CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Quintana Roo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto denominado Programa de Prevención de Violencia contra Mujeres en Espacios.

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MARÍA CANDELARIA OCHOA ÁVALOS, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ, ASISITIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JORGE ARTURO CONTRERAS CASTILLO, LA SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, YOHANET TEODULA TORRES MUÑOZ Y LA ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, ROCÍO MORENO MENDOZA, DEPENDENCIA RESPONSABLE Y BENEFICIADA DEL PROYECTO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de México reconoce y se obliga a cumplir con responsabilidad el mandato contenido en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México sea parte;
Que el Estado mexicano, ha suscrito y ratificado diversos instrumentos que buscan garantizar el respeto a la dignidad e integridad de las mujeres, su igualdad jurídica ante el varón, así como a la eliminación de la violencia y de todas las formas de discriminación contra la mujer; entre los cuales se encuentran, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer;
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II, Capítulo V, el mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado Mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Quintana Roo.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de diciembre de 2018, señala en el Anexo 13, "Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
 
De conformidad con el oficio SEDESO/DS/290/V/2019 de fecha 20 de mayo de 2019, suscrito por la Encargada de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Quintana Roo, Dependencia responsable y Beneficiada del Proyecto, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la realización del proyecto "Programa de Prevención de Violencia contra Mujeres en ESPACIOS" en el Estado de Quintana Roo.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019 (Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $2'000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto: "Programa de Prevención de Violencia contra Mujeres en ESPACIOS". Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-13/2019 de fecha 15 de julio de 2019.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2019, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5. La Comisionada Nacional, María Candelaria Ochoa Ávalos cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 438011 relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314364.
I.7. Señala como su domicilio el ubicado en la calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 2, 3 y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado de Quintana Roo, Carlos Manuel Joaquín González, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 78, 90, 91 y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 2, 3, 4, 8 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo.
II.3. Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Titular de la Secretaría de Gobierno, Jorge Arturo Contreras Castillo, con fundamento en los artículos 90, fracción I y 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19, fracción I, 30, fracción VII y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 8 y 9, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio y se acredita con el Nombramiento de fecha 10 de septiembre de 2019, signado por el Gobernador del Estado de Quintana Roo.
II.4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, fracción I y 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19 fracción III, 21, 30, fracción VII y 33 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 3, 5, 9 y 10 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Quintana Roo, Yohanet Teodula Torres Muñoz, en su carácter de Secretaria de Finanzas y Planeación se encuentra facultada para suscribir el presente Convenio.
II.5. La Secretaría de Desarrollo Social del Estado, forma parte integrante de la Administración Pública Estatal dependiente del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 y 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. La Encargada de la Secretaría de Desarrollo Social, Rocío Moreno Mendoza, asiste en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 13, 19 fracción II y 32 fracción XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, así como los artículos 10 fracción XVI y 39 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social e Indígena.
II.6. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos de forma complementaria al proyecto materia del presente Convenio, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7. Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal ubicado en Calle 22 de enero número 1, Colonia Centro, Chetumal, Quintana Roo, C.P. 77000.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Quintana Roo, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Quintana Roo.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las medidas señaladas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Quintana Roo
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los Lineamientos.
III.6 Se comprometen a apegarse a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto denominado: "Programa de Prevención de Violencia contra Mujeres en ESPACIOS", que permita dar cumplimiento al Resolutivo Segundo de la Declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres Estado de Quintana Roo, en particular la Medida de Seguridad 2, que establece: Diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres. Entre otras acciones, se requiere:
i) Implementar mecanismos de vigilancia y seguridad pública como instalación de cámaras de video y
postes de emergencia en puntos estratégicos;
ii) Reforzar los patrullajes preventivos;
iii) Instalar alumbrado público y fortalecer el existente;
iv) Difundir información sobre líneas de apoyo a víctimas de violencia y crear los protocolos necesarios para su efectivo funcionamiento, y
v) Crear de una aplicación para teléfonos inteligentes que permita a las mujeres víctimas de violencia el acceso inmediato a los servicios de atención y seguridad.
Medida de Prevención 5:
Generar campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales, encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer a la sociedad en general los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia, así como los servicios institucionales.
Dicho proyecto se realizará de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de actividades lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.), para el proyecto denominado: "Programa de Prevención de Violencia contra Mujeres en ESPACIOS", del Estado de Quintana Roo.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de su Secretaría de Finanzas y Planeación en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Número de plaza:      0074 Chetumal Quintana Roo
CLABE:                   012690001135157966
Cuenta Bancaria:       00113515796
Banco:                    BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer.
A nombre de:            Gobierno Libre y Soberano del Estado de Quintana Roo
                             "Programa de prevención de violencia contra mujeres en ESPACIOS"
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARÍA" la factura CFDI prevista en el lineamiento Décimo sexto de los Lineamientos.
Una vez que "LA SECRETARÍA" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "LA SECRETARÍA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARÍA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, por lo que "LA SECRETARÍA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "LA SECRETARÍA". El Comité, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARÍA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que estas se comprometen a sacar a "LA SECRETARÍA" de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de los previstos en los Lineamientos, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del proyecto denominado: "Programa de Prevención de Violencia contra Mujeres en ESPACIOS".
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA". Además de los previstos en los Lineamientos, "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, dentro de los treinta días naturales siguientes después de haber suscrito el Convenio de Coordinación correspondiente, y habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.    Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los Lineamientos, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico del presente Convenio.
b.    Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.    Realizar por conducto de la Secretaría u organismo encargado de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f.     Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales
aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
j.     Entregar bimestralmente por conducto de la Encargada de la Secretaría de Desarrollo Social a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
l.     En términos de los Lineamientos, presentar a "LA SECRETARÍA", a más tardar el 15 de enero de 2020, un Acta de cierre, firmada por la Encargada de la Secretaría de Desarrollo Social, en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2019 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso n) del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio SEDESO/DS/290/V/2019 signado por la Encargada de la Secretaría de Desarrollo Social, y por "LA SECRETARÍA" la persona que fue designada mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-13/2019 signado por la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social informará a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento y el inciso e), del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el ejercicio fiscal 2019, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes a la conclusión del cierre del ejercicio fiscal en términos de los Lineamientos.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Quintana Roo.
En el caso de "LA SECRETARÍA", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los lineamientos sexto, décimo quinto y décimo sexto de los Lineamientos.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2019 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, esta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "LA SECRETARÍA" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el lineamiento Trigésimo Tercero de los Lineamientos, procederá a dar por terminado el presente Convenio y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría del Estado de Quintana Roo.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
 
