Profuturo Afore, S.A. de C.V.
 
Mediante oficio D00/100/289/2019 de fecha 19 de diciembre de 2019, el Presidente de la CONSAR; en cumplimiento al acuerdo No. JGO/06/03/2019 emitido por la Junta de Gobierno de dicha Comisión, en su Sexta Sesión Ordinaria de 2019, celebrada el día 19 de diciembre del mismo año, hizo constar la autorización a las comisiones de Profuturo AFORE, S.A. de C.V.
En este sentido, y de conformidad con el oficio antes referido, a continuación, se publican en el Diario Oficial de la Federación, las comisiones que serán aplicables a partir del día 1° de enero al 31 de diciembre de 2020:
a)    Profuturo AFORE, S.A. de C.V., cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, que se encuentren invertidos en las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro Básicas, una comisión de 0.92%.
b)    Fondo Profuturo CP, S.A. de C.V. SIEFORE y Fondo Profuturo LP, S.A. de C.V. SIEFORE (SIEFORES adicionales) una comisión de 1.25%.
Cabe señalar que las comisiones antes mencionadas, se cobrarán de manera anual sobre activos administrados.
Las comisiones serán aplicables a todos los trabajadores registrados o asignados cuyos fondos de su cuenta individual, sean administrados a partir del 1° de enero de 2020 por Profuturo AFORE, S.A. de C.V., independientemente de la fecha en que se registre o asigne la cuenta individual.
 
Ciudad de México, a 23 de diciembre de 2019.
Director General
Lic. Arturo García Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 490814)