DECLARATORIA de Desastre Natural por la presencia de sequía severa ocurrida del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2019 en 9 municipios del Estado de Quintana Roo y del 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019 en 1 municipio de dicha entidad federativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
DAVID EDUARDO LEÓN ROMERO, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 30 Bis fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2 fracciones XVI y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 102 y 103 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 22 fracciones II, V y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 6, fracción II, inciso g, 7, 8, 9 y 10 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los "Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales" (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno de México el día 31 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número 123/2019, de fecha 9 de diciembre de 2019, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador del Estado de Quintana Roo, C.P. Carlos Joaquín González, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en esa Entidad Federativa, descrito como sequía severa del 1 de diciembre de 2018 al 1 de diciembre de 2019, en los municipios de Othón P. Blanco, Benito Juárez, José María Morelos, Felipe Carrillo Puerto, Lázaro Cárdenas, Bacalar, Solidaridad, Tulum, Puerto Morelos, Cozumel e Isla Mujeres de esa Entidad Federativa.
Que con oficio BOO.8.-808, de fecha 16 de diciembre de 2019, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al oficio número 123/2019 señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de sequía severa ocurrida del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2019 para los municipios de Bacalar, Felipe Carrillo Puerto, Isla Mujeres, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, Othón P. Blanco, Puerto Morelos, Solidaridad, Tulum del Estado de Quintana Roo; y del 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019, para el municipio de Benito Juárez de dicha Entidad Federativa.
Que con fecha 17 de diciembre de 2019, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del Estado de Quintana Roo presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Con base en lo anterior, se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL POR LA PRESENCIA DE SEQUÍA SEVERA OCURRIDA DEL
1 DE MAYO AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 EN 9 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Y
DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2018 AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019 EN 1 MUNICIPIO DE DICHA ENTIDAD
FEDERATIVA
Artículo 1o.- Se declara como zona de desastre a los municipios de Bacalar, Felipe Carrillo Puerto, Isla Mujeres, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, Othón P. Blanco, Puerto Morelos, Solidaridad, Tulum del Estado de Quintana Roo, por la presencia de sequía severa ocurrida del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2019 y del 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019, para el municipio de Benito Juárez de dicha Entidad Federativa.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide para efectos de poder acceder a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil, y las Reglas Generales.
Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y su Reglamento, y en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 10 de las Reglas Generales.
Ciudad de México, a diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve.- El Coordinador Nacional de Protección Civil, David Eduardo León Romero.- Rúbrica.