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2019. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo. En caso de que se presente alguna discrepancia, deberá sujetarse a lo que dispone el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 26 fracción II inciso a del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno México a través de "LA SECRETARÍA".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 8 días del mes de octubre de 2019.- Por la Secretaría: el
Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Quintana Roo, Carlos Manuel Joaquín González.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Jorge Arturo Contreras Castillo.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y Planeación, Yohanet Teodula Torres Muñoz.- Rúbrica.- La Encargada de la Secretaría de Desarrollo Social, Dependencia Responsable y Beneficiada del Proyecto, Rocío Moreno Mendoza.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO
DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA EL PROGRAMA DENOMINADO: "PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE VIOLENCIA CONTRA MUJERES EN ESPACIOS" QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
1.     Nombre, objeto y descripción de "El Proyecto":
    Nombre o denominación: "Programa de Prevención de Violencia contra Mujeres en ESPACIOS"
    Objeto: Implementar e impartir talleres dirigidos a mujeres que se encuentran expuestas a factores de riesgos sociales, situacionales o económicos, en espacios o zonas de alto riesgo para ellas.
    Descripción: El proyecto conocido como ESPACIOS, trabajará con las mujeres, que se encuentren expuestas a factores de riesgo sociales, situacionales o económicos, lo que permite intervenir en todas las etapas de su desarrollo. Se pretende dotar a las adolescentes y mujeres de herramientas que les permitan detectar situaciones de violencia en su contra, denunciarla y hacerle frente. Es un proyecto que aparte de servir como puente para desplegar programas estatales de prevención y atención de la violencia contra las mujeres, promueve el desarrollo involucrando también a la comunidad y a las Organizaciones de la Sociedad Civil, para transformar zonas de alta incidencia delictiva y de violencia contra la mujer en áreas activas y seguras que trabajan en la reconstrucción del tejido social.
       El proyecto se implementará en el Municipio de Benito Juárez, y en particular en las Súper manzanas/Regiones 24, 32, 63, 77, 103, 220, 228, 235, 236 y 308, que cuenta con zonas con un alto índice de violencia contra mujeres de acuerdo a los datos registrados en el Banco Estatal de Datos e Información de Violencia Contra las Mujeres (BAESVIM).
2.     Fecha de solicitud del Subsidio:
    Fecha de solicitud: 20 de mayo de 2019
    Oficio: SEDESO/DS/290/V/2019
    Autoridad solicitante: Secretaría de Desarrollo Social.
3.     Instancia Estatal Responsable y receptora de "El Proyecto":
       Nombre: Secretaría de Desarrollo Social.
       Instancia Estatal Responsable y Receptora de "El Proyecto" en los casos en los que la institución solicitante sea la misma que la receptora: Se establecen en la cláusula Quinta del presente Convenio de Coordinación, así como, las señaladas en el Lineamiento trigésimo primero de los Lineamientos para la Obtención y Aplicación de Recursos Destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2019.
4.     Monto aprobado:
    Cantidad aprobada por la CONAVIM: $2'000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.).
5.     Fecha estimada del inicio del Proyecto:
       Fecha: El proyecto dará inicio una vez que el recurso federal sea asignado a la cuenta de la Secretaría de Finanzas y Planeación.
6.     Fecha estimada para la conclusión del Proyecto:
       Fecha: 31 de diciembre de 2019.
 
