Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala,
con residencia en Apizaco
EDICTO.
 
Torres y Edificaciones Especializadas, Sociedad Anónima de Capital Variable y Autos de Lujo HQ, Sociedad Anónima de Capital Variable (Terceros interesados)
En cumplimiento al auto de seis de febrero de dos mil veinte, dictado en los autos del juicio de amparo número 609/2019-I, radicado en este Juzgado de Distrito, promovido por Silvestre Loredo Huerta, contra actos del Juez Primero Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla y Especializado en Extinción de Dominio y otras autoridades, de quienes reclama la inscripción de reconocimiento de adeudo y constitución de hipoteca e inscripción de un embargo respecto del bien inmueble ubicado en calle Privada Haití, sin número, de la población de San Francisco Ocotelulco, Municipio de Totolac, Distrito de Hidalgo, Estado de Tlaxcala, ordenado dentro del expediente 844/2015 del índice del Juez Primero Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla y Especializado en Extinción de Dominio, sin haber sido debidamente emplazado ni oído ni vencido en juicio; al ser señalados como terceros interesados y desconocerse su domicilio, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el "Diario Oficial de la Federación" y en un diario de mayor circulación a nivel nacional, con apoyo en los artículos 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; haciendo de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones dentro de la Zona Metropolitana Tlaxcala-Apizaco, donde tiene su residencia este Juzgado Federal, apercibidos que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se les harán por lista. Queda a su disposición en este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo.
 
Apizaco, Tlaxcala, seis de febrero de dos mil veinte.
El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en Apizaco.
Lic. Jorge Vallejo Rivera.
Rúbrica.
(R.- 492651)