Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimocuarto Circuito
con sede en Mérida, Yucatán
EDICTOS
Patricia María de Guadalupe Casa, Game World de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, Leadman Trade, Sociedad Anónima de Capital Variable, Logistic Mao de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, Constructora y Arrendadora Ancla, Sociedad Anónima de Capital Variable, Miguel Ángel Barrios Vargas y 7K Wáter Sistemas de Purificación, Sociedad Anónima de Capital Variable (terceros interesados)
En autos del expediente de amparo directo 407/2018, formado con motivo de la demanda de amparo directo promovida por María Fernanda Perulles Medina, apoderada de Distribuidora e Importadora Alsea, Sociedad Anónima de Capital Variable y Operadora de Franquicias Alsea, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, contra la sentencia de segunda instancia dictada por el Magistrado del Tribunal Unitario del Decimocuarto Circuito, el veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete, en el toca de apelación 111/2017-E, se tuvo a Patricia María de Guadalupe Casa, Game World de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, Leadman Trade, Sociedad Anónima de Capital Variable, Logistic Mao de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, Constructora y Arrendadora Ancla, Sociedad Anónima de Capital Variable, Miguel Ángel Barrios Vargas y 7K Wáter Sistemas de Purificación, Sociedad Anónima de Capital Variable, como terceros interesados en este asunto, ordenándose llamarlos al presente juicio y hacerles saber de los derechos y facultades previstos en los artículos 181 y 182 de la Ley de Amparo. Ahora bien, toda vez que no fue posible localizar sus domicilios para llevar a cabo dicha diligencia; en consecuencia, se les llama a este juicio de amparo por medio de edictos en los términos del numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, haciéndole saber que puede comparecer ante este Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimocuarto Circuito, en un plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la última publicación, para promover amparo adhesivo; quedando a su disposición, en la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal, copia de la demanda de amparo de que se trata.
Y para su publicación por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, esto es, en El Universal, expido el presente edicto en la ciudad de Mérida, Yucatán, a doce de noviembre de dos mil diecinueve.
La Secretaria de Acuerdos
Licda. Gloria del Carmen Bustillos Trejo.
Rúbrica.
(R.- 490333)