CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el Municipio de Oaxaca de Juárez.

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR MARÍA CANDELARIA OCHOA ÁVALOS, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, ALEJANDRO ISMAEL MURAT HINOJOSA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, HÉCTOR ANUAR MAFUD MAFUD, EL SECRETARIO DE FINANZAS, VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN, LA SECRETARIA DE LAS MUJERES DE OAXACA, TITULAR DE LA INSTANCIA RESPONSABLE DEL PROYECTO, ANA ISABEL VÁSQUEZ COLMENARES GUZMÁN, ASÍ COMO EL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ, TITULAR DE LA INSTANCIA RECEPTORA DEL PROYECTO, OSWALDO GARCÍA JARQUÍN, ASISTIDO POR EL SÍNDICO HACENDARIO, JORGE CASTRO CAMPOS Y LA TESORERA MUNICIPAL, REBECA MORALES GARCÍA A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de México reconoce y se obliga a cumplir con responsabilidad el mandato contenido en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México sea parte;
Que el Estado mexicano, ha suscrito y ratificado diversos instrumentos que buscan garantizar el respeto a la dignidad e integridad de las mujeres, su igualdad jurídica ante el varón, así como a la eliminación de la violencia y de todas las formas de discriminación contra la mujer; entre los cuales se encuentran, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II, Capítulo V, el mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Oaxaca.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2018, señala en el Anexo 13, "Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
 
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio SMO/OS/0427-1/2019 de fecha 16 de mayo de 2019, suscrito por la C. Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán, en su carácter de Secretaria de las Mujeres de Oaxaca del Estado de Oaxaca, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: "Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el municipio de Oaxaca de Juárez".
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019 (Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $560,000.00 (Quinientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto "Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el Municipio de Oaxaca de Juárez". Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-11 de fecha 16 de julio de 2019.
La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2019, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1.   I.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción IV y 6, fracción IX del RISEGOB,
I.4.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5.   La Comisionada Nacional María Candelaria Ochoa Ávalos, cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en el artículo 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.6.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314385.
I.7.   Señala como su domicilio el ubicado en la calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
 
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2.  El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Oaxaca, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, C. Alejandro Ismael Murat Hinojosa, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 30, 66 y 79 fracciones XIX y XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como 2, 6 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.3.  Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Titular de la Secretaría General de Gobierno, C. Héctor Anuar Mafud Mafud, con fundamento en el artículo 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como los artículos 3 fracción I, 7, 10, 15, 27 fracción I y 34 fracción XLV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, y los artículos 8 y 9 fracción II del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.  De conformidad con lo dispuesto con los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como 26, 27 fracción XII y 45 fracciones XIII, LVI y LXI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, y los artículos 5, 6 fracción VI y 7 fracciones III y IX del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón, en su carácter de Secretario de Finanzas, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio.
II.5.  La Secretaria de las Mujeres del Estado de Oaxaca, forma parte integrante de la Administración Pública Estatal dependiente del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a través de su Titular, Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán, asiste en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 3 fracción I, 10, 15, 26, 27 fracción XVII y 46-C fracciones VIII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Oaxaca, los artículos 39 y 58 fracción XIII de la Ley Estatal De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia De Género del Estado de Oaxaca.
II.6.  Que de conformidad con el artículo 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los artículos 1,2, 68 fracción XVIII y 124 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Oaxaca, Oswaldo García Jarquín, Presidente Municipal del Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de Juárez, tiene facultades para celebrar el presente convenio, acreditando su representación con la Constancia de Mayoría de Validez de la Elección de Ayuntamiento, otorgada por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca de fecha 05 de Julio de 2018, a través del cual acredita sus facultades para suscribir el presente Convenio.
II.7.  La Sindicatura del H. Ayuntamiento del Gobierno Municipal de Oaxaca de Juárez, forma parte integrante de la Administración Pública Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a través de su Titular, Jorge Castro Campos, asiste en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con el artículo 71 fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
II.8.  Declara, Rebeca Morales García, en cuanto Tesorera Municipal del Ayuntamiento, que comparece a la firma del presente instrumento de conformidad con los artículos 88 fracción II y 95 fracciones II Bis y III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
II.9.  Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos de forma complementaria al proyecto materia del presente Convenio, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.10. Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal ubicado en Carretera Oaxaca Istmo km 11.5 sin número, interior 7, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, C.P. 68270.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción
de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Oaxaca, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la numero 5 de las "Medidas de Seguridad" relacionadas con identificar los efectos de la violencia contra las mujeres en el estado. Establecida en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género del Estado de Oaxaca, resolutivo cuatro denominada: "Los programas de trabajo municipales deberán incluir, por lo menos, en el apartado de medidas de seguridad las siguientes: 5. La creación o fortalecimiento de Albergues para mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos, en las ocho regiones con enfoque diferencial y especializado".
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los Lineamientos.
III.6. Se comprometen a apegarse a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto: "Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el municipio de Oaxaca de Juárez", que permita dar cumplimiento a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres del Estado de Oaxaca. Dicho proyecto se realizará de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de actividades lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $560,000.00 (Quinientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.), para el proyecto: "Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el municipio de Oaxaca de Juárez".
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de su Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Número de plaza:            20001 Oaxaca
CLABE:                        012610001135711492
Cuenta Bancaria:            0113571149
Banco:                          BBVA
A nombre de:                 GOB EDO de OAX SEFIN
Nombre del proyecto:       Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el Municipio de Oaxaca de Juárez 2019
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARÍA" la factura CDFI prevista en el lineamiento Décimo sexto de los Lineamientos.
Una vez que "LA SECRETARÍA" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas la factura complemento CDFI en formato PDF y XML.
 
