ACUERDO por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
VÍCTOR MANUEL TOLEDO MANZUR, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 25, párrafos sexto y séptimo y 28 párrafo trece de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 Bis, fracciones I, II y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., fracción V y 9o. de la Ley de Planeación; 5 fracciones II y XVI, 15 fracciones IX y X y 158 fracción II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
CONSIDERANDO
Que el artículo 28, párrafo trece, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias, cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la Nación;
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, podrá señalar los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con base en criterios de eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, el Presupuesto de Egresos de la Federación señala los criterios generales a los cuales se sujetarán las Reglas de Operación de dichos programas.
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación señala que es responsabilidad de las dependencias y entidades emitir las Reglas de Operación de los programas para el otorgamiento de subsidios y que éstas deben ser ampliamente difundidas a la población.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria todos los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad; para lo cual las dependencias y entidades que los otorguen deberán observar, entre otras cosas, lo siguiente: i) Establecer los montos y porcentajes con base en criterios redistributivos que deberán privilegiar a la población de menos ingresos y procurar la equidad entre regiones y entidades federativas; ii) Procurar que el mecanismo de distribución, operación y administración otorgue acceso equitativo a todos los grupos sociales y géneros; iii) Garantizar que los recursos se canalicen exclusivamente a las personas elegibles por componente y asegurar que el mecanismo de distribución, operación y administración facilite la obtención de información y la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación; iv) Evitar que se destinen recursos a una administración costosa y excesiva; v) Incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; así como, vi) Asegurar la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar duplicación en el ejercicio de los recursos y reducir gastos administrativos.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 establece que el gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, evidenciado como un factor indispensable del bienestar, mismo que resume insoslayables mandatos éticos, sociales, ambientales y económicos que deben ser aplicados en el presente para garantizar un futuro mínimamente habitable y armónico;
Que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, dentro de sus disposiciones generales establece que la transversalidad es el proceso que permite garantizar la incorporación de la perspectiva de género con el objetivo de valorar las implicaciones que tiene para las mujeres y los hombres cualquier acción que se programe en las instituciones públicas y privadas; asimismo, dentro de las responsabilidades del gobierno federal se encuentra la de garantizar la igualdad de oportunidades, mediante la adopción de políticas, programas, proyectos e instrumentos compensatorios como acciones afirmativas; en este contexto, la política nacional debe asegurar que la planeación presupuestal incorpore la perspectiva de género, apoye la transversalidad y prevea el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para la igualdad entre mujeres y hombres.
Que las Reglas de Operación deben garantizar que los recursos se apliquen efectivamente al cumplimiento de los objetivos y metas de los programas autorizados, en beneficio de los sectores o personas elegibles determinadas por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
Que de conformidad con el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias y entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán las responsables de emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en cada ejercicio fiscal. Además, las Reglas de Operación deberán ser simples y precisas con el objeto de facilitar la eficiencia y la eficacia en la aplicación de los recursos y en la operación de los programas.
Que en el marco de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales le corresponde fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios ambientales, estableciendo como uno de sus grandes objetivos el de inducir el factor de la sustentabilidad en el desarrollo ambiental nacional, a través de la ejecución de acciones que permitan lograr un crecimiento económico sostenido, contrarrestar la pobreza y evitar que continúe el deterioro de la base natural del desarrollo.
Por lo anterior, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, ejecuta el Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible, el cual busca impulsar procesos de tránsito hacia el desarrollo sustentable que conlleven al cuidado y mejoramiento del medio ambiente, mediante una propuesta de atención integral, considerando necesariamente la generación de oportunidades de manera equitativa a las mujeres y hombres como sujetos activos de dicho desarrollo.
Que es responsabilidad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales instrumentar los mecanismos que aseguren que los subsidios serán entregados a sus destinatarios y que serán ejercidos de manera eficiente, así como establecer los lineamientos que permitan sus beneficios económicos y sociales, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE
CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES)
Artículo 1. Presentación
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, reconoce la importancia de los servicios ambientales que prestan a la sociedad las Áreas Naturales Protegidas y sus Zonas de Influencia. De esta forma, el Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible constituye un instrumento de la política pública que promueve la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad, mediante la participación directa y efectiva de la población local en los procesos de gestión del territorio, en el aprovechamiento sustentable de los recursos, la protección y restauración de los mismos, y de la valoración económica de los servicios ambientales que éstos prestan a la sociedad, de forma tal que se generen oportunidades productivas alternativas y se contribuya a mejorar la calidad de vida de los habitantes en las Áreas Naturales Protegidas y sus Zonas de Influencia.
Definiciones:
Para efecto de las presentes Reglas de Operación se entenderá por:
I. Acciones afirmativas con perspectiva de género: Las que constituyen una estrategia para generar igualdad de oportunidades a las mujeres y garantizar su participación en el acceso, ejercicio y toma de decisiones de los apoyos del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible.
II. Adaptación al Cambio Climático: Medidas y ajustes en sistemas humanos o naturales, como respuesta a estímulos climáticos, proyectados o reales, o sus efectos, que pueden moderar el daño, o aprovechar sus aspectos beneficiosos.
III. Área Natural Protegida (ANP): Las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas. Las cuales se establecieron mediante Decreto presidencial.
IV. Agrobiodiversidad: La diversidad de las formas de vida asociados con los procesos de la agricultura, pudiéndose referirse tanto a especies animales, como a las plantas y microorganismos que se utilizan de forma directa o indirectamente para la alimentación o el
desarrollo de las actividades humanas.
V. Brigada de Contingencia Ambiental: La conformada por un grupo de 8 a 15 personas beneficiarias para prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo, derivadas de actividades humanas o fenómenos naturales, que pueden poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
VI. Cambio de uso de suelo: La transformación de la cubierta vegetal original para convertirla a otros usos o degradar la calidad de la vegetación modificando la densidad y la composición de las especies presentes.
VII. Comité de Seguimiento: El conformado por las personas beneficiarias de los apoyos autorizados de conformidad con las Reglas de Operación.
VIII. Comité Técnico: El conformado por la Dirección Regional, la Dirección de Área Natural Protegida correspondiente, y por lo menos dos representantes en total de los siguientes sectores: social, gubernamental e instituciones académicas o de investigación, para que apoyen mediante su asesoría en el dictamen técnico y económico de las solicitudes recibidas para cada una de las Áreas Naturales Protegidas.
IX. Comprobante de Domicilio: Recibo de pago de servicios, como lo son: agua, luz eléctrica, teléfono o impuesto predial, con no más de seis meses de antigüedad. En el caso de población indígena o de localidades ubicadas en zonas de alta y muy alta marginación o zonas de difícil acceso se podrá presentar una constancia de domicilio emitida por alguna autoridad local competente.
X. CONANP: La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
XI. CURP: Clave Única de Registro de Población.
XII. Decreto del Área Natural Protegida: Decreto presidencial mediante el cual se establecen las Áreas Naturales Protegidas de competencia de la Federación, sobre las cuales la Nación ejerce soberanía y jurisdicción.
XIII. Dirección del Área Natural Protegida: La unidad administrativa encargada de la administración, manejo y conservación del Área Natural Protegida de competencia de la Federación, establecida en la circunscripción territorial determinada por la declaratoria respectiva, adscrita a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
XIV. Dirección Regional: La unidad administrativa de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, encargada de coordinar y supervisar las acciones de administración, manejo y conservación, dentro de las Áreas Naturales Protegidas ubicadas dentro de la circunscripción territorial de su competencia.
XV. Equidad de género: Es la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres para que participen en todos los ámbitos de la vida en igualdad de condiciones.
XVI. Identificación Oficial: Credencial para votar vigente emitida por el Instituto Nacional Electoral o Instituto Federal Electoral, pasaporte vigente, licencia de manejo vigente y cartilla del Servicio Militar Nacional. En el caso de población indígena o de localidades ubicadas en zonas de alta y muy alta marginación, y zonas de difícil acceso, se podrá presentar una constancia de identidad, con fotografía emitida por la autoridad local competente.
XVII. Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza.
XVIII. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA): Es la Ley reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción.
XIX. Lineamientos Internos: Los Lineamientos Internos para la Ejecución del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible, los cuales estarán disponibles en la página de
Internet de la CONANP: www.gob.mx/conanp.
XX. Localidad: Todo lugar, circunscrito a un municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México, ocupado por una o más viviendas habitadas. Este lugar es reconocido por un nombre dado por la ley o por la costumbre.
XXI. Mitigación: Aplicación de políticas y acciones destinadas a reducir las emisiones de las fuentes, o mejorar los sumideros de gases y compuestos de efecto invernadero.
XXII. Persona Beneficiaria: Miembro de la población objetivo a que se refiere el numeral 3.1.2. de las presentes Reglas de Operación cuyas solicitudes hayan sido autorizadas, de conformidad con el procedimiento de selección establecido en el numeral 3.3.2. de las mismas.
XXIII. Planeación Estratégica: Plan que establece la naturaleza y dirección de una organización, poniendo énfasis en prever las condiciones que prevalecerán en el futuro.
XXIV. Población Indígena: Se considera población indígena a todas las personas que forman parte de un hogar indígena, donde el jefe(a) del hogar, su cónyuge y/o alguno de los ascendientes (madre o padre, madrastra o padrastro, abuelo(a), bisabuelo(a), tatarabuelo(a), suegro(a)) es hablante de lengua indígena. Además, se considera población indígena a personas que hablen alguna lengua indígena y que no forman parte de estos hogares.
XXV. Poseedor(a): Es aquél que sin ser propietaria(o), detenta un poder de hecho sobre las tierras, aguas u otros recursos naturales comprendidos en los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
XXVI. Preservación: El conjunto de políticas y medidas para mantener las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los ecosistemas y hábitats naturales, así como conservar las poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y los componentes de la biodiversidad fuera de sus hábitats naturales.
XXVII. Prestador(a) de servicios: Las instituciones académicas, personas morales, centros de investigación y personas físicas que ofrezcan sus servicios para la realización de los estudios técnicos y/o impartición de cursos de capacitación, validadas por la CONANP, que no tengan ninguna relación o guarden parentesco alguno de consanguinidad, dentro del cuarto grado, o de afinidad, dentro del segundo grado, con el personal de la Dirección del Área Natural Protegida o Dirección Regional, que autoriza y da seguimiento al ejercicio de los recursos del Programa.
XXVIII. PROCODES: Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible.
XXIX. PROCODES de contingencia ambiental: Mecanismo del PROCODES para prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo, derivadas de actividades humanas o fenómenos naturales, que pueden poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
XXX. Programa de Manejo: Es el instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración del Área Natural Protegida respectiva.
XXXI. Propietario: Dueño o titular de derechos sobre tierras, aguas y otros recursos naturales comprendidos en los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
XXXII. Recibo comunitario: Comprobante de pago elaborado por el Comité de Seguimiento en caso de no contar con la documentación comprobatoria que cumpla con la normatividad fiscal.
XXXIII. Reglas de Operación: Las presentes Reglas de Operación.
XXXIV. Representantes del Comité de Seguimiento: Presidenta(e), Secretaria(o) y Tesorera(o) electos por las personas beneficiarias que forman parte del Comité de Seguimiento.
XXXV. Representante Legal: Es la persona que ejerce en nombre de otra los actos jurídicos que ésta le faculte.
XXXVI. Resiliencia: Capacidad de los sistemas naturales o sociales para recuperarse o soportar los
efectos derivados del cambio climático.
XXXVII. Restauración Productiva: Estrategia de manejo que tiene el propósito de asegurar la funcionalidad ecológica del paisaje y mejorar la productividad de tierras para incrementar el bienestar humano y la conservación de la biodiversidad.
XXXVIII. SAT: Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
XXXIX. Secretaría: La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
XL. Solicitud Técnicamente Viable: Apoyo solicitado que es posible llevarse a cabo satisfactoriamente, toda vez que cuenta con las condiciones técnicas y operativas necesarias para su ejecución.
XLI. Usuario: Grupos organizados de mujeres y/o hombres, que tengan el carácter de permisionarios, concesionarios o que por cualquier otro instrumento jurídico se les otorgue el uso sobre tierras, aguas u otros recursos naturales.
XLII. Usufructuario: Titular del derecho real y temporal de goce y disfrute sobre tierras, aguas y otros recursos naturales, comprendidos dentro de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
XLIII. Vulnerabilidad: Nivel al que un sistema es susceptible, o no es capaz de soportar los efectos adversos del Cambio Climático, incluida la variabilidad climática y los fenómenos extremos. La vulnerabilidad está en función del carácter, magnitud y velocidad de la variación climática a la que se encuentra expuesto un sistema, su sensibilidad, y su capacidad de adaptación. El grado en que un sistema es susceptible o incapaz de enfrentarse a efectos adversos generados por un fenómeno, incluidos la variabilidad y los extremos del clima.
XLIV. Zona de Influencia: Son superficies aledañas a la poligonal de un Área Natural Protegida (ANP) que mantienen una estrecha interacción social, económica y ecológica con ésta. Las zonas de influencia se encuentran definidas en el Programa de Manejo del ANP correspondiente.
Artículo 2. Objetivos
2.1. General
Promover que las mujeres y los hombres que habitan las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, aprovechen los recursos naturales y la biodiversidad de forma sustentable para el desarrollo social y para mejorar sus medios de vida.
2.2. Objetivos específicos
· Impulsar el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad y los recursos naturales a través del desarrollo de actividades productivas sustentables, así como proyectos de restauración y conservación con fines productivos.
· Promover la capacitación de las mujeres y los hombres que habitan las localidades asentadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
· Prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de contingencias ambientales que ponen en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas en Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
Artículo 3. Lineamientos
3.1. Cobertura
3.1.1. Población potencial
El total de mujeres y hombres que habitan en localidades de los municipios de las Áreas Naturales Protegidas, que se mencionan en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.
La CONANP, previa justificación técnica y de manera excepcional, podrá adicionar Áreas Naturales Protegidas y/o municipios a los previstos en el anexo número 1 de las Reglas de Operación, cuando:
· Se establezcan nuevas Áreas Naturales Protegidas de competencia Federal.
· Se presenten modificaciones en los nombres de los municipios que conforman las Áreas Naturales Protegidas.
De presentarse alguno de los supuestos anteriores, la CONANP, a más tardar el último día hábil del mes de abril del ejercicio fiscal correspondiente, tramitará ante la Secretaría la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo por el cual se adicionan nuevas Área Naturales Protegidas y/o municipios al Anexo número 1 de las Reglas de Operación.
3.1.2. Población objetivo
Mujeres y hombres de 18 o más años de edad, que conformen grupos organizados; Ejidos o Comunidades y Personas Morales, que sean propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de los recursos naturales comprendidos en las localidades de los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, enlistados en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.
Los apoyos deberán ser otorgados sin distinción de género, raza, etnia, credo religioso, condición socioeconómica u otra causa que implique discriminación, a los solicitantes que cumplan con los requisitos que se señalan en las Reglas de Operación.
3.2. Restricciones
No serán consideradas como personas beneficiarias del PROCODES a las administraciones públicas de la Federación, de las Entidades Federativas, de la Ciudad de México y Municipios, ni las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación. Tampoco lo serán los solicitantes de apoyos que hayan quebrantado a la banca de desarrollo, servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, así como aquéllos solicitantes o cualquiera de los miembros del grupo de solicitantes, que hubieran sido sancionados con la cancelación de apoyos del PROCODES en cinco años anteriores o hayan sido sancionados por haber cometido algún ilícito ambiental. En el caso de solicitudes para proyectos productivos, estudios técnicos y cursos de capacitación los solicitantes no deberán haber recibido durante cinco años consecutivos apoyos del PROCODES para el mismo proyecto productivo, estudio técnico o curso de capacitación.
3.3. Acceso a los apoyos
3.3.1. Requisitos
Los requisitos que las(os) solicitantes deberán cumplir para solicitar los apoyos son:
I. Acreditar su personalidad y, en su caso, la de su representante legal, así como estar ubicados en las localidades asentadas en algún Área Natural Protegida o en su Zona de Influencia, enlistada en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación, esta acreditación será de acuerdo al perfil de la persona que solicita el apoyo y deberá realizarse con copia, y original para cotejo, de los siguientes documentos:
a) Grupos organizados de mujeres y/o hombres, que no estén constituidos como personas morales. Identificación oficial, comprobante de domicilio y CURP, de cada uno de las(os) integrantes del grupo. Esta última no será un requisito obligatorio en el caso de población indígena o de localidades ubicadas en zonas de alta y muy alta marginación o zonas de difícil acceso.
b) Personas morales, distintas a Ejidos y Comunidades. Acta constitutiva vigente o poder notarial, así como los instrumentos jurídicos en los que se haga constar alguna modificación a la misma, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto; comprobante de domicilio; identificación oficial del representante legal y el instrumento jurídico que acredite que éste último cuenta con facultades para ello.
c) Ejidos y Comunidades. Resolución Presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, por la que se creó el ejido o comunidad de que se trate, resolución jurisdiccional o bien Escritura Pública por la que se constituyeron e identificación oficial de los representantes legales del Ejido o Comunidad y el instrumento jurídico que acredite que este último cuenta con facultades para ello.
II. Presentar su solicitud de acuerdo al formato establecido en el Anexo número 3 de las Reglas de Operación, para lo cual, la persona solicitante podrá hacer uso del formato electrónico establecido por la CONANP en el sitio www.gob.mx/conanp, o bien presentar su formato original en la oficina de la CONANP, según corresponda. En todos los casos las solicitudes deberán considerar la participación de al menos 10 personas por cada concepto de apoyo.
III. Solicitar recursos en los rangos establecidos para cada uno de los conceptos de apoyo, de conformidad con lo señalado en el Anexo número 2 de las Reglas de Operación.
IV. En el caso de solicitudes para proyectos de tipo productivo, los solicitantes deberán manifestar en el formato de solicitud establecido en el Anexo número 3 de las Reglas de Operación, su compromiso de aportar el 20% (veinte por ciento) del monto total del costo del proyecto, el cual puede ser en especie, económico, jornales u otro.
V. En el caso de solicitudes para proyectos productivos cuyo monto solicitado sea igual o superior a los $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) los solicitantes deberán presentar un estudio de factibilidad técnica y económica, cuyo análisis o elaboración no sea superior a tres años previos a la fecha de la solicitud. El referido estudio deberá de contener como mínimo: Datos generales del proyecto, análisis de mercados, análisis financiero, análisis de la situación ambiental, conclusiones, recomendaciones, bibliografía y nombre del responsable del estudio.
VI. Los proyectos, estudios técnicos y cursos de capacitación que soliciten, deberán ser compatibles con el Decreto de creación del Área Natural Protegida en la que se lleve a cabo y en su caso con el Programa de Manejo, así como, con la Planeación Estratégica del Área Natural Protegida.
VII. En el caso de solicitudes para proyectos, que impliquen la construcción de infraestructura para su ejecución los solicitantes deberán acreditar la legal propiedad o en su caso la posesión, uso, usufructo, u otro derecho sobre los terrenos donde se pretende realizar el proyecto, o bien contar con la autorización por escrito de la persona que sea propietaria.
VIII. Presentar original o copia certificada de los documentos a que hace referencia el presente numeral, para su cotejo.
IX. En caso de que la solicitud se ingrese de manera electrónica, el solicitante deberá complementar su registro presentando la solicitud y los documentos a que hace referencia el presente numeral, en original o copia certificada para su cotejo, en las oficinas de la CONANP correspondientes, a más tardar 5 días hábiles contados a partir de su registro, en caso de no presentarse se procederá a desechar la solicitud.
Para el caso de la documentación prevista en la fracciones I incisos b) y c), y siempre y cuando no haya sufrido ninguna modificación, el solicitante podrá prescindir de su presentación ante la misma instancia ejecutora en el marco de las solicitudes de apoyo presentadas para el PROCODES en ejercicios fiscales anteriores, describiendo en tal caso los datos necesarios para su ubicación (folio del convenio de concertación del concepto de apoyo autorizado para el cual se cuenta con original o copia cotejada en el expediente y fecha de presentación de dicho documento).
3.3.2. Procedimiento de selección
3.3.2.1. Solicitudes
Las personas interesadas presentarán y entregarán ante las oficinas de la CONANP, cuyo domicilio estará previsto en la convocatoria respectiva, la solicitud de apoyo en el formato establecido en el Anexo número 3 de las Reglas de Operación, donde manifiesten su conformidad de participación y el concepto de apoyo que solicitan. La recepción de las solicitudes y su documentación anexa, que se establece en el numeral 3.3.1 de las Reglas de Operación, no implicará compromiso alguno para la CONANP para el otorgamiento del apoyo, ya que serán objeto de posterior verificación, calificación y disponibilidad presupuestaria del programa.
En caso de que la solicitud se presente de manera electrónica y el solicitante no haya complementado su registro presentando en las oficinas de la CONANP el original o copia certificada de los documentos a que hace referencia el 3.3.1 de las Reglas de Operación en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del registro de la respectiva solicitud se desechará su solicitud.
La CONANP revisará que las solicitudes presentadas y la documentación anexa se ajusten a los requisitos, términos y condiciones previstos en las Reglas de Operación y, en su caso, notificará por escrito, por única ocasión, a la persona interesada de cualquier omisión o irregularidad que se presente con motivo de dicha revisión, en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la respectiva solicitud, a fin de que ésta sea integrada correctamente, previniéndole que, en caso de no cumplir con el requerimiento dentro de un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, se le desechará su solicitud.
3.3.2.2. Dictamen
La CONANP dictaminará técnica y económicamente el total de las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral 3.3.1 de las Reglas de Operación. Para cada Área Natural Protegida la CONANP establecerá un Comité Técnico que apoye mediante su asesoría en el dictamen técnico y económico de las solicitudes recibidas. En el citado Comité deberán participar la Dirección Regional, la Dirección del Área Natural Protegida correspondiente y, por lo menos, dos representantes en total de cualquiera de los siguientes sectores: social, gubernamental e instituciones académicas o de investigación.
La calificación de cada solicitud se integrará por la suma de los puntos que contabilice de acuerdo con los criterios específicos que cumpla del siguiente marco:
No. | Criterios específicos | Puntos |
1 | La ejecución del Estudio, Proyecto o Curso se desarrollará y tendrá impacto dentro del Área Natural Protegida de competencia Federal establecida mediante Decreto prevista en el anexo número 1 de las Reglas de Operación. | 6 |
2 | La ejecución del Estudio, Proyecto o Curso se desarrollará y tendrá impacto dentro de la Zona de Influencia del Área Natural Protegida de competencia Federal, prevista en el anexo número 1 de las Reglas de Operación. | 4 |
3 | La ejecución del Estudio, Proyecto o Curso contribuye a que se cumpla la planeación estratégica del Área Natural Protegida. | Directamente | 5 |
Indirectamente | 3 |
No contribuye | 0 |
4 | La ejecución del Estudio, Proyecto o Curso, contribuye con las acciones de conservación y aprovechamiento establecidas en el Decreto del Área Natural Protegida, en su caso, el Programa de Manejo. (*) | Directamente | 5 |
Indirectamente | 3 |
No contribuye | 0 |
5 | La ejecución del Estudio, Proyecto o Curso promueve la preservación de los ecosistemas más representativos y/o frágiles del Área Natural Protegida, así como sus funciones, para asegurar la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos. | Directamente | 5 |
Indirectamente | 3 |
No contribuye | 0 |
6 | La ejecución del Estudio, Proyecto o Curso contribuye a la recuperación y restablecimiento de los ecosistemas representativos del Área Natural Protegida. | Directamente | 5 |
Indirectamente | 3 |
No contribuye | 0 |
7 | La ejecución del Estudio, Proyecto o Curso promueve la restauración productiva en el Área Natural Protegida. | Directamente | 5 |
Indirectamente | 3 |
No contribuye | 0 |
8 | El Estudio, Proyecto o Curso beneficia a personas habitantes de localidades de alta y muy alta marginación. | 4 |
9 | En el Estudio, Proyecto o Curso participan mujeres en su ejecución. | El 100% de sus integrantes son mujeres | 4 |
Del 50 al 99% de sus integrantes son mujeres | 2 |
Menos del 50% de sus integrantes son mujeres | 0 |
10 | En el Estudio, Proyecto o Curso participa población indígena. | El 100% de sus integrantes son indígenas | 4 |
Del 50 al 99% de sus integrantes son indígenas | 2 |
Menos del 50% de sus integrantes son indígenas | 0 |
11 | El Estudio, Proyecto o Curso incorpora medidas o técnicas que contribuyen a la mitigación y/o adaptación al cambio climático. | 2 |
12 | El Estudio, Proyecto o Curso contribuye al desarrollo de actividades productivas alternativas. | 2 |
(*) El Comité deberá considerar los siguientes documentos para la asignación de la calificación de este criterio: 1. Programa de Manejo, cuando se trate de una ANP que cuente con Programa de Manejo; 2. Decreto del ANP, cuando no se cuente con su Programa de Manejo.
Una vez que se cuente con la calificación de todas las solicitudes por Área Natural Protegida, la CONANP a través del Comité Técnico, establecerá un orden de prioridad de las solicitudes, por Área Natural Protegida, definido por el puntaje alcanzado y por tipo de apoyo.
Con base en el orden de prioridad resultante de la calificación a que se refiere el párrafo anterior, la CONANP autorizará la ejecución de los diferentes tipos de apoyo, asignando los recursos en función de la disponibilidad presupuestaria y hasta agotarla. El puntaje mínimo de la calificación para que una solicitud pueda ser autorizada por la CONANP, no podrá ser menor a 20 puntos. Lo anterior, siempre y cuando la solicitud contribuya directa o indirectamente con los criterios específicos 3 y 4.
En caso de existir una ampliación de recursos al PROCODES, o disponibilidad de recursos por la cancelación por parte de la CONANP o desistimiento por parte de las personas beneficiarias de algún tipo de apoyo autorizado, así como por remanentes del presupuesto autorizado en el dictamen, la CONANP asignará estos recursos, en primer lugar a las solicitudes dictaminadas restantes que no fueron autorizadas por falta de recursos, de acuerdo con la calificación obtenida, temporalidad y tipo de apoyo, hasta agotar los recursos. Sólo cuando no existan más solicitudes dictaminadas técnica y económicamente viables, los mencionados recursos se reasignarán a los conceptos de apoyo autorizados con la finalidad de fortalecerlos, para lo cual la persona beneficiaria deberá firmar con la CONANP un convenio modificatorio conforme al anexo número 4 de las presentes Reglas.
La CONANP a través de la Dirección Regional correspondiente, contará con 15 días hábiles contados a partir de la fecha límite del dictamen técnico y económico, prevista en el numeral 4.2 de las presentes Reglas, para enviar a la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y a las Oficinas de Representación de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, la relación de proyectos y acciones, por localidad y municipio, relacionados con el ámbito forestal y agropecuario, autorizados en los dictámenes técnicos y económicos correspondientes. Lo anterior con el propósito de evitar la duplicidad de acciones y hacer más eficiente el uso de los recursos.
3.3.2.3. Criterios generales de desempate
Tratándose de solicitudes elegibles de apoyos, que estén dentro de un mismo concepto de apoyo y en el mismo orden de prioridad, la CONANP asignará los recursos conforme a los siguientes criterios en este orden de prelación:
a. Solicitudes que involucren a un mayor número de personas beneficiadas de manera directa.
b. Solicitudes más económicas y técnicamente viables.
Si después de la aplicación de estos criterios existen solicitudes con la misma calificación, la CONANP autorizará los apoyos de acuerdo a la fecha y hora de entrega de las solicitudes, considerando como sujetas de apoyo a las que se hayan presentado primero debidamente requisitadas. Se considera como debidamente requisitadas cuando no existan correcciones a la solicitud.
3.3.2.4. Autorización.
La CONANP autorizará y asignará los diferentes tipos de apoyo y emitirá los oficios de aprobación notificando a las personas que resulten beneficiarias del apoyo, en un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día en que dictaminen las solicitudes. En caso de que el solicitante no reciba notificación en el plazo señalado anteriormente, se entenderá como no aprobada su solicitud.
Para cada tipo de apoyo, la CONANP suscribirá el convenio de concertación con la persona beneficiaria de los recursos, en el que se establecerán las condiciones en que se otorgan éstos y los compromisos de las personas beneficiarias.
Previo a la firma del convenio de concertación, las personas beneficiarias se obligan:
a. Presentar la opinión favorable expedida por el Servicio de Administración Tributaria sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales referente al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, con excepción de las personas que no tengan obligación de inscribirse en el RFC, y de conformidad con lo establecido en la Resolución de Miscelánea Fiscal correspondiente.
b. Conformar un Comité de Seguimiento, conforme al Anexo número 5 de las presentes Reglas, cuya representación estará a cargo de Presidenta(e), Secretaria(o) y Tesorera(o), quienes serán electos por las personas beneficiarias para representarlos. En el caso de los apoyos en los cuales exista la participación de mujeres, se deberá incluir la participación de al menos una mujer en alguno de los cargos de representación del citado Comité de Seguimiento, y deberán entregar a la CONANP el acta por la cual se conforma dicho Comité. En el caso de Ejidos y Comunidades la representación del Comité de Seguimiento estará a cargo de los integrantes del Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales. Para el caso de la persona moral el (la) Presidenta (e) del Comité de Seguimiento estará a cargo del representante legal e invariablemente se deberá de conformar por un(a) Presidenta(e), Secretaria(o) y Tesorera(o) Asimismo, en todos los casos en la conformación del Comité de Seguimiento se deberán elegir dos personas que fungirán como contralores sociales de acuerdo con el Anexo número 5, quienes estarán encargados de llevar a cabo acciones de control y vigilancia.
c. En el caso de los proyectos y brigadas de contingencia ambiental, el Comité de Seguimiento en coordinación con el personal de la CONANP deberán elaborar el expediente técnico, conforme a los Anexos números 6 "A" y 6 "B", según corresponda de las presentes Reglas. Para tal efecto previo a la firma del convenio de concertación la persona beneficiaria deberá entregar las cotizaciones de los materiales correspondientes al personal técnico de la CONANP.
Para los estudios técnicos o cursos de capacitación el Comité de Seguimiento en coordinación con el personal de la CONANP deberán elaborar los términos de referencia correspondientes, los cuales deberán contener como mínimo: introducción y/o antecedente, objetivo(s), metodología o propuesta técnica, resultados o alcances, tiempo de ejecución, responsables de ejecución, así como la propuesta económica desglosada por rubros y los criterios de la distribución y asignación del recurso, conforme al Anexo número 6 "C".
d. Para la ejecución de los proyectos la persona beneficiaria deberá entregar a la CONANP, copia de los permisos, las licencias o autorizaciones ambientales vigentes aplicables al tipo de proyecto aprobado, expedidos por la autoridad competente, así como el Registro Federal de Contribuyentes de los solicitantes, con excepción de las personas que no tengan obligación de estar inscritas en la misma, en caso de no ser entregados se dará por cancelado.
e. Tratándose de un estudio técnico o un curso de capacitación las personas beneficiarias deberán proponer mediante escrito libre, para visto bueno de la CONANP, al Prestador(a) de Servicios responsable del curso de capacitación o del estudio técnico, según corresponda, el cual deberá garantizar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio y calidad técnica, en caso de no requerir un prestador de servicios para el concepto de cursos de capacitación, de igual forma deberá informar mediante escrito libre, tal situación a la CONANP.
f. Entregar a la CONANP copia de la identificación oficial, del comprobante de domicilio y de la CURP, de cada una de las personas beneficiarias. Tratándose de población indígena o de localidades ubicadas en zonas de alta y muy alta marginación o zonas de difícil acceso, no se entregará la CURP como documento obligatorio.
