Aeropuerto de Mérida, S.A. de C.V.
TARIFAS POR ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES VIGENTES A PARTIR DEL 01 DE
ENERO DE 2020
 
Tipo de
Bien
Descripción
General
Uni
dad
de
Cob
ro
Ni
ve
l
Caracte
rística
Condición
Descripción
Particular
Tari
fa
Bodega
Dentro de
Área
Terminal
Local para la guarda
y/o almacenamiento
de papelería,
refacciones,
lubricantes, etc.
para uso de
empresas que
intervienen
directamente con la
operación
aeroportuaria,
ubicado dentro del
área terminal

A
Piso
Terminados
 
804.
02
Pared
Terminados
Plafón
Plafón
B
Piso
Concreto
 
365.
11
Pared
Block
Techo
Concreto
Bodega
Fuera de
Área
Terminal
Local para la guarda
y/o almacenamiento
de papelería,
refacciones,
lubricantes, etc.
para uso de
empresas que
intervienen
directamente con la
operación
aeroportuaria,
ubicado fuera del
área terminal.

A
Piso
Terminados
 
108.
53
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Piso
Concreto
 
60.7
7
Pared
Block
Techo
Lámina
 
 
 
 
 
 
Espacio
para
Mostrador
Espacio para la
colocación de
mostradores
propiedad del
arrendatario,
utilizados para la
atención de
pasajeros de salida
en sala de última
espera.

A
Ubicación
Sala de
última espera
 
2,10
5.54
 
Hangar
Local para guarda
de aeronaves y
mantenimiento de
las propias
aeronaves, no se
pueden llevar a
cabo labores de
embarque y
desembarque de
pasajeros.

A
Piso
Concreto
 
52.1
0
Pared
Block
Techo
Lámina (no
asbesto)
B
Piso
Concreto
 
41.4
5
Pared
Lámina
Techo
Lámina (no
asbesto)
C
Piso
Terracería
 
30.8
3
Pared
Lámina
Techo
Lámina
asbesto
D
Piso
Terracería
 
22.3
4
Pared
Lámina
Techo
Lámina
asbesto para
remodelación
por el
arrendatario.
Local de
Op. Y Mtto.
Dentro de
Área
Terminal
Local para
actividades
operativas y de
mantenimiento no
puede ser utilizado
como oficina,
ubicado dentro del
área terminal.

A
Piso
Concreto
 
788.
82
Pared
Block
Techo
Concreto
Ubicación
Parte
posterior de
mostradores
B
Piso
Concreto
 
465.
39
Pared
Block
Techo
Concreto
Ubicación
Fuera del
área
posterior de
mostradores
Local de
Op. Y Mtto.
Fuera de
Área
Terminal
Local para
actividades
operativas y de
mantenimiento no
puede ser utilizado
como oficina,
ubicado fuera del
área terminal.

A
Piso
Terminados
 
236.
61
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Concreto
 
173.
65
Pared
Terminados
Techo
Concreto
C
Piso
Concreto
 
60.3
3
Pared
Block
Techo
Concreto
Local de
Usos
Múltiples
Fuera de
Área
Terminal
Local para
maniobras de carga,
área mantenimiento,
bodega, etc., no
puede ser utilizado
como oficina,
ubicado fuera del
área terminal.

A
Piso
Concreto
 
59.7
0
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Terminado
 
39.0
6
Pared
Block
Techo
Lámina
C
Piso
Concreto
 
30.1
7
Pared
Block
Techo
Lámina
 
Posición de
Documenta
ción
Mostrador para la
documentación de
pasajeros y
equipaje, dotado
con una sola
posición para la
atención de
pasajeros, con
espacio para
báscula.
Uni
dad
A
Ubicación
Terminal de
aviación
comercial
 
4,23
2.80
Ambulatorios
B
Ubicación
Terminal de
aviación
general
 
2,11
5.75
Módulo de
Documenta
ción
Dos Posiciones para
la atención y
documentación de
equipaje de
pasajeros, con
espacio para
báscula.
Uni
dad
A
Ubicación
Terminal de
aviación
comercial
 
8,46
5.60
Ambulatorios
Mostrador
de Venta
Mostrador para la
venta de boletos de
avión que cuenta
con una sola
posición para
atención al
pasajero, que no
cuenta con espacio
de báscula.
Uni
dad
A
Ubicación
Terminal de
aviación
comercial
 
4,23
2.80
Ambulatorios
Módulo de
Venta
Dos Mostradores
para la venta de
boletos de avión
que cuenta con Dos
posiciones para
atención al
pasajero, que no
cuenta con espacio
de báscula.
Uni
dad
A
Ubicación
Terminal de
aviación
comercial
 
7,16
7.31
Ambulatorios
Oficina de
Venta
Local para
actividades de venta
de boletos.

