Aeropuerto de Villahermosa, S.A. de C.V.
TARIFAS POR ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES VIGENTES A PARTIR DEL 01 DE
ENERO DE 2020
 
Tipo de
Bien
Descripción General
Unid
ad de
Cobro
Ni
ve
l
Caracte
rística
Condici
ón
Descripción
Particular
Tarifa
Bodega
Dentro de
Área
Terminal
Local para la guarda y/o
almacenamiento de
papelería, refacciones,
lubricantes, etc. para
uso de empresas que
intervienen directamente
con la operación
aeroportuaria, ubicado
dentro del área terminal

A
Piso
Termina
dos
 
804.0
2
Pared
Termina
dos
Plafón
Plafón
B
Piso
Concreto
 
364.0
2
Pared
Block
Techo
Concreto
Bodega
Fuera de
Área
Terminal
Local para la guarda y/o
almacenamiento de
papelería, refacciones,
lubricantes, etc. para
uso de empresas que
intervienen directamente
con la operación
aeroportuaria, ubicado
fuera del área terminal.

A
Piso
Termina
dos
 
108.5
3
Pared
Termina
dos
Techo
Plafón
B
Piso
Concreto
 
56.87
Pared
Block
Techo
Lámina
 
 
 
 
 
 
 
Espacio
para
Mostrador
Espacio para la
colocación de
mostradores propiedad
del arrendatario,
utilizados para la
atención de pasajeros
de salida en sala de
última espera.

A
Ubicación
Sala de
última
espera
 
774.9
3
 
Hangar
Local para guarda de
aeronaves y
mantenimiento de las
propias aeronaves, no
se pueden llevar a cabo
labores de embarque y
desembarque de
pasajeros.

A
Piso
Concreto
 
47.75
Pared
Block
Techo
Lámina
(no
asbesto)
B
Piso
Concreto
 
37.77
Pared
Lámina
Techo
Lámina
(no
asbesto)
C
Piso
Terracerí
a
 
29.09
Pared
Lámina
Techo
Lámina
asbesto
D
Piso
Terracerí
a
 
22.34
Pared
Lámina
Techo
Lámina
asbesto
para
remodela
ción por
el
arrendat
ario.
Local de
Op. Y
Mtto.
Dentro de
Área
Terminal
Local para actividades
operativas y de
mantenimiento no puede
ser utilizado como
oficina, ubicado dentro
del área terminal.

A
Piso
Concreto
 
788.8
2
Pared
Block
Techo
Concreto
Ubicación
Parte
posterior
de
mostrado
res
B
Piso
Concreto
 
465.3
9
Pared
Block
Techo
Concreto
Ubicación
Fuera
del área
posterior
de
mostrado
res
Local de
Op. Y
Mtto.
Fuera de
Área
Terminal
Local para actividades
operativas y de
mantenimiento no puede
ser utilizado como
oficina, ubicado fuera
del área terminal.

A
Piso
Termina
dos
 
236.6
1
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Concreto
 
173.6
5
Pared
Termina
dos
Techo
Concreto
C
Piso
Concreto
 
52.32
Pared
Block
Techo
Concreto
 
Local de
Usos
Múltiples
Fuera de
Área
Terminal
Local para maniobras de
carga, área
mantenimiento, bodega,
etc., no puede ser
utilizado como oficina,
ubicado fuera del área
terminal.

A
Piso
Concreto
 
56.43
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Termina
do
 
48.62
Pared
Block
Techo
Lámina
C
Piso
Concreto
 
36.90
Pared
Block
Techo
Lámina
Posición
de
Documen
tación
Mostrador para la
documentación de
pasajeros y equipaje,
dotado con una sola
posición para la atención
de pasajeros, con
espacio para báscula.
Unida
d
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
4,232
.80
Ambulat
orios
B
Ubicación
Terminal
de
aviación
general
 
2,115
.75
Módulo
de
Documen
tación
Dos Posiciones para la
atención y
documentación de
equipaje de pasajeros,
con espacio para
báscula.
Unida
d
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
8,465
.60
Ambulat
orios
Mostrador
de Venta
Mostrador para la venta
de boletos de avión que
cuenta con una sola
posición para atención al
pasajero, que no cuenta
con espacio de báscula.
Unida
d
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
4,232
.80
Ambulat
orios
Módulo
de Venta
Dos Mostradores para la
venta de boletos de
avión que cuenta con
Dos posiciones para
atención al pasajero,
que no cuenta con
espacio de báscula.
Unida
d
A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
7,167
.31
Ambulat
orios
Oficina de
Venta
Local para actividades
de venta de boletos.

