EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Agrupación Religiosa Ministerio, Los Misterios de Dios, para constituirse en asociación religiosa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.- Dirección General Adjunta de Registro, Certificación y Normatividad de Asociaciones Religiosas.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. LUIS CARRILLO PUERTO Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA AGRUPACIÓN RELIGIOSA MINISTERIO, LOS MISTERIOS DE DIOS.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, 8 y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada AGRUPACIÓN RELIGIOSA MINISTERIO, LOS MISTERIOS DE DIOS, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Prolongación Niño Artillero, Manzana 16, lote 7, Col. Ampliación Polvorín, Ciudad de Campeche, Campeche, C.P. 24060.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle Prolongación Niño Artillero, Manzana 16, lote 7, Col. Ampliación Polvorín, Ciudad de Campeche, Campeche, C.P. 24060, manifestado unilateralmente como susceptible de incorporarse al patrimonio.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Realizar sistemáticamente cultos devocionales, de predicación y de instrucción Bíblica".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Luis Carrillo Puerto, José Alberto Aragón Quijano, Cristhian Gerardo Cupul Sánchez y/o Martha Alicia Montores Sánchez.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo Directivo", integrado por las personas y cargos siguientes: Luis Carrillo Puerto, Presidente; José Alberto Aragón Quijano, Vicepresidente; Cristhian Gerardo Cupul Sánchez, Secretario; y Martha Alicia Montores Sánchez, Tesorera.
IX.- Ministros de culto: Luis Carrillo Puerto, José Alberto Aragón Quijano, Cristhian Gerardo Cupul Sánchez y Martha Alicia Montores Sánchez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los diez días del mes de diciembre de dos mil diecinueve.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Jorge Lee
Galindo.- Rúbrica.