7.     Descripción del proyecto:
       Resumen: El programa ESPACIOS, trabajará con las mujeres, que se encuentren expuestas a factores de riesgo sociales, situacionales o económicos, lo que permite intervenir en todas las etapas de su desarrollo.
       Se pretende con programas de atención y prevención de la violencia dotar a las adolescentes y mujeres de herramientas que les permitan detectar situaciones de violencia en su contra, denunciarla y hacerle frente.
    Medida de seguridad, de prevención o de justicia, a la cual debe contribuir el proyecto, o bien la propuesta contenida en las conclusiones del informe al que hace referencia el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida de Libre de Violencia:
       El proyecto en cuestión está orientado a dar cumplimiento a la Medida de Seguridad 2 de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Quintana Roo emitida por la Secretaría de Gobernación, que establece: diseñar y ejecutar inmediatamente una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia, mediante la implementación de programas de apoyo a las mujeres en zonas de alto riesgo. Asimismo, la Medida de Prevención 5 de dicha declaratoria, que mandata generar acciones permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales, encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer a la sociedad en general, lo derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia, así como los servicios institucionales.
    Objetivo general: Prevenir la violencia de género a través de contrarrestar las condiciones de vulnerabilidad de adolescentes y mujeres.
    Objetivos específicos, cada uno con su meta e indicadores de gestión proceso y, en su caso, indicadores de resultado para verificar su implementación y cumplimiento:
Objetivos específicos
Meta
Indicador
Fórmula
Establecer programas en 10 espacios públicos en las localidades donde existen altos índices de Violencia de Género Contra las Mujeres.
10 espacios públicos con programas en operación.
Porcentaje de espacios públicos con programas en operación.
(Número de espacios programados en operación / número de espacios programados a atender) x 100.
Atender al 100% de las mujeres que soliciten algún tipo de servicios en los ESPACIOS, de la oferta dirigida para atender la violencia de género.
100% de mujeres atendidas que realizaron una solicitud de los servicios, Diseñados para la atención a la violencia de género
Porcentaje de mujeres atendidas por la oferta de programas diseñados para la atención a la violencia de género.
(Número de mujeres que solicitaron alguno de los servicios diseñados para los programas de violencia de genero / número de mujeres atendidas por alguno de los servicios diseñados para la atención a la violencia de género) x 100.
 