3.3.2.5. Forma de pago.
Para proyectos y brigadas de contingencia ambiental, la CONANP pagará los recursos a las personas beneficiarias con base en lo dispuesto en el convenio de concertación que se suscriba, de conformidad con los formatos contenidos en los Anexos número 7 "A" y 7 "B", según corresponda de las Reglas de Operación, atendiéndose los aspectos siguientes:
I. Se pagará hasta el 50% del apoyo, a más tardar veinte días hábiles posteriores a la firma del
convenio de concertación. Para el caso de proyectos de pago por conservación de la agrobiodiversidad específicamente para la realización de ferias regionales en los cuales las personas beneficiarias tengan que salir de su localidad y/o entidad federativa o cuando el gasto de transportación y alimentación de los mismos rebase el 50% del costo total del curso, se podrá entregar hasta el 80% de los recursos, dentro de los 20 días hábiles posteriores a la firma del convenio de concertación.
II. El porcentaje restante se pagará en ministraciones contra el avance de las obras, cabalmente documentado por las personas beneficiarias, y de las verificaciones de campo que al efecto realice el personal de la CONANP,
En el caso de brigadas de contingencia ambiental, la CONANP podrá realizar el pago total de los recursos establecidos en el convenio de concertación a favor de la persona beneficiaria, si la contingencia a atender así lo requiere.
Para los estudios técnicos y cursos de capacitación, con la finalidad de asegurar su calidad, así como garantizar una eficiente y eficaz aplicación de los recursos, la CONANP pagará a las personas beneficiarias, los recursos establecidos en el convenio de concertación que para tal efecto se celebre, de conformidad con los formatos contenidos en los Anexos número 8 "A" y 8 "B" según corresponda, de las presentes Reglas, atendiéndose los aspectos siguientes:
I. Se pagará hasta el 50% del apoyo, a más tardar veinte días hábiles posteriores a la firma del convenio de concertación. Para el caso de cursos de capacitación realizados a partir de intercambios de experiencias en los cuales las personas beneficiarias tengan que salir de su localidad y/o entidad federativa o cuando el gasto de transportación y alimentación de los mismos rebase el 50% del costo total del curso, se podrá entregar hasta el 80% de los recursos, dentro de los 20 días hábiles posteriores a la firma del convenio de concertación.
II. El porcentaje restante se pagará en ministraciones contra el avance de los trabajos comprometidos en el convenio de concertación y términos de referencia respectivos, los cuales deberán estar cabalmente documentados por la persona beneficiaria ante el personal de la CONANP, y en su caso, el Prestador de Servicios ante la persona beneficiaria, la última ministración se hará contra el informe final y los productos comprometidos en el convenio de concertación y términos de referencia.
Todas las comprobaciones de los gastos que se realicen para la ejecución de los proyectos, estudios técnicos y cursos de capacitación deberán ser: facturas, recibos de honorarios, recibos comunitarios y listas de jornales, según corresponda, y deberán estar a nombre del representante legal y/o de cualquiera de los representantes del Comité de Seguimiento. En el caso de las facturas y recibos de honorarios la persona beneficiaria deberá validar la autenticidad de los mismos en el Portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la siguiente liga https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/
Durante el ejercicio fiscal 2020, la CONANP realizará el pago de los apoyos del PROCODES de forma electrónica, a las cuentas bancarias del representante legal de la persona moral o de cualquiera de los representantes del Comité de Seguimiento, es decir: Presidenta(e), Secretaria(o) o Tesorera(o), según corresponda, salvo en aquellos casos en que no se cuente con servicios bancarios en la localidad correspondiente. En este caso, la CONANP realizará el pago de los apoyos a través de cheque nominativo a nombre del representante legal de la persona moral o de cualquiera de los representantes del Comité de Seguimiento, entregándose en la localidad de la persona beneficiaria. Lo anterior, con fundamento en la fracción I del artículo Vigésimo del Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2012.
Para que aplique lo señalado en el párrafo anterior, las personas beneficiarias deberán contar con una cuenta bancaria para administrar los apoyos y proporcionar a la CONANP, el número de cuenta y CLABE interbancaria establecido en la hoja de apertura de cuenta, el estado de cuenta o comprobante, estos dos últimos no mayor a tres meses de antigüedad emitido por la institución bancaria correspondiente, el cual deberá estar a nombre de cualquiera de los representantes del Comité de Seguimiento, Presidenta(e), Secretaria(o) o Tesorera(o) o en su caso, del representante legal de la persona moral, previo a la firma del convenio de concertación respectivo.
3.4 Características de los apoyos (tipo y monto).
3.4.1 Tipo de apoyo
Los tipos de apoyo que el PROCODES otorgará son los siguientes:
I. Estudios técnicos: Consisten en la elaboración de estudios que constituyan herramientas de planeación, programación y evaluación en torno a estrategias y líneas de acción para el desarrollo sostenible de las localidades ubicadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia.
II. Proyectos: Realización de actividades para impulsar el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad y los recursos naturales a través del desarrollo de actividades productivas sustentables, así como acciones de restauración de ecosistemas con fines productivos.
III. Cursos de capacitación: Apoyos que tendrán la finalidad de realizar cursos y/o talleres de capacitación sobre las líneas de acción para la conservación y desarrollo sostenible.
IV. Brigadas de contingencia ambiental: Apoyos destinados a la prevención, mitigación y restauración de las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de incendios forestales, sismos, actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro la integridad de los ecosistemas.
Las especificaciones correspondientes a cada uno de estos tipos de apoyo se definen en el Anexo número 2 de las presentes Reglas de Operación.
A fin de promover la equidad de género en el acceso y beneficios del PROCODES, en el caso de proyectos, brigadas de contingencia y cursos de capacitación, en los que exista la participación de mujeres, las personas beneficiarias podrán disponer de hasta un 17% del monto total aportado por la CONANP, para el financiamiento de acciones afirmativas con perspectiva de género, mismas que deberán especificarse en el expediente técnico del proyecto o de la brigada de contingencia y en los términos de referencia del curso de capacitación.
3.4.2. Distribución y Montos máximos y mínimos
La Dirección General de Operación Regional realizará la asignación presupuestal del PROCODES para cada Dirección Regional, tomando en cuenta los siguientes criterios, la cual pondrá a consideración del Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas para su aprobación:
· Número de Áreas Naturales Protegidas adscritas a la circunscripción territorial de la Dirección Regional correspondiente.
· Disponibilidad de personal, infraestructura y equipo con que cuenta la Dirección Regional y sus respectivas Direcciones de Área Natural Protegida y para la promoción, ejecución y seguimiento del PROCODES.
· Superficie de hectáreas de las Áreas Naturales Protegidas adscritas a la Dirección Regional correspondiente.
· Población beneficiada de manera directa por el PROCODES en los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
· Eficiencia en el ejercicio de los recursos del PROCODES en los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
La Dirección Regional correspondiente, distribuirá entre las Áreas Naturales Protegidas adscritas a su circunscripción territorial, los recursos asignados a que se refiere el párrafo anterior, con base en los siguientes criterios:
· Superficie en hectáreas de las Áreas Naturales Protegidas, incluyendo la superficie de las Zonas de Influencia cuando estas estén definidas en el Programa de Manejo.
· Población beneficiada de manera directa por el PROCODES en los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
· Porcentaje de localidades que participan en acciones de conservación.
· Porcentaje de la inversión del PROCODES con perspectiva de género en los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
· Índice de marginación en las localidades que participan en acciones del PROCODES.
· Eficiencia en el ejercicio de los recursos del PROCODES en los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
· Porcentaje de cumplimiento en la planeación y ejecución de los proyectos y acciones en los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
Se podrán otorgar apoyos, a través de este instrumento a cada persona beneficiaria hasta por $1,200,000.00 (Un millón doscientos mil pesos 00/100 M.N.) como monto máximo anual, independientemente del número de conceptos que se apoyen, siempre y cuando el monto máximo de cada actividad se encuentre dentro de los costos unitarios máximos y límites señalados en el Anexo número 2 de las presentes Reglas y se cuente con la disponibilidad de recursos del Programa.
Del presupuesto total autorizado al PROCODES para el año fiscal correspondiente, se destinarán en una proporción de hasta un 16% (dieciséis por ciento) como máximo para la ejecución de estudios técnicos y cursos de capacitación y, al menos, un 80% (ochenta por ciento) para la ejecución de los proyectos y PROCODES de Contingencia ambiental.
La CONANP podrá destinar hasta un 20% (veinte por ciento) del presupuesto autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020, para atender las convocatorias específicas.
La CONANP podrá destinar hasta un 20% (veinte por ciento) del presupuesto autorizado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020 para el PROCODES de contingencia ambiental. Las especificaciones correspondientes a cada uno de estos tipos de apoyo se definen en el Anexo número 2 de las presentes Reglas de Operación.
La CONANP realizará la asignación de recursos presupuestales para el PROCODES de contingencia ambiental a nivel nacional por Dirección Regional, la cual se someterá a autorización del Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Para determinar la asignación que le corresponderá a cada Dirección Regional se tomará en cuenta lo siguiente:
· Diagnóstico regional de la presencia de incendios forestales en las Áreas Naturales Protegidas que la conforman, de los años 2018 y 2019, en donde se identifiquen entre otros datos: los registros de puntos de calor, tipo de ecosistema y superficie afectada por incendios forestales, cronología de incendios presentados, los impactos generados y su importancia. Asimismo, en el citado diagnóstico se deberán de identificar las Áreas Naturales Protegidas prioritarias de atención de conformidad con sus Programas de Protección Contra Incendios Forestales para el ejercicio fiscal 2020.
· Información histórica de ocurrencia en las Áreas Naturales Protegidas de otro tipo de contingencias, tales como fenómenos naturales, meteorológicos, encallamientos, sismos, entre otras.
La Dirección Regional con base en el monto de recursos asignado para el PROCODES de contingencia ambiental, priorizará las Áreas Naturales Protegidas que requieran establecer brigadas de contingencia ambiental en el ejercicio fiscal 2020, tomando en cuenta las actividades a realizar en el Programa de Protección Contra Incendios Forestales 2020 del ANP, dando prioridad a las Áreas Naturales Protegidas que no han tenido incendios forestales en los últimos cinco años y/o que presenten alta acumulación de combustible producto de tala ilegal, contingencias por eventos meteorológicos, plagas y enfermedades forestales.
La Dirección Regional notificará a cada Dirección de ANP el número de brigadas comunitarias y el monto autorizado, para lo cual deberán tomar en cuenta las siguientes características para la integración de las brigadas comunitarias:
· El número de personas que puede integrar una brigada de contingencia ambiental es de 8 personas como mínimo y de 15 personas como máximo.
· El pago de cada jornal por persona que integre la brigada de contingencia ambiental será de hasta $300.00 (Trescientos pesos 00/100 M.N.) por día, en un máximo de 180 días al año, los cuales no necesariamente deberán ser lineales.
La composición del gasto de cada brigada de contingencia deberá estar acorde con los siguientes porcentajes:
Rubro | Porcentajes |
Jornales | Al menos el 60% |
Cobertura de riesgos de los participantes | Hasta el 10% |
Equipo, herramienta tradicional y especializada, prendas de protección, contratación de maquinaria e insumos, refracciones menores y reparación de vehículos | Hasta el 30% |
Capacitación para atender la contingencia | Hasta el 5% |
3.5. Participantes
3.5.1. Ejecutores
Los ejecutores del PROCODES serán las Direcciones Regionales de la CONANP y las Direcciones de las Áreas Naturales Protegidas correspondientes, quienes brindarán asistencia técnica y asesoría a las personas beneficiarias para la realización de los trabajos correspondientes a los conceptos de apoyo autorizados.
La responsabilidad para el/la Director(a) del Área Natural Protegida o, en su caso, del personal encargado del Despacho, será en todos los casos referida a las acciones y proyectos del PROCODES que se desarrollen por la Población Objetivo localizada dentro del Área Natural Protegida de su competencia y su Zona de Influencia respectiva.
La operación de las acciones y proyectos del PROCODES que se desarrollen en Áreas Naturales Protegidas que no cuenten con Director(a) y que no cuenten con personal encargado del Despacho, serán responsabilidad directa del Director(a) Regional.
3.5.2. Instancia normativa
La instancia normativa para la aplicación y seguimiento de las presentes Reglas será la Dirección General de Operación Regional de la CONANP, asimismo, será la encargada de realizar la interpretación para efectos administrativos, operativos y la resolución de lo no previsto en las presentes Reglas de Operación, con el apoyo de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la CONANP.
Artículo 4. Difusión y Operación
4.1 Difusión
La CONANP emitirá y publicará en el diario de mayor circulación a nivel nacional y en las páginas de internet de la CONANP: www.gob.mx/conanp y de la Secretaría: www.gob.mx/semarnat, la convocatoria conforme al formato previsto en el Anexo número 9 de las presentes Reglas de Operación, a fin de que las personas interesadas presenten sus solicitudes para acceder a los apoyos del PROCODES. Asimismo, para promover el acceso equitativo a mujeres y hombres, las Direcciones Regionales o Direcciones de las Áreas Naturales Protegidas, deberán difundir la convocatoria del PROCODES en lugares públicos como presidencias municipales, escuelas, centros de salud y las casas comunales o ejidales de las localidades ubicadas en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, a través de los medios de comunicación que estén a su alcance.
La CONANP podrá emitir convocatorias específicas, en caso de contar con recursos disponible por ampliaciones o reasignaciones presupuestales, lo anterior siempre y cuando la ejecución de las acciones no rebase el ejercicio fiscal correspondiente y se cumplan las actividades y plazos establecidos en numeral 4.2 de las presentes Reglas. Estas convocatorias podrán ser nacionales, regionales o estatales, de acuerdo con los municipios que conforman las Áreas Naturales Protegidas, definidas en el Anexo número 1 de las presentes Reglas.
4.2. Actividades y plazos
Las actividades y plazos para el otorgamiento de apoyos del PROCODES, se llevarán a cabo conforme lo siguiente:
Actividades | Plazos |
Publicación de convocatoria a nivel nacional | A más tardar el día 30 de enero del ejercicio fiscal correspondiente. |
Recepción de solicitudes | 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria. |
Cierre de recepción de solicitudes | El día 20 hábil, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente. |
Notificación de documentación incompleta o correcciones a la solicitud. | Hasta 5 días hábiles contados a partir del día en que se recibe la solicitud. |
Corrección de solicitud o entrega de documentación faltante. | Hasta 5 días hábiles contados a partir del día siguiente que se notifique al solicitante. |
Dictamen técnico y económico. | Hasta 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del cierre de recepción de solicitudes. |
Notificación de resultados a las personas beneficiarias. | Hasta 15 días hábiles contados a partir del día que se dictaminan las solicitudes. |
Publicación de apoyos autorizados en la página electrónica establecida en Internet www.gob.mx/conanp | Hasta 15 días hábiles contados a partir de la recepción de los resultados. |
En caso de que existan recursos adicionales para el PROCODES y una vez atendida la totalidad de solicitudes económica y técnicamente viables del presente ejercicio que no fueron autorizadas por falta de recursos, y no existiendo más tipos de apoyo para fortalecer, por la temporalidad para su ejecución, la CONANP emitirá una nueva convocatoria específica, lo anterior siempre y cuando la ejecución de las acciones no rebase el ejercicio fiscal correspondiente y se cumplan las actividades y plazos establecidos en el presente numeral
4.3. Derechos, obligaciones y sanciones
4.3.1. Derechos de las personas beneficiarias
I. Recibir los apoyos que les hayan sido asignados de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.3.2.5 de las presentes Reglas y en los términos que se prevean en el convenio de concertación correspondiente.
II. Recibir asistencia técnica y asesoría de la CONANP, desde la aprobación de su solicitud hasta la conclusión de las acciones apoyadas.
III. Suscribir con la CONANP, para el caso de proyectos y brigadas de contingencia ambiental, el convenio de concertación previsto en los Anexos número 7 "A" y 7 "B" de las presentes Reglas de Operación a través de las(os) representantes del Comité de Seguimiento o la/el representante legal de la persona moral, según corresponda.
Tratándose de estudios técnicos y cursos de capacitación, suscribir con la CONANP y con el prestador de servicios, el convenio de concertación tripartita previsto en el Anexo número 8 "A" de las presentes Reglas de Operación, a través de las/los representantes del Comité de Seguimiento o la/el representante legal de la persona moral, según corresponda; para el caso de cursos de capacitación en los que no se cuente con prestador de servicios, suscribir con la CONANP el convenio de concertación previsto en el Anexo número 8 "B" de las presentes Reglas.
4.3.2. Obligaciones de las personas beneficiarias
I. Promover la participación equitativa de mujeres y hombres de la localidad, en los cursos de capacitación, los estudios técnicos y en los proyectos objeto de apoyo.
II. Obtener los permisos, autorizaciones y licencias que se requieran para la ejecución de los proyectos, ante las autoridades competentes, los cuales serán intransferibles y deberán estar vigentes durante el periodo de ejecución del proyecto, así como atender lo previsto en las disposiciones legales aplicables. Si los permisos, autorizaciones o licencias no son entregados a la CONANP dentro de los 120 (ciento veinte) días naturales, contados a partir del día que se le notificó la autorización del proyecto y previo a la firma del convenio de concertación, éste se dará por cancelado.
III. Recibir y administrar los recursos y conservar por un periodo de cinco años los documentos originales que comprueben la aplicación de los recursos otorgados a los conceptos de apoyo autorizados (facturas, recibos de honorarios y su verificación de autenticidad, recibos comunitarios o lista de jornales).
En el caso de comprobantes fiscales digitales (CFDI) de las facturas y recibos de honorarios, deberá verificar la autenticidad de los mismos en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la liga siguiente: https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/.
IV. Destinar los apoyos obtenidos exclusivamente al cumplimiento de las acciones para las que fueron otorgados de conformidad con el convenio de concertación y anexos respectivos.
V. Ejecutar los tipos de apoyo autorizados, de conformidad con lo establecido en los convenios de concertación y sus respectivos anexos: expediente técnico y términos de referencia, según corresponda.
VI. Participar en la elaboración y suscribir con la CONANP, los Expedientes Técnicos, Términos de Referencia y Actas de Entrega-Recepción de todas las acciones objeto de apoyo.
VII. Tratándose de proyectos productivos es obligación de la persona beneficiaria garantizar la operación del mismo para los fines para los cuales fue apoyado, la persona beneficiaria deberá mantener la infraestructura del proyecto libre de propaganda comercial y/o política ajena al PROCODES o a los objetivos del mismo proyecto.
VIII. Tratándose de los cursos de capacitación con prestador de servicio, deberá garantizar la asistencia al mismo, de al menos 10 participantes y tener una duración mínima de 20 horas efectivas de impartición. Los Beneficiarios deberán, mediante escrito libre proponer para visto bueno de la CONANP al prestador de servicios que requieren imparta el curso, justificándolo ampliamente; asimismo deberán notificar por escrito, si el curso no se llevó a cabo en tiempo y forma por parte del prestador de servicios.
Quedarán exceptuados del número de participantes, señalado en el párrafo anterior, aquellos cursos de capacitación que se realizan a través de intercambio de experiencias o en el caso de "Certificación de guías especializados en turismo de naturaleza", en los cuales los beneficiarios, tienen que salir de su localidad o entidad federativa y el gasto de transportación y alimentación rebase el 50% del costo total.
IX. Tratándose de estudios técnicos deberá dar seguimiento en su elaboración y dar su visto bueno por escrito a la entrega del mismo.
X. Tratándose de los estudios técnicos y cursos de capacitación, pagar en su caso al prestador de servicios conforme a lo establecido en el Convenio de Concertación y Términos de Referencia correspondientes.
XI. Reintegrar la totalidad de los recursos recibidos de los cuales no se acredite su ejercicio y/o en el caso de que sea sancionado, por algunas de las causas establecidas en el numeral 4.3.3 de las presentes Reglas.
4.3.3. Sanciones
Serán causas de rescisión del convenio de concertación y en su caso, de cancelación de la entrega de los recursos a las personas beneficiarias los siguientes supuestos:
I. Incumplir con lo previsto en el convenio de concertación celebrado para el otorgamiento de los apoyos que les hayan sido asignados.
II. Incumplir las condiciones que dieron origen a su elección como personas beneficiarias.
III. No entregar a la CONANP, en tiempo y forma, la documentación que acredite los avances y la conclusión de las acciones apoyadas con los recursos del Programa.
IV. No aceptar la realización de auditorías técnicas, así como visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten la CONANP, o cualquier otra instancia autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados.
V. Desviar los recursos que les hayan sido otorgados.
VI. Incumplir la ejecución de las acciones de los conceptos objeto de apoyo.
VII. Incurrir en prácticas discriminatorias hacia grupos de mujeres o indígenas de la localidad en el acceso a los beneficios del Programa.
VIII. Proporcionar información falsa o documentos apócrifos para el otorgamiento y ejecución de los apoyos.
IX. Incumplir cualquier otra obligación prevista en las presentes Reglas de Operación y en los documentos que se suscriban para el otorgamiento de los apoyos o la inobservancia a las leyes y/o disposiciones jurídicas aplicables.
La CONANP, una vez detectados cualquiera de los supuestos anteriores iniciará el procedimiento de rescisión, siguiente:
a) Procederá a suspender temporalmente la entrega de los recursos y comunicará por escrito a la persona beneficiaria los hechos que constituyen su incumplimiento para que en un término de 10 (diez) días hábiles corrija las omisiones o irregularidades detectadas, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
b) Transcurrido el término citado en el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que la persona beneficiaria hubiera hecho valer.
c) La CONANP tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por la persona beneficiaria, y en su caso, la corrección de las omisiones o irregularidades, determinará de manera fundada y motivada, si resulta procedente la rescisión del convenio de concertación suscrito y comunicará por escrito a la persona beneficiaria dicha determinación en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha en la que ésta entregó a la CONANP las pruebas a que se refiere el inciso a) del presente párrafo.
d) En caso de que la CONANP determine la rescisión del convenio de concertación, se cancelará la entrega de los recursos y, en la notificación a que se refiere el inciso anterior deberá prevenir a la persona beneficiaria para que en un plazo que no exceda de quince días hábiles, reintegre a la CONANP la totalidad de los recursos recibidos que no se acredite su ejercicio.
La CONANP notificará a las dependencias de la Administración Pública Federal que correspondan, el incumplimiento en que incurrió la persona beneficiaria y la sanción impuesta. Las sanciones previstas en este numeral se aplicarán sin perjuicio de que se ejerciten en su contra las acciones legales que correspondan.
4.4. Coordinación institucional
Con la finalidad de coordinar acciones para la promoción y difusión del PROCODES y complementar los programas a cargo de la Secretaría, la CONANP se podrá apoyar en los Distritos de Desarrollo Rural y en los Consejos Estatales, Distritales y Municipales, para lo cual podrá suscribir convenios de colaboración con las Secretarías de Turismo, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de Bienestar, de Economía y de Agricultura y Desarrollo Rural; así como con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, la Comisión Nacional del Agua, la Comisión Nacional Forestal, entre otras, para la coordinación de acciones, proyectos y recursos. La suscripción de estos convenios de colaboración será obligatoria en el caso de que las citadas dependencias realicen transferencias de recursos a la Secretaría para ser ejercidos por la CONANP a través del PROCODES. En todos los casos, la asignación de recursos de estas dependencias se sujetará a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.
4.5. Ejecución
4.5.1. Gasto de operación
La CONANP, podrá disponer de recursos presupuestales para las actividades de concertación, difusión, seguimiento, control y supervisión de los apoyos otorgados, no mayor al 2.43% (dos punto cuarenta y tres por ciento) del presupuesto autorizado al PROCODES en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal que corresponda. Estos recursos podrán destinarse a los gastos de traslado asociados para la promoción, recepción, seguimiento, control y supervisión; así como estudios, evaluaciones, investigaciones y servicios básicos de la Dirección General de Operación Regional, las Direcciones Regionales y las Direcciones de las Áreas Naturales Protegidas, asociados a la operación del programa.
4.5.2. Acta de entrega-recepción
Para cada uno de los proyectos, estudios técnicos, cursos de capacitación y brigadas de contingencia ambiental, terminados se procederá a elaborar y firmar un acta de entrega-recepción entre la CONANP y el/la representante legal de la persona moral o los/las representantes del Comité de Seguimiento Presidente(a), Secretario(a) y Tesorero(a), de acuerdo al Anexo número 10 de las presentes Reglas de Operación.
El acta de entrega-recepción forma parte del expediente de las acciones y proyectos, y constituye la prueba documental que certifica la existencia de la misma. Es responsabilidad de la CONANP, su resguardo.
4.5.3. Cierre de ejercicio
La ejecución de los proyectos, así como los estudios técnicos, cursos de capacitación y brigadas de contingencia ambiental no podrán rebasar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal en que fueron autorizados.
4.5.4. Recursos no devengados
Los recursos del ejercicio del PROCODES que no se hayan devengado al 31 de diciembre del año fiscal correspondiente, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación con base en la normativa establecida para ello.
5. Auditoría, control y seguimiento
Los recursos que la Federación otorga al PROCODES podrán ser revisados por la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, por el Órgano Interno de Control en la Secretaría y/o auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Las actividades que podrán realizar las instancias mencionadas anteriormente de acuerdo al ámbito de su competencia son, entre otras: auditorías internas, externas, contables, técnicas, legales y de campo, así como visitas de verificación, avance, conclusión de obra, investigación e inspección.
6. Evaluación
6.1. Evaluación Interna
La evaluación interna de los apoyos de PROCODES se llevará a cabo con base en los indicadores en la Matriz de Indicadores de Resultados.
Estos indicadores estarán disponibles en el sitio de Internet: http://www.gob.mx/conanp a más tardar el primer día hábil del mes de mayo del ejercicio fiscal correspondiente. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por la Dirección General de Operación Regional en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH).
6.2. Evaluación Externa
La CONANP podrá realizar una evaluación externa del PROCODES a través de la entidad evaluadora que se designe de acuerdo a la legislación aplicable a la materia. El resultado final de dicha evaluación deberá estar disponible en el año inmediato siguiente al de la aplicación de los apoyos.
7. Transparencia
7.1. Rendición de Cuentas
La CONANP dará amplia difusión al PROCODES a nivel nacional. Desarrollará una base de datos que contendrá al menos datos generales de las personas beneficiarias, su ubicación, concepto de apoyo y monto, incluyendo el cumplimiento en el avance de metas respectivo. Esta información será pública con acceso a través de la página electrónica establecida en internet: www.gob.mx/conanp, en los términos que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La papelería, la documentación oficial, así como la publicidad y promoción del PROCODES durante su ejercicio, que utilice la CONANP, deberá incluir de manera clara y explícita la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
La CONANP elaborará el listado de las personas beneficiarias del PROCODES en apego al Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones Gubernamentales (SIIP-G), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2018, y a la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitidos por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010.
7.2. Contraloría social
Se promoverá la participación de la población beneficiaria del programa, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el programa. Lo anterior, será a través de la integración, operación y vinculación de contralorías sociales o figuras análogas, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
El programa se sujetará a los lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública, para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo el esquema o esquemas validados por la Secretaría de la Función Pública.
8. Quejas y denuncias
Cualquier persona podrá presentar por escrito sus quejas y denuncias con respecto a la indebida operación de los apoyos y la aplicación de estas Reglas de Operación, ante las siguientes instancias, según corresponda:
I. Órgano Interno de Control en la Secretaría, ubicado en Ejército Nacional número 223, colonia Anáhuac, Demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, Cuidad de México
II. La Secretaría de la Función Pública, ubicada en Insurgentes Sur número 1735, colonia Guadalupe Inn, Demarcación territorial Álvaro Obregón, código postal 01020, Cuidad de México. (Servicio Telefónico de Atención a la Ciudadanía: 2000 2000; del interior de la República al 01-800-FUNCION (386-2466) y página electrónica; https://sidec.funcionpublica.gob.mx/
III. Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, ubicada en Ejército Nacional número 223, colonia Anáhuac, Demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, Cuidad de México, teléfono 01 (55) 54 49 70 10 y correo electrónico: procodes@conanp.gob.mx.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Las presentes Reglas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga el Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES), para el ejercicio fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de febrero de 2019.
TERCERO. En los subsecuentes ejercicios fiscales la CONANP podrá emitir la publicación de la convocatoria a que se refiere el punto 4.1 de las Reglas de Operación, para el acceso a los apoyos del PROCODES durante el último trimestre del ejercicio fiscal previo.
CUARTO. Los gobiernos estatales y municipales podrán acordar con la CONANP, las aportaciones de recursos adicionales para los diferentes conceptos de apoyo del PROCODES previstos en el Anexo número 2 de las presentes Reglas. Estos recursos podrán destinarse a cubrir el porcentaje del costo total del concepto de apoyo que deben aportar las personas beneficiarias previsto en el mencionado Anexo. En este supuesto, la CONANP, suscribirá un Acuerdo de Coordinación con el orden de gobierno correspondiente, en el cual se especificarán los alcances y responsabilidades de ambas partes. En todos los casos, la asignación de recursos se sujetará a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.
Ciudad de México, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil diecinueve.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Manuel Toledo Manzur.- Rúbrica.
