Aeropuerto de Oaxaca, S.A. de C.V.
TARIFAS POR ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES VIGENTES A PARTIR DEL 01 DE
ENERO DE 2020
 
Tipo de
Bien
Descripción General
Unid
ad
de
Cobr
o
Ni
vel
Caracter
ística
Condición
Descripción
Particular
Tarif
a
Bodega
Dentro
de Área
Terminal
Local para la guarda y/o almacenamiento de papelería, refacciones, lubricantes, etc. para uso de empresas que intervienen directamente con la operación aeroportuaria, ubicado dentro del área terminal

A
Piso
Terminados
 
804.
02
Pared
Terminados
Plafón
Plafón
B
Piso
Concreto
 
365.
11
Pared
Block
Techo
Concreto
Bodega
Fuera de
Área
Terminal
Local para la guarda y/o almacenamiento de papelería, refacciones, lubricantes, etc. para uso de empresas que intervienen directamente con la operación aeroportuaria, ubicado fuera del área terminal.

A
Piso
Terminados
 
108.
53
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Piso
Concreto
 
50.14
Pared
Block
Techo
Lámina
 
 
 
 
 
 
Espacio
para
Mostrador
Espacio para la colocación de mostradores propiedad del arrendatario, utilizados para la atención de pasajeros de salida en sala de última espera.

A
Ubicación
Sala de
última
espera
 
2,10
5.54
 
Hangar
Local para guarda de aeronaves y mantenimiento de las propias aeronaves, no se pueden llevar a cabo labores de embarque y desembarque de pasajeros.

A
Piso
Concreto
 
49.27
Pared
Block
Techo
Lámina
(no
asbesto)
B
Piso
Concreto
 
37.77
Pared
Lámina
Techo
Lámina
(no
asbesto)
C
Piso
Terracería
 
29.09
Pared
Lámina
Techo
Lámina
asbesto
D
Piso
Terracería
 
25.84
Pared
Lámina
Techo
Lámina
asbesto
para
remodelac
ión por el
arrendatar
io.
Local de
Op. Y
Mtto.
Dentro
de Área
Terminal
Local para actividades operativas y de mantenimiento no puede ser utilizado como oficina, ubicado dentro del área terminal.

A
Piso
Concreto
 
788.
82
Pared
Block
Techo
Concreto
Ubicación
Parte
posterior
de
mostrador
es
B
Piso
Concreto
 
465.
39
Pared
Block
Techo
Concreto
Ubicación
Fuera del
área
posterior
de
mostrador
es
 
Local de
Op. Y
Mtto.
Fuera de
Área
Terminal
Local para actividades operativas y de mantenimiento no puede ser utilizado como oficina, ubicado fuera del área terminal.

A
Piso
Terminados
 
236.
61
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Concreto
 
173.
65
Pared
Terminados
Techo
Concreto
C
Piso
Concreto
 
52.32
Pared
Block
Techo
Concreto
Local de
Usos
Múltiples
Fuera de
Área
Terminal
Local para maniobras de carga, área mantenimiento, bodega, etc., no puede ser utilizado como oficina, ubicado fuera del área terminal.

A
Piso
Concreto
 
56.43
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Terminado
 
48.02
Pared
Block
Techo
Lámina
C
Piso
Concreto
 
30.39
Pared
Block
Techo
Lámina
Posición
de
Docume
ntación
Mostrador para la documentación de pasajeros y equipaje, dotado con una sola posición para la atención de pasajeros, con espacio para báscula.
Unid
ad
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
4,23
2.80
Ambulator
ios
B
Ubicación
Terminal
de
aviación
general
 
2,11
5.75
Módulo
de
Docume
ntación
Dos Posiciones para la atención y documentación de equipaje de pasajeros, con espacio para báscula.
Unid
ad
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
8,46
5.60
Ambulator
ios
Mostrador
de Venta
Mostrador para la venta de boletos de avión que cuenta con una sola posición para atención al pasajero, que no cuenta con espacio de báscula.
Unid
ad
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
4,23
2.80
Ambulator
ios
 
Módulo
de Venta
Dos Mostradores para la venta de boletos de avión que cuenta con Dos posiciones para atención al pasajero, que no cuenta con espacio de báscula.
Unid
ad
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
7,16
7.31
Ambulator
ios
Oficina
de Venta
Local para actividades de venta de boletos.

