febrero
de 2017
23 de marzo de
2017
 
 
 
 
3
ATJ150326HYA
ASESORIA TJ, S.A. DE
C.V.
500-09-00-05-01-
2016-04853 de
fecha 12 de
diciembre de 2016
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Baja California "1"
 
 
14 de
diciembre de
2016
15 de diciembre
de 2016
 
 
4
CEI100927LH9
COMERCIALIZADORA E
IMPULSORA RHINO, S.A.
DE C.V.
500-43-03-05-01-
2017-2820 de
fecha 27 de enero
de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Nuevo León "3"
7 de febrero
de 2017
2 de marzo de
2017
 
 
 
 
5
CMA120813HW3
CONSTRUCCIONFUSION
MATERIALES, S.A. DE
C.V.
500-36-07-02-01-
2018-13792 de
fecha 8 de marzo
de 2018
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
México "2"
3 de abril de
2018
26 de abril de
2018
 
 
 
 
6
CMD1501219G8
COMERCIALIZADORA
MAR Y DESIERTO DEL
NORTE, S. DE R.L. DE
C.V.
500-74-06-04-02-
2018-19646 de
fecha 28 de junio
de 2018
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Distrito Federal "4"
 
 
 
 
29 de junio de
2018
2 de julio de
2018
7
DIME62111484A
DIAZ MUNGUIA ENRIQUE
SALVADOR
500-66-00-00-00-
2017-1508 de
fecha 25 de enero
de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Veracruz "3"
30 de junio
de 2017
8 de agosto de
2017
 
 
 
 
8
FBA1103295U5
"FLOW/AGENCIA
CREATIVA", S.A. DE C.V.
500-36-07-03-01-
2017-22943 de
fecha 27 de junio
de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
México "2"
12 de octubre
de 2017
7 de noviembre
de 2017
 
 
 
 
9
GUJI721030T49
GUERRERO JIMENEZ
ISRAEL
500-36-07-03-01-
2017-44302 de
fecha 19 de
octubre de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
México "2"
6 de
diciembre de
2017
12 de enero de
2018
 
 
 
 
10
OPI150413SG7
OPERADORA DE
PRODUCTOS
INDUSTRIALES Y
SERVICIOS DIABREJ, S.
DE R.L. DE C.V.
500-45-00-04-02-
2017-29846 de
fecha 12 de
diciembre de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Puebla "1"
20 de
diciembre de
2017
26 de enero de
2018
 
 
 
 
11
OPP1504142T9
OPERADORA PROSE
PUEBLA, S. DE R.L. DE
C.V.
500-45-00-04-02-
2017-29847 de
fecha 12 de
diciembre de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Puebla "1"
21 de
diciembre de
2017
29 de enero de
2018
 
 
 
 
12
SMI1210022I9
SNA MINE, S.A. DE C.V.
500-28-00-05-00-
2016-04815 de
fecha 3 de agosto
de 2016
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "2"
 
 
 
 
5 de agosto de
2016
8 de agosto de
2016
 
Apartado B.- Notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Número y fecha
de oficio global
de presunción
Autoridad emisora
del oficio global de
presunción
Fecha de
notificación en la
página de internet
del Servicio de
Administración
Tributaria
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
1
ACM150325N97
AGR CONSULTORES DE MÉXICO &
CO, S.A. DE C.V.
500-05-2018-
32757 de fecha
31 de octubre de
2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
31 de octubre de
2018
01 de noviembre
de 2018
2
ALO0711079TA
ADMINISTRADORA LOMA, S. DE R.L.
DE C.V.
500-05-2017-2630
de fecha 31 de
marzo de 2017
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
3 de abril de 2017
4 de abril de
2017
3
ATJ150326HYA
ASESORIA TJ, S.A. DE C.V.
500-05-2017-2457
de fecha 1 de
febrero de 2017
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de febrero de
2017
2 de febrero de
2017
 