A
Ubicación
Terminal de
aviación
comercial
 
1,43
2.64
Ambulatorios
 
Oficina
Dentro de
Área
Terminal
Local para las
actividades de
tráfico y despacho
de vuelos, ubicado
dentro del área
Terminal

A
Piso
Terminados
 
922.
96
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Piso
Terminado
 
781.
44
Pared
Block
Techo
Plafón
C
Piso
Concreto
 
570.
02
Pared
Block
Techo
Plafón
D
Piso
Concreto
 
499.
26
Pared
Block
Techo
Concreto
Oficina
Fuera de
Área
Terminal
Local para las
actividades de
tráfico y despacho
de vuelos, ubicado
fuera del área
terminal

A
Piso
Terminados
 
444.
99
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Concreto
 
217.
06
Pared
Block
Techo
Concreto
C
Piso
Concreto
 
112.
86
Pared
Block
Techo
Lámina
D
Piso
Concreto
 
57.0
9
Pared
Lámina
Techo
Lámina
Ubicación
Acceso
directo a
plataforma
E
Piso
Concreto
 
52.9
5
Pared
Lámina
Techo
Lámina
Ubicación
Sin acceso
directo a
plataforma
Oficina
Fuera de
Área
Terminal
(No
Aerolíneas)
Local para las
actividades
operativas de
prestadores de
servicios
aeroportuarios y/o
complementarios,
ubicada fuera del
área terminal de
Aeropuerto

A
Piso
Terminados
 
813.
99
Pared
Terminados
Techo
Plafón
 
Terreno
Fuera de
Área
Terminal
Terreno ubicado
fuera del área
terminal del
Aeropuerto que no
puede ser destinado
para la construcción
de espacios, sólo se
utiliza para
estacionamiento de
vehículos,
almacenaje, etc.

A
Piso
Terracería
 
60.7
7
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Acceso a
vialidades
B
Piso
Terracería
 
22.7
9
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Sin acceso a
vialidades
Terreno
para
Construcción
Terreno que se
utiliza para la
construcción de
instalaciones
necesarias para la
operación
aeroportuaria.

A
Piso
Asfalto
Terreno nivelado,
compactado con
acometidas a pie de
terreno de servicio
eléctrico, agua, voz
y datos, conexión a
PTAR y con carpeta
asfáltica no mayor a
5 cm de espesor
42.3
2
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Sascab
Terreno nivelado,
compactado con
acometidas a pie de
terreno de servicio
eléctrico, agua, voz
y datos, conexión a
PTAR y listo para
asfaltarlo
28.4
3
Pared
N/A
Techo
N/A
C
Piso
Sascab
Terreno nivelado,
compactado sin
acometida de
ningún servicio
17.7
9
Pared
N/A
Techo
N/A
D
Piso
Terracería
Terreno
desmontado,
nivelado y no
compactado
12.6
0
Pared
N/A
Techo
N/A
E
Piso
N/A
Terreno natural
desmontado, no
nivelado
10.4
3
Pared
N/A
Techo
N/A
F
Piso
N/A
Terreno natural sin
desmontar, con
desniveles menores
a un metro,
requiere
Manifestación de
Impacto Ambiental
8.23
Pared
N/A
Techo
N/A
G
Piso
N/A
Terreno natural sin
desmontar, con
desniveles mayores
a un metro,
requiere
Manifestación de
Impacto Ambiental
3.26
Pared
N/A
Techo
N/A
 
Terreno
para
Guarda de
Equipo
Terreno para el
estacionamiento,
guarda y
mantenimiento de
equipo de apoyo en
tierra. Este espacio
es distinto al que se
establece en el Art.
55, fracc. II del
Reglamento de la
Ley de Aptos.

A
Piso
Asfalto
 
49.0
5
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Terracería
 
24.9
5
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Cercana área
terminal
C
Piso
Terracería
 
23.6
6
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Lejana área
terminal
Terreno
para
Transporta
ción
Terrestre
Terreno para
estacionamiento y
guarda de vehículos
de transportación
terrestre.

A
Piso
Asfalto
 
39.0
6
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Terracería
 
21.2
7
Pared
N/A
Techo
N/A
Local para
Transporta
ción
Terrestre
Local para oficinas
de control vehicular
de empresas
dedicadas a la
transportación
terrestre.