A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
1,43
2.65
Ambulator
ios
Oficina
Dentro
de Área
Terminal
Local para las actividades de tráfico y despacho de vuelos, ubicado dentro del área Terminal

A
Piso
Terminados
 
922.
96
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Piso
Terminado
 
795.
55
Pared
Block
Techo
Plafón
C
Piso
Concreto
 
610.
84
Pared
Block
Techo
Plafón
D
Piso
Concreto
 
450.
64
Pared
Block
Techo
Concreto
Oficina
Fuera de
Área
Terminal
Local para las actividades de tráfico y despacho de vuelos, ubicado fuera del área terminal

A
Piso
Terminados
 
444.
99
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Concreto
 
217.
06
Pared
Block
Techo
Concreto
C
Piso
Concreto
 
112.
86
Pared
Block
Techo
Lámina
D
Piso
Concreto
 
49.05
Pared
Lámina
Techo
Lámina
Ubicación
Acceso
directo a
plataforma
E
Piso
Concreto
 
34.73
Pared
Lámina
Techo
Lámina
Ubicación
Sin
acceso
directo a
plataforma
 
Terreno
Fuera de
Área
Terminal
Terreno ubicado fuera del área terminal del Aeropuerto que no puede ser destinado para la construcción de espacios, sólo se utiliza para estacionamiento de vehículos, almacenaje, etc.

A
Piso
Terraceria
 
60.77
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Acceso a
vialidades
B
Piso
Terraceria
 
22.79
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Sin
acceso a
vialidades
Terreno
para
Construc
ción
Terreno que se utiliza para la construcción de instalaciones necesarias para la operación aeroportuaria.

A
Piso
Asfalto
Terreno nivelado, compactado con acometidas a pie de terreno de servicio eléctrico, agua, voz y datos, conexión a PTAR y con carpeta asfáltica no mayor a 5 cm de espesor
42.32
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Sascab
Terreno nivelado, compactado con acometidas a pie de terreno de servicio eléctrico, agua, voz y datos, conexión a PTAR y listo para asfaltarlo
31.26
Pared
N/A
Techo
N/A
C
Piso
Sascab
Terreno nivelado, compactado sin acometida de ningún servicio
27.35
Pared
N/A
Techo
N/A
D
Piso
Terraceria
Terreno desmontado, nivelado y no compactado
19.33
Pared
N/A
Techo
N/A
E
Piso
N/A
Terreno natural desmontado, no nivelado
16.07
Pared
N/A
Techo
N/A
F
Piso
N/A
Terreno natural sin desmontar, con desniveles menores a un metro, requiere Manifestación de Impacto Ambiental
12.60
Pared
N/A
Techo
N/A
G
Piso
N/A
Terreno natural sin desmontar, con desniveles mayores a un metro, requiere Manifestación de Impacto Ambiental
4.99
Pared
N/A
Techo
N/A
 
Terreno
para
Guarda
de
Equipo
Terreno para el estacionamiento, guarda y mantenimiento de equipo de apoyo en tierra. Este espacio es distinto al que se establece en el Art. 55, fracc. II del Reglamento de la Ley de Aptos..

A
Piso
Asfalto
 
36.45
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Terracería
 
21.49
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Cercana
área
terminal
C
Piso
Terracería
 
19.33
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Lejana
área
terminal
Terreno
para
Transpor
tación
Terrestre
Terreno para estacionamiento y guarda de vehículos de transportación terrestre.

A
Piso
Asfalto
 
39.06
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Terracería
 
21.27
Pared
N/A
Techo
N/A
Local
para
Transpor
tación
Terrestre
Local para oficinas de control vehicular de empresas dedicadas a la transportación terrestre.