4
CEI100927LH9
COMERCIALIZADORA E IMPULSORA
RHINO, S.A. DE C.V.
500-05-2019-
27609 de fecha 2
de agosto de
2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
2 de agosto de 2019
03 de agosto de
2019
5
CMA120813HW3
CONSTRUCCIONFUSION
MATERIALES, S.A. DE C.V.
500-05-2018-
16632 de fecha
01 de junio de
2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de junio de 2018
4 de junio de
2018
6
CMD1501219G8
COMERCIALIZADORA MAR Y
DESIERTO DEL NORTE, S. DE R.L.
DE C.V.
500-05-2019-2520
de fecha 9 de
enero de 2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
9 de enero de 2019
10 de enero de
2019
7
DIME62111484A
DIAZ MUNGUIA ENRIQUE SALVADOR
500-05-2018-8182
de fecha 23 de
marzo del 2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de abril de 2018
2 de abril de
2018
8
FBA1103295U5
"FLOW/AGENCIA CREATIVA", S.A. DE
C.V.
500-05-2017-
38736 de fecha 1
de diciembre de
2017
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de diciembre de
2017
4 de diciembre
de 2017
9
GUJI721030T49
GUERRERO JIMENEZ ISRAEL
500-05-2018-5857
de fecha 1 de
febrero de 2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de febrero de
2018
2 de febrero de
2018
10
OPI150413SG7
OPERADORA DE PRODUCTOS
INDUSTRIALES Y SERVICIOS
DIABREJ, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2019-2520
de fecha 9 de
enero de 2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
9 de enero de 2019
10 de enero de
2019
11
OPP1504142T9
OPERADORA PROSE PUEBLA, S. DE
R.L. DE C.V.
500-05-2019-2520
de fecha 9 de
enero de 2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
9 de enero de 2019
10 de enero de
2019
12
SMI1210022I9
SNA MINE, S.A. DE C.V.
500-05-2016-
32291 de fecha
de 1 de
septiembre de
2016
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de septiembre de
2016
2 de septiembre
de 2016
 
Apartado C.- Notificación en el Diario Oficial de la Federación.
 
R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Número y fecha
de oficio global
de presunción
Autoridad emisora
del oficio global de
presunción
Fecha de
notificación en el
Diario Oficial de la
Federación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
1
ACM150325N97
AGR CONSULTORES DE MÉXICO &
CO, S.A. DE C.V.
500-05-2018-
32757 de fecha
31 de octubre de
2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
27 de diciembre de
2018
07 de enero de
2019
2
ALO0711079TA
ADMINISTRADORA LOMA, S. DE R.L.
DE C.V.
500-05-2017-2630
de fecha 31 de
marzo de 2017
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
25 de abril de 2017
26 de abril de
2017
3
ATJ150326HYA
ASESORIA TJ, S.A. DE C.V.
500-05-2017-2457
de fecha 1 de
febrero de 2017
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
16 de febrero de
2017
17 de febrero de
2017
4
CEI100927LH9
COMERCIALIZADORA E IMPULSORA
RHINO, S.A. DE C.V.
500-05-2019-
27609 de fecha 2
de agosto de
2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
26 de agosto de
2019
27 de agosto de
2019
5
CMA120813HW3
CONSTRUCCIONFUSION
MATERIALES, S.A. DE C.V.
500-05-2018-
16632 de fecha
01 de junio de
2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
25 de junio de 2018
26 de junio de
2018
6
CMD1501219G8
COMERCIALIZADORA MAR Y
DESIERTO DEL NORTE, S. DE R.L.
DE C.V.
500-05-2019-2520
de fecha 9 de
enero de 2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de febrero de
2019
5 de febrero de
2019
7
DIME62111484A
DIAZ MUNGUIA ENRIQUE SALVADOR
500-05-2018-8182
de fecha 23 de
marzo del 2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
18 de mayo de
2018
21 de mayo de
2018
8
FBA1103295U5
"FLOW/AGENCIA CREATIVA", S.A. DE
C.V.
500-05-2017-
38736 de fecha 1
de diciembre de
2017
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
26 de diciembre de
2017
8 de enero de
2018
9
GUJI721030T49
GUERRERO JIMENEZ ISRAEL
500-05-2018-5857
de fecha 1 de
febrero de 2018
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
15 de febrero de
2018
16 de febrero de
2018
10
OPI150413SG7
OPERADORA DE PRODUCTOS
INDUSTRIALES Y SERVICIOS
DIABREJ, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2019-2520
de fecha 9 de
enero de 2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de febrero de
2019
5 de febrero de
2019
11
OPP1504142T9
OPERADORA PROSE PUEBLA, S. DE
R.L. DE C.V.
500-05-2019-2520
de fecha 9 de
enero de 2019
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
1 de febrero de
2019
5 de febrero de
2019
12
SMI1210022I9
SNA MINE, S.A. DE C.V.
500-05-2016-
32291 de fecha
de 1 de
septiembre de
2016
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
12 de septiembre
de 2016
13 de septiembre
de 2016
 