    Metodología:
       La Secretaría de Desarrollo Social, identificará espacios públicos para su intervención, así como el diagnóstico con las Instituciones, dependencias y organismos de los posibles programas que se deben aplicar en el Modelo de ESPACIOS, a saber: en las Súper Manzanas/Regiones 24, 32, 63, 77, 103, 220, 228, 235, 236 y 308 del Municipio de Benito Juárez, zonas con un alto índice de violencia contra mujeres de acuerdo a los datos registrados en el BAESVIM.
       La metodología es la siguiente:
       a) DISEÑO
       Para el caso de los talleres se ve necesario tomar en cuenta que su diseño debe obedecer a indicadores que ya se han establecido en el Modelo de Prevención, por lo que se plantean tres ejes
de actuación:
       Educación
       a) Organizar pláticas, talleres y foros para que mujeres de diversos grupos de edad, adquieran información sobre:
·  Recursos legales, como leyes, códigos, protocolos, normas de salud y otros, orientados a reforzar los derechos y la protección de las mujeres.
·  Herramientas de prevención
·  Recursos de protección.
       Cultura de la Paz
       a) Promover la participación ciudadana para gestar comunidades que se relacionen bajo la igualdad de derechos, relaciones de paz y atiendan de manera pacífica sus conflictos.
       Salud
       1. Dotar a las mujeres con herramientas psicológicas y legales para reducir su vulnerabilidad a la violencia.
       b) Implementación
       En su implementación se aplicarán los siguientes contenidos:
       Salud.
       Las y los prestadores de servicios de salud deben realizar tamizajes de manera rutinaria para detectar casos en pacientes ambulatorios u hospitalarios, y en los casos probables, llevaran a cabo procedimientos necesarios para su confirmación. ¿Por qué detectar violencia? La magnitud de la violencia documentada en las Encuestas Nacionales sobre Violencia contra las Mujeres (ENVIM 2003 y 2006) así como en otras encuestas e investigaciones nos muestran que las niñas, niños y mujeres, son los grupos que más frecuentemente viven situaciones de violencia familiar y sexual.
       Por otra parte, las repercusiones a la salud se presentan en las esferas biológicas, psicológicas y sociales que pueden llegar a provocar incapacidad, discapacidad o incluso la muerte.
       Al ser las mujeres uno de los grupos más afectados algunos estudios de investigación han mostrado que las usuarias sufren de violencia, aun cuando no lo manifiestan como motivo de consulta.
       Identificar esta problemática brinda nuevas opciones de tratamiento, la evidencia muestra que las mujeres están dispuestas a hablar de sus experiencias cuando el personal les pregunta.
       Otros estudios indican que es posible la recuperación después del trauma y una de las partes más importantes de la recuperación es que otra persona nombre y valide su experiencia, al mostrar su interés y sus conocimientos.
       c) GRUPOS REEDUCATIVOS DIRIGIDO A HOMBRES
       Dentro de las acciones de prevención para reducir la violencia hacia la mujer se puede la conformarán grupos reeducativos para hombres que generan violencia de género.
       OBJETIVO: Proporcionar servicios de reeducación a hombres que han ejercido violencia contra su pareja.
       DESARROLLO: Son Grupos abiertos con enfoque modular, con temáticas como: Identificación de la cultura machista, identificar y detener la violencia de pareja e hijos, asumir responsabilidad del ejercicio de su violencia, desarrollo de habilidades para resolver sin violencia conflictos, etc.
       IMPACTO: Desarrollar nuevas habilidades y comportamientos que les posibilite salir de la situación de violencia y permita establecer relaciones de pareja en un plano de igualdad respondiendo a las necesidades y condiciones socioculturales.
       POBLACIÓN: Hombres que han ejercido violencia alguna vez en su vida.
       Cultura de la Paz
       El Programa de Educación para la Paz (PEP), es un curso educativo multimedia cuyo propósito es que los participantes exploren la paz individual y que descubran recursos fundamentales como su propia fortaleza, la esperanza, la capacidad para elegir y valorar.
       Al concluir el curso, se invita a los participantes a compartir lo que han aprendido, qué les ha gustado o qué les ha hecho reflexionar y qué aspectos se podrían mejorar.
       EVALUACIÓN
 