Para "LA SECRETARÍA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARÍA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, por lo que "LA SECRETARÍA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "LA SECRETARÍA". El Comité, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARÍA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que estas se comprometen a sacar a "LA SECRETARÍA" de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de los previstos en los Lineamientos, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del proyecto "Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el municipio de Oaxaca de Juárez".
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal.
c.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA". Además de los previstos en los Lineamientos, "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, dentro de los treinta días naturales siguientes después de haber suscrito el Convenio de Coordinación correspondiente, y habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d.    Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los Lineamientos, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico del presente Convenio.
b.    Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2019.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales,
contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d.    Realizar por conducto de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca encargado de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f.     Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
j.     Entregar bimestralmente por conducto de la Titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
l.     En términos de los Lineamientos, presentar a "LA SECRETARÍA", a más tardar el 15 de enero de 2020, un Acta de cierre, firmada por la/el Titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2019 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso n) del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio SMO/OS/0427/2019 signado por la Titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca, y por "LA SECRETARÍA" la persona que fue designada mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-11 signado por la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán
las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca informará a "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento y el inciso e), del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el ejercicio fiscal 2019, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes a la conclusión del cierre del ejercicio fiscal en términos de los Lineamientos.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca.
En el caso de "LA SECRETARÍA", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los lineamientos sexto, décimo quinto y décimo sexto de los Lineamientos.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2019 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, esta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "LA SECRETARÍA" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el lineamiento Trigésimo Tercero de los Lineamientos, procederá a dar por terminado el presente Convenio y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los
órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de Contraloría y Transparencia de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2019. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo. En caso de que se presente alguna discrepancia, deberá sujetarse a lo que dispone el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas
de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio se publicará en el Diario Oficial Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 26 fracción II inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno México a través de "LA SECRETARÍA".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 18 días del mes de octubre de 2019.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de las Mujeres de Oaxaca, Titular de la Instancia Responsable del Proyecto, Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán.- Rúbrica.- El Presidente Municipal del Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de Juárez, Titular de la Instancia Receptora del Proyecto, Oswaldo García Jarquín.- Rúbrica.- Elndico Hacendario, Jorge Castro Campos.- Rúbrica.- La Tesorera Municipal, Rebeca Morales García.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO
DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA EL "FORTALECIMIENTO DE LA CASA DE MEDIO CAMINO EN EL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ" EN EL ESTADO DE OAXACA, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA
1.    Nombre, objeto y descripción de "El Proyecto":
    Nombre o denominación: "Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino en el municipio de Oaxaca de Juárez" en el Estado de Oaxaca.
    Objeto: Contribuir al fortalecimiento de la Casa de Medio Camino a través de su equipamiento y servicio integral y de calidad para las mujeres en situación de violencia así como de sus hijas e hijos.
    Descripción:
 