Apartado D.- Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
 
R.F.C.
Nombre del
Contribuyente
Número y fecha de
resolución definitiva
Autoridad emisora
de la resolución
definitiva
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación personal
Notificación por Buzón Tributario
Fecha de
fijación en los
estrados de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
1
ACM150325N97
AGR CONSULTORES DE
MÉXICO & CO, S.A. DE
C.V.
500-25-00-03-01-
2019-2428 de fecha
21 de octubre de
2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guanajuato "2"
11 de
noviembre de
2019
5 de diciembre
de 2019
 
 
 
 
2
ALO0711079TA
ADMINISTRADORA
LOMA, S. DE R.L. DE C.V.
500-45-00-07-01-
2019-17135 de fecha
30 de julio de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Puebla "1"
8 de octubre de
2019
31 de octubre
de 2019
 
 
 
 
3
ATJ150326HYA
ASESORIA TJ, S.A. DE
C.V.
500-09-00-05-01-
2019-04058 de fecha
8 de noviembre de
2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Baja California "1"
13 de
noviembre de
2019
9 de diciembre
de 2019

 
 
 
4
CEI100927LH9
COMERCIALIZADORA E
IMPULSORA RHINO, S.A.
DE C.V.
500-43-03-05-03-
2019-6288 de fecha
28 de octubre de
2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Nuevo León "3"
4 de noviembre
de 2019
28 de
noviembre de
2019
 
 
 
 
5
CMA120813HW3
CONSTRUCCIONFUSION
MATERIALES, S.A. DE
C.V.
500-36-07-02-01-
2019-6739 de fecha
15 de febrero de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
México "2"
 
 
25 de febrero de
2019
26 de febrero
de 2019
 
 
6
CMD1501219G8
COMERCIALIZADORA
MAR Y DESIERTO DEL
NORTE, S. DE R.L. DE
C.V.
500-74-06-04-01-
2019-10351 de fecha
25 de noviembre de
2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Distrito Federal "4"
 
 
 
 
29 de
noviembre de
2019
2 de diciembre
de 2019
7
DIME62111484A
DIAZ MUNGUIA ENRIQUE
SALVADOR
500-65-00-02-01-
2019-12893 de fecha
17 de octubre de
2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Veracruz "2"
11 de
noviembre de
2019
5 de diciembre
de 2019
 
 
 
 
8
FBA1103295U5
"FLOW/AGENCIA
CREATIVA", S.A. DE C.V.
500-36-07-03-03-
2019-22652 de fecha
14 de junio de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
México "2"
14 de octubre
de 2019
6 de noviembre
de 2019
 
 
 
 
9
GUJI721030T49
GUERRERO JIMENEZ
ISRAEL
500-36-07-03-03-
2019-17437 de fecha
29 de mayo de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
México "2"
30 de octubre
de 2019
25 de
noviembre de
2019
 
 
 
 
10
OPI150413SG7
OPERADORA DE
PRODUCTOS
INDUSTRIALES Y
SERVICIOS DIABREJ, S.
DE R.L. DE C.V.
500-45-00-07-01-
2019-11780 de fecha
18 de junio de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Puebla "1"
1 de julio de
2019
7 de agosto de
2019
 
 
 
 
11
OPP1504142T9
OPERADORA PROSE
PUEBLA, S. DE R.L. DE
C.V.
500-45-00-07-01-
2019-11278 de fecha
13 de mayo de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Puebla "1"
29 de mayo de
2019
21 de junio de
2019
 
 
 
 
12
SMI1210022I9
SNA MINE, S.A. DE C.V. //
En cumplimiento a la
sentencia de fecha 22 de
mayo de 2019, dictada
dentro del Juicio
Contencioso Administrativo
Número 255/17-14-01-9/
4261/17-PL-02-04.
500-39-00-05-01-
2019-10944 de fecha
2 de octubre de 2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Morelos "1"
 
 
 
 
8 de octubre de
2019
9 de octubre de
2019
__________________________