ANEXO No. 1
RELACIÓN DE MUNICIPIOS DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS 2020
ESTADO | ÁREA NATURAL PROTEGIDA | MUNICIPIOS |
Región Península de Baja California y Pacifico Norte |
Baja California | Archipiélago de San Lorenzo | Ensenada |
Bahía de los Ángeles, Canales de Ballenas y de Salsipuedes | Ensenada |
Constitución de 1857 | Ensenada, Tecate |
Isla Guadalupe | Ensenada |
Islas del Golfo de California | Ensenada |
Islas del Pacífico de Baja California | Ensenada |
Sierra de San Pedro Mártir | Ensenada |
Valle de los Cirios | Ensenada |
Baja California Sur | Bahía de Loreto | Loreto |
Cabo Pulmo | Los Cabos |
Cabo San Lucas | Los Cabos |
El Vizcaíno | Mulegé |
Islas del Golfo de California | La Paz, Mulegé |
Islas del Pacífico de Baja California Sur | Comondú y La Paz |
Sierra La Laguna | La Paz, Los Cabos |
Zona Marina del Archipiélago Espíritu Santo | La Paz |
Balandra | La Paz |
Región Noroeste y Alto Golfo de California |
Baja California | Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado | Mexicali |
Sinaloa | Islas del Golfo de California | Ahome, Angostura, Culiacán, Guasave, Mazatlán, Navolato |
Meseta de Cacaxtla | Mazatlán, San Ignacio |
Playa Ceuta | Elota, San Ignacio |
Playa el Verde Camacho | Mazatlán |
Sonora | Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado | Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado |
Bavispe | Agua Prieta, Bacadéhuachi, Bacerac, Bacoachi, Bavispe, Cananea, Cumpas, Fronteras, Huachinera, Huásabas, Moctezuma, Nacozari de García, Villa Hidalgo. |
El Pinacate y Gran Desierto de Altar | General Plutarco Elías Calles, Puerto Peñasco, San Luis Río Colorado |
Isla San Pedro Mártir | Hermosillo |
Islas del Golfo de California | Benito Juárez, Guaymas, Hermosillo, Pitiquito, Caborca, Puerto Peñasco, San Ignacio Río Muerto, Huatabampo. |
Sierra de Álamos-Río Cuchujaqui | Álamos |
Región Norte y Sierra Madre Occidental |
Chihuahua | Campo Verde | Casas Grandes, Madera |
Cascada de Bassaseachic | Ocampo |
Cerro Mohinora | Guadalupe y Calvo |
Cumbres de Majalca | Chihuahua, Riva Palacio |
Janos | Ascención, Janos, Casas Grandes, Nuevo Casas Grande |
Médanos de Samalayuca | Guadalupe, Distrito Bravo y Juárez |
Papigochic | Bocoyna, Guerrero, Ocampo |
Tutuaca | Guerrero, Matachí, Temósachic |
Durango | Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit | Mezquital, Nombre de Dios, Súchil, Vicente Guerrero |
La Michilía | Mezquital, Súchil |
Sonora | Campo Verde | Nácori Chico |
Zacatecas | Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit (Río Atenco y Río Tlaltenango) | Chalchihuites, Jiménez del Teul, Monte Escobedo, Sombrerete, Susticacán, Teúl de González Ortega y Valparaíso. |
Sierra de Órganos | Sombrerete |
Región Noreste y Sierra Madre Oriental |
Chihuahua | Cañón de Santa Elena | Manuel Benavides, Ojinaga |
Mapimí | Jiménez |
Coahuila | Cuatrociénegas | Cuatro Ciénegas |
Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 004 Don Martín | Juárez, Múzquiz, Nadadores, Sabinas, San Buenaventura, San Juan de Sabinas, Zaragoza |
Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 026 Bajo Rio San Juan | Arteaga y Ramos Arizpe |
Maderas del Carmen | Múzquiz, Ocampo y Acuña |
Mapimí | Sierra Mojada |
Ocampo | Ocampo |
Durango | Mapimí | Mapimí, Tlahualilo |
Nuevo León | Cerro de la Silla | Guadalupe, Juárez, Monterrey |
Cumbres de Monterrey | Allende, García, Montemorelos, Monterrey, Rayones, San Pedro Garza García, Santa Catarina, Santiago |
Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 026 Bajo Rio San Juan | Galeana, Montemorelos, Rayones, Santa Catarina, y Santiago |
El Sabinal | Cerralvo |
San Luis Potosí | El Potosí | Ciudad Fernández, Rioverde, Santa María del Río |
Gogorrón | Santa María del Río, Villa de Reyes |
Sierra del Abra Tanchipa | Ciudad Valles, Tamuín |
Sierra de Álvarez | Armadillo de los Infante, San Nicolás Tolentino, Zaragoza |
Sierra La Mojonera | Vanegas |
Tamaulipas | Sierra del Abra Tanchipa | Antiguo Morelos, El Mante |
Zacatecas | Sierra La Mojonera | Concepción del Oro |
Región Occidente y Pacifico Centro |
Aguascalientes | Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit (Sierra Fría y Sierra del Laurel) | Calvillo, Jesús María, San José de Gracia |
Colima | Sierra de Manantlán | Comala, Minatitlán, Villa de Álvarez |
Playas Boca de Apiza, El Chupadero y el Tecuanillo | Tecomán |
Jalisco | Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit (Sierra de Vallejo-Río Ameca) | Atenguillo, Mixtlán, Mascota, San Sebastián del Oeste, Puerto Vallarta, |
Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit (Sierra de los Huicholes, la Yesca y Volcán de Tequila) | Ahualulco de Mercado, Bolaños, Chimaltitán, Hostotipaquillo, Mezquitic, San Juanito de Escobedo, San Martín de Bolaños, Tequila, Teuchitlán, Villa Guerrero, Amatitán |
Islas Marietas | Puerto Vallarta |
La Primavera | El Arenal, Tala, Tlajomulco de Zúñiga, Zapopan |
Playa de Mismaloya-Chalacatepec | Cabo Corrientes, Tomatlán |
Sierra de Manantlán | Autlán de Navarro, Casimiro Castillo, Cuautitlán de García Barragán, Tolimán, Tuxcacuesco, Zapotitlán de Vadillo |
Sierra de Quila | Cocula, San Martín Hidalgo, Tecolotlán, Tenamaxtlán |
Michoacán | Barranca de Cupatitzio | Uruapan, Nuevo Parangaricutiro |
Pico de Tancitaro | Nuevo Parangaricutiro, Peribán, Tancítaro, Uruapan |
Playa Mexiquillo-Maruata-Colola | Aquila |
Zicuirán-Infiernillo | Arteaga, Churumuco, La Huacana, Tumbiscatío |
Nayarit | Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit (Sierra de Vallejo- Río Ameca) | Bahía de Banderas, Compostela |
Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit (Sierra de los Huicholes, la Yesca y Volcán de Tequila) | La Yesca |
Isla Isabel | San Blas, Santiago Ixcuintla |
Islas Marietas | Bahía de Banderas, Compostela |
Marismas Nacionales | Acaponeta, Rosamorada, Santiago Ixcuintla, Tecuala, Tuxpan, Ruíz |
Zacatecas | Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 043 Estado de Nayarit (Sierra de Juchipila) | Juchipila, Santa María de la Paz, Tepechitlán, Teúl de González Ortega, Momax, Tlaltenango de Sánchez Román, Mezquital del Oro, Moyahua de Estrada, Huanusco, Jalpa, Apozol. |
Región Centro y Eje Neovolcánico |
Ciudad de México | Desierto de los Leones | Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos |
El Tepozteco | Milpa Alta |
El Tepeyac | Gustavo A. Madero |
Estado de México | Ciénegas del Lerma | Almoloya del Río, Capulhuac, Lerma, Metepec, San Mateo Atenco, Texcalyacac, Tianguistenco |
Mariposa Monarca | San José del Rincón, Donato Guerra, Temascalcingo, Villa de Allende |
Cuencas de los Ríos Valle de Bravo (Amanalco), Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec | Amanalco, Donato Guerra, Ixtapan del Oro, Santo Tomás, Temascaltepec, Valle de Bravo, Villa de Allende, Villa Victoria |
Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla | Huixquilucan, Ocoyoacac |
Iztaccihuatl Popocatepetl | Amecameca, Atlautla, Chalco, Ecatzingo, Ixtapaluca, Texcoco, Tlalmanalco |
Lagunas de Zempoala | Ocuilan |
Nevado de Toluca | Almoloya de Juárez, Amanalco, Calimaya, Coatepec Harinas, Temascaltepec, Tenango del Valle, Toluca, Villa Guerrero, Villa Victoria, Zinacantepec |
Sacromonte | Amecameca, Ayapango |
Guanajuato | Sierra Gorda | Atarjea, San Luis de la Paz, Santa Catarina, Victoria, Xichú |
Guerrero | General N. Juan Álvarez | Chilapa de Álvarez y Atlixtac |
El Veladero | Acapulco de Juárez (Sólo parte continental) |
Grutas de Cacahuamilpa | Pilcaya, Taxco de Alarcón, |
Hidalgo | Barranca de Metztitlán | Acatlán, Atotonilco el Grande, Eloxochitlán, Huasca de Ocampo, Metepec, Metztitlán, San Agustín Metzquititlán, Zacualtipán de Ángeles |
El Chico | Atotonilco el Grande, Mineral del Chico, Mineral del Monte, Omitlán de Juárez, Pachuca de Soto |
Los Mármoles | Jacala de Ledezma, Nicolás Flores, Pacula, Zimapán |
Tula | Tula de Allende |
Morelos | Corredor Biológico Chichinautzin | Atlatlahucan, Cuernavaca, Huitzilac, Jiutepec, Tepoztlán, Tlalnepantla, Tlayacapan, Totolapan, Yautepec |
El Tepozteco | Cuernavaca, Huitzilac Jiutepec, Tepoztlán, Tlalnepantla y Yautepec |
Iztaccíhuatl Popocatépetl | Tetela del Volcán |
Lagunas de Zempoala | Cuernavaca, Huitzilac |
Sierra de Huautla | Amacuzac, Jojutla, Puente de Ixtla, Tepalcingo, Tlaquiltenango |
Michoacán | Mariposa Monarca | Angangueo, Aporo, Contepec, Ocampo, Senguio, Tlalpujahua, Zitácuaro |
Oaxaca | Tehuacán-Cuicatlán | San Juan Bautista Atatlahuca, San Juan Bautista Coixtlahuaca, Asunción Nochixtlán, Concepción Buenavista, Concepción Pápalo, Mazatlán Villa de Flores, San Antonio Nanahuatípam, San Juan Bautista Cuicatlán, San Juan de los Cués, San Juan Quiotepec, San Juan Tepeuxila, San Lucas Zoquiápam, San Martín Toxpalan, San Miguel Chicahua, San Miguel Huautla, San Miguel Tequixtepec, San Pedro Coxcaltepec Cántaros, San Pedro Jaltepetongo, San Pedro Jocotipac, San Pedro y San Pablo Tequixtepec, Santa Catarina Zapoquila, Santa María Apazco, Santa María Ixcatlán, Santa María Pápalo, Santa María Tecomavaca, Santa María Texcatitlán, Santiago Apoala, Santiago Chazumba, Santiago Huauclilla, Santiago Nacaltepec, Santos Reyes Pápalo, Teotitlán de Flores Magón, Tepelmeme Villa de Morelos, Valerio Trujano |
Puebla | Iztaccíhuatl Popocatépetl | Calpan, Chiautzingo, Domingo Arenas, Huejotzingo, San Felipe Teotlalcingo, San Nicolás de Los Ranchos, San Salvador el Verde, Tlahuapan, Tochimilco |
La Malinche | Acajete, Amozoc, Puebla, Tepatlaxco de Hidalgo |
Tehuacán-Cuicatlán | Atexcal, Coxcatlán, Ajalpan, Altepexi, Caltepec, Cañada Morelos, Chapulco, Coyomeapan, Juan N. Méndez, Palmar de Bravo, San Gabriel Chilac, San José Miahuatlán, Santiago Miahuatlán, Tecamachalco, Tehuacán, Tepanco de López, Tlacotepec de Benito Juárez, Totoltepec de Guerrero, Yehualtepec, Zapotitlán, Zinacatepec |
Querétaro | Sierra Gorda | Arroyo Seco, Jalpan de Serra, Landa de Matamoros, Peñamiller, Pinal de Amoles |
Tlaxcala | La Malinche | Acuamanala de Miguel Hidalgo, Chiautempan, Contla de Juan Cuamatzi, Huamantla, Ixtenco, Mazatecochco de Jose Ma. Morelos, San Francisco Tetlanohcan, San Jose Teacalco, San Pablo del Monte, Santa Cruz Tlaxcala, Teolocholco, Ziltlaltépec de Trinidad Sánchez Santos |
Región Planicie Costera y Golfo de México |
Campeche | Laguna de Términos | Carmen, Champotón, Palizada |
Hidalgo | Cuenca Hidrográfica del Río Necaxa | Acaxochitlán, Cuautepec de Hinojosa |
Puebla | Cuenca Hidrográfica del Río Necaxa | Ahuazotepec, Chiconcuautla, Huauchinango, Juan Galindo, Naupan, Tlaola, Xicotepec, Zacatlán, Zihuateutla |
Pico de Orizaba | Atzitzintla, Chalchicomula de Sesma, Tlachichuca |
Tabasco | Cañón del Usumacinta | Tenosique |
Pantanos de Centla | Centla, Jonuta, Macuspana |
Tamaulipas | Laguna Madre y Delta del Río Bravo | San Fernando, Soto la Marina, Matamoros |
Sierra de Tamaulipas | Aldama, Casas, González, Llera, Soto La Marina |
Playa Rancho Nuevo | Aldama, Soto la Marina |
Veracruz | Cañón del Río Banco | Orizaba, Fortín, Ixtaczoquitlan, Atzacan, Nogales, Camerino Z. Mendoza, Maltrata, Aquila, Río Blanco, Rafael Delgado, Acultzingo, Soledad Atzompa |
Cofre de Perote | Acajete, Ayahualulco, Coatepec, Ixhuacán de los Reyes, Las Vigas de Ramírez, Perote, Xico |
Los Tuxtlas | Ángel R. Cabada, Catemaco, Hueyapan de Ocampo, Mecayapan, Pajapan, San Andrés Tuxtla, Santiago Tuxtla, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez |
Pico de Orizaba | Calcahualco, Coscomatepec, La Perla, Mariano Escobedo |
Sistema Arrecifal Lobos - Tuxpan | Tamiahua y Tuxpan. |
Sistema Arrecifal Veracruzano | Alvarado, Boca del Río, Vega de Alatorre, Veracruz |
Región Frontera Sur, Istmo y Pacifico Sur |
Chiapas | Bonampak | Ocosingo |
Cañón del Sumidero | Chiapa de Corzo, Osumacinta, San Fernando, Soyaló, Tuxtla Gutiérrez |
Cascadas de Agua Azul | Chilón, Salto de Agua, Tumbalá |
Chankin | Ocosingo |
El Triunfo | Acacoyagua, Ángel Albino Corzo, Escuintla, La Concordia, Mapastepec, Montecristo de Guerrero, Pijijiapan, Villa Corzo, Capitán Luis Ángel Vidal. |
La Encrucijada | Acapetahua, Huixtla, Mapastepec, Mazatán, Pijijiapan, Villa Comaltitlán |
La Sepultura | Arriaga, Cintalapa, Jiquipilas, Tonalá, Villa Corzo, Villaflores |
Lacan-Tun | Ocosingo |
Lagunas de Montebello | La Independencia, La Trinitaria, Comitán |
Metzabok | Ocosingo |
Montes Azules | Benemérito de las Américas, Las Margaritas, Maravilla Tenejapa, Marqués de Comillas, Ocosingo |
Naha | Ocosingo |
Palenque | Palenque |
Playa de Puerto Arista | Tonalá, Arriaga |
Selva el Ocote | Berriozábal, Cintalapa, Jiquipilas, Ocozocoautla de Espinosa, Tecpatán y Mezcalapa |
Volcán Tacaná | Cacahoatán, Tapachula, Unión Juárez |
Yaxchilán | Ocosingo |
Zona de Protección Forestal en los terrenos que se encuentran en los municipios de La Concordia, Angel Albino Corzo, Villa Flores y Jiquipilas, Chiapas | La Concordia, Villa Corzo, Villa Flores. |
Guerrero | Playa de Tierra Colorada | Cuajinicuilapa |
Oaxaca | Benito Juárez | Oaxaca de Juárez, San Agustín Etla, San Andrés Huayápam, San Andrés Ixtlahuaca, San Felipe Tejalápam, San Juan Bautista Guelache, San Pablo Etla, Tlalixtac de Cabrera |
Boquerón de Tonalá | Santo Domingo Tonalá, San Marcos Arteaga, Heroica Villa de Tezoatlán de Segura y Luna Cuna de la Independencia de Oaxaca. |
Playa Escobilla | Santa María Tonameca, San Pedro Pochutla, Santa María Colotepec, San Pedro Mixtepec Distrito 22, San Pedro Huamelula, Santiago Astata |
Huatulco | Santa María Huatulco |
Lagunas de Chacahua | Villa de Tututepec de Melchor Ocampo Jamiltepec. |
Yagul | San Pablo Villa de Mitla, Santa Ana del Valle, Tlacolula de Matamoros, Villa Díaz Ordaz |
Región Península de Yucatán y Caribe Mexicano |
Campeche | Calakmul | Calakmul, Hopelchén |
Los Petenes | Calkiní, Campeche, Hecelchakán, Tenabo |
Ría Celestún | Calkiní |
Quintana Roo | Arrecife de Puerto Morelos | Benito Juárez, Puerto Morelos |
Arrecifes de Cozumel | Cozumel |
Porción Norte y la Franja Costera Oriental Terrestre y Marina de la Isla de Cozumel | Cozumel |
Arrecifes de Sian Ka'an | Felipe Carrillo Puerto, Tulum, Cozumel |
Arrecifes de Xcalak | Othón P. Blanco |
Bala'an K'aax | Bacalar, José María Morelos |
Banco Chinchorro | Othón P. Blanco |
Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún, Punta Nizuc | Benito Juárez, Isla Mujeres |
Isla Contoy | Benito Juárez, Isla Mujeres |
Manglares de Nichupté | Benito Juárez, Puerto Morelos |
Otoch Ma 'ax Yetel Kooh | Lázaro Cárdenas, Solidaridad |
Sian Ka'an | Bacalar, Felipe Carrillo Puerto, Tulum |
Tiburón Ballena | Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas |
Tulum | Tulum |
Uaymil | Othón P. Blanco, Bacalar |
Yum Balam | Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas |
Caribe Mexicano | Isla Mujeres, Tulum, Solidaridad, Benito Juárez, Othón P. Blanco |
Yucatán | Arrecife Alacranes | Progreso |
Bala'an K'aax | Tekax |
Dzibilchantun | Mérida |
Otoch Ma 'ax Yetel Kooh | Valladolid Chemax |
Ría Celestún | Maxcanú, Celestún |
Ría Lagartos | Río Lagartos, San Felipe, Tizimín |
ANEXO No. 2
CONCEPTOS Y COSTOS UNITARIOS DE LOS APOYOS
1.- PROCODES de contingencia ambiental: Los recursos se destinarán para el establecimiento, activación y apoyo de brigadas comunitarias para prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de incendios forestales, actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas. Con estos apoyos se podrá cubrir el pago de jornales y la cobertura contra riesgos de las personas participantes en las brigadas comunitarias, así como la adquisición de herramienta y equipo, renta de maquinaria pesada, contratación de servicios especializados y compra de insumos y gasolina necesarios para los trabajos de prevención y atención de las contingencias ambientales antes señaladas, así como para las acciones de restauración y rehabilitación de ecosistemas.
El establecimiento y activación de las brigadas comunitarias contra incendios forestales incluye las siguientes tres fases:
Fase I.- Aplicación de medidas de prevención: La brigada comunitaria realizará labores de prevención tanto físicas como de difusión, para reducir y/o evitar la presencia de incendios forestales en los ecosistemas de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia. Si la brigada comunitaria no cuenta con la capacitación correspondiente para atender la contingencia de incendio forestal que se presente; en esta fase se deberá llevar a cabo el proceso de formación de capacidades técnicas, que permita a los brigadistas realizar acciones seguras y efectivas en la prevención y atención a la contingencia.
Fase II.- Atención a Contingencias: Consiste en la ejecución de acciones y operativos necesarios para enfrentar el desarrollo o presencia de incendios forestales en las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, así como el establecimiento de rutas de escape y el levantamiento de información sobre sitios y superficies afectadas.
Fase III.- Restauración y rehabilitación: En esta fase la brigada comunitaria ejecutará acciones que favorezcan la recuperación y el restablecimiento de las condiciones propicias para la continuidad de los procesos naturales en los ecosistemas que hayan sido afectados por algún incendio forestal en el Área Natural Protegida y su zona de influencia.
En el caso de tratarse de contingencias ambientales, derivadas de fenómenos meteorológicos, tales como: inundaciones, tormentas, tornados, huracanes, sismos o derivadas de actividades humanas como los encallamientos, entre otros, se podrán destinar recursos para la constitución de brigadas comunitarias para iniciar de manera directa con la ejecución de acciones y operativos necesarios para enfrentar el desarrollo o presencia de la contingencia y posteriormente se podrán llevar a cabo las actividades de restauración y rehabilitación de los ecosistemas que hayan sido afectados en el Área Natural Protegida. Para la atención de estas contingencias, los trámites para la cobertura contra riesgos de las personas participantes en las brigadas comunitarias, deberán iniciarse por las personas beneficiarias al momento de su activación.
2.- Estudios Técnicos: Los recursos se otorgarán para los estudios técnicos que se relacionen con las actividades siguientes:
I. Programas de desarrollo comunitario y/o microrregional: La elaboración o actualización de un programa de desarrollo a nivel comunitario y/o microrregional que contemple un diagnóstico social, ambiental, productivo y económico; así como un programa de manejo de recursos naturales para el corto y mediano plazos, podrá incluir el pago de asistencia técnica para la implementación de los requisitos y especificaciones de sustentabilidad del ecoturismo de la Norma Mexicana "NMX-AA-133-SCFI-2013 Requisitos y Especificaciones de Sustentabilidad del Ecoturismo (Cancela a la NMX-AA-133-SCFI-2006)".
II. Estudios de factibilidad técnica y económica: Elaboración de un estudio para la determinación de la viabilidad técnica, financiera y económica para la realización de proyectos productivos, así como el desarrollo de planes de negocios. Puede incluir el pago de asistencia técnica para la implementación de incubadoras de negocios, estudios de diversificación productiva y de mercado. Podrá incluir los costos destinados a cubrir el proceso de certificación de la Norma Mexicana "NMX-AA-133-SCFI-2013 Requisitos y Especificaciones de Sustentabilidad del Ecoturismo (Cancela a la NMX-AA-133-SCFI-2006)", ante el Organismo de Certificación acreditado. Asimismo, se podrá apoyar el pago para la obtención del código de barras de productos orgánicos y/o sustentables, información nutrimental y diseño de etiquetas, gastos de promoción y difusión de productos y servicios, gastos para la obtención de la imagen empresarial y obtención de la figura jurídica.
III. Ordenamientos territoriales comunitarios y/o microrregionales: Formulación de ordenamientos territoriales participativos tanto terrestres como marinos, cuyo propósito es reordenar de manera participativa el uso de sus recursos naturales, a fin de contribuir a orientar los procesos productivos y sociales hacia el desarrollo sustentable, podrá incluir estudios para el ordenamiento de pesquerías.
3.- Proyectos: Los recursos se otorgarán para los proyectos que se relacionen con las actividades siguientes y que, en el caso de Áreas Naturales Protegidas, no se contrapongan con los lineamientos establecidos en los Decretos y Programas de Manejo.
I. Restauración de ecosistemas con fines productivos:
a) Cultivos de cobertera: Consiste en el establecimiento de una cubierta vegetal mediante la siembra de cultivos de crecimiento rápido y de preferencia con especies nativas, como leguminosas fijadoras de nitrógeno para las áreas agrícolas, gramíneas y cultivos forrajeros para las áreas de uso pecuario que cubran totalmente el suelo, para reducir la erosión, las malezas, las enfermedades y plagas, así como incrementar la fertilidad y disponibilidad del agua por el cultivo. Los cultivos de cobertera pueden ser especies comestibles y/o forrajeras. Asimismo, puede incluir el establecimiento de áreas productoras de semillas nativas para apoyar la expansión de estos proyectos. Se recomienda consultar los Criterios técnicos para la ejecución de los proyectos de conservación y restauración de suelos 2012, publicados por la Comisión Nacional Forestal en la página electrónica: http://www.conafor.gob.mx:8080/documentos/ver.aspx?grupo=20&articulo=1310
b) Establecimiento de barreras vivas y/o cortinas rompevientos: Es la plantación de arbóreas, arbustivas, maguey, nopal y siembra de gramíneas o pastos, y otras que se establecen en los bordos de las terrazas o en los linderos de las parcelas, para reducir la velocidad del viento, de escorrentías provocadas por las precipitaciones pluviales, así como retener los sedimentos que son arrastrados, disminuir la erosión y mejorar el nivel de filtración de las precipitaciones pluviales y regular las condiciones de microclima. Es recomendable la utilización de plantas nativas de fácil reproducción para el uso, de manera inmediata, por los productores. Se recomienda consultar los Criterios técnicos para la ejecución de los proyectos de conservación y restauración de suelos 2012, publicados por la Comisión Nacional Forestal en la página electrónica: http://www.conafor.gob.mx:8080/documentos/ver.aspx?grupo=20&articulo=1310
c) Centros de promoción de cultura ambiental: Consisten en la construcción de infraestructura para el establecimiento de centros de interpretación ambiental, centros de cultura ambiental, parques temáticos, jardines botánicos y museos comunitarios sobre medio ambiente y biodiversidad, locales para llevar a cabo actividades de educación ambiental. Se podrá incluir el equipamiento y mantenimiento para la mencionada infraestructura, y senderos interpretativos, producción y difusión de materiales gráficos, carteles, anuncios, fotografía y de impresión, materiales de promoción, folletos, videos o audio, que se considere necesario. Se podrán incluir la delimitación, equipamiento y mantenimiento de áreas de eclosión.
d) Conservación y restauración de suelos: Comprende la construcción y reparación de presas o represas de gaviones, piedra acomodada, morillos, derivadoras, enramadas, bordos o mampostería de diversos tamaños, prácticas mecánicas; así como las obras de rehabilitación, trazo y construcción de bordos a curvas a nivel para la formación de terrazas de banco (base angosta o base ancha) o de formación sucesiva, que se puede combinar con el establecimiento de muros vivos mediante la plantación y siembra de material vegetativo para proteger y estabilizar los bordos, con el fin de disminuir los escurrimientos superficiales y evitar la erosión en terrenos con pendiente; se podrán construir barreras de piedra acomodada y terrazas individuales de media luna para proteger especies arbóreas, así como ollas de agua, tinas ciegas y jagüeyes para el almacenamiento de agua. Asimismo, puede incluir trabajos de cajeteo, actividades de fertilización y abonado y acciones de conservación de suelo y agua en plantaciones establecidas, apertura de cepas y nuevas plantaciones de especies forestales leñosas y no leñosas nativas, y el mantenimiento de las mismas. Se recomienda consultar los Criterios técnicos para la ejecución de los proyectos de conservación y restauración de suelos 2012, publicados por la Comisión Nacional Forestal en la página electrónica: http://www.conafor.gob.mx:8080/documentos/ver.aspx?grupo=20&articulo=1310
e) Plantaciones forestales: Consiste en los trabajos de cajeteo, actividades de fertilización y acciones de conservación de suelo y agua en plantaciones establecidas, como la apertura de cepas y nuevas plantaciones de especies forestales leñosas y no leñosas nativas; y mantenimiento de las mismas.
f) Enriquecimiento de acahuales: Consiste en el establecimiento dentro de los acahuales de especies maderables y no maderables, para leña, plantas medicinales y condimentarías o forrajeras con la finalidad de acelerar su capacidad de contención de deterioro de los recursos naturales.
g) Construcción y manejo de estufas ahorradoras de leña: Consiste en la construcción con ecotecnias de diferentes modelos de estufas, fogones, calderos y hornos, así como el sistema de chimeneas o ventilación, se podrán incluir la compra de los moldes y modelos para la construcción de las estufas con diferentes materiales, asimismo, se podrá realizar la compra de ollas y hornos solares.
h) Construcción de obras para el manejo y captación del agua: Consiste en la nivelación y los trazos de terreno, así como la construcción de una plantilla de cimentación, el armado de una estructura de acero y revestimiento de cemento para la captación, manejo y almacenamiento de agua, ollas de agua pueden ser pilas o abrevaderos rehabilitación de bordos o jagüeyes, canales de llamada o conducción con materiales de construcción y geomembranas.
i) Pago por conservación de la agrobiodiversidad: Consiste en el pago por mantener la continuidad de las prácticas en las labores de manejo de cultivo de manera tradicional, como, la estabilización de la milpa, introducción de prácticas agroecológicas, uso de abonos orgánicos y/o verdes, rotación de cultivos, control biológico, diversificación, sistemas agroforestales, entre otros, así como las labores de precosecha y cosecha. Podrá incluir, la realización de ferias regionales entre comunidades de una misma ANP o de diferentes ANP para mostrar la agrobiodiversidad de las diferentes regiones del país, a través de exposiciones, demostraciones gastronómicas, intercambio de semillas. Se podrá pagar el transporte, hospedaje y alimentación de las personas beneficiarias para asistir a eventos regionales fuera de su localidad.
II. Productivos
Para la autorización de los proyectos productivos la persona beneficiaria deberá contar con el estudio de factibilidad técnica y económica, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.3.1 de las presentes Reglas.
a) Proyectos ecoturísticos: Podrá incluir la delimitación de un área con potencial turístico, el establecimiento de obras de infraestructura y equipamiento para el cumplimiento de las medidas y especificaciones de sustentabilidad del ecoturismo con base en el Programa de Turismo en Áreas Protegidas. Podrá incluir la construcción de cabañas, servicios básicos, equipamiento, acondicionamiento de senderos interpretativos y veredas, la infraestructura de servicios y operación, instalación de plataformas flotantes; producción y difusión de materiales con promoción del proyecto. Podrá incluir la compra de vehículos terrestres y embarcaciones menores, motores y equipamiento de las mismas.
b) Establecimiento y mantenimiento de unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre (UMA): Consiste en la construcción de infraestructura para el establecimiento de una UMA extensiva, que comprende la delimitación del espacio utilizando los accidentes geográficos y la construcción de obras para la atracción, cuidado y reproducción de las especies silvestres tales como bordos, acequias, jagüeyes, bancos de alimentos, invernaderos, viveros, corrales, áreas de anidación, áreas de incubación, centros de acopio, cuartos fríos, casetas de vigilancia y torres de observación. Podrá apoyarse el establecimiento de UMA de carácter intensivo, siempre y cuando los productos de ésta se destinen además de la comercialización, a la repoblación para el manejo del hábitat, puede incluir la compra de herramientas y/o equipamiento especializado necesario para su operación y de ejemplares reproductores para el establecimiento de la UMA.
c) Establecimiento y mantenimiento de plantaciones agroforestales: Consiste en la apertura de cepas y plantación de especies forestales (maderables y no maderables) y/o frutales de baja demanda hídrica, en líneas intercaladas con espacio para la siembra de cultivos agrícolas y especies forrajeras tales como pastos y leguminosas nativas y aplicación de insumos orgánicos.
d) Establecimiento de viveros forestales: Podrá apoyarse el establecimiento, mantenimiento y operación de viveros forestales comunitarios. Podrá incluir la construcción de infraestructura y equipamiento para la producción de plantas nativas de la región forestales maderables y no maderables, en sistemas de producción tanto tradicional como tecnificado, pueden incluir la adquisición del sistema de riego y la delimitación del mismo vivero.
e) Establecimiento de huertos comunitarios: Consiste en la delimitación y preparación del terreno, para el establecimiento y producción de hortalizas, frutales, plantas ornamentales, medicinales y cultivos de plantación de acuerdo a la zona. Así también, podrá incluir la construcción de infraestructura y equipamiento para la producción de los huertos y la elaboración de composta o de humus de lombriz mediante la transformación digestiva y metabólica de la materia orgánica, mediante la crianza sistemática de lombrices de tierra.
f) Talleres para la transformación de recursos naturales: Es la construcción y equipamiento de locales donde se realice la transformación de los recursos naturales para su venta, puede incluir talleres para el aprovechamiento de minerales metálicos y no metálicos, maderas muertas, y fibras naturales, para la producción de artesanías y manualidades; así como la elaboración de conservas, dulces, panes y otros productos comestibles con productos de la región. El equipamiento de estos talleres, sólo podrá aprobarse si la persona beneficiaria cuenta con la infraestructura del local previamente establecida o en su caso, sólo si la construcción del local está considerada en el proyecto solicitado.
g) Establecimiento de apiarios: Consiste en la adquisición y/o equipamiento de colmenas, adquisición de paneles, abejas reinas, equipos de protección, insumos, alimentadores, cámaras de cría, sistema de extracción, envasado y procesamiento de miel y sus derivados.
h) Atracadero para embarcaciones menores: Consiste en la construcción y rehabilitación de atracaderos fijos o flotantes construidos con diversos materiales.
i) Cuarto frío: Consiste en la construcción y rehabilitación de un cuarto frío para almacenar productos pesqueros a base de losa de cimentación de concreto, los muros, techo y piso se acondicionarán con un aislante térmico. Incluye equipamiento y construcción de mesas de trabajo e instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas, esta última considera un equipo de refrigeración con motor eléctrico y compresor.
j) Plantas para procesamiento primario: Son obras para el tratamiento primario y sanitario de los productos pesqueros capturados como son naves de incubación, plantas desconchadoras de moluscos y bivalvos, postas acuícolas, plantas productoras de jaiba mudada, plantas clasificadoras de camarón, plantas para el procesamiento de productos marinos. Podrá apoyarse la compra de maquinaria y equipo para los procesos señalados. El equipamiento de estas obras, sólo podrá aprobarse si la persona beneficiaria cuenta con la infraestructura del local previamente establecida o en su caso, sólo si la construcción del local está considerada en el proyecto.
k) Instalación de artes de cultivos marinos: Comprende la construcción de corrales para maricultivos, líneas de fondo para bolsas ostrícolas, instalación de líneas largas suspensoras, canastas de neftier, compra de semilla y juveniles, así como la compra de alimento para los maricultivos e insumos para su operación.
l) Jaulas para captura y cría de peces: Comprende la construcción y equipamiento de jaulas e infraestructura para la captura y cría de especies dulceacuícolas y marinas. Podrá incluir la compra de embarcaciones menores, motores y equipamiento de las mismas, así como la compra de alimento, alevines y juveniles nativos, e insumos para su operación.
m) Centros de producción y reproducción acuícola: Consiste en la construcción de infraestructura y equipamiento para el establecimiento de módulos para la producción y reproducción de especies nativas con potencial acuícola. Podrá incluir la compra de alevines o juveniles, alimentos y equipamiento para su operación.
n) Recuperación de suelo para uso productivo: Comprende los trabajos de limpia de áreas agrícolas y/o potreros, fertilización con productos orgánicos, incorporación de mejoradores del suelo y el establecimiento de cultivos agrícolas y frutales de baja demanda hídrica, pastos de la región, con el propósito de aumentar la capacidad productiva de los suelos. Se hará énfasis en la incorporación de arbustivas locales combinadas con pastizales y leguminosas nativas. Podrá incluir la compra de planta y cercado del predio, la construcción de corrales para la estabulación o semiestabulación. Así como el equipamiento e infraestructura para la alimentación del ganado existente y riego eficiente, en su construcción se podrá emplear material comercial y/o materiales rústicos de la región.
o) Certificación de la producción orgánica y de guías de turismo: Incluye el pago por los procesos requeridos por las compañías certificadoras para la producción orgánica y guías de turismo, así como la preparación de las parcelas y productos, preparación de informes, tarifas fijas y adicionales (gasto de inspección e inscripción); excluye los pagos a las certificadoras por participación en las ventas. Podrá incluir el pago para la obtención de etiquetas de sustentabilidad.
p) Transformación y comercialización del maíz criollo: Apoyos destinados para la implementación de molinos de nixtamal, silos herméticos, empacadoras de productos derivados del maíz criollo, entre otros, que generen valor agregado a los productos y derivados del maíz criollo.