A
Piso
Terminados
 
659.
46
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Piso
Concreto
 
560.
03
Pared
Terminados
Techo
Terminados
C
Piso
Concreto
 
398.
76
Pared
Terminados
Techo
Concreto
D
Piso
Concreto
 
125.
25
Pared
Terminados
Techo
Concreto
Ubicación
Fuera de
área
Terminal
Espacio
para
Venta de
Boletos
de
Transpor
tación
Terrestre
Espacio para actividades de venta de boletos de empresas dedicadas a la transportación terrestre.
Unid
ad
A
Piso
Terminados
 
1
2,
8
3
3.
1
7
Pared
Terminados
Techo
Plafón
B
Módulos
Módulos
fijos
 
9,06
7.52
C
Piso
Terminados
 
2,26
9.41
Pared
Terminados
Techo
Plafón
Ubicación
En
vialidad
exterior
Tarifas expresadas en pesos.
Las tarifas anteriores no incluyen IVA, el cual se trasladará en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
REGLAS DE APLICACIÓN
1. Este catálogo aplica a todos los arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, necesarios para la operación aeroportuaria y que son arrendados por los Concesionarios, Permisionarios y Operadores del Transporte Aéreo y por los Prestadores de Servicios Aeroportuarios y Complementarios.
2. Las tarifas del presente catálogo se actualizarán anualmente en el mes de enero de cada año, utilizando para el efecto el Índice Nacional de Precios al Productor (INPP), para lo cual se considerará la variación de dicho índice de los últimos doce meses a la fecha en que se presenten en el Comité de Operación y Horarios las actualizaciones correspondientes.
Para el caso de arrendamientos que se contraten durante el periodo de enero a diciembre del mismo año, el monto de la renta será el establecido en enero de dicho año, independientemente de la fecha del nuevo arrendamiento y esta renta será ajustada en el siguiente mes de enero con base en el catálogo de rentas.
3. Las tarifas establecidas en el presente catálogo de rentas no incluyen los servicios de energía eléctrica ni el suministro de agua, por lo que se estará en lo dispuesto en el contrato de arrendamiento que al efecto sea formalizado, debiendo establecerse por parte del concesionario un mecanismo de recuperación del gasto que ofrezca la garantía de que no hay excedentes de ingresos por estos conceptos que representen una utilidad para éste.
 
4. En aquellos casos en que se solicite al aeropuerto el arrendamiento de algún bien que no esté contemplado en el presente catálogo, se deberá establecer un comparativo con otros bienes similares contenidos en el catálogo, con objeto de establecer el monto de la renta y la clasificación del mismo bien, debiéndolos someter a la opinión del Comité de Operación y Horarios para que pueda ser registrado y publicado en el Diario Oficial, pasando a formar parte integral del mismo catálogo.
5. La clasificación que se otorga a un bien arrendado representa las condiciones en que dicho bien se encuentra al momento de entregarlo en arrendamiento, esta clasificación no variará durante la vigencia del contrato. Al final de la vigencia de éste, se revisará la clasificación del bien a efecto de verificar que continúe siendo la misma.
Para el caso de que el aeropuerto requiera la reclasificación del bien arrendado, éste deberá demostrar al arrendatario con pruebas fehacientes y suficientes el motivo del cambio en la clasificación solicitada aplicando en su caso el nuevo valor de la renta de acuerdo a la tarifa que se tenga vigente para el bien de que se trate, conforme a los datos contenidos en el catálogo. En caso de llegar a un acuerdo entre las partes se hará la reclasificación del bien.
6. El presente catálogo, así como cualquier modificación a las tarifas o a sus reglas de aplicación en él contenidas, deberán ser presentadas ante el Comité de Operación y Horarios del aeropuerto para su opinión. Posteriormente se llevará a cabo el registro ante la Dirección de tarifas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y entrará en vigor en la fecha que se establezca, siempre que ésta sea posterior a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
TARIFAS POR ESTACIONAMIENTO PUBLICO DE VEHICULOS APLICABLES A PARTIR DEL 01 DE
ENERO DE 2020.
Servicio
Tarifa
Primera Hora o fracción
36.21
Fracción de 20 minutos adicional a la primera hora
12.07
Pernocta (24 Horas)
215.52
Pensión mensual público en general
1,025.86
Boleto Perdido
215.52
 
Tarifas expresadas en pesos.
Las tarifas anteriores no incluyen IVA, el cual se trasladará en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
 
Ciudad de México. a 19 de diciembre de 2019
Responsable
Representante Legal
Lic. Claudio Ramón Góngora Morales
Rúbrica.
(R.- 490821)