Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimientos: DGR/D/11/2019/R/14/195, oficio DGR-D-0765/20;
y DGR/B/01/2020/R/15/012, oficio DGR-B-0909/20
 
Por acuerdos del 29 de enero de 2020, se ordenó la notificación por edictos de los oficios que se citan en relación con las conductas presuntamente irregulares que se les atribuyen:
En el procedimiento DGR/D/11/2019/R/14/195 la persona moral Soluciones Electro Hidráulicas,S.A. de C.V., en su carácter de Contratista a quien se le adjudicó la ejecución de la obra denominada "Colector Pluvial MABE Primera Etapa del Municipio de Saltillo, Coahuila": "Omitió reintegrar la cantidad no amortizada del anticipo otorgado al amparo del Contrato de Obra Pública a base de Precios Unitarios y Tiempo Determinado número LO-N301-2014 del 11 de noviembre de 2014, que suscribió con el Gobierno del Estado de Coahuila; lo que ocasionó un daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $623,710.66 correspondiente a los recursos del Fondo Metropolitano 2014 que fueron destinados al pago de dicho anticipo"; por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $623,710.66 (SEISCIENTOS VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS 66/100 M.N.). infringiendo con su conducta el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; divulgado en el DOF el 28 de julio de 2010, y las Cláusulas Sexta, Séptima y Vigésima Tercera del Contrato de Obra Pública a base de Precios Unitarios y Tiempo Determinado número LO-N301-2014del 11 de noviembre de 2014, suscrito entre el Gobierno del Estado de Coahuila y la empresa Soluciones Electro Hidráulicas, S.A. de C.V., disposiciones legales y normativas con texto vigente y aplicable a la Cuenta Pública 2014.
En el procedimiento DGR/B/01/2020/R/15/012 a Marco Antonio de León Rosendo, en su carácter de N47 Jefe del Departamento de Abastecimiento UMH A en el Hospital General Regional número 110 de la Delegación Estatal Jalisco, consistente en: "Omitió verificar los procesos de farmacia del Hospital General Regional número 110 de la Delegación Estatal Jalisco, lo que originó la falta de soporte documental que acredite los traspasos de medicamentos identificados con claves 0476, 4266, 5330 y 5434, correspondientes a 36 piezas que se traspasaron durante los meses de enero a julio de 2015"; por lo anterior, ocasionó presumiblemente un daño al patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social por un monto de $108,709.62 (CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS NUEVE PESOS 62/100 M.N.).
En tal virtud conforme al artículo 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de Federación (DOF) el 29 de mayo de 2009; en relación con los Transitorios primero y cuarto del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicado en el DOF el 18 de julio de 2016; 3; en la parte relativa a la Dirección General de Responsabilidades, y 40, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero de 2017, modificado mediante Acuerdo publicado en el DOF el 13 de julio de 2018, se les cita para que comparezcan personalmente a la audiencia a celebrarse en esta Dirección General de Responsabilidades, sita en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, para la persona moral Soluciones Electro Hidráulicas, S.A. de C.V., a las 09:00 horas del 27 de febrero de 2020, a través de su Representante Legal, en el procedimiento DGR/D/11/2019/R/14/195, debiendo presentar al momento de la audiencia, identificación oficial vigente, con fotografía y el original o copia certificada del Instrumento Notarial con el cual acredite ser el Representante Legal de la empresa en cita o bien, del Acta Constitutiva de la presunta responsable Soluciones Electro Hidráulicas, S.A. de C.V.; y respecto a Marco Antonio de León Rosendo, el 05 marzo de 2020 a las 11:30 horas dentro del procedimiento DGR/B/01/2020/R/15/012, a efecto de que manifiesten lo que a sus intereses convenga, ofrezcan pruebas y formulen alegatos; apercibidos que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se les imputan, y por precluidos sus derechos para manifestar lo que consideren pertinente, ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obran en los expedientes respectivos; asimismo, se les previene a fin de que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Ciudad de México, de lo contrario las posteriores notificaciones, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en el
pizarrón que se encuentra en el domicilio ya citado. Se ponen a la vista para consulta los expedientes mencionados en días hábiles de 9:00 a 15:00 horas y de 16:30 a 18:30 horas. Ciudad de México, a 5 de febrero de 2020. El Director General de Responsabilidades, Lic. Héctor Barrenechea Nava.- Rúbrica.
 
(R.- 492051)