4.- Cursos de capacitación: En materia de cursos de capacitación los recursos apoyarán el desarrollo de cursos, talleres teórico-prácticos, intercambios de experiencias y eventos de capacitación, en torno a los siguientes conceptos:
I. Gestión: Cursos o talleres teórico-prácticos que permiten a las personas beneficiarias incrementar sus conocimientos, capacidades y habilidades para la realización de actividades asociadas a la planeación y gestión que les permita participar más exitosamente en los procesos de aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales, estos cursos podrán ser:
a. Metodologías para la gestión y planeación participativa comunitaria para el desarrollo sostenible.
b. Fortalecimiento de la organización social, de comités comunitarios y regionales de participación.
c. Administración y gestión de proyectos productivos.
d. Capacitación en resolución de conflictos.
e. Formulación de proyectos comunitarios para mujeres y grupos indígenas.
f. Equidad de género y desarrollo sustentable.
g. Metodologías para la formación de redes comunitarias para la conservación.
h. Capacitación para el desarrollo e integración de cadenas productivas.
i. Comercialización de productos finales, intermedios y servicios.
j. Fortalecimiento de redes comunitarias para la conservación de la agrobiodiversidad
II. Aplicación de nuevas tecnologías: Cursos o talleres para la adopción o mejoramiento de tecnologías productivas de conservación, manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales:
a. Agroecología y reconversión productiva.
b. Operación de viveros forestales.
c. Conservación y uso sustentable del suelo.
d. Conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre.
e. Técnicas para la recuperación de recursos forestales maderables y no maderables.
f. Producción acuícola y pesquera.
g. Huertos y viveros comunitarios.
h. Operación de empresas ecoturísticas.
i. Manejo integral del fuego.
j. Acreditación y/o certificación de guías especializados en turismo de naturaleza, turismo inclusivo, turismo comunitario.
k. Restauración de áreas degradadas.
l. Elaboración de compostas, fertilizantes líquidos, estercoleros y lombricompostas.
m. Cultivo y manejo de plantas silvestres medicinales.
n. Construcción y manejo de estufas ahorradoras de leña.
o. Ollas y/o hornos solares.
p. Recuperación y manejo de acahuales.
q. Establecimiento y manejo de Sistemas agroforestales y agrosilvopastoriles con enfoque agroecológico y de patrimonio biocultural.
r. Promoción, recuperación y conocimiento de tecnologías tradicionales sustentables.
s. Floricultura con especies nativas de la región.
t. Idiomas para la atención turística.
u. Apicultura y productos derivados de la miel.
v. Mejoramiento y conservación del maíz criollo, la milpa y la agrobiodiversidad.
III. Educación Ambiental: Para generar pautas de conducta responsable y de valores respecto a los aspectos ambientales y conservación de recursos naturales que pueden no estar necesariamente en relación con la actividad productiva de la comunidad o región, pero que impactan o pueden impactar negativamente en las condiciones para su desarrollo sostenible. Los temas que se podrán impartir sobre educación ambiental, serán los siguientes:
a. Legislación en materia ambiental, agraria, pesquera y de recursos naturales.
b. Conservación y uso sustentable de los ecosistemas y su biodiversidad.
c. Saneamiento de ecosistemas.
d. Importancia de los ecosistemas y de las Áreas Naturales Protegidas.
e. Impacto ambiental.
f. Manejo de residuos sólidos.
g. Manejo y control de especies nocivas y exóticas invasoras.
h. Servicios ambientales.
i. Manejo del agua.
j. Rescate y transmisión del conocimiento tradicional sobre el uso, manejo y conservación de los ecosistemas.
k. Promotores comunitarios para la educación ambiental.
l. Ecología marina.
m. Energías renovables
n. Tratamiento de aguas residuales
ñ) Prevención de la introducción de especies exóticas invasoras.
k) Acciones de mitigación y de adaptación, para reducir vulnerabilidad de las comunidades locales al Cambio Climático.
Los cursos de capacitación tendrán una duración mínima de 20 horas efectivas de impartición, con una participación mínima de 10 personas por cada curso. Quedan exceptuados de estos requerimientos, los cursos que son capacitaciones realizadas a partir de intercambios de experiencias en los cuales las personas beneficiarias tienen que salir de su localidad y/o Entidad Federativa y siempre y cuando el gasto de transportación y alimentación de los mismos rebase el 50% del costo total del curso o taller y los cursos de capacitación sobre aplicación de nuevas tecnologías que se refieren a la "Certificación de guías especializados en turismo de naturaleza". El monto máximo que la Persona Beneficiaria podrá pagar al Prestador de Servicios por hora efectiva de capacitación, no podrá ser superior a los 600.00 (Seiscientos pesos 00/100 M. N.), por concepto de honorarios.
Porcentajes y costos unitarios de los apoyos
Los recursos del PROCODES se asignarán en función de la disponibilidad presupuestaria de la CONANP, en el porcentaje, que a continuación se señala, del costo unitario máximo de las actividades que se autoricen para los diferentes conceptos:
PORCENTAJE MÁXIMO DE LOS APOYOS POR TIPO DE CONCEPTO DE APOYO
CONCEPTO | PORCENTAJE |
ESTUDIOS TÉCNICOS | 100 |
PROYECTOS DE RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS CON FINES PRODUCTIVOS | 100 |
PROYECTOS PRODUCTIVOS | 80 |
CURSOS DE CAPACITACIÓN | 100 |
En el caso de los proyectos productivos las personas beneficiarias estarán obligadas a cubrir el porcentaje restante con recursos propios o concertar recursos de otras fuentes. Los recursos de este Programa se podrán complementar con los recursos de otros programas de la Secretaría o de otros programas federales, estatales o municipales que tengan el mismo fin.
Los recursos para cursos de capacitación, podrán incluir el pago de los apoyos necesarios para que las personas beneficiarias asistan a los cursos y/o talleres de capacitación, cuando éstos se desarrollen fuera de su localidad.
Los recursos del PROCODES se sujetarán a la siguiente previsión de costos unitarios y límites de unidades de medida a apoyar:
CONCEPTOS Y COSTOS UNITARIOS DE LOS APOYOS
Concepto | Unidad de Medida | Apoyo Máximo Federal por Unidad de Medida | Límites de Unidades de Medida. |
Estudios Técnicos | | 100% | Mín. | Máx. |
Programas de desarrollo comunitario y microrregional. | Estudio | $150,000/estudio | 1 | 1 |
Estudios de factibilidad técnica y económica. | Estudio | $90,000/estudio | 1 | 3 |
Ordenamientos territoriales comunitarios y/o microrregionales | Estudio | $150,000/estudio | 1 | 1 |
Cursos de Capacitación | | 100% | | |
Curso de capacitación para la gestión | Evento | $40,000/evento | 1 | 5 |
Curso de capacitación para aplicación de nuevas tecnologías | Evento | $40,000/evento | 1 | 5 |
Curso de capacitación en Educación Ambiental | Evento | $40,000/evento | 1 | 5 |
Concepto | Unidad de Medida | Apoyo Máximo Federal por Unidad de Medida | Límites de Unidades de Medida. |
Proyectos de restauración de ecosistemas con fines productivos | | 100% | Mín. | Máx. |
Cultivos de cobertera | Ha | $3,799.00/Ha | 20 | 100 |
Establecimiento de barreras vivas y/o cortinas rompevientos | Km | $2,994.00/Km | 15 | 50 |
Centros de promoción de cultura ambiental | m2 | $5,500.00/m2 | 25 | 200 |
lote | $40,000/lote | 1 | 3 |
Conservación y restauración de suelos | Ha | $6,950.00/Ha | 30 | 170 |
m3 | $1,054.80/m3 | 30 | 500 |
Construcción de presas o represas de gaviones | m3 | $3,450.00/m3 | 20 | 300 |
Construcción de represas de piedra acomodada | m3 | $1,000.00/m3 | 20 | 500 |
Construcción de represas de mampostería | m3 | $1,200.00/m3 | 20 | 500 |
Construcción de terrazas | Ha | $1,737.00/Ha | 20 | 200 |
Prácticas mecánicas | Ha | $3,809.00/Ha | 15 | 200 |
Plantaciones forestales | Ha | $12,500.00/Ha | 10 | 80 |
Enriquecimiento de acahuales | Ha | $1,303.00/Ha | 20 | 200 |
Construcción y manejo de estufas ahorradoras de leña (incluye plantillas, moldes y prefabricadas) | Estufa | $4,800.00/estufa | 20 | 200 |
Ollas y/o hornos solares | Pieza | $2,000.00/ pieza | 15 | 200 |
Construcción de obras para el manejo y captación del agua | m3 | $4,200.00/m3 | 10 | 100 |
Pago por conservación de la agrobiodiversidad. | Ha | $3,000.00/Ha | 10 | 200 |
Evento | $250,000/evento | 1 | 1 |
Concepto | Unidad de Medida | Apoyo Máximo Federal por Unidad de Medida | Límites de Unidades de Medida (*). |
Proyectos Productivos | | Hasta el 80% | Mín. | Máx. |
Proyectos ecoturísticos | m2 | $5,490.00/m2 | 30 | 200 |
Km | $5,500.00/km | 10 | 100 |
Ha | $4,720.00/Ha | 10 | 100 |
lote | $75,000.00/ lote | 1 | 6 |
Establecimiento y mantenimiento de unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre | Ha | $2,500.00/Ha | 25 | 500 |
m2 | $1,000.00/m2 | 20 | 500 |
Establecimiento y mantenimiento de plantaciones agroforestales | Ha | $3,809.00/Ha | 20 | 200 |
Establecimiento de viveros forestales | m2 | $600/m2 | 40 | 2000 |
Establecimiento de huertos comunitarios | m2 | $400.00/m2 | 30 | 1000 |
Talleres para la transformación de recursos naturales (infraestructura m2, equipamiento, lote) | m2 | $4,400.00/m2 | 30 | 100 |
lote | $18,000.00 lote | 1 | 10 |
Establecimiento de apiarios | colmena | $2,500.00/colmena | 20 | 100 |
lote | $45,000.00/lote | 2 | 5 |
Atracadero para embarcaciones menores | m | $26,989.00/m | 20 | 44 |
Cuarto frío | m2 | $11,633.00/m2 | 36 | 100 |
Plantas para procesamiento primario | m2 | $7,910.00/m2 | 50 | 125 |
lote | $44,000.00/lote | 1 | 10 |
Instalación de artes de cultivos marinos | lote | $4,020.00/lote | 30 | 200 |
Jaulas para captura y cría de peces | m3 | $8,841.00/m3 | 20 | 135 |
Centros de producción y reproducción acuícola | m2 | $3,350.00/m2 | 30 | 350 |
Recuperación de suelo para uso productivo | Ha | $10,152.00/Ha | 5 | 110 |
Recuperación de suelo para uso productivo (infraestructura) | m2 | $1,500.00/m2 | 20 | 1000 |
Certificación de la producción orgánica y de guías de turismo | Proceso | $70,000.00/proceso | 1 | 3 |
Transformación y comercialización del maíz criollo | (m2) | $5,490/m2 | 10 | 30 |
lote | $7,000/lote | 1 | 5 |
(*) Cualquier excepción respecto a los Límites de las Unidades de Medida (mínimo y máximo) de los conceptos de apoyo, será determinado por la Instancia Normativa, previo análisis de viabilidad técnica.
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas Dirección General de Operación Regional Anexo No. 3 de las Reglas de Operación |
Solicitud para acceder a los subsidios del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible
Modalidad: Proyectos
CNANP-00-017-A
Homoclave del formato | Fecha de publicación del formato en el DOF |
FFCONANP020 | XX/ XX/ XX |
1Lugar de solicitud | 2Fecha de solicitud |
| DD/MM/AAAA |
I. Datos generales | II. Notificaciones |
|
3 Integrante del Grupo Organizado de mujeres y/u hombres, que no estén constituidos como personas morales | 7Persona(s) autorizada(s) para oír o recibir notificaciones |
Nombre(s): | Nombre(s): |
Primer apellido: | Primer apellido: |
Segundo apellido: | Segundo apellido: |
3.1CURP | 8Domicilio para oír y recibir notificaciones |
4Persona moral distinta a ejidos y comunidades | Código postal: |
Denominación o razón social: | Calle: |
4.1RFC | Número exterior: | Número interior: |
5Ejidos y Comunidades | Colonia: |
Denominación: | Ciudad o población: |
5.1RFC | Municipio o demarcación territorial: |
6Representante legal (de ser el caso) | Estado: |
Nombre(s): | Clave lada: | Teléfono: |
Primer apellido: | Extensión: | Teléfono móvil (opcional): |
Segundo apellido: | Correo electrónico (para recibir notificaciones): |
De conformidad con los artículos 4 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativo y 46, fracción VII de la Ley General
de Mejora Regulatoria, los formatos para solicitar trámites y servicios deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación (DOF).
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos
en el programa".
III.-Datos de información del trámite |
9 Ubicación del Proyecto: |
Localidad: | |
Municipio: | |
Estado: | |
Área Natural Protegida (ANP) | |
10 Señalar los participantes del proyecto
Hombres y Mujeres Solo Mujeres Solo Hombres
11 Número de personas a las que beneficiará directamente el Proyecto |
Mujeres | Hombres | Total |
| | |
12 En caso de existir participación de una población indígena, indique la participación por género y nombre del grupo |
Mujeres | Hombres | Nombre del Grupo Indígena |
| | |
13 Señalar de acuerdo al tipo de solicitante, lo siguiente: £ Grupo Organizado 14 Indicar los datos de los documentos que los integrantes del grupo organizado entregan en copia simple: a) Número de las identificaciones oficiales: b) Número de los comprobantes de domicilio: £ Persona Moral distinta a Ejido o Comunidad 15 Objeto establecido en el acta constitutiva (Actividad económica): 16 Número y fecha del acta constitutiva: 17 Número y fecha del instrumento jurídico que modifica el acta constitutiva, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto (si aplica): 18 Tipo de documento y fecha mediante el cual el representante legal de la persona moral se acredita como tal: £ Ejido o Comunidad 19 Indicar datos de la identificación de los representantes legales del ejido o comunidad: | Nombre | Tipo de Identificación | Folio de Identificación | Presidente | | | | Secretario | | | | Tesorero | | | | 20 Actividad económica: 21 Fecha y en su caso, número de la Resolución Presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, de la resolución jurisdiccional o de la Escritura Pública, según corresponda: 22 Fecha del acta de asamblea mediante la cual se eligen a los representantes legales del Ejido o Comunidad: |
Información del Proyecto que solicita |
23Señalar el tipo de Proyecto que solicita: Proyecto de restauración de ecosistemas con fines productivos £ Proyecto productivo £ 24Nombre del Proyecto: 25Tipo de ecosistema que se favorecerá de acuerdo al proyecto solicitado: 26Meta estimada: 27Monto solicitado: 28Fecha programada de realización: Inicio: Término: 29Describa brevemente las tres actividades más relevantes a realizar en el proyecto: 1) 2) 3) 30 El proyecto mejora las condiciones de producción de la comunidad: Sí £ No £ 31 De ser afirmativa la respuesta explicar brevemente: 32 El proyecto y/o acciones promueven la conservación del ANP Sí £ No £ 33 De ser afirmativa la respuesta explicar brevemente cómo la promueven: 34 Si se trata de un proyecto de restauración de ecosistemas con fines productivos describa la problemática que se pretende resolver con el apoyo solicitado y cómo es que se contribuirá a resolverla: 35 Si existe continuidad a los trabajos del Programa en años anteriores, indique el número del Convenio de concertación y año: 36 Indicar si el proyecto requiere algún tipo de capacitación para su ejecución: Sí £ No £ 37 De ser afirmativa la respuesta, indique qué tipo de capacitación se requiere: |
Información de Proyecto Productivo |
38 En caso de que la solicitud sea para un proyecto productivo de $300,000.00 o más, señalar: a) Fecha de elaboración del estudio de factibilidad: b) Nombre de la Institución/Consultor quien elaboró el Estudio: 39 La persona beneficiaria se compromete a aportar el 20% del total del monto del mismo, en caso de ser aprobado: £ 40 Indicar cómo será la aportación, puede señalar más de una opción: Dinero £ Especie £ Jornales £ Otro £ Señalar cuál: |
41 Documentos anexos | SI, NO o NA |
41.1 Copia simple y original para cotejo de la identificación oficial vigente para las personas físicas del grupo organizado y representantes legales. | |
41.2 Copia simple y original para cotejo del comprobante de domicilio de los integrantes del grupo organizado, de la persona moral distinta a ejido y comunidad. | |
41.3 Copia simple y original para cotejo de la CURP de los integrantes del grupo organizado | |
41.4 Copia simple y original para cotejo del acta constitutiva para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. | |
41.5 Copia simple y original para cotejo de la modificación del acta constitutiva, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto, para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. | |
41.6 Copia simple y original para cotejo del documento que acredita al representante legal del promovente. Para personas morales: poder notarial, solo en caso de que la representación y facultades no se encuentren en el acta constitutiva. Para ejidos y comunidades: acta de asamblea de elección del comisariado ejidal o comunal en funciones. | |
41.7 Tratándose de proyectos productivos de $300,000.00 o más, estudio de factibilidad correspondiente, el cual deberá de contener como mínimo: Datos generales del proyecto, análisis de mercados, análisis financiero, análisis de la situación ambiental, conclusiones, recomendaciones, bibliografía y nombre del responsable del estudio. | |
41.8 Copia simple y original para cotejo de (los) documento (s) legal (es) que compruebe (n) la propiedad del predio o en su caso la posesión, uso, usufructo u otro derecho sobre los terrenos donde se pretenda realizar el proyecto, como pueden ser: Para el sector privado: Escrituras públicas, contrato de aparcería, comodato, arrendamiento, usufructo, uso, o en su caso, resolución judicial. Para ejidos y comunidades: Resolución presidencial dotatoria o restitutoria, resolución jurisdiccional, acta de delimitación de tierras y plano oficial del Registro Agrario Nacional. | |
41.9 En caso de no contar con el documento que acredite la legal propiedad del predio o en su caso, la posesión, uso, usufructo u otro derecho sobre los terrenos donde se pretenda realizar el proyecto; la autorización por escrito de la persona que sea propietaria. | |
| |
43 Nombre y firma del solicitante o representante legal. | 44 Nombre de quien recibe, fecha y sello de acuse de recibo. |
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), con domicilio en Avenida Ejército Nacional número 223,
Col. Anáhuac, Demarcación territorial Miguel Hidalgo. C.P. 11320, Ciudad de México, es la responsable del uso y protección
de sus datos personales y utilizará los mismos exclusivamente para la realización del trámite de su interés. Para mayor
información acerca del tratamiento y de los derechos que puede hacer valer, usted puede acceder al aviso de privacidad
integral a través de la página de internet de esta Comisión Nacional, en la siguiente dirección electrónica: http://
www.gob.mx/conanp.
Instructivo para el llenado del formato |
Indicaciones generales: a) Antes de llenar el formato de solicitud, lea cuidadosamente este instructivo y el listado de documentos anexos. b) Este documento deberá ser llenado a computadora o letra de molde clara y legible, utilizando tinta negra o azul, cuando se cometa un error en el llenado del documento, se deberá elaborar uno nuevo. c) Todos los documentos que se adjunten deben ser legibles. d) El formato de esta solicitud deberá presentarse en original y en caso de requerir acuse de recibo presentar copia. e) Para el caso de pueblos indígenas, ejidos y comunidades ubicados en zonas de alta y muy alta marginación o zonas de difícil acceso, podrán presentar su solicitud en escrito libre, conforme al anexo 1, debiendo adjuntar los documentos que se señalan en el numeral 41 del presente formato, según corresponda, salvo el establecido en el numeral 41.3 I. Datos generales 1. Indicar el lugar donde se presenta la solicitud, municipio o demarcación territorial y entidad federativa. Por ejemplo: Municipio Juchitán de Zaragoza, Oaxaca de Juárez. 2. Indicar la fecha utilizando números arábigos. Por ejemplo: 07/02/2020. 3. Escribir el nombre completo de algún integrante del grupo organizado que solicitan el apoyo, empezando por nombre(s), seguido del primer y segundo apellido. 3.1. Escriba la Clave Única de Registro de Población (CURP) de los integrantes del grupo organizado que solicitan el apoyo. 4. Para personas morales distintas a ejidos y comunidades, escribir la denominación o razón social de la misma. 4.1 Escriba el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona moral solicitante. 5. Para ejidos o comunidades anotar el nombre inscrito en el Registro Agrario Nacional (RAN). 5.1 Escriba el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del ejido o comunidad solicitante. 6. En caso de contar con un representante legal, escribir nombre (s), primer y segundo apellido. Para el caso de ejidos y comunidades cuyo representante sea el comisariado ejidal (conformado por el presidente, secretario y tesorero) agregar los rubros de nombre(s), primero y segundo apellido para cada uno. |
II. Notificaciones 7. De ser el caso, escribir el nombre de la (s) persona (s) autorizada (s) para oír y recibir notificaciones. 8. Escribir el domicilio y medios de contacto para recibir notificaciones, anotando el código postal (requerido para el envío de la respuesta por correo o mensajería), calle, número exterior, número interior, colonia, ciudad o población, nombre del municipio o demarcación territorial que corresponda, nombre del estado, clave lada, número telefónico, extensión (en su caso), teléfono móvil (opcional) y dirección de correo electrónico para recibir notificaciones relacionadas con el trámite, en caso de que sea su voluntad que estás se realicen por ese medio. III. Datos de información del trámite 9. Escribir la ubicación del Proyecto, anotando localidad, municipio, estado y ANP de conformidad con el anexo 1 de las Reglas de Operación, en caso de llenar a computadora seleccionar la información de su interés. 10. Indicar como estará conformado los integrantes del proyecto que participarán: por hombre y mujeres, solo mujeres o solo hombres. 11. Anotar el número de hombres y/o mujeres que se beneficiarán directamente por el Programa de subsidio y el total de éstos. 12. En caso de que en el Proyecto se beneficie una población indígena, escribir el número de hombres y/o mujeres participantes, así como el nombre del grupo indígena al que pertenecen. 13. Seleccionar con una x el tipo de solicitante. Anotar los datos correspondientes y adjuntar la información requerida en el apartado de documentos anexos, dependiendo el tipo de solicitante. Grupo Organizado 14. Indicar el número de identificaciones oficiales y de comprobantes de domicilio que los integrantes del grupo organizado presentan en copia simple. Persona Moral distinta a Ejido o Comunidad 15. Anotar el objeto de la persona moral que se establece en su acta constitutiva. |
16. Escribir el número y fecha de la escritura pública en la que consta el acta constitutiva de la persona moral. 17. En su caso, escribir el número y fecha del instrumento jurídico que modifica el acta constitutiva de la persona moral, respecto a su denominación o razón social, domicilio u objeto. 18. Anotar el tipo de documento y su fecha, mediante el cual el representante legal de la persona moral se acredita como tal. Ejido o Comunidad 19. Anotar el tipo y el folio de las identificaciones, así como el nombre del Presidente, Secretario y Tesorero del ejido o comunidad. 20. Escribir la actividad económica del ejido o comunidad. 21. Anotar la fecha y en su caso, el número de la Resolución Presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, de la resolución jurisdiccional o de la Escritura Pública. 22. Escribir la fecha del acta de asamblea mediante la cual se eligen a los representantes legales del Ejido o Comunidad. |
Información del Proyecto que solicita: 23. Indicar con una X el tipo de apoyo que solicita, como puede ser proyecto de restauración de ecosistemas con fines productivos o proyecto productivo. 24. Escribir como se denominará el proyecto, tomando en cuenta los tipos de proyectos establecidos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa. 25. Anotar el tipo de ecosistema que se favorecerá de acuerdo al proyecto solicitado. 26. Escribir la meta estimada, considerando los porcentajes y costos unitarios de los apoyos previstos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa. 27. Anotar el monto que se solicita, conforme a los porcentajes y costos unitarios de los apoyos previstos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa. 28. Indicar la fecha de inicio y de término que se tiene programada para llevar a cabo el proyecto. Ejemplo 13/03/2020. 29. Describir brevemente las tres actividades más relevantes que se realizarán para ejecutar el proyecto. 30. Deberá seleccionar la opción "Sí" cuando el proyecto mejore las condiciones de producción de la comunidad y seleccionar la opción "No" de no ser el caso. 31. De ser afirmativa la respuesta al numeral anterior, deberán explicarse brevemente en qué consisten las mejoras. 32. Señalar la opción "Sí" cuando el proyecto y/o las acciones a realizar promueven la conservación del ANP y seleccionar la opción "No" de no ser así. 33. De ser afirmativa la respuesta al numeral que antecede, explicar brevemente cómo se promueve la conservación del ANP. 34. Tratándose de un proyecto de restauración de ecosistemas con fines productivos, describir brevemente la problemática que se pretende resolver con el apoyo solicitado y cómo es que se contribuirá a resolverla. 35. En caso de existir continuidad a los trabajos del Programa apoyados en años anteriores, indicar el número del Convenio de concertación y el año. 36. Indicar con una X la opción "Sí" en caso de que el proyecto requiera algún tipo de capacitación para su ejecución, de no ser así señalar la opción "No". 37. De ser afirmativa la respuesta al numeral que precede, indicar qué tipo de capacitación se requiere. Información del Proyecto Productivo: 38. En caso de que la solicitud corresponda a un proyecto productivo de $300,000.00 o más, anotar la fecha de elaboración del estudio de factibilidad, la cual no podrá ser superior a 3 años previos a la fecha de la solicitud, así como el nombre de la institución o consultor que elaboró dicho estudio. 39. Deberá seleccionar con una X que la persona beneficiaria se compromete a aportar el 20% del total del monto del mismo, en caso de ser aprobado. 40. Seleccionar con una X la aportación o aportaciones que realizará la persona beneficiaria, ya sea en dinero, especie, jornales u otro, indicando cuál sería esta última. 41. Documentos Anexos Indicar "Sí" cuando adjunte el documento que se solicita, "No", en caso de no anexar el documento solicitado y NA en caso de que no aplique. |
41.1 Copia simple y original para cotejo de la identificación oficial vigente para las personas físicas del grupo organizado y representantes legales. 41.2 Copia simple y original para cotejo del comprobante de domicilio de los integrantes del grupo organizado, así como, de la persona moral distinta a ejido y comunidad. 41.3 Copia simple y original para cotejo de la CURP de los integrantes del grupo organizado. 41.4 Copia simple y original para cotejo del acta constitutiva para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. 41.5 Copia simple y original para cotejo de la modificación del acta constitutiva, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto, para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. 41.6 Copia simple y original para cotejo del documento que acredita al representante legal del promovente. Para personas morales: poder notarial, solo en caso de que la representación y facultades no se encuentren en el acta constitutiva. Para el caso de personas físicas: carta poder firmada ante dos testigos. Para ejidos y comunidades: acta de asamblea de elección del comisariado ejidal o comunal en funciones. 41.7 Tratándose de proyectos productivos de $300,000.00 o más, estudio de factibilidad correspondiente, el cual deberá de contener como mínimo: Datos generales del proyecto, análisis de mercados, análisis financiero, análisis de la situación ambiental, conclusiones, recomendaciones, bibliografía y nombre del responsable del estudio. 41.8 Copia simple y original para cotejo de (los) documento (s) legal (es) que compruebe (n) la propiedad del predio o en su caso la posesión, uso, usufructo u otro derecho sobre los terrenos donde se pretenda realizar el proyecto, como pueden ser: Para el sector privado: Escrituras públicas, contrato de aparcería, comodato, arrendamiento, usufructo, uso, o en su caso, resolución judicial. Para ejidos y comunidades: Resolución presidencial dotatoria o restitutoria, resolución jurisdiccional, acta de delimitación de tierras y plano oficial del Registro Agrario Nacional. 41.9 En caso de no contar con el documento que acredite la legal propiedad del predio o bien, la posesión, uso, usufructo u otro derecho sobre los terrenos donde se pretenda realizar el proyecto; la autorización por escrito de la persona que sea propietaria. |
42. Incluya brevemente observaciones de aspectos relevantes que considere importante destacar. Por ejemplo, de ser el caso de ejidos y comunidades, podrán anotar los datos (nombre, primer apellido y segundo apellido) de los representantes legales (secretario y tesorero del comisariado ejidal o comunal). 43. Escribir el nombre completo del solicitante o representante legal, empezando por su nombre, primer y segundo apellido y firmar. 44. Escribir el nombre completo de la persona que recibe la documentación, señalando, fecha, hora, y sello por parte de la instancia receptora. Anexo 1. El escrito libre a que se refiere el inciso e) del apartado de Indicaciones Generales del Instructivo para el llenado del formato, deberá contener lo siguiente: a) Lugar y fecha de la solicitud. b) Ubicación del proyecto señalando localidad, municipio, estado y ANP. c) Nombre, denominación o razón social del solicitante. d) En su caso, nombre(s) del representante legal. e) Domicilio para recibir notificaciones y su caso correo electrónico, así como, número telefónico del solicitante o representante legal. f) Tipo de solicitante (grupo organizado, así como, ejidos y comunidades). g) Mujeres y hombres, mujeres u hombres que conforman el grupo que participarán en el proyecto. |
h) Número de mujeres u hombres, así como el total de estos que beneficiarán directamente. i) En su caso, mujeres u hombres de la población indígena que participará y el nombre del grupo indígena. j) De acuerdo al tipo de solicitante, precisar lo siguiente: *Grupo organizado Número de las identificaciones oficiales que se presentan. Número de los comprobantes de domicilio que se presentan. *Ejido o comunidad Tipo y número de identificación de los representantes legales del ejido o comunidad. Número y fecha de la Resolución presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, Resolución jurisdiccional o escritura pública. Fecha del Acta de asamblea por los que se eligen a los representantes legales. |
k) Tipo de proyecto que solicita (Proyecto de restauración de ecosistemas con fines productivos o Proyecto productivo). l) Nombre del Proyecto (ver anexo 2 de las Reglas de Operación). m) Tipo de ecosistema que se favorece. n) Meta estimada (ver anexo 2 de las Reglas de Operación). o) Monto solicitado (ver porcentaje y costos del anexo 2 de las Reglas). p) Fecha programada de realización (inicio-término). q) En caso de que la solicitud corresponda a un proyecto productivo de $300,000.00 o más, anotar la fecha de elaboración del estudio de factibilidad, la cual no podrá ser superior a 3 años previos a la fecha de la solicitud, así como el nombre de la institución o consultor que elaboró dicho estudio. r) En caso de Proyecto productivo, manifestar que se compromete a portar el 20% del total del mismo, en caso de ser aprobado, señalando como será su aportación (dinero, especie, jornales u otro, indicando cuál sería esta última). s) Describir brevemente las tres actividades más relevantes que se realizarán para ejecutar el proyecto. t) Manifestar si el Proyecto mejora o no, las condiciones de producción de la comunidad. De ser afirmativa la respuesta, explicar brevemente en qué consisten las mejoras. u) Manifestar si el proyecto y/o las acciones a realizar promueven la conservación del ANP. De ser afirmativa la respuesta, explicar brevemente cómo se promueve la conservación del ANP. v) Tratándose de un proyecto de restauración de ecosistemas con fines productivos, describir brevemente la problemática que se pretende resolver con el apoyo solicitado y cómo es que se contribuirá a resolverla. w) En caso de existir continuidad a los trabajos del Programa apoyados en años anteriores, indicar el número del Convenio de concertación y el año. x) Manifestar si el Proyecto requiera algún tipo de capacitación para su ejecución, de ser afirmativo indique el tipo de capacitación. y) Nombre y Firma del solicitante o representante legal. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales-Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas Ejército Nacional número 223, colonia Anáhuac, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, Ciudad de México. Horario de atención: 9:00 a 18:00 horas, Página electrónica: http://www.gob.mx/conanp |
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas Dirección General de Operación Regional Anexo No. 3 de las Reglas de Operación |
Solicitud para acceder a los subsidios del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible
Modalidad: Estudios Técnicos y Curso de Capacitación
CNANP-00-017-B
Homoclave del formato | Fecha de publicación del formato en el DOF |
FFCONANP021 | XX/ XX/ XX |
1Lugar de solicitud | 2Fecha de solicitud |
| DD/MM/AAAA |
I. Datos generales | II. Notificaciones |
|
3 Integrante del Grupo Organizado de mujeres y/u hombres, que no estén constituidos como personas morales | 7Persona(s) autorizada(s) para oír o recibir notificaciones |
Nombre(s): | Nombre(s): |
Primer apellido: | Primer apellido: |
Segundo apellido: | Segundo apellido: |
3.1CURP | 8Domicilio para oír y recibir notificaciones |
4Persona moral distinta a ejidos y comunidades | Código postal: |
Denominación o razón social: | Calle: |
4.1RFC | Número exterior: | Número interior: |
5Ejidos y Comunidades | Colonia: |
Denominación: | Ciudad o población: |
5.1RFC | Municipio o demarcación territorial: |
6Representante legal (de ser el caso) | Estado: |
Nombre(s): | Clave lada: | Teléfono: |
Primer apellido: | Extensión: | Teléfono móvil (opcional): |
Segundo apellido: | Correo electrónico (para recibir notificaciones): |
De conformidad con los artículos 4 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativo y 46, fracción VII de la Ley General
de Mejora Regulatoria, los formatos para solicitar trámites y servicios deberán publicarse en el Diario Oficial de la
Federación (DOF).