       1. Para la evaluación se elaboraran cuestionarios de satisfacción de los cursos realizados a los participantes, para conocer la efectividad de los contenidos y el impacto de su aplicación.
    Población beneficiaria
    Población de las Súper Manzanas/Regiones 24, 32, 63, 77, 103, 220, 228, 235, 236 y 308 del Municipio de Benito Juárez.
    Actores estratégicos:
       Dependencias del estado de Quintana Roo entre las que destacan:
       SEDESO. Secretaría de Desarrollo Social.
       SEQ. Secretaría de Educación.
       SSP. Secretaria Seguridad Pública Estatal.
       Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Participación Ciudadana.
       SESA. Secretaría de Salud Estatal.
       STyPS. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
       COJUDEQ. Comisión para la Juventud y el Deporte.
       COQCYT. Consejo Quintanarroense de Ciencia y Tecnología.
       ICA. Instituto de la Cultura y las Artes.
       DIF. Desarrollo Integral de la Familia.
       ICATQROO. Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Quintana Roo.
       IEEA. Instituto Estatal para la Educación de los Adultos.
       INMAYA. Instituto para el Desarrollo del Pueblo Maya y las Comunidades Indígenas.
       IQIT. Instituto Quintanarroense de Innovación Tecnológica.
       IQJ. Instituto Quintanarroense de la Juventud.
       SEECAT. Servicio Estatal de Empleo y Capacitación para el Trabajo.
       SEMA. Secretaría de Ecología y Medio Ambiente.
       IQM. Instituto Quintanarroense de la Mujer.
       CONADIC. Comisión Nacional contra las Adicciones.
       CEAVEQROO. Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Quintana Roo.
       SIPINNA. Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
       SEDARPE. Secretaria de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca.
       Gobiernos Municipales del Estado de Quintana Roo, entre los cuales destacan:
       Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.
       La Academia:
       UNICARIBE. Universidad del Caribe.
    Cobertura geográfica:
       Población de las Súper Manzanas/Regiones 24, 32, 63, 77, 103, 220, 228, 235, 236 y 308 del Municipio de Benito Juárez, zonas con un alto índice de violencia contra mujeres de acuerdo a los datos registrados en el BAESVIM, en los cuales se ubicarán los ESPACIOS.
8.     Perfil de la o las personas que estarán a cargo de la implementación de "El Proyecto"
       Es indispensable ofrecer los servicios de atención psicológica al detectar a posibles usuarias víctimas ya que una adecuada detección sin acciones posteriores puede comprometer la salud de las usuarias o bien ponerlas en riesgo.
       Por ello es prioritario contar con personal capacitado en la atención a usuarias víctimas de violencia, con por lo menos dos años de experiencia comprobable.
       Personal de psicología género mujer con experiencia en la rama cognitivo- conductual y experiencia en temas de violencia.
       Profesionistas con conocimientos en Derechos Humanos.
 