A
Piso
Terminados
 
659.
45
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Piso
Concreto
 
560.
03
Pared
Terminados
Techo
Terminados
C
Piso
Concreto
 
364.
02
Pared
Terminados
Techo
Concreto
D
Piso
Concreto
 
125.
25
Pared
Terminados
Techo
Concreto
Ubicación
Fuera de
área
Terminal
Espacio
para Venta
de Boletos
de
Transporta
ción
Terrestre
Espacio para
actividades de venta
de boletos de
empresas
dedicadas a la
transportación
terrestre.
Uni
dad
A
Piso
Terminados
 
1
2,
8
3
3.
1
7
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Módulos
Módulos fijos
 
1
0
,
2
9
3
.
4
9
C
Piso
Terminados
 
2,61
9.78
Pared
Terminados
Techo
Plafón
Ubicación
En vialidad
exterior
 
Tarifas expresadas en pesos.
Las tarifas anteriores no incluyen IVA, el cual se trasladará en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
REGLAS DE APLICACIÓN
1.    Este catálogo aplica a todos los arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, necesarios para la operación aeroportuaria y que son arrendados por los Concesionarios, Permisionarios y Operadores del Transporte Aéreo y por los Prestadores de Servicios Aeroportuarios y Complementarios.
2.    Las tarifas del presente catálogo se actualizarán anualmente en el mes de enero de cada año, utilizando para el efecto el Índice Nacional de Precios al Productor (INPP), para lo cual se considerará la variación de dicho índice de los últimos doce meses a la fecha en que se presenten en el Comité de Operación y Horarios las actualizaciones correspondientes.
Para el caso de arrendamientos que se contraten durante el periodo de enero a diciembre del mismo año, el monto de la renta será el establecido en enero de dicho año, independientemente de la fecha del nuevo arrendamiento y esta renta será ajustada en el siguiente mes de enero con base en el catálogo de rentas.
3.    Las tarifas establecidas en el presente catálogo de rentas no incluyen los servicios de energía eléctrica ni el suministro de agua, por lo que se estará en lo dispuesto en el contrato de arrendamiento que al efecto sea formalizado, debiendo establecerse por parte del concesionario un mecanismo de recuperación del gasto que ofrezca la garantía de que no hay excedentes de ingresos por estos conceptos que representen una utilidad para éste.
4.    En aquellos casos en que se solicite al aeropuerto el arrendamiento de algún bien que no esté contemplado en el presente catálogo, se deberá establecer un comparativo con otros bienes similares contenidos en el catálogo, con objeto de establecer el monto de la renta y la clasificación del mismo bien, debiéndolos someter a la opinión del Comité de Operación y Horarios para que pueda ser registrado y publicado en el Diario Oficial, pasando a formar parte integral del mismo catálogo.
 
5.    La clasificación que se otorga a un bien arrendado representa las condiciones en que dicho bien se encuentra al momento de entregarlo en arrendamiento, esta clasificación no variará durante la vigencia del contrato. Al final de la vigencia de éste, se revisará la clasificación del bien a efecto de verificar que continúe siendo la misma.
Para el caso de que el aeropuerto requiera la reclasificación del bien arrendado, éste deberá demostrar al arrendatario con pruebas fehacientes y suficientes el motivo del cambio en la clasificación solicitada aplicando en su caso el nuevo valor de la renta de acuerdo a la tarifa que se tenga vigente para el bien de que se trate, conforme a los datos contenidos en el catálogo. En caso de llegar a un acuerdo entre las partes se hará la reclasificación del bien.
6.    El presente catálogo, así como cualquier modificación a las tarifas o a sus reglas de aplicación en él contenidas, deberán ser presentadas ante el Comité de Operación y Horarios del aeropuerto para su opinión. Posteriormente se llevará a cabo el registro ante la Dirección de tarifas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y entrará en vigor en la fecha que se establezca, siempre que ésta sea posterior a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
TARIFAS POR ESTACIONAMIENTO PUBLICO DE VEHICULOS APLICABLES A PARTIR DEL 01 DE
ENERO DE 2020.
Servicio
Tarifa
Primera Hora o fracción
36.21
Fracción de 20 minutos adicional a la primera hora
12.07
Pernocta (24 Horas)
215.52
Pensión mensual público en general
948.28
Boleto Perdido
215.52
Tarifas expresadas en pesos.
Las tarifas anteriores no incluyen IVA, el cual se trasladará en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
 
Ciudad de México. a 19 de diciembre de 2019
Responsable
Representante Legal
Lic. Claudio Ramón Góngora Morales
Rúbrica.
(R.- 490822)