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos
en el programa".
III. Datos de información del trámite |
9Señalar el tipo de apoyo que se está solicitando: Estudio técnico Curso de capacitación |
10Ubicación del estudio técnico o del curso de capacitación: |
Localidad: | |
Municipio: | |
Estado: | |
Área Natural Protegida (ANP): | |
11 Señalar los participantes del proyecto: Hombres y Mujeres Solo Mujeres Solo Hombres |
12 Número de personas a las que beneficiará directamente el Programa |
Mujeres | Hombres | Total |
| | |
| | |
13 En caso de existir participación de una población indígena, indique la participación por género y nombre del grupo |
Mujeres | Hombres | Nombre del Grupo Indígena |
| | |
14 Señalar de acuerdo al tipo de solicitante, lo siguiente: £ Grupo Organizado 15 Indicar los datos de los documentos que los integrantes del grupo organizado entregan en copia simple: a) Número de las identificaciones oficiales: b) Número de comprobantes de domicilio: £ Persona Moral distinta a Ejido o Comunidad 16 Objeto establecido en el acta constitutiva (Actividad económica): 17 Número y fecha del acta constitutiva: 18 Número y fecha del instrumento jurídico que modifica el acta constitutiva, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto (si aplica): 19 Tipo de documento y fecha mediante el cual el representante legal de la persona moral se acredita como tal: £ Ejido o Comunidad 20 Indicar datos de la identificación de los representantes legales del ejido o comunidad: | Nombre | Tipo de Identificación | Folio de Identificación | Presidente | | | | Secretario | | | | Tesorero | | | | 21 Actividad económica: 22 Fecha y en su caso, número de la Resolución Presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, de la resolución jurisdiccional o de la Escritura Pública: 23 Fecha del acta de asamblea mediante la cual se eligen a los representantes legales del Ejido o Comunidad: |
Información del Estudio Técnico (si aplica) |
24Estudio técnico que solicita: 25Cúal es el propósito del estudio técnico: 26Tipo de ecosistema que se favorecerá el estudio técnico: 27Superficie en hectáreas que abarcará el estudio técnico: 28Fecha programada de realización: Inicio: Término: 29Monto solicitado: 30El estudio técnico tiene la finalidad de identificar acciones de conservación de los ecosistemas y su biodiversidad en el ANP: Sí £ No £ 31De ser afirmativa la respuesta, explique brevemente de qué forma: 32El estudio técnico es determinante para definir actividades productivas sostenibles en el ANP: Sí £ No £ 33De ser afirmativa la respuesta, explique brevemente de qué forma: |
Información del Curso de Capacitación (si aplica) |
34Curso de capacitación que se solicita: 35Cual es el propósito del curso de capacitación: 36Tipo de ecosistema que se favorecerá de acuerdo al curso de capacitación: 37Fecha programada de realización: Inicio: Término: 38Monto solicitado: 39 El curso de capacitación, fortalece algún proyecto productivo sostenible: Sí £ No £ 40De ser afirmativa la respuesta y sea un proyecto del Programa, señale el número del Convenio de concertación y año: 41 Si existe continuidad a los trabajos del Programa apoyados en años anteriores, mencionar el nombre del curso y/o convenio de Concertación: 42 El curso o taller promueve acciones de educación para la conservación: Sí £ No £ 43El curso de capacitación promueve la formación de promotores locales para la conservación y gestión del desarrollo sostenible: Sí £ NO £ |
44 Documentos anexos | SI, NO o N/A |
44.1 Copia simple y original para cotejo de la identificación oficial vigente para las personas físicas del grupo organizado y representantes legales. | |
44.2 Copia simple y original para cotejo del comprobante de domicilio de los integrantes del grupo organizado, así como de la persona moral distinta a ejido y comunidad. | |
44.3 Copia simple y original para cotejo de la CURP de los integrantes del grupo organizado. | |
44.4 Copia simple y original para cotejo del acta constitutiva para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. | |
44.5 Copia simple y original para cotejo de la modificación del acta constitutiva, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto, para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. | |
44.6 Copia simple y original para cotejo del documento que acredita al representante legal del promovente. Para personas morales: poder notarial, solo en caso de que la representación y facultades no se encuentren en el acta constitutiva. Para ejidos y comunidades: acta de asamblea de elección del comisariado ejidal o comunal en funciones. | |
45Observaciones: |
| |
46 Nombre y firma del solicitante o representante legal. | 47Nombre de quien recibe, fecha y sello de acuse de recibo. |
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), con domicilio en Avenida Ejército Nacional número 223,
Col. Anáhuac, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo. C.P. 11320, Ciudad de México, es la responsable del uso y
protección de sus datos personales y utilizará los mismos exclusivamente para la realización del trámite de su interés. Para
mayor información acerca del tratamiento y de los derechos que puede hacer valer, usted puede acceder al aviso de
privacidad integral a través de la página de internet de esta Comisión Nacional, en la siguiente dirección electrónica: http://
www.gob.mx/conanp.
Instructivo para el llenado del formato |
Indicaciones generales: a) Antes de llenar el formato de solicitud, lea cuidadosamente este instructivo y el listado de documentos anexos. b) Este documento deberá ser llenado a computadora o letra de molde clara y legible, utilizando tinta negra o azul, cuando se cometa un error en el llenado del documento, se deberá elaborar uno nuevo. c) Todos los documentos que se adjunten deben ser legibles. d) El formato de esta solicitud deberá presentarse en original y en caso de requerir acuse de recibo presentar copia. e) Para el caso de pueblos indígenas, ejidos y comunidades ubicados en zonas de alta y muy alta marginación o zonas de difícil acceso, podrán presentar su solicitud en escrito libre, conforme al anexo 1, debiendo adjuntar los documentos que se señalan en el numeral 44 del presente formato, según corresponda. I. Datos generales. 1. Indicar el lugar donde se presenta la solicitud, municipio o demarcación territorial y entidad federativa. Por ejemplo: Municipio Juchitán de Zaragoza, Oaxaca de Juárez. 2. Indicar la fecha utilizando números arábigos. Por ejemplo: 07/02/2020. 3. Escribir el nombre completo de algún integrante del grupo organizado que solicita el apoyo, empezando por nombre(s), seguido del primer y segundo apellido. 3.1. Escriba la Clave Única de Registro de Población (CURP) de los integrantes del grupo organizado. 4.1 Escriba el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona moral solicitante. 5. Para ejidos o comunidades anotar el nombre inscrito en el Registro Agrario Nacional (RAN). 5.1 Escriba el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del ejido o comunidad solicitante. 6. En caso de contar con un representante legal, escribir nombre (s), primer y segundo apellido. Para el caso de ejidos y comunidades cuyo representante sea el comisariado (conformado por el presidente, secretario y tesorero) agregar los rubros de nombre(s), primero y segundo apellido para cada uno. II. Notificaciones 7. De ser el caso, escribir el nombre de la (s) persona (s) autorizada (s) para oír y recibir notificaciones. 8. Escribir el domicilio y medios de contacto para recibir notificaciones, anotando el código postal (requerido para el envío de la respuesta por correo o mensajería), calle, número exterior, número interior, colonia, ciudad o población, nombre del municipio o demarcación territorial que corresponda, nombre del estado, clave lada, número telefónico, extensión (en su caso), teléfono móvil (opcional) y dirección de correo electrónico para recibir notificaciones relacionadas con el trámite, en caso de que sea su voluntad que estás se realicen por ese medio. III. Datos de información del trámite 9. Señalar el tipo de apoyo que se está solicitando. 10. Escribir la ubicación del Proyecto, anotando localidad, municipio, estado y ANP de que se trata de conformidad con el anexo 1 de las Reglas de Operación, en caso de llenar a computadora seleccionar la información de su interés. 11. Indicar como estará conformado los integrantes del proyecto que participaran por hombres y mujeres, solo mujeres o solo hombres. 12. Anotar el número de hombres y/o mujeres que se beneficiarán directamente por el Programa de subsidio y el total de éstos. 13. En caso de que el estudio o curso beneficie una población indígena, escribir el número de hombres y/o mujeres participantes, así como el nombre del grupo indígena al que pertenecen. 14. Seleccionar con una X el tipo de solicitante. Anotar los datos correspondientes y adjuntar la información requerida en el apartado de documentos anexos, dependiendo el tipo de solicitante. |
Grupo Organizado 15. Indicar el número de identificaciones oficiales y de comprobantes de domicilio que los integrantes del grupo organizado presentan en copia simple. Persona Moral distinta a Ejido o Comunidad 16. Anotar el objeto de la persona moral que se establece en su acta constitutiva. 17. Escribir el número y fecha de la escritura pública en la que consta el acta constitutiva de la persona moral. 18. En su caso, escribir el número y fecha del instrumento jurídico que modifica el acta constitutiva de la persona moral, respecto a su denominación o razón social, domicilio u objeto. 19. Anotar el tipo de documento y su fecha, mediante el cual el representante legal de la persona moral se acredita como tal. Ejido o Comunidad 20. Anotar el tipo y el folio de las identificaciones, así como el nombre del Presidente, Secretario y Tesorero del ejido o comunidad. 21. Escribir la actividad económica del ejido o comunidad. 22. Anotar la fecha y en su caso, el número de la Resolución Presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, de la resolución jurisdiccional o de la Escritura Pública. 23. Escribir la fecha del acta de asamblea mediante la cual se eligen a los representantes legales del Ejido o Comunidad. Información del Estudio Técnico 24. Escribe el estudio técnico que se pretende realizar, tomando en cuenta los establecidos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa. 25. Describir los objetivos que se buscan alcanzar con la realización del estudio técnico. 26. Anotar el tipo de ecosistema que se favorecerá de acuerdo al estudio solicitado. 27. Anotar la superficie en hectáreas que abarcará el estudio técnico. 28. Indicar la fecha de inicio y de término que se tiene programada para llevar a cabo el estudio técnico. Ejemplo 13/04/2020. 29. Anotar el monto que se solicita, conforme a los porcentajes y costos unitarios de los apoyos previstos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa. 30. Señalar la opción "Sí" cuando el estudio técnico tenga la finalidad de identificar acciones de conservación de los ecosistemas y su biodiversidad en el ANP y seleccionar la opción "No" de no ser así. 31. De ser afirmativa la respuesta, explique brevemente de qué forma el estudio identificará las acciones de conservación de los ecosistemas y su biodiversidad. 32. Señalar la opción "Sí" cuando el estudio técnico sea determinante para definir actividades productivas sostenibles en ¨el ANP y seleccionar la opción "No" de no ser así. 33. De ser afirmativa la respuesta, explique de qué forma el estudio definirá a las actividades productivas sostenibles. |
Información del Curso de Capacitación 34. Escribir el curso de capacitación que se pretende impartir, tomando en cuenta los cursos de capacitación establecidos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa. 35. Describir los objetivos que se buscan alcanzar con la realización del curso de capacitación. 36. Anotar el tipo de ecosistema que se favorecerá de acuerdo al curso solicitado. 37. Indicar la fecha de inicio y de término que se tiene programada para llevar a cabo el curso. 38. Anotar el monto que se solicita, conforme a los porcentajes y costos unitarios de los apoyos previstos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación del Programa. 39. Señalar la opción "Sí" cuando el curso de capacitación solicitado fortalezca algún proyecto productivo sostenible y seleccionar la opción "No" de no ser así. 40. De ser afirmativa la respuesta al numeral que antecede y que sea un proyecto del Programa, deberá escribir el número del Convenio de concertación y año. 41. En caso de existir continuidad a los trabajos del Programa apoyados en años anteriores, indicar el número del Convenio de concertación y el año. 42. Señalar con una X si el curso o taller promueve acciones de educación para la conservación, en caso contrario seleccionar la opción No. 43. Señalar con una X si el curso de capacitación promueve la formación de promotores locales para la conservación y gestión del desarrollo sostenible, en caso contrario seleccionar la opción No. 44. Documentos Anexos Indicar "Sí" cuando adjunte el documento que se solicita, "No", en caso de no anexar el documento solicitado y NA en caso de que no aplique. 44.1 Copia simple y original para cotejo de la identificación oficial vigente para las personas físicas del grupo organizado y representantes legales. 44.2 Copia simple y original para cotejo del comprobante de domicilio de los integrantes del grupo organizado, así como, de la persona moral distinta a ejido y comunidad. 44.3 Copia simple y original para cotejo de la CURP de los integrantes del grupo organizado. 44.4 Copia simple y original para cotejo del acta constitutiva para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. 44.5 Copia simple y original para cotejo de la modificación del acta constitutiva, relativa a la denominación o razón social, domicilio u objeto, para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades. 44.6 Copia simple y original para cotejo del documento que acredita al representante legal del promovente. Para personas morales: poder notarial, solo en caso de que la representación y facultades no se encuentren en el acta constitutiva. Para el caso de personas físicas: carta poder firmada ante dos testigos. Para ejidos y comunidades: acta de asamblea de elección del comisariado ejidal o comunal en funciones. 45. Incluya brevemente observaciones de aspectos relevantes que considere importante destacar. Por ejemplo, de ser el caso de ejidos y comunidades, podrán anotar los datos (nombre, primer apellido y segundo apellido) de los representantes legales (secretario y tesorero del comisariado ejidal o comunal). 46. Escribir el nombre completo del solicitante o representante legal, empezando por su nombre, primer y segundo apellido y firmar. 47. Para ser llenado por la instancia receptora. |
ANEXO 1 a) Lugar y Fecha de la solicitud. b) Tipo de apoyo que se está solicitando (estudio técnico o curso de capacitación) c) ANP donde se realizará el estudio técnico o se impartirá el curso de capacitación. d) Nombre, denominación o razón social del solicitante. e) En su caso, nombre(s) del representante legal. f) Domicilio para recibir notificaciones y su caso correo electrónico, así como, número telefónico del solicitante o representante legal. g) Tipo de solicitante (grupo organizado, así como, ejidos y comunidades). h) Mujeres y hombres, mujeres u hombres que conforman el grupo que participarán en el curso de capacitación. i) Número de mujeres u hombres, así como el total de estos que beneficiarán directamente. j) En su caso, mujeres u hombres de la población indígena que participará y el nombre del grupo indígena. k) De acuerdo al tipo de solicitante, precisar lo siguiente: *Grupo organizado Tipo y número de identificación de los representantes legales del ejido o comunidad. Comprobante de domicilio. *Ejido o comunidad Tipo y número de identificación de los representantes legales del ejido o comunidad. Número y fecha de la Resolución presidencial dotatoria o restitutoria de tierras, Resolución jurisdiccional o escritura pública. Fecha del Acta de asamblea por los que se eligen a los representantes legales. Información del Estudio Técnico a) Estudio técnico que se pretende realizar (ver anexo 2 de las Reglas de Operación). b) Describir los objetivos que se buscan alcanzar con la realización del estudio técnico. c) Anotar el tipo de ecosistema que se favorecerá de acuerdo con el estudio solicitado. d) Anotar la superficie en hectáreas que abarcará el estudio técnico. e) Indicar la fecha de inicio y de término que se tiene programada para llevar a cabo el estudio técnico. f) Monto solicitado (ver porcentaje y costos del anexo 2 de las Reglas). g) Manifestar si el estudio técnico tiene la finalidad de identificar acciones de conservación de los ecosistemas y su biodiversidad en el ANP, en caso contrario indicarlo. De ser afirmativa la respuesta, explique brevemente de qué forma el estudio identificará las acciones de conservación de los ecosistemas y su biodiversidad. h) Manifestar si el estudio técnico es determinante para definir actividades productivas sostenibles en el ANP, en caso contrario indicarlo. De ser afirmativa la respuesta, explique de qué forma el estudio definirá a las actividades productivas sostenibles. Información del Curso de Capacitación i) Curso de capacitación que solicita (ver anexo 2 de las Reglas de Operación). j) Propósito del Curso de capacitación y el ecosistema que se beneficia. k) Fecha que se tiene programada para llevar a cabo el curso (inicio-término). l) Monto solicitado (ver porcentaje y costos del anexo 2 de las Reglas). m) Manifestar si el curso de capacitación que se solicita es para fortalecer un proyecto productivo sostenible. De ser afirmativa dicha situación y sea un proyecto PROCODES, señalar el número de convenio de concertación y el año. n) Nombre del proyecto o convenio de concertación. o) Manifestar si el curso o taller promueve acciones de educación para la conservación. p) Manifestar si el curso promueva la formación de promotores locales para la conservación y gestión del desarrollo sostenible. q) Nombre y Firma del solicitante o representante legal. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas Ejército Nacional número 223, colonia Anáhuac, demarcación territorial Miguel Hidalgo, código postal 11320, Ciudad de México. Horario de atención: 9:00 a 18:00 horas Página electrónica: http://www.gob.mx/conanp |
FORMATO DE CONVENIO MODIFICATORIO DEL PROGRAMA DE CONSERVACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES) |
{descripción} = Campos que deben ser sustituidos por la información específica correspondiente. [explicación] = Instrucciones que deben tomarse en cuenta, y eliminar del convenio elaborado. |
[Eliminar el cuadro anterior en los convenios elaborados] |
COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
CONVENIO MODIFICATORIO DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
(PROCODES)
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA APOYAR {escribir el tipo de apoyo} DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES) DENOMINADO {nombre del tipo de apoyo}, CON NÚMERO {escribir el No. del Convenio original}, EN {Anotar el Nombre del Área Natural Protegida}, UBICADA EN EL ESTADO DE {Anotar nombre del Estado}, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. {Indicar nombre del Director Regional o del Director de Área Natural Protegida, según corresponda}, EN SU CARÁCTER DE {Indicar Cargo}, DE LA DIRECCIÓN DE {Anotar Dirección de ANP o Regional}, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA CONANP", Y POR LA OTRA {En caso de que la persona Beneficiaria sea una persona moral distinta a Ejidos y Comunidades se deberá anotar la denominación o razón social de ésta, indicando el nombre de su representante legal y su carácter, en caso de que sea un grupo organizado de hombres y mujeres, distinto a personas morales, se deberá señalar el nombre del Presidente, Secretario y Tesorero del Comité de Seguimiento, señalando el carácter de cada uno, y en el caso de Ejidos y Comunidades se deberá anotar el nombre del Ejido o Comunidad y el del Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal o Comunal, señalando su carácter}, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DESIGNARÁ COMO "LA PERSONA BENEFICIARIA", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.- Con fecha ___ de ____ de 2020, las partes suscribieron el Convenio de Concertación, en lo sucesivo "EL CONVENIO", para apoyar la realización del proyecto o acción denominada {nombre del tipo de apoyo}, con el No. {anotar número del convenio}, por un monto total de {anotar el monto total del mismo en número y letra}, teniendo como vigencia del ___de ___ al ___ de __________ de 2020.
II.- La Cláusula {anotar Décima sexta en el caso de Convenios de Concertación de Estudios Técnicos, Cursos de Capacitación y Décima séptima para el caso de Brigadas de Contingencia Ambiental y Decima octava en caso de Convenios de Concertación de Proyectos} del mencionado convenio de concertación, que establece que el instrumento podrá ser modificado en cuanto a las metas y montos establecidos en el mismo y no podrá contravenir el objeto del mismo, ni las disposiciones jurídicas que le dieron origen.
III.- La celebración del presente Convenio tiene la finalidad de modificar el monto establecido en el inciso c) de la Declaración I del Convenio de Concertación y en la Cláusula {Anotar Cláusula segunda del convenio de concertación para el caso de estudios técnicos, brigadas de contingencia ambiental y cursos de capacitación o cláusula tercera del convenio de concertación tratándose de proyectos, según corresponda} descrito en el antecedente primero del presente instrumento.
IV.- Con fecha _____ de ___ de 2020, la Dirección Regional {anotar el nombre de la Dirección Regional} recibió por parte de la Dirección General de Operación Regional, el oficio No. ___ de fecha ____ de 2020, mediante el cual se notifica {Anotar si se trata de una ampliación de recursos o una reasignación de recursos derivado de una cancelación
DECLARACIONES
Ambas partes declaran:
I.- Que reconocen mutuamente la personalidad jurídica y facultades para la celebración del presente Convenio Modificatorio, con base en los antecedentes anteriormente señalados.
II.- Ratifican como sus domicilios legales los señalados en "EL CONVENIO".
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto del Convenio Modificatorio. Las partes acuerdan modificar el monto establecido en el inciso c) de la Declaración I del Convenio de Concertación y en la Cláusula {anotar Cláusula Segunda en el caso de Convenios de Concertación de Estudios Técnicos, Brigadas de Contingencia Ambiental y Cursos de Capacitación y Cláusula Tercera en caso de Convenios de Proyectos, según corresponda} de "EL CONVENIO"; que consiste en el monto que "LA CONANP" aportará a "LA PERSONA BENEFICIARIA" para la consecución del objeto del Convenio de Concertación principal, para quedar en los siguientes términos:
La aportación de la CONANP proviene de los recursos presupuestales autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para el Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible, para fortalecer el {anotar el nombre del tipo de apoyo} y serán ejercidos de acuerdo a los términos del expediente técnico que rubricado por las partes forma parte integrante del presente Convenio.
SEGUNDA.- Metas. En virtud de la ampliación de recursos para la acción {anotar el tipo de apoyo}, las partes acuerdan que las metas acordadas en "EL CONVENIO", se modificarán de la siguiente manera: {Anotar las metas que se ampliarán}, quedando como actividades adicionales a realizarse las siguientes: {anotar actividades}.
TERCERA.- Forma de pago. A la firma del presente Convenio Modificatorio "LA CONANP" ha realizado los siguientes pagos al Beneficiario: {anotar las ministraciones que correspondan}.
1er. Ministración por un monto total de $________ con fecha: ____________
2da. Ministración por un monto total de $________ con fecha: ____________
3er Ministración por un monto total de $________ con fecha: ____________
Los pagos realizados representan el {% porcentaje} del monto asignado modificado al {anotar el tipo de apoyo} del proyecto, estudio técnico o curso de capacitación.
El siguiente pago para completar el monto total asignado, se llevará a cabo en una sola ministración por la cantidad de {anotar monto de ampliación con número y letra}.
CUARTA.- Aplicación del Convenio No._____________. Con las excepciones de las modificaciones que han quedado precisadas y para los efectos legales y administrativos a que haya lugar en el presente Convenio Modificatorio, las partes están conformes en aplicar el presente instrumento, en lo conducente y las cláusulas que no se modifican en el Convenio de Concertación descrito en el antecedente primero del presente instrumento, por virtud de este convenio, conservan su plena vigencia y validez, por lo que las partes ratifican en este acto su contenido y alcance legal.
QUINTA.- El presente Convenio Modificatorio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma.
Enteradas las partes del alcance contenido y fuerza legal del presente Convenio Modificatorio, lo firman de conformidad por duplicado en _____________, a los ________ días del mes de _______ de 2020.
Por " LA CONANP" | | Por "LA PERSONA BENEFICIARIA" | | Por "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" {En caso de ser un estudio técnico o un curso de capacitación deberá firmarlo el prestador de servicios sí se cuenta con el}. |
_____________________ {Nombre y firma del Director del ANP o Director Regional, según corresponda,} | | _____________________________ {Nombre y firma del representante legal de la persona moral distinta a Ejido y Comunidad o de los representantes del Comité de Seguimiento {Presidenta (e), Secretaria (o) y Tesorera(o)}. | | __________________________ {Nombre y firma del prestador de servicios} |
ANEXO No. 5 |
FORMATO DE ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES) |
{descripción} = Campos que deben ser sustituidos por la información específica correspondiente. [explicación] = Instrucciones que deben tomarse en cuenta, y eliminar del convenio elaborado. |
[Eliminar el cuadro anterior en las actas elaboradas] |
COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES)
Siendo las ___________ horas del día _____ de __________ de 2020, se reunieron en asamblea las/los integrantes del {Anotar el si se trata de un proyecto, brigada de contingencia ambiental, estudio técnico o curso de capacitación} denominado __ {Anotar el tipo de proyecto, estudio, curso o brigada}___________, con un monto autorizado de $____________, en la localidad ______________, del Municipio ____________, Estado de_______________________, con el C. {Anotar nombre} _____________________ representante de la {anotar el nombre de la Dirección del ANP o Dirección Regional según corresponda}, con el propósito de formar el "Comité de Seguimiento" del concepto de apoyo mencionado, que se ejecutará de ________ a ______ de 2020.
Las y los representantes del presente Comité, acuerdan sujetarse a todas y cada una de las disposiciones de las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES), y manifiestan estar de acuerdo con las siguientes obligaciones:
1. Dar seguimiento a la ejecución del {Anotar si se trata de proyecto, estudio técnico o curso de capacitación, según corresponda}, tanto en sus objetivos como en sus metas que son: {Anotar los objetivos y metas del proyecto, estudio técnico o curso de capacitación} [Solo Proyectos, estudio y cursos].
Dar seguimiento a la ejecución de la brigada de contingencia ambiental {anotar el tipo de Brigada}, tanto en sus objetivos como en sus metas que son: {Anotar los objetivos y metas por fases programadas de la brigada de contingencia ambiental [Solo para Brigadas]
2. Atender y solucionar los problemas que se pudieran presentar con los participantes durante la ejecución de los trabajos.
3. Recibir los pagos correspondientes estipulados en el Convenio de Concertación correspondiente.
4. Realizar los pagos requeridos para la ejecución y resguardar las facturas, listas de jornales y/o recibos comunitarios originales de la compra de materiales, recibos de honorarios, según corresponda, durante 5 años.
5. Notificar a la Dirección Regional o Dirección de ANP, según corresponda, si existe algún problema en la ejecución del proyecto o acción
6. Informar a las personas beneficiarias del proyecto o acción periódicamente sobre los gastos realizados en la ejecución y las actividades que faltan realizar.
7. Dar solución a los problemas operativos que se pudieran presentar por la ejecución del proyecto o acción.
8. Registrar en el siguiente cuadro a todas las personas beneficiarias directas que participarán, en apego al Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2018.
Asimismo, con la finalidad fomentar la transparencia en la ejecución de los recursos del PROCODES y llevar a cabo acciones de control y vigilancia con la participación ciudadana, los participantes acuerdan la elección de dos personas que fungirán como contralores sociales, quienes tendrán las siguientes funciones:
a) Apoyar en la supervisión de los trabajos e informar a la CONANP, en su caso, sobre presuntas irregularidades detectadas.
b) Asistir y participar en las reuniones y asambleas que se generen con el Comité de Seguimiento y en las visitas de seguimiento que realice el personal de la CONANP para verificar el avance de obra y cumplimiento de las acciones apoyadas por el PROCODES.
c) Solicitar, de así requerirlo, información del proyecto y/o acciones apoyadas por el PROCODES durante su periodo de ejecución, al personal de la CONANP y transmitirla a los miembros del Comité de Seguimiento.
d) Verificar que se cumplan las Reglas de Operación del PROCODES.
e) Dar su opinión sobre el desarrollo general de las obras y/o acciones.
f) Dar su opinión sobre la actuación de los servidores públicos responsables del PROCODES.
g) Vigilar que los apoyos económicos o en especie no sean utilizados con fines políticoelectorales y sean entregados conforme a lo que se haya acordado en el convenio firmado entre los beneficiarios y la CONANP.
h) Cuidar el buen uso de las obras en beneficio de la comunidad.
i) Presentar quejas, denuncias, sugerencias o reconocimientos.
j) No ser servidores públicos en cualquiera de los tres órdenes de Gobierno.
NO. | NOMBRE COMPLETO (NOMBRES Y APELLIDOS) | FECHA DE NACIMIENTO DD/MES/AÑO | ESTADO DE NACIMIENTO | ESTADO CIVIL | GRUPO INDÍGENA AL QUE PERTENECE | CUENTA CON ALGUNA DISCAPACIDAD | SEXO MARQUE CON UNA (X) | FIRMA O HUELLA |
| | | | | | | H | M | |
| | | | | | | H | M | |
| | | | | | | H | M | |
| | | | | | | H | M | |
*Anexar las filas que sean necesarias
Los arriba firmantes acuerdan nombrar como representantes del Comité de Seguimiento a los/as C.___________________; C._______________________ y al C.___________________ como Presidenta (e), Secretaria (o) y Tesorera (o), respectivamente, y los C. ____________________ y C. _________________ como contralores sociales.
