Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE DISTRITO
EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
JUICIO DE AMPARO 83/2019.
EMPLAZAMIENTO A LA TERCERAS INTERESADAS:
SUCESIÓN A BIENES DE JOSÉ MANUEL MIJARES Y MIJARES, MARÍA FRANCISCA SETIÉN MIJARES, SUSANA ELVIRA SALAS ARRIAGA, SUCESIÓN A BIENES DE MARÍA DEL PILAR MIJARESY MIJARES.
En el juicio de amparo 83/2019, del índice del juzgado al rubro citado, promovido por Francisco de Asís Mijares Estrada, por derecho propio y como representante común de Arcelia, María Dolores, Juan Gerardo y Carlos Luis, todos Mijares Estrada, sucesión a bienes de Arcelia Estrada Romero de Mijares, María de los Ángeles, José Joaquín, José Francisco, María Mirna, María del Pilar y María del Carmen, estos últimos Mijares Ibarra, contra actos de la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el que se reclama la resolución de siete de enero de dos mil diecinueve, del índice de la citada autoridad, dictada en el toca 1803/2018-06, por medio de la cual confirmó el auto de siete de septiembre de dos mil dieciocho, emitido por el Juez Décimo Primero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de esta ciudad en el juicio ordinario mercantil 1554/2011.
En virtud de ignorar el domicilio de las terceras interesadas sucesión a bienes de José Manuel Mijares y Mijares, María Francisca Setién Mijares, Susana Elvira Salas Arriaga, sucesión a bienes de María del Pilar Mijares y Mijares, por auto de esta fecha, se ordenó emplazarlas por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la Republica, esto es, que entre cada una de las publicaciones mediarán seis días hábiles para que la siguiente publicación se realice al séptimo día hábil; por lo que se les hace de su conocimiento que deberán presentarse a esta instancia constitucional dentro del plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación; apercibidas que de no hacerlo en dicho plazo y omitir designar domicilio procesal en la jurisdicción de este juzgado, se les harán las ulteriores notificaciones por medio de lista, aún las de carácter personal.
 
Atentamente.
Ciudad de México, siete de noviembre de dos mil diecinueve.
El Secretario del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Héctor Darío Vega Camero.
Rúbrica.
(R.- 490664)