A
Ubicación
Terminal
de
aviación
comercial
 
1,432
.65
Ambulat
orios
 
Oficina
Dentro de
Área
Terminal
Local para las
actividades de tráfico y
despacho de vuelos,
ubicado dentro del área
Terminal

A
Piso
Termina
dos
 
922.9
6
Pared
Termina
dos
Techo
Plafón
B
Piso
Termina
do
 
766.2
5
Pared
Block
Techo
Plafón
C
Piso
Concreto
 
610.8
4
Pared
Block
Techo
Plafón
D
Piso
Concreto
 
450.6
4
Pared
Block
Techo
Concreto
Oficina
Fuera de
Área
Terminal
Local para las
actividades de tráfico y
despacho de vuelos,
ubicado fuera del área
terminal

A
Piso
Termina
dos
 
444.9
9
Pared
Block
Techo
Concreto
B
Piso
Concreto
 
217.0
6
Pared
Block
Techo
Concreto
C
Piso
Concreto
 
112.8
6
Pared
Block
Techo
Lámina
D
Piso
Concreto
 
49.05
Pared
Lámina
Techo
Lámina
Ubicación
Acceso
directo a
plataform
a
E
Piso
Concreto
 
40.17
Pared
Lámina
Techo
Lámina
Ubicación
Sin
acceso
directo a
plataform
a
Terreno
Fuera de
Área
Terminal
Terreno ubicado fuera
del área terminal del
Aeropuerto que no
puede ser destinado
para la construcción de
espacios, sólo se utiliza
para estacionamiento de
vehículos, almacenaje,
etc.

A
Piso
Terracería
 
60.77
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Acceso a
vialidades
B
Piso
Terracería
 
22.79
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Sin
acceso a
vialidades
 
Terreno
para
Construcc
ión
Terreno que se utiliza
para la construcción de
instalaciones necesarias
para la operación
aeroportuaria.

A
Piso
Asfalto
Terreno nivelado,
compactado con
acometidas a pie
de terreno de
servicio eléctrico,
agua, voz y datos,
conexión a PTAR
y con carpeta
asfáltica no mayor
a 5 cm de espesor
42.32
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Sascab
Terreno nivelado,
compactado con
acometidas a pie
de terreno de
servicio eléctrico,
agua, voz y datos,
conexión a PTAR
y listo para
asfaltarlo
31.26
Pared
N/A
Techo
N/A
C
Piso
Sascab
Terreno nivelado,
compactado sin
acometida de
ningún servicio
27.35
Pared
N/A
Techo
N/A
D
Piso
Terracería
Terreno
desmontado,
nivelado y no
compactado
19.33
Pared
N/A
Techo
N/A
E
Piso
N/A
Terreno natural
desmontado, no
nivelado
16.07
Pared
N/A
Techo
N/A
F
Piso
N/A
Terreno natural sin
desmontar, con
desniveles
menores a un
metro, requiere
Manifestación de
Impacto Ambiental
12.60
Pared
N/A
Techo
N/A
G
Piso
N/A
Terreno natural sin
desmontar, con
desniveles
mayores a un
metro, requiere
Manifestación de
Impacto Ambiental
4.99
Pared
N/A
Techo
N/A
 
Terreno
para
Guarda
de Equipo
Terreno para el
estacionamiento, guarda
y mantenimiento de
equipo de apoyo en
tierra. Este espacio es
distinto al que se
establece en el
Art. 55, fracc. II del
Reglamento
de la Ley de Aptos.

A
Piso
Asfalto
 
36.45
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Terracería
 
25.39
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Cercana
área
terminal
C
Piso
Terracería
 
19.33
Pared
N/A
Techo
N/A
Ubicación
Lejana
área
terminal
Terreno
para
Transport
ación
Terrestre
Terreno para
estacionamiento y
guarda de vehículos de
transportación terrestre.

A
Piso
Asfalto
 
39.06
Pared
N/A
Techo
N/A
B
Piso
Terracería
 
21.27
Pared
N/A
Techo
N/A
 
Local
para
Transport
ación
Terrestre
Local para oficinas de
control vehicular de
empresas dedicadas a
la transportación
terrestre.