Los Contralores Sociales se comprometen a llevar acabo las acciones necesarias que permitan la efectividad de sus acciones de conformidad con el esquema o mecanismos que valide la Secretaría de la Función Pública.
POR EL "COMITÉ DE SEGUIMIENTO" DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
[Anotar los nombres y firmas de los representantes del Comité de Seguimiento y de los Contralores sociales]
| | | | |
| | PRESIDENTA(E) | | |
SECRETARIA(O) | | | | TESORERA(O) |
_________________________ _________________________
CONTRALOR (A) CONTRALOR (A)
______________________________
{NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL
REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN DEL ANP
O DIRECCIÓN REGIONAL SEGÚN CORRESPONDA}
ANEXO No. 6 "A"
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE 2020
EXPEDIENTE TÉCNICO DEL CONVENIO DE CONCERTACIÓN DE PROYECTOS
1.- NOMBRE DEL PROYECTO: | | NO. DE FOLIO | |
2.- OBJETIVO DEL PROYECTO: | |
3.- METAS Y UNIDAD DE MEDIDA DEL PROYECTO: | |
4.- UBICACIÓN. |
| | | |
(ANP) | (ESTADO) | (MUNICIPIO) | (LOCALIDAD) |
5.- MONTO TOTAL DEL PROYECTO. | $ | |
(NÚMERO) | (LETRA) |
6.- TIPO DE PROPIEDAD: [Señale con una "X" si es privada o Social; en el caso de ser propiedad social, señale el tipo A, B o C, Según el caso] |
I. PRIVADA ( ) | |
II. SOCIAL ( ) | A) TIERRAS DE USO COMÚN (__) | B) TIERRAS PARCELADAS (__) | C) OTROS (CUÁL) (__) ___________ |
7.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO: | PROCODES | ( ) | $ |
BENEFICIARIOS | ( ) | $ |
OTROS | ( ) | $ |
(DESCRIBIR) |
8 - CONTRATACIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA ESPECIALIZADA (NO SERÁ MAYOR AL 10% DEL MONTO TOTAL APROBADO AL PROYECTO): | Si ( ) | NO ( ) | $ |
9.- PAGO DE ACCIONES AFIRMATIVAS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO (HASTA EL 17% DEL MONTO TOTAL APROBADO AL PROYECTO*): *PROYECTOS CON PARTICIPACIÓN DE MUJERES | Si ( ) | NO ( ) | $ |
10.- PERIODO DE EJECUCIÓN PROGRAMADO. | | |
(FECHA DE INICIO) | (FECHA DE TERMINACIÓN) |
11.-TIPO OBRA O ACCIÓN: | NUEVA | ( ) | AMPLIACIÓN | ( ) | REHABILITACIÓN | ( ) |
12.- NO. TOTAL DE BENEFICIARIOS QUE PARTICIPAN EN EL PROYECTO | | MUJERES | HOMBRES | TOTAL |
DIRECTOS: | | | |
| MUJERES | HOMBRES | GRUPO INDÍGENA |
POBLACIÓN INDIGENA: | | | |
13.- No. REGISTRO UMA: (si aplica) | | 14.- PLAN DE MANEJO DE UMA (si aplica): | SI | ( ) | NO | ( ) |
15.- SUPUESTOS DEL PROYECTO INDICAR LOS FACTORES EXTERNOS QUE SE PUEDEN PRESENTAR, SE EXPRESAN DE FORMA POSITIVA | |
16.- FORTALEZAS DEL PROYECTO | |
17.-DEBILIDADES DEL PROYECTO | |
18.- IMPACTOS ECOLÓGICOS ESPERADOS | |
19.- IMPACTOS SOCIOECONÓMICOS ESPERADOS | |
20.-CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO {El llenado de los anexos no se considera dentro de las actividades de la ejecución del proyecto} |
ACTIVIDADES | ENE | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGO | SEPT | OCT | NOV | DIC |
| | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | |
21.- MEMORIA DE CÁLCULO |
CONCEPTO | ACTIVIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | SUBTOTAL |
CONANP {Se pueden eliminar o incorporar más filas según se requiera} |
MANO DE OBRA (Jornales) | | | | | |
| | | | | |
MATERIALES | | | | | |
| | | | | |
INSUMOS | | | | | |
| | | | | |
HERRAMIENTAS Y EQUIPO | | | | | |
| | | | | |
SERVICIOS | | | | | |
| | | | | |
PAGO DE ACCIONES AFIRMATIVAS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO | | | | | |
| | | | | |
SUBTOTAL CONANP | | | | | |
APORTACIÓN DEL BENEFICIARIO DEL 20% EN CASO DE PROYECTOS PRODUCTIVOS {Solo aplica para proyectos productivos, se pueden eliminar o incorporar más filas según se requiera} |
MANO DE OBRA (Jornales) | | | | | |
MATERIALES | | | | | |
HERRAMIENTAS Y EQUIPO | | | | | |
SUBTOTAL BENEFICIARIOS | | | | | |
T O T A L | | | | | |
22.- PLANO DE LOCALIZACIÓN |
|
23.- ILUSTRACIÓN Y DISEÑO DE LA TECNOLOGÍA (SI APLICA) |
|
24.- DESCRIPCIÓN DE LA TECNOLOGÍA (SI APLICA) | |
RESPONSABLE TÉCNICO DEL PROYECTO DE LA ANP | | VO. BO. POR PARTE DEL DIRECTOR(A) DE LA ANP O DIRECTOR(A) REGIONAL |
NOMBRE | | | NOMBRE | |
CARGO | | | CARGO: | |
FIRMA | | | FIRMA | |
POR EL "COMITÉ DE SEGUIMIENTO" DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS |
(Anotar los nombre y firma de los representantes del Comité de Seguimiento y contralores sociales) |
| | | | |
| | PRESIDENTA(E) | | |
SECRETARIA(O) | | | | TESORERA(O) |
_________________________ _________________________
CONTRALOR (A) CONTRALOR (A)
ANEXO No. 6 "B"
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE 2020
EXPEDIENTE TÉCNICO DEL CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA BRIGADA DE CONTINGENCIA AMBIENTAL
1. UBICACIÓN: | ESTADO: | ANP: | MUNICIPIO: | LOCALIDAD: |
2.- MONTO ASIGNADO A LA BRIGADA: (suma de jornales, seguro, materiales y capacitación) | $ | | |
MONTO ASIGNADO AL GASTO DE OPERACIÓN: | $ | TIPO DE BRIGADA: | |
MONTO TOTAL ASIGNADO A LA BRIGADA: | $ | | |
3.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO: | PROCODES: $ | | OTROS: |
4.- PERIODO DE EJECUCIÓN: | FECHA DE INICIO: | | FECHA DE TERMINACIÓN: | |
5.-NÚMERO DE BRIGADISTAS:
BRIGADISTAS: | TOTAL | HOMBRES | MUJERES |
| | |
BRIGADISTAS INDÍGENA: | | | |
GRUPO INDÍGENA: | |
6.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES | ENE | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGO | SEPT | OCT | NOV | DIC |
FASE I | | | | | | | | | | | | |
FASE II | | | | | | | | | | | | |
FASE III | | | | | | | | | | | | |
7.- CAPACITACIÓN DE LA BRIGADA.
Si el Comité ya está capacitado solo llenar las primeras cuatro columnas del presente numeral, en caso contrario desagregar el costo del monto que se otorgará a cada curso de capacitación.
TEMA DEL CURSO | NOMBRE DEL INSTRUCTOR E INSTITUCIÓN QUE AVALA LA CAPACITACIÓN DE LA BRIGADA QUE IMPARTIRÁ LA CAPACITACIÓN | FECHA REALIZADA Ó PROGRAMADA SI SE REQUIERE | DURACIÓN DEL CURSO (No. DE HORAS QUE SE CAPACITARON O SE CAPACITARAN) | MONTO POR CURSO |
REGISTRAR EL TEMA DEL CURSO 1: | | | | |
REGISTRAR EL TEMA DEL CURSO 2: | | | | |
REGISTRAR EL TEMA DEL CURSO 3: | | | | |
| | T O T A L | | |
8.- EQUIPAMIENTO E INSUMOS DEL COMITÉ DE BRIGADA DE CONTINGENCIA
No. | EQUIPO E INSUMOS | DESCRIPCIÓN DE COMO SE EMPLEARÁ O UTILIZARÁ | CANTIDAD | COSTO UNITARIO | TOTAL |
1.- | | | | | |
*ingresar más renglones si es necesario para señalar el total del material y equipo
9.- SEGURO DE COBERTURA DE RIESGOS
NOMBRES DE LAS PERSONAS ASEGURADAS | COSTO ESTIMADO |
1.- | |
2.- | |
3.- | |
4.- | |
5.- | |
6- | |
7.- | |
8.- | |
9.- | |
*10.- | |
TOTAL | $ |
Nombre de la Aseguradora: | |
*Ingresara el Número de columnas según sean necesarias.
10.- JORNALES PROGRAMADOS
No. de personas | No. de días (NO es válido días fraccionados) | No. de Jornales | Costo de Jornal | Monto Pagado en Jornales |
| | | | |
DESCRIPCIÓN DE LAS FASES PROGRAMADAS QUE APLICARÍAN DESGLOSANDO POR EL GASTO DE JORNALES.
11.- FASE I. APLICACIÓN DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN |
ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN | FECHA PROGRAMADA | MONTO ESTIMADO |
| | |
| | |
| | |
| | |
FASE II. ATENCIÓN A CONTINGENCIAS |
ACTIVIDADES DE CONTROL Y COMBATE | FECHA PROGRAMADA | MONTO ESTIMADO |
| | |
| | |
| | |
Estructurar e instalar el esquema de combate de organización para el caso de presentarse alguna contingencia, estableciendo para ello la estructura, tiempos y movimientos (Describir el esquema de trabajo para realizar el combate) |
Combate inicial o primer ataque. (Describir acciones realizadas) 1.- 2.- 3.- |
FASE III. RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN |
ACTIVIDADES DE RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN | FECHA PROGRAMADA | MONTO ESTIMADO |
| | |
| | |
| | |
| | |
RESPONSABLE TÉCNICO DEL SEGUIMIENTO DE LA BRIGADA DEL ANP | | VO. BO. POR PARTE DEL DIRECTOR(A) DEL ANP O DIRECTOR(A) REGIONAL |
NOMBRE: | (Nombre del(la) Director(a) del ANP, Encardo(a) del Despacho del ANP o Técnico del ANP, según corresponda) | | NOMBRE: | (Nombre del (la) Director(a) del ANP o Director(a) Regional) |
CARGO: | | | CARGO: | |
FIRMA: | | | FIRMA: | |
POR EL "COMITÉ DE SEGUIMIENTO"
| | | | |
| | PRESIDENTA(E) | | |
SECRETARIA(O) | | | | TESORERA(O) |
ANEXO No. 6 "C"
TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL PROCODES 2020
PARA CURSOS DE CAPACITACIÓN O ESTUDIOS TÉCNICOS
ANOTAR EL NOMBRE DEL APOYO | NO. DE FOLIO: |
1.- INTRODUCCIÓN Y/O ANTECEDENTES
2.-OBJETIVO(S)
3.- METODOLOGÍA O PROPUESTA TÉCNICA
4.- RESULTADOS O ALCANCES
5.- TIEMPO DE EJECUCIÓN
ACTIVIDADES | ENE | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGO | SEPT | OCT | NOV | DIC |
| | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | |
*Se podrán incorporar más filas de acuerdo con las actividades necesarias.
6.-PROPUESTA ECONÓMICA
PAGO DE ACCIONES AFIRMATIVAS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO (HASTA EL 17% DEL MONTO TOTAL APROBADO AL CURSO DE CAPACITACIÓN): *CURSOS DE CAPACITACIÓN CON PARTICIPACIÓN DE MUJERES | Si ( ) | NO ( ) | $ |
*RUBRO | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | TOTAL |
PAGO DE ACCIONES AFIRMATIVAS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO | | | | |
| | | | |
HONORARIOS | | | | |
| | | | |
ALIMENTACIÓN | | | | |
| | | | |
HOSPEDAJE | | | | |
| | | | |
MATERIALES, PEPELERIA, ETC | | | | |
| | | | |
RENTA DE INSTALACIONES Y EQUIPO | | | | |
TOTAL | |
*Se podrán incorporar más filas y conceptos, asimismo se podrán eliminar conceptos que no apliquen según el caso.
7.- CRITERIOS DE LA DISTRIBUCIÓN Y ASIGNACIÓN DEL RECURSO
Justificar la distribución y asignación de los recursos en los rubros de la propuesta económica |
8.-RESPONSABLES DE EJECUCIÓN
POR "LA PERSONA BENEFICIARIA"
(Anotar los nombre y firma de los representantes del Comité de Seguimiento)
| | | | |
| | PRESIDENTA(E) | | |
SECRETARIA(O) | | | | TESORERA(O) |
POR EL "EL PRESTADOR DE SERVICIOS"
(Si aplica)
_____________________________________
POR "LA CONANP"
RESPONSABLE TÉCNICO DE LA CONANP | | VO. BO. POR PARTE DEL DIRECTOR(A) DEL ANP O DIRECTOR(A) REGIONAL |
NOMBRE | | | NOMBRE | |
CARGO: | | | CARGO: | |
FIRMA | | | FIRMA | |
ANEXO No. 7 "A" |
FORMATO DE CONVENIO DE CONCERTACIÓN DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROYECTOS) |
{descripción} = Campos que deben ser sustituidos por la información específica correspondiente. [explicación] = Instrucciones que deben tomarse en cuenta, y eliminar del convenio elaborado. |
[Eliminar el cuadro anterior en los convenios elaborados] |
COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES)
Número de Convenio_______________________
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA APOYAR EL PROYECTO DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DENOMINADO {anotar el nombre el proyecto}, EN LA LOCALIDAD {Indicar el nombre de la localidad}, MUNICIPIO {Indicar nombre del municipio}, EN EL ESTADO DE {Indicar el nombre del estado}, EN {Indicar el nombre de la Área Natural Protegida}, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. {indicar el nombre del Director de ANP o Director Regional, según corresponda}, EN SU CARÁCTER DE {Anotar cargo} A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA CONANP", Y POR LA OTRA, {en caso de que la persona beneficiaria sea una persona moral, distinta a Ejidos y Comunidades se deberá anotar la denominación o razón social de ésta, indicando el nombre de su representante legal y su carácter, en caso de que sea un grupo organizado de hombres y/o mujeres distinto a personas morales, se deberá señalar el nombre del Presidente, Secretario y Tesorero del Comité de Seguimiento señalando el carácter de cada uno y en el caso de Ejidos y Comunidades se deberá anotar el nombre del Ejido o Comunidad y el del Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal o Comunal, señalando su carácter} A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PERSONA BENEFICIARIA", DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. "LA CONANP" declara:
a) Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y que conforme al Artículo 32 BIS del mismo ordenamiento le corresponde, entre otros asuntos, promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente.
b) Que en términos del artículo 17 de la Ley Orgánica antes citada y 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, dicha Dependencia cuenta con diversos órganos administrativos desconcentrados que le están jerárquicamente subordinados, entre los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, fracción XXXI, inciso "b" del citado Reglamento, se encuentra la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a quien le corresponde ejercer las atribuciones, establecidas en el artículo 70 del citado ordenamiento reglamentario, entre las que se encuentran las que en materia de Áreas Naturales Protegidas competencia de la Federación se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas, así como en otras leyes, reglamentos, decretos y acuerdos, salvo, las que directamente correspondan al Presidente de la República, al Secretario u otra Unidad Administrativa de la Secretaría, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
c) Que para dar cumplimiento a lo previsto en el presente convenio, aportará la cantidad de {Anotar importe con número y letra} con cargo a la partida denominada "43301", del presupuesto autorizado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal.
d) Que conforme a lo previsto en el artículo 70, fracción II del mencionado Reglamento Interior, corresponde a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas formular, ejecutar y evaluar los programas de subsidios para fomentar el desarrollo de actividades prioritarias de interés general que permitan proteger, manejar y restaurar los ecosistemas y su biodiversidad a través de las comunidades rurales e indígenas ubicadas en zonas marginadas dentro de las Áreas Naturales Protegidas y en sus zonas de influencia .
e) Que conforme a lo previsto en el Artículo 79, fracciones XVIII y XXXIV del citado Reglamento Interior, corresponde al Director Regional de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación, con los sectores social y privado, así como, en cumplimiento a lo
establecido en el oficio número ________ de fecha ________, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores Regionales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio. [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba el Director Regional, de lo contrario deberá eliminarse].
Que conforme a lo previsto en el Artículo 80, fracción V del mencionado Reglamento Interior, corresponde al Director de Área Natural Protegida de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación con los sectores público, social y privado, en los que el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas lo designe para tal efecto, así como, en cumplimiento a lo establecido en el oficio número ________ de fecha ________, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores de las Áreas Naturales Protegidas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio. [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba un(a) Director(a) de ANP, de lo contrario deberá eliminarse].
e) Que tiene su domicilio en {Anotar domicilio de la Dirección de ANP o de la Dirección Regional, según corresponda}.
II. Por su parte, "LA PERSONA BENEFICIARIA" declara:
Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal y como se señala en el {Anotar No. y fecha del documento emitido por el SAT} [esta declaración se requisitará únicamente para el caso de que la persona beneficiaria tenga la obligación de estar inscrita en el RFC].
1.- Para el caso de Grupos Organizados de hombres y mujeres [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un grupo organizado, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que con fecha: _______________________, en la localidad de ___________, Municipio de__________, mediante el Acta de Constitución del Comité de Seguimiento, se constituyó el Grupo Organizado denominado {Anotar nombre del proyecto}.
b) Que los CC. {Anotar el nombre del presidente(a), secretario(a) y tesorero(a) del Comité de Seguimiento}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, fueron nombrados como representantes legales, tal y como lo acreditan con el Acta señalada en el inciso anterior.
c) Que están de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del proyecto {Anotar nombre del proyecto}.
d) Que previo a la firma del presente convenio, se integró el expediente técnico que contiene el programa de trabajo y propuesta de memoria de cálculo de los conceptos materia del mismo.
e) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señalan como su domicilio el ubicado en {Anotar domicilio del (la) Presidente(a) del Comité de Seguimiento}.
f) Que el gobierno federal no le ha otorgado otro subsidio u apoyo para destinarlo a las mismas actividades.
2.- Para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea una persona moral, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que es una persona moral denominada {Anotar la denominación o razón social de la Persona Moral , constituida mediante Escritura Pública o Acta Constitutiva número {anotar el número del Escritura Pública o Acta Constitutiva}, de fecha {anotar fecha}, otorgada ante la autoridad_{Anotar nombre de la autoridad notario público, corredor público, }, inscrita bajo el folio número {anotar número de folio y fecha}, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del {anotar el nombre del municipio y entidad federativa} (incluir en su caso las modificaciones importantes de la Escritura Pública o Acta Constitutiva). [Solo para Personas Morales].
b) Que su RFC es: _{Indicar clave de RFC}____
c) Que su objeto es {Describir el objeto señalado en el acta constitutiva o en los instrumentos jurídicos en los cuales se haya modificado}.
d) Que el C. {Anotar el nombre del representante legal} es su representante legal y acredita su personalidad con {Anotar datos del instrumento con el cual se acredita como tal}, manifestando que
sus facultades no le han sido revocadas, suspendidas, limitadas y/o modificadas.
e) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del proyecto {Anotar nombre del proyecto}.
f) Que previo a la firma del presente convenio, se integró el expediente técnico que contiene el programa de trabajo y propuesta de memoria de cálculo de los conceptos materia del mismo.
g) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {Anotar domicilio de la persona moral}.
h) Que el gobierno federal no le ha otorgado otro subsidio u apoyo para destinarlo a las mismas actividades.
3.- Para el caso de Ejidos y Comunidades [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un Ejido o Comunidad, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que el {Anotar el nombre del Ejido o Comunidad}, está constituido mediante {Anotar si se trata de una resolución presidencial, resolución judicial o escritura pública}, de fecha _____, ubicado en {anotar el nombre del Municipio y entidad federativa}.
b) Que su RFC es: {Anotar clave, en caso de tener obligación de estar inscrito}.
c) Que los CC. {Anotar el nombre del presidente, secretario y tesorero del Comisariado Ejidal}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, son los representantes legales en funciones del Ejido o Comunidad, tal y como lo acreditan con el Acta de Asamblea, de fecha_________ y Acta de Constitución del Comité de Seguimiento de fecha {Anotar fecha}.
d) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del proyecto {Anotar nombre del proyecto}.
e) Que previo a la firma del presente convenio, se integró el expediente técnico que contiene el programa de trabajo y propuesta de memoria de cálculo de los conceptos materia del mismo.
f) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {Anotar domicilio del Comisariado Ejidal}.
g) Que el gobierno federal no le ha otorgado otro subsidio u apoyo para destinarlo a las mismas actividades.
III. Ambas partes declaran:
Que es compromiso del Gobierno de México la atención prioritaria a la población indígena que vive en condiciones de pobreza y marginación social, así como promover la participación de forma equitativa de mujeres y hombres en actividades productivas.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9, 21, 32, 33, 98 y 107 de la Ley Agraria; 37, 38, 39 y 40 de la Ley de Planeación; 75 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y demás relativos del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020; 70, 79 y 80 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como en lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible para el ejercicio fiscal 2020, las partes celebran el presente convenio de concertación al tenor de las siguientes:
CLAÚSULAS
PRIMERA.- Las Partes convienen en unir sus esfuerzos y capacidades para llevar a cabo el proyecto denominado {nombre del proyecto objeto del convenio}, cuyos objetivos se enlistan a continuación:
OBJETIVOS:
{Enunciar los objetivos del proyecto objeto del convenio}.
SEGUNDA.- "LA CONANP" a través del C.______________ {indicar el nombre del Director de ANP o Director Regional} en su carácter de {indicar el cargo del funcionario que suscribe el convenio} se compromete a entregar recursos financieros, mismos que serán administrados por "LA PERSONA BENEFICIARIA", a través de {Anotar nombre del representante legal de la persona moral, o el representante del Comité de Seguimiento, según sea el caso}.
TERCERA.- Para la realización de los objetivos del presente convenio, "LA CONANP" aportará la cantidad de {cantidad con número y letra}, misma que corresponde al {anotar el porcentaje del total del apoyo que aportará la Secretaría} del costo del proyecto y la aportación del restante {anotar el porcentaje correspondiente a la aportación que realizará la persona beneficiaria} será responsabilidad de "LA PERSONA BENEFICIARIA". La aportación de "LA CONANP" proviene de los recursos presupuestales autorizados a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas en su presupuesto anual 2020, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan, sujetos de la disponibilidad del mismo. Dichos recursos serán radicados a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y serán ejercidos de acuerdo a los términos del expediente técnico que rubricado por las partes forma parte integrante del presente convenio. Estos recursos constituyen la aportación para ejecutar el {nombre del proyecto objeto del convenio}.
El primer pago por parte de "LA CONANP" se hará a más tardar veinte días hábiles posteriores a la firma del presente convenio por un monto de {cantidad con número y letra}, que representa el {50%} de la aportación total de "LA CONANP", y las siguientes ministraciones se llevarán a cabo contra el avance de obra según el calendario cabalmente documentado, las verificaciones de campo que al efecto realice el personal de "LA CONANP", de conformidad con lo previsto en el expediente técnico.
El ejercicio de los recursos se hará únicamente para los conceptos de gastos establecidos en el expediente técnico mismo que forma parte del presente convenio.
CUARTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se compromete a garantizar la participación democrática y equitativa de mujeres, hombres y población indígena y a que cada una de las actividades que se aprueben se haga con base en las directrices que en materia ambiental determine "LA CONANP".
Asimismo, "LA PERSONA BENEFICIARIA" se compromete a destinar los apoyos obtenidos exclusivamente a la ejecución de los trabajos para la realización del proyecto, en los términos previstos en el expediente técnico del presente convenio, y cuyas metas se enlistan a continuación. Cualquier cambio o modificación a lo establecido en el referido expediente técnico deberá quedar establecido en el Acta de Entrega Recepción establecido en el Anexo número 10 de las Reglas de Operación del PROCODES para el ejercicio fiscal 2020.
METAS:
El {nombre del proyecto} tiene previsto realizar:
[En este apartado se deben señalar las actividades que se desarrollarán con la ejecución del proyecto objeto del convenio. Las metas deben ser cuantificables y establecerse de acuerdo con las unidades de medida y costos unitarios máximos y límites de unidades y superficies de los conceptos objeto del apoyo del anexo No. 2 de las Reglas de Operación del PROCODES].
"LA PERSONA BENEFICIARIA" no podrá ceder los derechos y obligaciones derivados del presente convenio en forma parcial o total, a favor de cualquier otra persona.
QUINTA.- "LA CONANP" por conducto de los representantes que designe para tal efecto, tendrá acceso en todo momento a la información contable y financiera que genere el proyecto {anotar el nombre del proyecto} objeto de este convenio.
SEXTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA", se obliga a conservar las facturas, recibo de honorarios y sus medios de verificación, que cumplan con la normatividad fiscal, por un periodo de cinco años, así como entregarlos a la "LA CONANP" cuando ésta así se lo requiera.
SÉPTIMA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" y "LA CONANP" por conducto del representante que para tal efecto designe, se comprometen a levantar un acta de entrega recepción del proyecto terminado.
OCTAVA.- En caso de tratarse de un proyecto productivo "LA PERSONA BENEFICIARIA" se compromete a garantizar la operación y mantenimiento del proyecto para los fines para los cuales fue apoyado. "LA PERSONA BENEFICIARIA", deberá mantener la infraestructura del proyecto para los fines que se señala, así como estar libre de propaganda comercial ajena.
NOVENA.- Para el seguimiento de las acciones convenidas, así como para brindar la asistencia técnica y apoyo que requiera "LA PERSONA BENEFICIARIA" para el logro de los objetivos de este convenio, "LA CONANP" designa al {nombre y cargo de la persona que se designa por la Dirección Regional o del ANP, según corresponda, para el seguimiento de las acciones convenidas}.
DÉCIMA.- LA CONANP", tendrá en todo tiempo el derecho de supervisar y vigilar que las actividades se realicen conforme a las previsiones contenidas en este documento. Asimismo "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a proporcionar la información relativa a la aplicación del subsidio que, para efectos de control, vigilancia y fiscalización de los recursos otorgados, le requieran "LA CONANP" y las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, así como cualquier otra autoridad competente en materia de fiscalización del ejercicio de recursos presupuestarios federales.
Asimismo, "LA PERSONA BENEFICIARIA" facilitará la realización de auditorías que, en su caso, se lleven a cabo por parte de la Secretaría de la Función Pública, el Órgano Interno de Control en "LA SEMARNAT", o cualquier otro ente fiscalizador competente, respecto de la aplicación de los recursos federales que sean otorgados, así como a colaborar en la realización de las actividades conducentes.
DÉCIMA PRIMERA.- "LA CONANP" podrá rescindir administrativamente el presente instrumento sin responsabilidad alguna para la misma si se presentan alguna de las siguientes causas:
a) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en este instrumento y en las Reglas de Operación o la inobservancia a las mismas, leyes y/o disposiciones jurídicas aplicables.
b) Si transmite total o parcialmente, por cualquier título, los derechos derivados de este convenio.
c) Si hace mal uso de los recursos federales objeto de este instrumento.
d) Si realiza acciones diferentes a las pactadas en este instrumento.
DÉCIMA SEGUNDA.- Si "LA CONANP" considera que "LA PERSONA BENEFICIARIA" ha incurrido en algunas de las causas de rescisión administrativa que se establecen en la cláusula anterior, se observará lo siguiente:
a) Procederá a suspender temporalmente la entrega de los recursos y comunicará por escrito a la persona beneficiaria los hechos que constituyen su incumplimiento para que en un término de 10 (diez) días hábiles corrija las omisiones o irregularidades detectadas, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
b) Transcurrido el término citado en el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que la persona beneficiaria hubiera hecho valer.
c) La CONANP tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por la persona beneficiaria y en su caso, la corrección de las omisiones o irregularidades, determinará de manera fundada y motivada, si resulta procedente rescindir el convenio de concertación suscrito y comunicará por escrito a la persona beneficiaria dicha determinación en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha en la que ésta entregó a la CONANP las pruebas a que se refiere el inciso a) de la presente clausula.
d) En caso de que la CONANP determine la rescisión del convenio de concertación, se cancelará la entrega de los recursos y en la notificación a que se refiere el inciso anterior deberá prevenir a la persona beneficiaria para que en un plazo que no exceda de quince días hábiles, reintegre a la CONANP la totalidad de los recursos recibidos que no haya ejercido
La CONANP notificará a las dependencias de la Administración Pública Federal que correspondan, el incumplimiento en que incurrió la persona beneficiaria y la sanción impuesta. Las sanciones previstas en este numeral se aplicarán sin perjuicio de que se ejerciten en su contra las acciones legales que correspondan.
DÉCIMA TERCERA.- Cualquiera de las partes podrá dar por terminado anticipadamente el presente Convenio, mediante aviso por escrito, que con treinta (30) días hábiles de anticipación haga llegar a la otra, en donde se justifiquen las causas que dieron origen a tal decisión, tomándose en este caso, las medidas necesarias para evitar los perjuicios que se pudieran causar con dicha situación.
DÉCIMA CUARTA.- Las partes convienen que serán causas de terminación anticipada del presente instrumento, las siguientes:
a) La voluntad de las partes, manifiesta mediante el mecanismo previsto en la cláusula anterior del presente instrumento.
b) La imposibilidad física o jurídica para continuar con el objeto de este instrumento.
c) El caso fortuito o fuerza mayor que impidan proseguir con los fines del presente convenio.
DÉCIMA QUINTA.- El personal que cada una de las partes designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las acciones objeto de este convenio de concertación se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que de ello se derive la adquisición de algún tipo de derechos u obligaciones para la otra parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios, o como patrones sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA SEXTA.- Las partes convienen que el plazo para la realización del proyecto objeto del presente convenio será a partir del día de su firma y concluirá a más tardar (anotar fecha programada para el término del proyecto). En ningún momento la vigencia de este convenio podrá rebasar el 31 de diciembre del año 2020.
DÉCIMA SÉPTIMA.- Se garantizará el ejercicio del derecho de acceso a la información conforme a lo dispuesto en el Titulo Séptimo "Procedimiento de Acceso a la Información" de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" por su parte, se obliga a preservar y guardar la confidencialidad de la información, datos o documentos a que tenga acceso con motivo del cumplimiento del objeto del presente convenio, por lo que no podrá usarlos o revelarlos por cualquier forma o medio, ya sea en parte o en su conjunto, tanto en México como en el extranjero, subsistiendo dicha obligación aún después de haber concluido la vigencia del presente instrumento jurídico.
DÉCIMA OCTAVA El presente convenio únicamente podrá ser modificado o adicionado en cuanto a las metas y montos establecidos en el mismo, para lo cual las partes suscribirán un convenio modificatorio, el cual surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y no podrán contravenir el objeto del mismo, ni las disposiciones jurídicas que le dieron origen.
DÉCIMA NOVENA En caso de suscitarse conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, las partes se someten expresamente a la competencia de los tribunales federales de la Ciudad de México, renunciando desde este momento a la que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido, fuerza y alcance legal del presente convenio, manifiestan su voluntad de obligarse en los términos prescritos en el mismo, firmándolo por duplicado en la _______________, a los __________ días del mes de ______________ del año dos mil veinte.