A través del proyecto; "Fortalecimiento de la Casa de Medio Camino", se busca asegurar que mujeres, sus hijas e hijos, cuenten con un espacio temporal, seguro, de protección, atención y gratuito, ante las situaciones de violencias que puedan enfrentar, así como un espacio que les de herramientas que las ayuden a conocer nuevas herramientas para rehacer su vida o definir su plan de vida libre de violencia.
Por ello, la implementación de este proyecto busca ofrecer un servicio integral y de calidad partiendo del equipamiento de las instalaciones de la casa de medio camino, ya que un espacio que carece de infraestructura de calidad, no permite que los servicios sean calificados de forma excelente. Por lo que, a través de su equipamiento se busca que las mujeres, sus hijas e hijos, puedan encontrar mayor calidez y seguridad de su vida durante su estancia en la casa, además los espacios de recreación permitirán a las mujeres realizar distintas actividades para contribuir a su empoderamiento, y para sus hijas e hijos actividades que contribuyan a un desarrollo sano y libre de violencia de género.
Con este proyecto también se busca dignificar todos los espacios de la casa de medio camino, para poder seguir trabajado en la atención a las mujeres en situación de violencia.
2.    Fecha de solicitud del Subsidio:
    Fecha de solicitud: 16 de mayo 2019
    Oficio: SMO/OS/0426/2019
    Autoridad solicitante: Secretaría de las Mujeres de Oaxaca
3.    Instancia Estatal Responsable de "El Proyecto":
Nombre: Secretaría de las Mujeres de Oaxaca
Las descritas en el Lineamiento trigésimo primero de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019.
4.    Instancia Estatal Receptora de "El Proyecto"
    Nombre: Municipio de Oaxaca de Juárez
Las descritas en el Lineamiento trigésimo primero de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019.
5.    Monto aprobado:
    Cantidad aprobada por la CONAVIM: $560,000.00 (Quinientos sesenta mil pesos 00/100 M.N.)
6.    Fecha estimada del inicio del Proyecto:
Fecha: El proyecto dará inicio una vez que el recurso federal sea asignado a la cuenta del Gobierno del Estado de Oaxaca.
7.    Fecha estimada para la conclusión del Proyecto:
Fecha: 31 de diciembre de 2019
8.    Descripción del proyecto:
    Resumen: Contribuir al fortalecimiento de la Casa de Medio Camino a través de su equipamiento y servicio integral y de calidad para las mujeres en situación de violencia así como de sus hijas e hijos.
    Medida de seguridad, de prevención o de justicia, a la cual debe contribuir el proyecto, o bien la propuesta contenida en las conclusiones del informe al que hace referencia el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida de Libre de Violencia:
       Las "Medidas de Seguridad" establecida en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género del Estado de Oaxaca, resolutivo cuatro denominada, medida 5:
       "Los programas de trabajo municipales deberán incluir, por lo menos, en el apartado de medidas de seguridad las siguientes: 5. La creación o fortalecimiento de Albergues para mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos, en las ocho regiones con enfoque diferencial y especializado"
    Objetivo general:
Contribuir al fortalecimiento de la Casa de Medio Camino a través de su equipamiento y servicio integral y
de calidad para las mujeres en situación de violencia así como de sus hijas e hijos.
    Objetivos específicos, cada uno con su meta e indicadores de gestión proceso y, en su caso, indicadores de resultado para verificar su implementación y cumplimiento:
Objetivo específico
Meta
Indicador de gestión
Comprar equipo como mobiliario general, equipo de oficina, medico, recreativo y de seguridad para generar un espacio de protección y seguro con mayor calidez para las mujeres en situación de violencia así como de sus hijas e hijos.
La adquisición y compra de mobiliario y equipo para fortalecer cada espacio físico que integra la Casa de Medio Camino y así las mujeres en situación de violencia, como sus hijas e hijos tengan un espacio de protección, seguro y con mayor calidez.
Reporte cualitativo y cuantitativo de las mujeres que recibieron atención integral en la CAMEC.
Fortalecer las habilidades y capacidades de las mujeres en actividades como autodefensa personal, reparación básica del hogar, plomería, círculos de lectura, huertos de traspatio, electricidad; con la finalidad de romper los roles socialmente construidos.
Reporte cuantitativo y cualitativo sobre las actividades que se llevarán a cabo (autodefensa personal, reparación básica del hogar, plomería, círculos de lectura, huertos de traspatio, electricidad; con la finalidad de romper los roles socialmente construidos)
Mujeres que recibieron las actividades de autodefensa personal, reparación básica del hogar, plomería, círculos de lectura, huertos de traspatio y electricidad para el fortalecimiento de sus habilidades y capacidades así como su empoderamiento.
Crear espacios lúdicos para fortalecer actividades de las niñas y los niños, con la finalidad de trabajar su autoestima y la importancia de vivir libres de violencias.
Reporte cuantitativo y cualitativo sobre las y los niños que tomaron terapias psicológicas.
Niñas y niños que recibieron atención psicológica
 