       Profesionistas con experiencia en detección de violencia de género.
       Currículum vitae.
9.     Descripción de las actividades que realizarán las autoridades involucradas en el Proyecto en la entidad federativa para su ejecución:
       Acompañamiento y apoyo al desarrollo de las actividades sustantivas del proyecto en el marco de sus responsabilidades y atribuciones normativas.
       SEDESO. Secretaría de Desarrollo Social. Es el líder en la implementación de la política pública de prevención y gracias a la característica de transversalidad del Modelo de Prevención Quintana Roo puede coordinarse con todas las demás secretarías.
       SEQ. Secretaría de Educación. Aporta a programa de violencia de genero variedad de contenidos pedagógicos para replicar en las niñas y las adolescentes que estudian primaria, secundaria y prepa mayormente en línea, pero también presenciales.
       SSP. Secretaria Seguridad Pública Estatal. Aportar contenidos que privilegian la prevención y el combate a la delincuencia.
       Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Participación Ciudadana. Coordina las actividades entre SEDESO y SSP, principalmente integra información de estudios y diagnósticos, coordina Consejos Consultivos y analiza los posibles cambios a las leyes vigentes.
       SESA. Secretaría de Salud Estatal. Aporta programas de vacunación, buena alimentación, bienestar animal, prevención de adicciones entre otros.
       STyPS. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Aporta contenidos enfocados a la capacitación laboral, ferias de empleo y es una de las dependencias que más fácilmente se relaciona con las demás.
       COJUDEQ. Comisión para la Juventud y el Deporte. Brinda contenidos y actividades basados en la promoción y fomento de actividades físicas y deportivas.
       COQCYT. Consejo Quintanarroense de Ciencia y Tecnología. Su punto focal son las TIC´s (Tecnologías de la Información y la Comunicación).
       ICA. Instituto de la Cultura y las Artes. Fomenta el acercamiento de la población a temas culturales como la música, el cine, el teatro, la pintura, la escultura entre otras.
       DIF. Desarrollo Integral de la Familia. Este organismo descentralizado se suma a los ESPACIOS mediante actividades lúdicas que combinan salud, educación, nutrición y cuidados personales.
       ICATQROO. Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Quintana Roo. Brinda capacitaciones para aumentar las capacidades y oportunidades laborales de la población así como hace eco de sus convenios colaborativos con diversas instituciones gubernamentales con las que forma alianzas y es el motivo para incluirlo en este catálogo.
       IEEA. Instituto Estatal para la Educación de los Adultos. Organismo encargado de la alfabetización de población vulnerable que no tuvo oportunidad de concluir sus estudios escolares, lo cual hace que perfectamente encuadre en prevención de riesgos sociales.
       INMAYA. Instituto para el Desarrollo del Pueblo Maya y las Comunidades Indígenas. Combate las vulnerabilidades de la población indígena en el estado, puede aplicar en ESPACIOS perfectamente sus programas de alfabetización y estudios de lengua maya.
       IQIT. Instituto Quintanarroense de Innovación Tecnológica. Apuesta por la modernización de los contenidos educativos del estado en materia tecnológica lo cual ayudaría de sobremanera en la atención a la violencia de género, ya que fomenta la inclusión de la población en temas de actualidad, aplicando la tecnología en cada aspecto del quehacer gubernamental manifestando una tendencia a la coordinación con las demás dependencias.
       IQJ. Instituto Quintanarroense de la Juventud. Pionero también en la transversalidad de acciones con las demás dependencias, privilegia la atención a hombres y mujeres en etapas de la pubertad y la adolescencia.
       SEECAT. Servicio Estatal de Empleo y Capacitación para el Trabajo. Es una de las dependencias que celebra mayor cantidad de convenios con las empresas para apoyar a la población vulnerable en riesgos sobre todo a nivel económico y en el mercado laboral.
       SEMA. Secretaría de Ecología y Medio Ambiente. Privilegia la difusión de contenidos sobre el cuidado del planeta, disminución de la contaminación tanto de los suelos, mantos freáticos y todo tipo