Por "LA CONANP | | Por "LA PERSONA BENEFICIARIA" |
| | |
[Anotar el nombre, cargo y firma del Director(a) Regional o Director(a) del ANP, según corresponda] | | [Anotar el nombre, carácter y firma del representante legal de la persona moral distinta a Ejido y Comunidad, o de los representantes del Comité de Seguimiento, según corresponda] |
| | |
| | PRESIDENTA(E) |
| | SECRETARIA(O) |
| | TESORERA(O) |
FORMATO DEL CONVENIO DE CONCERTACIÓN DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE 2020 (CONTINGENCIAS AMBIENTALES) |
{descripción} = Campos que deben ser sustituidos por la información específica correspondiente. [explicación] = Instrucciones que deben tomarse en cuenta, y eliminar del convenio elaborado. |
[Eliminar el cuadro anterior en los convenios elaborados] |
CONVENIO DE CONCERTACIÓN DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE 2020
(BRIGADAS DE CONTINGENCIA AMBIENTAL)
Número de Convenio: ___________________
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO Y APOYO DE LA BRIGADA COMUNITARIA DE CONTIGENCIA AMBIENTAL, COMO PARTE DEL PROGRAMA DE CONSERVACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, EN LA LOCALIDAD DE {anotar el nombre de la localidad}, MUNICIPIO DE {anotar el nombre del municipio}, EN EL ESTADO DE {anotar el nombre del estado}, EN EL ÁREA NATURAL PROTEGIDA (Indicar el nombre de la ANP), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. {indicar el nombre del Director Regional o Director de ANP}, EN SU CARÁCTER DE {anotar cargo} A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA CONANP", Y POR LA OTRA, {en caso de que la persona beneficiaria sea una persona moral, distinta a Ejidos y Comunidades se deberá anotar la denominación o razón social de ésta, indicando el nombre de su representante legal y su carácter, en caso de que sea un grupo organizado de hombres y/o mujeres distinto a personas morales, se deberá señalar el nombre del Presidente, Secretario y Tesorero del Comité de Seguimiento señalando el carácter de cada uno y en el caso de Ejidos y Comunidades se deberá anotar el nombre del Ejido o Comunidad y el del Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal o Comunal, señalando su carácter}, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PERSONA BENEFICIARIA" DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAÚSULAS:
DECLARACIONES:
I. "LA CONANP" declara:
a) Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y que conforme al Artículo 32 BIS del mismo ordenamiento le corresponde, entre otros asuntos, promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente.
b) Que en términos del artículo 17 de la Ley Orgánica antes citada y 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, dicha Dependencia cuenta con diversos órganos administrativos desconcentrados que le están jerárquicamente subordinados, entre los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, fracción XXXI, inciso "b" del citado Reglamento, se encuentra la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a quien le corresponde ejercer las atribuciones, establecidas en el artículo 70 del citado ordenamiento reglamentario, entre las que se encuentran las que en materia de Áreas Naturales Protegidas competencia de la Federación se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas, así como en otras leyes, reglamentos, decretos y acuerdos, salvo, las que directamente correspondan al Presidente de la República, al Secretario u otra Unidad Administrativa de la Secretaría, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
c) Que para dar cumplimiento a lo previsto en el presente convenio, aportará la cantidad de {Anotar el importe con número y letra} con cargo a la partida denominada "{anotar el número de
partida}", del presupuesto autorizado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal.
d) Que conforme a lo previsto en el artículo 70, fracción II del mencionado Reglamento Interior, corresponde a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas formular, ejecutar y evaluar los programas de subsidios para fomentar el desarrollo de actividades prioritarias de interés general que permitan proteger, manejar y restaurar los ecosistemas y su biodiversidad a través de las comunidades rurales e indígenas ubicadas en zonas marginadas dentro de las áreas naturales protegidas, en sus zonas de influencia.
e) Que conforme a lo previsto en el Artículo 79, fracciones XVIII y XXXIV del citado Reglamento Interior, corresponde al Director Regional de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación, con los sectores social y privado, así como, en cumplimiento a lo establecido en el oficio número {anotar el número de oficio} de fecha {anotar la fecha}, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores Regionales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba el Director Regional, de lo contrario, deberá eliminarse].
Que conforme a lo previsto en el Artículo 80, fracción V del mencionado Reglamento Interior, corresponde al Director de Área Natural Protegida de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación con los sectores público, social y privado, en los que el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas lo designe para tal efecto, así como, en cumplimiento a lo establecido en el oficio número {________} de fecha {________}, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores de las Áreas Naturales Protegidas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba el Director de ANP, de lo contrario, deberá eliminarse].
f) Que tiene su domicilio en {Anotar domicilio de la Dirección de ANP o de la Dirección Regional, según corresponda}.
II. Por su parte, "LA PERSONA BENEFICIARIA" declara:
1.- Para el caso de Grupos Organizados de hombres y mujeres [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un grupo organizado, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que con fecha: {anotar día, mes y año}, en la localidad de {___________}, Municipio de {__________}, mediante el Acta del Comité de Seguimiento, se constituyó la Brigada Comunitaria de Contingencia Ambiental.
b) Que los CC. {anotar el nombre del presidente, secretario y tesorero del Comité de Seguimiento}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, fueron nombrados como representantes legales, tal y como lo acreditan con el Acta señalada en el inciso anterior.
c) Que están de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para establecer la brigada comunitaria de contingencia ambiental.
d) Que previo a la firma del presente convenio, se integró el expediente técnico y el plan de trabajo de la Brigada Comunitaria.
e) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señalan como su domicilio el ubicado en {anotar domicilio de los representantes del Comité de Seguimiento}.
f) Que el gobierno federal no le ha otorgado otro subsidio u apoyo para destinarlo a las mismas actividades.
2.- Para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades [Requisitar en caso de que la
persona beneficiaria sea una persona moral, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que es una persona moral denominada {Anotar la denominación o razón social de la Persona Moral }, constituida mediante Escritura Pública o Acta Constitutiva número {anotar el número del Escritura Pública o Acta Constitutiva}, de fecha {anotar fecha}, otorgada ante la autoridad_{Anotar nombre de la autoridad notario público, corredor público, }, inscrita bajo el folio número {anotar número de folio y fecha}, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del {anotar el nombre del municipio y entidad federativa} (incluir en su caso las modificaciones importantes de la Escritura Pública o Acta Constitutiva). [Solo para Personas Morales].
b) Que su RFC es: _{Indicar clave de RFC}____
c) Que su objeto es {Describir el objeto señalado en el acta constitutiva o en los instrumentos jurídicos en los cuales se haya modificado}.
d) Que el C. {Anotar el nombre del representante legal} es su representante legal y acredita su personalidad con {Anotar datos del instrumento con el cual se acredita como tal}, manifestando que sus facultades no le han sido revocadas, suspendidas, limitadas y/o modificadas.
e) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para establecer la brigada comunitaria de contingencia ambiental.
f) Que previo a la firma del presente convenio, se integró el expediente técnico y el plan de trabajo de la Brigada Comunitaria.
g) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {Anotar domicilio de la persona moral}.
h) Que el gobierno federal no le ha otorgado otro subsidio u apoyo para destinarlo a las mismas actividades.
3.- Para el caso de Ejidos y Comunidades [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un Ejido o Comunidad, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que el {Anotar el nombre del Ejido o Comunidad}, está constituido mediante {Anotar si se trata de una resolución presidencial, resolución judicial o escritura pública}, de fecha _____, ubicado en {anotar el nombre del Municipio y entidad federativa}.
b) Que su RFC es: {Anotar clave, en caso de tener obligación de estar inscrito}.
c) Que los CC. {Anotar el nombre del presidente, secretario y tesorero del Comisariado Ejidal}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, son los representantes legales en funciones del Ejido o Comunidad, tal y como lo acreditan con el Acta de Asamblea, de fecha_________ y Acta de Constitución del Comité de Seguimiento de fecha {Anotar fecha}.
d) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para establecer la brigada comunitaria de contingencia ambiental.
e) Que previo a la firma del presente convenio, se integró el expediente técnico y el plan de trabajo de la Brigada Comunitaria.
f) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {Anotar domicilio del Comisariado Ejidal}.
g) Que el gobierno federal no le ha otorgado otro subsidio u apoyo para destinarlo a las mismas actividades.
III. Conjuntas:
Que es compromiso del Gobierno de México la atención para prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro, la integridad de uno o varios ecosistemas; con la participación de forma equitativa de mujeres y hombres.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9, 21, 32, 33, 98 y 107 de la Ley Agraria; 37, 38, 39 y 40 de la Ley de Planeación, 75 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y demás relativos del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; 70, 79 y 80 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como en lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación y los Lineamientos Internos del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible en vigor, las partes celebran el presente convenio de concertación al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Las partes convienen en unir sus esfuerzos y capacidades para llevar a cabo el establecimiento y apoyo de la Brigada Comunitaria de Contingencia Ambiental de la Región {anotar nombre de la Dirección Regional}, objeto del presente convenio, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el Plan de Trabajo que, firmado por todas las partes, forma parte integrante del presente convenio para todos los efectos legales a que haya lugar, teniéndose aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen, y en donde se describen en forma clara y detallada las características del establecimiento y apoyo de la Brigada Comunitaria, y se precisan el lugar y las fechas en que dicha brigada deberá de realizarlas y cuyos objetivos se enlistan a continuación:
OBJETIVOS:
{Enunciar los objetivos de la brigada comunitaria} en la Fase {Anotar la fase correspondiente: Fase I Aplicación de medidas de prevención, Fase II Atención a Contingencias y Fase III Restauración y rehabilitación}.
Metas:
La brigada tiene previsto realizar:
{Anotar las metas cuantificables que se obtendrán con la ejecución de las actividades de las Fases que se van a realizar}.
SEGUNDA.- Para la realización de los objetivos del presente convenio, "LA CONANP" entregará a "LA PERSONA BENEFICIARIA" la cantidad de {Anotar la cantidad con número y letra, la cual no deberá incluir el de gasto de operación}. La aportación de "LA CONANP" proviene de los recursos presupuestales autorizados a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas en su presupuesto anual 2020, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan, sujetos de la disponibilidad del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020. Dichos recursos serán radicados a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas por conducto de la Dirección Regional {indicar el nombre de la Dirección Regional} y serán ejercidos conforme a lo señalado en el Programa de Trabajo y Expediente Técnico de la Brigada Comunitaria de Contingencia Ambiental.
TERCERA.- "LA CONANP" podrá realizar el pago total de los recursos establecidos en este convenio a favor de "LA PERSONA BENEFICIARIA", si la contingencia a atender así lo requiere. En caso contrario, el primer pago por parte de "LA CONANP" se hará a más tardar veinte días hábiles posteriores a la firma del presente convenio por un monto de {cantidad con número y letra}, que representa el {50%} de la aportación total de "LA CONANP", y las siguientes ministraciones se llevarán a cabo contra avance de obra según el calendario y las verificaciones de campo que al efecto realice el personal de "LA CONANP", de conformidad con lo previsto en el expediente técnico.
El ejercicio de los recursos se hará únicamente para los conceptos de gastos establecidos en el Expediente Técnico mismo que forma parte del presente convenio.
CUARTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se compromete a garantizar la participación responsable de los integrantes de las brigadas, así como garantizar las condiciones técnicas para la organización y realización de los trabajos de las mismas.
Asimismo, "LA PERSONA BENEFICIARIA", se compromete a destinar los recursos aportados por "LA CONANP" única y exclusivamente al pago de las actividades establecidas en el Plan de Trabajo y Expediente Técnico de la Brigada de Contingencia Ambiental.
QUINTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a contratar un seguro para la cobertura de riesgos en términos de lo establecido en los Lineamientos Internos del PROCODES.
SEXTA.- Para el seguimiento de las acciones convenidas, así como para brindar la orientación y apoyo que requieran las partes y para el logro de los objetivos de este convenio, "LA CONANP" designa a {nombre y cargo de la persona que designa el Director Regional o Director del ANP para el seguimiento de las acciones convenidas}.
SÉPTIMA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA", a través del Comité de Seguimiento, se obliga a conservar las facturas, recibo de honorarios y sus medios de verificación, de los recursos financieros objeto de este convenio, por un periodo de cinco años a partir de su emisión, así como a entregarlos a "LA CONANP" cuando ésta así se lo requiera.
OCTAVA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" y "LA CONANP", por conducto del representante que para tal efecto designe, se comprometen a levantar un acta de entrega recepción de las acciones realizadas.
NOVENA.- La Secretaría de la Función Pública llevará a cabo el seguimiento, evaluación y control de las acciones materia de este convenio, en el ámbito de su competencia.
DÉCIMA.- "LA CONANP" podrá rescindir administrativamente el presente instrumento sin responsabilidad alguna para la misma si "LA PERSONA BENEFICIARIA" incurre en alguno de los siguientes supuestos:
a) Si transmite total o parcialmente, por cualquier título, los derechos derivados de este convenio.
b) Si hace mal uso de los recursos federales objeto de este instrumento.
c) Si realiza acciones diferentes a las pactadas en este instrumento.
d) En general, por el incumplimiento de "LA PERSONA BENEFICIARIA" a cualquiera de sus obligaciones que deriven de este convenio, de las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible, así como de sus Lineamientos Internos.
DÉCIMA PRIMERA.- Si "LA CONANP" considera que "LA PERSONA BENEFICIARIA" ha incurrido en algunas de las causas de rescisión administrativa que se consignan en la cláusula anterior, se observará lo siguiente:
a) Procederá a suspender temporalmente la entrega de los recursos, y comunicará por escrito a "LA PERSONA BENEFICIARIA" los hechos que constituyen su incumplimiento para que, en un término de 10 (diez) días hábiles, corrija las omisiones o irregularidades detectadas, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
b) Transcurrido el término citado en el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que "LA PERSONA BENEFICIARIA" hubiera hecho valer.
c) "LA CONANP", tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por "LA PERSONA BENEFICIARIA" y en su caso, la corrección de omisiones o irregularidades determinará de manera fundada y motivada, si resulta procedente la rescisión del Convenio de Concertación suscrito y comunicará por escrito a "LA PERSONA BENEFICIARIA"dicha determinación en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha en la que "LA PERSONA BENEFICIARIA" entregó a "LA CONANP" las pruebas a que se refiere el inciso a) de la presente clausula.
d) En caso de que "LA CONANP" determine la rescisión del Convenio de Concertación, se cancelará la entrega de los recursos y en la notificación a que se refiere el inciso anterior, deberá prevenir a "LA PERSONA BENEFICIARIA" para que en un plazo que no exceda de quince días hábiles, reintegre a "LA CONANP" la totalidad de los recursos recibidos de los cuales no se acredite su ejercicio.
La CONANP notificará a las dependencias de la Administración Pública Federal que correspondan, el incumplimiento en que incurrió la persona beneficiaria y la sanción impuesta. Las sanciones previstas en este numeral se aplicarán sin perjuicio de que se ejerciten en su contra las acciones legales que correspondan.
DÉCIMA SEGUNDA.- Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente Convenio mediante aviso por escrito, que con treinta (30) días hábiles de anticipación haga llegar a la otra. En éste, se justificarán las causas que dieron origen a tal decisión, tomándose en ese caso, las medidas necesarias para evitar los perjuicios que se pudieran causar con dicha situación.
DÉCIMA TERCERA.- Las partes convienen que serán causas de terminación del presente instrumento, las siguientes:
a) La voluntad de las partes, manifiesta mediante el mecanismo previsto en la cláusula anterior del presente instrumento.
b) La imposibilidad física o jurídica para continuar con el objeto de este instrumento.
c) El caso fortuito o fuerza mayor que impidan proseguir con los fines del presente convenio.
DÉCIMA CUARTA.- El personal que cada una de las partes designe, comisione o contrate, con motivo de la ejecución de las acciones objeto de este convenio de concertación, se entenderá que quedará exclusivamente relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que de ello se derive la adquisición de algún tipo de derechos u obligaciones para la otra parte. Por esto, en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios o como patrones sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativo o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quisiera fincar.
DÉCIMA QUINTA.- Las partes convienen que el plazo para la realización del objeto del presente Convenio será a partir del día de su firma y concluirá a más tardar {anotar fecha programada para el término de la brigada de contingencia ambiental}. En ningún momento la vigencia de este convenio podrá rebasar el 31 de diciembre del año 2020.
DÉCIMA SEXTA.- Se garantizará el ejercicio del derecho de acceso a la información conforme a lo dispuesto en el Titulo Séptimo "Procedimiento de Acceso a la Información" de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" por su parte, se obliga a preservar y guardar la confidencialidad de la información, datos o documentos a que tenga acceso con motivo del cumplimiento del objeto del presente convenio, por lo que no podrá usarlos o revelarlos por cualquier forma o medio, ya sea en parte o en su conjunto, tanto en México como en el extranjero, subsistiendo dicha obligación aún después de haber concluido la vigencia del presente instrumento jurídico.
DÉCIMA SÉPTIMA.- El presente Convenio únicamente podrá ser modificado en cuanto a las metas y montos establecidos en el mismo. Dichas modificaciones entrarán en vigor el día en el que se suscriban y no podrán contravenir el objeto del mismo, ni las disposiciones jurídicas que le dieron origen.
DÉCIMA OCTAVA.- En caso de suscitarse conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, las partes se someten expresamente a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciando desde este momento a la que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
El presente Convenio se firma por duplicado en la ___________, a los ___días del mes de ________________ del año dos mil veinte.
Por "LA CONANP | | Por "LA PERSONA BENEFICIARIA" |
| | |
[Anotar el nombre, cargo y firma del Director(a) Regional o Director(a) del ANP, según corresponda] | | [Anotar el nombre, carácter y firma del representante legal de la persona moral distinta a Ejido y Comunidad, o de los representantes del Comité de Seguimiento, según corresponda] |
| | |
| | PRESIDENTA(E) |
| | SECRETARIA(O) |
| | TESORERA(O) |
ANEXO No. 8 "A" |
FORMATO DEL CONVENIO DE CONCERTACION DEL PROGRAMA DE CONSERVACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (ESTUDIO TÉCNICO O CURSO DE CAPACITACIÓN CON PRESTADOR DE SERVICIOS) |
{descripción} = Campos que deben ser sustituidos por la información específica correspondiente. [explicación] = Instrucciones que deben tomarse en cuenta, y eliminar del convenio elaborado. |
[Eliminar el cuadro anterior en los convenios elaborados] |
COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES)
Número de Convenio: ___________________________
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA APOYAR EL {anotar el nombre del estudio técnico o curso de capacitación}, EN LA LOCALIDAD {Indicar el nombre de la localidad}, MUNICIPIO {Indicar nombre del municipio}, EN EL ESTADO DE {Indicar el nombre del estado}, EN {Indicar el nombre de la Área Natural Protegida }, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. {indicar el nombre del Director de ANP o Director Regional, según corresponda}, EN SU CARÁCTER DE {Anotar cargo}, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA CONANP", Y POR LA OTRA, {en caso de que la persona beneficiaria sea una persona moral, distinta a Ejidos y Comunidades se deberá anotar la denominación o razón social de está, indicando el nombre de su representante legal y su carácter, en caso de que sea un grupo organizado de hombres y/o mujeres, distinto a personas morales, se deberá señalar el nombre del Presidente, Secretario y Tesorero del Comité de Seguimiento señalando el carácter de cada uno y en el caso de Ejidos y Comunidades se deberá anotar el nombre del Ejido o Comunidad y el del Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal o Comunal, señalando su carácter}, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PERSONA BENEFICIARIA" Y {anotar el nombre del Prestador de servicios} A QUIEN EN ADELANTE SE DESIGNARÁ COMO "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. "LA CONANP" declara:
a) Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y que conforme al Artículo 32 BIS del mismo ordenamiento le corresponde, entre otros asuntos, promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente.
b) Que en términos del artículo 17 de la Ley Orgánica antes citada y 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, dicha Dependencia cuenta con diversos órganos administrativos desconcentrados que le están jerárquicamente subordinados, entre los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, fracción XXXI, inciso "b" del citado Reglamento, se encuentra la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a quien le corresponde ejercer las atribuciones, establecidas en el artículo 70 del citado ordenamiento reglamentario, entre las que se encuentran las que en materia de Áreas Naturales Protegidas competencia de la Federación se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas, así como en otras leyes, reglamentos, decretos y acuerdos, salvo, las que directamente correspondan al Presidente de la República, al Secretario u otra Unidad Administrativa de la Secretaría, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
c) Que para dar cumplimiento a lo previsto en el presente convenio, aportará la cantidad de {importe con número y letra} con cargo a la partida denominada "43301", del presupuesto autorizado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal.
d) Que conforme a lo previsto en el artículo 70, fracción II del mencionado Reglamento Interior, corresponde a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas formular, ejecutar y evaluar los programas de subsidios para fomentar el desarrollo de actividades prioritarias de interés general que permitan proteger, manejar y restaurar los ecosistemas y su biodiversidad a través de las comunidades rurales e indígenas ubicadas en zonas marginadas dentro de las áreas naturales protegidas y en sus zonas de influencia.
e) Que conforme a lo previsto en el Artículo 79, fracciones XVIII y XXXIV del citado Reglamento Interior, corresponde al Director Regional de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación, con los sectores social y privado, así como, en cumplimiento a lo establecido en el oficio número ________ de fecha ________, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores Regionales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio. [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba el Director Regional, de lo contrario deberá eliminarse].
Que conforme a lo previsto en el Artículo 80, fracción V del mencionado Reglamento Interior, corresponde al Director de Área Natural Protegida de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación con los sectores público, social y privado, en los que el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas lo designe para tal efecto, así como, en cumplimiento a lo establecido en el oficio número ________ de fecha ________, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores de las Áreas Naturales Protegidas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio. [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba un(a) Director(a) de ANP, de lo contrario deberá eliminarse].
f) Que tiene su domicilio en {Domicilio de la Dirección de ANP o de la Dirección Regional, según corresponda}.
II.- Por su parte, "LA PERSONA BENEFICIARIA" declara:
Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal y como se señala en el {Anotar no. y fecha del documento emitido por el SAT}, [esta declaración se requisitará únicamente para el caso de que la persona beneficiaria tenga la obligación de estar inscrita en el RFC].
1.- Para el caso de Grupos Organizados de hombres y mujeres [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un grupo organizado, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que con fecha: _______________________, en la localidad de ___________, Municipio de__________, mediante el Acta del Comité de Seguimiento, se constituyó el Grupo Organizado denominado {Anotar nombre curso de capacitación o estudio técnico}.
b) Que los CC. {Anotar el nombre del presidente, secretario y tesorero del Comité de Seguimiento}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, fueron nombrados como representantes legales, tal y como lo acreditan con el Acta señalada en el inciso anterior.
c) Que están de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del {Anotar si se trata de un curso de capacitación o estudio técnico}.
d) Que previo a la firma del presente convenio, se integraron los términos de referencia que contienen el programa de trabajo y la propuesta de memoria de cálculo del {Anotar si se trata de estudio técnico o curso de capacitación}.
e) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señalan como su domicilio el ubicado en {Anotar domicilio del (la) Presidente(a) del Comité de Seguimiento}.
2.- Para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea una persona moral, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que es una persona moral denominada {Anotar la denominación o razón social de la Persona Moral }, constituida mediante Escritura Pública o Acta Constitutiva número {anotar el número del Escritura Pública o Acta Constitutiva}, de fecha {anotar fecha}, otorgada ante la autoridad_{Anotar nombre de la autoridad notario público, corredor público, inscrita bajo el folio número {anotar número de folio y fecha}, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del {anotar el nombre del municipio y entidad federativa} (incluir en su caso las modificaciones importantes de la Escritura Pública o Acta Constitutiva). [Solo para Personas Morales].
b) Que su RFC es: {Indicar clave del RFC}
c) Que su objeto es {describir el objeto señalado en el acta constitutiva o en los instrumentos jurídicos en los cuales se haya modificado}.
d) Que el C. {anotar el nombre del representante legal} es su representante legal y acredita su personalidad con {Anotar datos del instrumento con el cual se acredita como tal}, manifestando que las mismas no les han sido revocadas, suspendidas, limitadas y/o modificadas.
e) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del {Anotar si se trata de un curso de capacitación o estudio técnico y el nombre del mismo}.
f) Que previo a la firma del presente convenio, se integraron los términos de referencia que contienen el programa de trabajo y la propuesta de memoria de cálculo del {Anotar si se trata de estudio técnico o curso de capacitación}.
g) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {anotar domicilio de la persona moral}.
3.- Para el caso de Ejidos y Comunidades [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un Ejido o Comunidad, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que el {Anotar el nombre del Ejido o Comunidad}, está constituido mediante {Anotar si se trata de una resolución presidencial, resolución judicial o escritura pública}, de fecha _____, ubicado en {anotar el nombre del Municipio y entidad federativa}.
b) Que su RFC es: {Anotar clave, en caso de tener obligación de estar inscrito}.
c) Que los CC. {anotar el nombre del presidente, secretario y tesorero del Comisariado Ejidal}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, son los representantes legales en funciones del Ejido o Comunidad, tal y como lo acreditan con el Acta de Asamblea, de fecha_________ y Acta de Constitución del Comité de Seguimiento de fecha {Anotar fecha}.
d) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del {Anotar el nombre del curso de capacitación o estudio técnico}.
e) Que previo a la firma del presente convenio, se integraron los términos de referencia que contienen el programa de trabajo y la propuesta de memoria de cálculo del {Anotar si se trata de estudio técnico o curso de capacitación}.
f) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {anotar domicilio del Comisariado Ejidal}.
III. Por su parte, "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" declara:
a) Que el C._______________________, que se identifica oficialmente con {anotar el número y nombre de la identificación oficial del Prestador de servicios}, y en su caso que representa a {en caso de convenir con una persona moral se deberá anotar el nombre de la Institución Académica, de investigación, organización o asociación a la que representa}.
b) Que de conformidad con su formación académica, experiencia laboral tiene conocimientos en {Si se trata de una persona moral escribir lo que marcan sus estatutos como objeto social}.
c) Que conoce los términos de referencia que contiene las especificaciones del {anotar el nombre del estudio técnico o curso de capacitación, según corresponda} bajo los cuales se realizarán los trabajos materia del presente convenio, para lo cual cuenta con la capacidad técnica necesaria para ejecutarlos.
d) Que para los efectos legales del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en {anotar el nombre del domicilio con calle, número, localidad, municipio, estado y código postal}.
e) Que los términos técnicos y operativos el responsable será el C. {anotar el nombre del responsable de realizar el estudio o curso}
V. Conjuntas:
Que es compromiso del Gobierno de México la atención prioritaria a la población indígena que vive en condiciones de pobreza y marginación social, así como promover la participación de forma equitativa de mujeres y hombres en actividades productivas.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9, 21, 32, 33, 98 y 107 de la Ley Agraria; 37, 38, 39 y 40 de la Ley de Planeación; 75 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y demás relativos del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; 70, 79 y 80 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como en lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible del ejercicio fiscal 2020 las partes celebran el presente convenio de concertación al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- "LA CONANP" y "LA PERSONA BENEFICIARIA" encomiendan a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" y éste se obliga a realizar el {nombre del estudio técnico o curso de capacitación} objeto del convenio, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en los términos de referencia que firmados por todas las partes forman parte integrante del presente convenio para todos los efectos legales a que haya lugar, teniéndose aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen y en donde se describe en forma clara y detallada las características del {anotar: estudio técnico o curso de capacitación, según corresponda} que se obliga a realizar "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" y se precisan el lugar y las fechas en que el mismo deberá ser realizado, y cuyos objetivos se enlistan a continuación:
OBJETIVOS:
{Enunciar los objetivos del estudio técnico o curso de capacitación objeto del convenio}.
[En caso de que se trate de un curso de capacitación en este apartado se deberán incluir el número de horas que se impartirán]
METAS:
En el {Anotar el nombre de estudio o curso} se tiene previsto realizar:
[En este apartado se deberán anotar las metas cuantificables que se obtendrán con la ejecución del estudio o cursos objeto del convenio].
SEGUNDA.- Para la realización de los objetivos del presente convenio "LA CONANP" entregará a "LA PERSONA BENEFICIARIA" a través de {Anotar nombre del representante legal de la persona moral, o de los representantes del Comité de Seguimiento, según sea el caso.} la cantidad de {Anotar la cantidad con número y letra}, la cual será destinada para pagar la cantidad de {Anotar la cantidad con número y letra} al "EL PRESTADOR DE SERVICIOS". La aportación de "LA CONANP" proviene de los recursos presupuestales autorizados en su presupuesto anual 2020, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan, sujetos de la disponibilidad del mismo. Dichos recursos serán radicados a través de "LA CONANP" y serán ejercidos conforme a lo señalado en los términos de referencia del {anotar el nombre de estudio técnico o curso de capacitación}.
TERCERA.- El primer pago por parte de "LA CONANP" a favor de "LA PERSONA BENEFICIARIA" se hará a más tardar veinte días hábiles posteriores a la firma del presente convenio, por un monto de {cantidad con número y letra}, que representa el {50%} del monto total del {anotar: estudio técnico o curso de capacitación, según corresponda} y las siguientes ministraciones se llevarán a cabo contra el avance de los trabajos comprometidos en el convenio de concertación y términos de referencia respectivos, los cuales deberán estar cabalmente documentados por "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" ante "LA PERSONA BENEFICIARIA" y ante el personal de "LA CONANP", la última ministración se hará contra el informe final y los productos comprometidos en el convenio de concertación y términos de referencia.
El ejercicio de los recursos se hará únicamente para los conceptos de gastos establecidos en los términos de referencia mismos que forman parte del presente convenio.
CUARTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se compromete a garantizar la participación democrática de mujeres, hombres y población indígena en cada una de las actividades que se aprueben para la realización del {Anotar si se trata de curso de capacitación o estudio técnico}, así como garantizar las condiciones técnicas para la organización y realización de los mismos.
Asimismo, "LA PERSONA BENEFICIARIA", se compromete a destinar los recursos aportados por "LA CONANP", única y exclusivamente al pago de los servicios que preste "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" al amparo del presente Convenio.
QUINTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA", se compromete a devolver los recursos en caso de que sea sancionada con la rescisión del presente convenio de concertación.
SEXTA.- Para el seguimiento de las acciones convenidas, así como para brindar la orientación y apoyo que requieran las partes para el logro de los objetivos de este convenio, "LA CONANP" designa al {nombre y cargo de la persona que designa la Dirección Regional o Dirección de ANP, según corresponda para el seguimiento de las acciones convenidas}.
SÉPTIMA.- Las partes acuerdan que el presente convenio podrá ser rescindido administrativamente en caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas, y al respecto se establece que cuando "LA CONANP" sea la que determine su rescisión, ésta se realizará de conformidad con el procedimiento pactado en la cláusula Octava sin responsabilidad para la misma; si es "LA PERSONA BENEFICIARIA" o "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" quien desea rescindirlo, será necesario que obtengan resolución emitida por el órgano jurisdiccional competente en la que se declare dicha rescisión.
Serán causas de rescisión del presente convenio, cuando "LA PERSONA BENEFICIARIA" o "EL PRESTADOR DE SERVICIOS":
a) Incumpla cualquiera de las obligaciones pactadas en este instrumento y en las Reglas de Operación o la inobservancia a las leyes y/o disposiciones jurídicas aplicables con relación al presente convenio.
b) Haga mal uso de los recursos federales objeto de este instrumento.
c) Realice acciones diferentes a las pactadas en este instrumento.