    Metodología:
Se aplicara la metodología del Marco Lógico con Perspectiva de Género para presentar de forma sistemática y lógica los objetivos del proyecto, las relaciones de causalidad de los problemas que se busca atender, en particular aquellos aspectos que causan o reproducen desigualdades de género y por consecuencia la violencia de género.
Abordaremos solo cuatro pasos de la metodología de marco lógico:
1.     Definición del problema e identificación de la población involucrada.
2.     Análisis y estructuración de la problemática, mejor conocida en la literatura especializada como árbol del problema.
3.     Diseño de objetivos, mejor conocido como árbol de objetivos.
4.     Análisis de alternativas estratégicas.
   Población beneficiaria:
Las mujeres víctimas de la violencia de género que no cuenten con ninguna red de apoyo del Municipio de Oaxaca de Juárez y de municipios aledaños, si así lo requieren, También sus hijos e hijas podrán ingresar; en el caso de varones solo se permite que sean menores de edad.
Las mujeres pueden ser referidas por el Centro de Justicia para las Mujeres (CEJUM), Centro PAIMEF (Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas).
   Actores estratégicos:
       Actores que garanticen el acceso a la justicia de las mujeres de forma igualitaria, protegiendo su integridad.
 
-     Instituto Municipal de la Mujer
-     Consejería Jurídica
-     Alcaldía Municipal
-     Seguridad Pública
-     Policía Municipal
-     Ministerios Públicos
-     Regidurías
-     Fiscalía Especializada en Delito contra la Mujer por Razón de Género.
-     CEJUM
       A también actores que protejan los derechos de las niñas y los niños, su integridad y el ejercicio pleno de sus derechos.
-     SIPINNA
-     Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca
-     DIF Estatal
   Cobertura geográfica:
-     13 Agencias Municipales y de Policía.
-     270 Colonias del Municipio de Oaxaca de Juárez
9.    Perfil de la o las personas que estarán a cargo de la implementación de "El Proyecto"
-     Persona física o moral con conocimiento de perspectiva de género y derechos humanos.
-     Profesional con licenciatura en contaduría con al menos 5 años de experiencia.
10.   Descripción de las actividades que realizarán las autoridades involucradas en el Proyecto en la entidad federativa para su ejecución:
a)   Mantenimiento: mejorara las condiciones en general de la CAMEC (Pintura externa e interna, servicio de carpintería, herrería, cancelería, vidrios, cerrajería, sistema eléctrico, albañilería, resane, remodelación, impermeabilización y plomería) con el cual las usuarias se sientan en un lugar cómodo y acogedor.
b)   Equipamiento: área de cocina, área de talleres, habitaciones, áreas deportivas, área de oficinas de personal que labora y área médica.