de ecosistemas en la geografía estatal, contenidos que es muy importante sean difundidos en las niñas y las adolescentes en edad escolar.
       IQM. Instituto Quintanarroense de la Mujer. Cuenta con dos equipos conformados por psicóloga, abogada y vinculador comunitario servicio de prevención de la violencia. Brinda pláticas en los siguientes temas: "Derechos humanos de las mujeres", "Prevención de la violencia", "Derechos sexuales y reproductivos y la violencia sexual" vinculando el tema a la Estrategia Nacional para la Prevención del embarazo en adolescentes (ENAPEA), "Derechos humanos de las personas con discapacidad", en vinculación al Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad (PRONADIS).
       CONADIC. Comisión Nacional contra las Adicciones. A través de la UNEME CAPA. Brindará talleres educativos en materia de prevención de adicciones como alcohol, drogas, tabaco, y estupefacientes.
       CEAVEQROO. Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Quintana Roo. Tiene entre otras obligaciones legales atender a las víctimas de delitos del fuero común o de violaciones a derechos humanos cometidos por servidores públicos del orden estatal o municipal, así como proponer políticas públicas en materia de ayuda, asistencia, atención y reparación a las víctimas del delito o violaciones a sus derechos humanos.
       SIPINNA. Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Es el sistema diseñado para la alineación, transversalización, diseño e implementación de la política pública con perspectiva de derechos humanos de la infancia y adolescencia en los órganos, entidades, mecanismos, instancias, leyes, normas, políticas, servicios y presupuestos a nivel nacional, local y municipal para respetar, promover, proteger, restituir y restablecer los derechos de las niñas y las adolescentes; y reparar el daño ante la vulneración de los mismos
       SEDARPE. Secretaria de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca. Impulsar el desarrollo agropecuario y rural, mediante la planeación, ejecución de las políticas y programas sectoriales sustentable, para propiciar el desarrollo integral de las comunidades rurales del estado de Quintana Roo. En el proyecto espacios, dará capacitación en el proyecto de permacultura.
       Gobiernos Municipales del Estado de Quintana Roo, entre los cuales destacan:
       Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. Brinda las facilidades para el acceso a los predios que no son jurisdicción del gobierno estatal y apoya en coordinación con las dependencias municipales.
       La Academia:
       UNICARIBE. Universidad del Caribe. Esta institución educativa brinda apoyo al Modelo de Prevención Quintana Roo facilitando la elaboración y difusión de estudios de impacto social, económico y situacional que están destinados a permear los contenidos que se brindan en ESPACIOS.
10.   Proyección del costo del proyecto, que incluya un cronograma de gasto y actividades:
Actividades
8 DE OCTUBRE
NOVIEMBRE
31 DE
DICIEMBRE DE
2019
FASE 1: Elaboración de propuesta de intervención con talleres y actividades específicas
X
 
 
FASE 2: Realización de procesos administrativos para contratación de servicios profesionales
X
 
 
FASE 3: Convocatoria abierta a la población y registro de participantes
X
 
 
FASE 4: Inicio de actividades dirigidos a mujer en ESPACIOS
 
$1,000,000.00
X
$1,000,000.00
X
FASE 5: Integración de evidencias y aplicación de cuestionarios de evaluación
 
X
X
FASE 6: Análisis: seguimiento, evaluación y cumplimiento de metas
X
X
X
FASE 7: Elaboración de conclusiones, cierre administrativo y entrega de informes
 
 
X
Monto total: $2 000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.) Incluye impuestos
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 8 días del mes de octubre de 2019.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Quintana Roo, Carlos Manuel Joaquín González.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Jorge Arturo Contreras Castillo.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas y Planeación, Yohanet Teodula Torres Muñoz.- Rúbrica.- La Encargada de la Secretaría de Desarrollo Social, Dependencia Responsable y Beneficiada del Proyecto, Rocío Moreno Mendoza.- Rúbrica.