OCTAVA.- Si "LA CONANP" considera que "LA PERSONA BENEFICIARIA" ha incurrido en algunas de las causas de rescisión administrativa que se establecen en la cláusula anterior, se observará lo siguiente:
a) Procederá a suspender temporalmente la entrega de los recursos y comunicará por escrito a la persona beneficiaria los hechos que constituyen su incumplimiento para que en un término de 10 (diez) días hábiles corrija las omisiones o irregularidades detectadas, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
b) Transcurrido el término citado en el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que la persona beneficiaria hubiera hecho valer.
c) La CONANP tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por la persona beneficiaria y en su caso, la corrección de las omisiones o irregularidades, determinará de manera fundada y motivada, si resulta procedente rescindir el convenio de concertación suscrito y comunicará por escrito a la persona beneficiaria dicha determinación en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha en la que ésta entregó a la CONANP las pruebas a que se refiere el inciso a) de la presente cláusula.
d) En caso de que la CONANP determine la rescisión del convenio de concertación, se cancelará la entrega de los recursos y en la notificación a que se refiere el inciso anterior deberá prevenir a la persona beneficiaria para que en un plazo que no exceda de quince días hábiles, reintegre a la CONANP la totalidad de los recursos recibidos que no haya ejercido.
La CONANP notificará a las dependencias de la Administración Pública Federal que correspondan, el incumplimiento en que incurrió la persona beneficiaria y la sanción impuesta. Las sanciones previstas en este numeral se aplicarán sin perjuicio de que se ejerciten en su contra las acciones legales que correspondan.
NOVENA.- "LA CONANP" podrá dar por terminado anticipadamente el presente convenio, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el {curso de capacitación o estudio técnico} originalmente convenido y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado.
DÉCIMA.- El personal que cada una de las partes designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las acciones objeto de este convenio de concertación se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que de ello se derive la adquisición de algún tipo de derechos u obligaciones para la otra parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios, o como patrones sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA PRIMERA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" y/o "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" no podrán ceder a terceras personas los derechos y obligaciones derivados del presente convenio, ya sea los correspondientes a una parte o a la totalidad del servicio objeto del mismo.
DÉCIMA SEGUNDA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" y "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" se comprometen a que en la difusión, publicación y divulgación de los productos resultantes de las acciones previstas en el objeto del presente convenio, se deberá hacer mención de que los mismos son resultado del apoyo otorgado por la CONANP, a través del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible 2020.
DÉCIMA TERCERA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" y "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" aceptan que la CONANP podrá utilizar en sus funciones la información o resultados derivados de las actividades desarrolladas al amparo del presente instrumento, sin que con ello afecte derechos patrimoniales o de autor.
DÉCIMA CUARTA. Se garantizará el ejercicio del derecho de acceso a la información conforme a lo dispuesto en el Titulo Séptimo "Procedimiento de Acceso a la Información" de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" por su parte, se obliga a preservar y guardar la confidencialidad de la información, datos o documentos a que tenga acceso con motivo del cumplimiento del objeto del presente convenio, por lo que no podrá usarlos o revelarlos por cualquier forma o medio, ya sea en parte o en su conjunto, tanto en México como en el extranjero, subsistiendo dicha obligación aún después de haber concluido la vigencia del presente instrumento jurídico.
DÉCIMA QUINTA.- Las partes convienen que el plazo para la realización del (anotar nombre del estudio técnico o curso de capacitación) objeto del presente convenio será del día de su firma y concluirá a más tardar (anotar fecha programada para el término del estudio técnico o curso de capacitación). En ningún momento la vigencia de este convenio podrá rebasar el 31 de diciembre del año 2020.
DÉCIMA SEXTA.- El presente convenio únicamente podrá ser modificado o adicionado en cuanto a las metas y montos establecidos en el mismo, para lo cual las partes suscribirán un convenio modificatorio, el cual surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y no podrán contravenir el objeto del mismo, ni las disposiciones jurídicas que le dieron origen.
DÉCIMA SÉPTIMA.- En caso de suscitarse conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, las partes se someten expresamente a la competencia de los tribunales federales de la Ciudad de México, renunciando desde este momento a la que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido, fuerza y alcance legal del presente convenio, manifiestan su voluntad de obligarse en los términos prescritos en el mismo, firmándolo por triplicado en ______________, a los __________ días del mes de ______________ del año dos mil veinte.
Por "LA CONANP" | | Por "LA PERSONA BENEFICIARIA" | | Por "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" |
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[Anotar el nombre, cargo y firma del Director(a) Regional o Director(a) del ANP, según corresponda] | | [Anotar el nombre, carácter y firma del representante legal de la persona moral distinta a Ejido y Comunidad, o de los representantes del Comité de Seguimiento, según corresponda] | | [Anotar el nombre y firma del Prestador de servicios] |
| | | | |
| | PRESIDENTA(E) | | |
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| | SECRETARIA(O) | | |
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ANEXO No. 8 "B" |
FORMATO DEL CONVENIO DE CONCERTACIÓN DEL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES) (CURSO DE CAPACITACIÓN SIN PRESTADOR DE SERVICIOS) |
{descripción} = Campos que deben ser sustituidos por la información específica correspondiente. [explicación] = Instrucciones que deben tomarse en cuenta, y eliminar del convenio elaborado. |
[Eliminar el cuadro anterior en los convenios elaborados] |
COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES)
Número de Convenio: ___________________________
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA APOYAR EL {anotar el nombre del curso de capacitación}, EN LA LOCALIDAD {Indicar el nombre de la localidad}, MUNICIPIO {Indicar nombre del municipio}, EN EL ESTADO DE {Indicar el nombre del estado}, EN {Indicar el nombre del Área Natural Protegida }, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. {indicar el nombre del Director de ANP o Director Regional, según corresponda}, EN SU CARÁCTER DE {Anotar cargo}, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA CONANP", Y POR LA OTRA, {en caso de que la persona beneficiaria sea una persona moral, distinto a Ejidos y Comunidades se deberá anotar la denominación o razón social de ésta, indicando el nombre de su representante legal y su carácter, en caso de que sea un grupo organizado de hombres y/o mujeres, distinto a personas morales, se deberá señalar el nombre del Presidente, Secretario y Tesorero del Comité de Seguimiento señalando el carácter de cada uno y en el caso de Ejidos y Comunidades se deberá anotar el nombre del Ejido o Comunidad y el del Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal o Comunal, señalando su carácter}, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PERSONA BENEFICIARIA", DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. "LA CONANP" declara
a) Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y que conforme al Artículo 32 BIS del mismo ordenamiento le corresponde, entre otros asuntos, promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente.
b) Que en términos del artículo 17 de la Ley Orgánica antes citada y 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, dicha Dependencia cuenta con diversos órganos administrativos desconcentrados que le están jerárquicamente subordinados, entre los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, fracción XXXI, inciso "b" del citado Reglamento, se encuentra la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a quien le corresponde ejercer las atribuciones, establecidas en el artículo 70 del citado ordenamiento reglamentario, entre las que se encuentran las que en materia de Áreas Naturales Protegidas competencia de la Federación se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas, así como en otras leyes, reglamentos, decretos y acuerdos, salvo, las que directamente correspondan al Presidente de la República, al Secretario u otra Unidad Administrativa de la Secretaría, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
c) Que para dar cumplimiento a lo previsto en el presente convenio, aportará la cantidad de {importe con número y letra} con cargo a la partida denominada "43301", del presupuesto autorizado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal.
d) Que conforme a lo previsto en el artículo 70, fracción II del mencionado Reglamento Interior, corresponde a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas formular, ejecutar y evaluar los programas de subsidios para fomentar el desarrollo de actividades prioritarias de interés
general que permitan proteger, manejar y restaurar los ecosistemas y su biodiversidad a través de las comunidades rurales e indígenas ubicadas en zonas marginadas dentro de las áreas naturales protegidas y en sus zonas de influencia.
e) Que conforme a lo previsto en el Artículo 79, fracciones XVIII y XXXIV del citado Reglamento Interior, corresponde al Director Regional de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación, con los sectores social y privado, así como, en cumplimiento a lo establecido en el oficio número ______ de fecha ________, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores Regionales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba el Director Regional, de lo contrario deberá eliminarse].
Que conforme a lo previsto en el Artículo 80, fracción V del mencionado Reglamento Interior, corresponde al Director de Área Natural Protegida de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, suscribir convenios de concertación con los sectores público, social y privado, en los que el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas lo designe para tal efecto, así como, en cumplimiento a lo establecido en el oficio número ________ de fecha ________, por el cual el Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, designa a los Directores de las Áreas Naturales Protegidas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para la suscripción del presente convenio [Esta declaración deberá requisitarse únicamente en los convenios que suscriba un(a) Director(a) de ANP, de lo contrario deberá eliminarse].
f) Que tiene su domicilio en {Domicilio de la Dirección de ANP o de la Dirección Regional, según corresponda}.
II.- Por su parte, "LA PERSONA BENEFICIARIA" declara:
Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal y como se señala en el {Anotar no. y fecha del documento emitido por el SAT}, [esta declaración se requisitará únicamente para el caso de que la persona beneficiaria tenga la obligación de estar inscrita en el RFC].
1.- Para el caso de Grupos Organizados de hombres y mujeres [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un grupo organizado, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que con fecha: _______________________, en la localidad de ___________, Municipio de__________, mediante el Acta del Comité de Seguimiento, se constituyó el Grupo Organizado denominado {Anotar nombre del curso de capacitación}.
b) Que los CC. {Anotar el nombre del presidente, secretario y tesorero del Comité de Seguimiento}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, fueron nombrados como representantes legales, tal y como lo acreditan con el Acta señalada en el inciso anterior.
c) Que están de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del {Anotar si se trata de un curso de capacitación}.
d) Que previo a la firma del presente convenio, se integraron los términos de referencia que contienen el programa de trabajo y la propuesta de memoria de cálculo del {Anotar el nombre del curso de capacitación}.
e) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señalan como su domicilio el ubicado en {Anotar domicilio del (la) Presidente(a) del Comité de Seguimiento}.
2.- Para el caso de personas morales distintas a ejidos y comunidades [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea una persona moral, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que es una persona moral denominada {Anotar la denominación o razón social de la Persona Moral }, constituida mediante Escritura Pública o Acta Constitutiva número {anotar el número de la Escritura Pública o Acta Constitutiva}, de fecha {anotar fecha}, otorgada ante la autoridad_{Anotar nombre de la autoridad notario público, corredor público}, inscrita bajo el folio número {anotar número de folio y fecha}, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del {anotar el nombre del municipio y entidad federativa} (incluir en su caso las modificaciones importantes de la Escritura Pública o Acta Constitutiva). [Solo para Personas Morales].
b) Que su RFC es: {Indicar clave del RFC}
c) Que su objeto es {describir el objeto señalado en el acta constitutiva o en los instrumentos jurídicos en los cuales se haya modificado}.
d) Que el C. {anotar el nombre del representante legal} es su representante legal y acredita su personalidad con {Anotar datos del instrumento con el cual se acredita como tal}, manifestando que
las mismas no les han sido revocadas, suspendidas, limitadas y/o modificadas.
e) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del {Anotar el nombre del curso de capacitación}.
f) Que previo a la firma del presente convenio, se integraron los términos de referencia que contienen el programa de trabajo y la propuesta de memoria de cálculo del {Anotar el nombre del curso de capacitación}.
g) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {anotar domicilio de la persona moral}.
3.- Para el caso de Ejidos y Comunidades [Requisitar en caso de que la persona beneficiaria sea un Ejido o Comunidad, en caso de no aplicar, deberá eliminarse el numeral con sus respectivos incisos]:
a) Que el {Anotar el nombre del Ejido o Comunidad}, está constituido mediante {Anotar si se trata de una resolución presidencial, resolución judicial o escritura pública}, de fecha _____, ubicado en {anotar el nombre del Municipio y entidad federativa}.
b) Que su RFC es: {Anotar clave, en caso de tener obligación de estar inscrito}.
c) Que los CC. {anotar el nombre del presidente, secretario y tesorero del Comisariado Ejidal}, en su carácter de presidente, secretario y tesorero, respectivamente, son los representantes legales en funciones del Ejido o Comunidad, tal y como lo acreditan con el Acta de Asamblea, de fecha_________ y Acta de Constitución del Comité de Seguimiento de fecha {Anotar fecha}.
d) Que está de acuerdo con el apoyo que le otorga "LA CONANP" para el desarrollo del {Anotar el nombre del curso de capacitación}.
e) Que previo a la firma del presente convenio, se integraron los términos de referencia que contienen el programa de trabajo y la propuesta de memoria de cálculo del {Anotar el nombre del curso de capacitación}.}.
f) Que para los efectos legales del presente convenio de concertación, señala como su domicilio el ubicado en {anotar domicilio del Comisariado Ejidal}.
III. Ambas partes declaran:
Que es compromiso del Gobierno de México la atención prioritaria a la población indígena que vive en condiciones de pobreza y marginación social, así como promover la participación de forma equitativa de mujeres y hombres en actividades productivas.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9, 21, 32, 33, 98 y 107 de la Ley Agraria; 37, 38, 39 y 40 de la Ley de Planeación; 75 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y demás relativos del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020; 70, 79 y 80 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como en lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible del ejercicio fiscal 2020, las partes celebran el presente convenio de concertación al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se obliga a realizar el {Anotar el nombre del curso de capacitación} objeto del convenio, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en los términos de referencia que firmados por todas las partes forman parte integrante del presente convenio para todos los efectos legales a que haya lugar, teniéndose aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen y en donde se describe en forma clara y detallada las características del {Anotar el nombre del curso de capacitación} y se precisan el lugar y las fechas en que el mismo deberá ser realizado, y cuyos objetivos se enlistan a continuación:
OBJETIVOS:
{Enunciar los objetivos del curso de capacitación objeto del convenio}.
METAS:
En el {Anotar el nombre del curso de capacitación} se tiene previsto realizar:
[En este apartado se deberán anotar las metas cuantificables que se obtendrán con la ejecución del curso objeto del convenio].
SEGUNDA.- Para la realización de los objetivos del presente convenio "LA CONANP" entregará a "LA PERSONA BENEFICIARIA" a través de {Anotar nombre del representante legal de la persona moral, o de los representantes del Comité de Seguimiento, según sea el caso} la cantidad de {Anotar la cantidad con número y letra}. La aportación de "LA CONANP" proviene de los recursos presupuestales autorizados en su
presupuesto anual 2020, conforme a la normatividad respectiva y previas las autorizaciones que jurídicamente correspondan, sujetos de la disponibilidad del mismo. Dichos recursos serán radicados a través de "LA CONANP" y serán ejercidos conforme a lo señalado en los términos de referencia del {Anotar el nombre del curso de capacitación}.
TERCERA.- El primer pago por parte de "LA CONANP" a favor de "LA PERSONA BENEFICIARIA" se hará a más tardar veinte días hábiles posteriores a la firma del presente convenio, por un monto de {cantidad con número y letra}, que representa el (50%) del monto total del {Anotar el nombre del curso de capacitación} y las siguientes ministraciones se llevarán a cabo contra el avance de los trabajos comprometidos en el convenio de concertación y términos de referencia respectivos, los cuales deberán estar cabalmente documentados por la persona beneficiaria ante el personal de "LA CONANP", la última ministración se hará contra el informe final y los productos comprometidos en el convenio de concertación y términos de referencia.
El ejercicio de los recursos se hará únicamente para los conceptos de gastos establecidos en los términos de referencia mismos que forman parte del presente convenio.
CUARTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se compromete a garantizar la participación democrática de mujeres, hombres y población indígena en cada una de las actividades que se aprueben para la realización del {Anotar el nombre del curso de capacitación}, así como garantizar las condiciones técnicas para la organización y realización de los mismos.
Asimismo, "LA PERSONA BENEFICIARIA", se compromete a destinar los apoyos obtenidos exclusivamente a la ejecución de los trabajos para la realización del {Anotar el nombre del curso de capacitación}, conforme a lo previsto en los Términos de Referencia, anexos al presente convenio. Cualquier cambio o modificación a lo establecido en los Términos de Referencia deberá quedar establecido en el Acta de Entrega Recepción, Anexo número 10 de las Reglas de Operación del PROCODES para el ejercicio fiscal 2020.
QUINTA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA", se compromete a devolver los recursos en caso de que sea sancionada con la rescisión del presente convenio de concertación.
SEXTA.- Para el seguimiento de las acciones convenidas, así como para brindar la orientación y apoyo que requieran las partes para el logro de los objetivos de este convenio, "LA CONANP" designa al {nombre y cargo de la persona que designa la Dirección Regional o Dirección de ANP para el seguimiento de las acciones convenidas}.
SÉPTIMA.- Las partes acuerdan que el presente convenio podrá ser rescindido administrativamente en caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas, y al respecto se establece que cuando "LA CONANP" sea la que determine su rescisión, ésta se realizará de conformidad con el procedimiento pactado en la cláusula Octava sin responsabilidad para la misma; si es "LA PERSONA BENEFICIARIA" quien desea rescindirlo, será necesario que obtengan resolución emitida por el órgano jurisdiccional competente en la que se declare dicha rescisión.
Serán causas de rescisión del presente convenio, cuando "LA PERSONA BENEFICIARIA":
a) Incumpla cualquiera de las obligaciones pactadas en este instrumento y en las Reglas de Operación o la inobservancia a las leyes y/o disposiciones jurídicas aplicables con relación al presente convenio.
b) Haga mal uso de los recursos federales objeto de este instrumento.
c) Realice acciones diferentes a las pactadas en este instrumento.
OCTAVA.- Si "LA CONANP" considera que "LA PERSONA BENEFICIARIA" ha incurrido en algunas de las causas de rescisión administrativa que se establecen en la cláusula anterior, se observará lo siguiente:
a) Procederá a suspender temporalmente la entrega de los recursos y comunicará por escrito a la persona beneficiaria los hechos que constituyen su incumplimiento para que en un término de 10 (diez) días hábiles corrija las omisiones o irregularidades detectadas, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
b) Transcurrido el término citado en el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que la persona beneficiaria hubiera hecho valer.
c) La CONANP tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por la persona beneficiaria y en su caso, la corrección de las omisiones o irregularidades, determinará de manera fundada y motivada, si resulta procedente rescindir el convenio de concertación suscrito y comunicará por escrito a la persona beneficiaria dicha determinación en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha en la que ésta entregó a la CONANP las pruebas a que se refiere el inciso a) de la presente cláusula.
d) En caso de que la CONANP determine la rescisión del convenio de concertación, se cancelará la entrega de los recursos y en la notificación a que se refiere el inciso anterior deberá prevenir a la persona beneficiaria para que en un plazo que no exceda de quince días hábiles, reintegre a la
CONANP la totalidad de los recursos recibidos que no haya ejercido
La CONANP notificará a las dependencias de la Administración Pública Federal que correspondan, el incumplimiento en que incurrió la persona beneficiaria y la sanción impuesta. Las sanciones previstas en este numeral se aplicarán sin perjuicio de que se ejerciten en su contra las acciones legales que correspondan.
NOVENA.- "LA CONANP" podrá dar por terminado anticipadamente el presente convenio, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el {curso de capacitación} originalmente convenido y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado.
DÉCIMA.- El personal que cada una de las partes designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las acciones objeto de este convenio de concertación se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y dirección, sin que de ello se derive la adquisición de algún tipo de derechos u obligaciones para la otra parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios, o como patrones sustitutos o solidarios, deslindándolos desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA PRIMERA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" no podrá ceder a terceras personas los derechos y obligaciones derivados del presente convenio, ya sea los correspondientes a una parte o a la totalidad del objeto del mismo.
DÉCIMA SEGUNDA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" se compromete a que en la difusión, publicación y divulgación de los productos resultantes de las acciones previstas en el objeto del presente convenio, se deberá hacer mención de que los mismos son resultado del apoyo otorgado por la CONANP, a través del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible 2020.
DÉCIMA TERCERA.- "LA PERSONA BENEFICIARIA" acepta que la CONANP podrá utilizar en sus funciones la información o resultados derivados de las actividades desarrolladas al amparo del presente instrumento, sin que con ellos afecten derechos patrimoniales o de autor.
DÉCIMA CUARTA.- Se garantizará el ejercicio del derecho de acceso a la información conforme a lo dispuesto en el Titulo Séptimo "Procedimiento de Acceso a la Información" de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
"LA PERSONA BENEFICIARIA" por su parte, se obliga a preservar y guardar la confidencialidad de la información, datos o documentos a que tenga acceso con motivo del cumplimiento del objeto del presente convenio, por lo que no podrá usarlos o revelarlos por cualquier forma o medio, ya sea en parte o en su conjunto, tanto en México como en el extranjero, subsistiendo dicha obligación aún después de haber concluido la vigencia del presente instrumento jurídico.
DÉCIMA QUINTA.- Las partes convienen que el plazo para la realización del (anotar nombre del curso de capacitación) objeto del presente convenio será del día de su firma y concluirá a más tardar (anotar fecha programada para el término curso de capacitación). En ningún momento la vigencia de este convenio podrá rebasar el 31 de diciembre del año 2020.
DÉCIMA SEXTA.- El presente convenio únicamente podrá ser modificado o adicionado en cuanto a las metas y montos establecidos en el mismo, para lo cual las partes suscribirán un convenio modificatorio, el cual surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción y no podrán contravenir el objeto del mismo, ni las disposiciones jurídicas que le dieron origen.
DÉCIMA SÉPTIMA.- En caso de suscitarse conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, las partes se someten expresamente a la competencia de los tribunales federales de la Ciudad de México, renunciando desde este momento a la que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido, fuerza y alcance legal del presente convenio, manifiestan su voluntad de obligarse en los términos prescritos en el mismo, firmándolo por duplicado en la _____________, a los __________ días del mes de ______________ del año dos mil veinte.
Por "LA CONANP" | | Por "LA PERSONA BENEFICIARIA" |
[Anotar el nombre, cargo y firma del Director(a) Regional o Director(a) del ANP, según corresponda] | | [Anotar el nombre, cargo y firma del representante legal de la persona moral distinta a Ejido y Comunidad, o de los representantes del Comité de Seguimiento, según corresponda] |
| | PRESIDENTA(E) |
| | SECRETARIA(O) |
| | TESORERA(O) |
ANEXO No. 9 |
FORMATO DE CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CONSERVACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (PROCODES) |
|
CONVOCATORIA
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), y con fundamento en el numeral 4.1 del "Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES)", para el ejercicio fiscal 2020
CONVOCA
Mujeres y hombres de 18 o más años de edad que conformen grupos organizados; Ejidos o Comunidades, y Personas Morales, que sean propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de los recursos naturales comprendidos en los municipios de las Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de influencia, enlistadas en el Anexo número 1 de las Reglas de Operación.
BASES
1. La CONANP a través del PROCODES otorgará apoyos directos para los siguientes conceptos:
· Estudios Técnicos:
I. Programas de desarrollo comunitario y/o microrregional II. Estudios de factibilidad técnica y económica. III. Ordenamientos territoriales comunitarios y/o microrregionales |
· Proyectos:
I.- Proyectos de restauración de ecosistemas con fines productivos | | II.- Productivos |
| Cultivos de cobertera (ha) | | | Proyectos ecoturísticos (km, ha, lote, m2) |
| Establecimiento de barreras vivas y/o cortinas rompevientos (km) | | | Establecimiento y mantenimiento de unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre (ha y m2) |
| Centros de promoción de cultura ambiental (m2) | | | Establecimiento y mantenimiento de plantaciones agroforestales (ha) |
| Conservación y restauración de suelos (ha y m3) | | | Establecimiento de viveros forestales (m2) |
| Construcción de presas y represas de gaviones (m3) | | | Establecimiento de huertos comunitarios (m2) |
| Construcción de represas de mampostería (m3) | | | Talleres para la transformación de recursos naturales (lote y m2) |
| Construcción de represas de piedra acomodada (m3) | | | Establecimiento de apiarios (colmena y lote) |
| Construcción de terrazas (ha) | | | Atracadero para embarcaciones menores (m); |
| Prácticas mecánicas (ha) | | | Cuarto frío (m2); |
| Plantaciones forestales (ha) | | | Plantas para procesamiento primario (lote y m2) |
| Enriquecimiento de acahuales (ha) | | | Instalación de artes de cultivos marinos (lote); |
| Compra, Construcción y manejo de estufas ahorradoras de leña (estufa) | | | Jaulas para captura y cría de peces (m3); |
| Ollas y/o hornos solares (pieza) | | | Centros de producción y reproducción acuícola (m2) |
| Construcción de obras para el manejo y captación del agua (m3) | | | Recuperación de suelo para uso productivo (ha, m2) |
| Pago por conservación de la agrobiodiversidad (ha Evento). | | | Certificación de la producción orgánica y de guías de turismo (proceso) |
| | | | Transformación y comercialización del maíz criollo (m2, Lote), |
· Cursos de Capacitación.
I. Curso de capacitación para la gestión (evento). |
II. Curso de capacitación para aplicación de nuevas tecnologías (evento). |
III. Curso de capacitación en educación ambiental (evento). |
2. Los requisitos están estipulados en el numeral 3.3.1 de las Reglas de Operación del PROCODES.
3. El plazo para la presentación de solicitudes del PROCODES es de 20 (veinte) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Convocatoria. El formato de la solicitud se puede descargar en el portal electrónico de la CONANP, o bien acudir al domicilio de la Dirección Regional o del ANP correspondiente para que se le proporcione.
4. La recepción de las solicitudes y su documentación anexa no implicará compromiso alguno para el otorgamiento del subsidio, ya que serán objeto de posterior verificación y calificación.
5. Los interesados en obtener los subsidios del PROCODES deberán acudir o llamar por teléfono a las oficinas de las Direcciones Regionales de la CONANP que se muestran en el siguiente cuadro, para que en éstas les indiquen los domicilios de las oficinas de las Áreas Naturales Protegidas donde deberán entregar las solicitudes de apoyo, las cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 3.3.1 de las Reglas de Operación del PROCODES. Asimismo, la persona solicitante podrá hacer uso del formato electrónico establecido por la CONANP en el sitio www.gob.mx/conanp.
En caso de que la solicitud se presente de manera electrónica, el solicitante deberá complementar su registro presentado la solicitud y copia simple de los documentos a que hace referencia el numeral 3.3.1 de las Reglas de Operación del PROCODES, con su original o copia certificada para su cotejo, en las oficinas de la CONANP correspondientes, a más tardar 5 días hábiles después de su registro, en caso de no presentarse se procederá a desechar la solicitud.
Dirección Regional de la CONANP | Datos de contacto |
Península de Baja California y Pacífico Norte | Av. Constituyentes S/N esq. con Av. Ballenas, Colonia Fraccionamiento Fidepaz. C. P. 23094, La Paz, B. C. S. Teléfono: 01 (612) 128 41 71 |
Noroeste y Alto Golfo de California | Prolongación Plutarco Elías Calles, Esquina Ignacio Comonfort No. 176, Colonia Centenario, C. P. 83260, Hermosillo, Sonora. Teléfono: 01 (662) 213 42 71 y 217 01 73 |
Noreste y Sierra Madre Oriental | Jesús Acuña Narro No. 336 Colonia República Poniente C. P. 25265, Saltillo, Coahuila. Teléfono: 01 (844) 415 86 34 |
Norte y Sierra Madre Occidental | Av. Universidad No. 2757 Colonia Parques de San Felipe C. P. 31203, Chihuahua, Chihuahua. Teléfono: 01 (614) 417 76 98, 414 88 57 y 426 75 67 |
Occidente y Pacífico Centro | Avenida Fray Antonio Alcalde No. 500 Palacio Federal 1er. piso, Colonia Centro Barranquitas, Sector Hidalgo, C. P. 44280. Guadalajara, Jalisco. Teléfono 01 (33) 36 13 67 81 y 36 13 30 00 |
Centro y Eje Neovolcánico | Calle Llamarada esquina con Tabachin No. 55 Tlaltenango, C. P. 62170, Cuernavaca, Morelos. Teléfono: 01 (777) 362 25 00 y 01 (777) 362 25 04 |
Planicie Costera y Golfo de México | Calle Ciprés No. 21, entre Magnolias y Miguel Palacios, Colonia Venustiano Carranza, C. P. 91070, Jalapa Enríquez, Veracruz. Teléfono: 01 (228) 129 50 42 y 129 50 43 |
Frontera Sur, Istmo y Pacífico Sur | Palacio Federal 3er. piso, Segunda Oriente-Norte No. 227, Colonia Centro, C. P. 29000, Tuxtla, Gutiérrez, Chiapas. Teléfono 01 (961) 611 39 75, 611 37 87 y 611 10 84 |
Península de Yucatán y Caribe Mexicano | Calle Venado No. 71 y 73, Súper Manzana 20, Manzana 18, lote 2 y 4, 3er. piso. Colonia Centro. Municipio Benito Juárez, C. P. 77500, Cancún, Quintana Roo. Teléfono: 01 (998) 887 19 97 y 892 14 13 |
6. La CONANP revisará que las solicitudes y la documentación anexa, se ajusten a los requisitos, términos y condiciones previstos en las Reglas de Operación del PROCODES y, en su caso, notificará por escrito al interesado de cualquier omisión o irregularidad que se presente con motivo de dicha revisión, en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de la respectiva solicitud, a fin de que ésta sea integrada correctamente, previniéndole que, en caso de no cumplir con el requerimiento dentro de un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente que se notifique al solicitante, se le tendrá por desechada su solicitud.
7. Una vez concluido el plazo para la recepción, que son 20 (veinte) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de esta publicación, la CONANP, en un plazo no mayor a 15 (quince) días hábiles contados a partir del día siguiente al cierre de recepción de solicitudes, dictaminará cada una de éstas con la finalidad de determinar el orden de prioridad para acceder a los subsidios del PROCODES, y en su caso, autorizará la designación como persona beneficiaria.
ATENTAMENTE
ANEXO No. 10
ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN
Número de convenio: ____________________________
Nombre del tipo de apoyo: | |
Nombre del Área Natural Protegida (ANP): | |
| | | | | | |
Recepción: | | Total | | | Parcial | |
Localidad: | |
| (nombre) |
Municipio: | |
| (nombre) |
Estado: | |
| (nombre) |
Fecha de la firma del convenio | | | | | | |
Fecha de inicio de las acciones: | | | | Fecha de término de las acciones: | | |
Descripción de los trabajos y acciones que se realizaron, metas, objetivos y cumplimiento de las mismas: |
|
Descripción de las modificaciones que el estudio técnico, proyecto o curso de capacitación hayan tenido en su ejecución a partir de lo programado en el expediente técnico (memoria de cálculo) y términos de referencia (en caso de existir): |
|
Justificación de modificaciones (en caso de existir): |
|
Importe de convenio original: | | | Importe del convenio modificatorio (en su caso): | |
No. de ministración: | | | | | | |
| | (No) | | (Importe) | | (fecha) |
No. de ministración: | | | | | | |
| | (No) | | (Importe) | | (fecha) |
No. de ministración: | | | | | | |
| | (No) | | (Importe) | | (fecha) |
Términos bajo los cuales se efectúa la entrega recepción: [Deberán describirse cualitativa y cuantitativamente las características de los proyectos o acciones. Es compromiso de los beneficiarios vigilar su adecuada operación y darle el mantenimiento correspondiente] |
Observaciones: [De presentarse alguna irregularidad en la obra o acción quien reciba podrá firmar el acta de manera condicionada y anotar en ella las razones de dicha inconformidad. Además, se deberá indicar los plazos acordados para solventar las observaciones a que dé lugar dicha inconformidad] |
El día | | de | | de 2020, en la | |
| | | (mes) | | (ciudad o localidad) |
CONANP | | Persona Beneficiaria | | Testigo |
| | | | |
Nombre y firma del Director/a del ANP o Director/a Regional | | C. Representante Legal o representantes del Comité de Seguimiento | | Contralor Social o autoridad local |
| | | | |
| | C. Presidente (a) | | |
| | | | |
| | C. Secretario (a) | | |
| | | | |
| | C. Tesorero (a) | | |
Anexar por lo menos dos fotografías de la acción ejecutada
DIAGRAMA
___________________________________