c)   Seguridad de instalaciones: adquisición de circuitos cerrados, y señalizaciones de protección civil, así como cámaras, cercas electrificadas, sensores de movimiento, lámparas de emergencia, equipo de radiocomunicación y extintores para brindar una seguridad total a las usuarias.
d)   Ludoteca: Adquisición de juegos didácticos, tapetes y muebles.
e)   Actividades de fortalecimiento a mujeres y sus hijos e hijas: mediante talleres, capacitaciones, cursos, pláticas y conferencias.
f)    Entrega de informe final a la CONAVIM
11.   Proyección del costo del proyecto, que incluya un cronograma de gasto y actividades:
FORTALECIMIENTO DE LA CASA DE MEDIO CAMINO EN EL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ
ACTIVIDAD
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
MONTO
Mantenimiento
 
X
 
 
$224,000.00
Equipamiento inmueble (anexo 1)
 
X
X
 
$243,000.00
Seguridad (anexo 1)
 
 
X
 
$63,000.00
Ludoteca (anexo 1)
 
 
 
X
$30,000.00
 
TOTAL
$560,000.00
Quinientos sesenta mil pesos 00/100 M.N., incluye impuestos
 
ANEXO 1
Proyección del Costo del Proyecto y del Contrato
 
RUBRO
IMPORTE
CONCEPTO DE GASTO
MES EJERCIDO
Inmueble: Mantenimiento
Pintura: Pintura y
mano de obra
$20,000.00
Servicio de aplicación de Pintura Externa y/o interna de la estructura de la casa de medio camino.
Octubre
Carpintería: Material
y mano de obra
$30,000.00
Servicio de carpintería o ebanistería para:
-     10 puertas de recamara
-     2 puertas de área de baño
-     1 puerta de cocina
-     Pasamanos rampa acceso
-     10 closets (reparación)
-     Paredes de tabla roca
 
Herrería, cancelería
y vidrios: Material y
mano de obra
$25,000.00
Herrería en:
-     4 ventanas
-     2 puertas de metal para reposición
-     1 puerta de cancelería entrada a habitaciones
-     Puerta de seguridad de cocina
-     Reja de puerta de acceso a jardín
-     Puerta módulo de policía
-     Puerta de salida de emergencia de ludoteca
Y mantenimiento de vidrios en áreas de baño, recamara, corredizas, ludoteca, recepción, área médica, área de limpieza, comedor, psicología y módulo de policía.
 
Cerrajería: Material
y mano de obra
$7,000.00
Cambio, mantenimiento y reparación de chapas, cerraduras, cerrojos, candados y cilindros, incluye reposición de llaves de:
-     17 habitaciones
-     8 áreas administrativas
-     1 bodega administrativa
-     1 área de terapia
-     1 área de lavado
-     1 cocina
-     1 bodega de cocina
-     1 bodega de lavado
-     1 área de baño
-     1 módulo de policía
-     1 ludoteca
-     1 cuarto de servicio
 
 
Sistema eléctrico:
Material y mano de
obra
$12,000.00
Servicio de instalación y reparación de luminarias, cambio de cableado (incluye cables, contactos, cubre contacto, apagadores, interruptores, fusibles, centro de carga, medidor) de:
-     10 habitaciones
-     Sala
-     Comedor
-     Cocina
-     Dirección General
-     Jardín
-     Patio principal
-     Ludoteca
-     Área de lavado
-     Rampa de acceso a segunda planta
-     Módulo de seguridad
-     Cuarto de servicio
-     3 áreas de baño
 