A
Piso
Termina
dos
 
659.4
6
Pared
Termina
dos
Techo
Plafón
B
Piso
Concreto
 
560.0
3
Pared
Termina
dos
Techo
Termina
dos
C
Piso
Concreto
 
398.7
6
Pared
Termina
dos
Techo
Concreto
D
Piso
Concreto
 
125.2
5
Pared
Termina
dos
Techo
Concreto
Ubicación
Fuera de
área
Terminal
Espacio
para
Venta de
Boletos
de
Transport
ación
Terrestre
Espacio para
actividades de venta de
boletos de empresas
dedicadas a la
transportación terrestre.
Unida
d
A
Piso
Termina
dos
 
12,83
3.17
Pared
Termina
dos
Techo
Plafón
B
Módulos
Módulos
fijos
 
9,067
.52
C
Piso
Termina
dos
 
2,269
.41
Pared
Termina
dos
Techo
Plafón
Ubicación
En
vialidad
exterior
Tarifas expresadas en pesos.
Las tarifas anteriores no incluyen IVA, el cual se trasladará en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
REGLAS DE APLICACIÓN
1. Este catálogo aplica a todos los arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, necesarios para la operación aeroportuaria y que son arrendados por los Concesionarios, Permisionarios y Operadores del Transporte Aéreo y por los Prestadores de Servicios Aeroportuarios y Complementarios.
2. Las tarifas del presente catálogo se actualizarán anualmente en el mes de enero de cada año, utilizando para el efecto el Índice Nacional de Precios al Productor (INPP), para lo cual se considerará la variación de dicho índice de los últimos doce meses a la fecha en que se presenten en el Comité de Operación y Horarios las actualizaciones correspondientes.
Para el caso de arrendamientos que se contraten durante el periodo de enero a diciembre del mismo año, el monto de la renta será el establecido en enero de dicho año, independientemente de la fecha del nuevo arrendamiento y esta renta será ajustada en el siguiente mes de enero con base en el catálogo de rentas.
3. Las tarifas establecidas en el presente catálogo de rentas no incluyen los servicios de energía eléctrica ni el suministro de agua, por lo que se estará en lo dispuesto en el contrato de arrendamiento que al efecto sea formalizado, debiendo establecerse por parte del concesionario un mecanismo de recuperación del gasto que ofrezca la garantía de que no hay excedentes de ingresos por estos conceptos que representen una utilidad para éste.
4. En aquellos casos en que se solicite al aeropuerto el arrendamiento de algún bien que no esté contemplado en el presente catálogo, se deberá establecer un comparativo con otros bienes similares contenidos en el catálogo, con objeto de establecer el monto de la renta y la clasificación del mismo bien, debiéndolos someter a la opinión del Comité de Operación y Horarios para que pueda ser registrado y publicado en el Diario Oficial, pasando a formar parte integral del mismo catálogo.
5. La clasificación que se otorga a un bien arrendado representa las condiciones en que dicho bien se encuentra al momento de entregarlo en arrendamiento, esta clasificación no variará durante la vigencia del contrato. Al final de la vigencia de éste, se revisará la clasificación del bien a efecto de verificar que continúe siendo la misma.
Para el caso de que el aeropuerto requiera la reclasificación del bien arrendado, éste deberá demostrar al arrendatario con pruebas fehacientes y suficientes el motivo del cambio en la clasificación solicitada aplicando en su caso el nuevo valor de la renta de acuerdo a la tarifa que se tenga vigente para el bien de que se trate, conforme a los datos contenidos en el catálogo. En caso de llegar a un acuerdo entre las partes se hará la reclasificación del bien.
6. El presente catálogo, así como cualquier modificación a las tarifas o a sus reglas de aplicación en él contenidas, deberán ser presentadas ante el Comité de Operación y Horarios del aeropuerto para su opinión. Posteriormente se llevará a cabo el registro ante la Dirección de tarifas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y entrará en vigor en la fecha que se establezca, siempre que ésta sea posterior a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
TARIFAS POR ESTACIONAMIENTO PUBLICO DE VEHICULOS APLICABLES A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2020.
Servicio
Tarifa
Primeras dos horas o fracción
36.21
Fracción de 20 minutos adicional a las primeras dos horas
12.07
Pernocta (24 Horas)
215.52
Boleto Perdido
215.52
Pensión Mensual Personal Aerolíneas y Personal Aviación General
603.45
 
Tarifas expresadas en pesos.
Las tarifas anteriores no incluyen IVA, el cual se trasladará en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
 
Ciudad de México. a 19 de diciembre de 2019
Responsable
Representante Legal
 
Lic. Claudio Ramón Góngora Morales
Rúbrica.
(R.- 490830)