Albañilería, resane,
remodelación
$80,000.00
-     Instalación de 2 lavaderos
-     Barra de lavabo o lavamanos para baños
-     Escalera para cisterna
-     Resane de:
-     Pared de exteriores, pilares, techo y paredes de cuartos, áreas administrativas, módulo de policía, baños y de pasillos
-     Cambio de losetas en mal estado
-     Área de lavado
-     Bodega lavado
-     Sala de terapia
-     Dirección General
-     Ludoteca
-     Cuarto de servicio
-     Módulo de seguridad
-     Piso antiderrapante (10 habitaciones y 2 áreas de baño)
-     Malla ciclónica de la barda de jardín
 
 
Impermeabilización
$38,000.00
Servicios a techos y muros de la estructura de la casa de medio camino
 
Plomería
$12,000.00
Plomería en:
-     3 áreas de baño
-     Cambio de regadera
-     Cambio de 4 tasas de baño
-     Instalación de llaves de lavamanos
-     Módulo de policía
Compra de bomba de agua, reparación, instalación y conexión a la red general de agua potable.
 
Subtotal
$224,000.00
 
 
Electrónicos
 
 
Equipo de
electrodomésticos
$45,000.00
Adquisición de:
-     Licuadora industrial
-     2 planchas industriales
-     1 horno de microondas
-     2 refrigeradores
Octubre-Noviembre
Equipo para
reinserción laboral
$30,000.00
Adquisición de mobiliario y/o equipamiento para el área de talleres referidos en el programa de inserción laboral.
Mobiliario de Áreas
recreativas y/o
deportivas
$25,000.00
Adquisición de juegos infantiles, bancas y mesas para Jardín, porterías, canchas y aparatos para equipar espacios deportivos.
Mobiliario general
$80,000.00
Adquisición de mobiliario:
-     Sala para 15 personas
-     3 comedores para 8 personas
-     5 periqueras
-     10 ventiladores
-     8 camas individuales
-     8 colchones
-     3 cunas
-     3 carriolas
-     3 andaderas
Mobiliario y equipo
de oficina
$45,000.00
Adquisición de mobiliario:
-     10 escritorios
-     10 sillas
-     10 archiveros
 
Mobiliario y equipo
medico
$18,000.00
Adquisición de mobiliario y equipo médico como:
-     Bascula infantil
-     Bascula para adulto
-     Nebulizador
-     Estetoscopio
-     Esterilizador
-     Glucómetro
 
Subtotal
$243,000.00
 
 
Seguridad
 
Equipamiento de
seguridad
$33,000.00
Adquisición de:
-     Detector de humo
-     Cerca electrificada (por el lado del jardín)
-     Sensores de movimiento en el área de jardín y patio
-     Películas de seguridad para ventanas de ludoteca, comedor, Dirección General y 4 recamaras
-     Lámparas de emergencia
-     Extintores
Noviembre
Instalaciones de
Seguridad
$23,000.00
Adquisición de Circuito cerrado de TV (nuevo). Incluye la instalación.
Instalaciones de
Seguridad
$7,000.00
Adquisición de letreros para señalización establecida de protección civil.
Subtotal
$63,000.00
 
 
Operación
Ludoteca
$30,000.00
Adquisición de:
-     Tapetes
-     Muebles
-     Juegos didácticos
Diciembre
Subtotal: $30,000.00
Total $560,000.00 Quinientos sesenta mil pesos 00/100 M.N. incluye impuestos
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 18 días del mes de octubre de 2019.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, María Candelaria Ochoa Ávalos.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de las Mujeres de Oaxaca, Titular de la Instancia Responsable del Proyecto, Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán.- Rúbrica.- El Presidente Municipal del Ayuntamiento del Municipio de Oaxaca de Juárez, Titular de la Instancia Receptora del Proyecto, Oswaldo García Jarquín.- Rúbrica.- Elndico Hacendario, Jorge Castro Campos.- Rúbrica.- La Tesorera Municipal, Rebeca Morales García.- Rúbrica.